Los derechos humanos y la sexualidad en Panamá.
Human rights and sexuality in Panama
Visión Antataura
Universidad de Panamá, Panamá
ISSN: 2309-6373
ISSN-e: 2520-9892
Periodicidad: Semestral
vol. 3, núm. 1, 2019
Recepción: 05 Febrero 2019
Aprobación: 23 Mayo 2019
Resumen: En este artículo se presenta un análisis acerca del anteproyecto de Ley 61 de 2015 sobre Salud Sexual y Reproductiva en Panamá, en la cual los resultados reflejan que en Panamá la propuesta de Ley No.61 como iniciativa orientada a fomentar la sexualidad, la planificación familiar con enfoque de Derechos Humanos no prosperó; al igual que algunas otras incitativas que demuestran debilidad, ya que, su abordaje se da desde un ámbito de programas sectoriales y temporales, únicamente. En el caso de la educación reproductiva, esta aparece en muy contadas ocasiones bajo este concepto, pues prevalece la orientación de salud sexual y reproductiva que constituyen un terreno fértil para encaminar en esta dirección los esfuerzos institucionales y gubernamentales.
Palabras clave: Derechos humanos, sexualidad, planificación, reproducción, sociedad y familia.
Abstract: This article presents an analysis about the preliminary draft of Law 61 of 2015 on Sexual and Reproductive Health in Panama, in which the results reflect that in Panama the Proposal of Law No.61 as an initiative aimed at promoting sexuality, family planning with a focus on Human Rights, it did not prosper; as well as some other incentives that show weakness, since its approach is given from a scope of sectoral and temporary programs only. In the case of reproductive education, it appears very rarely under this concept, since the orientation of sexual and reproductive health prevails, which constitute a fertile ground to direct institutional and governmental efforts in this direction.
Keywords: Human rights, sexuality, planning, reproduction, society and family.
1. Introducción
1.1. Antecedentes relevantes
Los trabajos notables que anteceden y evidencian la importancia del estudio de la sexualidad y la reproducción, hacen inmediata referencia a investigaciones desarrolladas en el informe del “Estado de la población mundial” (UNFPA, 2012) que se enmarcaron de manera directa en el derecho a planificación por parte de las familias. Desde nuestra perspectiva, este informe, es además muy importante, ya que, sus investigadoras son
expertas que han trabajado por más de veinte años sobre los factores sociales y culturales determinantes de la salud, la salud reproductiva en los adolescentes, las políticas de desarrollo y las cuestiones de género. Una de ellas, la profesora Joshi (2012) citada en (UNFPA, 2012), experta en economía y desarrollo político; pobreza, género y política; y enfoques integrados del desarrollo sostenible, se encargó de todo el capítulo IV del precitado Informe del Estado de la población mundial, titulado: “Los efectos sociales y económicos de la planificación de la familia”. Sus aportes concluyentes plantean que:
Los beneficios sociales y económicos de ampliar el acceso a la planificación de la familia, prestando especial atención a las poblaciones carentes de servicios y con mayores necesidades. Entre los beneficios para las personas, con grandes implicaciones para las familias, las comunidades y los países, figuran las reducciones en las tasas de mortalidad y morbilidad derivadas de la maternidad, los adelantos en la educación femenina y las mejores perspectivas que tienen los niños para su futuro. Cuando los gobiernos asignan prioridad a la planificación de la familia como parte de una estrategia integrada de desarrollo, efectúan una inversión estratégica que, al mismo tiempo que conduce al cumplimiento de su obligación de proteger los derechos de los ciudadanos, contribuye a mitigar la pobreza y a estimular el crecimiento económico. (p. 71)
Por su parte Greene (2012) citada en (UNFPA, 2012) en el capítulo V del Informe concluye lo siguiente:
Es preciso que los gobiernos y los organismos de desarrollo efectúen mayores inversiones de recursos en plasmar los adelantos para el individuo y los amplios progresos sociales y económicos que pueden lograrse gracias al enfoque de la planificación de la familia basado en los derechos humanos. La necesidad insatisfecha seguirá aumentando a medida que vaya aumentando la cantidad de jóvenes que van ingresando en su etapa de procreación. La planificación de la familia es una inversión en salud pública con alto rendimiento en función de los costos. Si se toman en cuenta sus contribuciones a la vigencia de los derechos humanos y su excelente relación
costo/eficacia, no cabe duda de que la planificación de la familia es una inversión estratégica. (p. 87)
1.2. Abordaje conceptual
Evolución de la familia en la sociedad
La familia es considerada la base de la sociedad y el interés de especialistas de las ciencias sociales, políticos, religiosos, entre otros, en la familia siempre ha sido una constante. En su primera acepción, el Diccionario de la Real Academia Española nos señala que el concepto de familia es: “Grupo de personas emparentadas entre sí que viven juntas.” (DRAE, 2016). Se pueden encontrar en esta definición, una serie de elementos que son oportunos analizar, existe coincidencia con la definición académica en cuanto a que, la familia es un grupo de personas que tienen vínculos de parentescos y que viven juntas. No obstante, hay otros elementos que van a complementar el concepto de familia como:
· Su origen: la familiaridad puede surgir por parentesco o por consanguinidad. También puede surgir por matrimonio o por adopción. La familia involucra lazos, que van más allá del simple aprendizaje o socialización del individuo, para convertirse en una congregación de personas que brinda seguridad y apoyo, reforzando la personalidad del individuo permitiéndole integrarse a la sociedad.
· Es condición sine qua non que los miembros de la familia vivan juntos.
· También puede diferenciarse la familia monoparental, en la que el hijo o hijos vive(n) solo con uno de los padres.
· Otros tipos de familias, aquellas conformadas, únicamente, por hermanos, por amigos (donde el sentido de la palabra "familia" no tiene que ver con un parentesco de consanguinidad, sino sobre todo con sentimientos como la convivencia, la solidaridad y otros), quienes viven juntos en el mismo espacio, por un tiempo considerable.
En todo caso, la familia es la unidad básica de la sociedad. Así, pues, la familia se compone por el padre, la madre, los hijos, aunque en la familia extendida, pueden convivir como miembros de la familia, los hijos, los tíos, los suegros, entre otros. La familia como unidad fundamental de la sociedad tiene como característica que:
“La unión familiar asegura a sus
integrantes estabilidad emocional, social y económica. Es allí donde se aprende, tempranamente, a dialogar, a escuchar, a conocer y desarrollar sus derechos y deberes como persona humana”, (Rosetti, 1995).
Desde la perspectiva sociológica, la familia es la base de la sociedad, la primera instancia en la cual se forma al individuo que se integrará a la sociedad.
Es por ello importante resaltar que, a veces tenemos estereotipos sobre la familia que no son correctos, la idea del padre, la madre y los hijos no es una constante, ya que, existen otros tipos de familia que han surgido con el devenir de los siglos, con mayor énfasis con la llegada de la globalización, el internet y la revolución de las comunicaciones en el mundo. El Instituto de Política Familiar de Madrid expresa en su informe (IPF, 2013) que:
Las crisis y dificultades sociales, económicas y demográficas de las últimas décadas han hecho redescubrir que la familia representa un valiosísimo potencial para el amortiguamiento de los efectos dramáticos de problemas como el paro, las enfermedades, la vivienda, las drogodependencias o la marginalidad. La familia es considerada hoy como el primer núcleo de solidaridad dentro de la sociedad, siendo mucho más que una unidad jurídica, social y económica. La familia es, ante todo, una comunidad de amor y de solidaridad. (p. 3)
La sexualidad reproductiva
El derecho de toda persona a decidir libre y, responsablemente, cuántos hijos tener y cuándo tenerlos ha sido el principio orientador de la salud sexual y reproductiva, incluida la planificación de la familia, durante decenios pero, especialmente, a partir de 1994, cuando
179 gobiernos se reunieron y aprobaron el memorable Programa de Acción de la Conferencia Internacional sobre la Población y el Desarrollo (CIPD) (ONU, 1994). La conferencia marcó una gran transición del paradigma en la esfera de la población y el desarrollo, al reemplazar un enfoque de la planificación de la familia impulsado por razones demográficas, con otro enfoque basado en los derechos humanos y las necesidades, aspiraciones y circunstancias de cada mujer. La planificación familiar, erróneamente, se enfoca en función del uso y resultados del uso de métodos anticonceptivos, aunque los
mismos están, estrechamente, relacionados, pues la planificación familiar tiene como consecuencia que los padres tengan los hijos que puedan mantener y llenarles todas las necesidades tanto físicas como afectivas.
Beneficios de la educación sexual
Como resultado del enfoque de la salud sexual y reproductiva, cada vez más millones de mujeres planifican tener menor cantidad de hijos y/o comenzar a tenerlos en etapas posteriores de sus vidas, con el interés de disponer de tiempo y de oportunidades para completar su educación, con ello obtener mayores ingresos y escapar a la trampa de la pobreza. Otros de los beneficios que representa la educación sexual para hombres y, especialmente, mujeres es que disfrutan, en general, de mejor salud, están mejor educadas, poseen más medios de acción en sus hogares y sus comunidades y son más productivas, económicamente. Y en los hogares donde padres y madres tienen la facultad y los medios de decidir acerca de la cantidad de embarazos y el espaciamiento entre ellos, sus hijos tienden a ser más saludables, a tener mejor rendimiento escolar y a desarrollarse para llegar a obtener mayores ingresos.
La educación sexual tiene una serie de beneficios que pasan a mencionarse:
· Reducción de la mortalidad infantil: La planificación familiar permite que los hijos sean tratados antes del nacimiento y en sus primeros meses de vida de acuerdo con mayores posibilidades de sanidad, lo que reduce la mortalidad infantil.
· Prevención de la infección por el Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH) y el Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (SIDA). Las enfermedades infectocontagiosas también se disminuyen.
· Poder de decisión y una mejor educación: El poder de decisión al tener la cantidad de hijos que se puede mantener se incrementa; asimismo hay mayores posibilidades educativas para los hijos planificados.
· Disminución del embarazo de adolescentes: Si hay una auténtica planificación familiar se reducen los embarazos adolescentes con todas sus consecuencias sociales.
· Menor crecimiento de la población: También reduce el crecimiento de la población y con ello, la cantidad de problemas sociales que se afrontan en nuestra sociedad, en un alto porcentaje, debido a la ausencia de planificación familiar.
La sexualidad reproductiva y el enfoque de derechos humanos
Esta nueva visión, de la educación sexual, con un enfoque basado en los Derechos Humanos consiste, básicamente, en considerar a cada persona, hombre o mujer, como un ser íntegro por propio derecho, con un rol activo y no un beneficiario pasivo. Este enfoque se fundamenta en la explícita identificación de los titulares de derechos (personas) y los garantes de obligaciones (gobiernos y otras entidades) que son responsables de la vigencia de los derechos. Actualmente, se acepta, en general, que la planificación de la familia es la base de toda una gama de derechos. Por esa razón, el enfoque basado en los derechos humanos ha de ser la premisa inicial del marco mundial de desarrollo sostenible que sucedió a los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM) cuando estos llegaron a su término en el 2015.
En una publicación de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUDH, 2012) se destacó que:
Tanto los derechos humanos como el desarrollo tienen como propósito promover el bienestar y la libertad sobre la base de la dignidad y la igualdad inalienables de todas las personas. El objetivo del desarrollo humano es el disfrute de todas las personas, de las libertades fundamentales, como la de tener la posibilidad de atender las necesidades físicas o de evitar las enfermedades prevenibles. También incluye las oportunidades para mejorar en la vida, como las que brindan la escolarización, las garantías de igualdad y un sistema de justicia que funcione garantías de igualdad y un sistema de justicia que funcione. (p. 7)
2. Análisis del problema
La necesidad de diseñar e implementar políticas integrales tendientes a promover en el país la educación sexual desde un enfoque de Derechos Humanos, se sustenta en hechos como el notable ascenso estadístico de embarazos en adolescentes, abortos, enfermedades, el abuso sexual a niños y niñas, violaciones sexuales, maltrato físico y psicológico, al igual que la alta divulgación y producción de propagandas y programas televisivas y radiales, cargados de imágenes sexuales sin reglas y sin pasar por un comité que revise, califique, regule y censure contenidos de ser necesario.
Aumento del embarazo adolescente
Frente a este indicador no podemos menos que alarmarnos, pues la palabra adolescente, significa: “Edad que sucede a la niñez y que transcurre desde la pubertad hasta el completo desarrollo del organismo”, (DRAE, 2014). Esta situación, se agrava día tras día, pues cada vez son más las adolescentes que quedan embarazadas, situación, que en los últimos dos años alcanza cifras alarmantes, pues como señala López (2015):
A diario, las autoridades sanitarias contabilizan un promedio de 29 casos de nuevos embarazos adolescentes, a razón de uno cada 49 minutos. Expertos en materia sanitaria revelan, sin embargo, que estas cifras son más altas, tomando en cuenta que los informes descritos, con anterioridad, solo incluyen los registros del MINSA, dejando por fuera los de la CSS e instituciones privadas. De acuerdo con parámetros de la Organización Mundial de la Salud, se considera un embarazo adolescente al que ocurre entre los 10 y 19 años de edad. Los documentos oficiales añaden que el 43.3% de los casos de embarazo precoz atendidos durante este período se ubicaron en la provincia de Panamá. (La Prensa, 2015, p.6A)
Se contrasta esta información del diario La Prensa con las estadísticas oficiales del Ministerio de Salud (MINSA, 2015) en Panamá, y se confirma que, durante los primeros siete meses del año 2015, un total de 6,487 adolescentes (jóvenes entre 10 y 19 años) entraron a controles de salud por estar embarazadas, de las cuales el 39% pertenecen a la provincia de Panamá, tabla 1.
Indicadores de salud materna
Por otra parte, algunos otros indicadores del MINSA (MINSA, 2015), revelan que para el año 2014 el 42.9% de los casos de muertes maternas y el 59% de los casos de infantes con bajo peso al nacer, se dieron en la provincia de Panamá, provincia en la cual se da la mayor parte de embarazos de adolescentes entre 10 y 19 años.
Para contribuir al diagnóstico de las afectaciones a la sociedad por la carencia de políticas integrales de planificación familiar con enfoque de Derechos Humanos, consultamos datos estadísticos de salud del Instituto Conmemorativo Gorgas Estudios de Salud (ICGES). El instituto desarrolló en el 2011 una encuesta para conocer la realidad de los nacimientos que se dan en la República de Panamá.
Dicha encuesta se realizó con el apoyo del Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA), la Controlaría General de Panamá, el Ministerio de Salud y el Ministerio de Economía y Finanzas, y se aplicó a 5,831 personas de diferentes sexos, cuyas edades oscilan entre los 15 y los 49 años. En la tabla 2 se puede observar que las más altas tasas de
nacimientos con peso bajo al nacer y muertes maternas, se ubican en la provincia de Panamá, ello obedece a que es la provincia, mayormente, poblada del país. Sin embargo, resulta, alarmante, que durante el 2014 se hayan dado 49 muertes maternas y más de 5 mil casos de recién nacido con bajo peso; ello indica que se debe reforzar la atención de salud materna, para disminuir estos casos, que son inconcebibles en un país de renta media alta y tanta generación de riqueza.
Enfermedades de Transmisión Sexual (ETS)
Las ETS resultan preocupantes, solo en el caso del virus del papiloma humana hay una cantidad enorme de mujeres infectadas, el precitado estudio del ICGES 2011, también reveló que un 68% de las mujeres encuestadas, se contagió del Virus del Papiloma Humano (VPH). Lo más, alarmante, es que este porcentaje se registra entre mujeres de 15 y 19 años. Para contrarrestar el VPH, se aplica la vacuna contra el VPH a las niñas de diez años. Sin embargo, muchos padres no llevan a sus hijas a ponerles la inyección porque desconocen la realidad en la que las mismas viven, pues encontramos situaciones tristes en las que las niñas son embarazadas. Es decir, si están expuestas a embarazos no deseados, están expuestas a todas las infecciones de transmisión sexual.
La sección nacional de Epidemiología del MINSA, Gálvez (2012) indica cifras que nos llevan a tener una idea clara de lo que ocurre en nuestro país: Para enfrentar el VPH se invierte un millón cuatrocientos mil balboas anuales, una cifra considerable si se toma en consideración que la institución invierte 26 millones de dólares en vacunas de todo tipo. Es decir, el 5.38% del presupuesto invertido en vacunas para todo tipo de enfermedades infecciosas existentes en nuestro país, se utilizan para contrarrestar este Virus. Hay niñas, cuyas edades oscilan entre 14 y 16 años que dan positivo en las pruebas de VIH. Por ello, es obligatorio que las mujeres en estado de gravidez se hagan la prueba para descartar la presencia de este virus que no solo puede afectar a la madre, sino que también puede contagiar al feto. Las estadísticas hacen suponer la existencia de más de 20 mil personas en el país que son portadoras de la enfermedad, sin saberlo.
Se registran mutaciones en Infecciones de Transmisión Sexual (ITS), como la gonorrea, enfermedad que, mediante una bacteria, se desarrolla en las partes húmedas de los órganos sexuales, aunque puede desarrollarse en la boca, la garganta, los ojos y el ano. La enfermedad que, en principio se trataba con penicilina, hoy requiere otros tratamientos.
La tabla 3 muestra el registro de ITS en la población panameña durante el 2014. El cuadro no muestra estadísticas de gonorrea, sin embargo, estadísticas de la Región Metropolitana de Salud revelan que los casos de gonorrea entre menores de 10 a 14 años aumentaron en el 2013, del 25% al 38% con relación al 2010.
La tabla anterior ilustra una gran realidad: la juventud comienza su vida sexual cada vez más temprano y las personas de todas las edades cada vez se protegen menos contra las ITS. Podemos concluir, que la sexualidad mal practicada afecta sobre todo a los jóvenes
y adolescentes, ello se debe en gran medida a que vivimos en una sociedad inmersa en una profunda crisis de valores. Como ejemplo, traemos a colación una situación que se dio, recientemente, en la provincia de Los Santos, en la cual la juventud se inclinó a la celebración de los carnavales pese a la crisis que atraviesa el recurso hídrico de la provincia. Se considera que, ello obedece a que muchos de los jóvenes asocian el carnaval con la excesiva diversión y liberación de todos los códigos morales, en los que el sexo, el alcohol y el desenfreno son las notas características.
3. Normativas vigentes
En cuanto a las normativas vigentes relacionadas con el tema de planificación familiar, extraemos la Constitución Nacional, el Código de la Familia, la Ley 4 de 1999 y la Ley 3 del 2000. De la Asamblea Legislativa se plantean dos intenciones legislativas positivas, una que prosperó después de que, a pesar de no aprobarse pasan a ser las primeras propuestas claras que evidencian la necesidad de estas normas, las mismas son:
● El 4 de septiembre de 2000, se presentó el anteproyecto de Ley No. 517: “Por el que se crea la licencia de paternidad”. El principal objeto de este anteproyecto era modificar el del Código de Trabajo. Se pretendía establecer para el trabajador todos los derechos necesarios para asistir a las citas de control médico de su cónyuge o compañera. Este anteproyecto de ley no pasó del primer debate en la Asamblea Legislativa, sin embargo, diecisiete años después, se aprobó la Ley No. 27 del 23 de mayo de 2017 (Gaceta Oficial, 2017): “Que crea la licencia de paternidad para los trabajadores de empresas privadas y los servidores públicos” la cual será por el término de tres días hábiles que serán computados como tiempo efectivo de servicio, período en el cual el beneficiario no podrá laborar para otro empleador o por cuenta propia. El trabajador que se acoja a este derecho queda obligado a presentar a un empleador el certificado de nacimiento emitido por la Dirección Nacional de Registro Civil del Tribunal Electoral, que lo acredita como padre del menor.
● Posteriormente, fue propuesto el Proyecto de ley No. 61 “Por la cual se adoptan Políticas Públicas de Educación Integral, Atención y Promoción de la Salud”, este proyecto que no llegó a ser ley se analiza, ampliamente, en el punto siguiente.
4. Análisis del Proyecto de Ley No.61 de 2014
Es, sumamente, importante para los objetivos planteados en este trabajo, desarrollar un análisis exhaustivo del Anteproyecto de Ley No. 61 “Por el cual se adoptan Políticas Públicas de Educación Integral, Atención y Promoción de la Salud”, ya que, el mismo, se posiciona como la primera intención legislativa en Panamá, a favor de la planificación familiar con enfoque de Derechos Humanos, hechos que en otros países vecinos ha avanzado mucho con el fin de cumplir con los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM) y ahora con los Objetivos de Desarrollo Sustentables (ODS) específicos en la Economía del Cuidado.
El precitado proyecto fue propuesto por el diputado Doctor Crispiano Adames (Adames, 2015), quien además de ser médico de profesión, es el presidente de la Comisión de Trabajo, Salud y Desarrollo de la Asamblea Nacional. El proyecto se aprobó en Primer Debate de la Asamblea Nacional en marzo del 2015, pero, posteriormente, fue retirado con el fin de tener mayor consenso. Adames sustentó la propuesta en el aumento de casos de embarazos e infecciones de transmisión sexual en menores de edad. Por considerar de suma importancia, para el análisis, la exposición de motivos por parte de Adames, citamos, parcialmente, el texto:
Existe en nuestro país, un grave problema de salud pública, descomposición social e inequidad económica, que afecta, mayormente, a la niñez, la juventud y a la población adolescente. El panorama social de Panamá presenta un escenario que debe ser considerado para elaborar las políticas públicas:
• Datos proporcionados por la Contraloría General de la República permiten estimar que más del 75% de los niños y niñas que nacen anualmente en Panamá, lo hacen fuera de una unión estable;
• Una de cada cinco embarazadas es adolescente. El 70% de los padres de esas criaturas es mayor de 20 años;
• El SIDA es la tercera causa de muerte de jóvenes de 15 a 24 años de edad; en Panamá, la cifra de embarazos en la adolescencia entre las edades de 10 y 19 años ha ido en aumento. Según cifras del MINSA, hasta abril del 2014, había 4,078 niñas
embarazadas en el país, incluyendo las comarcas. En mayo, la estadística creció a 4,425 casos; un promedio de once casos nuevos al día.
Resulta todavía más dramático, el hecho de que el 79.5% de las madres adolescentes no asisten a la escuela…
…Está comprobado que las personas que reciben educación integral en sexualidad, desde temprana edad, posponen el inicio de sus relaciones sexuales, así como que las mujeres con mayor escolaridad gozan de mejor salud y oportunidades, tanto ellas como sus hijas e hijos. Por el contrario, la falta de formación genera un círculo vicioso de exclusión educativa y socioeconómica, de miles de niñas y jóvenes que ven truncado su proyecto de vida, junto a un irreparable deterioro de la salud de nuestra población y el peligro de que se consolide la violencia sexual.
…Además, Panamá se ha comprometido en materia de derechos humanos con numerosos instrumentos internacionales: la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, la Convención de los Derechos del Niño y la Niña, la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer, la Conferencia Internacional de Población y Desarrollo, la Conferencia Mundial de Derechos Humanos, la IV Conferencia Mundial sobre la Mujer, entre otros.
Igualmente, nuestro marco jurídico incorpora normas relacionadas que plantean el deber del Estado de garantizar la salud y educación para la población panameña, como la Ley 4 de 1999 de "Igualdad de Oportunidades"; Ley 3 de 5 de enero de 2000, "General sobre las infecciones de transmisión sexual, VIH/SIDA", Ley 79 de 2011 "Contra la trata de personas y actividades conexas" y Ley 82 de 2013 que "Reforma el Código Penal para tipificar el femicidio y sancionar la violencia contra la mujer y dicta medidas de prevención de estas conductas punibles", entre otras normas. (Adames, 2015).
Una vez se propuso el Anteproyecto de Ley No.61, iniciaron los debates entre los diferentes actores claves, entre ellos representantes de la sociedad civil, organismos públicos y privados, como el Ministerio de Educación, Ministerio de Salud, la Caja de Seguro
Social, la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia (SENNIAF) y Organizaciones No Gubernamentales (ONG) se pronunciaron tanto a favor como en contra del precitado proyecto de ley. Entre las opiniones y voces a favor del proyecto, están La Defensoría del Pueblo, la Asociación Panameña para el Planeamiento de la Familia (APLAFA), el Espacio de Encuentro de Mujeres y diversas organizaciones más.
Por su parte, la Iglesia Católica fue una de las principales voces opositoras al Proyecto de Ley No.61., situación comprensible cuando en Panamá no impera un Estado Laico. En este sentido se cita a continuación parte del texto de la posición oficial de José Domingo Ulloa Mendieta (Ulloa, 2016), Arzobispo de Panamá, que se divulgó a través de la página web oficial de la Arquidiócesis de Panamá:
…la Iglesia dice Sí a una educación en la sexualidad, afectividad y en valores. Reafirmamos que la Iglesia consciente de la “dimensión familiar de la educación del amor y del recto vivir de la propia sexualidad”, dice: “Sí a la educación en la sexualidad y afectividad de los niños y jóvenes, basada en valores y respeto a la dignidad de la persona”, donde los padres de familia sean protagonistas de la formación de sus hijos en una correcta y sana sexualidad. Los padres tienen el derecho y el deber inalienable de educar a sus hijos y quienes colaboren en esta tarea, deben hacerlo siempre bajo su dirección solícita, tanto en casa como en los centros educativos.
…Consideramos que el Proyecto de Ley que contempla la educación sexual de la niñez y adolescencia:
No resuelve de manera responsable la problemática que se quiere evitar, como son los embarazos precoces y las enfermedades que causan muerte en la juventud, como es el SIDA.
Sus normas, la mayoría de lenguaje ambiguo y confuso, se contraponen a una serie de normas vigentes de nuestra legislación de familia y de nuestra legislación penal. Ninguno de los artículos del citado proyecto de ley, hacen partícipes a los padres como titulares del derecho y el deber de ofrecer educación a sus hijos; ni tampoco el Estado, con este proyecto, da garantía del derecho de los padres a opinar sobre qué clase de educación sexual recibirán sus hijos, conforme a sus creencias morales y religiosas. La
sexualidad es santa y buena. Implica la totalidad de la persona y solo tiene sentido si está al servicio de un amor comprometido, estable y responsable. (Ulloa, 2016)
Una vez presentadas algunas de las distintas posturas u opiniones pertinentes, desarrollamos un análisis objetivo con respecto a la fallida iniciativa legislativa, la cual consideramos que, a pesar de sus falencias y deficiencias, fue una oportunidad para colocar en la palestra pública, este importante tema, objeto central de este artículo. Para ello, se inicia planteando como académicos, un enfoque o paradigma educativo que propone el desarrollo pleno de la personalidad desde una concepción de respeto a los derechos humanos y libertades fundamentales.
Se considera que los problemas relativos a la sexualidad no solo deben ser reconocidos desde su influencia en la vida individual, sino también desde sus repercusiones sociales relevantes que inciden en el desarrollo de un país. Las complejas contradicciones y malestares relacionados con los géneros, las sexualidades, su educación y sus consecuentes repercusiones en la salud, no pueden ser atendidas, integralmente, desde los esfuerzos aislados de individuos, familias, comunidades, organizaciones estatales y de la sociedad civil, sin el respaldo de un Estado Laico.
Las discusiones, debates y posterior retiro del Proyecto de Ley No.61, demuestra que, no basta solo con un marco político-legislativo. Adicionalmente, se necesita el desarrollo de estrategias para la transformación social que contribuyan a desarticular prejuicios y paradigmas dogmáticos y ortodoxos que intentan justificar la imposición de relaciones de dominación, generadoras de desigualdades y discriminación.
Por ello, se considera que los cambios que dependen de la conciencia social no se articulan, automáticamente, sobre las transformaciones de la estructura económica y legal, aunque este es un paso determinante. Los estereotipos, prejuicios, conductas y juicios de valor sexistas arraigados en las tradiciones se modifican en un complejo proceso de reconceptualización en el que inciden la voluntad política, la legislación, los medios de difusión, la escuela, la familia, la subjetividad de cada individuo: la sociedad en su conjunto.
5. Conclusiones
● En Panamá, las iniciativas orientadas a fomentar la Educación Sexual y Planificación Familiar con enfoque de Derechos Humanos son débiles, su abordaje se da desde un ámbito de programas sectoriales y temporales, únicamente. En el caso de la educación reproductiva, esta aparece en muy contadas ocasiones bajo este concepto, ya que, prevalece la orientación de salud sexual.
● La discusión del ante proyecto de Ley No. 61, desde el enfoque de Derechos Humanos, es una tarea pendiente que involucra un consenso hacia dónde queremos ir como sociedad, en el marco del respeto a los derechos individuales y colectivos, en medio de una cultura de paz, si bien la tarea no es fácil, se debe comenzar por educar y formar a nuestros jóvenes con criterios de responsabilidad, en cuanto a su actuar sexual y en cuanto a las metas que se proponen lograr en la vida como ciudadanos panameños. Se debe tomar en cuenta, adicionalmente, los acuerdos y metas internacionales, como los propuestos por las Naciones Unidas en los Objetivos del Milenio.
● La implementación de políticas educativas y de salud que promuevan la planificación familiar con desarrollo humano y respeto a los derechos humanos, debe ser un hecho en la sociedad panameña. Para ello, es necesario desarrollar talleres y programas de difusión en cuanto a la aplicación de una educación sexual que garantice el bienestar de la mujer con la libertad de poder elegir el momento de poder tener sus hijos, lo que permitirá un mayor y mejor desarrollo de nuestro país.
● No se debe ignorar la importancia que tiene la asignación de recursos al terreno de la educación formal e informal. Se ha comprobado que, a mayor educación, menor número de hijos e hijas, y que el aporte más grande de nacimientos vivos en la República proviene de las áreas rurales, donde mayor es la pobreza y el analfabetismo.
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