Recensión
Recepción: 12 Agosto 2024
Aprobación: 15 Septiembre 2024

| Gargarella, R.. Manifiesto Por Un Derecho De Izquierda. 2023. Ciudad Autónoma De Buenos Aires. Editorial Siglo XXI. 190pp. |
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La lectura del reciente libro publicado en 2023 por el destacado constitucionalista e investigador Roberto Gargarella, “Manifiesto por un derecho de izquierda”, es una invitación para abordar el pensamiento político de izquierda con rigor y libre de prejuicios. En un escenario coyuntural atravesado por los fanatismos y el desprestigio a las posiciones que no se alinean con los gobiernos de turno, este libro es un recorrido por los principales ejes y anclajes que tiene -y que podría tener- la izquierda cuando se la piensa desde una lógica de la institucionalidad y de la democracia.
El profesor Gargarella tiene en su repertorio una cantidad innumerable de obras publicadas, las cuales son textos ricos en análisis agudos y críticos de la sociedad en la que vivimos. Aun así, este libro es particularmente interesante porque desde el inicio nos adentra en una reflexión teórica y política comprometida con analizar la izquierda con fundamentos sólidos y posibles de realización del autogobierno colectivo y la autonomía personal. Esto se advierte desde el comienzo cuando en la dedicatoria del libro postula “a quienes dicen que no” (Gargarella, 2023, pág. 9). De manera que, este texto es una pertinente oportunidad para comprender el pensamiento político de izquierda desde el marco de posibilidades de las instituciones democráticas, evitando caer en utopías y reduccionismo estériles.
Desde las primeras páginas el autor confiesa escribir este libro con el fin de poder reflexionar en torno a “la forma y al contenido que podría tener un derecho de izquierda" (Ibidem, pág. 13). Ahora, con un fin muy claro y preciso, que esté al “servicio de una comunidad de libres e iguales (Ibidem, pág.13)”. Con esta advertencia, Gargarella nos muestra que lo que pretende hacer no es construir una defensa apologética de la izquierda que termine invisibilizando la comunidad y a los individuos que la componen.
Por el contrario, su texto se orienta a fortalecer una forma de comprender la izquierda desde una óptica prospectiva de cómo podría forjarse un derecho más justo. Un derecho que deje de ser creado, interpretado y aplicado por unos pocos, en beneficio de otros pocos. Mientras que el resto de la sociedad atraviesa un profundo pesar por observar cómo viven un derecho que no los alberga y continuamente los expulsa. En donde las soluciones que buscan alcanzar son en muchos casos burocratizadas y en tantas otras ocasiones, hasta olvidadas.
Esto le permite esbozar como hipótesis de su trabajo la idea de que un derecho de izquierda no sólo debe hacer una defensa fuerte de la democracia como autogobierno colectivo, sino que también con una noción enérgica de la libertad personal. En esa línea, evita caer en tipo de propuestas plebiscitarias, en donde la acción del ciudadano queda reducida a votar por una opción u otra, lo que en muchos casos termina produciendo la concentración del poder en manos de un supuesto “líder o salvador” circunstancial.
La obra se compone de seis capítulos. En el primero de ellos, Gargarella aborda la cuestión de la conceptualización de un “derecho de izquierda”. Luego, en el capítulo dos avanza sobre las consideraciones por las cuales -para el autor- el derecho “nos debe aún su mejor versión" (Ibidem, pág. 55), es decir, explica por qué el derecho está en deuda con nuestra sociedad todavía. El capítulo tres, introduce la perspectiva democrática en el análisis del pensamiento de izquierda. Con esto, el profesor nos enseña qué enfoque de la democracia podría compatibilizar con la propuesta de pensar un derecho de izquierda.
Posteriormente, en el capítulo cuatro realiza algunas precisiones en torno a las instituciones que deberían apoyarse en aras de alcanzar un derecho de izquierda, y aquellas que deberían ser modificadas o eliminadas por oponerse al proyecto propuesto. El capítulo cinco, analiza el binomio constitucionalismo y capitalismo. Desde allí, pretende explicitar la relación entre economía y derecho como insoslayable, aunque no por eso incontrolable. Por último, en el capítulo seis, explicita dos tipos de modelos político-económico que podrían encarnar el pensamiento de un derecho de izquierda, añadiendo además algunas consideraciones finales que exponen lo planteado a lo largo de su texto.
En efecto, la línea argumentativa del texto es explicativa y crítica. Gargarella, con sus habilidades para escribir y explicar, en este libro nos sumerge en la posibilidad de analizar conceptos y categorías del pensamiento político, pero desde el tamiz de la izquierda. Por ello, en muchas partes el texto explica teorías o procesos que se han ido dando, y los cuales también han ido configurando la realidad constitucional. Asimismo, nos explicita sus observaciones y sus críticas con estos movimientos institucionales, frente a los cuales propone pensar en una versión distinta del derecho. Una orientación diferente del derecho que podría desatar algunos de los nudos problemáticos de la sociedad actual. Si algún lector espera encontrar soluciones y diseños pre-armados, la presente obra no los ofrece. Más bien el autor se dispone a darnos ejercicios, herramientas conceptuales para empezar a pensar las transformaciones que nos permitan vivir en sociedades más justas e igualitarias.
El texto se caracteriza por un estilo claro, directo y denunciativo, algo propio de los manifiestos. De manera tal, que la lectura del texto se hace ágil y práctica. Con un muy buen estilo, el autor propone análisis complejos y profundos sin tener que caer en las abstracciones y lucubraciones oscuras de muchos académicos que terminan por nublar la interpretación. Inclusive, el tono denunciativo que utiliza el autor, puede ser pensado en los términos de instar a sus lectores a pensar una versión distinta y más viva del derecho.
El primer capítulo, es una parte de la obra riquísima para ingresar en el pensamiento político de izquierda, sin caer en dogmatismos o fanatismos pueriles. La persona que quiera introducirse en los puntos centrales del pensamiento político de izquierda puede hacerlo desde este capítulo y advertirá las riquezas que se abordan. Por comenzar, hace un análisis de la categoría clásica marxista de alienación, pero profundizada a una “alienación jurídica” en la cual percibimos al derecho como un objeto extraño, como algo que nos es ajeno justamente. Una indiferencia que no nos permite sentir al derecho como algo nuestro, en definitiva, un extrañamiento.
Por otro lado, en este mismo capítulo, aborda la categoría de explotación. Un derecho que tiende a oprimir más que a liberar. Y el autor señala que el centro de gravitación de ello nace en virtud de que el derecho es creado, interpretado y aplicado por unos pocos, en beneficio propio más que de la sociedad en su conjunto. Este análisis, a mi humilde entender, podría ser contrastado a partir de lo que muchos pensadores de la filosofía de la liberación han estudiado por muchos años en Latinoamérica. Inclusive la mención a la “opresión” que menciona Gargarella, podría ser complementada a la luz de los planteos políticos y pedagógicos del brasilero, Paulo Freire.
Llegados a este punto, el autor del manifiesto propone pensar una definición de lo que entiende por derecho de izquierda. Y ello, lo hace afirmando que el derecho de izquierda es:
Un ordenamiento jurídico que busca honrar los ideales fundamentales de: autogobierno colectivo (un ideal de democracia radical, que aluda a la posibilidad efectiva de que cada sociedad se gobierne de acuerdo con sus propias leyes, y de ese modo se convierta en dueña plena de su propio destino) y autonomía personal, es decir, el derecho de cada uno a vivir su proyecto de vida conforme sus designios […]. (Ibidem, pág. 27-28)
El autor, señala que el pensamiento político que sustenta estas posiciones es la filosofía igualitaria. En la que se destaca la idea de que se busca resguardar tanto las libertades personales como las colectivas. En ella, se insiste en la preservación de las condiciones materiales necesarias para que esas libertades se puedan reproducir en el tiempo, y en donde las instituciones se muestran sensible respecto a la canalización de las injusticias.
También tematiza la cuestión social en los albores del siglo XVIII como luego, durante el siglo XX. Para el primer período, particularmente señala lo relacionado a la distribución de la tierra. Para ello, se vale de diferentes teorizaciones entre las que se destacan la de James Harrington, la cual fue seguida por dos autores influyentes del constitucionalismo moderno como Thomas Paine y Thomas Jefferson. A lo que agrega también reflexiones más cercanas en lo geográfico como la de José Artigas, Murillo Toro, Ponciano Arriaga. Es importante que el autor se detuviera en el análisis de la tierra en el período seleccionado ya que constituyó -y aún hoy lo es- un derecho elemental para desarrollar los proyectos de vida de las personas plenamente.
Ahora para el estudio de la cuestión social más actual, es decir ya en el siglo XX, Gargarella decide tomar como marcos conceptuales de referencia algunas experiencias como: el constitucionalismo social en la revolución mexicana y Weimar. También, añade experiencias como la del estado de bienestar en EEUU e Inglaterra luego de la crisis del ´29, así como el modelo escandinavo. Los cuales redefinieron las políticas públicas en torno a la protección de derechos. Por último, menciona los socialismos de Cuba y Chile como experiencias contrapuestas respecto a la forma de hacer frente a la búsqueda de un igualitarismo en los términos en que se propone en la obra.
El capítulo dos se inicia con una advertencia de Gargarella respecto a la manera en que se ha compatibilizado el autogobierno colectivo y la autonomía personal en el constitucionalismo moderno, mostrando dificultades históricas para asumir ambas perspectivas. Esto ha conllevado a que se den sistemas jurídicos fuertemente conservadores, con una fuerte impronta de elitismo político y perfeccionismo moral. Como también han existido sistemas jurídicos liberales que han sabido defender las libertades personales, pero al costo de albergar en su seno una organización fuertemente contramayoritaria. Asimismo, sistemas constitucionales mayoritarios que en su irrestricta defensa del ideal del autogobierno han arrasado con libertades básicas personales. Estos ejemplos, le permiten asegurar al autor del texto, que existe un casillero vacío, existe una cuarta posición, que vendría a ser la izquierda o el igualitarismo radical, posición que reivindica, y que él resume en la frase de que el “derecho todavía nos debe su mejor versión: la del derecho de izquierda." (Ibidem, pág. 55)
Ahora bien, este derecho de izquierda podría tener derivas y tentaciones. Frente a esto, el profesor Gargarella decide resaltar algunas de las posibles oscilaciones que podrían suscitarse desde esta perspectiva en virtud de diferentes hechos históricos acontecidos. La primera es la versión autoritaria, que se le acerca al constitucionalismo conservador, para lo cual usa el ejemplo del clima institucional restringido que se vivió postrevolución mexicana y que se agudiza mucho más en la experiencia rusa y cubana, en donde el poder quedó concentrado en unos pocos. La segunda es la deriva contramayoritaria, que se acerca al constitucionalismo liberal. Para ello, menciona el caso de muchos defensores de derechos con una fuerte impronta de izquierda, que en aras de buscar reconocimiento de los derechos sociales, han centrado sus reclamos en los estrados judiciales apelando a realizar litigios estratégicos. Y la tercera, mayoritarista, que lo acerca al constitucionalismo mayoritario. Para explicar esta posición se sirve del ejemplo del estado de Colorado (EE. UU.) cuando en 1992, por medio de una iniciativa popular se buscaba enmendar la Constitución para impedir la protección a los homosexuales, lo cual fue aprobado por la mayoría.
El capítulo tres nos introduce en analizar el ideal regulativo de democracia que propone Gargarella compatible con un derecho de izquierda. En ese sentido, el autor explica que su ideal de referencia es la conversación entre iguales. Es decir, la manera más pertinente de resolver los conflictos que existen en una sociedad sería a través de una conversación inclusiva y horizontal. Esto implicaría que cada posible afectado por una decisión a tomar, pueda expresar con sus modos y maneras las distintas posiciones que tiene, las cuales no deben ser necesariamente argumentos. Más adelante, el autor establece algunas distinciones respecto a otros andamiajes teóricos de la democracia. En esa lógica, el profesor Gargarella busca diferenciarse de la voluntad general roussoniana, de la democracia participativa reducida a votar y nada más, así como distanciarse de la democracia populista propuesta por Ernesto Laclau.
Otra cuestión interesante en este capítulo por destacar, es que se detiene en la reflexión del origen de los derechos. Gargarella plasma con muy buen tino, que dentro de un marco democrático, la creación y defensa de los derechos son una lucha colectiva en democracia. No son fruto de reconocimiento de entidades supraterrenales que el legislador por su capacidad política, epistémica, etc. reconoce y “entrega” a la sociedad. Es la misma sociedad quien por medio del debate y la discusión posibilita la creación y defensa de los derechos. Esto lo lleva a finalizar el capítulo, con un análisis del sentido de protección que merece el derecho de protesta, como derecho básico para defender otros derechos. Así como el lugar que merece el reproche penal a quienes hayan cometido un delito. En otras palabras, en tiempos donde pareciera ser que la protesta y la mano dura son la regla, el autor desafía estos discursos desde el tamiz democrático y colectivo, pensando en cómo poder brindar seguridad para defender derechos y cómo lograr sociabilizar a la persona que cometió algún delito.
El capítulo cuatro, progresa con la elaboración teórica de qué instituciones podrían ser compatibles con un derecho de izquierda, cuáles deberían ser modificadas y en qué medida, y señala aquellas que directamente deberían ser rediseñadas completamente. El capítulo es íntegro en análisis y observaciones a instituciones que desde el constitucionalismo clásico las damos por obvias. Sin embargo, a la luz de lo examinado en esta obra, deben ser cuestionadas y repensadas nuevamente. Un ejemplo de los muchos que hay en el libro, es el referido a la idea de incrementar la lista de derechos, pero dejar endeble la “sala de las máquinas”. Para el autor, agrandar la lista de reconocimiento de derechos no alcanza sino se procede a una reestructuración de cómo se ejerce el poder según el texto constitucional de un determinado país. En definitiva, se trata de poder apostar a una verdadera democratización del constitucionalismo.
El capítulo cinco, Gargarella nos advierte la relación crítica que existe entre constitucionalismo y capitalismo. Para ello, invita a reflexionar sobre qué sistema económico conviene adoptar para alcanzar el tipo de lazos sociales preferidos. En consecuencia, pensar la esfera legal por fuera de la económica, se torna en un sinsentido porque necesariamente el plano económico presiona, influye, otorga las condiciones materiales en el que se desarrolla el plano legal.
Ahora bien, el fortalecimiento del capitalismo y su sistema de desigualdades sociales que genera tiene como punto de partida el autointerés. Para el autor en referencia, el autointerés ha sido un componente presente en dos destacados teóricos de la modernidad, influyentes aún hoy en la actualidad: Adam Smith y James Madison. Mientras que en Smith el autointerés guiaría la acción de las personas para desenvolverse en los mercados, Madison propiciaba el autointerés como elemento indispensable para el diseño constitucional. Frente a esto, Gargarella entiende que un derecho de izquierda no podría tomar el egoísmo como columna vertebral de toda la organización institucional. Al contrario, debería propiciar una formación endógena de nuestros gobernantes a partir de instituciones que promuevan la cooperación y el diálogo democrático, entendiendo que cada persona tiene un autointerés natural. Pero que esto no es óbice para pensar en instituciones que tiendan a moderarlo más que a fomentarlo.
El capítulo seis, es el cierre de este desafiante libro. En la lógica de propiciar algunas reflexiones para sus lectores, Gargarella presenta dos modelos políticos-económicos que podrían ser compatibles con su propuesta de pensar un derecho de izquierda. Por un lado, el socialismo de mercado, y por otro, la democracia de propietarios. Como explica el autor, se trata de alternativas que no requieren caer en las formas autoritarias del socialismo real. Estos modelos avanzarían más respecto del estado de bienestar y a su vez serían principalmente respetuosas del autogobierno colectivo y la libertad personal. Se aprecia, en definitiva, que para el profesor de derecho constitucional, existe un profundo anhelo de incentivar el uso de las asambleas ciudadanas y el de repensar el diseño de los poderes desde otras perspectivas que no claudiquen la participación en general y que respeten a su vez, la autonomía de cada individuo.
En virtud de lo antedicho, a mi entender, la lectura de “Manifiesto por un derecho de izquierda” es una impostergable ocasión para poder animarse a pensar un derecho distinto al que tenemos. La lectura de este libro es un verdadero viaje para reflexionar en torno a postulados de la izquierda política, reivindicando la democracia y la autonomía de cada persona. Una instancia por entender que un mundo más justo e igual es posible, y que sólo será viable en la medida en que pensemos y actuemos por mejorar nuestras instituciones, comprometiéndonos en fomentar una acción política transformadora.
Referencias
Gargarella, R. (2023). Manifiesto por un derecho de izquierda. Siglo Veintiuno.

