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Propuesta de reforma al estatuto tributario municipal de santa rosa de cabal como impacto en la competitividad empresarial
Julián Andrés Gómez Sánchez1; Catalina Cardona Gil2; Paola Irene Aguirre Dávila3
Julián Andrés Gómez Sánchez1; Catalina Cardona Gil2; Paola Irene Aguirre Dávila3
Propuesta de reforma al estatuto tributario municipal de santa rosa de cabal como impacto en la competitividad empresarial
Proposal for reform to Santa Rosa de Cabal municipal taxation statute as an impact on business competitiveness
Proposta de reforma do estatuto da tributação municipal de Santa Rosa de Cabal como impacto na competitividade empresarial
LÚMINA, núm. 19, 2018
Universidad de Manizales
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Resumen: La propuesta de reforma al impuesto de industria y comercio del estatuto tributario municipal de Santa Rosa de Cabal, se realizó con el objetivo de determinar la relación entre el sistema tributario y la competitividad empresarial, a partir de la caracterización económica del municipio y de definir los aspectos de reforma al estatuto tributario municipal (acuerdo 071 de 2013) específicamente en cuanto al impuesto de industria y comercio, ajustándose a los lineamientos legales y económicos identificados en el estudio.

De esta manera la presente investigación comprende un desarrollo sistemático desde diferentes etapas, iniciando con el análisis bibliográfico como estrategia de comprensión teórica, luego mediante el estudio de las bases de datos de la Secretaría de Hacienda y de la Cámara de Comercio del municipio para su posterior procesamiento y análisis de los resultados que permitieran integrar todas las variables definidas.

Mediante la metodología Vester se logró establecer la correlación existente entre los indicadores de competitividad y la tributación. Acto seguido se presenta las características económicas principales de Santa Rosa de Cabal como los ingresos por actividades principales, los empleos generados, tamaños de empresas, histórico de registros mercantiles renovados, entre otros aspectos. También la composición de los ingresos tributarios del municipio y el desglose del recaudo por actividad económica en el impuesto de industria y comercio. Finalmente se toman los aspectos relevantes de los sectores económicos y se analiza la estructura del impuesto de industria y comercio actual, comparado con dos municipios de la región, se determinan los posibles cambios en cuanto a tarifas de manera que guarden congruencia con sus características sectoriales, con su potencial y con los requerimientos legales.

Palabras clave: Competitividad, impuestos, productividad, incentivos tributarios, reformas tributarias.

Abstract: The proposal of reform to the tax of industry and commerce of the municipal tax statute of Santa Rosa de Cabal that propitiates the competitiveness, was made with the objective of determining the relationship between the tax system and the business competitiveness, of establishing the economic characterization of the municipality and Subsequently the aspects of reform to the municipal tax statute (agreement 071 of 2013) identified in terms of the industry and trade tax, in accordance with the legal and economic guidelines identified in the study.

In this way the present investigation includes a systematic development from different stages, starting with the bibliographic collection support as a tool of previous analysis, then by requesting the databases of the secretariat of finance and the chamber of commerce of the municipality for its further processing and analysis of the results that would allow integrating all the variables defined as objective.

Through the Vester methodology where it was possible to establish the existing correlation between competitiveness indicators and taxation. Next, the main economic characteristics of Santa Rosa de Cabal are presented, such as the income from the main activities, the jobs generated, the size of companies, the history of renewed business registers, among other aspects. Also the composition of the tributary income of the municipality and the breakdown of the collection by economic activity in the tax of industry and commerce. Finally, the relevant aspects of the economic sectors are taken and the structure of the current industry and trade tax is analyzed, compared to two municipalities in the region, the possible changes are determined in a way that is consistent with their sectoral characteristics, with their potential and with the legal requirements.

Keywords: Competitiveness, taxes, productivity, tax incentives, tax reforms.

Resumo: A proposta de reforma do imposto industrial e comercial do estatuto municipal de Santa Rosa de Cabal, foi feita com o objetivo de determinar a relação entre o sistema tributário e a competitividade empresarial, com base na caracterização econômica do município e na definição do aspectos da reforma para o estatuto de imposto municipal (acordo 071 de 2013) especificamente em relação ao imposto sobre a indústria e comércio, de acordo com as diretrizes legais e econômicas identificadas no estudo.

Desta forma, a presente investigação inclui um desenvolvimento sistemático de diferentes etapas, começando com a análise bibliográfica como uma estratégia de compreensão teórica, em seguida, estudando as bases de dados do Ministério da Fazenda e da Câmara de Comércio do município para posterior processamento e análise dos resultados que permitiriam integrar todas as variáveis definidas.

Através da metodologia Vester, foi possível estabelecer a correlação existente entre indicadores de competitividade e tributação. A seguir, são apresentadas as principais características econômicas de Santa Rosa de Cabal, como a receita das principais atividades, os empregos gerados, o tamanho das empresas, o histórico de novos registros de empresas, entre outros aspectos. Também a composição da receita tributária do município e a desagregação da arrecadação por atividade econômica na taxa de indústria e comércio. Por fim, são analisados os aspectos relevantes dos setores econômicos e analisada a estrutura do atual imposto setorial e comercial, comparado a dois municípios da região, as possíveis mudanças em termos de tarifas são determinadas de forma que sejam consistentes com suas características setoriais, com seu potencial e com os requisitos legais.

Palavras-chave: Competitividad, impostos, produtivida, incentivos fiscais, reformas tributárias.

Carátula del artículo

Propuesta de reforma al estatuto tributario municipal de santa rosa de cabal como impacto en la competitividad empresarial

Proposal for reform to Santa Rosa de Cabal municipal taxation statute as an impact on business competitiveness

Proposta de reforma do estatuto da tributação municipal de Santa Rosa de Cabal como impacto na competitividade empresarial

Julián Andrés Gómez Sánchez1
Universidad de Manizales, Colombia
Catalina Cardona Gil2
Independiente, Colombia
Paola Irene Aguirre Dávila3
Independiente, Colombia
LÚMINA
Universidad de Manizales, Colombia
ISSN: 0123-4072
ISSN-e: 2619-6174
Periodicidad: Anual
núm. 19, 2018

Recepción: 15 Noviembre 2017

Aprobación: 30 Enero 2018


Introducción

A partir de la descentralización en Colombia, los entes territoriales han adoptado medidas en materia tributaria que permiten fortalecer los ingresos locales desde el punto de vista impositivo. Algunas apuntaron a aumentar y actualizar las bases gravables, además de incrementar el monto y la eficiencia del recaudo. Dentro de las facultades otorgadas a los Municipios, la Constitución Política determina la autonomía de las entidades territoriales, y en el literal 3 menciona la potestad que estos tienen en cuanto a administrar los recursos y establecer los tributos necesarios para el cumplimiento de sus funciones. (Constitución Política, 1991, articulo 287)

Sin embargo, han sido palpables las diferencias en el desarrollo económico entre algunas regiones. Jaramillo (2013) afirma que en el estudio sobre el impuesto de industria y comercio, el 61% de los municipios analizados generan una renta inferior a la mitad de la renta media per cápita nacional, dado que en Colombia se observa un fenómeno de convergencia tipo club ocasionada fundamentalmente por la disparidad entre las regiones en el proceso de crecimiento económico, generando a su vez un agrupamiento de zonas de crecimiento bajos/altos, apreciándose características de autocorrelación espacial positiva, es decir, que municipios con mayor o menor índice de crecimiento de industria y comercio muestran patrones de influencia por municipios vecinos con crecimientos altos o bajos. Lo anterior no sólo permea en la configuración de clúster espaciales, sino también en generar cierta dependencia donde ello podría acelerar o frenar la dinámica de convergencia en los municipios. Luego, se estableció que los mejores resultados en cuestión de crecimiento económico se presentaron en aquellos municipios que cuentan con actividad industrial desarrollada, pertenecientes a un área metropolitana o con presencia de hidrocarburos.

En el estudio socio económico realizado por la Cámara de Comercio de Santa Rosa de Cabal (2014), el 51% de los establecimientos se dedican al comercio, el 12% a la hotelería y el 8.6% a la industria manufacturera. No obstante, el 99.1% se encuentran categorizadas en microempresas, el 0.7% en pequeñas, y el 0.2% en mediana y gran empresa, de las cuales el 84% de los empleos generados lo aportan las micro, el 9% las pequeñas y el 5% las empresas de tamaño grande. Atendiendo a lo antes dicho, y ubicando al municipio objeto de estudio con la región investigada por Jaramillo (2013), Santa Rosa de Cabal se encuentra en una zona de bajo índice de crecimiento en materia de industria y comercio, hecho que muestra directa relación con los datos económicos presentados.

Por otro lado, en cuanto a sus finanzas públicas, el 60.77% de los ingresos tributarios de dicho municipio provienen del recaudo del impuesto predial, mientras que, tan sólo el 15.68% por impuesto de industria y comercio. Sin dejar de mencionar que sus ingresos totales en el periodo 2000-2010 aumentaron en un 9.82% al contrario de sus ingresos corrientes que registraron una tasa de crecimiento inferior de 8.72%, dado que dichos ingresos dependen de factores como el recaudo del ente territorial, la capacidad económica de la población y de su responsabilidad fiscal.

A nivel nacional:

En el año 2003, el 42% de la totalidad de los ingresos tributarios se originó en el impuesto de industria y comercio, 33% en impuesto predial y el 25% restante en un conjunto de impuestos menores dentro de los cuales se destaca la sobretasa a la gasolina. (Villada, 2011, p. 182)

Pese a que el recaudo de los impuestos municipales representan una participación baja dentro del PIB como se explica a continuación: El impuesto de industria, comercio y avisos tiene un efecto altamente distorsionador de la actividad productiva, puesto que, desde el punto de vista de su diseño, este grava a todas las empresas naturales o jurídicas que desarrollen actividades de tipo industrial, comercial o de servicios dentro de un municipio, donde en algunas ocasiones, las distintas actividades económicas a lo largo de la cadena de valor terminan siendo gravadas múltiples veces.(Cámara de Comercio de Santa Rosa de Cabal, 2014).

Como consecuencia de ello y sumado a las dificultades en la definición de territorialidad en el ICA (industria y comercio), donde un mismo ingreso es gravado en diferentes municipios, la libertad para la fijación de impuestos y la desactualización tributaria, desencadena una afectación directa en las actividades económicas, desincentivando el comercio interno y disminuyendo la competitividad.

Dentro de los factores analizados y los relevantes para el presente estudio, el aspecto relacionado con las finanzas públicas ha registrado un decremento en cuanto al déficit fiscal y a la situación crediticia del gobierno actual, relacionándose con lo sucedido en términos del balance del gasto (déficit presupuestal del Gobierno y deuda total del Gobierno como porcentaje del PIB ), además variables como el recaudo total de impuestos como porcentaje del PIB y tasa de contribución de los empleadores a la seguridad social. Hecho parecido al presentado en el factor de eficiencia empresarial, donde, fundamentalmente el campo de productividad y eficiencia, destaca un retroceso en el crecimiento económico, notándose en el crecimiento real de la productividad agregada, una leve retracción en el mercado laboral que se vio impulsado significativamente por la motivación al trabajador, capacitación de empleados, empleo a tiempo parcial y experiencia internacional de la alta dirección.

Guardando congruencia con lo establecido en la Visión Colombia Segundo Centenario 2019 (Departamento Nacional de Planeación, 2005) , en Risaralda se diseñó el plan regional de competitividad, dentro del cual, la Visión 3 dispone lo siguiente “Risaralda habrá logrado consolidar un sector productivo capaz de aprovechar sus ventajas comparativas y generar ventajas competitivas y, de esta manera, será un departamento competitivo en los mercados nacionales e internacionales” (Comisión Regional de Competitividad; s/f : 13) y en la visión 4:

El área metropolitana será la región de Colombia con mejor clima para los negocios, gracias a la gestión eficiente y transparente del sector público, el apoyo de los ciudadanos y al respaldo de una sociedad comprometida con el desarrollo socioeconómico de su entorno. (Comisión Regional de Competitividad; s/f: 13)

Si bien, en la actualización al plan regional de competitividad 2012, se trazó dentro de los objetivos la articulación institucional como un ecosistema para el emprendimiento y el desarrollo empresarial, el fortalecimiento de sectores estratégicos como los tradicionales, los priorizados y los promisorios, conscientes de que la construcción de una visión de departamento compartida y convergente constituiría las bases de un crecimiento económico futuro de la región, en ningún caso se logró incluir las cargas tributarias dentro de los factores de análisis o en el diseño de las estrategias, puesto que se esperaría que el sistema tributario adecuado contribuyera a jalonar la competitividad económica en Colombia.(Comisión Regional de Competitividad, s/f)

Asimismo, la discrecionalidad de los gobiernos territoriales en el momento de establecer sus sistemas impositivos, ha ocasionado que éstos se hayan enfocado en mayor medida hacia el recaudo y no a favorecer el crecimiento económico en los municipios, donde se evidencia que son pocos los estatutos tributarios que corresponden con la caracterización económica de su región.

De acuerdo con el Consejo Privado de competitividad (2016-2017), la estructura del sistema tributario colombiano se caracteriza por gravar en exceso algunas inversiones y actividades, lo que distorsiona la asignación de recursos en la economía, promueve la informalidad y vulnera el principio de eficiencia de la Constitución Política. Por lo tanto, en congruencia con lo anterior y con el diagnóstico antes descrito, fácilmente podría deducirse que con la presencia de las condiciones actuales en materia tributaria tanto nacional como territorial, las empresas, fundamentalmente las pymes (pequeñas y medianas empresas), continuarán con fenómenos de rezago de competitividad en una economía globalizada, favoreciendo la evasión y el estancamiento en cuanto a crecimiento económico se refiere. (Consejo Privado de Competitividad; 2016)

Es así como la problemática planteada genera el siguiente interrogante ¿Cuáles son los elementos normativos necesarios para proponer una reforma tributaria municipal de Santa Rosa de Cabal orientada a contribuir o a mejorar las condiciones de competitividad empresarial?

1. Estrategias Metodológicas

Para determinar la relación entre el sistema tributario y la competitividad empresarial, se analizaron diferentes teorías propuestas por autores de la materia. Posteriormente mediante la metodología Véster (2016) se procedió a determinar la correlación de las diferentes variables o indicadores seleccionados como elementos articuladores entre competitividad e impuestos, para finalmente concluir la dependencia, influencia o la inexistencia de relación entre los mismos.

En cuanto a la caracterización económica del municipio de Santa Rosa de Cabal, se solicitó la información de las bases de datos tanto en la alcaldía municipal como en la Cámara de Comercio, donde se pudo establecer la estructura económica del municipio.

Por otro lado, con la finalidad de establecer aspectos de reforma al estatuto tributario municipal que se ajusten a los lineamientos legales y económicos, se realizó un análisis del acuerdo 071 de 2013 (Consejo Municipal de Santa Rosa de Cabal, 2013), identificando su reserva de ley y comparándolo con la información disponible de caracterización económica, de manera que presentan artículos objeto de actualización y transformación con su debido sustento económico o legal.

2. Caracterización económica del municipio de Santa Rosa de Cabal

La caracterización económica de Santa Rosa de Cabal se realizó con el objetivo de identificar la composición de las unidades productivas en cuanto a la actividad que desarrollan, el número de empleos generados, el tamaño y clasificación de acuerdo al valor de sus activos según la ley 905 de 2004 (Diario Oficial de la Republica de Colombia), y los ingresos obtenidos a diciembre 31 de 2016 presentados ante el registro de Cámara de Comercio en el primer trimestre de 2017. También se mostraron los ingresos tributarios del Municipio y su comportamiento en el periodo 2005- 2015, dado que son las cifras más actualizadas en el Departamento Nacional de Planeación (en adelante DNP). Finalmente, el recaudo del impuesto de industria y comercio del periodo 2013-2016 por la Secretaria de Hacienda de Santa Rosa de Cabal.

Como primera medida se analizan los ingresos por actividad económica para identificar aquellas que generen recursos importantes para el municipio y aquellas que no son representativas

La actividad que representa mayores ingresos operacionales de las personas naturales y jurídicas con registro mercantil activo durante el año 2016 es la de comercio al por mayor y por menor, reparación de vehículos automotores y bicicletas con $69.885.186.732, seguido por la actividad de industrias manufactureras con $23.941.796.018 y las actividades de construcción con $12.134.614.145.

Las actividades con menor representatividad son las de información y comunicaciones con $10.850.000 de ingresos durante el año 2016, las actividades de servicios administrativos y de apoyo con $474.995.464 y las actividades artísticas, de entretenimiento y recreación con $1.044.035.000.

En Risaralda la actividad que representa mayor PIB es la de servicios sociales, comunales y personales con $2.375 mil millones, seguido por las actividades de servicios financieros, seguros e inmobiliarios con $2.320, también por actividad de construcción con $1.639 y el sector del comercio, reparación, restaurantes y hoteles con $1.629 mil millones de pesos.

3. Ingresos operacionales por actividad y por tamaño de empresa

El municipio de Santa Rosa de Cabal cuenta con 3 empresas grandes, 14 empresa de tamaño mediano, 57 pequeñas empresas y 1926 microempresas de acuerdo con el valor de sus activos, clasificándolos en rangos de salarios mínimos del año 2016, de acuerdo con la ley 905 de 2004, dado que el valor reportado para el registro mercantil en el primer trimestre del año 2017 corresponde a la información sustraída de los estados financieros con corte al 31 de diciembre del año 2016. No obstante, las 3 empresas grandes no reportaron ingresos operacionales para dicho periodo, por tanto no fueron incluidas para el análisis.

Las empresas de tamaño grande reflejaron un total de activos de $35.249.953.858 en la actividad de industria manufacturera con 350 empleados. En la actividad de distribución de agua; evacuación y tratamiento de aguas residuales se observan unos activos de $52.943.246.000 empleando a 65 personas. La empresa grande dedicada a la actividad de comercio al por mayor y al por menor, reparación de vehículos, automotores y bicicletas registra un valor de sus activos de $27.142.148.470.

Estos son algunos datos de la caracterización realizada. Infortunadamente no es posible profundizar más en cifras y análisis de los mismos por razones de espacio, pero se evidencia que el trabajo procuró realizar un estudio detallado de los componentes económicos y tributarios del municipio.

4. Relación entre el Sistema Tributario y la Competitividad Empresarial

Si bien existen diversas posturas en cuanto a competitividad en distintos contextos, a continuación, se presente una síntesis desarrollada por Saavedra (2012) donde se incluyen diferentes indicadores y autores, explicando recursos y capacidades necesarias para el desarrollo competitivo de las empresas.

De acuerdo con Saavedra (2012), la competitividad hace referencia a la capacidad para generar utilidades y administrar con eficiencia los recursos; la primera podría medirse mediante indicadores de rentabilidad y productividad y la segunda mediante el uso óptimo de los recursos. Los factores internos que se incluyen como variables de la competitividad son:

• Calidad.

• Tecnología

• Capital humano

• Valores de la empresa

• Mercado

• Medio ambiente

• Normas y reglamentos técnicos

Rubio y Aragón (2006) identifican algunos recursos críticos como claves de competitividad en la empresa a saber: tecnología, innovación, mercadotécnica, recursos humanos, capacidades directivas, recursos financieros, cultura y calidad. De la Cruz, Morales y Carrasco (2006) incluyen el desarrollo de capacidades a fin de impulsar la competitividad mediante el desarrollo de tecnología, la mercadotécnica, los recursos humanos idóneos, recursos financieros necesarios, medios de producción y una logística adecuada. Para Solleiro y Castañón (2005) el desempeño competitivo de la empresa depende, en primera instancia, de su capacidad para administrar los elementos internos (mercadotécnica, recursos humanos, financieros, la calidad, la organización interna, las compras y la investigación y desarrollo) y como complemento de ello también intervienen las interacciones que la organización tenga con externos.

Por otro lado, los elementos que influyen a la competitividad en las empresas son: la gestión exitosa de producción, materias primas e inventarios, los mecanismos de interacción entre planeación, mercadotecnia, investigación y desarrollo, así como la capacidad de incorporar las relaciones con proveedores y clientes. Finalmente, Quiroga (2003) incluyó dentro de sus indicadores de competitividad variables que incorporan elementos internos controlables por las empresas, así como elementos externos que afectan su desempeño.

En concordancia con todo lo antes mencionado, Jiménez (2006) afirma que la competitividad está en la capacidad de gestión de la gerencia en diferentes aspectos de negocio en las siguientes áreas:

• Comercial.

• Financiera.

• Producción.

• Ciencia y tecnología.

• Internacionalización.

• Gestión Gerencial.

Todos los factores enunciados resultan importantes al momento de analizar el nivel de competitividad de una empresa, sin embargo, hasta el momento no incluyen el papel que juega la tributación en alcanzar dicho objetivo. Por dicho motivo, para efectos del presente estudio se toman los indicadores definidos por Saavedra (2012), que incluyen las diferentes visiones de expertos en el tema, incluyendo además la tributación como variable de análisis. A continuación, se enuncian los indicadores elegidos y el número asignado para la metodología Vester que se explicará más adelante.

Tabla 1
Numeración de los indicadores de competitividad incluyendo el factor de tributación

Fuente: Elaboración propia, con base en Saavedra (2012)

Una vez determinados los elementos involucrados en el análisis de competitividad empresarial, se construye la Matriz Véster, la cual fue una técnica desarrollada por el Alemán Frederic Véster, herramienta que facilita la identificación de relaciones entre variables de causas y consecuencias de una situación problemática. Consiste en el cruce de cada uno de las variables, excepto consigo misma, y de asignarle un valor de causa o de relación de la siguiente manera:

Tabla 2
Valoración de las variables según Matriz Véster

Fuente: Elaboración propia

Luego de incluir los valores en la matriz se suman los totales de las columnas (influencia Y) y de las filas (dependencia X), de la siguiente manera:

Tabla 3
Matríz Vester de los indicadores de competitividad

Fuente: elaboración propia

Tabla 4
Totalización de la Matriz Vester de los indicadores de competitividad

Fuente: elaboración propia

Posteriormente se identifican los valores mínimos y máximos de las variables, así como el valor de corte de los ejes para ser ubicados en el plano cartesiano.

El plano cartesiano se compone de 4 ejes:

1. Superior izquierdo: Factores Pasivos: Son aquellos que no tienen gran influencia sobre los demás pero que son causados por la mayoría.

2. Superior derecho: Factores altamente relacionados con la competitividad.

3. Inferior izquierdo: Factores que no tienen relación con la competitividad.

4. Inferior derecho: Factores Activos Reactivos: Son factores que tienen influencia en los demás pero que no dependen de los otros.


Figura 1.
Plano Cartesiano de los resultados de la Matriz Vester

Como se observa del total (16) de indicadores tomado como referencia de análisis, 14 de ellos se ubican en el cuadrante II del plano cartesiano, demostrando que tienen alta relación entre ellos como elementos de competitividad, incluido el factor de tributación. Los dos indicadores, el 9 y el 5, mercadotecnia y cultura respectivamente, se ubicaron en el cuadrante IV del plano cartesiano, el cual incluye los factores activos reactivos, es decir que a pesar de ser un elemento de relación con los demás indicadores de competitividad, no dependen de las otras unidades de análisis.

Los indicadores externos incluyen entre otros, el PIB, la inflación, la tasa de cambio e interés, salario base, política comercial, acuerdos, regulaciones, alianzas estratégicas de los gobiernos. En cuanto a factores sectoriales se encuentra el fortalecimiento de redes de cooperación y en factores sistémicos el acceso al financiamiento e infraestructura a razón que afectan el entorno donde se desarrolla y pueden tener importancia en la definición del ambiente competitivo y en las posibilidades para construir estrategias de competitividad por parte de las empresas. (Rojas, Romero & Sepúlveda, 2000, p. 14).

Teniendo en cuenta que la gestión de la tecnología se refiere al uso del capital intelectual como medio para el aumento de la productividad y la competitividad en las organizaciones, es necesario como primera medida vigilar las señales en el entorno interno y externo; focalizar en el desarrollo de una respuesta estratégica a dichos potenciales, capacitarse en el sentido de la adquisición del conocimiento necesario para ponerla en práctica; implantar la solución como un nuevo producto o servicio o simplemente un nuevo proceso o método dentro de la organización y por último el aprendizaje, es decir, el conocimiento resultante de las experiencias de éxitos y fracasos en el desarrollo de la nueva tecnología. No obstante, aunque la gestión tecnológica es un factor importante de competitividad por todo lo que ella representa para la empresa, no basta para alcanzar la competitividad plena, pues esta última es sistémica, es decir, es necesario una mezcla de ella con esquemas institucionales y organizaciones específicos, una infraestructura adecuada, un sistema financiero idóneo y una situación económica, política fiscal y jurídica que la propicie. (Baena, Botero y Montoya, 2003, p. 5).

La integración entre tecnología y negocio es un factor clave para la competitividad de las empresas. Con retos como la globalización, la creciente desregulación y apertura de mercados, un elevado nivel de incertidumbre en el entorno económico y la creciente presencia del riesgo, son factores a los que las empresas se deben enfrentar proactivamente. Todo ello, pone encima de la mesa la creación de valor empresarial, focalizándose en sus competencias esenciales, en la capacidad para transformar sus estructuras de costos fijos en variables y flexibles, en un poder de resistencia y elasticidad y simplemente su capacidad de respuesta frente a los cambios del entorno, donde toda esa reconfiguración se traduce en el papel estratégico de la innovación. (Moraleda, 2004, p. 1)

Todo lo dicho hasta este punto, permite identificar la relación que tienen elementos como la tecnología, innovación, el capital humano, capacidades directivas, recursos financieros, la calidad, la productividad, logística, la investigación, la interacción con proveedores y clientes, que son factores internos de las organizaciones con factores externos como indicadores macroeconómicos, entre ellos la tributación, con la competitividad empresarial, puesto que los esfuerzos que realicen por mejorar las capacidades y condiciones en toda organización depende en gran medida de su entorno económico, el cual deberá propiciar los escenarios idóneos para que todo ello confluya.

Respecto a los tributos, el gobierno tiene la posibilidad de disponer de un porcentaje de los recursos de las empresas a través de ellos, utilizándolos para la producción de bienes públicos y la redistribución de ingresos. Dicha intervención afecta a la actuación de los individuos o agentes económicos, influencia que puede ser directa a través de transferencia de ingresos o indirecta por medio de gravámenes sobre las diferentes transacciones en el mercado. De esta manera, en una economía, dados los precios de mercado, el agente económico elegirá de una lista de bienes y servicios que desea intercambiar de acuerdo con sus gustos o bien, sus posibilidades de intercambio, donde estas últimas dependerán no sólo de los precios de mercado sino también de los impuestos que deben afrontar. Por otro lado, el ahorro de los individuos se encuentra en función de los precios, de su demanda neta y de la estructura de las tasas de impuestos, de forma tal que es posible deducir que el equilibrio competitivo no sólo depende de las interdependencias de los gustos de los consumidores sino también de la acción de un gobierno que fija sus políticas de tributación maximizando o no el bienestar social. (Mantel, 1970, p. 296). Entonces se observa como a pesar del esfuerzo de las organizaciones por demostrar condiciones internas adecuadas para posicionarse en una economía altamente competitiva no son suficientes si las características de su entorno no son las ideales (indicadores macroeconómicos) o si la política tributaria del país donde se encuentre ubicada no lo permite, de allí surge la estrecha relación entre los tributos y la competitividad.

5. Propuesta de reforma al estatuto tributario municipal (Acuerdo 071 de 2013) en cuanto al impuesto de industria y comercio

El presente aparte se destina a desarrollar una propuesta de reforma para el capítulo del impuesto de industria y comercio del acuerdo 071 de 2013 que contiene el estatuto de rentas del Municipio de Santa Rosa de Cabal, una vez identificada la relación entre competitividad y tributación.

5.1. Propuesta 1: Agrupación de actividades y simplicidad de tarifas

En la Constitución Política Colombiana mediante el Artículo 363 que determina los principios del sistema tributario se dispone que el sistema tributario se funda en los principios de equidad, eficiencia y progresividad. El principio de equidad tributaria ha sido definido por la Corte Constitucional como una manifestación específica del principio general de igualdad y comporta la proscripción de formulaciones legales que establezcan tratamientos tributarios diferenciados injustificados, ya sea porque se desconozca el mandato de igual regulación legal cuando no existan razones para un tratamiento desigual, o porque se desconozca el mandato de regulación diferenciada cuando no existan razones para un tratamiento igual. (Sentencia C-397/11, 2011). Es así, como se identificó que en el Estatuto de Rentas de Santa Rosa de Cabal, dentro de una misma división de actividad económica se disponían tarifas diferenciales, no sólo generando que los contribuyentes pudieran discutir la violación del principio de equidad, sino que además esto configura para el ente territorial una mayor dificultad al momento de realizar las labores de fiscalización y de sistematización de la información, yendo en contravía del principio de eficiencia.

De esta manera, mediante la siguiente tabla, definida por los diferentes tipos de divisiones de actividades económicas principales se determina la tarifa actual y la propuesta de reforma para el artículo 107 del Acuerdo municipal 071 de 2013 de Santa Rosa de Cabal (Acuerdo 107 de 2013): Las tarifas del impuesto de industria y comercio según la actividad de acuerdo con la Clasificación Internacional Industrial Uniforme (CIIU) adoptada para Colombia por el DANE, son las siguientes:

Tabla 5
Actividades económicas con tarifas actuales y tarifas propuestas







Fuente: Elaboración propia

La propuesta de los autores radica en disponer para las actividades industriales una tarifa del 3 por mil, excepto para la extracción de minerales y metalíferos con un 7 por mil y para la extracción de actividades otras minas y canteras del 5 por mil. Permaneciendo entre el rango mínimo del acuerdo actual y el máximo permitido por la ley 1819 de 2016, sin embargo unificando dichas tarifas en la mayor medida, dado que, las dos actividades mencionadas con anterioridad que se proponen los importes mayores se debe al objetivo de desincentivar las actividades de explotación de minas y canteras por su impacto directo al medio ambiente del municipio.

En cuanto a las actividades comerciales, las tarifas se otorgan por división principal en términos generales del 5 por mil, excepto a las actividades de saneamiento ambiental con un 3 por mil y las tarifas máximas del 10 por mil para las actividades de telecomunicaciones, suministro de electricidad, y las actividades de juegos de azar y apuestas.

Las modificaciones propuestas a las tarifas generarían no sólo un atractivo para la inversión directa en el municipio de Santa Rosa de Cabal, especialmente para la industria, así como para las comerciales y de servicios, sino también que se midió el impacto en el recaudo con la información disponible a 2017, y se genera un incremento aproximado de doscientos millones de pesos4, pasando de 4.075,5 millones a 4.275,5 millones de pesos en recaudo total del impuesto de industria y comercio, dado que tributarían a una tarifa promedio del 3 por mil las actividades industriales y a una del 5 por mil las de servicios y comerciales, mientras que con anterioridad la tarifa efectiva de recaudo era de 3.4, 6.6 y 3.6 respectivamente para las tres actividades en dicho territorio5. Es decir, que la modificación de las tarifas facilitaría el control, la sistematización y fiscalización por parte de la secretaría de hacienda municipal, además de aumentar su potencial de recaudo, también, serían equitativas las cargas en actividades económicas similares, favorece el desarrollo de la industria quien genera mayor empleo, y para las actividades comerciales y de servicios ofrece mayores condiciones de igualdad y al mismo tiempo tendría una estructura del tributo (impuesto de industria y comercio) atractiva en su región generando de esta forma una ventaja comparativa que en términos generales propiciaría la competitividad.

5.2 Propuesta 2: Incentivos tributarios
6. Incentivos tributarios actuales

Dentro del actual estatuto de rentas municipal no se encuentra de manera explícito el término de incentivos tributarios, caso contrario lo exponen como actividades no sujetas mediante el artículo 66 y actividades exentas en el artículo 68. Dentro de las primeras (actividades no sujetas) se encuentran en términos generales las siguientes:

• La producción primaria agrícola, ganadera y avícola. (sin ningún

proceso de transformación)

• Artículos de producción nacional destinados a la exportación.

• Establecimientos educativos públicos, entidades sin ánimo de lucro,

partidos políticos y hospitales del sector salud.

• Las instituciones prestadoras de salud (IPS) y las entidades promotoras de salud (EPS).

• La producción agropecuaria en su primera etapa de transformación.

• Artículos en tránsito.

• Las propiedades horizontales

• Las profesiones liberales ejercidas por personas naturales.

El artículo 68 (Acuerdo 107 de 2013) determina las actividades exentas como aquellas que tendrán beneficios fiscales en el pago del impuesto de industria y comercio por el término de 3 años a partir del 1 de enero de 2014, resaltando la obligatoriedad de una previa autorización por parte de la Secretaría de Hacienda Municipal; además resalta que a pesar que el contribuyente tribute a una tarifa cero, contará igualmente con obligaciones como registrarse, declarar, llevar contabilidad, atender requerimientos y demás deberes formales.

Las actividades exentas son:

a. La investigación social y científica realizada por entidades sin ánimo de lucro (el 100% de sus ingresos obtenidos).

b. Las entidades de beneficencia (el 100% de sus ingresos obtenidos).

c. Las entidades del sector de economía solidaria (el 100% de sus

ingresos obtenidos en función de su objeto social).

d. Las entidades de educación superior sin ánimo de lucro. (el 100% de sus ingresos obtenidos).

e. Hogares infantiles (el 100% de sus ingresos obtenidos).

f. Damnificados por actos terroristas (el 100% de sus ingresos obtenidos).

g. Victimas del secuestro o desaparición forzada. (el 100% de sus ingresos obtenidos).

h. Las personas que ejerzan actividades industriales, comerciales o de servicios en establecimientos cuya actividad este calificada como de usos establecidos no permitidos, que decidan voluntariamente relocalizarse a zonas legalmente establecidas, antes de la mitad del plazo estipulado en el Plan Básico de Ordenamiento Territorial, tendrán exención del impuesto de Industria y Comercio, Avisos y Tableros y Sobretasa bomberil, del 60% del impuesto a cargo durante los dos

(2) primeros años desde la relocalización y para el año siguiente una

exención del 40% del impuesto a cargo.

i. La comercialización de productos agropecuarios en plazas de mercado. (el 100% de sus ingresos obtenidos).

j. Servicios de parqueadero (el 25% del impuesto)

k. Los contribuyentes del impuesto que a partir de la vigencia del presente Acuerdo y hasta el año 2016 empleen personal discapacitado, reinsertado, y mujeres jefes de hogar, en el municipio de Santa Rosa de Cabal, por contrato a término indefinido o a término fijo superior o igual a un (1) año, podrán descontar de su base gravable anual, en su declaración privada, una suma equivalente al ciento por ciento (100%) del valor pagado por concepto de nómina de los discapacitados en el año base del gravamen

l. Establecimientos de educación privada. (el 100% de sus ingresos obtenidos).

m. Las actividades clasificadas en las partidas 9101-9102-9103-9001- 9002-9003-9004-9005-9006.

n. Se establece una exención del cien por ciento (100%), del Impuesto de Industria y Comercio, hasta por un período de 10 años, a las nuevas industrias que desarrollen actividades económicas no preexistentes en el Municipio o actividades de baja presencia local y con una generación mínima de empleo directo local, contados a partir del momento en la cual se haga la solicitud ante la Secretaria de Hacienda y finanzas Públicas. Para ello, deberán generar como mínimo cincuenta (50) empleos directos, formalmente vinculados a la empresa y que el setenta por ciento (70%) de éstos empleos deberán certificar título de educación formal de instituciones educativas del municipio de Santa Rosa de Cabal, y también deben permanecer en el municipio desarrollando la actividad económica por lo menos el doble del periodo por el cual reciban la exención.

5.3 Incentivos tributarios propuestos

- La diferenciación y competitividad por parte de las empresas van de la mano con la inversión que hagan estas en desarrollo de innovación y de nuevas tecnologías. De esta manera no sólo se puede alcanzar una mejor posición en el mercado, sino también una mayor productividad, valor agregado y mejoramiento de la calidad de los bienes o servicios que se ofrecen. Sin embargo, como se ha expuesto con anterioridad, este proceso no se logra sin incentivos por parte del Estado. En este sentido, se propone la adición del artículo 68 del acuerdo municipal de la siguiente manera:

Las empresas locales que inviertan en innovación o desarrollo tecnológico por lo menos el 15% del valor de sus activos vinculados a su actividad principal podrán solicitar la reducción del 50% del valor a pagar por concepto de impuesto de industria y comercio por 3 años, siempre y cuando esto no implique la reducción de su planta de personal. Dicha inversión deberá ser avalada por una institución competente en el tema.

- Con el propósito de facilitar el asentamiento de nueva industria en el municipio se propone la modificación del literal n) en el parágrafo segundo que dispone que “deberá crear mínimo 50 empleos directos, formalmente vinculados a la empresa y que el 70% de estos empleos deberán certificar título de educación formal de instituciones educativas del municipio de Santa Rosa de Cabal” quedando de la siguiente manera:

Tabla 6
Incentivo tributario para empresas industriales por número de empleos permanentes directos

Fuente: Elaboración propia

La exoneración del pago del impuesto de industria y comercio por el término de diez (10) años, para aquellas empresas industriales que cuya planta de personal no sea inferior al 60% de personal calificado, con personas oriundas o residentes en el municipio de Santa Rosa de Cabal. Conjuntamente se establece como incentivo tributario para las empresas comerciales y de servicios, que en un futuro se asienten en el municipio de Santa Rosa de Cabal, la exoneración del pago del impuesto de industria y comercio por el término de cinco (5) años, de la siguiente manera:

Tabla 7
Incentivo tributario para empresas de comerciales y de servicios por número de empleos permanentes directos

Fuente: Elaboración propia

En el marco de la ley 1780 de 2016 (Ley 1780, 2016) promoción de empleo y el emprendimiento juvenil se exonera del pago del impuesto de industria y comercio por 3 años para aquellos contribuyentes persona naturales o personas jurídicas que la totalidad de sus socios sean personas de entre 18 a 25 años de edad, de la siguiente manera:

Tabla 8
Incentivo tributario para el emprendimiento juvenil

Fuente: Elaboración propia

En contraste con lo anterior mencionado es importante poner de manifiesto que la ley 1819 de 2016, introdujo mediante el artículo 345 que modifica el artículo 36 de la ley 14 de 1983, aquellas actividades de servicios sobre las cuales recaerá el impuesto de industria y comercio incluyendo que:

Se consideran actividades de servicio todas las tareas, labores o trabajos ejecutados por persona natural o jurídica o por sociedad de hecho, sin que medie relación laboral con quien los contrata, que genere contraprestación en dinero o en especie y que se concreten en la obligación de hacer sin, importar que en ellos predomine el factor material o intelectual. (Art 345 Ley 1819 de 2016)

Es decir, que el municipio de Santa Rosa de Cabal también deberá contemplar la modificación de dicha exclusión o incentivo para quienes ejerzan profesiones liberales.

5.4 Propuesta 3: Modificación del Acuerdo 071 de 2013 de acuerdo con la Ley 1819

La ley 1819 de 2016 introdujo una gran cantidad de modificaciones tanto para los impuestos nacionales como los de orden territorial, por esta razón se realizó la revisión del capítulo II de dicha ley, de tal forma que se pudiera identificar los ajustes que debería realizar el municipio de Santa Rosa de Cabal para que se ajuste a los lineamientos legales actuales.

Dicho lo anterior, a continuación se relacionan los cambios propuestos, mostrando la normatividad actual y lo sugerido:

Artículo 87. Base Gravable. La base gravable está constituida por la totalidad de los ingresos brutos del contribuyente, ordinarios y extraordinarios, obtenidos en el respectivo período gravable en el ejercicio de las actividades gravadas, con exclusión de lo correspondiente a actividades exentas, no sujetas y deducciones tales como: Devoluciones, rebajas y descuentos, exportaciones, ventas de activos fijos, ingresos percibidos por fuera del municipio de Santa Rosa de Cabal, impuestos y subsidios. Sobre la base gravable definida en este artículo se aplicará la tarifa correspondiente a la actividad gravada realizada por el contribuyente, dentro de los límites establecidos, con lo que se obtiene el impuesto total básico del período. (Acuerdo 071 de 2013)

Modificación Artículo 87. Base Gravable. La base gravable del impuesto de industria y comercio está constituida por la totalidad de los ingresos ordinarios y extraordinarios percibidos en el respectivo año gravable, incluidos los ingresos obtenidos por rendimientos financieros, comisiones y en general los que no estén expresamente excluidos en este artículo. No hacen parte de la base gravable los ingresos correspondientes a actividades exentas, excluidas o no sujetas, así como las devoluciones, rebajas y descuentos, exportaciones y la venta de activos fijos.

Artículo 77. Territorialidad del ingreso en las actividades comerciales. “Se entienden obtenidos en el municipio de Santa Rosa de Cabal, como ingresos originados en la actividad comercial, aquellos cuya negociación y/o facturación se realiza dentro de la jurisdicción del Municipio, sin consideración al destino de la mercancía, o el lugar donde se realiza el pago, o al sitio de protocolización del mismo, como podría ser la firma del contrato.” (Acuerdo 071 de 2013)

Modificación Artículo 77. Territorialidad del ingreso en las actividades comerciales. Se entienden obtenidos en el municipio de Santa Rosa de Cabal, como ingresos originados en la actividad comercial aquellos que cumplan con las siguientes condiciones:

a. Los provenientes de actividades que cuenten con un establecimiento de comercio abierto al público o en puntos de venta en el municipio.

b. Los ingresos que, a pesar de no existir establecimiento de comercio ni puntos de venta en el municipio, serán objeto del impuesto si en este mismo se perfecciona la venta, es decir si se convienen el precio y la cosa vendida.

c. Si la venta se realiza a través de correo, catálogos, compras en línea, tele ventas y ventas electrónicas se entenderán gravadas en el municipio si desde éste se despachó la mercancía.

d. En la actividad de inversionistas, los ingresos se entienden gravados en el municipio de Santa Rosa de Cabal, si allí se encuentra ubicada la sede de la sociedad donde se poseen las inversiones.

Artículo 78 Territorialidad del ingreso en actividades de servicios.

Debe tributarse por concepto de Impuesto de Industria y Comercio, por el ejercicio de una actividad de servicios en la jurisdicción en donde efectivamente se realice la actividad, es decir, el territorio en el cual se desarrolle el servicio contratado, independientemente del sitio donde se contrate, se facture, se pague o se encuentren domiciliados los contratantes. (Acuerdo 071 de 2013)

Modificación Artículo 78 Territorialidad del ingreso en actividades de servicios. En la actividad de servicios, el ingreso se entenderá percibido en el lugar donde se ejecute la prestación del mismo, salvo en los siguientes casos:

a. En los servicios de televisión e Internet por suscripción y telefonía fija, el ingreso se entiende percibido en el municipio en el que se encuentre el suscriptor del servicio, según el lugar informado en el respectivo contrato.

b. En el servicio de telefonía móvil, navegación móvil y servicio de datos, el ingreso se entiende percibido en el domicilio principal del usuario que registre al momento de la suscripción del contrato o en el documento de actualización. Las empresas de telefonía móvil deberán llevar un registro de ingresos discriminados por cada municipio o distrito, conforme la regla aquí establecida. El valor de ingresos cuya jurisdicción no pueda establecerse se distribuirá proporcionalmente en el total de municipios según su participación en los ingresos ya distribuidos. Lo previsto en este literal entrará en vigencia a partir del 1o de enero de 2018.

Artículo 79 Actividad de transporte. “En la actividad de servicios de transporte se entienden obtenidos los ingresos:

1. Para el servicio de transporte de pasajeros, en el lugar de expedición del tiquete o documento equivalente.

2. Para el servicio de transporte de carga, el lugar de expedición de la guía” (Acuerdo 071 de 2013).

Modificación Artículo 79 Actividad de transporte. En la actividad de transporte el ingreso se entenderá percibido en el municipio o distrito desde donde se despacha el bien, mercancía o persona.

Artículo 84 Presentación de la declaración y pago de impuestos. La presentación y pago de la declaración se realizará en los lugares y plazos establecidos por la Alcaldía a través de la Secretaría de Hacienda y Finanzas Públicas y en los formularios diseñados por la Secretaría de Hacienda y Finanzas Públicas, o quien haga sus veces. Cuando la presentación de la declaración se haga en bancos, la presentación debe hacerse en las sedes ubicadas en el municipio de Santa Rosa de Cabal. (Acuerdo 071 de 2013)

Modificación Artículo 84 Presentación de la declaración y pago de impuestos. Los contribuyentes deberán presentar la declaración del impuesto de Industria y Comercio en el formulario único nacional diseñado por la Dirección General de Apoyo Fiscal del Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Cuando la presentación de la declaración se haga en bancos, la presentación debe hacerse con las instituciones financieras vigiladas por la Superintendencia Financiera que el municipio de Santa Rosa de Cabal tenga convenio, con cobertura nacional.

Asimismo, se realizarán los cambios necesarios para permitir a los contribuyentes del impuesto de industria y comercio el cumplimiento de las obligaciones tributarias desde cualquier lugar del país incluyendo la utilización de medios electrónicos.

Artículo 69 Contribuyentes del régimen especial. Se establece un régimen especial en el Municipio de Santa Rosa De Cabal para los contribuyentes del impuesto de Industria y Comercio, con el fin de simplificar trámites y en consecuencia excluyéndolos de la obligación de presentar la declaración privada del referido Impuesto. Podrán acogerse a éste régimen especial los contribuyentes que cumplan los siguientes requisitos:

a.) Que sea persona natural

b.) Que tengan un solo establecimiento de comercio, oficina, sede o negocio donde ejerzan su actividad económica

c) Que no sea distribuidor

d.) Que no sean usuarios aduaneros

e.) Que en el año anterior los ingresos brutos provenientes de la actividad económica no superen las sesenta (600) unidad de valor tributario (UVT) (Acuerdo 071 de 2013)

Modificación Artículo 69 Sistema preferencial del impuesto de industria y comercio. Se establece un régimen especial en el Municipio de Santa Rosa de Cabal para los contribuyentes del impuesto de Industria y Comercio con el fin de simplificar trámites, y en consecuencia, excluyéndolos de la obligación de presentar la declaración privada del referido Impuesto. Podrán acogerse a éste régimen especial los contribuyentes que cumplan los requisitos del Articulo 499 del Estatuto tributario Nacional (2017), como los siguientes:

a. Que sea persona natural

b. Que en el año anterior hubieren obtenido ingresos brutos totales provenientes de la actividad, inferiores a tres mil quinientas (3.500) UVT.

c. Que tengan máximo un establecimiento de comercio, oficina, sede, local o negocio donde ejercen su actividad.

d. Que en el establecimiento de comercio, oficina, sede, local o negocio no se desarrollen actividades bajo franquicia, concesión, regalía, autorización o cualquier otro sistema que implique la explotación de intangibles.

e. Que no sean usuarios aduaneros.

f. Que no hayan celebrado en el año inmediatamente anterior ni en el año en curso contratos de venta de bienes y/o prestación de servicios gravados por valor individual, igual o superior a tres mil quinientas (3.500) UVT.

g. Que el monto de sus consignaciones bancarias, depósitos o inversiones financieras durante el año anterior o durante el respectivo año no supere la suma de tres mil quinientas (3.500) UVT. (Art 499 del Estatuto Tributario de Colombia, 2017)

6. Conclusiones

Mediante la metodología Vester se pudo determinar que los componentes claves de competitividad en las empresas deben incluir un balance entre factores internos y externos, por ello, los tópicos propuestos por diferentes expertos en la materia sumados al factor de tributación, muestran una alta correlación entre ellos a excepción de la mercadotecnia y la cultura organizacional, los cuales se identificaron como variables que sus resultados no dependen de la interacción en conjunto con los demás elementos de análisis. Además, se observó como a pesar del esfuerzo de las organizaciones por demostrar condiciones internas adecuadas para posicionarse en una economía altamente competitiva no son suficientes si las características de su entorno no son las ideales o si la política tributaria del país donde se encuentre ubicada no lo permite, dado que la intervención del gobierno afecta la actuación de los diferentes agentes económicos, mediante una influencia directa a través de transferencia de ingresos o indirecta por medio de gravámenes sobre las diferentes transacciones en el mercado, por tanto, debería ser objetivo permanente el de propiciar los escenarios idóneos para que los diferentes factores mencionados retornen en competitividad.

Una vez realizada la caracterización económica del municipio de Santa Rosa de Cabal se evidenció que la actividad que representa mayores ingresos operacionales de las personas naturales y jurídicas con registro mercantil activo durante el año 2016 es la de comercio al por mayor y por menor, reparación de vehículos automotores y bicicletas (60.63%), seguido por la actividad de industrias manufactureras (20.77%). En términos de ocupación de la población, la actividad mayor generadora de empleo es la de comercio al por mayor y menor con un total de 1.318 personas ocupadas, de las cuales 2 pertenecen a empresas de tamaño grande, 161 a medianas empresas, 117 a pequeñas y 1.038 a microempresas. Luego, la industria manufacturera con un total de 1.091 empleados, con 350 y 236 en empresas grandes y medianas respectivamente y las microempresas con 415 y 90 trabajadores en empresas pequeñas. Para el año 2015 del total de ingresos tributarios del municipio de Santa Rosa de Cabal, el 52.36% corresponde al impuesto predial, el 14.15% al de industria y comercio, el 11.39% al de la sobretasa a la gasolina y el 22.% a otros tributos, donde, del total de ingresos por concepto del impuesto de industria y comercio para el año 2016, las actividades de atención a la salud humana y de asistencia social representan el 33.26%, a una tarifa del 5 por mil, seguido en importancia por la de comercio al por mayor y al por menor, reparación de vehículos automotores y motocicletas, con el 31.63% del total del ingreso tributario en cuestión y una tasa efectiva de 3.9 por mil.

Los aspectos de reforma propuestos al estatuto tributario municipal (acuerdo 071 de 2013) en cuanto al impuesto de industria y comercio, incluyen 3 momentos; el primero de estos es el de agrupación de actividades económicas y la simplicidad de tarifas y para ello dispuso para las actividades industriales una tarifa general del 3 por mil y en cuanto a las actividades comerciales del 5 por mil, con algunas excepciones, permaneciendo entre el rango mínimo del acuerdo actual y el máximo permitido por la ley 1819 de 2016.

Como segundo momento se proponen los incentivos tributarios como aquellos por inversión en innovación y desarrollo de nuevas tecnologías, para aquellas empresas locales que destinen al menos el 15% del valor de sus activos tendrán un incentivo de la reducción del 50% del impuesto; también para aquellas empresas nuevas que generen empleos directos con un estímulo de hasta el 100% con disminución gradual del impuesto de industria y comercio por el término de 10 años en empresas industriales y comerciales y servicios de 5 años hasta el 70%; también el marco de la promoción de empleo y el emprendimiento juvenil se exonera del pago del impuesto de industria y comercio hasta por 3 años para aquellos contribuyentes persona naturales o personas jurídicas que la totalidad de sus socios sean personas de entre 18 a 25 años de edad.

Como último momento, se realizó la revisión del capítulo II la ley 1819 de 2016, de tal forma que se identificaron los ajustes que debería realizar el municipio de Santa Rosa de Cabal para que se ajuste a los lineamientos legales actuales, donde se propone la modificación de los artículos 69, 87, 77, 78, 79 y 84 del acuerdo 071 de 2013.

Material suplementario
Referencias bibliográficas
Acuerdo N° 071 de 2013. Consejo Municipal de Santa Rosa de Cabal, Risaralda, Colombia.
Baena, E., Botero, C., Montoya, O. (2003). Gestión Tecnológica y Competitividad. Scientia et Technica Vol.1, N° 21. Universidad Tecnológica de Pereira. Pereira, Colombia.
Cámara de Comercio de Santa Rosa de Cabal. (2014) Formulación de plan estratégico de competitividad. [Versión Electrónica]. Recuperado de (http://www. camarasantarosa.org/wp-content/uploads/2015/02/Plan-estrategico-sector- comercio-2014.pdf)
Comisión Regional de Competitividad (s/f). Plan Regional de Competitividad de Risaralda. [Versión Electrónica]. Recuperado de http://www.crcrisaralda.org/ wp-content/uploads/2018/08/PLAN-REGIONAL-DE-COMPETITIVIDAD-DE- RISARALDA.pdf
Consejo Privado de Competitividad (2016). Informe Nacional de Competitividad. [Versión Electrónica]. Recuperado de https://compite.com.co/wp-content/ uploads/2016/11/CPC_Libro_Web_2016-2017.pdf
Constitución Política de Colombia. (1991). Bogotá: Asamblea Nacional Constituyente. Imprenta Nacional. Diario Oficial.
De la Cruz, I. & Morales, J. (2006). Desarrollo de competencias en la Micro, Pequeña, Mediana y Gran empresa en México: Un estudio empírico exploratorio. En las memorias del XI Foro de Investigación. Congreso Internacional de Contaduría, Administración e Informática. México, octubre de 2006.
Departamento Nacional de Planeación (2005). Visión Colombia Segundo Centenario. [Versión Electrónica]. Recuperado de https://archivo.cepal.org/pdfs/GuiaProspectiva/ visionColombiaIIcentenario_2019comple.pdf
Jaramillo, J. (2013). Dinámica de crecimiento en los municipios colombianos 1985- 2010. Universidad de Manizales. [Trabajo fin de máster inédito]. Recuperado de: http://ridum.umanizales.edu.co:8080/xmlui/handle/6789/1153
Jiménez, M. (2006). Modelo de competitividad empresarial. [Versión Electrónica]. Recuperado de http://www.redalyc.org/pdf/304/30400913.pdf
Ley N° 1780. Diario Oficial Congreso de la Republica. República de Colombia, 02 de mayo de 2016
Ley N° 1819. Diario Oficial Congreso de la República. República de Colombia, 29 de diciembre de 2016
Ley N° 904. Diario Oficial Congreso de la República. República de Colombia, 02 de agosto de 2004
Mantel, R. (1970). Política tributaria en una economía competitiva. [Versión Electrónica]. Recuperado de :http://sedici.unlp.edu.ar/bitstream/handle/10915/9009/ Documento_completo.pdf?sequence=1
Morelada, A. (2004). La Innovación, clave para la competitividad empresarial. Universia Business Review, núm.1, primer trimestre 2004, pp. 128-136. Madrid, España.
Quiroga, D. (2003). Modelo matemático para determinar la competitividad de las Pymes. Cuadernos de Investigación y divulgación. Cali, Colombia: Corporación Universitaria Autónoma de Occidente
Rojas, P., Romero, S., & Sepúlveda, S. (2000). Algunos Ejemplos de Cómo Medir la Competitividad. IICA, 10-14
Rubio, A.; Aragón, A (2008). Recursos Estratégicos en las PYMES. Revista Europea de Dirección y Economía de la Empresa, Vol. 7, Num. 1(2008) pp 103-126.
Saavedra, M (2012). Una propuesta para la determinación de competitividad en la pyme latinoamericana. Universidad Nacional Autónoma de México. Pensamiento y gestión. ISSN 2145-941X. [Versión Electrónica]. Recuperado de: http://www.scielo. org.co/pdf/pege/n33/n33a05.pdf
Sentencia C-397/11. (2011). Corte Constitucional de la Republica de Colombia.
Villada, O. (2011) SANTA ROSA DE CABAL ESTUDIO SOCIO-ECONOMICO. Cámara de Comercio de Santa Rosa de Cabal. [Versión Electrónica]. Recuperado de: http://www.camarasantarosa.org/wp-content/uploads/2015/02/2013090116333 7INFORME-FINAL-ESTUDIO-SOCIOECONOMICO-CC-SRC-2012-1-2.pdf
Notas
Notas
1 Facultad de Ciencias Contables, Económicas y Administrativas, Universidad de Manizales, Cra 9 Norte 19-03, Campo Hermoso jgomezs@umanizales.edu.co - https://orcid.org/0000-0002-8984-4618
2 Contadora Pública Independiente, Santa Rosa de Cabal Cra. 13 15-53 ccardonagil@gmail.com
3 Contadora Pública Independiente, Pereira Av. Circunvalar 9-42 pairagda@gmail.com - https://orcid.org/0000-0002-3580-8988
4 La cifra de doscientos millones de pesos surgen de un análisis comparativo entre las tarifas actuales frente a las tarifas propuestas en la investigación.
5 Fuente Secretaria de Hacienda Municipal de Santa Rosa de Cabal.
Tabla 1
Numeración de los indicadores de competitividad incluyendo el factor de tributación

Fuente: Elaboración propia, con base en Saavedra (2012)
Tabla 2
Valoración de las variables según Matriz Véster

Fuente: Elaboración propia
Tabla 3
Matríz Vester de los indicadores de competitividad

Fuente: elaboración propia
Tabla 4
Totalización de la Matriz Vester de los indicadores de competitividad

Fuente: elaboración propia

Figura 1.
Plano Cartesiano de los resultados de la Matriz Vester
Tabla 5
Actividades económicas con tarifas actuales y tarifas propuestas







Fuente: Elaboración propia
Tabla 6
Incentivo tributario para empresas industriales por número de empleos permanentes directos

Fuente: Elaboración propia
Tabla 7
Incentivo tributario para empresas de comerciales y de servicios por número de empleos permanentes directos

Fuente: Elaboración propia
Tabla 8
Incentivo tributario para el emprendimiento juvenil

Fuente: Elaboración propia
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