Ciencias políticas

Participación juvenil en procesos de elección popular: un estudio de caso del municipio de Santa Isabel 2020-2023

Youth participation in popular election processes: a case study of the municipality of Santa Isabel 2020-2023

José Julián Ñáñez Rodríguez
Universidad del Tolima , Colombia

Ciencia Nueva, revista de Historia y Política

Universidad Tecnológica de Pereira, Colombia

ISSN-e: 2539-2662

Periodicidad: Semestral

vol. 6, núm. 2, 2022

ciencianueva@utp.edu.co

Recepción: 12 Julio 2022

Aprobación: 29 Septiembre 2022



DOI: https://doi.org/10.22517/25392662.25084

Para todos los artículos publicados en Ciencia Nueva, revista de Historia y Política, la titularidad de los derechos de explotación de los contenidos de la revista pertenece al autor o los autores. Las obras de esta revista están bajo la licencia Creative Commons Reconocimiento-NoComercial-SinObraDerivada.

Resumen: El presente artículo de investigación tiene como objetivo explorar las experiencias de participación de los jóvenes aspirantes al Concejo Municipal de Santa Isabel en las elecciones de 2019. Se determinó un estudio de caso; en primer lugar, se buscaron los antecedentes investigativos en bases de datos institucionales y oficiales, como Scielo, Redalyc y Dialnet. En segundo lugar, se sistematizó la información en una matriz para el análisis. Posteriormente, se diseñaron y aplicaron cinco entrevistas semiestructuradas a tres aspirantes al concejo, al alcalde municipal y a un concejal electo del municipio. El análisis permitió concluir que los argumentos de los entrevistados en torno a la participación política en los concejos municipales carecen de claridad en lo referente a las acciones políticas.

Palabras clave: participación, política, juventud, concejo municipal.

Abstract: The objective of this research article is to explore the experiences of participation of young candidates for the Municipal Council of Santa Isabel in the 2019 elections. A case study was determined; In the first place, the research background was searched in institutional and official databases, such as Scielo, Redalyc and Dialnet. Second, the information was systematized in a matrix for analysis. Subsequently, five semi-structured interviews were designed and applied to three candidates for the council, the municipal mayor and an elected councilor from the municipality. The analysis allowed us to conclude that the arguments of the interviewees regarding political participation in the municipal councils lack clarity in relation to political actions.

Keywords: participation, politics, youth, municipal council.

Introducción

La participación política juvenil es un fenómeno que ha cobrado gran relevancia en las últimas décadas en Colombia, en especial a partir de la promulgación de la Constitución Política de 19911, La ley 1622 de 20132 y su modificación en la Ley 1885 del 2018. A partir de la normativa mencionada, se reconocen los mecanismos de participación e incidencia de los jóvenes en el escenario político.

De igual manera, se evidencia que el tema de la participación política juvenil ha sido objeto de estudio de diversas investigaciones a nivel internacional y nacional. En ese sentido, de los trabajos abordados en la presente investigación, se evidencian dos perspectivas en torno a la participación política juvenil. En primera instancia, las investigaciones de Miguel Abad3, Carlos Eduardo Cruz Meléndez4, Jesús Aguilar López5, Ricardo Arrubla Sánchez y Patricia Gutiérrez López6 y Roy González Sancho y Evita Henríquez Cáceres7. Concuerdan en que las estructuras discursivas del adultocentrismo han permeado y se han interiorizado en los jóvenes que participan políticamente en escenarios institucionales, lo anterior se ve reflejado en sus discursos y en las labores que desempeñan dentro de sus partidos o colectivos; por ello su impacto en la agenda pública es mínimo, puesto que se dedican a labores menores como apoyar las campañas y proyectos que dirigen personas con mayor edad.

Por otro lado, está la perspectiva que se muestra del lado de la preparación académica de los jóvenes. Ricardo Arrubla Sánchez y Patricia Gutiérrez López afirman que los jóvenes desconocen las estructuras y los mecanismos de participación política que existen en Colombia, y por ello su actuar no transciende en el escenario político8. Sin embargo, particularmente para Miguel Abad, los jóvenes no inciden en la agenda pública, porque han interiorizado y adoptado el discurso y las estructuras de su partido, movimiento o colectivo político9.

En segunda instancia, desde otra perspectiva, Ana María Arias-Cardona, Sara Victoria Alvarado y Ivonne Andrea Robayo Cante concuerdan en que los jóvenes son sujetos políticos que le impregnan a la política ideas nuevas en torno a la gestión pública, la elaboración de programas y proyectos y la forma de hacer política. No obstante, aunque los jóvenes tienen una perspectiva positiva de los mecanismos de participación política, prefieren participar a través de medios no convencionales como las expresiones artísticas10,11.

A partir de lo anterior, se evidencia en primer lugar que las investigaciones indagadas en su gran mayoría se han enfocado particularmente en la participación política de los jóvenes en escenarios no convencionales. En segundo lugar, los jóvenes son apáticos a participar políticamente en escenarios institucionales. No obstante, en los últimos años en Colombia los jóvenes a través de sus partidos políticos se han interesado en representar a sus localidades y municipios en las corporaciones político-administrativas de carácter público como lo son las juntas de acción comunal y los concejos municipales. En este sentido, Pablo Sanabria, expresa:

Las pasadas elecciones regionales en Colombia son muestra de un cambio generacional que tiene dos lecturas: votantes jóvenes que dicen no a la polarización y que salen a las urnas con criterios de opinión que se desmarcan de la tradición y en un segundo momento jóvenes con preparación académica e independencia que empiezan a ocupar cargos de elección popular12.

A partir de lo enunciado y en el marco de las próximas elecciones del 2023‒2027 es pertinente dilucidar las particularidades que tiene la participación política de los jóvenes, específicamente en escenarios institucionales. Para ello, realizamos una exploración en el municipio de Santa Isabel, Tolima, e indagamos en torno a una dimensión de la participación política, la cual corresponde a la experiencia de los jóvenes en escenarios institucionales con poder de decisión directa en el ejercicio del poder público. Por lo tanto, lo que se pretende es analizar la experiencia de la participación de los jóvenes candidatos al concejo municipal en el proceso de elección popular 2020-2023, llevado a cabo en el municipio de Santa Isabel.

En ese sentido, el presente artículo estuvo orientado por el siguiente interrogante: ¿Cómo fue la experiencia de participación de los jóvenes candidatos al concejo municipal para periodo 2020-2023 llevado a cabo en el municipio de Santa Isabel?

Conforme a lo establecido anteriormente, esta investigación estuvo sustentada metodológicamente en una perspectiva cualitativa que utilizó como método el estudio de caso. La información se recolectó por medio de entrevistas a profundidad con el fin de identificar el nivel de conocimientos que tiene los jóvenes acerca del concejo municipal; en segunda instancia, se indagó en torno a su experiencia como candidatos al concejo municipal de Santa Isabel y, finalmente, se dilucidaron los aprendizajes de los jóvenes candidatos al municipio de Santa Isabel.

Metodología

La presente investigación está sustentada en una perspectiva cualitativa, la cual tiene como diseño metodológico el estudio de caso, «uno de los métodos más apropiados para aprender la realidad de una situación, en los que se requiere explicar relaciones causales complejas, realizar descripciones de perfil detallado, generar teorías o aceptar posturas teóricas exploratorias o explicativas»13. En ese sentido, el fenómeno indagado corresponde a la participación política juvenil y el caso está situado en el municipio de Santa Isabel.

A partir de lo anterior, en primer lugar, se orientó la revisión bibliográfica en torno a la categoría participación política juvenil en las bases de datos de Scielo, Redalyc, Dialnet, y en repositorios institucionales de distintas universidades de Colombia. En segundo lugar, se tuvieron en cuenta los criterios enunciados por María Auxiliadora Guerrero Bejarano. El primero alude a la capacidad operativa de recolección y analsis; el segundo, al entendimiento del fenomeno, o sea el número de casos que permitan respondar a la pregunta planteada, y por último, a la naturaleza del fenomeno bajo analisis, esto quiere decir, a la frecuencia y accesibilidad de los datos. A partir de lo enunciado, se definieron dos criterios de selección. El primero corresponde a la edad de los candidatos al concejo de Santa Isabel (18 a 28 años), y el segundo, a la experiencia en cargos públicos de elección popular en el municipio de Santa Isabel14.

Según los datos de la Registraduría Nacional, en las elecciones del 2019, se postularon 49 candidatos al Concejo Municipal de Santa Isabel. De ellos, cuatro tenían entre 18 y 28 años. En este caso, se seleccionaron tres jóvenes y se aplicaron entrevistas semiestructuradas, que «se basan en una guía de asuntos o preguntas y el entrevistador tiene la libertad de introducir preguntas adicionales para precisar conceptos u obtener mayor información»15. Este instrumento se sometió a un juicio por expertos, con base en los criterios elaborados por Jazmine Escobar-Pérez y Ángela Cuervo-Martínez: a) experiencia en la realizacion de juicios basada en evidencia o experticia, b) reputación en la comunidad, c) disponibilidad y motivación para participar, y d) imparcialidad y cualidades inherentes, como confianza en sí mismo y adaptabilidad16. La entrevista tuvo el objetivo de identificar el nivel de conocimientos de los jóvenes frente al concejo municipal y comprender su experiencia y aprendizajes como candidatos. De esta manera, se entrevistó al alcalde municipal de Santa Isabel y un concejal electo del municipio, para conocer desde su experiencia cómo ha sido la participación de los jóvenes a través del concejo municipal en Santa Isabel.

Posteriormente, se realizó el análisis de contenido, el cual corresponde a una técnica que permite la interpretación, descomposición y codificación de diversos textos en relación con el contexto. En ese sentido, «el análisis de contenido cualitativo no tiene como fin solo la búsqueda de ciertos contenidos dentro de un corpus, sino de encontrar el sentido que estos contenidos poseen dentro del contexto»17. Con base en lo anterior, se diseñó una matriz en la que se sistematizó la información recolectada, se tuvieron en cuenta las siguientes unidades de análisis: participación, política, jóvenes y concejo. Finalmente, se interpretó la información a través de un análisis triangular mixto, según los criterios de Pablo Forni y Pablo de Grande18.

Conceptualización teórica

El estudio de la participación política ha estado caracterizado por una complejidad teórica, disciplinar y metodológica. El análisis sobre sus impactos en la sociedad, la ciudadanía y el sistema político han generado un amplio bagaje teórico e investigativo en el campo de las ciencias sociales. Por lo tanto, no existe consenso frente a un significado unívoco y generalizado. En consecuencia, existen diferentes concepciones, tipos e impactos de la participación con relación al contexto político, económico, social y cultural de cada caso. Por consiguiente,

sobre el fenómeno de la participación política existen innumerables definiciones, algunas de ellas centradas sobre actividades individuales y colectivas de las personas o grupos, y otras que tienen su acento en aspectos psicológicos o políticos y que excluyen a la participación electoral por considerarla como un fenómeno sui generis que tiene sus propias reglas de juego, claramente diferenciadas del resto de las formas de participación política y que se encuentra asociada a afirmaciones de claro contenido patriótico19.

Pese a la multiplicidad de acepciones y modelos de participación política existen características esenciales, tales como su relación determinante con la democracia y la influencia de la participación en decisiones de gobierno y en espacios de discusión y representación política. Es decir, «participación y democracia son conceptos simbióticos. No puede entenderse el uno sin el otro. Dicho con otras palabras: sin el reconocimiento y tutela de la participación no cabe hablar de democracia. Aquella es el fundamento funcional del orden democrático»20.

Por tal razón, para muchos teóricos la participación política se reafirma en la instauración y consolidación de los regímenes democráticos, ya que estos han abierto y fortalecido espacios de representación y participación a sectores sociales y políticos históricamente marginados por medio de la institucionalización de los mecanismos de participación. En ese sentido, la democracia hace posible la participación política.

En consecuencia, la democracia configura nuevos tipos de sujetos sociales y políticos, quienes se enmarcan en un tipo de ciudadanía más participativa y vinculante en temas decisivos para el mejoramiento de la calidad de vida. Siendo así, la sociedad se convierte en la base del Estado, ya que:

Las democracias tienen como función central la búsqueda de mejores condiciones de vida para el pueblo. Ahora bien, aunque el pueblo es la fuente de la soberanía, entendida esta como la máxima autoridad que existe en dentro de una organización política, es además el destinatario de las acciones públicas del Estado, es decir, de las tareas que debe realizar para beneficio de toda la comunidad21.

Sin embargo, existen otras perspectivas teóricas que evidencian expresiones diferentes de la participación política en otro tipo de regímenes. Es de resaltar, las restricciones de participación en sistemas políticos elitistas y discriminatorios, en donde participar estaba supeditado a la condición de clase y a las relaciones de dominación existentes. Sin embargo, con la consecución de derechos y la lucha por la inclusión política de sectores marginados, la participación política se fue ampliando paulatinamente con el fortalecimiento de los procesos de instauración democrática.

La transformación de la participación política en elemento legitimador de la organización y actividad estatal requirió de la superación del modelo de Estado liberal y de su conversión en Estado democrático. Una operación que tuvo por vértice la paulatina conversión del sufragio censitario en universal y la consecuente extensión de la participación política al conjunto de la ciudadanía. Esta mudanza de paradigma acabó por consolidar la democracia representativa como modelo democrático imperante y elevó la participación política a la condición de principio de legitimación del Estado democrático22.

Es de resaltar, que los primeros estudios sobre participación política acotan su ejercicio a la elección de gobernantes. Por consiguiente:

La participación política ha sido considerada durante mucho tiempo a través de su forma de expresión más habitual: el voto. Sin embargo, el voto es uno más entre otros muchos recursos de los que dispone el sujeto para incidir en el mundo político23.

En consecuencia, existe una ruptura teórica frente a la perspectiva de la participación política. Como se ha expuesto, las primeras concepciones se enfocan en una participación procedimental, en donde la importancia radica en participación electoral. Sin embargo, ante las complejidades históricas y la evolución de los sistemas políticos y las luchas sociales se abre paso a la democracia participativa por medio del fortalecimiento de los mecanismos de participación ciudadana y el fortalecimiento de la ciudadanía, lo cual

implica la obligación del Estado de generar condiciones favorables para la realización y de abstenerse de prohibir, impedir u obstaculizar aquellas actividades legítimas mediante las cuales los ciudadanos intervienen en la designación de sus gobernantes o influyen en la formación de la política estatal, tales como publicaciones, reuniones públicas, manifestaciones, sufragio, actividad partidaria, etc.24.

Por lo tanto, se requiere del desarrollo de un sujeto activo, crítico y reflexivo que constantemente participe e influya en la toma de decisiones del gobierno o todo tipo de temas que involucren el mejoramiento y el desarrollo del Estado y la sociedad en general. Dicha participación está asociada y contenida en el marco legal de deberes y derechos de los ciudadanos, en donde la participación es regulada y canalizada por medio de la institucionalidad, evidenciando la existencia de un carácter legal del ejercicio participativo que

exige un ciudadano activo en los asuntos de la comunidad. Un ciudadano que está preparado para asumir el reto de la participación política, que tiene la voluntad de participar y posee el conocimiento de sus deberes y obligaciones, y asume como suyo el reto de involucrarse en la solución de los problemas de la sociedad. Esto implica la transformación de hombre común en «ciudadano»25.

No obstante, la legalidad de la participación política no implica la inexistencia de otro tipo de expresiones para participar. En el debate teórico sobre el tema, se divide en la participación convencional y la participación no convencional en donde existe un reconocimiento de diferentes perspectivas sobre las maneras en cómo los ciudadanos participan o deben de participar. Es claro que la participación convencional refuerza la importancia de la institucionalidad, puesto que

la participación política se hace más fuerte en aquellos países donde existen condiciones políticas favorables para su desarrollo. El grado de desarrollo de instituciones y mecanismos que favorecen la participación puede considerarse para todas las modalidades de la participación política26.

Por otro lado, la participación no convencional es aquella que «se refiere al conjunto diverso de acciones voluntarias destinadas a influir directa o indirectamente en resoluciones que afectan a distintos ámbitos de la vida social y cultural»27 y se exterioriza mediante marchas, boicots o en acciones de desobediencia civil.

En conclusión, podemos contemplar que:

La participación política convencional está representada por aquellos actos o actividades que se llevan dentro de los cauces legales y están aprobadas por la sociedad en la cual se desarrollan; en contraste las formas en que se expresa la participación política no convencional no siguen un marco legal y por lo regular no son aprobadas por la mayoría de la sociedad28.

Por lo tanto, existe una división sobre la participación política que configuró tipos de acciones políticas y tipos de sujetos políticos. Una investigación llevada a cabo por el politólogo Pablo Oñate distingue los diferentes tipos de acciones y sujetos tanto en la participación convencional como en la participación no convencional. En primera instancia, Oñate recoge los planteamientos de Kaase y Marsh y expone los tipos de sujetos de participación convencional:

Por otro lado, Pablo Oñate expone los diferentes tipos de sujetos políticos en la participación no convencional, los cuales se alejan de la perspectiva de la participación política electoral e institucionalizada:

Es de resaltar que la participación política contempla una amplia clasificación y tipificación de las acciones políticas y expresiones tanto individuales como colectivas de la ciudadanía, ya que estás se construyen con base en el contexto social y el modelo del sistema político específico de cada Estado. También, se destaca la influencia del desarrollo de la historia, en este caso, la promulgación y la defensa de los derechos civiles y políticos por medio de la constitucionalidad, la política y el marco normativo.

En este contexto, los derechos para participar políticamente implican una diversidad de sujetos políticos y acciones, generando una diversidad de maneras y mecanismos para participar, dejando atrás la perspectiva convencional de la participación política. Por lo tanto,

no cabe duda que el repertorio de actividad política de los sujetos no se limita a actividades convencionales, como acudir a mítines, convencer a otras personas para votar por algún candidato y/o partido determinado. Observando el comportamiento político de la población es fácil constatar que el ciudadano recurre también a otras estrategias para tratar de incidir en las decisiones del poder político: huelgas, manifestaciones, entre otras. De esta forma, hablar de participación política en general resulta poco preciso, pues el abanico de modalidades incluye manifestaciones diferentes de este tipo de actividad31.

Ya hemos expuesto la importancia y la influencia de variables políticas, históricas y normativas en el desarrollo de la participación política. No obstante, existen otro tipo variables que influyen en el estudio y análisis de la participación política y son las actitudes y capacidades de los diferentes sectores sociales para participar en los diferentes escenarios de decisión y de organización social y política. La cultura política, la educación y el nivel socioeconómico influyen en el tipo de participación.

A medida que el nivel educativo es más elevado se adquieren capacidades de manejo de la información y se desarrollan habilidades que son útiles y necesarias para la participación. De igual manera, mejores ingresos otorgan mejores condiciones para otro tipo de actividades de participación política, la más obvia, el financiamiento de candidatos y partidos32.

Otros estudios destacan, la importancia del desarrollo de la tecnología y los medios de comunicación, el marketing y la comunicación política en los procesos de participación política. Propician nuevos modelos y herramientas para organizarse e influir en los escenarios de decisión.

Con respecto al desarrollo de nuevas prácticas de participación, han aparecido en relación a la M de las nuevas tecnologías en la política, además se amplía las posibilidades de comunicación y participación ciudadana, estas tecnologías no solo son utilizadas por los ciudadanos, sino que también por los partidos políticos, líderes y asociaciones, debido a que las usan como mecanismos para mejorar la interactividad con los ciudadanos y electores33.

El carácter multidimensional de la participación política implica comprender sus diferentes expresiones, dependiendo de las particularidades contextuales de la época y de las variables de análisis, como el sistema político, el régimen político, la historia política, los actores políticos, la cultura política, la ciudadanía, la educación política, los mecanismos de participación, el marco normativo de la participación política, etc. Con base en lo anterior y la especificidad del tema se puede comprender la participación política de diferentes maneras y perspectivas.

Por lo tanto, existen y existirán diferentes significados de participación política. Sin embargo, hay definiciones generales que abarcan la intención general del término, tales como las siguientes:

Un debate teórico sobresaliente sobre la participación política es su relación con la representación política. Debido a las perspectivas convencionales de considerar que el proceso de participación política se acota en el sistema electoral y el voto, se han generado análisis para comprender la diferencia y la incidencia del carácter representativo y participativo en una democracia. Un estudio que aborda dicha temática es la expuesta por el investigador Davis Almagro Castro, en donde expone las diferencias, las ventajas y desventajas de modelos de democracia de participación representativa y participativa.

Expone que los modelos democráticos enfocados en la representación política basan su funcionamiento en los partidos y movimientos políticos, como canales de comunicación y representación política de diferentes sectores sociales por medio de su participación a través de un sistema electoral. Por lo tanto, la participación política de la ciudadanía se enfoca en la elección de candidatos que gestionarán y tomarán decisiones en pro de los sectores representados. Este modelo ha sido defendido por la posibilidad de agilizar el proceso participativo, limitar la proliferación de una participación densa y poco provechosa. Ya que, se considera que una amplia y extensa participación, no es posible ante la multiplicidad y proliferación de demandas sociales con las cuales un Estado no puede manejar, generando una desestabilización de todo el sistema político.

Otro argumento para la restricción de los cana­les de participación ciudadana es la desconfianza de la capacidad ciudadana para la comprensión y entendimiento de la realidad política. El demos es un sujeto incapaz de asumir la responsabilidad en la gestión de los asuntos pú­blicos. Partidos políticos y candidatos han de ser los principales protagonistas de la toma de decisiones políticas. Los primeros, canalizando la participación a través de la contienda electoral. Los segundos, asumiendo la representación en base a una presunción de competencia técni­ca37.

Por consiguiente, el modelo democrático representativo contempla una participación política moderada y basada en la confianza depositada en los líderes políticos elegidos por medio de un sistema de partidos y un sistema electoral. Dicho modelo ha generado múltiples críticas, las cuales destacan el carácter limitante de la participación política de la ciudadanía y la carencia de interés y cultura política por parte de la ciudadanía al depositar el margen de decisión en las organizaciones políticas y gobernantes, generando un estado de apatía social frente a la importancia del ejercicio de la participación de la ciudadanía en una democracia que defiende su soberanía bajo las bases del pueblo.

Ante dichas críticas se empiezan a generar una atención sobre la efectividad de una verdadera participación política. Es ahí que, bajo la influencia de los estallidos sociales frente a la marginación política de algunos sectores en los escenarios políticos en la estructura del Estado, varios investigadores empiezan a discutir sobre la participación efectiva de todos los sectores sociales, por medio de canales de comunicación y organizaciones fuertes con el objetivo de disminuir las brechas de desigualdad social y exigir un sistema democrático mucho más influyente y pluralista. Este modelo a diferencia de la democracia representativa contempla a la ciudadanía como sujetos críticos y participativos constantes en los diferentes escenarios del Estado y no se limita a la participación electoral. Por lo tanto:

La ciudadanía no es considerada un sujeto pasivo meramente receptor de políticas públicas y potencial amenaza para la estabilidad del sistema. Conoce la realidad que le afecta y tiene capacidad para decidir correctamente sobre los problemas que le conciernen con igual o mayor eficacia que los técnicos guber­namentales. Una mayor participación conlleva innegables beneficios sociológicos, tales como una mayor conciencia pública, el desarrollo de un espíritu social cooperativo y un incremento de la afección democrática hacia instituciones y procedimientos democráticos teni­dos por mecanismos efectivos de solución de conflictos y problemas sociales38.

Si bien, el método de democracia participativa resalta la importancia de la ciudadanía en un sistema político como un pilar fundamental para la legitimación y una gobernabilidad efectiva, ha recibido críticas frente a la implementación de sus estrategias, ya que se pone en duda que sean empíricamente posibles. Es claro, que los países contemplan una extensión considerable de ciudadanos divididos en diferentes sectores que tienen distintas demandas y necesidades, las cuales son imposibles de satisfacer y de canalizar por medio de una participación directa de los ciudadanos.

La crítica doctrinal a este modelo democrático se centra en la imposibili­dad de su articulación práctica motivada por el tamaño, la diversidad de las sociedades actuales, la complejidad de la agenda política y la imprescindible ra­pidez en la toma de decisiones39 [ya que, la saturación de demandas sociales limita la capacidad de acción y gestión efectiva de las instancias e instituciones del Estado].

Ante dicha situación, Almagro expone tres tipos de democracia participativa: la directa, la deliberativa y la radical. La democracia directa hace referencia a la buena relación de los gobernados y gobernantes por medio de una relación más vinculante que la relación meramente electoral, por medio de escenarios de participación y debate. La democracia deliberativa, enfoca la importancia en la discusión de temas de interés público en diferentes espacios decisorios y la relevancia de sujetos críticos y característicos de una cultura política sólida. Por último, la democracia radical, la cual se basa en la importancia de los antagonismos y los debates con la finalidad de resolver conflictos y llegar acuerdos que beneficien a todas las partes por medio del reconocimiento del otro, que generen un impacto en la reducción de la desigualdad y la consolidación de una democracia justa y pluralista.

Por lo anterior, podemos identificar la importancia del interés de los ciudadanos sobre los asuntos públicos y políticos para cimentar una participación política constante y trascendente en el sistema político. Sin dicho interés es complejo que los canales participativos –ya sea por medio de escenarios de debate, asambleas y de interacción con los líderes, partidos, movimientos e instituciones políticas– sean del todo efectivos y vinculantes en políticas y leyes decretadas por el Estado.

En el presente trabajo, la categoría de análisis de participación política se desarrollará en relación con los concejos, candidatos y concejales municipales, y su importancia como un mecanismo de control y seguimiento de los gobernados sobre los gobernantes. Es de resaltar que si bien la participación política obedece a un campo institucional y electoral en este caso, no desconoce los efectos positivos que pueden generar los procesos electorales y los candidatos dentro de la representación política y su relación con la participación política. Ya que:

La acción política plantea problemas más complejos que la simple participación electoral; y aun cuando ésta fue la primera acción considerada como participación política, hoy día, se sabe que es un fenómeno mucho más complejo y variado que impacta, no sólo en la esfera política, sino también en el sistema social en general y modo de vida40.

Con base en lo anterior, se parte de que la participación política es un proceso organizativo que tiene como objetivo el involucramiento de los ciudadanos en diferentes espacios participativos dentro o fuera de la institucionalidad, con el objetivo de ejercer control, seguimiento e influencia en los espacios de decisión que comprometen el bienestar de la sociedad. En lo que respecta a este estudio de caso, enfocaremos la participación política a un sector específico, los jóvenes candidatos al Concejo Municipal de Santa Isabel en las elecciones 2020-2023.

Cabe aclarar que en Colombia la ley que rige los procesos participativos juveniles es la Ley 1622 de 2013, «por medio de la cual se expide el estatuto de ciudadanía juvenil y se dictan otras disposiciones». En el artículo 5 se estipulan las categorías relacionadas con juventud:

  1. 1. 1. Joven. Toda persona entre 14 y 28 años cumplidos en proceso de consolidación de su autonomía intelectual, física, moral, económica, social y cultural que hace parte de una comunidad política y en ese sentido ejerce su ciudadanía.

    2. Juventudes. Segmento poblacional construido socioculturalmente y que alude a unas prácticas, relaciones, estéticas y características que se construyen y son atribuidas socialmente. Esta construcción se desarrolla de manera individual y colectiva por esta población, en relación con la sociedad. Es además un momento vital donde se están consolidando las capacidades físicas, intelectuales y morales.

    3. Juvenil. Proceso subjetivo atravesado por la condición y el estilo de vida articulados a las construcciones sociales. Las realidades y experiencias juveniles son plurales, diversas y heterogéneas, de allí que las y los jóvenes no puedan ser comprendidos como entidades aisladas, individuales y descontextualizadas, sino como una construcción cuya subjetividad está siendo transformada por las dinámicas sociales, económicas y políticas de las sociedades y a cuyas sociedades también aportan41.

No obstante, la definición de juventud no solo enfatiza en un proceso biológico determinado por un rango de edad, también reconoce la importancia política, económica y social en una democracia como ciudadanos activos y participativos en escenarios decisivos.

El paradigma de la juventud como “actores estratégicos del desarrollo” contempla el ejercicio de la ciudadanía juvenil a partir de la incorporación de los jóvenes a la vida social desde el presente. Por lo tanto, se busca aprovechar las capacidades de los y las jóvenes para lograr una participación activa y la generación de transformaciones sociales. Este paradigma reconoce la subjetividad juvenil y más allá de considerar a la juventud como un conjunto de inexpertos, que debe ser preparado para la inserción en la vida social, se piensa a la juventud como portadora de nuevas ideas y visiones con potencial transformador. Las políticas públicas que se basan en este paradigma buscan generar procesos de formación a los jóvenes en asuntos ciudadanos, la creación de espacios para desarrollar sus habilidades y las competencias participativas42.

Por lo tanto, los jóvenes se han convertido en un pilar importante de la participación política en una democracia, ya que este es un proceso de ordenamiento que debe contar con garantías y libertades que permitan su consolidación en el sistema político. Dicho proceso es «aquel conjunto de normas y procedimientos que resultan de un acuerdo–compromiso para la resolución pacífica de los conflictos entre los actores sociales, políticamente relevantes, y los otros actores institucionales presentes en el escenario político» 43.

Dentro de ese proceso, se resalta el rol fundamental de la ciudadanía juvenil, siendo la participación y la representación política ejes fundamentales en el funcionamiento de la democracia. Sin embargo, el nivel de incidencia de la participación y la representación de los jóvenes en los diferentes escenarios vinculantes de decisión política son diferentes, ya que depende del tipo de democracia instaurada en un Estado y el marco normativo.

Concejo municipal

El concejo municipal es una corporación administrativa, su principal función es ejercer control político a la administración municipal. Sus miembros son elegidos por elección popular cada cuatro años, así lo establece el artículo 21 de la Ley 136 de 1994: «En cada municipio habrá una corporación administrativa, cuyos miembros serán elegidos popularmente para períodos de tres (3) años, y que se denominará Concejo Municipal, integrada por no menos de siete (7) ni más de veintiún (21) miembros»44.

Para el caso del municipio de Santa Isabel que cuenta con 6.382 habitantes, le corresponde, según el artículo 23 de la Ley 136 de 1994, 9 concejales, los cuales sesionan 4 meses al año, en febrero, mayo, agosto y septiembre por ser de sexta categoría.

A continuación, se presentan las funciones consagradas en la Ley 136 de 1994 y en la Constitución Política de Colombia.

ciones del concejo municipal consagradas en la Ley 136 de 1994, artículo 32:

Funciones del concejo municipal consagradas en la Ley 136 de 1994, artículo 32:

  1. 1. 1. Disponer lo referente a la policía en sus distintos ramos, sin contravenir las leyes y ordenanzas, ni los decretos del Gobierno Nacional o del Gobernador respectivo.

    2. Exigir los informes escritos o citar a los secretarios de la alcaldía, directores de departamentos administrativos o entidades descentralizadas municipales, al contralor o al personero, así como a cualquier funcionario municipal, excepto el alcalde, para que en sesión ordinaria haga declaraciones orales sobre asuntos relacionados con la marcha del municipio.

    3. Reglamentar la autorización al alcalde para contratar, señalando los casos en que requiere autorización previa del Concejo.

    4. Autorizar al alcalde para delegar en sus subalternos o en las juntas administradoras locales algunas funciones administrativas distintas de las que dispone esta Ley.

    5. Determinar las áreas urbanas y suburbanas de la cabecera municipal y demás centros poblados de importancia, fijando el respectivo perímetro urbano.

    6. Determinar la nomenclatura de las vías públicas y de los predios o domicilios.

    7. Establecer, reformar o eliminar tributos, contribuciones, impuestos y sobretasas, de conformidad con la ley.

    8. Velar por la preservación y defensa del patrimonio cultural.

    9. Organizar la contraloría y la personería y dictar las normas necesarias para su funcionamiento. 10. Dictar las normas orgánicas de presupuesto y expedir anualmente el presupuesto de rentas y gastos, el cual deberá corresponder al Plan Municipal o Distrital de Desarrollo, de conformidad con las normas orgánicas de planeación45.

Funciones del concejo municipal consagradas en la Constitución Política, artículo 313:

  1. 1. 1. Reglamentar las funciones y la eficiente prestación de los servicios a cargo del municipio.

    2. Adoptar los correspondientes planes y programas de desarrollo económico y social y de obras públicas.

    3. Autorizar al alcalde para celebrar contratos y ejercer pro tempore precisas funciones de las que corresponden al Concejo.

    4. Votar de conformidad con la Constitución y la ley los tributos y los gastos locales.

    5. Dictar las normas orgánicas del presupuesto y expedir anualmente el presupuesto de rentas y gastos.

    6. Determinar la estructura de la administración municipal y las funciones de sus dependencias; las escalas de remuneración correspondientes a las distintas categorías de empleos; crear, a iniciativa del alcalde, establecimientos públicos y empresas industriales o comerciales y autorizar la constitución de sociedades de economía mixta.

    7. Reglamentar los usos del suelo y, dentro de los límites que fije la ley, vigilar y controlar las actividades relacionadas con la construcción y enajenación de inmuebles destinados a vivienda.

    8. Elegir Personero para el período que fije la ley y los demás funcionarios que ésta determine.

    9. Dictar las normas necesarias para el control, la preservación y defensa del patrimonio ecológico y cultural del municipio.

    10. Las demás que la Constitución y la ley le asignen.46

Análisis de resultados y discusión

En el siguiente acápite se evidencian los resultados del análisis de las categorías propuestas teóricamente y los datos recolectados en las entrevistas. Con el fin de manejar la identidad de los participantes, se codificaron, como I1: informante 1. I2: informante 2. I3: informante 3. I4: informante 4. I5: informante 5.

A partir de la revisión e interpretación de los datos recolectados de cada informarte, se evidencia que la participación de los jóvenes aspirantes al Concejo Municipal de Santa Isabel está vinculada estrechamente a los escenarios institucionales. Por ende, difiere de un aspirante a otro la concepción en torno a la política, a la participación y al concejo.

Política

La política es vista por los entrevistados desde dos perspectivas diferentes. La primera, como un proceso institucional y electoral. La segunda, como un proceso social en donde la participación de la ciudadanía es fundamental para el desarrollo adecuado de la gestión municipal. Por lo tanto, la política es vista como una acción que se lleva a cabo desde las necesidades y las demandas de las comunidades hacia políticas y leyes que incentiven el desarrollo del municipio. Sobresale la importancia de los concejales y el concejo municipal en la consecución de lo anterior, además se resalta la importancia de los jóvenes como actores de renovación política.

Resulta interesante la percepción del I4, quien caracterizó la política como un medio para conocer el territorio no solo geográficamente, sino social, política, económica y culturalmente.

Lo primero es que conozcan el territorio. Hay un principio en filosofía, que nadie ama lo que no conoce. Si usted no conoce el territorio, si no conoce su finca, si no conoce su tierra, si no conoce lo que va a hacer, entonces no pierda el tiempo. Porque uno tiene que conocer el territorio, desde el territorio conocer las necesidades, conocer los escenarios, conocer las potencialidades, conocer el municipio. No solamente en tema popular, en tema de gente, sino conocerlo en tema administrativo, en tema gastronómico, en oportunidades territoriales, en oportunidades de riquezas de tierra; y desde ese conocimiento, pues enamorarse él primero y después enamorar a los votantes. Yo pienso que lo más importante es que las personas que quieran participar y los jóvenes que quieran participar en política conozcan muy bien el territorio. También para que puedan dar debates de altura, que lo nombrábamos hace dos minutos antes de la entrevista, cuando usted no tiene conocimiento de lo que está haciendo entonces usted termina es chocando o buscando los defectos de otros candidatos para creer poder dar la razón47.

Lo anterior propone conocer las necesidades y las potencialidades del municipio y, por medio de los espacios de decisión política como el concejo, generar iniciativas concernientes que propicien el mejoramiento de la calidad de vida de los ciudadanos y el desarrollo del municipio.

En consecuencia, podemos evidenciar como los informantes contemplan rasgos esenciales de la política como el Estado, el sistema político, el sistema electoral, la sociedad, las instituciones, el ejercicio político, la representación política y la participación de la ciudadanía.

Participación política

Todos los informantes comparten similitudes en sus perspectivas sobre la participación, ya que la caracterizan como un proceso de seguimiento y de control dentro de la institucionalidad, pero también como la oportunidad de generar vínculos y puentes entre las demandas de la sociedad y la gestión del Estado y sus gobernantes. Por ejemplo, el informante n.o 1 expresó lo siguiente respecto a su opinión de cómo participa políticamente un concejal:

Bueno, principalmente pues para hacer trazabilidad, hacer seguimiento a los recursos del municipio, ayudar a la gente que lo necesite. Aparte, pues poner el conocimiento que yo tenía o que tengo pues para cumplir con esas funciones que lo delegan a uno en lo que es un concejo municipal[48].

Los informantes coinciden en que, dentro de los concejos municipales, la participación política es efectiva para velar por el cumplimiento de las funciones y la gestión correcta y justa de los recursos a invertirse en pro del mejoramiento de las comunidades del territorio.

Se puede evidenciar cómo los informantes tienen una perspectiva de la participación política convencional, en la que el ejercicio participativo se acota al sistema electoral y se ciñe al marco institucional de las funciones que desempeña un concejal. Por lo tanto, dejan de lado características importantes de la participación política no convencional, tales como los procesos de acompañamiento, apoyo y resistencia de problemáticas, que pueden llegar a defender los sectores jóvenes del territorio por medio de diferentes mecanismos de participación, como la protesta y la manifestación.

En conclusión, los informantes reconocen el papel vinculante de la participación política, resaltando mayoritariamente el carácter representativo sobre el participativo. Es decir, dentro de las funciones que debe cumplir un concejal estos resaltan el proceso representativo en comparación con el proceso participativo.

Juventud

El informante n.º 1 considera que la juventud es importante para el desarrollo político del municipio. Resalta el desinterés y la desafección de los jóvenes en el municipio de Santa Isabel tanto de participar en los escenarios de discusión como en los procesos de representación política y los procesos electorales.

Me he dado cuenta de que el desinterés de los jóvenes por participar en política es muy amplio. Para el ejemplo de eso, los concejos municipales de juventud, se vienen las elecciones ahoritica el 5 de diciembre. Uno convoca a una reunión y es supremamente difícil que los jóvenes asistan o muestren interés, inclusive los mismos candidatos que se inscriben en estas listas no conocen ni la Ley 1622 ni la 1885, que son el estatuto juvenil49.

El informante n.º 2 opina que la participación electoral como candidatos jóvenes al concejo municipal es mucho más compleja que la de los candidatos mayores. Considera que los jóvenes cuentan con problemas para el proceso de inversión y financiamiento en la campaña electoral, convirtiéndose en una desventaja en el proceso.

El informante n.º 3 considera que la mayor contribución de los jóvenes a la política es:

Las ideas, las nuevas ideas. Ellos ahorita con el asunto del internet están aprendiendo cada día más, y tienen muy buenas ideas. [Para que] las hagan conocer, y pues como uno no tuvo la oportunidad de ser tan estudiado y ellos sí tiene la oportunidad. Eso sería lo más principal50.

El

El informante n.º 4 destacó la importancia de los jóvenes en la renovación política:

Es importante que los jóvenes participen en la política, pero que impregnen de juventud y de alegría y de nuevas ideas lo que toque. Porque puede que uno participe, pero siga con las mismas ideas arcaicas, entonces ahí no hay magia. Porque si yo puedo ser joven en edad, pero pienso como pensaban hace 100 años, pues entonces no estoy transformando ninguna realidad, sino por el contrario, estoy fortaleciendo un retraso en muchos procesos51.

Los informantes n.o 3 y n.o 5 coinciden en que los jóvenes son generadores de un ambiente de nuevas ideas y de renovación política en el concejo. Lo anterior se debe a las oportunidades de profesionalización y de conocimientos de tecnologías y medios de comunicación.

El informante n.o 5 habla de la falta de credibilidad de la sociedad en general frente a los jóvenes en la política.

Bueno, la primera es credibilidad porque no se ha llegado a presentar por primera vez un candidato que sea elegido al concejo que sea joven. Entonces, la gente como que no tiene la credibilidad, la confianza en un joven. Sí, precisamente como le acabo de mencionar porque aquí nunca se ha elegido. Aparte de eso, acá la gente culturalmente siempre ha elegido adultos, gente experta y, adicional, gente que ya ha estado haciendo, que ya ha estado elegida como concejal. Entonces, eso fue una desventaja, como la credibilidad que la gente le da a que esté un joven ahí52.

En esta categoría, si bien los informantes no describen la juventud, sí describen las ventajas y las desventajas de la juventud en escenarios de participación política como el concejo, y sobre todo evidencia los retos a los cuales se deben enfrentar los jóvenes en los procesos participativos y electorales.

Concejo

Para el informante n.o 1, el concejo hace alusión a un organismo que permite a las comunidades de diferentes sectores de la sociedad participar en política. Expresó que las funciones son «hacer control político y coadministrar, tener parte en las decisiones que toma el ejecutivo»53. El informante n.o 2 afirma que el concejo municipal es un ente de control, el cual tiene dentro de sus funciones el seguimiento a los recursos adquiridos y por adquirir del municipio. Por otra parte, menciona que es «un puente entre la comunidad y demás entes. Por ejemplo, al alcalde y demás»54. Finalmente, el informante n.o 3 alude a que el concejo municipal, es «una organización que en parte las funciones están consagradas dentro de la constitución política, y las personas elegidas por votación tienen una serie de responsabilidades»55. Consecuentemente señaló que dentro de las funciones del concejo municipal están: aprobar el presupuesto, elegir al personero, aprobar el plan de gobierno del alcalde y aprobar o desaprobar proyectos.

Según lo dispuesto en la Ley 136 de 1994 y la Constitución Política, artículos 312 y 313, en torno a la naturaleza y las funciones del concejo municipal, se evidencia que los participantes entrevistados poseen una conceptualización débil en torno a la naturaleza y funciones del concejo municipal, puesto que solo el informante n.o 3 mencionó las funciones con amplitud.

En ese sentido, se vislumbra que los aspirantes al concejo tienen una visión inclusiva y participativa del concejo al expresar que se puede contribuir al mejoramiento de las necesidades de la comunidad, a través de proyectos y la buena comunicación entre la administración municipal y sus habitantes. No obstante, no muestran un dominio conceptual frente a los procesos y funciones del concejo municipal.

Conclusiones

En relación con el bagaje teórico expuesto, se evidencia que los argumentos de los entrevistados en relación con la importancia de la participación política de los jóvenes en los concejos municipales carecen de claridad sobre las acciones políticas. No diferencian notoriamente la representación de la participación política y desconocen la importancia de conocer los diferentes tipos de participación política.

Al igual, no tienen en cuenta la trascendencia de la democracia participativa y las funciones que implica en escenarios sociales, ya que contemplan el ejercicio del concejal dentro de la institucionalidad y no fuera de esta. Dejan de lado la relación con el sector que representan, los jóvenes, y con esto, el conocimiento de las problemáticas y los procesos de resistencia en los cuales participe este sector de la población.

Por otra parte, se evidencia que las motivaciones de los jóvenes para participar como candidatos al Concejo Municipal de Santa Isabel están relacionadas con aspiraciones vocacionales de poder servir y ayudar a la comunidad. En ese sentido, se observa que los jóvenes aspirantes al concejo cuentan con preparación académica profesional, lo cual representa un avance significativo para el municipio, puesto que los demás concejales actualmente electos carecen de una formación académica profesional. Lo anterior tiene varias implicaciones positivas para el municipio, como es el caso del presidente municipal de Santa Isabel, un joven de 27 años preparado en el ámbito de la administración pública, quien ha contribuido a la creación y ejecución de varios proyectos en el municipio.

Finalmente, no se puede desconocer que la participación política de los jóvenes en los escenarios de carácter decisorio permite, por un lado, fortalecer los procesos de democratización del Estado y, por otra parte, debatir e interpelar las propuestas, planes y proyectos que se presentan a nivel local, regional y nacional. Los jóvenes por su dinamismo, proactividad y creatividad son los llamados a renovar los distintos espacios políticos de participación con nuevas ideas que contribuyan al mejoramiento de la sociedad de la cual hacen parte.

Referencias

Abad, Miguel. «Posibilidades y limitaciones de la participación juvenil para el impacto en la agenda pública: el caso del Concejo Municipal de Juventud en Medellín». Última Década 10, n.. 17 (2002): 65-94. https://scielo.conicyt.cl/pdf/udecada/v10n17/art04.pdf.

Aguilar, Jesús. «La participación de los jóvenes como candidatos al Poder Legislativo en el proceso electoral de 2012». Polis 9, n.. 2 (2013): 79-111. http://www.scielo.org.mx/pdf/polis/v9n2/v9n2a4.pdf.

Almagro, David, «La participación política en la teoría democrática: de la modernidad al siglo xxi». Revista de Estudios Políticos, n.º 174 (2016): 173-193. http://dx.doi.org/10.18042/cepc/rep.174.06.

Arias-Cardona, Ana María y Sara Victoria Alvarado. «Jóvenes y política: de la participación formal a la movilización informal». Revista Latinoamericana de Ciencias Sociales, Niñez y Juventud 13, n.. 2 (2015): 581-594. http://www.scielo.org.co/pdf/rlcs/v13n2/v13n2a03.pdf.

Arrubla, Ricardo y Patricia Gutiérrez. «Participación política de los jóvenes». Revista Fundación Universitaria del Área Andina, n.. 13 (2013): 78-92. https://revia.areandina.edu.co/index.php/Gg/article/view/342/374.

Carlos Eduardo Cruz, «La población joven frente al proceso electoral». En La juventud costarricense ante la política, editado por Manuel Rojas, 69-117. San José: flacso, 2003.

Congreso de la República de Colombia. Ley 136 del 2 de junio de 1994. Por medio de la cual se dictan normas tendientes a modernizar la organización y el funcionamiento de los municipios. Diario Oficial. Año cxxx. n.º 41377. https://documentos.armenia.gov.co/UserFiles/File/normatividad_ley136de1994.pdf.

Congreso de la República de Colombia. Ley 1622 del 29 de abril de 2013. Por medio de la cual se expide el estatuto de ciudadanía juvenil y se dictan otras disposiciones. Diario Oficial 48776. https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=5297.1.

Constitución Política de Colombia. Capítulo iii, artículos 312 y 313 de julio de 1991 Colombia, 1991. https://www.suin-juriscol.gov.co/viewDocument.asp?ruta=Constitucion/1687988.

Delfino, Gisela Isabel, Elena Mercedes Zubieta y Marcela Muratori. «Tipos de Participación Política: análisis factorial confirmatorio con estudiantes universitarios de Buenos Aires, Argentina». Psicología Política 13, n.º 27 (2013): 301-318.

Díaz Herrera, Claudio. «Investigación cualitativa y análisis de contenido temático. Orientación intelectual de revista Universum». Revista General de Información y Documentación 28, nº. 1 (2018): 119-42.

Escobar-Pérez, Jazmine y Cuervo-Martínez Ángela. «Validez de contenido y juicio de expertos: una aproximación a su utilización». Avances en Medición 6, n.º 1 (2008): 27-36. https://www.humanas.unal.edu.co/lab_psicometria/application/files/9416/0463/3548/Vol_6._Articulo3_Juicio_de_expertos_27-36.pdf.

Fernández, Lya. «Algunas aproximaciones a la participación política». Reflexión Política 1 nº. 1, 2019. https://repository.unab.edu.co/bitstream/handle/20.500.12749/11092/1999_Algunas_aproximaciones_a_la_participaci%c3%b3n_pol%c3%adtica.pdf?sequence=1&isAllowed=y.

Forni, Pablo y Pablo de Grande Pablo. «Triangulación y métodos mixtos en las ciencias sociales contemporáneas». Revista Mexicana de Sociología 82, n.º 1 (2020): 159-189. Ciudad de México. http://www.scielo.org.mx/pdf/rms/v82n1/2594-0651-rms-82-01-159.pdf.

González, Roy y Evita Henríquez. «Participación juvenil en espacios formales de deliberación política: entre adultocentrismo y reproducción del discurso adulto». Revista Rupturas 7, n.. 1, (2017): 125-147. https://www.scielo.sa.cr/pdf/rup/v7n1/2215-2989-rup-7-01-125.pdf.

Guerrero, María Auxiliadora. «La investigación cualitativa». INNOVA Research Journal 1, n.º 2 (2016): 1-9. https://doi.org/10.33890/innova.v1.n2.2016.7.

Hernández, Gabriela. «Significado de la participación política en habitantes del Valle de Méjico». Psicología Política n.º 29 (2004): 69–78.

Hernández, Roberto. Metodología de la investigación. México: Mc Graw-Hill, 2014.

Jiménez, Viviana Elizabeth. «El estudio de caso y su implementación en la investigación». Revista Internacional de Investigación en Ciencias Sociales 8 n.º 1 (2012): 141-150.

Molina, José Enrique y Carmen Pérez. «Participación política y derechos humanos». Revista iidh 34-35 (2002): 34-45. https://www.corteidh.or.cr/tablas/r08068-1.pdf.

Morlino, Leonardo. «Las democracias». En Manual de Ciencias Políticas. Madrid: Alianza Editoria, 1995.

Oñate, Pablo. «Participación política, partidos y nuevos movimientos sociales». Revista Mexicana de Ciencias Políticas y Sociales xlvii, n.º 194 (2005): 103-135. http://www.scielo.org.mx/pdf/rmcps/v47n194/0185-1918-rmcps-47-194-103.pdf.

Quiroga, Maicol. «Ciudadanía juvenil y política pública de juventud en Colombia. Análisis del referencial de ciudadanía juvenil en documentos de formulación de la política a nivel nacional». Trabajo de grado de maestría. Universidad Nacional de Colombia, 2017. https://repositorio.unal.edu.co/handle/unal/68975.

Robayo, Ivonne Andrea. «Participación política juvenil: un estudio de caso comparativo en Teusaquillo y Suba. Una Aproximación desde la sociología analítica». Monografía de grado. Universidad Santo Tomás, 2017. https://repository.usta.edu.co/bitstream/handle/11634/10224/2017ivonnerobayo.pdf?sequence=4&isAllowed=y.

Sabucedo, José Manuel. «Participación Política». En Psicología Política, editado por Julio Seoane y Ángel Rodríguez, 166. Madrid: Ediciones Pirámide, S. A., 1988.

Sánchez, Francisco Ramiro y Oswald Leyva. «Participación política y el ejercicio del poder». En Ciencia política: perspectiva multidisciplinaria, 67-81. México d.f.: Tirant lo Blanch, 2015. http://eprints.uanl.mx/8474/1/Documento3.pdf.

Sandoval, Juan y Fuad Hatibovic. «Socialización política y juventud: el caso de las trayectorias ciudadanas de los estudiantes universitarios de la región de Valparaíso». Última Década 18, n.º 32 (2010): 11-36. https://scielo.conicyt.cl/pdf/udecada/v18n32/art02.pdf.

Universidad de los Andes. «Jóvenes independientes, la sorpresa en elecciones 2019». Universidad de los Andes, acceso el 9 de noviembre de 2022. https://uniandes.edu.co/es/noticias/gobierno-y-politica/jovenes-independientes-la-sorpresa-en-elecciones-2019.

Notas

1 Constitución Política de Colombia, capítulo III, artículos 312 y 313 de julio de 1991 (Colombia, 1991)
2 Congreso de la República de Colombia, Ley 1622 del 29 de abril de 2013. Por medio de la cual se expide el estatuto de ciudadanía

juvenil y se dictan otras disposiciones, Diario Oficial 48776, https://www.funcionpublica.gov.co/eva/gestornormativo/norma.php?i=52971

3 Miguel Abad, «Posibilidades y limitaciones de la participación juvenil para el impacto en la agenda pública: el caso del Concejo Municipal de Juventud en Medellín», Última Década 10, n.o 17, (2002):65-94
4 Carlos Eduardo Cruz, «La población joven frente al proceso electoral», en La juventud costarricense ante la política», ed. por Manuel Rojas (San José: flacso, 2003), 69-117
5 Jesús Aguilar, «La participación de los jóvenes como candidatos al Poder Legislativo en el proceso electoral de 2012», Polis 9, n.o 2 (2013): 79-111
6 Ricardo Arrubla y Patricia Gutiérrez, «Participación política de los jóvenes», Revista Fundación Universitaria del Área Andina (2013): 78-92, https://revia.areandina.edu.co/index.php/Gg/article/view/342/374
7 Roy González y Evita Henríquez, «Participación juvenil en espacios formales de deliberación política: entre adultocentrismo y reproducción del discurso adulto». Revista Rupturas 7, n.o 1 (2017): 125-147. https://www.scielo.sa.cr/pdf/rup/v7n1/2215-2989-rup-7-01-125.pdf
8 Arrubla y Gutiérrez, «Participación política de los jóvenes»
9 Abad, «Posibilidades y limitaciones de la participación juvenil para el impacto en la agenda pública: el caso del Concejo Municipal de Juventud en Medellín»
10 Ana María Arias-Cardona y Sara Victoria Alvarado, «Jóvenes y política: de la participación formal a la movilización informal», Revista Latinoamericana de Ciencias Sociales, Niñez y Juventud 13, n.o 2 (2015): 581-594
11 Jóvenes independientes, la sorpresa en elecciones 2019», Universidad de los Andes, acceso el 9 de noviembre de 2022. https://uniandes.edu.co/es/noticias/gobierno-y-politica/jovenes-independientes-la-sorpresa-en-elecciones-2019
12 «Jóvenes independientes, la sorpresa en elecciones 2019», Universidad de los Andes, acceso el 9 de noviembre de 2022. https://uniandes.edu.co/es/noticias/gobierno-y-politica/jovenes-independientes-la-sorpresa-en-elecciones-2019.
13 Viviana Elizabeth Jiménez, «El estudio de caso y su implementación en la investigación», Revista Internacional de Investigación en Ciencias Sociales 8 n. º1 (2012): 141-150.
14 María Auxiliadora Guerrero, «La investigación cualitativa», INNOVAResearch Journal 1, n.o 2 (2016): 1-9, https://doi.org/10.33890/innova.v1.n2.2016.7.
15 Roberto Hernández, Metodología de la investigación (México: Mc Graw-Hill, 2014), 403
16 Jazmine Escobar-Pérez y Ángela Cuervo-Martínez, «Validez de contenido y juicio de expertos: una aproximación a su utilización». Avances en Medición 6, n.º 1 (2008): 27-36
17 Claudio Díaz Herrera, «Investigación cualitativa y análisis de contenido temático. Orientación intelectual de revista Universum», Revista General de Información y Documentación, 28, n.º 1(2018), 125
18 Pablo Forni y Pablo de Grande, «Triangulación y métodos mixtos en las ciencias sociales contemporáneas», Revista Mexicana de Sociología 82, n.º 1 (2020): 159-189. http://www.scielo.org.mx/pdf/rms/v82n1/2594-0651-rms-82-01-159.pdf
19 Lya Fernández, «Algunas aproximaciones a la participación política», Reflexión Política 1, n.º 1 (2019), 1
20 David Almagro, «La participación política en la teoría democrática: de la modernidad al siglo XXI», Revista de Estudios Políticos, n.º 174 (2016): 173-193. http://dx.doi.org/10.18042/cepc/rep.174.06
21 Francisco Ramiro Sánchez y Oswald Leyva, «Participación política y el ejercicio del poder», en Ciencia política: perspectiva multidisciplinaria (México d.f.: Tirant lo Blanch, 2015), 67-81. http://eprints.uanl.mx/8474/1/Documento3.pdf
22 Almagro, «La participación política en la teoría democrática: de la modernidad al siglo XXI», 177
23 Gisela Isabel Delfino, Elena Mercedes Zubieta y Marcela Muratori, «Tipos de Participación Política: análisis factorial confirmatorio con estudiantes universitarios de Buenos Aires, Argentina», Psicología Política 13, n.º 27 (2013): 303
24 José Enrique Molina y Carmen Pérez, «Participación política y derechos humanos», Revista IIDH 34-45 (2002): 23. https://www.corteidh.or.cr/tablas/r08068-1.pdf
25 Sánchez y Leyva, «Participación política y el ejercicio del poder», 70
26 Molina y Pérez, «Participación política y derechos humanos», 67
27 Juan Sandoval y Fuad Hatibovic, «Socialización política y juventud: el caso de las trayectorias ciudadanas de los estudiantes universitarios de la región de Valparaíso», Última Década 18, n.º 32 (2010): 12
28 Sánchez y Leyva, «Participación política y el ejercicio del poder», 78
29 Pablo Oñate, «Participación política, partidos y nuevos movimientos sociales». Revista Mexicana de Ciencias Políticas y Sociales XLVII, n.º 194 (2005): 107.
30 Oñate, «Participación política, partidos y nuevos movimientos sociales», 116
31 Delfino, Zubieta y Muratori, «Tipos de Participación Política: análisis factorial confirmatorio con estudiantes universitarios de Buenos Aires, Argentina», 305
32 Molina y Pérez, «Participación política y derechos humanos», 70.
33 Sánchez y Leyva, «Participación política y el ejercicio del poder», 80
34 Molina y Pérez, «Participación política y derechos humanos», 15
35 Sánchez y Leyva, «Participación política y el ejercicio del poder», 77
36 José Manuel Sabucedo, «Participación Política», en Psicología Política, ed. por Julio Seoane y Ángel Rodríguez (Madrid: Ediciones Pirámide, S. A., 1988), 166
37 Almagro, «La participación política en la teoría democrática: de la modernidad al siglo XXI», 179
38 Almagro, «La participación política en la teoría democrática: de la modernidad al siglo XXI», 179
39 Almagro, «La participación política en la teoría democrática: de la modernidad al siglo XXI», 183
40 Gabriela Hernández, «Significado de la participación política en habitantes del Valle de Méjico», Psicología Política n.º 29 (2004), 71.
41 Congreso de la República de Colombia, Ley 1622 de 2013, artículo 5.
42 Maicol Andrés Quiroga, «Ciudadanía juvenil y política pública de juventud en Colombia. Análisis del referencial de ciudadanía juvenil en documentos de formulación de la política a nivel nacional» (trabajo de grado de maestría, Universidad Nacional de Colombia, 2017), https://repositorio.unal.edu.co/handle/unal/68975.
43 Leonardo Morlino, «Las democracias», en Manual de Ciencias Políticas (Madrid: Alianza Editoria, 1995): 83.
44 Congreso de Colombia, Ley 136 de 1994, artículo 21. Por medio de la cual se dictan normas tendientes a modernizar la organización y el funcionamiento de los municipios, Diario Oficial. Año CXXX. n.º 41377, https://documentos.armenia.gov.co/UserFiles/File/normatividad_ley136de1994.pdf.
45 Congreso de Colombia, Ley 136 de 1994, artículo 21. Por medio de la cual se dictan normas tendientes a modernizar la organización y el funcionamiento de los municipios, Diario Oficial. Año CXXX. n.º 41377, https://documentos.armenia.gov.co/UserFiles/File/normatividad_ley136de1994.pdf.
46 Constitución Política de Colombia. Capítulo III, artículos 313 de julio de 1991 Colombia, 1991. https://www.suin-juriscol.gov.co/viewDocument.asp?ruta=Constitucion/1687988.
47 Informante n.º 4, comunicación personal, 11 de noviembre, 2021.
48 Informante n.º 1, comunicación personal, 12 de noviembre, 2021.
49 Informante n.o 1, comunicación personal, 11 noviembre, 2021.
50 Informante n.o 3, comunicación personal, 20 de noviembre de 2021.
51 Informante n.o 4, comunicación personal, 11 de noviembre, 2021.
52 Informante n.o 5, comunicación personal, 12 de noviembre, 2021.
53 Informante n.o 1, comunicación personal, 11 noviembre, 2021.
54 Informante n.o 2, comunicación personal, 12 noviembre, 2021.
55 Informante n.o 3, comunicación personal, 20 noviembre, 2021

Notas de autor

Docente de planta. Grupo de investigación en Currículo, Universidad y Sociedad; grupo de Desarrollo Integral de la Infancia. Universidad del Tolima
Modelo de publicación sin fines de lucro para conservar la naturaleza académica y abierta de la comunicación científica
HTML generado a partir de XML-JATS4R