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Uso público y justicia espacial en bordes de una ciudad turística con áreas naturales protegidas: el caso de San Carlos de Bariloche, Argentina
Public use and spatial justice on the edges of a tourist city with natural protected areas: the case of San Carlos de Bariloche, Argentina
Estudios Socioterritoriales, núm. 33, pp. 1-18, 2023
Universidad Nacional del Centro de la Provincia de Buenos Aires

Artículos científicos

Estudios Socioterritoriales
Universidad Nacional del Centro de la Provincia de Buenos Aires, Argentina
ISSN-e: 1853-4392
Periodicidad: Semestral
núm. 33, 2023

Recepción: 15 julio 2022

Aprobación: 24 mayo 2023


Esta obra está bajo una Licencia Creative Commons Atribución-NoComercial-CompartirIgual 4.0 Internacional.

Resumen: Este trabajo releva, de modo exploratorio, los conflictos y tensiones que se originan en los usos de las costas en un borde de ciudad turística del ejido municipal de San Carlos de Bariloche, colindante con un área natural protegida del Parque Nacional Nahuel Huapi. Puntualmente, se profundiza en la situación de una de las cinco playas habilitadas como balneario en la zona oeste. A partir de un trabajo de campo durante la pandemia de la temporada estival 2020-2021, con las técnicas de observación participante, análisis documental y entrevistas en profundidad, se problematizan los modos en que operan categorías como justicia espacial y zona de sacrificio en uno de los destinos turísticos más conocidos de Patagonia. Las conclusiones de este trabajo ponen de relieve que las desigualdades en los usos y la incompatibilidad de ciertas prácticas turístico-recreativas en bordes de una ciudad turística, generan una injusticia espacial y zonas de sacrificio en áreas de uso público de un parque nacional, que afectan tanto a residentes como a turistas.

Palabras clave: Uso público, Injusticias espaciales, Parques, Interfase urbana.

Abstract: This work reveals in an exploratory way the conflicts and tensions that originate in the uses of the coasts on the edge of a tourist city of the municipal common of San Carlos de Bariloche, adjacent to a protected natural area of ​​the Nahuel Huapi National Park. Specifically, the situation of one of the five beaches enabled in the western zone is deepened. Based on field work during the 2020-21 summer season pandemic, with participant observation techniques, documentary analysis and in-depth interviews, the ways in which categories such as spatial justice and sacrifice zone operate in one of the best-known tourist destinations in Patagonia. The conclusions of this work highlight that the inequalities in the uses and the incompatibility of certain tourist-recreational practices on the interfaces of a tourist city, generate spatial injustice and sacrifice zones in public land use areas of a national park, which affect both residents and tourists.

Keywords: Public land use, Spatiale injustices, Parks, Urban interface.

Introducción

En el marco de los estudios sobre el territorio, la noción de bordes o de interfase urbano-rural posee diferentes aplicaciones. Desde la Geografía se emplea para analizar los espacios de transformación y disputas en torno a la expansión de nuevas centralidades y usos marginales de las ciudades; para diferenciar los usos residenciales del ámbito urbano, respecto de los usos y actividades productivas primarias del ámbito periurbano; para identificar las actividades de ocio y la conservación del hábitat que coinciden con zonas de amortiguamiento de las áreas naturales protegidas (ANPs, en adelante), entre otras.

Las ANPs se constituyen, por lo tanto, en bordes hacia el interior de una ciudad o respecto de su entorno marcando, además, una lógica diferente de uso, ocupación y valoración del espacio, no exenta de conflictos y tensiones. Particularmente, desde la Antropología se ha trabajado el conflicto como una relación intrínseca y necesaria de todo proceso social, al mismo tiempo que inherente a la cultura. Esta idea fue profundizada por la Escuela de Manchester hacia la década de 1950, donde el trabajo de Max Gluckman (1958) se destaca, no solo por su foco en el conflicto, sino también por entenderlo como un componente central de lo social y, en consecuencia, como una categoría analítica estructurante para los estudios socioantropológicos, tanto a nivel teórico como metodológico.

Entendiendo que las diferencias sociales construyen el espacio y de manera dialéctica, las diferencias espaciales son centrales para explicar las desigualdades sociales, analizaremos si el turismo y la recreación como una práctica social resultante de la esfera del ocio y el tiempo libre de las personas, puede producir una fragmentación socioespacial y, por lo tanto, injusticias espaciales que repercuten en un desigual acceso de las mayorías, es decir, de visitantes turistas y recreacionistas (residentes) que tienen en común la elección de un espacio de uso público en un entorno natural de calidad. Es a partir del análisis del caso de San Carlos de Bariloche que contrastaremos esto, tratando de identificar y describir los modos en los que esta perspectiva se pone en juego.

En este sentido, es central incluir en la discusión el concepto de justicia espacial, a partir de los aportes de Young (2000 [1990]) que, si bien no hacen referencia a estos procesos en la esfera del ocio y el tiempo libre, sino respecto del tiempo de trabajo, ponen el énfasis en la identificación de las injusticias de las que son víctimas ciertos grupos en nuestras sociedades. Es a partir de este posicionamiento que, esta filósofa, corre el eje de las teorías de la justicia e injusticia de lo socioeconómico, para focalizar en la importancia de las negociaciones entre grupos sociales diferentes en términos de lo justo.

Al mismo tiempo, nos interesa introducir otra mirada que exceda la perspectiva del conflicto y nos permita pensar de qué modo podemos trabajar nuestras convivencias a partir de los requerimientos de espacio de usuarios de diferentes actividades turístico-recreativas y la implementación de políticas públicas que regulan estos espacios de uso público que, en ciudades turísticas de montaña, suelen ser espacios acotados debido a las condiciones fisiográficas, con una afluencia masiva de visitantes por su condición de atractivos. Es a partir de esta relación que problematizamos las injusticias espaciales respecto del uso público, por parte de las mayorías, debido a que los visitantes no responden exhaustivamente a grupos sociales específicos del ámbito local.

En función de lo anterior, el propósito de la presente contribución es discutir si los procesos socioespaciales generan una injusticia espacial debido a la desigualdad en el acceso y disfrute de los visitantes a áreas de uso público, ubicadas en bordes urbanos o de interfase de una ciudad turística colindante con un ANP que, en el caso de estudio, se encuentra bajo una jurisdicción nacional. En particular, expondremos las interacciones entre visitantes en espacios de uso público compartido, en tanto prácticas turístico-recreativas que, aunque sutiles, generan tanto tensiones y disputas como desigualdades socioespaciales que afectan a las mayorías.

Para ello, a partir de un enfoque metodológico exploratorio y descriptivo combinado, analizaremos como caso de estudio, una de las cinco playas de San Carlos de Bariloche habilitadas como balnearios de uso público sobre la línea de ribera del lago Nahuel Huapi, bajo jurisdicción del Parque Nacional Nahuel Huapi (PNNH). Atendiendo a los protocolos de seguridad sanitaria por la pandemia por COVID-19, empleamos tres diferentes técnicas de recolección de datos: 1). La observación participante y no participante durante ocho salidas técnicas diarias entre los meses de enero y febrero de 2021, para relevar tanto el comportamiento de los visitantes como la distribución espacial de las prácticas turístico-recreativas; 2). Entrevistas en profundidad a guardavidas y referentes del sector de Ambiente de la Municipalidad y Uso Público del PNNH y; 3). Instrumentos normativos y programáticos de la política pública, así como artículos periodísticos de la prensa local y regional.

Marco teórico

Desde la Geografía, la noción de borde aplicada a escala urbana constituye una herramienta de conocimiento del concepto de frontera, consistente este último, en una

diversidad de dispositivos y artefactos socialmente construidos, materiales y simbólicos, que están espacial y temporalmente localizados, que poseen diferentes funcionalidades y que expresan situaciones sociales de configuración de ámbitos geográficos, así como de diferenciación, separación, cohesión, vinculación y conflicto entre ellos. (Benedetti, 2020, p. 14)

En consecuencia, los bordes urbanos reflejan tensiones y conflictos que superan la tradicional dicotomía de la frontera entre lo urbano y lo rural, con más razón si lo rural es un espacio dedicado a la conservación y con una categoría de manejo de reserva nacional, que admite actividades productivas muy controladas.

Por un lado, los antecedentes del estudio de los bordes urbanos desde el urbanismo, refieren al análisis de aspectos simbólicos tales como la imagen de la ciudad, la mirada histórica para reconstruir cambios morfológicos y funcionales, el análisis de los límites entendidos como línea final que contiene la urbanización o desde una perspectiva más integral, problematizando el borde urbano como un espacio de complementariedad física, social y económica, entre otros (Matossian y Vejsbjerg, 2020). Por otro lado, encontramos procesos de apropiación de bienes comunes o acaparamiento del espacio, particularmente el periurbano, con actividades de extractivismo de la naturaleza, que pueden tornarse exclusivas con la connivencia del Estado y a su vez, mediadas por un enfoque antropocéntrico. Algunos casos en Argentina analizan el cercamiento o la disminución del porcentaje de superficie destinada para el uso público (Aranda, 2015; Andrieu y Costantino, 2017), que con frecuencia se corresponden con espacios verdes públicos.

A su vez, desde una perspectiva de la gestión de las ANPs, este mismo recorte espacial, que desde el urbanismo ha recibido denominaciones tales como interfase, periurbano, margen, entre otras; se considera un área de amortiguamiento. En la práctica, esta área de amortiguamiento puede encontrarse dentro de los límites de un ANP o por fuera de la misma, y responde al enfoque de ecosistemas (Dudley, 2008), que consiste en la inclusión del entorno de las ANPs como una estrategia de conservación integral para la elaboración de los planes de gestión o planes de manejo. Es decir, se propicia un manejo integrado de estas unidades de conservación con el territorio.

La definición y los alcances de la zona de amortiguamiento varía según las directrices de la autoridad de aplicación. Por ejemplo, en Argentina, la Administración de Parques Nacionales (APN) define la zona de amortiguamiento en términos de entorno, como un ámbito geográfico en el que se encuentran todos los actores que tienen una relación funcional con la unidad de conservación (APN, 2010); mientras que, en Chile, la Corporación Nacional Forestal (CONAF) establece para la gestión de los territorios adyacentes de las ANPs nacionales, la identificación de tres zonas de influencia: la ecológica, la político-administrativa y la sociocultural-económica (Núñez Araya, 2008).

Por lo tanto, se ponen en juego diferentes modos y enfoques de intervención en una misma delimitación espacial, según se trate del planeamiento urbano o de la gestión de un ANP. Esta última implica una lógica diferente de uso, ocupación y valoración del espacio, no exenta de conflictos y tensiones. Especialmente, el conflicto como proceso social, ha sido foco de disciplinas como la Antropología. Discutiendo con corrientes antropológicas previas, Gluckman (1958) reemplazó la idea de sociedad (o cultura) como homeostática, en equilibrio, por otra en la cual el conflicto y el cambio son parte constitutiva, en donde el proceso social es un entramado de fisiones y fusiones que permite ver los momentos de reorganización/absorción del conflicto, así como los cambios que genera en las estructuras, o entre producción de fisuras profundas y modificación del sistema. En definitiva, los conflictos no solo producen rupturas, sino también reorganizan y ordenan (Berruecos, 2009). Es de este modo que los conflictos en torno al acceso pueden pensarse como una disputa entre diversos actores que tienen desacuerdos en torno al uso del espacio, con intereses muy puntuales y un énfasis por hacer público el asunto, tal como quedará de manifiesto cuando abordemos la mediatización de los conflictos.

Esta situación se complejiza aún más cuando se trata de atractivos turísticos patrimoniales, tal el caso de espacios de uso público como las playas, que poseen una designación legal de ANP. Los bienes patrimoniales, tanto naturales como culturales, pueden constituirse en referentes de procesos identitarios locales vinculados con un espacio globalizado (Bayardo y Lacarrieu, 1998) Al mismo tiempo, si determinados sectores de la ciudad como los barrios, son revitalizados en un proceso en donde se genera una atractividad turística

(…) aunque sea imperfecta, este proceso ha contribuido a la conservación y hasta recuperación de identidades locales, amenazadas en todas partes del mundo por el avance de una cultura hegemónica que ha intentado imponerse durante las últimas cinco décadas, en todas las formas de consumo. (Barretto, 2007, p. 91)

De esta forma “la valoración social y el uso de ciertos recursos para el turismo y la recreación, implican una funcionalización del espacio” (Otero, 2000, p. 120).

Según la Organización Mundial del Turismo (OMT) el recurso turístico es “el fundamento para el desarrollo posterior de una atracción [o atractivo]” (OMT, 1998, p. 130) en tanto que, desde la Geografía del Ocio y el Turismo, se refiere a “(...) todo elemento natural, toda actividad humana o todo resultado de esta actividad humana que puede mover y generar un desplazamiento por motivos esencialmente de ocio” (Vera, 1997, p. 61). Sin embargo, es importante tener en cuenta que, del conjunto de los recursos turísticos, la conversión de determinados aspectos materiales e inmateriales en atractivos turísticos requiere, además, de un proceso que implica la provisión de instalaciones y el desarrollo de un relato (Navarro, 2015).

En torno a las costas y el acceso a playas en el ejido de San Carlos de Bariloche, las principales problemáticas que se han identificado giran en torno a la privatización y restricción de acceso (Guevara 2018; Paolinelli et al., 2014). En estos estudios se ha mostrado el carácter conflictivo que gira en torno a la vivienda y el acceso a la tierra en la ciudad. No obstante, en este trabajo interesa abordar los conflictos y disputas en un espacio de uso público particular, las costas. Estas se construyen como atractivo turístico en un borde urbano colindante con un ANP de jurisdicción nacional y que, dadas las características de masividad de la oferta de actividades en el área de estudio y el manejo fuertemente instrumental de la naturaleza, se condice con una concepción del turismo y la naturaleza utilitaria (Bertoncello y Troncoso, 2018).

La justicia como categoría y mecanismo para solucionar los conflictos de la vida social nos permite entender aún más el caso de Bariloche. En la geografía humana, comienza a ser analizada en la década de 1970, debido a la creciente toma de conciencia sobre la incapacidad de la geografía cuantitativa para responder a las desigualdades sociales de la época. Desde la geografía, básicamente, se pone el acento en el concepto de justicia en su carácter territorial y social (Harvey, 1973) o espacial (Soja, 2010). Desde estas concepciones, las actuaciones en el espacio involucran responsabilidades sociales. Partiendo de reconocer este hecho, la justicia espacial designa entonces toda situación en la cual las formas de organización del espacio permiten generar relaciones sociales atravesadas por la concepción de moral.

Esta categoría autoriza a pensar el espacio desde el punto de vista geoético y a encarar la geografía como un saber de carácter moral y político, comprometido en el debate de ideas (Brennetot, 2010). Diversas problemáticas son analizadas desde la dimensión espacial de la justicia, entre ellas: la organización interna de los lugares, la accesibilidad a los mismos, las relaciones entre los centros y sus periferias, las condiciones sociales de apropiación de los recursos, las relaciones escalares de poder o la articulación de las identidades y las jerarquías territoriales. Sin embargo, para ser efectiva, la justicia necesita de la intencionalidad de los actores y de sus esfuerzos para consensuar relaciones responsables en el espacio.

Para Soja (2010), geografía y espacio son elementos configurativos de la justicia. Por lo tanto, la geografía y la política, lo social y lo espacial, la historia y la topografía, son fuerzas dinámicas que afectan todo proceso humano de manera significativa. El autor intenta explicar y desmenuzar la importancia de complementar las ideas de justicia social, económica y medioambiental con la de justicia espacial; proponiendo un acercamiento de los análisis teóricos con sus aplicaciones concretas en el mundo real, tanto por medio de las políticas públicas como a través de los movimientos y las protestas sociales.

Asimismo, Soja (2010) plantea que la justicia espacial no reemplaza la noción de justicia social; por el contrario, busca privilegiar el espacio como categoría de análisis válida para interpretar tanto las condiciones que producen injusticias como los conflictos que surgen por la búsqueda de una mayor justicia (Santana Rivas, 2012). Dado que ningún hecho social se distribuye en el espacio de manera uniforme, es importante distinguir entre las injusticias espaciales sin consecuencias y las injusticias espaciales con consecuencias. Estas últimas, implican efectos dañinos y opresivos para diferentes grupos sociales, por lo cual es sobre ellas que se debe teorizar y actuar (Soja, 2010).

En consonancia, la idea de zona de sacrificio ha cobrado interés como categoría que permite pensar las consecuencias de los daños en torno al ambiente. En Latinoamérica, estos impactos para visitantes y residentes de espacios de esparcimiento costero, pueden mapearse a partir del avance de zonas industriales que generan contaminación ambiental (Homazabal Poblete et al., 2019). En contextos ajenos a los espacios costeros encontramos trabajos que profundizan en la categoría de zona de sacrificio a partir de la exposición de trabajadores al asbesto o amianto (Lincura Matamala y Díaz Crovetto, 2021) o los efectos de la industria curtidora de cuero (Olmedo y Ceberio de León, 2021).

Particularmente, la categoría zona de sacrificio ha servido para contrastar efectos de industrias que contaminan a partir del uso o el desecho de materiales. En este trabajo se intenta mostrar que esta idea también puede pensarse en términos de prácticas que no necesariamente se vinculan a la contaminación ambiental, por el contrario, se presentan como actividades productivas que se constituyen como forma alternativa y/o viable frente al avance industrial y, en algunos casos, en sintonía con las prácticas de cuidado ambiental, tal como es el caso del turismo en regiones donde se han instalado parques nacionales.

Área de estudio

El ejido de San Carlos de Bariloche, con una población de 108.205 habitantes según el censo 2010 (Instituto Nacional de Estadística y Censos [INDEC], 2012), posee una extensión estimada de 100 km de costa de lago, de los cuales, la mitad se ubican en el sector de ribera del lago Nahuel Huapi bajo jurisdicción de la APN. De acuerdo con el Plan de Gestión 2019 del Parque Nacional Nahuel Huapi (PNNH), este sector de costa de lago posee una categoría de manejo de Reserva Nacional, la cual admite actividades productivas varias en un marco de conservación (APN, 2019, p. 20).

Según un estudio efectuado por la Dirección Provincial de Catastro (Müller, 2013) en este sector de borde de ciudad se identificaron 48 (cuarenta y ocho) bajadas para el lago Nahuel Huapi entre playas, pasajes peatonales, espacios verdes/reservas fiscales, calles, puertos y zonas de costanera, entre otros. No obstante, durante la pandemia por COVID-19 solo dos de un total de cinco playas habilitadas como balneario (Bahía Serena y Playa Bonita, ambas en el noroeste de la ciudad) han mantenido un servicio regular de guardavidas con prestación de servicios turísticos –habilitados por la municipalidad- tales como: buceo con instrucción, kayak tipo siton top y stand up paddle.

La selección de playa Bahía Serena como caso de estudio, responde a que constituye uno de los principales atractivos urbanos promocionados para la realización de actividades acuáticas, en una ciudad turística que durante los meses de enero y febrero 2021 (período del relevamiento realizado en el presente trabajo) y con medidas de protocolo para el aislamiento social, tuvo un total de 53.581 pasajeros hospedados en alojamientos hoteleros (INDEC, 2021a; b). Una peculiaridad de este destino es que, si bien durante el verano 2021, San Carlos de Bariloche recibió 81 mil viajeros menos que antes de la pandemia (el equivalente al 61% de lo recibido dos veranos antes), conservó una alta fidelidad respecto del turismo interno, que siguió viajando al destino casi como lo estaba haciendo antes de la pandemia; el efecto pandemia fue de solo el -12% (Amadasi, 2021).

La playa Bahía Serena se ubica en el kilómetro 12.200 de la Av. Ezequiel Bustillo, en el sector oeste de la ciudad y, debido a su emplazamiento en una geoforma de bahía, posee una playa mayormente de arena. Esta característica rompe con la generalidad, dado que las playas de costa de lago generalmente son de rodado patagónico o grava de mediano tamaño. Cuenta con una superficie estimada de 6.580 m2, lo cual le otorga una condición ambiental singular por su extensión, como sitio para el esparcimiento y la práctica de deportes acuáticos. Además, es un hábitat para aves protegidas por el PNNH y uno de los tres sitios sobre la costa del lago homónimo, con acceso público a playa, que posee una señalización para el ingreso de vehículos con embarcaciones hasta la orilla (Figura 1).


Figura 1
Localización de Bahía Serena en San Carlos de Bariloche
Fuente: elaboración personal sobre la base de datos aportados por la Municipalidad de San Carlos de Bariloche. Año 2021

El caso de estudio se trata, por lo tanto, de un área de borde de ciudad turística, en el que intervienen dos niveles de estatalidad para la regulación del uso público, los cuales tienen lógicas muy diferentes: a escala local, la Municipalidad de San Carlos de Bariloche y a escala nacional, la APN (autoridad de aplicación del PNNH) y la Prefectura Naval Argentina (organismo nacional co-responsable del otorgamiento de las habilitaciones para prestadores turísticos de actividades náuticas). Si bien cada playa posee sus particulares ambientales que propician una oferta diferente de actividades turístico-recreativas, constituye un caso representativo de las playas turísticas habilitadas por la Municipalidad y registradas por la Intendencia del PNNH en la costa del lago homónimo.

Esta ciudad, junto con la oferta de actividades turístico-recreativas en ANPs se constituye, en tiempos de pandemia por COVID-19, en el tercer destino turístico más visitado de la Argentina (YVERA, 2021), y el primer destino en 2021 para el programa previaje del Ministerio de Turismo de la Nación (Ministerio de Turismo y Deportes, 2021). Su activación turística estuvo vinculada desde fines del siglo XIX con iniciativas privadas en un espacio de frontera binacional con Chile (Booth, 2010; Lolich et al., 2011) y afianzada posteriormente, como parte de una estrategia geopolítica, con la creación del Parque Nacional Nahuel Huapi en 1934, la llegada del Ferrocarril y el establecimiento de controles fronterizos aduaneros (Méndez, 2010).

Metodología

El enfoque metodológico exploratorio con el estudio de caso se basó en tres instrumentos de recolección: 1). Entrevistas en profundidad a guardavidas y referentes del sector de ANPs de la Dirección de Ambiente de la Municipalidad y el Departamento de Uso Público del PNNH; 2). Instrumentos normativos y programáticos de la política pública, así como artículos periodísticos de la prensa local y regional y; 3). La observación participante y no participante durante ocho salidas técnicas diarias entre los meses de enero y febrero de 2021, para relevar tanto el comportamiento de los visitantes como la distribución espacial de las prácticas turístico-recreativas.

Los datos obtenidos se volcaron en dos fichas de relevamiento que permitieron un análisis exploratorio combinado con un análisis estadístico descriptivo espacial, a saber:

La Ficha 1 consistió en una guía de observación del comportamiento de los visitantes (turistas y residentes) por sitio: completada de 11 a 17 horas, durante el mes de enero (Indicadores: fecha, acceso/s, ingreso de visitantes según horario, conformación grupal e introducción de equipo/vehículos/mascotas). La Ficha 2 implicó la observación de las actividades y problemáticas de uso por sitio: completada en tres cortes horarios –11 horas, 14 horas y 17 horas- durante los meses de enero y febrero de 2021 (Indicadores: cantidad de personas por actividad, forma de realización, concentración en el espacio, compatibilidad entre actividades, problemáticas sociales y ambientales).

Resultados y discusión

Respecto de la observación del comportamiento de visitantes (Ficha 1) se obtuvo lo siguiente:

  1. ≈ Si bien existe una diversidad de segmentos de visitantes, es posible establecer que en Bahía Serena ocurre un cambio de segmento prioritario de visitantes según la franja horaria, a saber: de 11 a 14 horas recibe en su mayoría grupos de dos personas, y de 14 a 17 horas cambia por grupos de adolescentes/jóvenes y adultos de mayor número.

  2. ≈ El clima (regular, bueno o muy bueno) no fue determinante para el uso público, considerando la superficie ocupada por visitante, ni se detecta una diferencia en la intensidad de uso entre los días hábiles (de lunes a viernes) y los días de fin de semana (sábado y domingo). Esto se vincula con la masividad de la afluencia de visitantes que recibe por las características singulares mencionadas previamente.

  3. ≈ Si se considera la superficie de playa por imagen satelital, durante el pico de ingresos de visitantes, Bahía Serena es uno de los sitios más masivos con una distribución de 13 m2 por visitante. No obstante, esta superficie se reduce drásticamente a 9 m2 por visitante, si se le resta el espacio que ocupan los prestadores turísticos para desplegar el equipamiento de alquiler y el sector de arboleda con presencia de sanitarios espontáneos y destinado como zona de sacrificio por la misma actividad turístico-recreativa.

Respecto de la observación participante de las actividades y problemáticas de uso (Ficha 2) se identificó lo siguiente:

  1. ≈ A partir de la observación de las interacciones entre bañistas y visitantes que practican otras actividades simultáneas, como las náuticas, se comprobó que el uso de los espacios públicos de la playa se encuentra fuertemente atravesado por un uso desigual de sus visitantes.

  2. ≈ Desde un enfoque de la gestión del riesgo se encuentran factores derivados de la actividad y del sujeto. En el primer caso, entre los factores derivados de la actividad se considera la incompatibilidad entre prácticas en simultáneo: se observó una variedad de prácticas recreativas (bañistas, buceo, kayak, sit on top o SUP, navegación a vela) realizadas por los visitantes en un espacio compartido reducido que resultan incompatibles entre sí. Estas prácticas no solo acotan el espacio del bañista (lo cual genera un conflicto entre visitantes), sino que también aumentan la probabilidad de ocurrencia de accidentes y la exposición al peligro.

  3. ≈ En lo referido a los factores derivados del sujeto, en particular, el nivel técnico y la experiencia se identificó una importante cantidad de practicantes novatos. En el lugar se alquilan sit on top y se imparten clases y excursiones de SUP. En general, el practicante principiante suele necesitar más espacio que uno avanzado, esto se debe a que no tiene manejo de su embarcación, ni experticia con el uso del remo a lo que se suma en el caso del SUP, posibles caídas al agua (lo que requiere, por un lado, un espacio seguro para la caída del practicante y por otro, para el bañista, para evitar ser golpeado por el practicante o la tabla que sale despedida).

  4. ≈ Este escenario genera un aumento de probabilidad de ocurrencia de un accidente como así también un aumento de exposición al peligro (impericia de los practicantes).

  5. ≈ La falta de distanciamiento social por COVID-19: durante las salidas de campo se visibilizó que los visitantes no mantienen el distanciamiento social, entre burbujas, recomendado por las autoridades sanitarias. En temporada de verano y horario pico, se calculó que cada visitante disponía en promedio de 13 m² sobre la superficie total de la playa. Esta situación aumenta tanto la probabilidad de transmisión/contagio de COVID-19 como la exposición al virus.

En suma, desde la teoría del conflicto, particularmente el avance de prácticas que irrumpen en la costa cubriendo amplios espacios y generando la incompatibilidad de actividades en simultáneo, conduce a problematizar los procesos de restricción progresiva de espacio disponible para la práctica de actividades de las mayorías (por ejemplo, los bañistas), frente al espacio que requieren los prestadores turísticos para desplegar su equipamiento sobre la misma playa, tal es el caso de las concesiones de confiterías (Figura 2), alquiler de equipamiento náutico (Figura 3), guardería de embarcaciones, entre otras. Estos procesos evidencian una injusticia espacial en un ámbito de borde urbano generada a partir de diferentes prácticas asociadas con el ocio y el tiempo libre de los visitantes, tanto turistas como recreacionistas.


Figura 2
Restaurante sobre la playa
Fuente: archivo de Laila Vejsbjerg


Figura 3
Prestadores desplegando equipos y dictando clases
Fuente: archivo de Laila Vejsbjerg

Respecto de las entrevistas en profundidad a informantes claves relacionados con la gestión y la conservación del sector de borde en estudio, los representantes de ANPs de la Secretaría de Ambiente de la Municipalidad y de Uso Público del PNNH, refieren un trabajo permanente con mesas interinstitucionales de abordaje territorial y un esfuerzo por una homologación, tanto de políticas de gestión como de conservación. Expresan un acuerdo sobre los resultados del relevamiento efectuado con las Fichas 1 y 2, en particular, la existencia de incompatibilidad y superposición de usos.

Añaden que se verifica una mirada antropocéntrica del espacio público, en donde se prioriza al visitante en tanto usuario de un servicio y se invisibiliza la necesidad de la conservación del hábitat para especies en peligro, que contribuye a la experiencia en un entorno natural de calidad.

Definitivamente, una de las principales problemáticas del uso público es el incremento de la demanda y la progresiva disminución de los espacios de acceso libre en ANPs, en parte porque consideran que ante la falta de presupuesto para acciones de conservación y de recursos humanos que fiscalicen, el Estado, sin la colaboración del sector privado, tiene cada vez menos capacidad de control de las actividades.

Por otra parte, según entrevistas realizadas a guardavidas habilitados por la Municipalidad, la limitación del servicio que brindan genera menos opciones para el uso de determinados espacios y mayor concentración en esta oferta. Por ejemplo, hay grupos de personas como las familias con niños pequeños que prefieren la presencia de este servicio a la hora de elegir dónde concurrir. Al mismo tiempo, entre visitantes también hay grupos que encuentran en este servicio de guardavidas la tranquilidad en el conocimiento de primeros auxilios.

Es importante mencionar que, para la temporada estival del año 2021, la contratación de guardavidas fue una de las principales vías de ajuste para el municipio de Bariloche1, decisión por demás controvertida dada la gran afluencia turística y recreativa que caracteriza a los espacios costeros y playas. Esta situación derivó en un conflicto entre la Asociación de Guardavidas y el Municipio de Bariloche que se dirimió en el escenario judicial. Es en este escenario donde encontramos otro claro ejemplo de disputas que repercuten en una injusticia espacial, ya que durante esa misma temporada ocurrió un hecho fatal en otro balneario (en la costa de otro lago) sin servicio de guardavidas permanente que, si bien es turístico, no posee una activación turística tan evidente como el caso de estudio de Bahía Serena sobre la Avenida Bustillo.

El análisis de las fuentes secundarias de información, de antecedentes de artículos periodísticos y de comunicación institucional recopilados manifiestan diferentes situaciones. Si se analiza la cronología de las ordenanzas municipales, se observa que, en principio, surge una inquietud por determinar competencias jurisdiccionales y cuestiones técnicas como líneas de ribera, para luego complejizar la problemática, teniendo en cuenta aspectos sociales como su acceso, uso y permanencia en costas y lagos del dominio público.

El primer antecedente lo encontramos en la Constitución de la Provincia de Río Negro, sancionada el 3 de junio de 1988. En su artículo 73 asegura el libre acceso con fines recreativos a las riberas, costas de los ríos, mares y espejos de agua de dominio público, y define que es el Estado quien regula las obras necesarias para la defensa de costas y construcción de vías de circulación por las riberas. Doce años después, la provincia promulgó, en el año 2000, la Ley 3.365 con el mismo objeto que el artículo de la Constitución provincial mencionado; y diecinueve años más tarde, en el 2007, a nivel municipal se legisla en pos de garantizar el acceso a costas y la regulación de obras (Carta Orgánica de San Carlos de Bariloche, 2007, art. 183).

En relación a esto último, en el plano local se observa que, si bien ese mismo año el Concejo Municipal también adhiere a la ley provincial aludida, existen antecedentes. Particularmente, la Ordenanza 559-CM-1991 manifiesta la competencia exclusiva de la municipalidad sobre los espejos de agua de su ejido; mientras que la Ordenanza 1.541-CM-2005 fija que la línea de ribera (LR) en el área costera municipal del lago Nahuel Huapi sea la cota IGM 770, 40 m s.n.m. A su vez, establece que la zona lacustre de ocupación por crecidas ordinarias (en adelante ZOC) se considera como área de preservación, restringiendo cualquier tipo de construcción, colocación de rellenos, gaviones, contenciones o elementos que impidan la normal ocupación.

En lo referido al análisis de las notas periodísticas que muestran una desigualdad en el acceso a los espacios públicos se verifica una tensión entre las actividades vinculadas al libre, acceso en las costas de lagos bajo dominio público y el marco normativo (Constitución de la Provincia de Río Negro, Carta Orgánica de MSCB, normativas municipales) sobre el área de interfase. Algunas situaciones vinculadas con las prácticas del turismo y recreación objeto de estudio de este trabajo son: la lucha de organizaciones ambientales y de vecinos por el libre acceso a costas, el interés de prestadores de servicios turísticos por ampliación de espacios costeros comerciales, las presiones del mercado inmobiliario, la pretensión de exclusividad de privados en el acceso y uso de playas, entre otras.

Retomando la línea legislativa, en particular la Ordenanza 2.587-CM-2014 encomienda realizar a la Escribanía General de Gobierno, en un plazo no mayor a 12 meses, un relevamiento para determinar el estado situacional de dominio de los inmuebles lindantes con las costas de lagos, ríos y arroyos ubicados dentro del ejido municipal, a los efectos de garantizar el libre acceso a las costas. Sumado a esto, la Ordenanza 2.694-CM-2015 define la restricción administrativa de costas de ríos y lagos a una franja de hasta 35 metros en toda la extensión del curso de agua. La misma, establece que el dueño de un inmueble colindante con orillas de cauces o riberas de lagos o lagunas, debe permitir el acceso, la circulación, tránsito y permanencia en forma y términos razonables y compatibles con el derecho de propiedad, en la que no puede hacer ningún acto que menoscabe los usos públicos vinculados a la seguridad y acceso al ambiente lacustre y acuático. En este aspecto, Bariloche está más avanzada que la provincia ya que a nivel local existe legislación que debería controlar estos 35 metros, sin embargo, a nivel provincial hay un vacío legal que aún no ha sido subsanado. Si bien en la Legislatura Provincial se han presentado proyectos de ley para establecer las costas libres en una franja de 35 metros a partir de la línea de ribera, estos no han avanzado.

Con respecto a la competencia del municipio sobre los cuerpos de agua de su ejido (Ordenanza 559-CM-1991), en el mismo momento en que se realizaba el trabajo de campo en el verano del 2021, paradójicamente en el lago Moreno ocurre un accidente donde muere una persona que navegaba en kayak. Esta situación, sumada al conjunto de reclamos sociales exigiendo mayor seguridad por parte de los grupos de rescate y juntas vecinales por el acceso libre a las costas, puso en la agenda de regulación la implementación de la Ordenanza 559-CM-1991. Esto se tradujo en la fiscalización que implicó inspecciones y retiro de alambrado y muelles irregulares en la ZOC (Cortaron alambrados y tiraron muelles […], 2021) (Ordenanza 1.541-CM-2005). En este sentido, las Juntas Vecinales del Oeste acompañaron las acciones realizadas por el municipio y organizaciones civiles, visibilizando el reclamo histórico de la comunidad y asociaciones ambientales con respecto a la problemática, inclusive manifestando públicamente su postura (Costas Libres: a desalambrar […], 2021).

Este contexto llevó a que el municipio realice un relevamiento fotográfico y geo-referenciado de construcciones en la costa, a menos de 35 metros de la línea de ribera, para intimar a los propietarios infractores en sintonía con un reclamo vecinal histórico (Maradona, 2021). En este punto, aparecen diferencias sustanciales entre el lago Moreno y el Nahuel Huapi, dado que la competencia de regulación en el último corresponde a la APN, mientras que en el lago Moreno, como mencionamos anteriormente, la jurisdicción es municipal.

Es a partir de las tareas de limpieza de alambrados, detección de muelles clandestinos y relevamiento de bajadas para el acceso a las costas realizadas en el lago Moreno (Municipio de Bariloche), que se observa una repercusión sobre el lago Nahuel Huapi y el lago Gutiérrez (ambos bajo jurisdicción de APN) (Contino, 2021). Este escenario, entre otras cuestiones, también activó el trabajo de un convenio entre ambas jurisdicciones (federal y municipal) para realizar, en forma conjunta, un trabajo similar al efectuado en el lago Moreno (Costas libres: trabajan para […], 2021). Sin embargo, podemos rastrear, previamente a la fecha del accidente y en concordancia con las salidas de campo que el tema del acceso a las costas sobre el Nahuel Huapi es una problemática que viene escalando en ebullición previamente en la comunidad y en los medios de comunicación regional (Resurgen los reclamos por […], 2020).

Conclusiones

El contexto de pandemia durante enero-febrero del 2021, puso en evidencia procesos socioespaciales vinculados con la esfera del ocio y el tiempo libre de las personas (tanto visitantes turistas como residentes recreacionistas) que generan injusticias espaciales en los bordes de una ciudad turística, colindante con un área natural protegida bajo jurisdicción nacional. Este es el caso de San Carlos de Bariloche, que recibe una afluencia de visitantes con una gran presión sobre un espacio de uso público restringido, tanto por las condiciones ambientales propias del caso de estudio -una bahía en costa de lago y hábitat para aves protegidas-, como por las políticas públicas vinculadas al acceso de entornos naturales seguros y con calidad ambiental para las mayorías.

A través del análisis de Bahía Serena, un sector natural que tuvo una conversión como atractivo turístico patrimonial y ubicada en un área de interfase o periurbano de la ciudad de San Carlos de Bariloche se ha podido comprobar que, para superar la dicotomía de lo urbano-rural en un espacio de borde, se requiere tanto una complementariedad entre el enfoque desde el planeamiento urbano y la gestión para la conservación de un área de amortiguamiento de un ANP, como una mirada que exceda la noción de conflicto solo como productora de rupturas y se oriente a nuevos reordenamientos o implementación de regulaciones preexistentes.

De manera que, el conflicto como proceso social y disparador de disputas, pueda ser analizado en términos de generación de cambios en la estructura social asociada a un espacio físico, capaz de reorganizar las responsabilidades sociales y convivencias. O retomando el planteo de los bienes comunes que nos aporta Aranda (2015), se trata de construir otro paradigma que incluya el derecho a transformar la ciudad en algo distinto a una escala humana. Consideramos que este punto puede complejizarse en un futuro trabajo de campo ampliando a otros casos de estudio en San Carlos de Bariloche, permitiéndonos pensar la categoría uso público en relación con la categoría bienes comunes desde una mirada que articule antropología y geografía del ocio y el turismo.

Retomando los resultados del relevamiento de campo realizado durante ocho semanas de la temporada estival 2020-2021, se verifica una alta intensidad de uso con concentración de personas, independientemente de las condiciones climáticas, el contexto de COVID-19 y los días de la semana. Esta situación genera un uso espacial desigual de visitantes (turistas y residentes) debido a las características de las actividades y acciones de los sujetos.

En el primer caso, encontramos incompatibilidad entre algunas actividades recreativas que despliegan gran cantidad de equipamiento y reducen el espacio disponible para la actividad de bañistas, la cual no requiere equipamiento ni implica un costo económico para su realización. En el segundo caso se presenta una alta probabilidad de transmisión de COVID-19 debido a que los visitantes no mantienen un distanciamiento social entre diferentes burbujas; a la vez que la impericia de quienes contratan un servicio eventual de alquiler de kayaks (tipo sit on top) o buceo, requiere un mayor espacio para la práctica de la actividad, con un aumento de probabilidad de ocurrencia de un accidente con otros visitantes. En suma, ambas situaciones conducen a procesos de restricción espacial progresiva que muestran una injusticia espacial si se considera el espacio disponible para la práctica de las mayorías (los bañistas) frente al espacio que requieren los prestadores turísticos para desplegar su equipamiento sobre la playa (Figura 3).

Si analizamos lo anterior desde un enfoque del planeamiento urbano, puede resultar positiva la incorporación del residente en la prestación de servicios turísticos y la oferta de un espectro mayor de oportunidades recreativas a los visitantes. No obstante, desde un enfoque de la gestión de un ANP, este borde urbano que actúa como zona de amortiguamiento al Parque Nacional Nahuel Huapi, denota una mirada antropocéntrica del espacio público. En esta, se prioriza al visitante en tanto usuario de un servicio sin considerar que la concentración de actividades y personas repercute negativamente en la conservación del espacio como hábitat para especies protegidas y la experiencia de un visitante en un entorno natural seguro y de calidad.

Es decir, en este caso, siguiendo con lo planteado por Bertoncello y Troncoso (2018), se observa un proceso de mercantilización de la naturaleza vinculado con una perspectiva utilitaria de un atractivo patrimonial por sus características masivas. Sin embargo, también habilita a pensar que al priorizarse en un espacio muy reducido de playa el despliegue de equipamiento por parte de diversos prestadores turísticos en desmedro del espacio de playa disponible para las mayorías (bañistas no usuarios) se generan dos problemas. Por un lado, una injusticia espacial debido a desigualdades en la ocupación y lógica diferencial entre actividades que derivan en incompatibilidades. Por otro lado, al priorizarse un uso comercial para los visitantes en tanto usuarios, en lugar de una oferta de equipamiento sanitario para las mayorías, el turismo como actividad contribuye a la creación de una zona de sacrificio, tanto para el disfrute de actividades de ocio como para hábitat de especies de aves endémicas de esa playa.

De este modo corroboramos la hipótesis sobre la existencia de prácticas sutiles del turismo como actividad productiva que también impactan de un modo drástico sobre los espacios costeros, producto de la falta de regulación estatal o la ausencia de proyectos vinculados a un uso sustentable y equitativo entre los distintos actores. Esta situación de desigualdad en las oportunidades de acceso se intensifica si se tiene en cuenta que, de una costa de 100 km de extensión, solo cinco de las 48 bajadas al lago Nahuel Huapi se han habilitado como balneario público, generando que este acotado número de opciones se consoliden en zonas de sacrificio por su masividad. Estas terminan configurándose en espacios saturados de prestadores y visitantes, condicionados en sus actividades por la reducida superficie disponible y sin acceso a servicios básicos, tales como baños públicos en el caso analizado de Bahía Serena.

Por último, la mediatización de las disputas y conflictividades entre diferentes actores sociales ante desacuerdos sobre el acceso libre, uso y permanencia en costas y lagos del dominio público no ha superado el estatus de noticia periodística. Esto responde, a su vez, al modo en que se han implementado y regulado las políticas públicas y los vacíos legales, en espacios de borde, que resultan centrales para una propuesta más justa para el disfrute del ocio y tiempo libre de las mayorías, independientemente si son visitantes turistas o residentes recreacionistas.

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Notas

1 Para profundizar en el conflicto entre la Municipalidad de Bariloche y los guardavidas (Guardavidas: “El Municipio no está […], 2021).


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