Reseñas

Ministerio de Cultura. (2022). Glosario: ABC de la interculturalidad

Gerardo Manuel Garcia Chinchay
Universidad Nacional Mayor de San Marcos, Perú
Nuccia Seminario Hurtado
Universidad Católica Sedes Sapientiae, Perú

Boletín de la Academia Peruana de la Lengua

Academia Peruana de la Lengua, Perú

ISSN: 0567-6002

ISSN-e: 2708-2644

Periodicidad: Semestral

vol. 73, núm. 73, 2023

boletin@apl.org.pe

. Glosario: ABC de la interculturalidad. 2022. Lima. Mincul. 124pp.. 978-612-4391-78-1


DOI: https://doi.org/10.46744/bapl.202301.017

En estos últimos años, desde el Estado peruano existe una interesante producción de glosarios temáticos e institucionales con el fin de posicionar sus temas en la ciudadanía en general: Glosario de términos relacionados con la Covid-19 (Mincul, 2021); Glosario multilingüe. Loreto. Palabras y frases de uso frecuente durante la prestación de servicios de las Plataformas Itinerantes de Acción Social - PIAS (Mincul, 2018); Glosario de términos de telecomunicaciones (Osiptel, 2015); Glosario de Presupuesto Público (MEF, s.f.); Glosario de términos de tema de empleo (Mintra, 2012); Glosario de términos económicos (Banco Central de Reserva, s.f.); entre otros que se encuentran en publicaciones impresas o en sus páginas web institucionales.

Esta obra lexicográfica, compuesta por 159 términos, especializada en temas de interculturalidad y producida por el Ministerio de Cultura[1], ha tenido como objetivo convertirse en «una herramienta para la incorporación del enfoque intercultural en la gestión pública y la formación de las y los servidores públicos» (p. 11). Está dividida en seis secciones: «Acrónimos» (p. ix), «Presentación» (p. 11), «Sobre la elaboración del Glosario: ABC de la interculturalidad» (p. 12), «Características del Glosario: ABC de la interculturalidad» (p. 12), «Cómo usar el Glosario: ABC de la interculturalidad» (p. 13), el propio glosario (pp. 14-116) y «Referencias bibliográficas» (pp. 118-123).

En la primera sección, se registran 30 aparentes acrónimos utilizados en el Glosario; sin embargo, se aprecia a simple vista que hay una confusión entre siglas y acrónimos, tal como se puede observar, por ejemplo, en DDC (Dirección Desconcentrada de Cultura) y VMI (Viceministerio de Interculturalidad). En «Presentación», su redactora, la directora general de la Dirección General de Ciudadanía Intercultural del Ministerio de Cultura, expresa que la motivación para la elaboración del Glosario fue «generar un dialogo intercultural en la gestión pública y hacer frente al racismo, la discriminación y la exclusión», y que se debe a un «compromiso del Viceministerio de Interculturalidad[2]» (p. 6).

En la sección «Sobre la elaboración del Glosario: ABC de la interculturalidad», se brinda una breve información sobre el procedimiento de construcción de esta herramienta. Se señala que ha sido un trabajo colectivo entre los dos viceministerios, pero liderado por la Dirección General de Ciudadanía Intercultural. Consideramos que es una sección muy escueta, ya que está conformada por solo cuatro párrafos contenidos en media página. No se menciona de dónde surge el universo de los términos, es decir, cuáles son los límites de la interculturalidad que se presenta en el Glosario. No se detallan la metodología usada para la recopilación (solo se señala que fue a través de una matriz solicitada a las direcciones del Ministerio de Cultura) ni los criterios usados para la elicitación, sistematización y validación para la propuesta final. Tampoco se especifica la cantidad total de términos del documento (que, de acuerdo con un conteo manual, serían 159).

En la sección «Características del Glosario: ABC de la interculturalidad», el Mincul señala que su campo de acción se debe a la interculturalidad utilizada sobre la base de sus propias funciones y que la terminología presente en el Glosario es «contemporánea» (p. 12). Lo que aquí llama la atención es que no existe una subtematización de los términos, es decir, si estos se relacionan con un campo respectivo; ya que, por ejemplo, el concepto de interculturalidad resulta ser muy amplio y complejo (Tubino, 2015).

En la sección «¿Cómo usar el Glosario: ABC de la interculturalidad.», se presenta la microestructura del Glosario, conformada por el término, la definición, la fuente y el ejemplo. No se explica cada una de estas partes, sino solo se las nombra. No se señala la naturaleza de los términos, el tipo de definición utilizado, la naturaleza de las fuentes ni los tipos de ejemplos (p. 13). Como ejemplo prototípico se empleó el término acta de consulta —cuya definición es excesivamente larga (13 líneas)—, que presenta un título, un ejemplo de uso y se cita una norma como fuente documental. Nos parece que hubiese sido más clarificador agregar como parte de la microestructura la categoría tema; ya que así fácilmente se podría haber señalado que el término acta de consulta se refiere a la consulta previa dentro del gran tema de la interculturalidad. Asignarles un título a los ejemplos es un desacierto si no ayuda a entender mejor la definición, tal como se evidencia en diversos términos.

El lemario está compuesto por 159 términos, entre las letras A y V, distribuidos en 102 páginas. Las diversas entradas del Glosario tienen la categoría gramatical de sustantivos primitivos, derivados y locuciones sustantivas, y se refieren a conceptos tales como cultura, consulta previa, comunidad campesina, autoidentificación étnica, pueblos indígenas u originarios, reserva indígena, entre otros relacionados a la interculturalidad. Sobre la distribución de los términos en orden alfabético, nos llama fuertemente la atención la asimetría en cada uno de ellos, tal como se observa en la siguiente tabla:

Tabla 1
Distribución alfabética de los términos del Glosario
Letra Cantidad de términos
A 13
B 6
C 21
D 12
E 14
F 3
G 6
H 1
I 10
L 11
M 8
N 2
O 4
P 18
R 11
S 8
T 6
U 1
V 4

No se presentan términos para las letras J, K y Q. Asimismo, resalta el contraste entre las letras H y U, con un solo término, y la letra C, con 21. Esta diferencia da cuenta de que no ha existido un criterio de estandarización de términos: solo se completaron las letras con los términos que se lograron recopilar.

De la misma forma, se evidencia un exceso de términos de fuentes legales (el 76 %, es decir, 121 de 159 términos); ya que tienen como fuente algún decreto supremo, directiva, resolución ministerial, ley, resolución legislativa, entre otras normas. Ahora bien, resulta peculiar la presencia de algunos términos del Glosario que no tienen ninguna relación con la interculturalidad, como bienes arqueológicos prehispánicos (p. 25), intangible (p. 70), materiales arqueológicos (p. 79), paisaje (p. 86), entre otros.

Algunos de los ejemplos que acompañan a los términos confunden su lectura en vez de aclararla. No han sido puestos para reforzar la definición, sino que han sido extraídos de la creatividad e imaginación de los autores. Tal es el caso del término intérprete (p. 71), cuya definición es la adecuada, pero en el ejemplo se menciona a otros actores («gestores bilingües que tienen la capacidad de mediar como intérpretes»). Se podría haber escogido un ejemplo mucho más sólido, que evidencie el rol que cumple como puente de comunicación entre dos partes.

En «Referencias bibliográficas», se observa una gran cantidad de fuentes legales y no hay citas a ningún glosario, con excepción de la Base de datos de pueblos indígenas (p. 118). En este apartado hubiese sido acertado que se elaborasen dos subsecciones: una para fuentes no normativas y otra para fuente normativas propiamente dichas; con lo cual se hacía una mejor presentación para el lector.

No hay una sección de anexos donde se presenten los principales documentos oficiales, nacionales e internacionales referentes al tema de la interculturalidad. Las fotos presentadas en el Glosario carecen de fuente y su descripción es demasiado general, como la de la página 32, donde solo se lee «comunidad nativa».

Dada su macro y microestructura, este Glosario es uno de los pocos materiales disponibles que permite a cualquier tipo de lector en temas de interculturalidad poder contextualizar, por lo menos, estos 159 términos. Asimismo, nos alegra gratamente que una entidad pública del poder ejecutivo publique este tipo de instrumentos que, con un mayor cuidado técnico, podría haber obtenido un mayor impacto en sus futuros lectores.

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

Banco Central de Reserva del Perú. (s.f.). Glosario de términos económicos. BCR: Lima. https://www.bcrp.gob.pe/publicaciones/glosario.html

Ministerio de Cultura. (s.f.). Base de datos de pueblos indígenas u originarios. Lima: Mincul. https://bdpi.cultura.gob.pe/

Ministerio de Cultura. (2018). Glosario multilingüe. Loreto. Palabras y frases en lenguas originarias de uso frecuente durante la prestación de servicios de las Plataformas Itinerantes de Acción Social - PIAS. Mincul. https://centroderecursos.cultura.pe/es/registrobibliografico/glosario-multiling%C3%BCe-loreto-palabras-y-frases-enlenguas-originarias-de-uso

Ministerio de Cultura. (2021). Glosario de términos relacionados con la Covid-19 de la Central de Interpretación y Traducción en lenguas indígenas u originarias - CIT. Mincul. https://centroderecursos.cultura.pe/sites/default/files/rb/pdf/Glosario%20VMI.pdf

Ministerio de Economía y Finanzas. (s.f.). Glosario de Presupuesto Público. MEF. https://www.mef.gob.pe/es/glosario-sp-5902

Ministerio del Trabajo. (2012). Glosario de términos de temas de empleo. Mintra. https://www.trabajo.gob.pe/archivos/file/estadisticas/peel/estadisticas/terminologia.pdf

Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones. (2015). Glosario de términos de telecomunicaciones. Osiptel. https://repositorio.osiptel.gob.pe/handle/20.500.12630/15

Tubino, F. (2019). La interculturalidad en cuestión. Fondo Editorial PUCP.

Notas

[1] El Glosario fue aprobado el 21 de diciembre de 2022 mediante Resolución Ministerial N.º 000432-2022-DM/MC.
[2] El Ministerio de Cultura está conformado por el Viceministerio de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales y el Viceministerio de Interculturalidad. Este último viceministerio está formado por la Dirección General de Derechos de los Pueblos Indígenas y la Dirección General de Ciudadanía Intercultural.
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