Patrimonio gastronómico
El pisco en la independencia del Perú
Pisco in the independence of Peru
Turismo y Patrimonio
Universidad de San Martín de Porres, Perú
ISSN: 2313-853X
Periodicidad: Semestral
núm. 14, 2020
Recepción: 07 Octubre 2019
Aprobación: 10 Enero 2020
Para citar este artículo: Sifuentes Alemán, J. (2020). El pisco en la independencia del Perú. Turismo y patrimonio, (14), 101-125. https://doi.org/10.24265/turpatrim.2020.n14.07
Resumen: Sobre la base de documentos primarios de la historia del Perú se presenta la biografía del pisco entre 1819 y 1826, periodo que contempla los años previos y posteriores a la proclamación de la independencia nacional. En estos documentos están registrados los actos de gestión de los primeros gobernantes y funcionarios públicos de la naciente república, patriotas de procedencia argentina, chilena, colombiana y peruana. Fueron estas autoridades quienes hace dos siglos ratificaron la peruanidad del pisco. Los resultados de esta pesquisa en documentos históricos también permiten evidenciar la vitalidad de nuestro producto de bandera, cuya antigüedad se remonta a inicios del siglo XVII.
Palabras clave: Pisco, independencia, Perú, peruanidad, patriotas.
Abstract: Based on primary historical documents of Peru, the biography of Pisco between 1819 and 1826 is presented, a period that includes the years before and after the proclamation of national independence. In these documents are recorded the acts of management of the first rulers and public officials of the nascent republic, patriots of Argentine, Chilean, Colombian and Peruvian origin. It was these authorities who two centuries ago ratified that the origins of pisco are in Peru. The results of this research in historical documents also show the vitality of our this product, which dates back to the beginning of the 17th century.
Keywords: Pisco, independence, Peru, peruanidad, patriots.
Introducción
Complementando las referencias tempranas que se tienen del aguardiente de uva peruano y que existen desde inicios del siglo XVII, presentamos información contenida en diversos documentos vinculados a la Independencia del Perú, lo que permite ampliar el conocimiento respecto al pisco y su continuidad histórica referida a su elaboración, transporte y comercialización en este período que abarca las últimas décadas del siglo XVIII y las iniciales del siglo XIX.
De este modo, se puede observar que la peruanidad del pisco no solo estuvo ratificada durante la época colonial sino también desde las iniciales acciones emancipadoras y los albores republicanos nada menos que mediante documentos oficiales suscritos por las primeras autoridades y funcionarios del Perú independiente, de nacionalidades argentina, chilena, colombiana y peruana, por tratarse de los patriotas con las más altas investiduras que participaron en el logro y consolidación de la libertad de estas cuatro repúblicas ante el colonialismo español tanto en sus respectivos países como en el Perú.
De las referencias documentarias que se remontan a inicios del siglo XVII, se reconocen cuatro de indubitable trascendencia histórica. Una está fechada el 30 de abril de 1613 (se refiere al testamento de Pedro Manuel, documento que fue suscrito en la villa de Valverde, Ica) que fue hallado en 1986 por el historiador Lorenzo Huertas junto a su equipo de trabajo en el Archivo General de la Nación. Es así que se conoce que dicho testamento fue encontrado en el Protocolo n.° 99, redactado por el escribano Francisco Nieto entre los años 1613 y 1620.
Este personaje, que era llamado «El Griego» por su procedencia de la isla jónica de Corfú, consignó contar entre sus pertenencias más de «treinta tinajas de burney llenas de aguardiente que ternán ciento y sesenta botijuelas de aguardiente, más un varrill lleno de aguardiente que terná treinta votixuelas de dicha agua ardiente» (Huertas, 2013).
Otra referencia histórica se configura entre 1609, año en que llegó al Perú, y 1616, año en que se embarcó a España Pedro de León Portocarrero, llamado «Judío Portugués», quien describió en un documento de su autoría diversos aspectos relacionados a nuestros territorios. En el caso de los productos de la uva llegó a decir: fazen mucho aguardiente en el Perú y muy bueno. Nacido en 1576 en Vinhais (Tras o Montes, Portugal), es autor de la «Descripción general del Perú», vivió en Ica y en Lima, donde ya viudo formó en 1607 una nueva relación con Francisca Ordóñez Franco (León, 2009).
Una tercera referencia trascendental data de 1625, año en el que vivió en Pisco el jesuita y cronista Bernabé Cobo, quien en su obra «Historia del Nuevo Mundo» trata sobre la vid en la época en la que residió en ese poblado al sur de Lima, documento en el cual señala: «Todas la utilidades que resultan desta planta, a saber, de regalado fruto, de las pasas que se hacen muy buenas de la uva mollar, de arrope, aguardiente, vinagre y sobre todo de gran copia de vino» (Cobo, 1892).
De 1633 es la cuarta referencia, una escritura pública fechada el 11 de diciembre, descubierta por Huertas, del entonces vecino de Ica y natural de Moguer, el andaluz Alonso García de Zepeda, propietario de una viña en Quillohay informando que entre sus posesiones figuraba «un lagar de madera y una paila de sacar aguardiente» (Huertas, 2012).
Antecedentes del siglo XVIII
Un hecho de 1750 registrado documentalmente permite observar el estrecho vínculo entre la historia de las familias propietarias de viñedos y la participación en la independencia de sus integrantes, como fue el caso de Juan Pablo Vizcardo y Guzmán, precursor peruano que nació el 26 de junio de 1748 en Pampacolca, por lo que vivió hasta su juventud en este poblado arequipeño, ubicado en la ruta de los vinos y aguardientes, que pasaba por el rico valle de Majes de esta región ubicada al sur de Lima.
Su padre fue Gaspar Vizcardo y Guzmán, quien dejó evidencia de esta relación en su testamento, el mismo que presentó en Majes el 8 de junio de 1750 ante Francisco de Navarro de Vera, Teniente General del Corregidor y Justicia Mayor por su Majestad del Valle de los Majes, Villa de Camaná. Casado con doña Manuela de Zea y Andía, madre del precursor, este hacendado dedicado al cultivo de la vid murió en 1760, dejando acreditado el valor económico y cultural que en la sociedad peruana tenía la actividad vitivinícola.
Su testamento es revelador, pues en este refiere lo siguiente:
Declaro haber recibido en dote cuando contraje matrimonio con la susodicha doña Manuela, un mil pesos; declaro haber comprado a don Francisco de Sea un pedazo de una viña durante el matrimonio en la cantidad de un mil quinientos pesos, de los cuales se le ha pagado mil pesos y el resto de los quinientos quedó en dicha viña; declaró haber recibido en dote un pedazo de viña de valor de 1,500 pesos, como consta de la hijuela, al que tiene agregado 313 majuelos, avaluados en 5 reales cada uno, los que hacen un monto de 495 pesos y 5 reales. (como se citó en Comisión Nacional de Sesquicentenario de la Independencia del Perú, 1976a, pp. 8-12)
Vale aquí recordar que el majuelo es el terreno dedicado al cultivo de la vid que, dividido en bancales, facilita el recojo de la uva, es decir la vendimia, y que tal como se advierte del contenido del testamento, a mediados del siglo XVIII las viñas fueron compradas o recibidas en dote por Gaspar Vizcardo y Guzmán, las cuales debían pasar como herencia a sus familiares, entre ellos al hijo independentista, Juan Pablo Vizcardo y Guzmán, quien en 1763 hizo sus primeros votos en la Compañía de Jesús. Igualmente, por la información proporcionada se advierte que por línea materna el ideólogo también procedía de una familia dedicada al cultivo de la vid.
Cabe señalar que de acuerdo a un hallazgo realizado en el 2019 en el Archivo General de Indias (Sevilla, España), por el investigador y embajador peruano Gonzalo Gutiérrez, está registrado que a 1726 se remonta la utilización de la denominación «Aguardiente de Pisco» y «Botijas de Aguardiente de Pisco», y que es a la fecha la primera referencia documentada e histórica con relación a la bebida peruana, ello como consecuencia de las transacciones comerciales realizadas y que figuran en legajos de dicho año y de 1729.
No obstante, hasta su muerte en Londres el 10 de febrero de 1798, el primer ideólogo de la independencia americana pasó años sin éxito tramitando el recibo del importe de sus viñedos y otras herencias desde Italia, país al que fue a residir luego que en 1767 fueron expulsados los jesuitas del Perú y de otras jurisdicciones por orden de la corona española. En diversas épocas, las personas vinculadas al quehacer vitivinícola en territorio peruano tuvieron que pasar estas y otras vicisitudes, siendo 1774 uno de los años de mayor contrariedad.
Efectivamente, a finales del siglo XVIII la prohibición de exportar aguardiente reflejó los rigores del absolutismo para los productores de vino y de este destilado de uva mediante la real cédula del 17 de enero de 1774, la cual en su capítulo 3 ordenó detalladamente:
Que de los reinos del Perú, Santa Fe y Tierra Firme, se podrán embarcar y conducir a los de Nueva España el oro y plata en moneda, y el cobre, estaño y cualesquiera otros metales en pasta; el cacao de Guayaquil, la cascarilla o quina, bálsamo, drogas medicinales y todas las demás especies, géneros y frutos propios y producidos en los mencionados reinos; quedando expresamente prohibidos para la Nueva España, Tierra Firme y Santa Fe, los vinos, aguardientes, vinagre, aceite de olivas, aceitunas, pasas, almendras de Perú y Chile, y privados rigurosamente en todas sus partes los plantíos de olivares y viñas con puntual arreglo a lo mandado por la Ley 18, Título 17, Libro 4 de la Recopilación de las Indias, y sin hacer novedad ni ampliación alguna sobre este punto de frutos del Perú con el reino de Guatemala, en los que estén actualmente permitidos. (Comisión Nacional de Sesquicentenario de la Independencia del Perú, 1976b, pp. 479-482)
Hacia 1791 el ideólogo americano Vizcardo y Guzmán ya había redactado su famosa «Carta a los españoles americanos», un inédito llamado a la descolonización de América por España, que en 1799 se publicó por primera vez. En este documento, de alcance mundial por su traducción a diversos idiomas, el independentista peruano proclamó que «el nuevo mando es nuestra patria, y su historia es la nuestra» (como se citó en Comisión Nacional de Sesquicentenario de la Independencia del Perú, 1976a, pp. 325-536), inspirando a personas de toda procedencia y ocupación, como empresarios y mercaderes, a luchar por un país de igualdades y libre comercio. Los productores y comerciantes de los frutos de cada país buscaban libertad para competir por ingresar a los emergentes mercados.
Un año después de redactada esa carta, de 1792, se remonta uno de los primeros documentos del siglo XVIII en los que se menciona al pisco, es decir 29 años antes que se proclame la independencia nacional en 1821. La información se encuentra en el Archivo General de la Nación, en el fondo correspondiente a la «Real Renta de Estancos»; ahí, en la sección «Ramo de Aguardiente de Chiloé», en el legajo 777 fechado en Lima el 20 de setiembre de dicho año, se lee que el pisco es uno de los productos que tenía por destino ser trasladado a este archipiélago ubicado en el extremo sur de Chile. De acuerdo con este documento, en esa oportunidad se realizó una solicitud de otorgamiento de partida de registro de diversas mercaderías en el puerto Señor San Carlos de Pisco con destino a esa región.
De setiembre de 1792 igualmente datan otros dos documentos custodiados en el Archivo General de la Nación. Ambos también fueron suscritos en Lima, se conservan en el fondo «Real Renta de Estancos», en la sección «Ramo de Aguardiente de Chiloé», en el legajo 777 y tenían como destino Chiloé. El primer documento corresponde al día 6, y es una solicitud de expedición de partida de registro de diversos productos, ente ellos 20 botijas de aguardiente de Ica, y 19 pisquitos de la misma procedencia, cargados en el paquebot Santa Teresa. En el otro documento, fechado al día siguiente, es decir el 7 de setiembre de 1792, se registra una solicitud de partida y póliza de registro de 65 botijas de aguardiente u tierra de Pisco (Ica), cargados en el paquebot Santa Teresa, también con destino a Chiloé. Se informa que va libre de derechos porque se pagaron en el puerto de Pisco, «a donde se extrajo con aquel propósito».
En cuanto a los inicios del siglo XIX, otras referencias al pisco y custodiadas por el Archivo General de la Nación se remiten a 1814. Se encuentran en la Colección Santa María y están fechados en Lima. La primera referencia es del 1 de setiembre de ese año y se ubica en el documento 259, folios 11-11v. Se trata de una solicitud realizada por el procurador de Ocopa, fray Rafael Castro, para que se extienda una partida de registro de 20 botijas de vino y 15 botijas de aguardiente de Pisco, cargadas en el bergantín Volero (sic). El objetivo era enviar esta dotación para el consumo de las 12 misiones existentes en Valdivia, otro territorio localizado en el extremo sur de Chile.
La otra referencia de 1814 corresponde al 30 de octubre, y se ubica en el documento 259, folios 1, 7 y 7v. El objetivo también era enviarlo para el consumo de las Misiones de Valdivia. El documento consiste en una declaración jurada de Joaquín Fernández Torres, capitán del bergantín Bolero, oficiada a la Tesorería Nacional del Perú, sobre los efectos que ha desembarcado de dicha nave, según consta en los registros de Lima y Pacasmayo. Entre los efectos registrados figuran 28 botijas de vino y 15 botijas de aguardiente de Pisco. Estas referencias respecto al pisco cuyos originales se cautelan en el Archivo General de la Nación, fueron publicadas por dicha institución en la publicación «Producción, Consumo y Comercio del Pisco, 1568-1958», documento que contiene otros reveladores registros que más adelante presentamos en las líneas correspondientes a 1820, 1821 y 1822.
De aquí en adelante se consignará de manera correlativa los hallazgos que van de 1819 a 1826, ello como resultado de la revisión de los corpus documentales incluidos en la Colección Documental de la Historia del Perú, en el cual se muestran los contenidos textuales de los oficios, actas, cartas, decretos y otras normas cuyos originales se resguardan en los archivos de los Libertadores San Martín y Simón Bolívar y de otros patriotas, así como en diversas bibliotecas públicas y privadas. Se trata de documentos que muestran parte del registro de ocho años consecutivos de la administración pública en el Perú, a través de los cuales se puede conocer una parte de la presencia del pisco en esa época, precisamente la que va de 1819 a 1826 en consideración al período en el que se suscribe esta investigación.
De este modo, se puede observar la constante preocupación gubernamental por resolver el contrabando, la corrupción y la paralización de la agricultura, y que a pesar de ello en las zonas pisqueras se continuó cultivando uva y destilando aguardiente de este fruto, logrando comercializar pisco dentro y fuera de la naciente república peruana.
Igualmente, se puede conocer las medidas de estímulo que las primeras autoridades republicanas tomaron para esta actividad productiva, así como las iniciales decisiones oficiales para protegerla de la informalidad y del irregular servicio aduanero del país, las cuales en el tiempo lograron la supervivencia del pisco ante los estragos de la guerra por la independencia de América librada en suelo peruano, una guerra en la que la bebida de bandera nacional tuvo su propio espacio y movimiento, tal como marinos y mercaderes ingleses también dejaron constancia en documentos oficiales resultado de su actividad comercial. Presentamos información año por año de estas y otras de envergadura histórica relacionada al pisco, inigualable destilado de uva que por sus características solo puede tener como patria el Perú.
1819
En 1819 es notorio que la prohibición por real cédula de 1774 de plantar viñas y de exportar vino y aguardiente desde esta parte de Sudamérica a los otros virreinatos españoles del centro y norte del continente americano, no logró impedir que estos productos siguieran produciéndose así como sacándose de Pisco, muchas veces de manera violenta como se observa en una reveladora carta fechada el 15 de diciembre de ese año de inicios del siglo XIX.
Dicha carta fue redactada por el chileno Bernardo O’Higgins y enviada por este a José de San Martín en la que como Director Supremo de Chile informó al libertador argentino lo siguiente:
El teniente coronel (Jaime) Charles desembarcó con alguna tropa en Pisco, cuyas fortalezas y pueblos tomó con el objeto de sacar víveres, aguardientes y vinos para el viaje a la costa abajo; pero desgraciadamente, Charles fue muerto y (Guillermo) Miller peligrosamente herido. Pisco estuvo en posesión de los nuestros dos días, y allí tomó el bergantín Araucano al bergantín Cantón. Esto es todo lo que hay de substancia. (como se citó en Comisión Nacional de Sesquicentenario de la Independencia del Perú, 1976c, pp. 410-411).
Fue en esos años de la Expedición Libertadora en que tras cumplir «el objeto de sacar víveres, aguardientes y vinos para el viaje a la costa abajo», el apreciado aguardiente de uva peruano terminó abasteciendo a los patriotas que desde Pisco, puerto de la estratégica región Ica, enrumbaron de retorno a las costas chilenas hasta Valparaíso, terminal portuario chileno donde debían fondear todas las embarcaciones que navegaban con destino a ese país.
En otra carta también se evidencia cómo los patriotas chilenos, argentinos, ingleses y de otras nacionalidades tomaban el aguardiente de Pisco casi como una rutina a su paso por esta región vitivinícola. En esta misiva también fechada el 15 de diciembre de 1819, esta vez firmada por el diputado Tomás Guido a su compatriota y amigo San Martín, se hace referencia:
Por el bergantín «Cantón», apresado por la escuadra, se han recibido esta mañana pliegos de Cochrane. Desistió de entrar en Arica por los vientos contrarios y habiendo tenido noticia que la fragata «Prueba» estaba en la boca de la Puná sobre Guayaquil, se ha dirigido con la escuadra con el designio de tomarla. En este viaje destinó Cochrane al «Lautaro» y al «Galvarino» a Pisco para proveerse de víveres y aguardientes. La tropa desembarcó en este puerto al mando del teniente coronel Charles, y Miller, y se asegura en algunas cartas que el primero fue muerto y el segundo herido gravemente; se tomaron, sin embargo, las provisiones necesarias». (como se citó en Comisión Nacional de Sesquicentenario de la Independencia del Perú, 1976c, pp. 473-474)
El 12 de enero de 1819 el diputado Guido en carta fechada en Santiago de Chile ya le había escrito a O’Higgins informándole:
La fragata mercante española que remitía el virrey del Perú al fuerte de Valdivia cargada de pertrechos de guerra, aguardiente, y otros artículos fue apresada por el bergantín de guerra de Chile, el «Pueyrredón», al regresar de su crucero para Valparaíso. Las noticias de Lima que dan los prisioneros en número de 42 nada adelantan sobre las que condujo la corbeta americana «Ontario» que tuve el honor de comunicar a vuestra excelencia por el correo anterior». (como se citó en Comisión Nacional de Sesquicentenario de la Independencia del Perú, 1976d, p. 83)
Aparte de informar del envío de aguardiente peruano a ese territorio del actual Chile, Guido hace referencia al virrey Joaquín de la Pezuela, máxima autoridad en esta parte del mundo en representación de la monarquía española, el mismo que según dicha carta tuvo que enviar provisiones, entre ellas el aguardiente de uva peruano, al fuerte español de Valdivia para hacer frente a los independentistas en ese territorio considerado uno de los últimos enclaves imperiales en el Pacífico sudamericano, el cual recién en 1820 fue tomado por las fuerzas antirrealistas en acciones militares llevadas a cabo el 3 y 4 de febrero de ese año.
Volviendo a fines de 1819, exactamente al 18 de diciembre, una nota publicada en la Gazeta Ministerial de Chile bajo el título de «Noticias de la Escuadra» echa más luces respecto al pisco, su transporte y consumo durante la época de la Independencia. Esta nota revela un informe sobre la situación de la armada chilena tras su paso ese año por el Perú, como parte de la Expedición Libertadora, bajo el mando del inglés Lord Thomas Cochrane, en la cual se menciona:
No habiendo podido llegar a Arica nuestra escuadra en razón de los vientos contrarios que experimentó, determinó Lord Cochrane regresar al Callao. Allí tuvo noticias de que «La Prueba» se había dirigido a la isla de la Puná y procedió en busca de ella dejando al «Araucano» en frente del puerto y después de haber destinado al «Lautaro» y «Galvarino» a una expedición sobre Pisco, que tenía por objeto proveer de licor a la Escuadra … Nuestras tropas tomaron posesión de Pisco a pesar de la resistencia que al principio les opusieron 1,200 hombres … Nuestra pérdida consistió en 10 hombres más, muertos y heridos … Embarcadas las botijas de aguardiente que se necesitaban, abandonaron los nuestros la plaza al cabo de tres días para volver a unirse a la escuadra. Así concluyó la gloriosa acción de Pisco, en que un puñado de hombres libres triunfó de un número infinitamente mayor, escarmentando a los satélites de la tiranía». (como se citó en Comisión Nacional de Sesquicentenario de la Independencia del Perú, 1976d, pp. 208-209)
Son estos informes, que como se observa incluyen las continuas tomas del codiciado destilado de uva peruano en sus respectivas botijas, los antecedentes al desembarco de San Martín el 8 de setiembre de 1820 en Paracas, cerca del puerto de Pisco. Desde este lugar el libertador ingresó al país junto a las tropas patriotas sudamericanas y de otras nacionalidades para expulsar a los representantes de la monarquía española y así poder consolidar la independencia de Argentina y Chile, la cual ya había sido declarada en 1816 y 1818, respectivamente. La del Perú se conseguiría el 28 de julio de 1821 a partir de la proclamación y de las acciones bélicas combinadas de las fuerzas extranjeras y peruanas, tanto del Ejército como de la Marina, esta última dirigida por Cochrane; luego, Guido se convertiría en ministro de Guerra y Marina por decisión de su compatriota San Martín.
Continuando con la presentación cronológica de la documentación registrada e intercambiada por los primeros funcionarios de gobierno republicano peruano nacidos en Argentina, Chile, Colombia y, desde luego, Perú, destacamos que esta documentación por ser de origen y procedencia oficial, y tratándose enteramente de ocurrencias de gestiones administrativas, resulta de naturaleza imparcial, desapasionada y necesaria para que toda persona se encuentre en condiciones de conocer más sobre la peruanidad del pisco, y su comportamiento e influencia en la vida social y cultural del país. Se trata de información con más de dos siglos de antigüedad, útil para las actuales y futuras generaciones.
Se deja constancia que aquí no se incluyen los importantes testimonios sobre el pisco dejados en variados documentos por los diversos viajeros extranjeros tras su paso por el Perú independentista, ello por cuanto en esta investigación nos dedicamos a rescatar los actos de gobierno y los pronunciamientos de los integrantes de las sucesivas administraciones públicas cuyo quehacer estuvo vinculado a esta bebida de bandera nacional.
1820
Las dos primeras referencias históricas de 1820 del pisco, que aquí presentamos, datan del 9 de junio de ese año. Se encuentran en el Archivo General de la Nación, en el Fondo Ministerio de Hacienda, Sección Libros Coloniales (H-3), documento 1219, folios 34 y 34v.
El primer caso está referido a una factura del principal y gastos de embarcación de 50 botijas de aguardiente de Pisco para Panamá, en el bergantín inglés «Catilin», como parte de los víveres que Antonio Escovar traslada por cuenta y riesgo y consignación.
En el segundo caso, se trata de la embarcación de 10 botijas de aguardiente de Pisco y 8 botijas de vino de Pisco, en el mismo bergantín y destino, como parte de los efectos que Blas de Arosemena traslada por cuenta y riesgo y consignación.
Otra referencia de 1820 encontrada respecto al pisco está relacionada con lo sucedido ese año luego del desembarco el 8 de setiembre en Paracas del general San Martín y el almirante Cochrane. Se trata de la desaparición de una dotación de este destilado de uva prevista para catorce meses, dotación que debía ser distribuida a los 1264 marinos de las ocho embarcaciones que llegaron en la escuadra libertadora procedente de Chile, bajo las órdenes de este marino inglés que participó en la Expedición Libertadora en representación del gobierno de Chile.
Ocurrido a fines de 1820, el caso fue denunciado en Chile el 11 de marzo de 1822 por la administración de San Martín, según consta en un documento presentado ante las autoridades de ese país por los funcionarios del gobierno peruano Juan García del Río y Diego Paroissien, el primero diplomático colombiano que del 12 de febrero al 25 de octubre de 1821 ejerció el cargo de ministro de Relaciones Exteriores del Perú, y el segundo, médico de origen inglés, a cargo de la jefatura del cuerpo de médicos de la Expedición Libertadora y, a su vez, edecán del Libertador argentino.
En dicho documento se denunció:
Entre los varios artículos que tomó el ejército de Pisco después de su desembarco fue tal la cantidad de aguardiente que se distribuyó a la escuadra, y en especial a la «O’Higgins», que lord Cochrane aseguró a S.E. que ‘los buques de su mando estaban completamente surtidos de aquella bebida para catorce meses’, y sin embargo antes de dos empezó a solicitar aguardiente para ellos. (Manifiesto de las acusaciones que a nombre de general San Martín hicieron sus legados ante el gobierno de Chile contra el vicealmirante Lord Cochrane y vindicación de este dirigida al mismo San Martín. (López, 1823)
1821
Fechados en Lima en julio de 1821, en el mes en que se proclamó la independencia nacional, se encuentran en el Archivo General de la Nación diversas informaciones que dan cuenta del vigor que continuó teniendo el pisco y su comercio pese al cambio de gobernantes. Son documentos que se ubican en el Fondo Ministerio de Hacienda, Sección Expedientes Oficiales, documento O.L. 34-4d, Folios 1; 7v-8, 11v-12. (8v-10).
Esta documentación da razón de los registros de los buques y los detalles de las mercaderías que, de dicho mes a marzo de 1822, salieron del puerto del Callao a los puertos de Concepción y Valparaíso, ubicados en la franja sur de Chile. Entre estas mercaderías se encuentran «28 pisquitos de aguardiente» en la fragata «The Plaine», de los EE.UU.; 150 botijas de aguardiente en la goleta inglesa «Perseverante», con el mismo destino; 150 botijas de aguardiente en la fragata inglesa «Mary» para Talcahuano y 8 botijas de vino y 1 de vinagre para Valparaíso.
En 1821 respecto a la protección del pisco y otros productos peruanos, el Reglamento Provisional de Comercio, emitido el 28 de setiembre por San Martín, permite conocer que apenas dos meses después de la proclamación de la independencia la naciente administración republicana ya estipulaba, mediante esta norma dividida en 27 artículos, cómo debía funcionar el embarque y desembarque de los productos nacionales y extranjeros en el Callao y Huanchaco, así como el funcionamiento aduanero y de los consignatarios, el cabotaje y el pago de derechos al Estado por la utilización de estos puertos mayores del Perú (Comisión Nacional de Sesquicentenario de la Independencia del Perú, 1976e, pp. 193-198).
En cuanto a la utilización de las terminales portuarias de menor escala, es decir los puertos menores, se expresó en el artículo 25 de dicho reglamento que «para facilitar el transporte de los frutos territoriales de un punto a otro de la costa, quedan habilitados los puertos menores y con su respectiva aduanilla, los de Paita, Huacho y Pisco». En el artículo 26 se indicó:
Cualesquiera que en los referidos puertos se introdujere géneros extranjeros, sufrirá la pena de que se le decomisen, y además el capitán del buque la pérdida de este. Y se incluirán en la misma pena los que ejecutaren el contrabando de cualquier modo que sea. (Comisión Nacional de Sesquicentenario de la Independencia del Perú, 1976e, pp. 349-350).
La preocupación por formalizar el comercio y evitar el contrabando del destilado de uva peruano, se vio plasmada al establecerse en la norma que las embarcaciones extranjeras que se internaban en los puertos de Nasca, Pisco, Chincha y Cañete para sacar sus frutos o productos debían pagar al Estado el 12% del valor de su carga, mientras que las naves nacionales debían pagar el 8%. Aquí vale acotar que según este mismo documento para el caso de los vinos, los buques extranjeros debían pagar el 6% y los nacionales el 4%.
En cuanto al comercio terrestre del aguardiente de uva peruano por el territorio nacional, el reglamento estipuló que debía pagarse al Estado el 6% de su valor (en cuanto al comercio del vino el porcentaje se estipuló en 3%). En un artículo adicional de la norma se señaló también que «igualmente deberán girar con guía los aguardientes, vinos y manufacturas de que se habla en el último (reglamento) de comercio terrestre, cuando se lleve de una provincia a otra» (Comisión Nacional de Sesquicentenario de la Independencia del Perú, 1976e, pp. 193-198).
El 9 de noviembre, mediante un documento firmado por el ministro de Hacienda, Hipólito Unanue, se acordó:
Por el reglamento del comercio terrestre se señalaron los derechos que habían de pagar los licores extraídos de Pisco y Nasca, arreglándolos conforme a lo que exige la atención particular que debe tenerse a la agricultura del país, y era consiguiente que con el mismo objeto se señalasen allí los que debían sufrir sobre sí los licores extranjeros, que son el 80%, sin que la voluntaria falta de inteligencia que se quiere dar al artículo, ni el suponer que los tales derechos corresponden a una absoluta prohibición, den el menor mérito para que se deje de llevar a efecto lo mandado; cuyo derecho habrá igualmente de establecerse sobre los azúcares, que por algún evento puedan introducirse de países extranjeros, por ser un deber sagrado del supremo magistrado, no destruir, sino fomentar los ramos de la agricultura, que están bajo de su protección y cuidado, y los vinos y azúcares son los más preciosos de la costa del Perú». (Comisión Nacional de Sesquicentenario de la Independencia del Perú, 1976f, p. 244)
Exactamente un mes antes, es decir el 9 de octubre, se había denunciado un hecho que las autoridades buscaron evitar mediante el mencionado reglamento: el comercio ilegal del aguardiente de uva peruano. En dicha fecha quedó registrado el que sería el primer intento de contrabando y coima relacionado a este producto, lo cual fue comunicado a Bernardo Monteagudo, patriota argentino ministro de Guerra y Marina del Perú del 3 de agosto hasta diciembre de ese año.
Este es un caso que fue informado mediante una carta oficial firmada por John Goodfellow, propietario del bergantín inglés «Libonia», a cargo del capitán A. Mackenzie. La misiva fue dirigida al comandante del buque de guerra inglés «Superb», el cual estaba bajo el cuidado del comodoro Thomas Hardy, máxima autoridad de los intereses ingleses en territorio peruano.
En ese documento, Goodfellow acusó que por medio de un intermediario del gobernador de Ica, un general español que de servir a la corona se pasó al Ejército Libertador, le pidieron 8 mil dólares para dejarlo salir del puerto de Pisco transportando su carga al Callao.
Espero un juego sucio respecto a nuestras respuestas, por medio de un amigo del gobernador de Ica, Pardo de Zela, me ha estado ofreciendo permiso para embarcar aguardiente para el Callao en términos iguales, siempre que le presentase la suma de dólares 8,000, por supuesto me negué a su oferta. John Goodfellow/Capitán Mackenzie. (Comisión Nacional de Sesquicentenario de la Independencia del Perú, 1976e, pp. 201-202)
El 20 de octubre otro hecho de mejor connotación se publicó en la Gaceta del Gobierno: la relación de los buques extranjeros y nacionales que habían fondeado en el puerto del Callao del 28 de setiembre al 15 de octubre de ese año. La información, aunque presentada de manera escueta, es muy reveladora en tanto en ella se señala que el «Bergantín chileno, el «Caupolicán», procedente de Ancón con 5 días de navegación, y con su capitán don Pedro Melis Meli. Carga: aguardiente de Pisco» (Comisión Nacional de Sesquicentenario de la Independencia del Perú, 1976e, pp. 210-218)
El 12 de noviembre ocupaba el cargo de Director General de la Marina del Perú el mariscal de campo chileno Luis de la Cruz Goyeneche, así designado en esa fecha por el gobierno de San Martín, designación que fue comunicada a Monteagudo, quien también ese mismo día para conocimiento comunicó de dicho nombramiento a Martín Jorge Guise, argentino comandante de Marina en el Perú.
En 1821 el presidente del departamento de la Capital era el coronel José de la Riva Agüero, y el administrador de la Aduana de Lima, Juan Antonio Gordillo. El administrador de la Aduana del Callao era Manuel Gómez de la Lastra.
Otras informaciones demostrativas del movimiento del aguardiente de uva peruano desde Pisco en esos primeros meses del Perú independiente se encuentran en diversas relaciones puntuales de la Marina, referidas a las embarcaciones que fondearon en el puerto del Callao, las cuales aquí presentamos de manera cronológica:
En la relación consignada hasta el 12 de noviembre de 1821, se aprecia que el 12 de octubre el «Bergantín goleta anglo americana ‘Esmeralda’, su capitán Guillermo Bornes, procedente de Pisco; cargamento, aguardiente».
Ese día, igualmente, que el «Bergantín nacional ‘Teodosio’, su capitán don Pedro Hanston, procedente de Pisco; cargamento, aguardiente, conduce un pasajero». El consignatario de este bergantín era José Vicuña.
También se informó que el 14 noviembre de ese año fondeó en el Callao el «Bergantín nacional ‘San Pedro»’: su capitán don José Matías López; procedente de Pisco; cargamento, botijas de aguardiente».
Igualmente, que el «Bergantín inglés ‘Roberto’: Su capitán Lorenzo Quintón; procedente de Pisco; su cargamento, mil y tantas botijas de aguardiente».
Apenas unos días después, el 26 y 27 de noviembre, se informó que a la bahía del Callao había llegado «la goleta inglesa ‘Ariel’, procedente de Pisco, con 3 días de navegación, su capitán don Juan Clitai, con 7 individuos de capitán a paje. Su cargamento: botijas de aguardiente, y conduce de pasajeros 3 individuos. Mide este buque 154 toneladas. (Comisión Nacional de Sesquicentenario de la Independencia del Perú, 1976e, pp. 394-426)
En este reporte también se incluyó la llegada de la «Goleta nacional ‘Perpetua’, procedente de Pisco, su capitán don José Catalin, con 6 individuos de capitán a paje: su cargamento, botijas de aguardiente; y conduce de pasajeros a Benito Araús y Bernardino Hernández. Mide este buque 60 toneladas» (Comisión Nacional de Sesquicentenario de la Independencia del Perú, 1976e, pp. 394-426).
Los hechos registrados en torno al pisco durante diciembre de 1821 son más continuos, ello según se observa en las siguientes cuatro cartas (Comisión Nacional de Sesquicentenario de la Independencia del Perú, 1976g, pp. 204-213):
Que en dicho mes Monteagudo le envió al funcionario chileno de la Cruz. En una de ellas, fechada el 6, se afirmó: Señor: Luego que esté recorrida la goleta «Estrella» dispondrá V.S. de la vela para el puerto de Samanco con el fin de que traiga a su bordo unas botijas de aguardiente del Estado que hay en aquel puerto y le entregará al comandante militar del Santa, don Esteban Figueroa, para quien dirijo la adjunta orden, que es duplicada de la que se remite por tierra, previniéndole apronte dichas botijas, y cualesquiera otras especies que puedan venir en la referida goleta la que desde luego la recibirá a su bordo.
En la carta del día 7 se señaló: Señor: aunque no tengo conocimiento sobre la resolución de su excelencia en cuanto a ir a Huacho la goleta «Estrella», pudiendo dirigirse también a Samanco después de absuelto su encargo de conducir leña, y demás que vuestro señor relaciona, dispondrá desde luego que dicha goleta verifique su viaje a Samanco con el interesante fin de traer botijas de aguardiente después que haya concluido su viaje a Huacho que debe ser de pocos días.
En la misiva del día 10 se informó: Señor: Quedo impuesto por la nota vuestra del 8 del corriente de haber dado a la vela en ese día la goleta «Estrella» para Huacho, y que concluyéndose la descarga de la «Prosperina» irá está a Samanco para conducir las botijas de aguardiente que tengo prevenido.
En la carta del día 13 se afirmó: Señor: Sírvase disponer que se compren los víveres que faltan para el completo de los necesarios a los 1,900 hombres que deben embarcarse según la relación que acompaña con nota del 12 del corriente, exceptuando solo el aguardiente que deberá tomarse del que hay en el Castillo de la Independencia (Real Felipe) comprado a don N. Larraín sin aguardar el que ha de venir de Samanco en la «Prosperina». Para su entrega remito a usted la orden correspondiente y apertoria al teniente gobernador del Callao.
En la misiva del día 18, el informe va en el siguiente sentido: Señor: Acompaño a usted el duplicado de la orden que el honorable gobernador de la plaza del Callao da sobre la entrega de aguardientes. Respecto a que el que ha de venir de Samanco no sirve por ahora para la expedición, dispondrá V.S. que la goleta «Estrella» antes de ir por él vaya a Chancay por la leña, emprendiendo después del regreso el viaje de aquel puerto. La «Prosperina» se pondrá a cargo de un comandante de toda confianza, y tendrá lista su tripulación con tres meses de víveres en disposición de dar la vela al primer aviso para un objeto interesante. Por lo que respecta al rancho de los oficiales que han de ir en la expedición no hay necesidad de hacerlo separado, y el gobierno cuidará en primera oportunidad de que se embarquen con este objeto carnes, cajones de vino, y demás artículos, que fueron necesarios.
Ante el constante comercio del aguardiente de uva peruano, la lucha contra el contrabando no se hizo esperar y el 27 de diciembre de este año, según apareció en la Gaceta de Gobierno el 29 de diciembre, Monteagudo dio cuenta de un decreto promulgado por San Martín para luchar contra el tráfico de todo producto que excediera el valor de cien pesos, quedando los responsables sujetos a penas de 5 años de prisión así como a la repatriación. «La prosperidad del comercio y el aumento de las rentas del Estado dependen esencialmente de la moderación de los derechos con que se grava al negociante honrado, y de la inexorabilidad con que se castiga al defraudador de ellos», decía la norma que buscaba frenar la ilegalidad en la venta de productos cuyo valor pasara los cien pesos, incluido el oro y la plata.
En 1821 el registro de otros hechos trascendentales relacionados al pisco y ocurridos en diciembre de ese año tuvo como protagonista al funcionario de la Cruz, quien los reportó a Monteagudo por medio de la transcripción de las cartas (Colección Documental de la Independencia del Perú. La Marina 1780-1822 Tomo VII Volumen II) que como capitán del puerto del Callao, el argentino Francisco de Erezcano, le había remitido con antelación, misivas en las que le informó de las diversas embarcaciones fondeadas en este gran terminal. Además de la carga del aguardiente peruano, se describe la procedencia, horarios, nombres y el tonelaje de las embarcaciones, así como sus patentes y matrículas (roll) y la identidad de los pasajeros.
Una de las comunicaciones data del 8 de dicho mes, en la cual se advierte: Ha fondeado a las 9 de la mañana el pailebot nacional «Dos Amigos» procedente de Pisco, con 3 días de navegación, su capitán don Jaime Matuir, con 16 individuos de capitán a paje. Su cargamento, botijas de aguardiente, sin pasajero alguno, sin traer noticias durante su viaje. Mide este buque 50 toneladas según consta en su roll, quedando este y la patente en la oficina. Capitanía de puerto de Callao.
De la Cruz también informó otro hecho de ese mismo día: A las doce del día fondeó el bergantín «El Consuelo de Dos Hermanos», procedente de Pisco, con 3 días de navegación: su capitán don Claudio Altaide, con 15 individuos de capitán a paje. Su cargamento, botijas de aguardiente y conduce de pasajeros a don Isidoro Arguelles y don Tomás Alday con sus correspondientes licencias. Mide este buque 76 toneladas según sus documentos quedando patente y roll en esta dependencia a mi cargo. Capitanía del puerto de Callao.
La otra carta es del día 9, en la cual se afirma: A las 3 de la tarde a fondeado la fragata nacional «La Perla», procedente de Pisco, con 8 días de navegación. Su capitán, don Juan Elcosova-Urrutia, con 26 individuos de capitán a paje. Su cargamento botijas de aguardiente, y conduce de pasajeros a doña Mercedes Durán y don Pedro Erería con la licencia correspondiente de aquel Gobierno y sin noticias particulares, ni menos correspondencia. Mide este buque 235 toneladas según sus documentos quedando patente y roll en esta oficina. Capitanía de puerto de Callao.
En otra misiva de ese mismo día se informó: A las 11 y ½ del día ha fondeado el bergantín nacional «Teodocio» procedente de Pisco, con 2 días de navegación. Su capitán don Pedro Hator, con 12 individuos de capitán a paje. Su cargamento, botijas de aguardiente. No trae pasajeros ni menos novedad alguna. Mide este buque 120 toneladas según sus documentos, quedando en esta oficina patente y roll, y se remiten 5 cartas particulares al señor gobernador. Capitanía de puerto de Callao.
Otra comunicación es del día 10, en la cual se lee: A las 9 del día ha dado la vela el pailebot, «Dos amigos», a continuar su viaje a los puertos de Huanchaco, Pacasmayo y Paita; su capitán don Jaime Matrueise, con 16 individuos de capitán a paje. Su cargamento, botijas de aguardiente con que entró de arribada a este puerto, procedente del de Pisco, no conduce pasajeros. Capitanía de puerto de Callao. El consignatario de este pailebot era Pedro Chacón.
El día 14 se informó: A las 2 ½ fondeó el bergantín «Rebeca» procedente de Pisco, con 3 días de navegación, su capitán A.S. de Piesta, con 15 individuos de tripulación. Su cargamento, botijas de aguardiente, sin pasajero alguno ni menos novedad. Mide este buque 295 toneladas.
Otra comunicación, esta vez del día 16, afirmó: A la 1 ½ de la tarde fondeó la goleta nacional «Jesús María», procedente de Pisco con 2 días de navegación, su capitán don Antonio Enríquez, con 11 individuos de capitán a paje. Su carga, botijas de aguardiente y conduce de pasajeros a don Francisco González y a don José Avnas con sus correspondientes licencias. Mide este buque 65 toneladas según su roll, se remitió un paquete de cartas particulares, otra rotulada al Excelentísimo Señor Protector, y otra al señor ministro de Estado para que el señor gobernador las dirija a sus correspondientes destinos. Sin novedad alguna durante su navegación. Capitanía de puerto de Callao.
El día 17 en una carta se detalló: Ayer por la tarde fondeó el bergantín nacional «Esmeralda» procedente de Pisco con 2 ½ de navegación, su capitán don Guillermo Barney con 10 individuos de capitán a paje. Su carga, botijas de aguardiente, para seguir su viaje a Pacasmayo y Paita y conduce a pasajeros a don Hipólito Bouchard y a don Paulino Rondán, y en calidad de preso a don Francisco de Paula Araga, a entregar de este Gobierno. Mide este buque 81 toneladas según su roll, quedando este y su pasaporte en esta oficina y no trae novedad ninguna. Capitanía de puerto de Callao.
Fechada el día 18, esta carta refirió: A las 5 de la tarde a fondeado la lancha «Copacabana» procedente de Pisco con 2 ½ de navegación, su patrón José Benito Loreta, con 2 marineros. Su cargamento, botijas de aguardiente y no trae novedad particular. Capitanía de puerto de Callao.
El día 19 se informó: A las 8 ½ de la mañana a fondeado la goleta nacional «Tres amigos», procedente de Pisco con tres días de navegación. Su capitán don Marco Picarte, con 9 individuos de capitán a paje. Su cargamento, botijas de aguardiente y sin novedad alguna. Mide este buque 40 toneladas según su roll, quedando este y su licencia en esta oficina. Capitanía de puerto de Callao. El consignatario de esta goleta era Eusebio Canales.
1822
En adelante daremos cuenta de la correspondencia fechada en 1822 que de la Cruz recibió de Monteagudo y Tomás Guido, este último reemplazo del primero por disposición de San Martín el 3 de enero de ese año, personaje que como se observa siguió administrativamente despachando en los días posteriores a esa fecha (Comisión Nacional de Sesquicentenario de la Independencia del Perú, 1976g, pp. 315-495).
De la Cruz, quien como se ha dicho fue designado en el cargo de director de la Marina en el Perú, llegó con los patriotas procedentes de Chile, país en el que en 1817 había sido gobernador político-militar en Valparaíso y hombre de confianza de Bernardo O’Higgins, el Director Supremo de Chile. Por su trayectoria y servicios brindados a la causa patriótica sudamericana, a su regreso en 1826 fue ascendido y nombrado ministro de Guerra y Marina en su país.
La primera relación comunicada a de la Cruz en 1822 data del 2 de enero, en la cual se le refirió: Señor: Con fecha 28 de noviembre último se previno a V.S. que la goleta «Estrella» debía dar la vela inmediatamente para Samanco, cuyo destino es con el objeto de que conduzca el aguardiente de que se ha hablado a V.S. en otra ocasión. Tengo la honra. B. Monteagudo.
El día 5 de enero se le informó: Señor: Con esta fecha prevengo al comandante general de la División del Sur, me diga si en el puerto de Pisco había suficiente número de botijas pertenecientes al Estado para mandar un buque por ellas, y mientras viene la contestación deberá V.S. suspender la salida de la goleta «Prosperina», con lo que contesto su nota del 4 del corriente. Tengo la honra. B. Monteagudo.
El 15 de febrero recibió esta comunicación: Señor: En contestación a la nota de V.S. de 12 del que rige, en que me da parte del arribo a este puerto de la lancha «Carmen» sin roll, ni licencia del de Pisco de donde procede, he dado orden con esta fecha al capitán del puerto del Callao para que poniendo en seguridad al patrón y cargamento de la lancha proceda a hacer una sumaria información para el esclarecimiento del hecho. Tomás Guido.
El 25 de febrero la anotación que se le envió fue en el siguiente sentido: Señor: Con esta fecha he dado la orden conveniente al Presidente del Departamento para que a la mayor brevedad remita a disposición de V.S. las 500 botijas de que me habla en su nota del 23 del corriente, para los buques transportes, que deban salir para abajo, debiendo salir sin excusa alguna la fragata «Minerva». Tomás Guido. El 16 de mayo se le informó: Señor: He dado orden al Presidente de este Departamento para que a la mayor brevedad posible facilite a V.S.I. los doce toneles y ocho mil botijas que me pide en su apreciable nota del 15 a que tengo la honra de contestar. Tomás Guido.
El 30 de mayo, fue informado: Señor: Transcribo a V.S.I. en contestación a su apreciable nota de ayer, la que con esta fecha paso al ministro de Hacienda que a la letra es como sigue: «S.E. el Supremo Delegado atendiendo a la necesidad que hay en el día de hacer un repuesto de suficiente número de botijas de aguardiente y al excesivo precio que pueda subir este artículo por las circunstancias, ha tenido a bien disponer que los derechos que adeuden al Estado los cargamentos de particulares venidos últimamente de Pisco, y de la costa del Sud en los bergantines «Dardo» y «Trinidad», se cobren en botijas de aguardiente que deben quedar a disposición del Director General de Marina, a quien con esta fecha digo retenga los expresados cargamentos hasta saber si el número a que ascienden los derechos es bastante para el repuesto, en cuyo caso se devolverá el resto». Sírvase V.S.I. dictar las providencias más activas para llenar esta suprema disposición con toda la energía y celo que demanda nuestro actual Estado. Tomás Guido.
El 5 de junio se le refirió: Señor: Quedo enterado por la apreciable nota de V.S.I. de ayer del depósito que se ha servido hacer de los aguardientes pertenecientes al Estado y a particulares venidos de Chincha y Pisco, y con esta data transcribo al Ministerio de Hacienda dicha nota para que disponga de los pertenecientes al Estado. Tomás Guido.
El 11 de junio, se le informó: Señor: Se han repetido órdenes para que a la mayor brevedad se remitan al Callao las 1,200 botijas que dice V.S.I. en su apreciable nota de ayer, faltan para el completo de las pedidas, y respecto a los elementos de guerra que deben llevar los buques expedicionarios, S.E. el delegado desea ver la relación para dar prontas providencias. Tomás Guido.
El 9 de julio le comunicaron: Señor: S.E. el Supremo Delegado ha tenido a bien disponer que de las mil doscientas botijas de aguardiente que existían embarcadas en ese puerto, solo se retengan quinientas, y se devuelvan a los dueños las restantes hasta el completo de aquella cantidad. Tomás Guido.
El 28 de julio de 1822 fue de alto significado patriótico, en tanto se celebró el primer aniversario de la proclamación de la independencia del Perú. No obstante, el 26 y 27 de ese mes San Martín se encontraba en Guayaquil sosteniendo una reunión con el libertador Simón Bolívar con el fin de hacer un balance de la guerra de la independencia y de cómo en adelante se actuaría ante los intentos de retomar el país que el virrey José de la Serna hacía desde Cusco, ahí acantonado no solo esperando refuerzos desde España sino gobernando parte del centro y sur peruano.
El 20 de setiembre San Martín, que había gobernado el Perú a partir del 3 de agosto de 1821, se retiró tras la instalación ese día en nuestro país del Primer Congreso Constituyente y cuya Junta de Gobierno, presidida por el diputado José de la Mar e integrada por Felipe Antonio Alvarado y Manuel Salazar y Baquíjano, funcionó hasta el 27 de febrero de 1823.
Dicho poder del Estado terminó sus funciones el 10 de marzo de 1825 y, al año siguiente, es decir el 3 de setiembre de 1826, Bolívar se retiró del Perú luego de permanecer gobernándolo desde el 1 de setiembre de 1823 en que precisamente había llegado por invitación del Congreso Constituyente. La independencia del Perú había permitido la consolidación de la libertad de Colombia, Chile y Argentina.
El 23 de setiembre, es decir apenas tres días después de instalado dicho Congreso, los parlamentarios plasmaron su primera preocupación por la situación que atravesaba la agricultura nacional. Según las actas de las sesiones públicas, ese día dejaron constancia de que la mano de obra debía ser priorizada para impulsar este sector clave de la economía, de ahí que dispusieron que «los esclavos de ajena propiedad no se destinarán al servicio de las obras públicas, y caso de exigirlo alguna ocupación del Estado indispensablemente necesaria resolverá el gobierno, consultando sobre todo el bien de los propietarios y el fomento de la agricultura».
El 9 de marzo de ese año ya se había hecho pública esta preocupación del gobierno a través de una norma. En dicha fecha se publicó en la Gaceta del Gobierno un decreto referido al aumento de la milicia cívica de Lima a partir de la incorporación de esclavos cuyos «dueños de las haciendas y chacras situadas a tres leguas de la capital presentarán al mismo jefe en el término de tres días una razón circunstanciada de todos los esclavos que tuviesen, desde la edad de 15 a 50 años».
Según este dispositivo, los esclavos debían presentarse ante el Subinspector General de Cívicos, en la Alameda de los Descalzos el domingo 10 de marzo a las cuatro de la tarde, para ser enrolados a la artillería cívica, es decir para que se hagan cargo de movilizar el armamento y los pertrechos de guerra.
La norma advertía que los hacendados que ocultaban esclavos se exponían a perderlos irremisiblemente, quedando estas personas en libertad y aptas para ser incorporadas al servicio en los cuerpos cívicos, lo cual significaba que estaban disponibles para entrar en combate. El decreto fue dado «en el Palacio del Supremo Gobierno, en Lima a 8 de marzo de 1822. Firmado por Torre Tagle, por orden de S.E. Tomás Guido».
El 17 de abril en la Gaceta de Gobierno se publicó un decreto aprobado el día 11 de ese mes, el cual ordenaba un censo de esclavos para incorporarlos al Ejército Libertador. La nómina, a cargo de una comisión reunida en el convento de San Pedro el domingo 14 de abril, serviría para un sorteo en el que la quinta parte de los que vivían en la capital y el 10% de los que vivían fuera de ella pasaban al servicio de la patria. La norma contemplaba que los hacendados podían rescatar a los esclavos pagando su costo o cambiándolos por otros, ello no obstante que la esclavitud y su práctica había sido condenada apenas proclamada la independencia nacional.
1823
En cuanto a 1823, fue el 28 de enero en que se buscó solucionar el contrabando de productos y el desorden de las aduanas, por lo que el Congreso Constituyente se vio en la necesidad de crear en Lima la Comisión Encargada de Estudiar la Aduana, un grupo de trabajo parlamentario que elaboró un informe mostrando la gravedad del asunto, el mismo que señaló:
Diez y ocho buques había a su carga y descarga el día que la comisión pasó al Callao, esto es el 12 de diciembre, y solo existían 20 guardas útiles, número demasiado corto para que pueda vencerse como corresponde el servicio de rondas de día y noche, guardia en los corredores del resguardo, acompañamiento de los cargamentos de Lima, y demás ocurrencias momentáneas; y sobre todo, para la custodia de los buques, en cada uno de los cuales deben situarse dos guardas mientras dura la carga o descarga … Las barracas, tambos y casas del Callao se han convertido en factorías y depósitos de efectos de toda especie, por cuyo medio se hace un tráfico escandaloso, embarcan y desembarcan a discreción los extranjeros cuanto les conviene, y se hace impunemente el contrabando. Lima, 28 de enero de 1823. (Comisión Nacional de Sesquicentenario de la Independencia del Perú, 1976h, pp. 277-286)
El 13 de octubre de ese año se había creado la Comisión de Comercio sobre Nuevos Arbitrios, la cual elaboró un informe indicando que por los gastos que ocasionaba la guerra de la Independencia el Estado ameritaba obtener mayores ingresos, para lo cual presentaron una iniciativa legal con estos tres artículos:
1824
En 1824 también se produjeron y registraron hechos relacionados al pisco, ello aun cuando ese año el país vivía una gran inestabilidad política tanto antes como después de las batallas de Junín y Ayacucho, las cuales se llevaron a cabo el 6 de agosto y el 9 de diciembre, respectivamente. Ese año, en que en ambas batallas se venció a las tropas realistas en el Perú, toma protagonismo otro reconocido ideólogo peruano de la libertad, Faustino Sánchez Carrión, en su condición de ministro general de Bolívar y, al año siguiente, como ministro de Gobierno y Relaciones Exteriores.
A diferencia de Vizcardo Guzmán aquí citado, este personaje provenía de una familia minera y se convirtió en diputado en el Primer Congreso Constituyente en representación de su región (nació en Huamachuco, La Libertad, el 13 de febrero), estrechamente ligada a Trujillo, ciudad en la que precisamente el 26 de marzo Bolívar había decretado que funcione la Casa de Gobierno «considerando la necesidad de una organización administrativa arreglada al actual estado de esta República y mientras se amplía el territorio libre a consecuencia de los sucesos de la guerra. Firmado por mi mano y refrendado por el secretario general en el Cuartel General de Trujillo, José Gabriel Pérez» (Blanco, 1876), se lee en dicho documento rubricado por este general colombiano que en el periodo 1822-1830 fue secretario general de Bolívar.
El 24 de julio, coincidiendo con el mes patrio, ocurrió un hecho vinculado al pisco que permite conocer que había ingentes cantidades de este producto en el puerto del mismo nombre como para tramitar recogerlo en un bergantín y de ahí trasladarlo al puerto trujillano de Huanchaco. Este hecho aparece en un documento oficial (Comisión Nacional de Sesquicentenario de la Independencia del Perú, 1976k, p. 137), que también refiere que se trataba de botijas de aguardiente valorizadas cada una en 30 pesos y que esta bebida había sido suministrada para el consumo de los integrantes de la escuadra patriota.
Mediante este documento desde Trujillo, Sánchez Carrión informó a Bolívar y al prefecto de este departamento, coronel José Gabriel Pérez: Señor Prefecto: Informado su Excelencia el Libertador de que el señor Cramond solicita permiso para el bergantín «Colombia», en lastre hacia el puerto de Pisco, a fin de cargarlo allí de aguardientes y conducirlos a Huanchaco, se ha servido resolver que estando el mencionado puerto bloqueado no puede por ahora otorgarse tal licencia. Igualmente, reclama dicho negociante trescientos sesenta pesos por valor de doce botijas de aguardiente que dio a la escuadra. Su Excelencia ha venido en resolver que justificado dicho crédito por el expediente respectivo Vuestra Señoría disponga se descuente esta partida en derechos de esa Aduana. José Sánchez Carrión.
El 10 de julio, Sánchez Carrión en carta a nombre de Bolívar envió al Ministro de Relaciones Exteriores de Chile felicitaciones por contar ese país con una Constitución Política que permitiría asegurar el respeto entre las naciones libres así como las libertades en sus territorios para beneficio de los Estados y de la población. Este ideólogo independentista murió en Lurín el 2 de junio de 1825, reconocido por sus cartas cuestionando al gobierno virreinal bajo el seudónimo de «El Solitario de Sayán» publicadas en «La Abeja Republicana» y en «El Correo Mercantil Político y Literario».
El 6 de agosto las expectativas de libertad del país estaban depositadas en el desenlace de la batalla de Junín, en la cual se logró vencer a las tropas realistas y se recuperó esta zona de la sierra central en gran gesta del peruano José Andrés Rázuri, oficial de los Húsares del Perú, regimiento conducido por el coronel Isidoro Suárez.
El 9 de diciembre al vencer los patriotas en la batalla de Ayacucho se logró la capitulación militar de los realistas teniendo como artífices de ello a los generales Antonio José de Sucre, Agustín Gamarra y Guillermo Miller. Tras la derrota, la Serna se convirtió en el último virrey en el Perú.
1825
El 11 de febrero Sánchez Carrión presentó ante el Congreso Constituyente el balance de lo que había sido 1824, ello en su condición de ministro de Gobierno y Relaciones Exteriores. La lectura de la memoria de gobierno ante la representación nacional incluyó las acciones realizadas a favor de la agricultura en estos términos:
Consiguiente al arreglo común de la administración, ha sido el empeño de promover la cultura en todos los ramos que requiere la prosperidad de un país. La agricultura no ha podido recibir, desde luego, el aliento que solo es propio en tiempo de paz; pero si se le ha fijado una base de progreso radical, con el decreto del 8 de abril, por el cual se mandaron vender las tierras baldías. (Comisión Nacional de Sesquicentenario de la Independencia del Perú, 1976i, pp. 589-604)
El 24 de abril se publicó en la Gaceta del Gobierno un informe procedente de Pisco respecto al estado de la agricultura rubricado por el colombiano José Gabriel Pérez, el cual había sido redactado el 16 de dicho mes. Dirigido a Sánchez Carrión en este documento se señaló:
El Consejo de Gobierno como protector de la nación, y como propietario de la multitud de fundos, debe tener delante de sus ojos el aumento y progreso de los bienes, que van a asegurar de un modo irrevocable el bienestar de la nación ... En vano el gobierno buscará su estabilidad, mientras no repose sobre la base sólida del esplendor de la agricultura, y sabia administración de sus propiedades.
El 17 de abril, al día siguiente de redactada esta carta, el gobierno de Bolívar emitió una drástica medida para evitar el contrabando a través del puerto de Pisco. En esa fecha se publicó en la Gaceta de Gobierno un aviso oficial informando que «por determinación del Consejo de Gobierno se ha mandado cese absolutamente el comercio extranjero por el puerto de Pisco, que provisionalmente se habilitó de mayor; y quede en su primitiva clase de menor solo para el cabotaje».
En cuanto a las vendimias en Lima, el 31 de mayo en la Gaceta de Gobierno se publicó el decreto por el cual urgía cuidar la capital, la misma que estando «dotada de un benigno clima, de una localidad ventajosa de abundancia de aguas, y otras circunscritas no comunes», y tomándose en cuenta el Reglamento de Policía vigente desde 1821, «a ningún vecino o habitante le será permitido poner en las calles fogones, vendimias, caballerías sueltas, ni atadas, ni otros animales perjudiciales, ni cosa alguna que impida el libre tránsito por ellas».
Esta norma fue rubricada por el prefecto de Lima, Manuel Salazar y Baquíjano, quien ocupó dicho cargo del 12 de enero al 20 de setiembre de 1825 (había presidido el Congreso Constituyente del 20 de octubre al 20 de noviembre de 1823).
Fue el 2 de julio en que a nivel nacional llegaron desde Cusco las buenas noticias para el pisco, ello porque ahí el gobierno de Bolívar tenía su base de operaciones. Fue mediante una comunicación (Comisión Nacional de Sesquicentenario de la Independencia del Perú, 1976j, p. 556) de Felipe Santiago Estenós, secretario general interino de este gobernante, que se comunicó al ministro de Hacienda que «el Libertador ha tenido a bien aprobar el decreto expedido el 10 de mayo anterior, por el Consejo de Gobierno, sobre la extracción de caldos por el puerto de Pisco que V.S. acompaña en copia a su apreciable nota del 16 del mismo. Dios guarde a V.S. Señor ministro».
La aprobación del gobierno respecto a que se pueda extraer los caldos por el puerto de Pisco permite aquí traer a colación que, según las prácticas tradicionales, el pisco es el producto obtenido de la destilación de los caldos frescos de la exclusiva fermentación del mosto de las uvas pisqueras, que en el Perú se utilizan ocho: quebranta, torontel, moscatel, albilla, mollar, uvina, negra criolla e italia. En cuanto al vino vale recordar que, técnicamente, es la bebida que resulta de la fermentación completa o parcial de la uva fresca o su mosto.
Las zonas productoras del destilado peruano oficialmente reconocidas se localizan en la costa de los departamentos de Lima, Ica, Arequipa, Moquegua, así como en los valles de Locumba, Sama y Caplina, en el departamento de Tacna. La denominación de origen del pisco refiere que el cultivo de uvas y producción está limitado a este espacio geográfico. El nombre pisco deriva del vocablo quechua pishku, que significa ave, y también de la localidad de Pisco, la cual fue fundada en 1640 y cuya más remota aparición cartográfica consta en el primer mapa de Perú de 1574, el cual fue dibujado por Diego Méndez. En cuanto a las referencias iniciales respecto al aguardiente peruano las hemos informado al inicio de esta investigación, pudiéndose colegir que este producto tiene más de 400 años de historia reconocida.
Volviendo a 1825, exactamente al 8 de octubre, un informe del Tesoro Público de Arequipa que contempló el movimiento contable de esta institución del 15 de mayo al 30 de setiembre de ese año, detalla los ingresos y egresos obtenidos durante «todo el tiempo de Gobierno del señor prefecto del Departamento, general de brigada de los Ejércitos de la República del Perú, don Antonio G. de la Fuente». Este informe fue publicado en octubre de dicho año en el periódico «El Sol», de Arequipa.
Antonio G. de la Fuente (nacido en el territorio peruano de Tarapacá el 8 de setiembre de 1796) fue un independentista que luego de luchar durante el gobierno de San Martín, con la llegada de Bolívar ocupó el cargo de prefecto de Arequipa de 1825 a 1828.
En este reporte aparecido en dicha publicación de Arequipa se detalló que al 29 de setiembre de 1825, según el cierre de las cuentas de los egresos correspondientes al mes de junio, estos ascendieron a 1396.5 (pesos y 5 reales), egresos relacionados al pago «de galleta, menestras, cacao, chancaca, velas, manteca y aguardiente remitido a Quilca para rancho del bergantín de guerra ‘Chimborazo’». La administración del Tesoro Público de Arequipa estaba a cargo de Fernando Pacheco y M. G. Paredes.
Mientras esto ocurría en Arequipa, el 14 de octubre en las jurisdicciones de Lima e Ica se aprobó el «Reglamento interior de las haciendas de la costa» (Comisión Nacional de Sesquicentenario de la Independencia del Perú, 1976j, pp. 727-730), un dispositivo legal que el gobierno y la junta de hacendados de esta jurisdicción trabajaron desde el 20 de abril de ese año «queriendo reparar los estragos causados por la guerra en la agricultura». Fue dado en el Palacio del Gobierno de Lima y, como parte del Consejo de Gobierno, lo suscribieron Hipólito Unanue, Juan Salazar y José de Larrea y Loredo, por orden de Bolívar y del Ministro de Gobierno, Manuel Lino Ruiz de Pancorbo.
En 1825 el llamado departamento de la costa estaba integrado por Canta, Chancay, Huarmey, Casma y Santa, sus jurisdicciones originales desde 1821, pero es a partir de un decreto del 4 de noviembre 1823 en que a este se integraron las jurisdicciones o partidos que pertenecían al llamado departamento de la capital, es decir Cercado de la Capital, Yauyos, Huarochirí, Cañete e Ica. Es así que el Reglamento interior de las haciendas de la costa tuvo alcance sobre todos estos territorios.
Este reglamento en su artículo 3 se refirió a la agricultura y a los lugares donde se elaboraba el despacho del destilado de uva peruano, así como a las horas de trabajo que debían realizar los esclavos: «En las haciendas de viña continuarán en la misma costumbre en que están con relación al trabajo de vendimia, más por lo que respecta a las aguardenteras estas no se abrirán ni antes de las cinco de la mañana, ni se cerrarán después de las siete de la noche», estipulaba la norma.
El traslado de botijas de aguardiente peruano está registrado en el manifiesto de lo acopiado del 1 al 31 de octubre de este año por la Tesorería General de Lima, el cual se publicó en la Gaceta del Gobierno. Figura en este documento un acápite denominado «Gastos de Guerra», en el que se consignó la siguiente información suscrita por los contadores José Ruiz y Lorenzo Bazo: «Pagados al capitán del bergantín ‘Peruano’, por fletes y gastos de 243 botijas de aguardiente pertenecientes al Estado 706.4 (pesos y cuatro reales)» (Comisión Nacional de Sesquicentenario de la Independencia del Perú, 1976j, pp. 748-751).
1826
Fue el 6 de junio de 1826 en que las autoridades dieron una gran muestra de querer robustecer su lucha por proteger el pisco y otros productos de la industria nacional. En esa fecha se promulgó el Reglamento de Comercio, el cual derogó el que ya existía desde el 28 de setiembre de 1821, del que ya dimos cuenta líneas atrás en lo concerniente a dicho año que estuvo bajo el gobierno de San Martín.
El de 1826 fue un reglamento de la administración de Bolívar organizado en 10 secciones y 58 artículos, suscrito por Unanue y por José María de Pando, por orden de José de Larrea y Loredo, ministro de Hacienda, norma en cuya exposición de motivos señaló que buscaba:
Que el comercio como una de las primeras fuentes de la prosperidad y riqueza de los Estados, debe animarse por leyes protectoras y benéficas, de manera que la libertad que se le conceda, o restricciones a que se le sujete, sean los medios más eficaces de promover el fomento de la industria nacional en todos sus ramos. (Comisión Nacional de Sesquicentenario de la Independencia del Perú, 1976k, pp. 120-129)
Pando es reconocido como otro de los grandes ideólogos de la Independencia.
La protección del aguardiente de uva peruano quedó consagrado en el artículo 19 de la Cuarta Sección de dicho reglamento de comercio, en el que se refiere al aumento del pago de derechos en la importación, estipulando:
Se graven como perjudiciales a la agricultura e industria del Estado con un ochenta por ciento los artículos siguientes: 1° Los aguardientes de todas las clases, sea cual fuere su denominación. 2° Los jabones. 3° Sombreros de todas las clases. 4° Ropa hecha; blanca y de color. 5° Zapatos y botas. 6° Pólvora, salitre y azufre. 7° Las herraduras. 8° La azúcar. 9° Los tocuyos. 10° Las telas toscas de lana equivalentes a la bayeta y bayetones de tierra. 11° El tabaco. 12° El aceite de comer y la manteca de puerco. 13°. Los cueros curtidos. 14° Las sillas de montar y demás manufacturas de talabartería. 15° Las velas de cera y de sebo. 16° Mesas, sofaes, cómodas, silletas, coches, calesas y catres. (Comisión Nacional de Sesquicentenario de la Independencia del Perú, 1976k)
Es a partir de esta normatividad que se puede conocer que en el Perú no solo ya se distinguía la existencia de aguardientes elaborados fuera del territorio nacional sino también cómo el ingreso y comercialización de este y otros productos afectaba la agricultura del país, por lo que vieron la necesidad de fomentarla con medidas estimulantes y a la vez protectoras.
En cuanto al comercio y al cabotaje en el puerto de Pisco, en el artículo 43 de la séptima sección de este reglamento se hizo referencia que «para el tráfico del comercio de cabotaje se señalan, además de los puertos mayores, los de Ilo, Nazca, Huacho, Casma, Pacasmayo y Pisco», lo cual implicaba que este terminal portuario ubicado en la región Ica había dejado de estar bloqueado y ya estaba en condiciones de permitir la entrada y salida de embarcaciones como en años anteriores. Del 13 de julio es la nueva referencia a la necesidad de ordenar la mano de obra a nivel nacional, ello mediante un dispositivo legal que fue comunicado al prefecto de Arequipa en el que se había convenido:
Los individuos que no se ocupen en cultivar y explotar las tierras o manufacturar algún ramo de industria, deben ser considerados como vagos y perjudiciales a la República, tomándose para el servicio de las armas; y que los peones que trabajen en las posesiones de los referidos hacendados, celebren con ellos una formal contrata, estipulando el tiempo por que intenten prestarles sus servicios y los términos a que se sujetaren. (Comisión Nacional de Sesquicentenario de la Independencia del Perú, 1976k, p. 191)
El 14 de setiembre de este año una norma permite conocer que la producción del aguardiente de uva peruano volvía a revitalizarse, ello de acuerdo a un documento fechado en Arequipa en dicha fecha. Se trata de una resolución rubricada por el prefecto de esa región, Antonio Gutiérrez de la Fuente, y su secretario Manuel Cayetano de Loyo. El dinamismo de la producción era tal que las autoridades vieron necesario esclarecer una moción de consulta de los hacendados del valle de Vítor en cuanto a si se debía pagar algún tipo de derecho al Estado por el traslado interno de su aguardiente de uva en el cercado de Arequipa.
Este es el tenor de la resolución de la prefectura:
Se declara que los caldos que se cosechan en dicho valle y se trasladan de las haciendas a las bodegas de Arequipa, no adeudan derecho alguno, porque la traslación de allí a aquí es un paso doméstico dado por necesidad en el mismo Cercado: no es un movimiento de tráfico, sino solo de seguridad, y comodidad, y para sus ventas; y que verificadas estas deben pagar la alcabala los compradores, o extractores al interior, como se ha acostumbrado, entre tanto se acaba de plantear el comercio terrestre que detalla el Reglamento de 6 de junio del que rige. Transcríbase a dicho Administrador para su gobierno, y póngase en el periódico para el conocimiento del público. Gutiérrez de la Fuente. Manuel Cayetano de Loyo, secretario. (Comisión Nacional de Sesquicentenario de la Independencia del Perú, 1976k, pp. 292-293)
El Perú durante 1826, y tras el retiro de Bolívar a Colombia, fue intermitentemente gobernado por José de la Mar, Unanue (que fue otro ideólogo de la Independencia) y Santa Cruz, los tres como encargados de la presidencia del Consejo de Gobierno. La influencia de Bolívar recién terminaría el 27 de enero de 1827, y en adelante el Perú sería escenario de otros grandes acontecimientos registrados en su historia.
Conclusiones
De 1819 a 1826, la producción, comercialización y consumo del pisco se realizó de manera continua pese a los altibajos propios de la guerra de la Independencia y el decaimiento de la agricultura. Así consta en los documentos que las diversas administraciones gubernamentales de esos años dejaron a través de oficios, partes, cartas y dispositivos legales que forman parte de los archivos de instituciones peruanas y extranjeras así como de los mismos patriotas argentinos, chilenos, colombianos y peruanos que fueron autoridades y altos funcionarios en los inicios republicanos. Son documentos de las primeras administraciones públicas del Perú.
Por medio de esta documentación también se puede conocer que el pisco fue extraído nutridamente del territorio peruano y llevado al extranjero. A lo largo de esos años, embarcaciones de diversas banderas y de gran tonelaje transportaron este producto peruano de manera formal e informal, por lo que las autoridades emitieron reglamentos de comercio marino y terrestre con tasas y fletes que permitieran recaudar fondos al país así como frenar su contrabando, a la vez que dieron normas para estimular la agricultura. Para la Hacienda y los integrantes del Primer Congreso Constituyente, la actividad vitivinícola mereció prioritaria atención por cuanto, según consta en los documentos citados en esta investigación, involucraba a numerosos productores y comerciantes de varias regiones del país. En los albores republicanos, la vitalidad del pisco fue reforzada por las acciones de los patriotas independentistas.
La trascendencia de la producción, comercialización y comercio del pisco también figura en los documentos coloniales que cautela el Archivo General de la Nación. En los que aquí consignamos del siglo XVIII se evidencia que este producto ya se transportaba a otros territorios en botijas con la descripción de «aguardiente de Pisco de la Tierra». Aquí también nos remontamos a documentos tempranos del siglo XVII, los cuales permiten mostrar una variedad de evidencias que el pisco tiene más de 400 años en la vida de los peruanos.
Referencias
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Información adicional
Para citar este artículo: Sifuentes Alemán, J. (2020). El pisco en la independencia del Perú. Turismo y patrimonio, (14), 101-125. https://doi.org/10.24265/turpatrim.2020.n14.07