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Contrabando de armas en la frontera norte de México. Breve historia de una banda de traficantes en Ciudad Juárez, 1923-1930 [*]
Weapons smuggling on Mexico’s northern border. A brief history of a gang of traffickers in Ciudad Juarez, 1923-1930
Avances del Cesor
Universidad Nacional de Rosario, Argentina
ISSN: 1514-3899
ISSN-e: 2422-6580
Periodicidad: Semestral
vol. 22, núm. 32, 2025
Recepción: 21 junio 2023
Aprobación: 19 octubre 2023
Publicación: 05 junio 2025
Resumen: Las regiones fronterizas comparten una historia común a escala mundial. Entre otros fenómenos recurrentes el contrabando de mercancías supone un tipo delictivo inherente a los regímenes fronterizos internacionales. En este escrito planteo un análisis de caso localizado en la frontera norte de México para, desde los actores y sus vidas cotidianas, aproximarme al contexto macro-histórico nacional con sus turbulencias políticas y sus progresivas legislaciones al respecto. Aún más específico, el caso abordado aquí incluye el contrabando de materiales de guerra; razón por la que las instituciones de seguridad nacional intervinieron de inmediato comandando la desarticulación y procesamiento de la gavilla de contrabandistas liderada por una mujer anciana. El evento judicial transcurrió desde el primer proceso por contrabando contra dicha anciana en 1923 hasta su fuga de la prisión municipal de Ciudad Juárez en 1929, siendo considerada prófuga de la Justicia un año después. Para este esfuerzo analítico tomamos como fuentes documentales los expedientes judiciales ubicados en el Archivo Histórico de la Casa de la Cultura Jurídica de Ciudad Juárez, acervo parte del patrimonio de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) de México.
Palabras clave: Historia social, venta de armas, frontera, seguridad del Estado, México.
Abstract: Border regions share a common history on a global scale. Among other recurring phenomena, the smuggling of goods is a type of crime inherent to international border regimes. In this paper I propose a case analysis located on Mexico’s northern border to, through the lens of the actors and their daily routines, approach the national macro-historical context with its political turmoil and progressive legislation. Even more specifically, the case addressed here involves the smuggling of war materials, which is the main reason national security institutions immediately intervened by leading the defeat and prosecution of a gang of smugglers led by an elderly woman. The judicial event spanned from the first smuggling trial against this old woman in 1923 to her escape from the municipal prison of Ciudad Juarez in 1929, when she was declared a fugitive from justice a year later. For this analytical effort I take as documentary sources the judicial files located in the Historical Archive of the Casa de la Cultura Jurídica de Ciudad Juárez, part of the patrimony of the Supreme Court of Justice of the Nation (SCJN) of Mexico.
Keywords: Social History, Arms sales, Border, State security, Mexico.
Introducción
El comercio de material de guerra estuvo sujeto desde las legislaciones previas a la Constitución Federal del 5 de febrero de 1917 a restricciones o supresiones totales. Solo aquellas instancias de la administración estatal autorizadas podían importar un número controlado de armamento y parque. Esta situación, mutatis mutandis, estaba vigente tras la capitulación de Doroteo Arango y la licencia de su División del Norte en 1920. Sin embargo, las reservas del ejecutivo federal se mantuvieron ante los amagos de pronunciamientos y rebeliones encabezados por caudillos y sectores del constitucionalismo triunfante. Por este motivo, las restricciones marcadas en la Ordenanza General de Aduanas de 1891, vigente hasta el primer día de 1930, se mantuvo con apoyo de los reglamentos de la Secretaría de Guerra. Este escrito abordará desde una perspectiva microhistórica cómo estas preocupaciones del régimen se manifestaron en casos particulares acaecidos en la región fronteriza Paso del Norte constituida por los municipios mexicanos de Ciudad Juárez, Guadalupe y San Ignacio (Práxedis G. Guerrero después de 1933) y los condados estadunidenses de El Paso y Doña Ana. Esta metrópoli binacional se ubica en la parte central de la división internacional México-Estados Unidos.
Planteados los objetivos de investigación, esto es, elucidar una tipología de los contrabandistas, y del contrabandista de armamento en la primera década postrevolucionaria cuando iniciaba un lento proceso de institucionalización encabezado por los gobiernos de Álvaro Obregón y Plutarco Elías Calles, tomamos como hipótesis de trabajo la coexistencia del contrabando para el auto-abasto popular con la consolidación de estructuras organizativas surgidas durante la década revolucionaria y con epicentro en El Paso, Texas. El contrabando de munición o parque chico, como señalan las fuentes, involucraba a ambos perfiles sociales, con la participación directa de personas de los sectores populares fronterizos. Así, al menos, se desprende de la revisión de las fuentes judiciales alojadas en el Archivo Histórico de la Suprema Corte ubicado en la Casa de la Cultura Jurídica (en adelante, CCJ) de Ciudad Juárez. Otras fuentes, secundarias en este caso, apuntan a redes de ex-revolucionarios en el tráfico transfronterizo de narcóticos y armas luego de 1920 (Dorado-Romo, 2017; Méndez & Velázquez, 2011).
El contrabando de guerra carece de estudios históricos en México salvo por menciones aisladas de un puñado de autores (Flores, 2019) por lo que los resultados de esta investigación aportará conocimientos originales para la historiografía nacional así como para la toma de decisiones de un tema de candente actualidad política e internacional.
Metodología
La microhistoria italiana se fundamenta en proposiciones dialécticas entre la macrohistoria y la microhistoria, como estrategia de creación de nuevas hipótesis y problematizaciones ante inveterados problemas y temáticas de la macrohistoria (Aguirre-Rojas, 2017). Es por ello que no se trata de una antropología histórica, una historia de lo cotidiano ni un remedo de historia local. Aquí, retomamos estos fundamentos para, desde un estudio de caso, problematizar la evolución de los contrabandos enfocándome en la pregunta: ¿Quiénes fueron los actores del contrabando en los años 20 en la frontera chihuahuense? Como primera hipótesis expuse la posibilidad de una coexistencia entre las clases populares y renovadas entidades profesionales o semiprofesionales orientadas a la acumulación de capitales. Con la descripción densa del caso de una célula de contrabandistas emanados de grupos subalternos y socialmente vulnerables, desarrollaremos en los siguientes apartados una breve historia de contrabandistas asentados en el centro histórico de la Ciudad Juárez postrevolucionaria.
El análisis de las fuentes será expedito y claro. Estas son de origen judicial, los archivos históricos que gestiona y preserva la Suprema Corte de Justicia de la Nación (en adelante, SCJN) en sus instalaciones de la Casa Jurídica de la ciudad fronteriza referida arriba. La historiografía en lengua hispana basada en fuentes jurídico-policiales ha mostrado estar en sintonía con temáticas subalternas, un aspecto compartido por la microhistoria citada. Recordemos el uso exclusivo de la documentación extraída de los procesos instruidos por el Santo Oficio de la Inquisición en el laureado Il formagio e i vermi (Ginzburg, 2008). En general, los diversos procesos elaborados por el complejo jurídico-punitivo son únicos para entrever los herrajes de la historia social, económica y cultural de las clases subalternas, privadas de otro tipo de registro en soportes duraderos. Aunque matizado y condicionado por las formas jurídicas, el discurso de los y las subalternas fluye intermitente pero profundo en estas fuentes.
El citado archivo histórico de la Casa de la Cultura Jurídica de Ciudad Juárez (en adelante, AHCCJ-Ciudad Juárez) alberga tres tipos de expedientes en coherencia con la división normativa mexicana. Así, encontramos información valiosa sobre casos de contrabando tanto en la sección criminal como la civil y los casos de juicio amparo promovidos por personas afectadas por decisiones de la autoridad aduanal. Solo durante el lapso que duró el proceso judicial base para este escrito se procesaron un total de 444 expedientes de contrabando y que, en ocasiones, incluían otros tipos penales. Respecto al periodo seleccionado, la norma jurídica vigente era aún la Ordenanza General de Aduanas Marítimas y Fronterizas de los Estados Unidos Mexicanos expedida el 12 de junio de 1891 (en adelante, la Ordenanza de 1891)[1]. Aunque había sufrido dos modificaciones previas, para 1923 seguía firme en el espíritu librecambista que la inspiró treinta y dos años atrás. Es, precisamente, hasta 1930 que una nueva legislación acorde con una filosofía nacionalista y, progresivamente, más proteccionista entró finalmente en vigor tras dos años de traspiés parlamentarios y dubitaciones gubernamentales. En 1931 no solo se cerró el proceso contra Ambrosia y su banda, sino que la nueva Ley Aduanal de 1928-29[2] estaba ya plenamente interiorizada por el sistema jurídico y aduanero. Con esto, la política punitiva vinculada al nuevo estilo en el comercio exterior modificó el protocolo, las penas y el mismo concepto jurídico del contrabando y se inaugura una nueva época con diversas consecuencias socioeconómicas respecto a la anterior. Adicionalmente, sucesivos decretos presidenciales y el reglamento de la Secretaría de Guerra con respecto al comercio de materiales bélicos completaron modificando las directrices establecidas en la decimonónica legislación. En su capítulo I, sección II, artículo 11 epígrafe VIII establecía la prohibición temporal de la importación de “efectos de guerra” señalando a ulteriores decretos para su regulación. En referencia al tema de estudio, el artículo 510 definía contrabando como “el delito que se comete o se intenta cometer al importar o exportar mercancías (…) eludiendo la intervención de los empleados fiscales”. Sin embargo, la penalidad prevista evidenciaba el carácter leve del delito. Solo en algunos casos que concurrían ciertos agravantes y se superaba la cantidad de $200 defraudados al fisco era considerado delito y no falta. En tales situaciones, junto al decomiso del medio de transporte y las mercancías la pena corporal no superaría los cinco años (en caso de usar armas contra los empleados fiscales).
Luego de concretar el análisis de las fuentes y la explicación del periodo junto a los elementos jurídicos que definen el problema macro-histórico, pasaremos a exponer el relato sobre una pequeña banda de contrabandistas de materiales de guerra siguiendo el análisis de su extenso proceso judicial.
Desarrollo
El seis de enero de 1925 un agente del Ministerio Público Federal del distrito judicial de Bravos, en Ciudad Juárez, expidió una orden de detención contra quien hubiera resultado responsable del contrabando de material de guerra descubierto en una garita del puente internacional el doce de noviembre anterior. Se trataba del viejo y sólido puente sobre pivotes de madera inaugurado en 1882 para el tránsito peatonal y el servicio de tranvía de mulas, mismo que usó la sospechosa aquella noche otoñal para ingresar las municiones de contrabando. A pesar de la inusitada demora inicial, el hecho es que a una semana de la referida consignación ministerial el jefe de la guarnición militar local, teniente coronel Fernando Díaz, apostó tropa en torno a la casa con número 80 de la Avenida del Ferrocarril el día catorce de enero de 1925 hasta que un joven de dieciocho años llegó y se introdujo al patio abierto de la propiedad. Eran las seis de la noche y los capitanes Corona y Escobar, encargados del operativo, detuvieron al muchacho. También aprehendieron a Nicanor Reyes, que se presentó poco después a “dejarle un bote de leche” a la Sra. Ambrosia Martínez, que identificó como residente de dicha casa. Sin embargo, fue liberado por no encontrársele nada sospechoso y el joven Hipólito Cortés fue puesto a resguardo en la guarnición militar. Al día siguiente, ya con orden judicial de cateo, el mismo Díaz participó en la revisión domiciliaria encontrando los militares varias cajas de parque, grandes cantidades de ropa y calzado, más de 4000 pesos en moneda nacional y estadunidense, así como dos bolsas llenas de marihuana. El joven Cortés declaró días más tarde ante el Ministerio Público Federal ya dentro de una causa penal; también Reyes fue aprehendido al día siguiente del cateo al encontrarse documentación en la casa que parecía involucrarlo en actividades de contrabando; por último, Ambrosia Martínez cuyo perfil era coherente con la señora que había huído de los aduanales la noche del doce de noviembre anterior estaba presa por esos días en la cárcel del condado de El Paso. Son varios los expedientes judiciales[3] vinculados con este grupo de contrabandistas, y se trata de juicios de amparo y de causas criminales. Por esta razón, y por el prolongado proceso legal, lo considero un caso paradigmático con abundante información sobre las redes criminales dedicadas al contrabando en esta década. Sin embargo, se da una particularidad que, como veremos, no deja de ser relevante: el alto número de materiales de guerra que estas personas parecían movilizar al interior del país. Pero ¿quiénes eran estas tres personas?
Ambrosia, la Jefa
La figura de Ambrosia Martínez carece de todo el glamur o la peligrosidad social que reproducen las representaciones sociales dominantes en torno a los contrabandistas de la frontera norte. Muy al contrario, esta mujer pareciera encontrarse en las antípodas del perfil de cualquier delincuente tal como en infinidad de casos criminales y su representación en la prensa y la industria cultural de la época (Caimari, 2007, pp. 183–184).[4] Y, sin embargo, el caso que protagonizó en los juzgados del distrito de Bravos, Ciudad Juárez, en mitad de la década de 1920 reúne todas las características y a todos los agentes sociales implicados de una manera u otra en el contrabando organizado. Y con este calificativo me refiero a la actividad delictiva a gran escala, con pequeños grupos que actuaban en redes, con influencias entre los poderes de facto de la citada región fronteriza y con el lucro, más que la subsistencia cotidiana, como objetivo central.
Ambrosia habría nacido en Pénjamo, Guanajuato, en 1877. Era una mujer morena, de ojos oscuros y boca grande, también de baja estatura, 140 cm., pero ajustada a la media femenina de la época que estaba en 143 cm. (López-Alonso, 2015). En cambio, sí podemos considerar a la señora Martínez en 1925 como una mujer entrada en la senectud: el promedio nacional de vida femenil en 1930 era de 35 años,[5] mientras que ya habría cumplido 48 al momento del proceso que por contrabando y contrabando de guerra la sacó del anonimato social en la Ciudad Juárez de los “felices” años veinte. A esta misma ciudad, como otros tantos de sus paisanos había inmigrado posiblemente a principios de los ‘20, aunque sin guardar mismo domicilio por mucho tiempo. Sabemos por la correspondencia emitida por uno de estos paisanos, quien habría pasado un tiempo en el domicilio juarense de Ambrosia antes de emigrar a Estados Unidos, que Ambrosia contaba con alguna propiedad y cierta comodidad en su natal Guanajuato, pero que un desamor a sus cuarentas habría precipitado la emigración a la frontera norte donde vivía con carencias materiales que su paisano subrayaba y lamentaba. Si esto es correcto, el perfil socioeconómico de nuestra contrabandista se corresponde a la clase de pequeños propietarios rurales[6] (Castro, 2006, pp. 141–142; Espinosa & Campos, 2004, p. 49) empobrecidos durante la Revolución y, por su edad, género, condición migratoria y la citada marginalidad económica, a una persona en situación de alta vulnerabilidad social y económica.
En sintonía con esta inferencia, la misma Ambrosia se describe en cierto momento del proceso como “una mujer pobre que vivo de mi trabajo, muy anciana y que he sido víctima de innumerables molestias”[7].Sin embargo, las fuentes carecen de toda alusión al tipo de trabajo, al contrario, aparece en testimonios, periciales, correspondencia privada y documentos oficiales como una ama de casa, sin cónyuge y dedicada a internar en México montos mínimos de mercancías tras sus constantes visitas a El Paso donde había residido en tiempos inmediatamente previos al proceso judicial base de estas páginas. Y si sumamos más datos surgidos de las mismas fuentes judiciales, estas contrastan o, al menos, modulan esta condición de pobreza material. El expediente 123/23 de lo criminal federal[8] –instruido contra Ambrosia por contrabando de mercancías diversas– terminó con la absolución el mismo año de 1923 por considerar el juez que el monto defraudado al fisco no ameritaba prisión. Más incongruente con la declaración de pobreza fue la cantidad de dinero decomisado en su domicilio de Avenida del Ferrocarril y posteriormente reclamado judicialmente, así como las características de los fiadores que pagaron las sucesivas fianzas impuestas, el gasto en abogados defensores y costas de juicios fue notorio también ya que el proceso se prolongó técnicamente más de cinco años, hasta octubre de 1930.
Los cómplices
El perfil de Nicanor Reyes Aguilera coincide ampliamente con la biografía de Ambrosia. Con 54 años al iniciar 1925,[9] Nicanor rebasaba con creces la esperanza de vida masculina del México de la época. Al igual que ella había emigrado a la región fronteriza, aunque en su caso, desde la ciudad de Aguascalientes. Habría nacido en la hacienda de beneficio La Florida, ubicada en el municipio de Guadalupe en Zacatecas cuando estos enclaves aún azogaban los minerales preciosos de las minas circundantes. Por tanto, es muy posible que sus progenitores y él mismo se hayan dedicado como peones en la minería zacatecana (Zapata Cerda, 2009; Zetina Rodríguez, 2014). La fisonomía de Nicanor era acorde a un hombre adulto de su época: bigote negro, barba rasurada y cabello negro cortado al ras mostrando unas pronunciadas entradas sobre las sienes; de constitución robusta y relativamente alto (161 cm.). Observando su retrato al ingreso a la cárcel, destacan como señas particulares un notorio estrabismo del ojo derecho, “nubes en los dos ojos” y marcas de viruela. Al igual que Ambrosia, sabía leer y escribir. Al momento de la detención de 1925 estaba empleado como velador en los Ferrocarriles Nacionales, asignado al departamento de publicaciones. Sus labores en esta oficina abarcaban incluso guardias nocturnas armadas en salvaguarda de lotes de mercancía sensible, como ejemplo menciona en su expediente cargamentos de dinamita o carbón, más susceptibles de robo que otros insumos. Estaba casado con Salomé Castañeda y residía junto a ella en el corazón de la zona de tolerancia de Ciudad Juárez: la avenida Mariscal. En suma, el señor Reyes se perfilaba como caso modélico de la clase popular juarense del momento. Pero más allá de estos generales, Nicanor Reyes se mostró con una personalidad firme y determinada frente al interrogatorio militar y a lo largo de un extenuante proceso judicial que, finalmente, ganó para sus intereses. Además, para los fines de esta investigación, Nicanor Reyes interpreta un papel crucial en la descripción del modus operandi del contrabando de la época; para esta historia él supuso uno de los eslabones más sensibles entre contrabando y Estado: los Ferrocarriles Nacionales, único medio de transporte de mercancías y de pasaje colectivo entre estas poblaciones fronterizas y el resto de México hasta mediados de los años treinta.
Hipólito Cortéz o, según otros documentos, Cortés, completa este pequeño grupo enjuiciado por contrabando y, especialmente en su caso, por contrabando de guerra. Y desde la mirada del presente resultó, sin duda, el engrane más débil de esta mínima red. Por lo demás, Hipólito era también el benjamín del grupo con apenas 18 años cumplidos en 1924. Las fuentes ofrecen nula información sobre su fisonomía o actividades cotidianas. Esta, además, queda ensombrecida por su constante recurso al engaño y los cambios notables en sus declaraciones juradas. Sin embargo, queda claro su vínculo afectivo con la señora Martínez. Ambos procedían de Guanajuato y mantenían cuando menos un vínculo de parentesco por elección. Ambrosia solo reconoció que “lo había criado”; Hipólito tardó un poco más en presentarla ante sus juzgadores como su madre, mismo trato que le ofrecía en la correspondencia privada. El acta de defunción de Hipólito señalaba a Pedro Cortés y Ambrosia Martínez como sus ascendentes. Quizá se tratase de un caso, muy recurrente en las sociedades rurales mexicanas, de parentesco postizo, esto es, de filiación por adopción espontánea. Fuera como fuese, los dichos y hechos registrados mostraron a un joven dependiente y al servicio de su figura materna tanto para la comisión de delitos como para evadir la acción punitiva. Las pocas referencias a su vida personal, en palabras de sus defensores legales, dibujaban a un paria cuyas principales respuestas de subsistencia fueron la migración y el delito. Uno más de esos “olvidados” que narró Luis Buñuel en su película de 1950.
El patrón
La tradición popular asienta en su memoria ágrafa que no hay banda criminal sin poderoso mecenas en las sombras quien, además, queda invariablemente impune, cuyo nombre y fotografía “nunca van a mirar en papeles” según reza el famoso corrido de Los Tigres del Norte. Pero la historiografía también lo asienta, de modo que es el general constitucionalista Pablo González Garza con respecto a la banda del automóvil gris (Rosas, 1919), o es Franyutti respecto al contrabando en el Veracruz novohispano (Alcántara, 2016), o bien es Santa Anna en las primeras décadas republicanas (Bernecker, 1993). Aunque el caso aquí tratado tampoco involucra “en papeles” la estructura vertical bajo la cual operaban Ambrosia y su grupo sí ofrece registros para una reconstrucción de esta estructura de dirección mediante la interpretación analítica de los diversos personajes presentes en los expedientes.
En primera instancia, Nicanor Reyes señala en una pronta declaratoria a dos personajes como contrabandistas de material de guerra. Son dos catrines, o expresado en sus propios términos “visten decentemente”. Más adelante volveré a estas declaraciones surgidas aún en separos militares, pero consideremos ahora el nombre proporcionado por Reyes de uno de estos señores: Manuel Martínez. ¿Sería el mismo Sr. Martínez citado por un tal N.A. Reyes en una de las cartas requisadas a Ambrosia Martínez? Si fuera así, Ambrosia y su grupito habrían fungido como subalternos del susodicho Manuel Martínez quien es descrito en la citada correspondencia como una persona “delicada”, con quien hay que evitar “tener dificultades” y entregarle el dinero y la “mercancía” faltante. La carta está fechada el 16 de noviembre de 1923.
Otra figura que emerge en el proceso es Emiliano Ortuzar, un viejo conocido del aparato de justicia de Ciudad Juárez. Ortuzar aparece en causas penales desde mayo de 1920. En 1922 fue aprehendido por cultivo de marihuana, pero el expediente se cerró por “muerte” del acusado causada por una arteritis. Esto no fue impedimento para después, en 1923, aparecer en una averiguación previa del ministerio público por el delito de “juegos prohibidos” y fungir como fiador en notorios casos abiertos en juzgados federales por delitos contra la salud y otros, como fue este proceso por contrabando, hasta su muerte “definitiva” en 1929. Es tal la influencia regional de este personaje que León-García (1996) lo ubica entre los empresarios comerciales de origen ibérico más importantes del tardo-porfiriato en territorio chihuahuense (p. 70). Las propiedades rústicas y urbanas que Ortuzar presentó como garantía en la fianza de Ambrosia Martínez e Hipólito Cortés ascendían a 50000 pesos oro.[10] Otro de los agraciados por sucesivas gestiones financieras de Ortuzar en los juzgados de Ciudad Juárez fue el matrimonio formado por Pablo González e Ignacia Jasso, reputados narcotraficantes locales con amplia presencia en la historiografía regional (Ramírez-Pimienta, 2016).[11]
En otra feliz coincidencia, Francisco J. Ayón y Jesús A. Cuen –litigantes– tomaron la defensa legal de Ambrosia Martínez y Nicanor Reyes e Hipólito Cortés respectivamente. Estos dos abogados fueron por una década los representantes de Ignacia Jasso y Pablo González en la práctica totalidad de juicios de amparo y penales del ramo federal protagonizados por la conocida banda de Los Pablotes en los juzgados del distrito de Bravos.
Obviamente, esta suerte de circunstancias concatenadas no establece una verdad jurídica, que tampoco es mi rol ni mi objetivo, pero sí proyecta el boceto de una estructura o conglomerado económico (business group)[12] (Vanoni-Martínez & Rodriguez-Romero, 2017, p. 253) con poderosas influencias, argumento reforzado por otra serie de circunstancias y el cariz que tomaron los acontecimientos durante el largo proceso judicial.[13] Aunque Manuel Martínez resulta difícil de rastrear en las fuentes primarias y secundarias, no ocurre igual con Los Pablotes tal como dejo asentado en líneas supra de este escrito. Los hermanos Fernández Puerta, con Enrique a la cabeza, habrían estado al frente de este conglomerado que, aparentemente, reunía empresas de contrabando, contrabando de guerra, narcotráfico, falsificación de moneda nacional e internacional, robo nacional e internacional de automotores, contrabando de automotores, trabajo sexual, juegos de apuestas, administración de cabarés y grandes casinos, así como venta de alcohol bajo una sola batuta en Ciudad Juárez y su hinterland hasta 1933.
El contrabando
El decomiso efectuado en el domicilio de Ambrosia Martínez por la guarnición militar el 15 de enero, fue revisado, corregido y ratificado por el administrador de la aduana en dos ocasiones posteriores antes de integrarse al expediente judicial de modo definitivo. Tuvieron que pasar tres meses para conocer la versión de Ambrosia al respecto ya que, en lo que aparentó ser un operativo internacional, había sido aprehendida simultáneamente por policías estadunidenses en la ciudad de El Paso y presa durante ese lapso en la cárcel de este condado tejano.
En suma, hallaron en la vivienda de la señora Martínez diecisiete paquetes conteniendo “parque chico”, esto es, 850 cartuchos para arma corta de los calibres 38, 38 Especial marca Winchester y calibre 41 marca Remington; diversas cantidades de abarrotes, ropa y calzado cuyos derechos de importación superaron ampliamente los 200 pesos; dos bolsas grandes que contenían marihuana y una notable cantidad de dinero en moneda nacional y estadunidense, a saber:
830 pesos plata y 10 más en moneda fraccionaria
925 pesos oro
689 dólares americanos en moneda corriente y billetes
Que al tipo de cambio de 1925 sumó aproximadamente $2034 dólares estadunidenses,[14] de los cuales $925 fueron regresados a la propietaria y el resto se entregó a la Aduana Fronteriza en calidad de depósito para garantizar el importe de dos procesos abiertos por contrabando. De hecho, el procedimiento habitual iniciaba en las oficinas del Administrador de la Aduana. La intervención directa del Ejército Nacional obedece a las particularidades del caso, no obstante, el primer decomiso fue realizado por celador y velador del resguardo aduanal ubicado en la garita del puente internacional casi dos meses antes. Es por ello que se siguen sendos procesos de contrabando. En aquel doce de noviembre de 1924 fueron aprehendidos 550 cartuchos para arma corta. La contrabandista logró huir arrojando los paquetes. En estos casos, la Aduana emitía un informe al Ministerio Público Federal (en adelante, MPF) quien abría proceso “contra los que resulten responsables de infracciones a la prohibición de importación de material de guerra”[15] Indefectiblemente, la jefatura militar de la plaza era informada sobre todos los contrabandos de guerra incluso antes de abrirse el expediente ministerial.
Por lo demás, las mercancías capturadas correspondían con los productos habituales de otros decomisos de la época, salvo por la marihuana. Esta y el monto de dinero encontrado difieren del patrón de otros casos y fortalecen la idea de un contrabando organizado y orientado al lucro como señalo al comienzo del inciso. La gran cantidad de parque encontrado en la casa de Ambrosia tampoco era habitual. Recordemos, de todas maneras, que tras la Revolución habían quedado en México multitud de armas de fuego importadas lícita o ilícitamente. Para la región fronteriza escenario de este proceso judicial existen datos secundarios que caracterizan a Paso del Norte (Juárez-El Paso) como el gran centro neurálgico de la conspiración facciosa y los contrabandos de guerra desde antes de 1910:
Ese estado de cosas era favorable a muchos comerciantes de la ciudad, quienes hicieron su agosto vendiendo armas. Situada en el número 301 de la calle El Paso, la Shelton-Pagne Arms Co., abastecedora importante de armas y municiones de todas las facciones revolucionarias, en 1913 tuvo utilidades de más de un millón de dólares (…) un contrabandista podía comprar en El Paso mil cartuchos por $30 dólares y venderlos en Juárez por $50 (Dorado-Romo, 2017, p. 176).
Es muy posible que esto explique la prevalencia en el contrabando de municiones sobre el de armas de fuego tan extendido en la actualidad. Aunque otras fuentes (Flores, 2019, pp. 39–41), afirman que desde 1919 el contrabando en el estado fronterizo de Tamaulipas incluía también armas.
La Ley
El Estado mexicano en la frontera norte estaba representado por varios personajes adscritos a otros tantos roles definidos por legislaciones, reglamentos y contratos. No entraré aquí a desarrollar estas otras redes políticas, judiciales y policiales, dejando patente simplemente su existencia y vinculación en formas y grados diversos con los grupos económicos del hampa fronteriza, así como los intereses y los conflictos entre los funcionarios públicos de algunas dependencias implicadas en la instrumentación de la ley y el Estado. Ahora, llevando la exposición al nivel microhistórico con el caso de Ambrosia Martínez nos aproximaremos a los aspectos personales de estas figuras públicas, representantes del Estado federal en la frontera internacional de Chihuahua.
La institución responsable en primera instancia de detener el contrabando de guerra fue el Ejército Nacional, un ente especialmente jerárquico y hermético con respecto a otras dependencias. La Jefatura de la Plaza recaía para las fechas del evento analizado en el teniente coronel Fernando Díaz, un subalterno del comandante de Zona Militar General Santiago Piña Soria y enemistado con el General Brigadier Francisco Durazo Ruiz, a la sazón Jefe Militar de la Plaza de Parral, Chihuahua (Instituto Nacional de Estudios Históricos de las Revoluciones de México, 2014, p. 304)[16]. Este último formaba parte de la camarilla de Álvaro Obregón desde 1912, cuando se conformó el 4ª Batallón de Sonora a las órdenes de este último. Díaz tuvo un altercado con un empleado de la Aduana de nombre Simón Martínez seis días después del cateo a la casa de Ambrosia porque sospechaba que este funcionario actuaba en connivencia con el General Durazo Ruiz y lo iban a denunciar por “un contrabando de frazadas y zapatos”. Se infiere que Díaz tenía mala conciencia, actuaba en el caso de Ambrosia bajo presión y temía algún descalabro en su carrera militar por ambiciones encontradas e intrigas internas.
La guarnición militar de Ciudad Juárez era importante en consonancia con el valor estratégico de la plaza y su relevancia política nacional. Derivado del estudio de las fuentes judiciales se trasluce que fue una guarnición muy activa en la persecución de varios delitos y otros menesteres que, en principio, no correspondían con su función primigenia. Una de estas encomiendas fue la custodia de la Cárcel Pública municipal de Ciudad Juárez, pero su desempeño aquí le costó hasta encendidas denuncias públicas del alcalde y alcaide de turno por sospechar que, bajo soborno, la soldadesca destacada facilitaba la fuga de reos.[17] En otro orden de cosas, la Jefatura de la Plaza actuaba recurrentemente en la represión de disidentes políticos cuyas actividades implicaran amenaza insurreccional. En sintonía a estas amenazas latentes debe comprenderse el temor del Estado mexicano por la importación de material de guerra sin la licencia correspondiente tal como hacía explícita la Ordenanza de 1891 aún vigente en 1925. Otras fuentes afirman incluso que el contrabando en general se toleraba por parte de la milicia en aras de granjearse lealtades y simpatías entre la población fronteriza contra el contrabando de guerra (Díaz, 2021).
La Aduana Fronteriza de Ciudad Juárez acumula importantes atribuciones estatales que determinan una parte de la vida cotidiana fronteriza, e influyen en otra parte más. Aunque limitada en recursos humanos,[18] ya he comentado que la acción punitiva se extendía millas adentro del país y a prácticamente toda actividad comercial de las poblaciones limítrofes con Estados Unidos. En el caso que nos ocupa, sus normales facultades fueron suplantadas parcialmente por la guarnición militar salvo en la expedición de informes y el conteo de rigor del valor de la mercancía decomisada y los derechos defraudados. Este conteo fue reintegrado una vez que en el mes de abril tomó posesión un nuevo administrador.
Entre las funciones de los jefes o administradores de aduanas fronterizas y marítimas durante casi toda la década de 1920 se encontraba la de auxiliar de la justicia federal. Así, en caso de carecer la población sede de la aduana de juzgado y ministerio público, el administrador podía iniciar las averiguaciones previas por las diversas faltas a la Ordenanza de 1891, a sus Reglamentos y, en última instancia, los fraudes a la Hacienda Pública que era como se entendían los contrabandos. Indefectiblemente, esta suplencia del MPF debía limitarse hasta presentar ante una de sus oficinas más cercana al o a los imputados y presentar la respectiva denuncia. En el resto de los casos, debían los administradores denunciar ante el MPF a los presuntos responsables, así como presentar las evidencias de las cantidades defraudadas o del comercio de sustancias u objetos prohibidos, como era el contrabando de guerra. En diversas circulares de la Dirección General de Aduanas también se trasluce el constante interés porque los administradores velaran constantemente por el supremo “interés fiscal” ante las negligencias, abandonos y demoras de los MPF ante los procesos en curso por este delito. Otro motivo de fricción que repercutía en las funciones atribuidas al administrador de turno era el control y acceso a los bienes decomisados producto de supuesto contrabando ya que, a tenor de estas circulares, los juzgados de distrito e incluso los MPF pretendían regularmente detentar lo confiscado como cuerpo del delito.
Por otra parte, los funcionarios y otros empleados de los Ferrocarriles Nacionales que, en Ciudad Juárez, operaban la línea del Ferrocarril Central Mexicano con destino final la Ciudad de México. Prácticamente todo el contrabando al interior nacional era conducido a través de esta línea y tanto los encargados del Exprés[19] como la oficina de la Agencia Nacional de Publicaciones, donde estaba asignado Reyes, estuvieron bajo vigilancia y sospecha constante por parte de los agentes confidenciales y los representantes locales de la Justicia federal. Si atendemos el total de expedientes abiertos por contrabando con el ferrocarril como protagonista se perfilaban tres destinos mayoritarios del contrabando: Ciudad de México recibía ropas y textiles de lujo; Torreón, textiles, encajes, zapatos y munición de guerra; y a la ciudad de Chihuahua, tejidos labrados, seda y casimires, ganado, maquinaria y munición de guerra. Otro destino, muy relegado en cantidades y con destino a pequeños asentamientos rurales, era el estado de Durango. Una parte de estas municiones y armas eran comercializadas en grandes almacenes urbanos o se encauzaban a regiones controladas por gavillas alzadas en armas contra el gobierno. La autoridad del Estado en los Ferrocarriles Nacionales tenía en los inspectores una figura visible. Parte de esta inspección estaba comisionada específicamente a la persecución y vigilancia del contrabando. Y en la detención de Nicanor Reyes destaca el señor Arturo Campal, a la sazón inspector especial de los ferrocarriles y agente confidencial comisionado directamente por el presidente de la República, General Plutarco Elías Calles,[20] según se ostenta en algunos expedientes abiertos por delitos de contrabando. Campal, quizá por un sentimiento corporativo o más bien por su misión policiaca, intervino desde luego para mediar ante el teniente coronel Díaz para la extracción de Nicanor Reyes de la prisión militar. Fue por esta mediación que Reyes fue trasladado al hotel Rio Bravo en calidad aún de detenido, pero bajo la vigilancia del señor Campal y a cambio de la delación que ya mencioné arriba.[21]
Por último, el Estado estaba también encarnado en esta causa por el Ministerio Público Federal y el juzgado de distrito, el tribunal de circuito y, en última instancia, la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Sin embargo, en lo concerniente a la construcción del Estado en la región fronteriza serán preminentes las dos primeras figuras. El papel jugado por el MPF en la persecución de los posibles delitos de Ambrosia y compañía, en cambio, arroja sombras sobre su integridad y eficiencia. Son varias preguntas las que surgen una vez conocido el expediente principal y los correspondientes a los juicios de amparo presentados por los acusados o a favor de ellos. Primero, ¿por qué nunca se integró un proceso por delitos contra la salud basado en el decomiso de una cantidad sustancial de marihuana y en el Código Penal del Estado de Chihuahua de 1905?[22] Segundo, ¿Por qué el MPF se abstuvo de ordenar averiguaciones o, al menos, de interrogar al acusado Nicanor Reyes en torno a Manuel Martínez y sus acompañantes? ¿Por qué minimizó el delito cometido por el contrabando de bienes? ¿Por qué en sus conclusiones solicita al juez considerar el atenuante de confesión espontánea?[23]
La actuación irregular aquí referida, que sugiere negligencia o connivencia, debe ser aprehendida como parte constitutiva de la construcción regional del Estado. Con las legislaciones en lontananza, la manipulación de estas para fines diversos a los originales supone ser parte consustancial del Estado y su proyección en la Historia regional ante un actor emergente: el conglomerado económico de ilícitos.
El proceso y los modus operandi
Finalmente, la comprensión del caso requiere de ciertos detalles como la línea de tiempo del proceso, los desenlaces y el desentrañamiento del modus operandi de estos contrabandistas tanto en la comisión del delito, como en su estrategia y actuación ante la Ley. En tal deshilado argumentativo aflorarán igualmente elementos significativos de los valores, intereses, expectativas y personalidad de los implicados. Veamos.
La primera condena fijada finalmente tras varias tribulaciones de los acusados y alguna que otra táctica de dilación considera a Ambrosia como autora del delito de contrabando. El seis de septiembre de 1928 se dicta sentencia, notificada el día 12, de un año y seis meses de pena corporal más $65.63 de multa. Ambas son estrictamente coherentes con las penas establecidas en la legislación vigente en 1925, la Ordenanza General de 1891, que en su capítulo XVIII secc. II art. 535 inciso II establece que la pena será proporcional al monto defraudado a la Hacienda Pública, pero “no superior a dos años al autor del contrabando” siempre que no medie violencia. Salvo por el atenuante solicitado por el propio MPF, el juez Garduño Soto resuelve una sentencia severa, pero acorde a Derecho.
Poco después, el nueve de enero de 1929 se comunica la sentencia al acusado Nicanor Reyes. En esta ocasión, el juez estima que Reyes es culpable del delito de contrabando en calidad de cómplice y, por tanto, siguiendo al pie de la letra la ley aduanal que en el inciso III del artículo 535 asienta que debe imponerse “a cómplices y encubridores la mitad de la pena impuesta a los autores”, condena a nueve meses de arresto mayor y $32.83 de multa al antiguo empleado de ferrocarriles. Sin embargo, inconforme con dicha resolución y congruente con su defensa tenaz Nicanor Reyes acude al tribunal de circuito quien revoca la condena y resuelve su absolución en mayo de 1929. Este tribunal consideró que el contenido de la carta remitida a Ambrosia por Reyes no acreditaba el delito.
| ↓AÑO//Persona→ | Ambrosia Mtz. | Nicanor Reyes | Hipólito Cortés |
| 1923 | Primer proceso por contrabando | Correspondencia con Ambrosia | - - - - |
| 1924 | Evade detención | Correspondencia con Ambrosia | Inicia cruces de parque |
| 1925 | Presa en El Paso Formal prisión en Ciudad Juárez Libre bajo fianza Apelación Tribunal 3º circuito confirma formal prisión Careo con Reyes Careo con Cortés | Detención cuartel Primer Amparo Formal Prisión Libre bajo fianza Apelación Tribunal tercer circuito confirma formal prisión Careo con Martínez. Evade acuerdos | Detención cuartel Primer Amparo Formal prisión Libre bajo fianza Apelación Tribunal 3º circuito confirma formal prisión Careo con Martínez. “Emigra” a USA |
| 1926 | Comparece al juzgado | Peritaje calígrafo Fianza efectiva | Comparece al juzgado Defunción |
| 1927 | _ _ _ _ _ _ _ _ _ _ | _ _ _ _ _ _ __ _ | _ _ _ _ _ _ _ _ _ |
| 1928 | Vista sentencia Condena Apelación Pierde apelación Amparo | Orden de aprehensión Formal prisión Libre bajo fianza | |
| 1929 | Prisión efectiva Traslado Hospital Fuga de prisión | Condena Apelación Revocación de condena | |
| 1930 | SCJN niega amparo Prófuga |
De la información vertida en la documentación del proceso podemos delinear al menos dos modos de operar de este grupo de contrabandistas. En primer término, revisaré su estrategia y táctica ante los tribunales, para a continuación cerrar este inciso con un intento de responder a la cuestión de cómo se desarrolló el contrabando en la franja fronteriza de Chihuahua.
Podemos percibir dos planteamientos ante el proceso judicial por parte de cada uno de los detenidos y luego imputados. En el caso de ambos ancianos, Ambrosia y Nicanor, la estrategia se basa en una defensa encarnizada de su inocencia que recurrentemente niega las acusaciones, las relaciones y las evidencias empíricas en su contra. Este es el caso stricto sensu de Ambrosia Martínez[24] y, con mínimas concesiones al inicio del proceso, el de Nicanor Reyes. ¿De qué concesiones hablo? Primero, la negociación con la jefatura militar para salir de la detención castrense. Pudo librar un largo encierro con los consecuentes interrogatorios a cambio de muy poco: delatar un nombre sin aportar muchos más informes. Mientras que Reyes salió del cuartel en dos días, Hipólito Cortés, en cambio, pasó seis bajo custodia militar. La segunda concesión de Reyes a las interpelaciones sucesivas de soldados y MPF fue respecto a su relación con Ambrosia Martínez. Llegó a reconocer que recibió correspondencia de Estados Unidos destinada a Martínez para negar de plano toda relación con la principal imputada de contrabando durante el careo efectuado en junio de 1925.
Este compromiso de ambos contrabandistas con su libertad fue ratificado hasta el final mediante recursos de apelación y amparos directos. Así Reyes obtuvo su absolución final cinco años después. En el caso de Ambrosia, la defensa de su libertad la llevó hasta la fuga de la Cárcel Pública de Ciudad Juárez. No existe registro en las fuentes de su posterior captura.
El segundo planteamiento ante el proceso de captura e instrucción lo protagoniza el joven Hipólito. Seguramente derivó de los interrogatorios en la prisión militar y las consecuencias fueron posiblemente mortales para el adolescente. Aunque meses después denunció ante el juez del caso que había declarado bajo maltrato físico y verbal, su primera versión fue clave para procesar a su madre al describir con detalle cómo actuaba bajo sus órdenes y se hacía de municiones en El Paso por instrucciones precisas de ella misma. Poco sirvió su táctica posterior, que se antoja pueril, de modificar datos personales como edad, domicilio, filiación, etcétera, así como las ulteriores declaraciones. En la misma línea evasiva, y a instancias de su madre, emigró al estado de Oregón en la Unión Americana donde permaneció durante un año. Su regreso, según la documentación del proceso, se produjo a instancias de su madre solo para morir sorpresivamente por “hemofilia y nefritis” pocos días antes de ratificar su testimonio y escuchar las conclusiones del ministerio público.
Este modus operandi debe contextualizarse, entiendo, dentro de los apoyos recibidos, presumiblemente, por la organización liderada por Enrique Fernández. Un apoyo concretado en el sostén financiero, la defensa legal experta y el juego de influencias que quizá alcanzaron la voluntad de un Ministerio Público muy laxo en sus alegatos.
La respuesta a cómo se realizaba el contrabando organizado durante la década de 1920 queda ampliamente ilustrada por este análisis de un caso paradigmático y del que las fuentes aportan información muy significativa.
La compra de diversos artículos se realizaba al mayoreo en almacenes de la ciudad de El Paso. Se trató de los artículos más demandados en la época de estudio, pero también en las décadas precedentes: textiles, calzado, abarrotes y municiones de guerra (Piña-Aguirre & Ramírez-Zavala, 2020). Posteriormente, eran almacenados en domicilios de esa misma ciudad. Hipólito Cortés da la razón de alguno de esos domicilios. Por último, eran introducidos en México por el puente internacional en pequeñas y medianas partidas aprovechando o simulando movimientos pendulares por trabajo, familia u ocio. Es el conocido actualmente como contrabando hormiga. Ya en Ciudad Juárez, Ambrosia se encargaba de almacenar y repartir las mercancías. Posiblemente, la distribución alcanzaba tanto la propia ciudad y su hinterland como otras áreas urbanas al interior del país. Ya mencioné las más recurrentes en los decomisos. Aquí aparece Nicanor Reyes quien fungiría como enlace con Manuel Martínez, quien recibiría específicamente el parque de guerra, y con los Ferrocarriles Nacionales por donde se conducía el contrabando a las ciudades mencionadas.
El perfil del contrabandista se correspondía con los tipos más populares, incluso marginales, de la sociedad norteña. Aunque se tratara de subalternos dentro de conglomerados económicos muy influyentes en la esfera regional terminaban pagando con su bienestar, su vida y su libertad los embates del aparato jurídico-policial del Estado. En contraste con la opinión de otros autores (Barrera-Enderle, 2018; Díaz, 2021), la sucesión del contrabando de subsistencia al contrabando organizado no fue ni tan mecánica, ni tan tardía. Al menos esto es así para la frontera chihuahuense. En cambio, sí estoy en condiciones de ratificar el esmero del Ejército Nacional en la persecución del contrabando de guerra como señala Díaz (2021). Aunque, alternativamente, participara en otros contrabandos para lucro de sus oficiales, esto en sintonía con una parte de las afirmaciones arriba referidas de Flores (2019).
Conclusiones
El contrabando de materiales de guerra fue protagonizado durante las dos primeras décadas novecentistas principalmente por agentes de grupos disidentes con los sucesivos gobiernos federales mexicanos. La región de estudio representó el punto central de conspiraciones políticas e importación irregular de armas y municiones para todas y cada una de las sucesivas facciones insurgentes, desde el constitucionalismo al villismo, pasando por grupúsculos que oscilaban entre uno u otro polo político. La industria militar estadunidense y el capital comercial de El Paso, Texas, fueron los principales patrocinadores y beneficiarios del trasiego transfronterizo de armamentos (Dorado-Romo, 2017). Esto fue así hasta 1924 con el eclipse de la rebelión delahuertista y el inicio de la depuración de caudillos militares desde la cúpula del gobierno federal. Como subraya la historiografía al respecto, las guarniciones militares se dieron a la tarea de bloquear este tipo de contrabando por ser materiales no autorizados más allá del quebranto al erario. Su objetivo fue político: garantizar la estabilidad política en la élite gubernamental en un proceso dubitativo hacia la resolución no armada de las disputas por el control del Estado (Rosas, 1977).
Por otra parte, los locos años veinte asisten al despegue económico en la zona fronteriza norte de México basándose parcialmente en industrias y comercio ilícitos. La legislación vigente con respecto a los diversos tipos de contrabando mantuvo el espíritu librecambista del régimen previo hasta finales de esta década por lo que las sanciones corporales fueron mínimas. Además, tal y como muestra el caso de Ambrosia y sus cómplices el principal tipo de contrabando fue el llamado hormiga. Aunque, aparentemente, se trata de un recurso de auto abasto popular los incipientes grupos del crimen organizado lo tomaron como modus operandi para encubrir sus actividades y, seguramente, gestionar pérdidas por decomisos. La principal característica del caso abordado es su imbricación con otros negocios de ilícitos que operaron bajo la égida del clan familiar Fernández-Puerta en un paradigmático modelo de organización criminal con base familiar orientada al esquema de empresa multinegocios. Esta cúpula delincuencial estuvo conformada por empresarios locales, abogados, personas y grupos de parentesco con amplia experiencia delictiva y neófitos reclutados entre las filas de las clases populares empobrecidas. El involucramiento en esta red de trabajadores del servicio postal de los Ferrocarriles Mexicanos es paradigmático del uso encubierto de las infraestructuras y sus operadores como base indispensable para la distribución y comercialización de las mercancías de contrabando, materiales de guerra incluidos.
Otro de los aspectos significativos del caso, posiblemente lo que le dota de relevancia sociopolítica, fue la injerencia expedita de la guarnición militar en labores de seguridad pública y policía judicial, así como la condición binacional del operativo contra la gavilla de contrabandistas. Fueron instancias federales binacionales quienes atrajeron el caso, indicio de una preocupación por la expansión de estas actividades en tanto amenaza a la seguridad binacional y de la indolencia o connivencia de las autoridades locales y regionales.
Considerando la actual confrontación diplomática y judicial entre el estado mexicano y las grandes corporaciones del complejo militar-industrial estadunidense para responsabilizarlas civilmente por la venta y posterior exportación irregular de armas de fuego y otros materiales de guerra a territorio mexicano, esta brevísima historia de contrabandistas novecentistas amplía nuestras perspectivas hacia las dimensiones temporales del fenómeno reclamado. Un siglo después, la frontera con Estados Unidos y el control aduanal ha sido de nueva cuenta militarizado con el despliegue de la Guardia Nacional mexicana desde un par de años atrás, sin detener completamente el ingreso irregular de materiales de guerra, esta vez empleados no en una confrontación facciosa por el control del Estado, sino como parte de la Guerra contra el Narco.
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Notas

