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Registros e itinerarios administrativos y judiciales para el control de opositores políticos en la provincia Eva Perón (1946-1955)
Administrative and judiciary records and paths of control over political opponents in Eva Perón province (1946-1955)
Estudios del ISHIR, vol. 13, núm. 35, 2023
Universidad Nacional de Rosario

Artículos Libres

Estudios del ISHIR
Universidad Nacional de Rosario, Argentina
ISSN-e: 2250-4397
Periodicidad: Cuatrimestral
vol. 13, núm. 35, 2023

Recepción: 31 Agosto 2022

Aprobación: 16 Noviembre 2022

Publicación: 30 Abril 2023


Esta obra está bajo una Licencia Creative Commons Atribución-NoComercial-SinDerivar 4.0 Internacional.

Resumen: El artículo propone contribuir a la reflexión sobre los repertorios, procedimientos y artefactos de vigilancia y control para la detección de opositores políticos durante la conformación del peronismo en el ex territorio nacional de La Pampa, denominado provincia Eva Perón. Se analizan las prácticas utilizadas para el ingreso y permanencia de agentes en la administración pública; el diseño de un sistema de información o reportes de “orientación ideológica” y, finalmente, el recorrido judicial de las denuncias por el delito de desacato. En esta investigación sostenemos que los mecanismos de captación de información y monitoreo de actividades de sectores antagonistas constituyeron un efectivo medio de legitimación política a disposición de distintas agencias estatales y actores que capitalizaron el efecto que producía la presentación de una denuncia política en tiempos del peronismo.

Palabras clave: peronismo, Estado, vigilancia, control, opositores.

Abstract: This article aims to contribute to the reflection about the repertoires, procedures, and devices of control and surveillance for the detection of political opponents to Peronism during the formation of this party in the Eva Peron province, former national territory of La Pampa. Normative instruments used for the entrance and permanence of agents in the public administration, the design of an information system or ideological orientation reports, and finally, the judiciary paths of legal actions for defamation are being analyzed. In this research, we claim that the mechanism for capturing information and monitoring the activities of antagonistic sectors constituted an effective means of political legitimization available to different State agencies and actors who capitalized on the effect that a political denouncement meant in the times of Peronism.

Keywords: peronism, State, surveillance, control, opponents.

Introducción2

Las recientes discusiones historiográficas referidas a la violencia estatal interpelan algunas claves interpretativas y consensos académicos en torno a los procesos de legitimación y los usos de prácticas represivas y/o preventivas que involucran al Estado y a sus agentes. En esta línea, diferentes investigaciones problematizan los mecanismos institucionales utilizados para limitar y sancionar el accionar de opositores políticos y contener las amenazas al orden vigente (González Calleja, 2006; Franco, 2012 y 2016; Marengo, 2012; Águila, 2018; Barreneche, 2019; Bohoslavsky y Franco, 2020; Lvovich, 2020). Asimismo, abonan la conveniencia de revisar las categorías utilizadas para explicar la inteligencia y el espionaje estatal, la elaboración de normativa y reglamentaciones ad hoc y los artefactos para la clasificación y taxonomía de detractores o enemigos políticos en la primera mitad de siglo XX (Nazar, 2007 y 2009; Ferreyra, 2018; Kabat, 2018; Garzón Rogé, 2019; Barreneche, 2019; Bartolucci, 2020). Esta producción registra un presente prolífico y aporta renovados interrogantes sobre los antecedentes históricos de la violencia política y de la gestión de las tecnologías de control (Franco, 2019; Bohoslavsky y Franco, 2020). Desde una escala analítica subnacional, las configuraciones de poder situadas asumen un papel central en la reflexión crítica de las formas de tramitar la conflictividad política (Rafart, 2008; Carrizo, 2010; Moroni, 2018; Navas, 2018; Fernández Marrón, 2021; Pérez Álvarez y Gatica, 2020). En este artículo sostenemos que las dinámicas locales y regionales posibilitan recuperar el significado y el propósito de un conjunto de agencias gubernamentales provinciales orientadas a recopilar información de actividades políticas, sociales y sindicales. En este sentido, los repertorios de acción, los acuerdos y los ajustes para procesar la conflictividad desde una escala local constituyen un aporte para el debate sobre las violencias estatales y paraestatales3 y, al mismo tiempo, permiten tensionar las hipótesis formuladas desde una narrativa histórica nacional por demás afecta a perspectivas de nivel macro fundadas en la verticalidad y la centralidad de los procesos sociohistóricos (Bandieri y Fernández, 2017; Bohoslavsky, 2018; Bandieri, 2021; Águila, 2021).

La investigación es tributaria de la propuesta teórica y metodológica que brinda la historia social de la justicia y, en especial, de la sensibilidad en el tratamiento del lenguaje de las fuentes judiciales para explicar las conexiones entre la experiencia con la ley y las prácticas para resolver el conflicto (Barriera, 2019). Además, adoptamos la perspectiva extracéntrica de los estudios sobre el primer peronismo que recogen la heterogeneidad y los efectos multidimensionales del proceso formativo del partido (Macor y Tcach, 2003; Bona y Vilaboa, 2007; Acha y Quiroga, 2009; Rein, 2009; Aelo, 2010; Leoni y Solis Carnicer, 2012; Melón Pirro y Quiroga, 2014; Tcach, 2014; Alonso, 2015; Garzón Roge, 2014, 2019 y 2021; Kindgard y Jerez, 2021). Por último, consideramos el anclaje conceptual de la historia cultural que, desde una dimensión actitudinal, interpretan los procesos de cambio social y político (Fitzpatrick, 1996a y 1996b; Gellately, 1996; Williams, 2001; Bergemann, 2017).

En este artículo, nos enfocamos en los procedimientos, la producción y el uso de tecnologías de vigilancia y control de opositores durante la etapa formativa del peronismo en la provincia Eva Perón (ex territorio nacional de La Pampa).4 La modificación institucional y normativa que, en 1951, supuso la provincialización de La Pampa se produjo en un contexto nacional marcado por el recrudecimiento del enfrentamiento político, el asedio de los sectores militares antagonistas y una creciente polarización social. La lógica de la amenaza opositora determinó un aumento de las medidas represivas y del sistema de inteligencia y vigilancia en todo el espacio nacional. La declaración del estado de guerra interno fue un efectivo acicate para la implementación de variados repertorios estatales de control y vigilancia (Nazar, 2009; Pizzorno, 2020).

En este estudio seguimos un enfoque atento a los procesos políticos y sociales locales para reflexionar sobre los registros y prácticas de control implementados desde un novel Estado provincial para gestionar las disidencias tanto las internas como las que incluían a diversos actores de la sociedad pampeana. Los usos y procedimientos represivos dan cuenta de las tramas locales que se activaron para institucionalizar la doctrina del partido en las diferentes áreas de gobierno y revelan una periodización marcada por los tiempos de la negociación y la autogestión del peronismo local.

Como mencionamos, la investigación se nutre de las corrientes historiográficas que promueven el debate sobre las agencias estatales de control y la violencia política en el siglo XX. Se organiza en un primer apartado dedicado a reconocer la intervención estatal en materia de control y vigilancia política en un espacio subnacional a partir del papel de los órganos partidarios y de la intervención de sus agentes en las operaciones destinadas a proveer información sobre actitudes sociales, hábitos y enunciaciones opositoras durante el proceso de avance del partido peronista provincial. En definitiva, se reconocen los mecanismos de definición de la identidad política peronista reforzando criterios de exclusión e inclusión legitimados a partir de la mediación institucional. En la segunda parte, recuperamos la instancia judicial y la utilización de los canales habilitados desde 1949 a partir de la denominada “peronización de la justicia” y, en especial, con la modificación de las leyes penales comunes para activar la identificación de adversarios. Por último, incluimos una serie de reflexiones finales sobre el despliegue de acciones estatales orientadas a validar la identidad política en una provincia que modifica su condición jurídica e institucional durante el peronismo.

Politización y control institucional desde el partido

En los últimos años de la década de 1940, la denominada Junta Territorial del Partido5 lideró el proceso de politización y unidad del peronismo durante la organización partidaria en la jurisdicción pampeana. La incorporación de afiliados y la selección de la dirigencia para ocupar las distintas reparticiones estatales se efectivizó bajo el control y la revalidación de credenciales destinadas a oficializar la pertenencia al partido. Al mismo tiempo, se admitió la utilización de técnicas y mecanismos destinados a recopilar información y perfilar a los sectores antagonistas. El diseño de esta lógica organizativa propició la atomización de las tareas de detección de opositores y habilitó la alegación de pruebas para una potencial denuncia en los tribunales de justicia provincial. Estas prácticas configuraban instancias de ratificación simbólica para los denunciantes y de legitimación al interior del partido que repercutían en la estructura de la burocracia estatal provincial. La afectación que generaba una denuncia pública por delitos vinculados a motivaciones políticas en la etapa de organización partidaria provocaba un impacto social que superaba el alcance y los efectos de una detención policial o de una penalidad desde la vía judicial.

El recurso de la investigación para la identificación de opositores se constituyó progresivamente en una de las formas utilizadas para confirmar la identidad política de los sectores que ingresaban a las filas del peronismo local y, para ello, se diseñaron diferentes artefactos de registro. La incorporación al partido incluía una tipificación de los opositores a los que se los adjetivaba genéricamente como la oligarquía, los comunistas o los conversos; esta última caracterización alcanzaba, especialmente, a los actores con trayectorias políticas de origen radical. Se trataba de una modalidad de acción destinada a reconocer y localizar a los denominados “falsos peronistas” para purgar al partido de sectores disruptivos. No solo estamos ante la configuración de una retórica local del adversario que intentaba asegurar el avance de una fuerza política con pretensiones regeneradoras y reparadoras, sino que esa identificación procuraba amalgamar expectativas e intereses de larga data que trascendían la política partidaria y se asociaban a las demandas autonómicas y de provincialización.

La condición jurídica e institucional de los territorios nacionales establecía que la designación del titular de la Gobernación era potestad del Poder Ejecutivo Nacional (Favaro y Arias Bucciarelli, 1995; Favaro, 1996; Ruffini, 2007). En este contexto, el nombramiento del gobernador resultaba una pieza clave en el armado político durante el proceso de institucionalización y organización partidaria. Una las acciones políticas a cargo del mandatario pampeano en la etapa formativa del partido fue el envío periódico al presidente de la Nación y al ministro del Interior de un reporte que contenía información sobre la actuación de los comisionados municipales y de otros funcionarios estatales y dirigentes del partido. La comunicación reservada con las autoridades nacionales involucraba, especialmente, a los sectores que se sumaban a las filas del partido. Esta modalidad de reconocimiento e identificación de los potenciales aliados se extendía a las filas de la Delegación de la Secretaría de Trabajo y Previsión que poseía un estrecho contacto con otras reparticiones y direccionaba judicialmente las denuncias de los trabajadores provinciales. En este escenario, las acciones de vigilancia y control habilitaban la confirmación, permanencia o desplazamiento de los dirigentes y funcionarios locales. En definitiva, se instalaba como una práctica de regulación de la hegemonía del partido en la vida política pampeana.

Entre 1946 y 1949, es posible identificar una etapa orgánica vinculada a la formalización partidaria en un escenario político intervenido por la presencia de agentes del cuerpo policial responsables del registro de asistentes y oradores en actos partidarios, mítines y en conferencias públicas de agrupaciones políticas, sindicales y corporaciones económicas del territorio pampeano. En los documentos oficiales se los identificaba de forma general como “informantes” y, a partir de la transcripción de los discursos de los potenciales detractores, aportaban la prueba testimonial para habilitar el inicio de un procedimiento judicial. Entre 1951 y 1955, se formaliza una matriz local de dirigentes del partido con una potente conexión con los procesos previos y los efectos que produjo la provincialización de La Pampa. En esta etapa, el peronismo gobernará una nueva provincia argentina desde la preeminencia representativa que otorgó la reforma electoral de 19516 y con una dinámica de intervención de las agencias estatales de control que se gestó en el período previo (Moroni, 2018).

Enfocados en el plano nacional, distintos autores explican las derivas de la conflictividad política en el marco de las disputas entre peronismo y antiperonismo y al interior de las facciones (Spinelli, 2005; García Sebastiani, 2006; Panella, 2007; Melon Pirro, 2009; Ferreyra, 2018). En el ámbito provincial, la conducción política procuraba evitar el disenso en las filas del partido a partir del despliegue y perfeccionamiento de una serie de procedimientos de control que incluían la elaboración de normativa, la creación de organismos y la delegación de funciones de vigilancia en agentes de la administración pública, además de la tradicional actuación de la sección policial de investigaciones.

En esta línea, Salvador Ananía, el primer gobernador peronista electo de la provincia Eva Perón, en cumplimiento de una circular pública presidencial de 1946, establecía las condiciones para la designación y el ingreso a la administración pública pampeana.7 A mediados de junio de 1953, el titular de la Gobernación disponía la obligación de acreditar “una antigüedad mayor de seis meses de afiliación partidaria que será comprobada con la presentación de un certificado expedido por la respectiva autoridad, que deberá especificar claramente número, fecha y organismo donde se registró la inscripción”.8 Así, el partido asumía un papel central en la regulación, ingreso y permanencia de los agentes de la burocracia provincial puesto que certificaba su pertenencia y confeccionaba lo que podríamos denominar una “foja de servicios” de su actuación partidaria. Unos meses más tarde, se incorporaba una nueva modalidad de control en los organismos públicos. La ficha política de afiliación partidaria se completaba con una disposición del gobernador que exhortaba a los agentes a exteriorizar su condición identitaria peronista. Este mecanismo de legitimación apuntaba a establecer un reconocimiento público al interior del partido cuyos efectos serían aún mayores frente a los opositores. El decreto gubernativo confirmaba que los integrantes de la administración provincial debían “(…) ostentar en su solapa y permanentemente el distintivo oficial del partido”.9 En esta etapa, el peronismo gestionó la dinámica política provincial e implementó nuevos artefactos para el control e identificación de adversarios y, en algunos casos, perfeccionó los vigentes como los reportes ideológicos de opositores.

En los inicios del primer gobierno de carácter provincial, se instrumentó un relevamiento de organizaciones, clubes y asociaciones provinciales con el objeto de registrar el perfil social y la extracción política e ideológica de sus integrantes.10 La planilla de datos, titulada Nómina de Entidades, contenía seis campos temáticos donde los agentes volcaban la información referida al nombre de la institución u organización civil, la dirección postal, el número de asociados y la ideología predominante. Además, se incluía información sobre la tendencia política del presidente de la Comisión Directiva y la de sus integrantes, la actividad que desarrollaba la entidad y el “ambiente que goza”; en este apartado las respuestas se limitaban a señalar “bueno, muy bueno y excelente”. Los datos recogidos visibilizaban las conexiones establecidas entre los representantes de diversas organizaciones y un amplio muestrario de actividades sociales, culturales, económicas, deportivas, mutualistas y gremiales desarrolladas en la capital y en las localidades del interior provincial.

El nivel de organización interna quedaba expuesto en los datos sobre la distribución de cargos en las Comisiones, incluso en aquellas que estaban intervenidas o en proceso de reorganización. El informe contabilizaba más de 450 entidades organizadas en clubes deportivos, cooperadoras escolares y de exalumnos, cooperadoras policiales, sindicatos de trabajadores rurales, molineros, metalúrgicos, telefónicos, bancarios, de la industria y del comercio y asociaciones profesionales, sociedades étnicas y religiosas. El relevamiento de la pertenencia ideológica estaba incluido en el diseño de la planilla y su objetivo apuntaba a detectar los sectores antiperonistas y los denominados “apolíticos”. Para ello, este artefacto de control poseía un espacio para clasificar y consignar en forma cuantitativa a los “peronistas”, “totalmente peronistas” o “integralmente peronistas”. El reconocimiento de los sectores antagonistas y la posibilidad de contabilizar su participación en las instituciones de la sociedad civil trascendía la mera enunciación como opositor político y posibilitaba reconocer a sectores aliados y construir un “otro” que confrontaba con el ideario peronista. Las acciones preventivas de detección de aliados y opositores se reforzaban en momentos de activación del cronograma electoral, específicamente, en los comicios legislativos provinciales del 12 de abril de 1953 y en las elecciones del 25 de abril de 1954 de vicepresidente de la Nación y representantes parlamentarios nacionales y provinciales.

En la provincia Eva Perón, se desplegaron una serie de transformaciones institucionales que sintonizaban con la matriz doctrinaria del partido y que permearon las actuaciones de las agencias de justicia y policía donde las concepciones de lealtad y justicia social se reflejaron en cada informe reservado enviado a la superioridad nacional (Fernández Marrón, 2019). En 1952, en pleno auge de la modificación en la estructura policial tanto a nivel nacional como provincial, los integrantes de la fuerza de seguridad pampeana presentaban al secretario de la Gobernación, Tomás Gatica, un informe sobre la organización local del Partido Socialista, los antecedentes políticos de sus integrantes y una relatoría sobre el concepto moral de sus referentes. El documento incluía un anexo confidencial con un reporte de las actividades políticas de un grupo de dirigentes radicales formalizados judicialmente por la circulación de panfletos y la difusión del recorrido provincial del presidente del Comité Nacional del radicalismo. El informe alertaba a las autoridades provinciales sobre el contenido de los libelos adjudicados a la acción radical que cuestionaban la legalidad y representatividad de la Convención Constituyente y la legitimidad de la futura Constitución de la provincia.11

En el caso de la oposición comunista, las prácticas incluyeron la intervención de organismos nacionales de vigilancia. Como ha sido estudiado, el proceso político que siguió a las elecciones de 1946 no implicaba un quiebre de las prácticas previas; por el contrario, en palabras de los especialistas, las “líneas de continuidad” fueron parte del nuevo escenario y la vocación anticomunista subsistió y determinó una ofensiva basada en allanamientos, detenciones y expulsiones (Nazar, 2007; Bohoslavsky, 2016: 40; Barreneche, 2019).

En la instancia provincial, se activaron los mecanismos institucionales de vigilancia y espionaje de las actividades del Partido Comunista a partir de las instrucciones que la Coordinación de Informaciones del Estado (CIDE) enviaba, en junio de 1955, al gobernador de la provincia Eva Perón.12 En el informe reservado sobre los denominados “enemigos comunistas”, se enumeraban una serie de “trabajos futuros” que resultaba urgente contener para evitar los sucesos ocurridos en las elecciones de 1954 en la localidad pampeana de Puelén, donde la victoria electoral del Partido Comunista sobre las candidaturas del peronismo y radicalismo generó la intervención del tribunal de disciplina del partido (Alonso, 2015: 239-240).

Las tareas de vigilancia se orientaban a recoger información para desarticular una campaña que, según los responsables de la crónica, se apoyaba en los conflictos obreros para desprestigiar al gobierno peronista y al presidente de la Nación. El informe sobre los comunistas indicaba la necesidad de detener el proceso de reclutamiento a partir de la intervención de la fuerza policial para inmovilizar a reconocidos militantes con arraigo en la provincia. En ese sentido, el reporte señalaba que resultaba imperativo contener a los activistas infiltrados en el gremio Luz y Fuerza y en el de los ferroviarios, ambos con una importante representación en el peronismo provincial. De esta forma, la CIDE instruyó el reforzamiento de las detenciones policiales para desactivar un potencial avance comunista. Según indicaba el informe oficial de la agencia de inteligencia, el comunismo local poseía una sólida organización con infiltrados en reparticiones y sindicatos con información capaz de neutralizar la reacción represiva estatal y de anticipar a sus adherentes sobre las detenciones y requisas policiales.13

En cuanto al accionar provincial de la Alianza Libertadora Nacionalista (ALN),14 que era parte del nacionalismo tradicionalista, la CIDE incluía una nota del representante local de la ALN al Comando Nacional donde anunciaba un estado de “alertamiento general”por minorías instaladas en la provincia que podían atentar contra el orden constitucional. El informante de la ALN declaraba “hasta el momento no han dado señales de movilización alguna y los sectores comunachos no parecen por ahora con intenciones de entrar en acción”.15

Como hemos analizado, las tareas de vigilancia, control, registro y espionaje de adversarios requerían la puesta en marcha de operativos que incluían la participación activa de las burocracias policiales y del poder político pampeano y respondían a las instrucciones de organismos de vigilancia del poder central que encontraban su réplica en el espacio provincial. Asimismo, por tratarse de un “asunto nacional”, se delegaba en amplios sectores de la sociedad local la función de vigilancia y espionaje. Progresivamente, la práctica de la denuncia política fue acomodándose como una modalidad de control partidario para la categorización de individuos y corporaciones. Esta condición se amplificó con la tramitación de procesos judiciales a partir de la aplicación del delito de desacato.16 En este contexto, el desacato, las injurias y las ofensas a la dignidad presidencial se tradujeron como conductas de deslealtad política que debían obtener una reparación en los tribunales de justicia de la provincia Eva Perón. Sin embargo, el éxito de la acción de vigilancia y control estatal no estaba en el desenlace que proveía una sentencia judicial, sino en la escenificación del proceso y en los alegatos de las partes en conflicto. El repertorio de testimonios acusatorios fue una vía utilizada por el peronismo para identificar a los detractores y calibrar la lealtad de los denominados “conversos” o “falsos peronistas” (Moroni, 2018).

En el siguiente apartado nos enfocaremos en estas prácticas con la intención de reflexionar acerca de interpretaciones ajustadas a las ideas de una conducción verticalista del partido y a la centralización en las acciones de control de los sectores disidentes en la jurisdicción subnacional de La Pampa.

La figura del desacato y el peso de la intervención judicial

En octubre de 1949, se reforzaron los mecanismos de control de los sectores disidentes con la aprobación de la ley penal común 13569 que modificaba el texto del Código Penal de 1921 (ley 11179) y, específicamente, el artículo 244 que extendía la figura de desacato (Oliveira y Tiscornia, 1992; Cesano, 2006; Sarrabayrouse, 2015). La identificación partidaria y el conocimiento de la condición ideológica resultaba un factor determinante al momento de construir una representación social de una amenaza tanto real como potencial, capaz de socavar las bases formativas del peronismo. La operación intelectual de caracterización y demarcación de los opositores políticos se articulaba con el desarrollo de una subjetividad emocional y simbólica que, cabe agregar, no resulta privativa de un régimen político particular y tampoco se ajusta a una periodización establecida. Sin embargo, posibilita reconocer los modos en que se institucionalizó la vigilancia y el control de la doctrina partidaria en el proceso de formación del peronismo pampeano. En definitiva, habilita un abordaje desde una perspectiva histórico cultural que podrá constituirse en una vía de entrada para indagar en las trazas de la identidad política desde un escenario subnacional.

Entre 1951 y 1955, en los tribunales provinciales se tramitaron una serie de causas judiciales en las que se reconoce la utilización del desacato como un mecanismo de control político a disposición de actores e intereses que, en algunas causas, trascendían el contexto partidario. En estos casos, el acta policial comenzaba con el reporte de hechos y lugares para luego avanzar en la declaración testimonial donde se valoraba el tenor del agravio hacia la honorabilidad del partido y/o de sus máximas autoridades tanto del ámbito nacional como provincial.

En los procesos judiciales, se buscaba reconocer y penalizar a través de la utilización de derecho las gestualidades y declaraciones públicas que se interpretaban contrarias al ideario del partido y/o a los líderes. La potencia de la denuncia estaba en la posibilidad de dar un nombre o de hacer real un rumor antes que en la fiabilidad de la denuncia o en la expectativa de una resolución judicial. En la mayor parte de los casos, los procesos judiciales extendían su tramitación durante años y el impulso inicial junto con el soporte material de las agencias estatales de control y vigilancia se diluía una vez que se ventilaban en los tribunales pampeanos los argumentos que pesaban sobre los sectores opositores. La teatralidad de la denuncia se nutría de un pormenorizado relato acompañado de una gran variedad de evidencias que escasamente definían las causales del delito o aportaban indicios para una decisión judicial.

Las acusaciones promovidas desde los sectores partidarios y sindicales se alimentaban de supuestas ofensas a la identidad peronista que, además, tenían una clara estrategia de exteriorización de la contribución que representaba la detección de opositores en la etapa de formación partidaria. Las partes en conflicto recurrían a la intervención de una novel judicatura provincial que transitaba un proceso de reorganización institucional marcado por el sesgo del ideario peronista de justicia (Moroni, 2017:165). Las denuncias de desacato se dirimían en un contexto de escasa delimitación de competencias entre el poder político y el judicial. Se trataba de una ficticia representación de independencia de poderes, en especial, a partir de los fundamentos políticos e ideológicos que la primera carta constitucional de la provincia Eva Perón de 1952 le confería al Poder Judicial.

En la presentación y los testimonios de los promotores de las denuncias de desacato quedaban expuestos los vínculos y alianzas políticas de los agentes judiciales, policiales y de dirigentes de diverso rango al interior del partido. La tramitación del proceso judicial visibilizaba los argumentos de las partes que medían su honorabilidad en términos de adhesión a la doctrina del partido. En este contexto, los dirigentes que ingresaban a la burocracia provincial con una trayectoria previa en el partido radical o en agrupaciones de extracción conservadora se enfrentaban a la institución judicial, a sus agentes y a una normativa dispuesta para la identificación de detractores. Las denuncias fundadas en la desconfianza de los dirigentes con otras experiencias políticas funcionaban como reaseguro a disposición del Estado peronista para neutralizar a los opositores políticos. En este tipo de causa penal, la deshonra del acusado aumentaba la probidad del denunciante que recurría a la sospecha y a la insustancial idea de complot enemigo para promover su propia pertenencia al proyecto peronista. En la etapa de indagatoria, los dirigentes políticos acusados de una infracción a la ley 13569 y al articulado específico sobre desacato esgrimían disputas internas de sectores que utilizaban los tribunales de justicia para dirimir cuotas de poder local.17

Durante el proceso de formación estatal provincial asistimos a un clima de conflictividad intrapartidaria protagonizada por los interventores nacionales enviados por el partido con las dirigencias locales (Alonso, 2015). Se trataba de una etapa donde el consenso político no pocas veces se forjaba a contrapelo de las directivas de las autoridades nacionales del partido y, en su lugar, develaba definiciones particulares de la construcción de liderazgos provinciales. Uno de los hechos más controversiales se produjo en vísperas de los comicios nacionales y provinciales de noviembre 1951, espacio dilecto para las denuncias entre dirigentes políticos. Así, por ejemplo, en una causa penal contra un reconocido dirigente de filiación política radical tramitada un mes antes de las elecciones de 1951, se argumentaban razones de índole política que invalidaban la acusación, por tanto, solicitaban la falta de mérito para un delito como el que motivaba la denuncia.18 La defensa del acusado alegaba “procesos esencialmente políticos”con la intención de judicializar a la oposición.

La denuncia de desacato en la etapa de institucionalización del partido fue un engranaje que conectaba al poder político y al poder judicial para ratificar, desplazar y/o limitar a los actores que ingresaban a las filas del peronismo local. En definitiva, los principios jurídicos que orientaban las modificaciones en la justicia penal y la coyuntura política constituyeron el marco preferente para la denuncia a opositores y un canal de actuación legitimado a disposición de la conducción.

En algunas de las causas analizadas, los expedientes detallaban el papel cardinal de facilitadores como el caso de los delegados regionales de la Confederación General del Trabajo, de los integrantes de las denominadas “Básicas” del Partido Peronista Masculino y del Femenino o del propio interventor del Partido. Estos agentes oficiaban como intérpretes legos de lo que consideraban un delito de desacato y operaban como un engranaje necesario al momento de convocar a la fuerza policial para el levantamiento de las primeras declaraciones y testimonios. En definitiva, la intervención de los delegados del partido en la presentación de las denuncias constituía una de las acciones utilizadas tanto para exteriorizar la identidad peronista del denunciante como para reportar la escasa motivación de otros agentes en el proceso de detección de opositores.19

Como adelantamos en otro estudio, además, identificamos la presentación de denuncias políticas que encubrían disputas personales y surgían de la cotidianeidad de las relaciones en la esfera privada. Los argumentos acusatorios reflejaban un tipo de conflictividad familiar o amical que se verificaba en las declaraciones contenidas en los expedientes, especialmente, en el acto de defensa del acusado y en el curso de las denuncias que escasamente lograban la reparación pretendida por la parte afectada (Fiorucci, 2013a y 2013b).20 Este tipo de denuncias se alejaban de la tipificación del desacato que establecía la normativa, sin embargo, la tramitación avanzaba a partir de la alta receptividad de la agencia policial, aunque, finalizaba con la determinación judicial de la falta de mérito. En estos casos, una denuncia de desacato funcionaba como un recurso efectivo para escalar en la conflictividad interpersonal y, en la mayoría de los casos, aseguraba una detención o el inicio de un proceso judicial que podía extenderse por más de dos años desde la presentación de agravios (Moroni, 2018). En este sentido, otorgaba la oportunidad para revanchas y desagravios entre vecinos y familiares y, como sostiene Fiorucci (2013b), se erigía como un factor para revalidar el honor en una sociedad donde el peronismo detentaba una posición hegemónica y el estigma antiperonista dificultaba la cotidianeidad de los acusados.

En 1955, en sintonía con las prácticas que impuso el golpe de Estado que derrocó el gobierno peronista, los agentes judiciales pasaron a archivo las causas de desacato y se ajustaron a los nuevos tiempos de la justicia, en línea con la derogación de la normativa de la denominada justicia peronista, en especial, al decreto ley que modificó la ley 13569 (Sarrabayrouse, 2015).

El interventor provincial del golpe de Estado que derrocó al peronismo puso en manos del presidente de la Comisión Investigadora, Alfonso Corona Martínez, la tarea de realizar una exhaustiva revisión de las actuaciones judiciales iniciadas por desacato. Por una parte, se prescribió el sobreseimiento definitivo de los acusados por este delito y, por otra parte, quedó expuesta la identificación de los denunciantes y la motivación de sus actos ante los funcionarios del régimen de facto. A partir de la conformación de la Comisión Investigadora correspondiente a La Pampa, serán los funcionarios designados por los sectores identificados con el antiperonismo los que activaron un proceso de investigación sobre el desempeño de dirigentes peronistas provinciales y municipales, así como del personal de las distintas reparticiones para señalar responsabilidades en su breve experiencia de gobierno provincial (Zink y Martocci, 2019).

Reflexiones finales

En este artículo analizamos los mecanismos administrativos y judiciales que propiciaron la identificación de opositores políticos en la etapa formativa del partido peronista en la provincia Eva Perón. La configuración de una identidad política fue un componente importante para fortalecer la pertenencia a una fuerza ideológica que retomaba las demandas provincialistas y las incluía en el Plan de Gobierno como parte de su programa de ampliación de derechos.

La dirigencia peronista local debía sentar las bases de una nueva legitimidad política y vincularse con el poder central como un Estado provincial que asumía esta condición a partir de la decisión política del peronismo. En este contexto, la exaltación por la consecución de derechos y las disputas por espacios ganados o perdidos fueron el escenario en el que transitó la construcción política e institucional provincial.

La filiación al peronismo y el compromiso de los encargados de identificar las voces opositoras fue un aspecto central de la incipiente vida institucional en la nueva provincia. Por ello, el análisis de los mecanismos institucionales y los efectos de la normativa, resoluciones y decretos para la vigilancia y control de los adversarios brinda un panorama claro de las acciones desplegadas para definir criterios de inclusión y exclusión y validar la intervención judicial o policial para legitimar la pertenencia partidaria.

La modificación de las penalidades para el delito de desacato de 1949 posibilitó activar una serie de mecanismos de denuncia orientados a identificar y cercar a los detractores del proyecto político del peronismo en la nueva provincia. La delación fundada en el cuestionamiento de la honorabilidad de los actores políticos y del propio partido fue acogida por los agentes policiales y judiciales, de esta forma, los denunciantes actuaron desde la certeza del funcionamiento real y cotidiano de un “estado de vigilancia” que, con diferentes acciones y recursos, se interpuso en la trama social de la provincia Eva Perón.

Los intereses sectoriales quedaban expuestos en el proceso judicial y en los mecanismos de control que establecían los funcionarios del partido para cooperar con la detección de los detractores. Las denuncias contaban con la atenta vigilancia de las agencias estatales y reportaban beneficios partidarios, aunque como hemos establecido en otros estudios, también personales y profesionales. En definitiva, la sospecha de acciones opositoras quedaba expuesta ante un Estado provincial receptivo a su identificación y control con el auxilio de un plexo normativo ad hoc y de agentes estatales atentos al renovado paradigma judicial.

Referencias bibliográficas

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Notas

2 El artículo se realizó en el marco del PUE-CONICET “Instituciones, actores y políticas en La Pampa: procesos, escalas, temporalidades y espacialidades en debate (siglos XIX al XXI), (IESHOLP-UNLPam) y representa la continuidad y ampliación de una primera versión de la investigación en Moroni (2018: 77-97).
3 Para un análisis historiográfico sobre la violencia estatal y paraestatal consultar el estudio de Bohoslavsky y Franco (2020:205-227).
4 En 1884, mediante la sanción de la ley 1532 el Estado argentino formalizó la creación de nueve gobernaciones denominadas territorios nacionales: Chaco, Formosa, Misiones, La Pampa, Chubut, Río Negro, Neuquén, Santa Cruz y Tierra del Fuego. A partir de 1951, mediante la ley Nº 14037, el peronismo inició el proceso de provincialización del territorio nacional de Chaco que adoptó el nombre provincia Presidente Perón y el de La Pampa que se denominó Eva Perón.
5 Un estudio de la influencia de la Junta Territorial en el proceso de politización del partido en la provincia Eva Perón en Etchenique y Hauser (2004: 11-30).
6 La ley 14032, sancionada el 11 de junio de 1951, estableció un nuevo régimen electoral que, entre otras características, recuperaba el anterior sistema de circunscripciones e incluía la representación de los territorios nacionales a partir de delegados para la Cámara de Diputados de la Nación. Específicamente, el art. 182 indicaba la modalidad para calcular la cantidad de delegados extra provinciales: “en la proporción de uno por cada 100.000 habitantes o fracción que no baje de 50.000, en base a las cifras del último censo. La representación de dichos territorios en ningún caso será inferior a dos. Elegirán un delegado los territorios cuya población no llegue a 100.000 habitantes”. [Recuperado 30/11/2022: https://www.argentina.gob.ar/normativa/nacional/ley-14032-296397/texto].
7 El decreto Nº 70 fue promulgado el 26 de junio de 1953 y establecía los requisitos para ocupar cargos administrativos en la provincia; las disposiciones del decreto provincial adoptaban las que fijaba la circular presidencial del 17 de junio de 1946.
8 Archivo General del Poder Judicial de la Provincia de La Pampa (en adelante AGPJ), Fondo de Conservación Histórica Permanente, Antecedentes remitidos por la Comisión Investigadora N°47. El decreto poseía un carácter retroactivo y ordenaba la presentación de credenciales de afiliación en los casos de designaciones anteriores a la gestión del gobernador Salvador Ananía. La orden alcanzaba al personal municipal de las localidades del interior y encomendaba a los intendentes observar el cumplimiento de esta disposición.
9 En diciembre de 1954 se dictaba el decreto N° 2303 de racionalización administrativa que ratificaba el decreto anterior y agregaba un examen de nociones de cultura ciudadana. AGPJ, Decreto N° 2303, diciembre de 1955.
10 AHP, Fondo Gobierno 1952, enero, caja 142 E5B1, 107.
11 AGN, Fondo Ministerio del Interior, Secretos, Confidenciales y Reservados, 1952, caja 117.
12 La Coordinación de Informaciones del Estado (CIDE), se creó en 1949 y reemplazó la División de Informaciones de la Presidencia y sus funciones eran las de realizar tareas de inteligencia. AHP, Fondo Gobierno 1953, enero a noviembre, caja 144 E5B1, 109. Un estudio detallado de esta agencia estatal en Barreneche (2019).
13 AGN, Fondo Ministerio del Interior, Secretos, Confidenciales y Reservados, 1952, caja 117. El reporte, además, incorporaba la situación interna de la UCR y transcribía una serie de declaraciones de un importante dirigente del radicalismo de Entre Ríos, Raúl Uranga, que descartaba la disgregación del partido y anunciaba su recomposición a partir de la designación de Arturo Frondizi, como presidente del partido.
14 Un análisis de la Alianza Libertadora Nacionalista en Lvovich, 2006 y Orbe, 2011.
15 AGN, Fondo Ministerio del Interior, Secretos, Confidenciales y Reservados, 1952, caja 117.
16 La ley 13569, sancionada el 21 de setiembre y promulgada el 13 de octubre de 1949, constituye una norma modificatoria del Código Penal de 1921, en especial, del art. 244 del Código Penal que, con este cambio, ampliaba las escalas penales para el desacato. El art. 4° de la ley 13569 establecía que la “condición del ofendido” determinaba la variación de la pena: “Si el ofendido fuere el Presidente o Vicepresidente de la Nación, un legislador nacional o provincial, un gobernador, un ministro nacional o provincial o un juez, se impondrá́, prisión de seis meses a tres años” [Recuperado 28/11/2022: http://www.saij.gob.ar/13569-nacional-lnn0027232-1949-09-21/123456789-0abc-defg-g23-27200ncanyel?]. En el estudio de Cesano (2006: 75 y 76), el autor indica que no solo se aumentaba la pena privativa de la libertad sino también la extensión de la criminalidad del acto, en definitiva, esta modificación constituía en un importante mecanismo de control de opositores. La norma fue derogada parcialmente por decreto-ley 486 el 7 de octubre de 1955 (Oliveira y Tiscornia, 1992; Sarrabayrouse, 2015).
17 AGPJ, Juzgado de Primera Instancia núm. 2, Secretaría en lo Criminal y Correccional, provincia Eva Perón, exp. núm. 313, 10 de abril de 1952.
18 En esta causa judicial, el detenido obtenía la libertad y seis meses más tarde lograba el sobreseimiento provisional y en octubre de 1955 logró el definitivo; motivado en una nueva etapa política que comenzaba con la interrupción del gobierno democrático.
19 AGPJ, Juzgado de Primera Instancia núm. 2, Secretaría en lo Criminal y Correccional, provincia Eva Perón, exp. núm. 447, 26 de julio de 1952.
20 Los trabajos de Fiorucci (2013a y 2013b) reflexionan sobre la construcción de la hegemonía peronista a partir del consenso y las tensiones en el ámbito docente. La autora explora el uso de la denuncia como origen de los sumarios a las y los maestros e incorpora las variadas respuestas del sector ante el nuevo movimiento político.


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