Análisis de los Códigos de Ética de las Universidades en Panamá
Revista Sapientia
Instituto Superior de la Judicatura del Panamá, Panamá
ISSN: 2070-3651
ISSN-e: 2710-7566
Periodicidad: Trimestral
vol. 14, núm. 3, 2023
Recepción: 01 Octubre 2022
Aprobación: 01 Julio 2023
Resumen: El código de ética universitario es el documento compuesto por principios, valores, fundamentos y normas que han sido establecidos para regular la conducta de los miembros de la comunidad universitaria. El objetivo de este trabajo fue analizar los códigos de ética de las universidades en Panamá, determinando primeramente qué universidades tienen código de ética publicado en sus páginas web, así como también, identificar los fundamentos éticos inmersos en estos códigos y que están presentes dentro del contexto educativo en Panamá. Considerando todo lo anteriormente expuesto, se realizó un estudio de carácter descriptivo, retrospectivo y documental, con un diseño no experimental de tipo transversal, sobre los seis códigos de ética publicados en los sitios web de cuatro (4) universidades oficiales y dos (2) particulares en Panamá. Los resultados obtenidos, evidenciaron que los códigos de ética analizados poseen veinte fundamentos éticos, asimismo, se detectó que las universidades particulares tienen códigos de ética más completos que las universidades oficiales, por otro lado, en las universidades oficiales, se evidencio la existencia de brechas éticas, debido a la omisión de fundamentos en su código los cuales, están inmersos en el código de ética de los servidores públicos.
Palabras clave: Ética, Códigos de ética, Deontología, Educación superior, Panamá.
Abstract: The university code of ethics is the document composed of principles, values, foundations, and norms that have been established to regulate the conduct of members of the university community. The objective of this work was to analyze the codes of ethics of universities in Panama, first determining which universities have a code of ethics published on their websites, as well as identifying the ethical foundations embedded in these codes and that are present within the educational context in Panama. Considering all of the above, a descriptive, retrospective, and documentary study was carried out, with a non-experimental cross-sectional design, on the six codes of ethics published on the websites of four (4) official universities and two (2) private universities in Panama. The results obtained showed that the analyzed codes of ethics have twenty ethical foundations. Likewise, it was detected that private universities have more complete codes of ethics than official universities. On the other hand, in official universities, the existence of ethical gaps was evidenced, due to the omission of foundations in their code which are immersed in the code of ethics for public servants.
Keywords: Ethics, Codes of Ethics, Deontology, Higher Education, Panama.
Introducción:
Actualmente, el mundo vive una crisis de valores con afectaciones a nivel económico y social, se observa diariamente en los medios de comunicación titulares escandalosos con diferentes matices cuyo origen y trasfondo radica en la ética. Esta crisis es como un cáncer que se ha infiltrado en la sociedad y peor aún en las instituciones de educación superior, cuya labor formativa es fundamental para forjar en el ser humano los valores, la moral y la ética, elementos necesarios para detener la decadencia de la sociedad y hacerla sostenible para las futuras generaciones.
Cabe señalar, que, a partir de la promulgación de la Ley Nº 6 de 22 de enero de 2002, se hace referencia a la importancia de la constitución de los códigos de ética, para ello, se invita a las diversas instituciones o dependencia del Estado, entre ellas, a las universidades estatales a que en caso de no tener el suyo, “establecerán y ordenarán la publicación en la Gaceta Oficial de sus respectivos Código de Ética para el correcto ejercicio de la función pública” (p. 27); sin embargo, al no ser obligatorio para las universidades privadas estas no sienten la necesidad de su elaboración y divulgación a través de sus páginas webs, circunscribiéndose únicamente a establecer su misión, visión y valores, sin que medie un documento formal aprobado por las autoridades universitarias. Por otra parte, un pequeño número de universidades privadas han publicado en sus respectivas páginas webs su código de ética, considerándolo pertinente por tema de transparencia, lo que contribuye a la generación de confianza y buena reputación hacia la sociedad.
Es importante resaltar, que existe una vinculación directa entre los códigos de ética y el reglamento interno de las instituciones, ya que el primero, norma la conducta de los actores en el sistema educativo y el segundo indica las acciones disciplinarias o sanciones correspondientes, que muchas veces tienen como base valores y principios del código de ética. Estas sanciones indirectas fungen como controles cuya intención es minimizar el incumplimiento del código de ética. Dichos controles deben ser cuidadosamente evaluados, a fin de que su diseño sea adecuado y efectivo. Por tal motivo, es fundamental que los códigos de ética se encuentren constituidos de manera homologada, no solo con el reglamento interno, sino con las leyes constituidas para la transparencia y ética del sistema educativo de cada país, a fin de evitar incurrir en vicios legales y, por ende, que los mismos al estar mal diseñados, no cumplan a cabalidad con su objetivo y finalidad.
Antecedentes históricos de los Códigos de Ética
Hoy día, diversas entidades han apostado a la constitución de códigos de ética que destaquen conductas éticas correctas en el plano laboral, a su vez, otros códigos de ética buscan más que todo resaltar aquellas conductas que rigen lo ético para precisamente evitar que se comentan actos amorales y antiéticos, no obstante, se aprecia que hay pocos estudios que abordan esta materia, al respecto Delgado-Alemany et al. (2020) indica:
La existencia de códigos éticos y deontológicos es una realidad integrada en sectores altamente competitivos, como el sector médico o la abogacía. La mayoría de los estudios sobre ética y deontología se centran en la forma en que se comunican y su eficacia. Sin embargo, no se ha prestado especial interés a la existencia, aplicación y contenido de la ética y la deontología en el ámbito universitario y su relación con la transmisión de los principios éticos y deontológicos a los estudiantes. Los profesionales, empleados y directivos que desempeñarán su papel en la sociedad, desempeñarán su labor en las empresas o desarrollarán planes estratégicos, se forman en las universidades, las cuales deben jugar un papel importante en la formación ética y deontológica de los futuros actores sociales (p. 1).
Por su parte, Briseño (2010) destaca que:
Hablar del deber profesional desde el horizonte ético no es una moda, es una necesidad. A lo largo de la historia de la humanidad, se han dado las diferentes profesiones y junto a estas siempre se han establecido normativas de integridad, las cuales marcan y rigen el desempeño de las profesiones en el ámbito técnico y ético (p. 119).
Resulta oportuno destacar que la investigación realizada por el autor antes citado, gira en torno a los “Fundamentos éticos de los códigos de ética de los colegios profesionales de Costa Rica” y su estudio muestra que los diversos colegios dan importancia a los fundamentos éticos en sus cuerpos normativos.
Al respecto, Delgado-Alemany et al. (2020) hace énfasis en que “es necesario estudiar las políticas para la creación, implementación, comunicación y seguimiento de los códigos de ética universitarios, así como la existencia de procedimientos relacionados con su cumplimiento e impacto en profesores y estudiantes” (p. 11).
De igual manera, la investigación realizada por (Puiu, 2015) sobre Gestión de la ética en el sistema de educación superior de Rumania, reveló los problemas en la gestión ética de las universidades, tales como: la inadecuada comunicación y divulgación de los códigos de ética y la mala imagen que tienen los estudiantes de sus profesores por recibir dádivas o sobornos
Por otra parte, Santos (2016) realizó una investigación a seis (6) universidades brasileñas y resalta que:
La ética es un reflejo de la época, la sociedad, los avances tecnológicos, relaciones y acciones individuales, en definitiva, el desarrollo de toda la sociedad. No es posible pensar en aspectos éticos sin reflexionar sobre la sostenibilidad, el desarrollo y sobre las estructuras internas de las organizaciones (p. 361).
Por lo tanto, la ética y la responsabilidad social son fundamentales para la construcción de las universidades, para que cumplan su función social. Por tanto, sus principios y normas no solo pueden ser escritos o divulgados, sino que deben ser practicados y reflejar sus valores, interviniendo directa y constantemente en la sociedad.
Todo lo anteriormente expuesto, nos lleva a reflexionar sobre la importancia de realizar un análisis de los códigos de ética de las universidades en Panamá, ya que es un tema pertinente y estos investigadores han destacado puntos relevantes que deben ser observados en la elaboración y divulgación de los mismos, y más ahora que nuestra sociedad cambia vertiginosamente y se requiere de una actualización de cara a las necesidades que surgen a partir de la realidad post pandemia y de los avances tecnológicos.
El concepto de ética
La ética es una disciplina filosófica que nace en la Grecia Clásica y se extiende y desarrolla de forma impresionante en occidente. Su significado etimológico se deriva del griego êthos, que significa 'carácter' o 'perteneciente al carácter', que indica los hábitos que las personas van adquiriendo para obrar bien o mal y que componen el carácter.
Tal como lo menciona Cortina (2013): “Labrarse un buen carácter, un buen êthos, es lo más inteligente que puede hacer una persona para aumentar sus posibilidades de llevar a cabo una vida buena, feliz” (p. 45).
Continúa diciendo la autora antes citada que la ética trata de la formación del carácter de las personas, de las instituciones y de los pueblos, como expresan los términos que le dan nombre «moral» y «ética».
Cabe señalar que autores como Orme y Ashton (2003) concluyen que “la ética debe estar basada en estructuras, políticas, códigos o en un entendimiento general de las reglas, es necesario que entre individuos puedan diferenciar entre lo que está bien y lo que está mal.” (pp. 184-190) A su vez, Prado concluye que: “La ética es la disciplina filosófica que estudia la moral, la conducta y las obligaciones del hombre ante sus semejantes.” (como se citó en Aguilar, 2001, p.2)
La Moral
Otro concepto importante que destacar es la moral, cuyo significado es diferente a la ética; sin embargo, tiene una relación intrínseca con la misma, a continuación, se puede ver el concepto de la moral por diferentes filósofos:
Según Sócrates (470 - 399 a.C.): Bastaba el conocimiento de lo justo para obrar correctamente. Siendo que las malas acciones no son voluntarias, sino producto del desconocimiento, ya que el conocimiento de lo justo sería suficiente para obrar virtuosamente. No obstante, para Platón (424 - 347 a.C.): Es un conjunto de creencias, normas y circunstancias a través de las cuales se puede determinar si una persona a lo largo de toda su vida logró ser buena persona.
Por otro lado, según Aristóteles (349 a.C.): La moral virtuosa es de tendencia meritocrática, es decir, el hombre se auto justifica y se perfecciona en los hábitos repetitivos. Es por ello, que una vez expuesto las diversas definiciones de los conceptos ética y moral se pueden observar que la ética está relacionada con el estudio fundamentado de los valores morales que guían el comportamiento humano en la sociedad, mientras que, por otra parte, la moral hace alusión a las costumbres, normas, tabúes y convenios establecidos en cada sociedad.
El sitio web denominado “Significados” explica que la relación entre ética y moral estriba en que ambas son responsables de la construcción de la base que guiará la conducta del hombre, determinando su carácter, su altruismo y sus virtudes, y de enseñar la mejor manera de actuar y comportarse en sociedad.
Los Códigos de Ética
Según Fuentes, el Código de Ética Profesional es un conjunto de principios, valores y normas que indican cómo debe comportarse un profesional para que su ejercicio sea considerado digno, estableciendo los mejores criterios, conceptos y actitudes para guiar la conducta de él mismo por razón de los más elevados fines que puedan atribuirse a la profesión que ejerce, así como sus relaciones con los clientes, el público y otros contadores públicos, tomando en cuenta la independencia, autodisciplina e integridad moral del profesional (como se citó en Hernández, 2009, p.75).
En palabras de Rosales, los códigos de ética constituyen una serie de principios, normas y preceptos que regulan el comportamiento humano profesional, es decir, el deber ser de los profesionales, las aspiraciones o el ideal de un profesional (como se citó en Briseño, 2010, p.121).
De acuerdo a la UNESCO (2019), es un conjunto de lineamientos escritos, elaborado por autoridades públicas u organizaciones profesionales, que detallan las normas éticas reconocidas (o valores) y estándares de conducta profesionales, que todo miembro de una profesión debe obedecer. El objetivo de los códigos es fortalecer el compromiso, dedicación, y la eficiencia de los miembros de la profesión docente, y proveer pautas de autodisciplina estableciendo normas de una conducta profesional.
En pocas palabras, los códigos de ética son una serie de reglas que norman la conducta y actuación de las personas las cuales están orientadas a promover la buena praxis laboral y la paz social. De igual manera, los códigos de ética tienen inmersos principios éticos tales como: la responsabilidad, el respeto, la diligencia, la constancia, la puntualidad, la justicia y la honestidad.
Estructura de los Códigos de Ética
Según la Ley 6 (2002), en su Capítulo IX Códigos de Ética, específicamente en su artículo 27 se establece:
Dentro de un plazo no mayor a seis meses, contados a partir de la entrada en vigencia de esta Ley, toda agencia o dependencia del Estado, incluyendo las perteneciente a los órganos Ejecutivo, Legislativo y Judicial, las entidades descentralizadas, autónomas y semiautónomas, los municipios, los gobiernos locales y las juntas comunales, de no tenerlos, establecerán y ordenarán la publicación en la Gaceta Oficial de sus respectivos Códigos de Ética para el correcto ejercicio de la función pública, los cuales, deberán incluir, entre otros, los siguientes aspectos:
1. Declaración de Valores
2. Conflicto de intereses
3. Uso adecuado de los recursos asignados para el desempeño de la función pública.
4. Obligación de informar al superior sobre actos de corrupción
5. Mecanismo para hacer efectivo el cumplimiento de las normas de conducta (p. 12).
Por otra parte, la UNESCO en el año 2019, elaboró un documento “Directrices para el diseño y uso eficaz de códigos de conducta para docentes” en el cual, se recomienda incluir en el código de ética los siguientes factores:
1. Normas éticas y valores fundamentales
2. Principales normas éticas que han de tenerse en cuenta.
3. Estándares de conducta que la profesión espera de sus miembros.
4. Sistema de presentación de quejas y de sanciones (p. 19).
Los Códigos de Ética en las universidades
Actualmente, las universidades presentan desafíos en la cultura ética, por lo que adoptar un código de ética es fundamental para evitar la corrupción en la educación superior. Sin embargo, hoy en día los códigos éticos son bastantes básicos en su estructura, y no contemplan aspectos que son vitales en la sociedad actual, ya que solo se establecen normas para los docentes debido a que inicialmente se contemplaba solo el aspecto deontológico derivado de su uso en los colegios de abogados, en las asociaciones médicas y de contadores públicos, por mencionar algunos de ellos; pero, dejando de lado, el hecho que las universidades al ser instituciones que se constituyen en el eje de la educación, en donde, convergen muchos actores que conforman el sistema de educación superior, se hace necesario incluirlos en los códigos de ética.
Por todo lo anteriormente expuesto, es necesario estipular las normas o fundamentos éticos no solamente para los docentes, sino también para los estudiantes, el personal administrativo, los agentes externos, tales como: subcontratados, proveedores, prestadores de servicios, socios e incluso otras instituciones con el fin de establecer un marco ético para todos los que intervienen en el proceso de educación superior, lo que repercutirá en una sociedad en donde la rendición de cuentas es un ejercicio continuo, permitiendo así que ésta pueda tener una percepción de transparencia por parte de las universidades, lo que se traduce en un factor de credibilidad de las mismas, es decir, más confianza, produciendo a largo plazo sostenibilidad y desarrollo.
Desde esta óptica, se debe elaborar un código de ética que contemple a todos los actores que intervienen en el proceso de educación superior, además de la situación social y cultural que afronta nuestra sociedad globalizada, incluyendo en el diseño los siguientes aspectos:
- Misión y visión.
- Principios éticos y valores institucionales.
- Normas o fundamentos éticos que deben regir las relaciones internas y/o externas de todos los actores de la universidad. Por ejemplo: (docentes, estudiantes, administrativos, agentes externos).
- Conductas prohibidas
- Sanciones por incumplir con el código.
- Canales de comunicación para reportar el incumplimiento
Metodología
Se utilizó la investigación de tipo Descriptiva, la cual, según Arias (2012) “consiste en la caracterización de un hecho, fenómeno, individuo o grupo, con el fin de establecer su estructura o comportamiento” (p. 24). A su vez, la investigación es de corte retrospectivo, del vocablo latín retrospicĕre, "mirar hacia atrás", generalmente significa dar un vistazo a los eventos que ya han ocurrido. Lo que implica la recopilación de datos del pasado para examinar las exposiciones a factores de riesgo o de protección sospechosos en relación con un resultado que se establece al comienzo del estudio.
A su vez, esta investigación es de carácter documental lo que se constituye en un proceso sistemático de búsqueda, selección, lectura, registro, organización, descripción, análisis e interpretación de datos extraídos de fuentes documentales, existentes en torno a un problema, con el fin de encontrar respuestas e interrogantes planteadas en cualquier área del conocimiento humano.
Para la elaboración de la investigación fue necesario recopilar los códigos de ética que fueron aprobados y que, aunque no se han actualizado recientemente, permanecen vigentes, así como también las referencias de trabajos de investigación realizados sobre este tema, leyes y normas nacionales o internacionales que refrendan la elaboración, constitución y publicación de los códigos de ética en las instituciones de educación superior.
No obstante, para fines de estudio se utilizó el diseño no experimental transversal, debido a que se recolectaron datos en un tiempo determinado sin intervenir en el ambiente en que se desarrollan los códigos de ética de las universidades en Panamá, por lo que no habrá manipulación de variables.
En cuanto a la población y muestra, inicialmente, se procedió a reconocer la población con la que se cuenta, para este fin, se utilizó la página web del Consejo Nacional de Evaluación y Acreditación Universitaria de Panamá (CONEAUPA) para evidenciar que existen una población de 5 universidades oficiales y 35 universidades particulares.
Seguidamente, se revisaron todas las páginas webs de las instituciones de educación superior registradas en el CONEAUPA, de las cuales, solo 6 universidades (4 oficiales y 2 particulares) tenían código de ética publicado en su página web, por tal motivo, está fue la muestra utilizada en el presente trabajo de investigación. Siendo elegidas para este propósito la Universidad de Panamá (UP), Universidad Tecnológica de Panamá (UTP), Universidad Especializada de las Américas (UDELAS), Universidad Autónoma de Chiriquí (UNACHI), Universidad Católica Santa María la Antigua (USMA) y Universidad del Arte Ganexa (GANEXA).
Por otro lado, en cuanto a los instrumentos de recolección de datos, el primero de ellos, ha sido una tabla que contiene todas las universidades oficiales y particulares existentes, listadas en la página web del CONEAUPA, en donde, se hace una segregación entre las universidades que tienen código de ética publicado en su página web y las que no tienen, con sus respectivos totales, con el objetivo de determinar la muestra de estudio y a su vez identificar si existe un vacío en términos de la elaboración y publicación de los códigos de éticas en las universidades en Panamá.
De igual manera, el segundo instrumento es otra tabla que denota las seis universidades de la muestra obtenida al cierre del primer semestre del año 2022, con la clasificación de los elementos propuestos que se recomiendan debe contener los códigos de ética; esto tiene como objetivo determinar qué universidad tiene el código de ética más completo.
Resultados y Análisis
De las 5 universidades oficiales y 35 universidades particulares, solo 4 universidades oficiales y 2 universidades particulares tienen sus códigos de ética publicados en su página web.
En la gráfica 1, se puede observar, que actualmente, el 85% de las universidades en Panamá no tienen código de ética publicado en su página web; solo un 15% de las universidades tiene su código de ética publicado al cierre del primer semestre del 2022. Adicionalmente, se observó que muchas de las universidades publican en sus páginas webs su misión, visión y valores; sin embargo, no tiene código de ética publicado.
Podemos visualizar que el código de ética más completo es el de la USMA con un 90% de los fundamentos presentes en el mismo y el menos completo es de la UNACHI con solo un 43% de los fundamentos éticos presentes. Mientras que los códigos de ética más completos de las universidades estatales son el de UDELAS y la UTP, ya que tiene un 67% de fundamentos éticos presentes en su código.
En la tabla se puede apreciar que mayormente se da un vacío en la presencia de estos fundamentos en los códigos de las universidades estatales más que en las particulares por una parte debido a que también están sujetas al código uniforme de los servidores públicos y este código contiene algunos de estos fundamentos por lo que no los incluyen. Sin embargo, vemos que éstos se derivan de temas que han tomado auge en los últimos tiempos con motivo de la pandemia y es necesario que los códigos sean actualizados incluyendo estos fundamentos.
Conclusiones
Se logró determinar que solo el 15% de las universidades en Panamá tienen código de ética publicado en su página web; mientras que el 85% de las universidades no lo tienen publicado al cierre del primer semestre del año 2022. Por otra parte, se logró identificar veinte (20) fundamentos éticos inmersos en los códigos de ética que están presentes dentro del contexto educativo en Panamá, y un (1) fundamento que no está incluido en los códigos de ética concerniente a los proveedores. Adicionalmente, se observó que los fundamentos éticos que están más presentes en todos los códigos son los relacionados a los docentes.
Por otro lado, se evidenció que la universidad cuyo código de ética tiene más fundamentos éticos es la USMA con un 90% de presencia de los mismos, en contraposición de la UNACHI que solo tiene un 43% de los fundamentos éticos en su código.
Cabe destacar que, al analizar a las universidades participantes en la muestra, existe un promedio del 72% de los fundamentos éticos presentes en los códigos de ética y un 28% de fundamentos que aún no se han incluido en los códigos. Lo que plantea una oportunidad de mejora en los mismos. Otro aspecto importante, es que la mayoría de los códigos de ética, con excepción de la USMA, no se están revisando y actualizando de forma periódica, ya que se observó que las fechas de publicación de los mismos datan entre los años 1997 al 2013, haciendo que los mismos estén desfasados con relación a la sociedad que impera en esta nueva década del siglo XXI.
Adicionalmente, se señaló las diferencias que existen entre los códigos de ética de las universidades estatales y particulares, las cuales radican en dos importantes:
● La obligatoriedad de la publicación de sus códigos de ética de acuerdo con la Ley N° 6 “Ley de Transparencia” (2002).
● Regirse por dos códigos de ética: Por el Decreto Ejecutivo Nº 246, De 15 de diciembre de 2004, por el cual se dicta el Código Uniforme de Ética de los Servidores Públicos que laboran en las entidades de Gobierno Central y el Código de ética propio.
En este último punto, si bien ambos códigos son complementarios, en el código de ética propio, se omiten algunos fundamentos que giran en torno al conflicto de intereses, siendo este un punto mandatorio en la Ley N° 6, 2002 “Ley de Transparencia”, en su artículo 27; sin embargo, en los códigos de ética de las universidades particulares están contemplados.
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