

Educación e Interculturalidad
Rol socio-cultural de la mujer Ulwa nicaragüense
Socio-cultural role of the Nicaraguan Ulwa woman
Wani, Revista del Caribe Nicaragüense
Bluefields Indian & Caribbean University, Nicaragua
ISSN: 1813-369X
ISSN-e: 2308-7862
Periodicidad: Semestral
núm. 77, 2022
Recepción: 27 julio 2022
Aprobación: 06 septiembre 2022
Para citar este ensayo (APA): Obando Rosales, M. I. (2022). Rol socio cultural de la mujer ulwa nicaragüense. Wani (77),18-24. https://doi.org/10.5377/wani.v38i77.14953
Resumen: Aun cuando en el contexto actual se promueve la igualdad de género, la inclusión social y el respeto a la integridad humana, la realidad de la mujer ulwa nicaragüense, en su mayoría, está circunscrita al régimen de patriarcado, la marginación social, el desempleo, la violencia doméstica e intrafamiliar y el abuso sexual. Se plantea la necesidad de crear programas o formular proyectos que empoderen a estas mujeres y promuevan su participación en la toma de decisiones. Estos, sumado al rol de las instituciones, son importantes para reivindicar y desarrollar integralmente a las mujeres ulwas. El presente ensayo, desde el punto de vista metodológico, se respalda en fuentes documentales y entrevista semiestructurada.
Palabras clave: ulwa, mujeres, marginación, patriarcado, educación.
Abstract: Even when gender equality, social inclusion and respect for human integrity are promoted in the current context, the reality of the Nicaraguan ulwa woman, for the most part, is limited to the patriarchal regime, social marginalization, unemployment, domestic and intra-familiar violence and sexual abuse. There is a need to create programs or formulate projects that empower these women and promote their participation in decision-making. Added to the role of the institutions, are important to vindicate and fully develop ulwa women. This essay, from the methodological point of view, is supported by documentary sources and a semi-structured interview.
Keywords: Ulwa, women, marginalization, patriarchy, education.
INTRODUCCIÓN
La mujer ulwa nicaragüense ha tenido una participación activa en las distintas actividades que se realizan en su comunidad, sobre todo en la economía, la cultura y en la transmisión de valores; sin embargo, su papel se ha considerado pasivo, dado que se conciben como obligaciones rutinarias con impacto socioeconómico mínimo.
Se analizaron sus roles y limitaciones, el impacto del Estatuto de Autonomía y las garantías de protección que ofrece la ley de Equidad de Género a las mujeres nicaragüenses, en el interés de proponer medios e ideas que permitan a la mujer ulwa: empoderamiento, conocimiento de sus derechos y de las leyes que la protegen de todo cuanto violenten su dignidad e integridad.
El propósito es incentivar a las autoridades competentes a que diseñen e implementen programas y proyectos que promuevan y faciliten la participación de la mujer ulwa en la toma de decisiones. Esto, sumado a la creación de instituciones, es importante para la reivindicación y el desarrollo pleno de los derechos de estas mujeres en todos los ámbitos de la vida.
DESARROLLO
El pueblo Ulwa tiene una larga historia. Según los historiadores y antropólogos Smuko (1996, pág. 4) y Conzemius (1984, pág. 42), consideran que aparecen en 1586 identificándose como Ulua, pertenecientes a la familia de los Sumus. Otros autores los llaman Woolwa, Wulwa, Gaula, Waula, Oldawes, Ulbas. En la época precolombina habitaron en la parte media superior del Rio Grande de Matagalpa, especialmente la región donde nace el Río Escondido con sus afluentes Siquia y Mico, abarcando partes de los actuales departamentos de Matagalpa, Boaco, Chontales y las Regiones Autónomas de la Costa Caribe Norte y Sur (Salazar, et. al, 2008).
Mayoritariamente se concentraban en las orillas de los ríos, especialmente donde encontraban abundantes recursos pesqueros o donde las condiciones eran más favorables. Se estima que antes de la llegada de los ingleses, la población ulwa era muy numerosa, pero debido a la persecución de los miskitus y a la influencia de otras culturas dominantes (inglesa y creole), han sido reducidos considerablemente. En la actualidad se concentran en Karawala, unas pocas familias distribuidas en el río Murra, Río Grande de Matagalpa y el río Escondido (Salazar, et. al. 2008).
Este pueblo, de acuerdo a Conzemius (1984), se dedicaba a la caza, pesca, recolección de frutos, elaboración de cerámicas y canoas, estas servían como medio de transporte muy común en las familias sumus. En la mayoría de estas actividades se involucraban hombres y mujeres. Históricamente la mujer ulwa ha ocupado un rol determinante en su comunidad. Al respecto, Salazar (et. al. 2008) argumenta que las mujeres trabajaban en el cuido del ganado, en la fabricación de artesanías y limpiando las parcelas de cultivos de su comunidad y de sus familias.
Específicamente se ocupaban de la limpieza y siembra de las parcelas de tubérculos (yuca y batata) y legumbres (arroz, maíz, frijoles), entre otras actividades agrícolas. Otras tareas que realizaban: aporrear, cargar y llevar los granos a sus respectivas casas, y pilar el arroz en el mortero. Las mujeres, igual que los hombres, participaban en la pesca con anzuelo y redes; también se dedicaban a la costura o sastrería, a la producción y comercialización de pan. En la actualidad, estas actividades han tenido cambios mínimos; la mayoría de las mujeres ulwas se dedican a los trabajos domésticos.
Según Salazar (et. al. 2008), estas labores domésticas tienen que ver con el cuidado y el mantenimiento del hogar, gestar, dar a luz, criar y educar a los hijos, la atención a la salud, implemento de medicina natural, la preparación de los alimentos, la recolección de agua y leña, la compra de provisiones, los quehaceres domésticos y el cuidado de la familia. Además, la mujer se encarga de transmitir y conservar sus costumbres y valores, su cultura en general y su lengua. Su incidencia en la economía del hogar y en las pautas de comportamiento de la comunidad ha sido determinante, trascendental.
Sin embargo, este rol activo ha sido limitado por diversos factores inmiscuidos en la vida cotidiana del pueblo Ulwa. Uno de estos se remonta a prácticas ancestrales, en las que impera el patriarcado. El trabajo de la mujer queda invisibilizado, dedicada a las tareas del hogar y de su comunidad sin mayores perspectivas de desarrollo.
Al respecto, Castillo (2022) plantea que el involucramiento de la mujer en los gobiernos comunales sigue siendo simbólico, porque en la práctica no tiene gran efecto. A muchas mujeres, sobre todo jóvenes, sus padres no les permiten estudiar, ni participar en los talleres de formación que se realizan en su comunidad. En este mismo sentido, Chavarría (2022) refiere que «Son muy pocas las mujeres que salen de su comunidad para hacer estudios universitarios». Esto, naturalmente, limita el conocimiento y el desarrollo de las mujeres ulwas. La educación como apuestas de permutación es esencial, a nivel de conocimientos que permita cambios de percepciones y actitudes que favorezcan la participación e igualdad de las mujeres. Esto, en el caso de la mujer ulwa, es pertinente y necesario para dimensionar acciones desde su pertinencia lingüística y cultural.
Las mujeres que se educan benefician a sus comunidades, contribuyen de modo sustancial a las economías prósperas y a mejorar la salud, la nutrición y la educación de sus familias. En este sentido, la educación es fundamental para que la mujer ulwa afronte sus limitaciones económicas, entre estas, el desempleo, las dificultades de desarrollo de sus comunidades, etc.
Por otro lado, la educación es importante para enfrentar problemas sociales como la violencia doméstica, intrafamiliar y el abuso sexual, principalmente en niñas y adolescentes; con educación se brinda mayor conocimiento del idioma español, del funcionamiento estatal, de las leyes de Nicaragua y los trámites jurídicos y de los programas de desarrollo (Salazar, et. al. 2008).
Otra limitación que afrontan las mujeres ulwas son sus derechos de propiedad tradicional sobre sus tierras. En la práctica, los títulos colectivos no garantizan que la mujer ulwa tome decisiones sobre sus tierras, las que mayoritariamente son manejadas por los hombres. A este respecto, la Corte Interamericana de Derechos Humanos no establece de manera explícita, que los derechos tradicionales de los pueblos originarios sobre sus tierras, son tanto para los hombres como para las mujeres. Se observa la violación del derecho a la garantía de decidir sobre el manejo de sus territorios; también se violenta el derecho de igualdad que confiere la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
Al respecto, el Estatuto de Autonomía de las Regiones de la Costa Caribe de Nicaragua, ha tenido un mínimo efecto en la protección y participación de la mujer ulwa en la toma de decisiones sobre sus bienes y recursos, quizás las razones obedezcan a su ambigüedad y al desconocimiento de la ley que, dicho sea de paso, establece la participación igualitaria para hombres y mujeres de los pueblos de la Costa Caribe Nicaragüense, pero de manera implícita, existe problema de comprensión y de apropiación de parte de las mujeres ulwas.
En el artículo 8, sobre las atribuciones de las regiones de la Costa Caribe Nicaragüense, se específica como derecho:
Participar efectivamente en la elaboración y ejecución de los planes y programas de desarrollo nacional en su región, a fin de armonizarlos con los intereses de las Comunidades de la Costa Caribe Nicaragüense. Administrar los programas de salud, educación, cultura, abastecimiento, transporte, servicios comunales y similares, en coordinación con los Ministerios de Estado correspondientes (Ley de Autonomía, 1987).
El énfasis del presente ensayo son los derechos de la mujer ulwa para administrar sus recursos y elaborar planes de mejoramiento de sus condiciones de vida. La ambigüedad de la ley y su desconocimiento, hace que estos derechos queden marginados o reducidos a trabajos no muy valorados por la sociedad. Además, la ley no contempla en ningún artículo de manera explícita, los derechos y deberes de la mujer ulwa, lo que constituye un vacío que perjudica y limita el desarrollo pleno de estas mujeres.
Por su parte, la Ley de Igualdad de Derechos y Oportunidades (ley 648), siendo más específica a cerca de la equidad de género, parece no ser tan relevante cuando se trata de amparar y garantizar la protección de la mujer ulwa, máxime su marginación y falta de dominio del idioma. Esta situación debe ser corregida, a fin de que esta ley responda más a las realidades de todas las mujeres, incluyendo a las ulwas de Nicaragua.
El capítulo I, artículo 6 de dicha ley, tiene poco efecto en aquellas mujeres que tienen desconocimiento del mismo o que se les dificulta entenderlo por su idioma, a saber:
Se garantiza la incorporación del enfoque de género que asegure la participación de mujeres y hombres en las políticas públicas por parte de los Poderes del Estado, sus órganos de administración a nivel nacional, Gobiernos de las Regiones Autónomas de la Costa Atlántica, municipalidades y las instituciones de creación constitucional como estrategia integral para garantizar la igualdad y la eliminación de todas las formas de discriminación (Asamblea Nacional de Nicaragua, 2008).
El derecho de equidad de género en Nicaragua es una realidad que aplica para cualquier municipio o comunidad, así mismo para cualquier pueblo étnico de Nicaragua, hombres y mujeres. Lamentablemente, las mujeres ulwas, por falta de conocimiento de dicha ley o descuido de las entidades competentes, no gozan de esos derechos a plenitud. Su participación y toma de decisiones en las instituciones del Estado sigue siendo mínima.
Es importante que el sistema educativo, el gobierno regional y nacional, los líderes comunales y la sociedad civil, se unan para informar, formar y dar más espacios de participación y protección a la mujer ulwa. La tarea debe ser empoderarlas para que se involucren en aquellas actividades en las que se les ha excluido; que sepan defenderse de actitudes o hábitos que perjudican su integridad física y emocional. Estas mujeres deben ocupar espacios de participación activa en las estructuras de los gobiernos comunales y territoriales, así también en los regionales. Se debe promover el respeto y reconocimiento de las capacidades de gestión de estas mujeres en sus comunidades y municipios de Nicaragua que corresponda.
CONCLUSIONES
La mujer ulwa ha jugado roles activos en su comunidad; se ha dedicado al cultivo, la desyerba, fabricación de artesanías, costura, el comercio, la pesca, el cuidado y el mantenimiento del hogar, gestar, dar a luz, criar y educar a los hijos, atención a la salud, preparación de los alimentos, recolección de agua y leña. Ha sido la principal protagonista de la transmisión y conservación de las costumbres, valores y el idioma de los miembros de su comunidad. Sin embargo, han sufrido problemas económicos, violaciones, marginación social, discriminación racial; ha tenido poco apoyo de las instituciones defensoras de los derechos de la mujer nicaragüense.
En el contexto sociocultural se observa un patrón patriarcal que limita la educación de la mujer, confinándolas a tareas del hogar y a actividades que están dentro de la comunidad. Desde este patrón, al hombre corresponden las actividades o trabajos fuera de la comunidad. Esta realidad lleva a establecer como fuerte limitación de la mujer ulwa, el escaso conocimiento de las leyes, de los programas que promueven y defienden los derechos de las mujeres nicaragüenses; limita el acceso a la educación superior y al desarrollo de habilidades y destrezas.
Para superar esta realidad, se debe realizar un trabajo conjunto para promover en las mujeres ulwas la educación, su empoderamiento y participación en programas de inclusión social que las beneficie en cuanto a derechos y protección integral, restablecer o fortalecer su dignidad. En esta tarea deben estar involucradas las instituciones del Estado, el Ministerio de Educación en coordinación con los líderes comunales y territoriales, y las familias del pueblo Ulwa.
El Estado, a través de sus instituciones y programas específicos para la mujer nicaragüense, podría desarrollar acciones de empoderamiento económico de las mujeres ulwas, de fortalecimiento de su protagonismo socioeconómico y de promoción de su liderazgo, que les permita escalar en participación en todos los ámbitos de la vida comunitaria, local, regional y nacional, de conformidad a lo establecido en la Ley 648, Ley de Igualdad de Derechos y Oportunidades, la Política de Género, el Programa Nacional de Desarrollo Humano y los acuerdos nacionales e internacionales suscritos sobre la igualdad y equidad de género.
A través del Ministerio Educación se debe seguir fortaleciendo los derechos y la dignidad de la mujer, la sensibilización de los niños y niñas. Desde la escuela se pueden implementar acciones que contribuyan al empoderamiento económico de las mujeres, su protagonismo y liderazgo equitativo e incluyente, que permita su participación plena en todos los ámbitos de la vida humana, de conformidad a lo establecido en la Ley 648, Ley de Igualdad de Derechos y Oportunidades, entre otros.
La sociedad debe elaborar propuestas inclusivas de hombres y mujeres del pueblo Ulwa, dirigidas a la juventud para que las prácticas machistas se reduzcan en el futuro inmediato. El machismo no es cuestión de género sino de costumbre, por tal razón la educación y los programas sociales deben ser más inclusivo. Las buenas prácticas de desarrollo y armonía social en el pueblo Ulwa, deben ser difundidas a través de programas radiales y televisivos; los proyectos educativos deben tener la prioridad de fortalecer la equidad de género y la participación de la mujer ulwa en los espacios públicos y privados, y como consecuencia, tomar decisiones.
REFERENCIAS
Asamblea Nacional de Nicaragua. (2008). Ley N° 648 “Ley de Igualdad de derecho y Oportunidades”. Obtenido de Ley N° 648 “Ley de Igualdad de derecho y Oportunidades”: https://oig.cepal.org › sites › default › files › 2008...
Baltodano, D. E. (30 de 08 de 2022). Situación actual de la mujer Ulwa. (M. O. Rosales, Entrevistador)
Chavarría, D. S. (07 de 07 de 2022). Activadades Económicas del Pueblo Ulwa. (M. O. Rosales, Entrevistador)
Conzemius, E. (1984). Estudios etnográficos de los miskitos y sumus de Honduras y Nicaragua. San José Costa Rica: Libro Libre.
Ley de Autonomía. (30 de 10 de 1987). xtwprlegs1.fao.org › docs › pdf. Obtenido de xtwprlegs1.fao.org › docs › pdf: http://extwprlegs1.fao.org › docs › pdf › nic163854
Salazar , O., Knight, L., Garcia , N., Wilson, N., Koontz Gordon , A., Hodgson , J., . . . Peralta , S. (2008). El pueblo Ulwa, Identidad y Ambiente en un Contexto Multiétnico . Bluefields, Nicaragua: URACCAN .
Smuko, G. (1996). La Presencia capuchina entre los Miskito. Managua: La ocarina.
Información adicional
Para citar este ensayo (APA): Obando Rosales, M. I. (2022). Rol socio cultural de la mujer ulwa nicaragüense. Wani (77),18-24. https://doi.org/10.5377/wani.v38i77.14953

