ECONOMÍA DEL DELITO, TEORÍA DE LA ELECCIÓN RACIONAL Y TIPOLOGÍAS DELICTIVAS BANCARIAS EN TORNO AL BLANQUEO DE CAPITALES

ECONOMICS OF CRIME, RATIONAL CHOICE THEORY AND BANKING CRIME TYPOLOGIES REGARDING MONEY LAUNDERING

Rogelio Hernán Rubatino Santizo
Universidad de Panamá., Panamá

Revista Saberes APUDEP

Universidad de Panamá, Panamá

ISSN-e: 2644-3805

Periodicidad: Semestral

vol. 6, núm. 1, 2023

revistasaberesapudep@gmail.com

Recepción: 22 Marzo 2022

Aprobación: 18 Agosto 2022



Resumen: El delito del blanqueo de capitales se ha constituido en un área del conocimiento estudiada a través de diversas teorías que identifican la dimensión de quien lo asume y de sus motivaciones, siendo un fenómeno muy activo en los sectores financieros como no financieros, pero que particularmente cuando se inserta en el sistema bancario merma la salud económica de los países. Con un enfoque metodológico de tipo documental-descriptivo y longitudinal, el artículo explica las tipologías delictivas bancarias en torno al blanqueo de capitales, utilizando las motivaciones y costos de este fenómeno delictivo desde el punto de vista de la economía del delito y la Teoría de la Elección Racional, reseñando sus orígenes y explicando cómo el delito económico se convierte en una elección que se da cuando un individuo sopesa racionalmente si la utilidad esperada excede a la utilidad que podría obtener usando su tiempo y recursos en otras actividades. Los resultados exponen el fenómeno producto de la racionalidad económica que involucra el análisis del costo-beneficio en la conducta individual que estimula esa preferencia al filtrar las ganancias ilícitas al sistema financiero legal, lo que lleva a estudiarse desde la posición epistemológica del individualismo metodológico, mostrando cómo las fases del blanqueo de capitales puede realizarlas el individuo de forma separada o conjunta.

Palabras clave: economía del delito, fases del blanqueo de capitales, Teoría de la Elección Racional, crimen y economía.

Abstract: The crime of money laundering has become an area of ​​knowledge studied through various theories that identify the dimension of who assumes it and their motivations, being a very active phenomenon in the financial and non-financial sectors, but particularly when inserted into the banking system undermines the economic health of countries. With a methodological approach of a documentary-descriptive and longitudinal type, the article explains the bank criminal typologies around money laundering, using the motivations and costs of this criminal phenomenon from the point of view of the economy of crime and the Theory of Rational Choice, outlining its origins and explaining how economic crime becomes a choice that occurs when an individual rationally weighs whether the expected utility exceeds the utility that could be obtained by using their time and resources in other activities. The results expose the phenomenon product of economic rationality that involves the cost-benefit analysis in individual behavior that stimulates that preference by filtering illicit profits to the legal financial system, which leads to study from the epistemological position of methodological individualism, showing how the phases of money laundering can be carried out by the individual separately or jointly.

Keywords: crime economics, phases of money laundering, rational choice theory, crime and economics.

Introducción

Durante la primera mitad del siglo XX, el crimen organizado en los Estados Unidos de Norteamérica fue liderado por Alphonse Capone y Meyer Lansky, quienes adquirieron una cadena de lavanderías para ingresar en el circuito económico legal. El dinero conseguido a través de sus actividades delictivas tenía un esquema particular para obtener ganancias ilícitas por la producción, distribución y venta de alcohol, cuya venta era ilegal; filtrar las ganancias al sistema financiero legal era el objetivo (Martínez, 2015) para justificar bajo la fachada de las lavanderías el origen del dinero. En la actualidad, el delito del lavado de dinero, legitimación de activos o blanqueo capitales, se ha constituido en un área del conocimiento estudiado a través de diversas teorías que identifican la dimensión del que delinque y sus motivaciones, siendo un fenómeno muy activo en los sectores financieros como no financieros. Los dos motivos principales de su desarrollo incluyen las debilidades de los sistemas de prevención creados para luchar contra el blanqueo, y los subterfugios que utilizan día a día quienes realizan este tipo de operaciones para evadir la normativa legal, siendo el sistema bancario el primero que se resiente.

El objetivo de explicar las tipologías delictivas bancarias en torno al blanqueo de capitales, utilizando las motivaciones y costos de este fenómeno delictivo desde el punto de vista de la economía del delito y la Teoría de la Elección Racional, nace al observar que no es poco frecuente advertir cómo las organizaciones e individuos con dinero cuya procedencia es dudosa, crean mecanismos a diario que intentan permear la legalidad de las instituciones financieras con diversos fines. Esto puede ser explicado también a través del individualismo metodológico de Max Weber (1864-1920) utilizado en las ciencias sociales para definir las creencias y acciones que impulsan al individuo a actuar según su propia voluntad y el conocimiento de las reglas que delimitan la esfera de su propia decisión. De allí que la investigación encuentre las bases para su constructo en la economía neoclásica con el homo economicus, la corriente teórica de la microeconomía, el individualismo metodológico y la metodología de la elección racional (proveniente de la Teoría de la Elección Racional, que se consolidó como disciplina a partir de los trabajos del economista Kenneth Arrow (1921-2017), y le valieron el Premio Nobel de Economía en 1972).

Materiales y métodos

La investigación empleó como enfoque metodológico un proceso documental para explicar las tipologías delictivas bancarias en torno al blanqueo de capitales, utilizando las motivaciones y costos de este fenómeno delictivo desde el punto de vista de la economía del delito y la Teoría de la Elección Racional. Los resultados se estructuraron presentando como referente el delito económico, que conforma el preámbulo para explicar sus inicios desde la Escuela Clásica de la Criminología. Esto permite una mejor comprensión de la economía del delito de Gary Becker desde la Teoría de la Elección Racional a partir de los nueve supuestos de McCarthy como antesala a las tipologías delictivas que permean el blanqueo de capitales y sus diversas fases. Para alcanzarlo, se requirió de un estudio descriptivo de corte cualitativo no experimental, tratando así de crear una descripción condensada del tema lo más completa posible, siendo necesario dar un seguimiento longitudinal a los datos desde la Europa del siglo XVIII hasta la actualidad.

Resultados

El delito económico

El economista y ganador en el año 1992 del Premio Nobel, Gary Becker (1930-2014), definió en su Teoría del Crimen el delito económico como una elección que se da cuando “una persona comete un delito si la utilidad esperada para él excede la utilidad que podría obtener usando su tiempo y otros recursos en otras actividades” (1995, p. 7). En Becker (1995) se encuentra el argumento de que el delito no es inevitable, como sucede con la muerte o los impuestos. Y la relación existente entre el delito y la economía forma parte del pensamiento social, por un asunto de racionalidad económica que involucra el análisis del costo-beneficio en la conducta individual que estimula esa preferencia (Ramírez de Garay, 2014). El tema se ha convertido en objeto de estudio formal desde el siglo XIX con la Escuela Cartográfica de Criminología en Francia en la delineación de la geografía del crimen (Sanz, 1999), la Escuela Positivista de Criminología y la Escuela Clásica de Economía Política, presentes en Essai sur la statistique morale de la France (1833) de André-Michel Guerry y Sur l’homme et le développement de ses facultés, ou Essai de physique sociale (1835).

Inicios desde la Escuela Clásica

La Escuela Clásica de la Criminología encuentra sus bases en el movimiento cultural e intelectual en la Europa en el siglo XVIII (siglo de las luces) conocido como la Ilustración, y que culminó en el siglo XIX (Wiese, 1979). “Surge de la evolución de los principios renacentistas que, sometidos a la reflexión científica del s. XVIII, aseguran las bases del nuevo sistema lógico y racional” (Chordá, Martín y González, 2012, p. 177), época en que el marqués de Beccaria Cesare Bonesana (1738-1774), considerado como el creador de la criminología clásica (Álvarez, Montenegro y Martínez, 2012), formuló los principios de la criminología clásica –basándose, a su vez, en las teorías del contrato social de Hobbes, Rousseau y Montesquieu– (Taylor, Waton y Young, 1973). Cuando Beccaria (1804) expone en el contrato social que “las leyes son las condiciones con arreglo a las cuales los hombres, naturalmente independientes, se unieron en sociedad” (p. 4, citado por Taylor, Waton y Young), y que evitar el caos sería necesario mediante el establecimiento de penas establecidas para quienes violaran las leyes, sienta las bases del positivismo criminológico. Bajo este paradigma se estudia la criminología, que se desarrolló como “una ciencia cinética, causal y explicativa, natural y cultural de las conductas antisociales”, y que llegó a cuantificar el comportamiento a través de la escuela positivista (Taylor, Waton y Young, 1973).

De acuerdo con estos autores, este movimiento se dividió en la Escuela Clásica y la Positivista, que estudió el delito más allá de la Escuela Clásica, donde la pena era proporcional al delito. La Escuela Positivista añadió los entornos ambientales y psicológicos, bajo cuya cosmovisión la sociedad se conforma por personas normales que representan el consenso, mientras que el comportamiento desviado (término en criminología para designar a quienes constituyen la minoría al margen de lo que dicta la sociedad) representa un problema en la medida en que las autoridades no actúan eficientemente a la hora de representar a la colectividad en general. La Escuela Clásica fue la que terminó con “la barbarie y las injusticias derivadas de la aplicación que el derecho penal representaba, procuró la humanización por medio del respeto a la ley, del reconocimiento a las garantías individuales y de la limitación al poder absoluto del Estado” (Chordá, Martín y González, 2012, p. 11), donde el delito pasó a ser un ente jurídico que eliminaba la ley moral. Según uno de los postulados de la Escuela Positivista, “importa más la prevención que la represión de los delitos” (p. 18).

La economía del delito de Gary Becker y los nueve supuestos de McCarthy

En la economía del delito se incluye el delito económico desde la perspectiva de Gary Becker (1930-2014) y la Teoría de La Elección Racional del economista Kenneth Arrow (1921-2017) que modela el comportamiento social y económico, pero que ha sido estudiado también en innumerables ocasiones a través del individualismo metodológico que Max Weber (citado por González, 1993) presenta como argumento válido para el estudio de los fenómenos sociales y comprender la elección racional. Al respecto, González señala que el individualismo metodológico “es ante todo un método […] [y] una forma de comprender los alcances y límites del conocimiento científico-social y, a la vez, es un modo de entender la constitución de la realidad social” (p. 431). El estudio de la elección racional (principal corriente teórica de la microeconomía, centrada en el individuo como unidad de análisis) que se utiliza en economía para delinear el modelo del homo economicus, se asume desde la perspectiva del homo sociologicus, tomando en cuenta que el interés propio priva en la elección del sujeto cuando decide formar parte en la ejecución del delito de blanqueo. La acción social desarrollada por este tipo de individuos se comprende desde la elección racional a partir de los nueve supuestos de McCarthy (2002, pp. 419-422):

Resultado. Las personas tienen preferencias por los resultados (bienes, servicios, estados del ser, etc.). Aunque muchos economistas suelen centrarse en los bienes materiales, Becker (1968, 1996) y otros han ampliado el estudio para incluir una amplia gama de resultados.

Valor de la preferencia. Las preferencias son completas, transitivas y estables. Significa que se pueden ordenar todas las combinaciones posibles de mayor a menor valor. Algunos resultados se desconocen y otros no son comparables. Los supuestos de transitividad y estabilidad especifican una coherencia y consistencia a las preferencias. La transitividad requiere que, si una persona prefiere X a Y, e Y a Z, también prefiere X a Z.

Inmediatez. Las preferencias están influenciadas por la orientación hacia los resultados presentes versus resultados futuros. Al tener una preferencia temporal positiva actual, se necesitará una mayor compensación futura para renunciar al beneficio presente. Quienes están dispuestos a renunciar por uno de menor nivel a futuro, tienen una preferencia temporal negativa; quienes tienen una preferencia temporal neutral están dispuestas a intercambiar beneficios presentes y futuros entre sí en una proporción de uno a uno.

Riesgo. La mayoría de los resultados son inciertos; normalmente no hay garantía de que se obtendrán. Por eso, las actitudes hacia el riesgo y la incertidumbre (es decir, sus expectativas sobre la forma en que existirá el mundo cuando se emprenda una acción) afectan las preferencias.

Información. Las personas basan sus evaluaciones de costos y decisiones en la información recopilada, y aunque prefieren tener toda la información, con frecuencia las elecciones se toman con información incompleta, o porque creen que tienen la información adecuada. La información no garantiza una decisión racional, porque la elección racional implica mucho más, y se puede comprometer la capacidad para elegir resultados coherentes con las preferencias.

Maximización de la utilidad. Las acciones racionales son consistentes con los supuestos anteriores. Son consistentes con la maximización de la utilidad, lo que requiere elegir comportamientos de acuerdo con la utilidad esperada. El comportamiento por sí solo no puede describirse a priori como racional, pues la determinación de la racionalidad de un comportamiento depende de conocer o hacer suposiciones sobre la información de una persona, el orden de preferencia, el enfoque de la toma de riesgos y el tiempo.

Irracionalidad en la decisión. La Teoría de la Elección Racional no excluye la toma de decisiones irracionales. Se puede seguir un curso de acción debido a un estado emocional o un cambio repentino de contexto. Alternativamente, es posible no ser conscientes de los intereses que motivan, las explicaciones que enfatizan la falsa conciencia, el habitus, la cultura nacional, la inercia o fuerzas similares, sugieren que pueden llevar a las personas a tomar decisiones contrarias a sus preferencias.

Dependencia e independencia en la decisión. Las elecciones se pueden examinar con un enfoque de teoría de juegos o de decisiones. La teoría de la decisión se aplica cuando un resultado se ve afectado solo por la elección y por el azar. Un enfoque de la teoría de juegos es más apropiado cuando un resultado depende de la intersección de las elecciones de más de una persona.

Coherencia entre preferencias y elecciones. El enfoque de la elección racional no es una teoría del conocimiento. No sostiene que las personas piensen de formas típicamente asociadas con la racionalidad, ni asume que realicen cálculos literales. Se refiere a la coherencia entre las preferencias y elecciones, y asume procesos estocásticos, no deterministas. Proporciona una explicación de cómo se toman muchas decisiones, sin asumir que todas las opciones pueden explicarse.

En la economía del delito se conoce crimen económico como un término de Edwin Sutherland (1939), pionero en los estudios criminológicos sobre la delincuencia económica –aunque nace científicamente en 1872 con Edwin C. Hill, Edward A. Ross en 1907, y Albert Morris en 1935–, y es definido como una agresión que pone en peligro “los esquemas fundamentales de producción, distribución y consumo de los bienes de la comunidad […] o que afecte, de igual forma, sus sistemas de financiación y de cambio” Barroso González, 2015, p. 100, ocasionando un daño real motivado por el enriquecimiento. El término se encuentra íntimamente asociado con la Teoría de la Elección Racional por su impacto en el resto de las ciencias sociales, a pesar de haberse edificado en la economía, porque conjuga factores esenciales para comprender las motivaciones que determinan la actuación de un individuo por elección, sirviendo para perfilar el delito y sus implicaciones económicas, donde se puede incluir la variable institucional.

El crimen económico y su implicación a nivel institucional se ejemplifica a través del Fondo Monetario Internacional, quien señala que el 90% de los países cuentan con leyes para la declaración financiera de los funcionarios públicos, lo que contribuye a combatir el blanqueo “ayudando a identificar si un cliente es una persona políticamente desprotegida, facilitando los procedimientos de debida diligencia con respecto a los clientes o potenciando el rastreo y la recuperación de activos” (Purcell y Rossi, 2019, p. 19). Esto ayuda a avanzar en la lucha contra el delito económico y también permite la comprensión acerca del modo en que la configuración de las instituciones pasa a ser determinante en las decisiones delictivas de los individuos. Un ejemplo edificante lo presentó Islandia durante la crisis mundial del año 2008, cuando decidió no rescatar a los banqueros que arruinaron al país en 2008, abriendo una investigación penal contra los responsables para combatir el crimen económico porque sus víctimas están representadas en la población en general y, por añadidura, en los países. De esta forma se incorpora mediante diversas tipologías delictivas de blanqueo de capitales, tal como se explica a continuación.

Tipologías delictivas en torno al blanqueo de capitales a nivel mundial

De acuerdo con el Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias de España (2014), las prácticas que giran en torno al blanqueo de capitales a nivel mundial tienen un componente subjetivo que va ligado a la zona geográfica donde se establezcan. Esto hace difícil clasificarlas dentro de las tipologías ya conocidas porque no existe un criterio generalizado, sin embargo, todos los especialistas coinciden en que la banca es, por su naturaleza, uno de los espacios más vulnerables que siempre estará incorporado a estos esquemas de la economía del delito. En su acepción más general, se señala que “una tipología de blanqueo es un conjunto de esquemas que se construyen o diseñan de forma similar, y a través de los cuales se pretende blanquear fondos de origen criminal” (Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias, 2014, p. 1).

La definición del GAFI explica que se trata de “un proceso de blanqueo de capitales en el que se desarrollan esquemas especializados que se construyen con formatos homogéneos y que recurren a métodos similares” (Servicio Ejecutivo de la Comisión de Prevención del Blanqueo de Capitales e Infracciones Monetarias, 2014, p. 1), mientras que el GAFILAT (2018), la registra como una “clasificación y descripción de las técnicas utilizadas por las organizaciones criminales para dar apariencia de legalidad a los fondos de procedencia lícita o ilícita y transferirlos de un lugar a otro o entre personas para financiar sus actividades criminales” (p. 7), porque “la elusión de dichos controles supone un grave perjuicio económico para la sociedad en su conjunto, consecuencia de un comportamiento contrario a la ética por los beneficiarios de la citada actividad” (Rodríguez Saiz y Rodríguez Soler, 2011, p. 144).

En cuanto al período que implica el reconocimiento de las tipologías, la Federación Latinoamericana de Bancos (FELABAN, 2014) señala que es la primera fase la que ofrece mayor nivel de complicaciones para quienes están inmersos en el blanqueo de capitales, porque deben colocar en la banca el dinero que han obtenido como producto de las actividades ilícitas. Una empresa cuyos activos proceden de fondos ilegales necesita tener acceso rápido a las ganancias adquiridas a través de la venta de bienes o servicios como en cualquier negocio legítimo, lo que se explica a través de la Teoría de la Elección Racional. Contrario al entorno legal, la empresa que prospera con base en la economía del delito no puede operar abiertamente porque debe esconder la naturaleza, procedencia y propiedad de los beneficios producidos por su negocio, para evitar ser detectado por las autoridades competentes.

Se afirma, con respecto a las tipologías, que “las Unidades de Información Financiera de los distintos países y organismos internacionales como el GAFI, se encargan de estructurarlas y documentarlas con base en la información que le es reportada por bancos y entidades financieras” (FELABAN, 2014, §2). De esta forma, el dinero o los bienes colocados en la economía legal son movilizados en gran cantidad de operaciones de naturaleza financiera o comercial, con la intervención de varias personas para lograr que el dinero obtenido y colocado no sea de fácil rastreo, y evitando que se conozca el origen del mismo, creando complejas estructuras de cobertura que compliquen su rastreo documental.

Cuando los métodos usados por los delincuentes son exitosos, el legitimador los adopta y los sigue utilizando frecuentemente en sus operaciones de blanqueo de capitales. Cuando una serie de esquemas parece estar construida de manera igual o similar puede ser clasificada como una tipología, porque registra un patrón que puede ser estudiado. De acuerdo a la definición brindada por el GAFILAT en el informe de tipologías regionales 2017-2018 dentro del contexto de blanqueo de capitales y financiación del terrorismo, señala como tipologías a “la clasificación y descripción de las técnicas utilizadas por las organizaciones criminales para dar apariencia de legalidad a los fondos de procedencia ya sea lícita o ilícita, y el movimiento de éstos entre zonas geográficas y/o entre sujetos con fines delictivos” (2018, p. 7).

Las tipologías se encuentran distribuidas en tres fases básicas que representan la forma en que el individuo incursiona en el blanqueo de capitales, dibujando de manera explícita el camino de la economía del delito y la Teoría de la Elección Racional en este aspecto, que es el objetivo al que apunta esta investigación. Su conocimiento y análisis permite comprender los productos financieros que se utilizan y medir el riesgo asociado a las operaciones que se llevan a cabo en el sector bancario. El análisis de los principales fenómenos delincuenciales hace evidente la presencia de un elemento de oportunidad en las tipologías utilizadas por las organizaciones delictivas para dar apariencia de legitimidad a recursos de procedencia ilícita, amparados en el uso de vacíos en los marcos regulatorios. Esto ha sido explotado por la delincuencia organizada y extrapolado a otras jurisdicciones con relativo éxito, porque el enfoque se centra en listas de esquemas históricos de blanqueo de capitales, convertidas en herramientas de investigación que generan señales de alerta que permiten blindar el sector.

Fases del blanqueo de capitales

En la banca, este delito (tipificado como tal), se encuentra estrechamente ligado al secreto bancario que proviene y se desarrolla en el Derecho Mercantil como un secreto profesional que da derecho a la intimidad y otorga el derecho al cliente como un deber jurídico del banco. Esta Ley únicamente estableció la obligación de reportar transacciones en efectivo que sobrepasaran los diez mil dólares (USD$ 10,000), siendo reforzada en 1986 cuando se firmó la Ley para el Control de Lavado de Dinero (MLCA) con la que se intensificó la lucha contra este fenómeno (Bartels Villanueva y Arias Alpizar, 2010), no obstante, un problema se encontró en la limitación de las regulaciones, que impusieron el deber de informar las transacciones en efectivo de más de USD$ 10,000 solo a los bancos (Welling, 1989).

Desde la posición epistemológica del individualismo metodológico, las fases del blanqueo de capitales puede realizarlas el individuo de forma separada o conjunta. Es un proceso diverso y a veces complejo, que involucra básicamente tres pasos independientes que pueden suceder simultáneamente: la ubicación, sin que esto llame la atención del sistema legal donde se inserte; el ocultamiento, que consiste en la movilización dentro del sistema financiero utilizando una trama compleja para complicar el patrón de inserción y difuminar el rastreo documental; y la integración al sistema legal mediante la adquisición de bienes mediante la justificación de la procedencia de los fondos que justifican esa adquisición. El Banco Mundial y el FMI (2006) señalan que la etapa inicial del proceso implica la colocación de fondos derivados de transacciones o negocios ilegales en el sistema financiero, lo que se realiza generalmente a través de una institución financiera, y se puede lograr depositando el efectivo en una cuenta bancaria. A partir de ese instante, grandes cantidades de efectivo se dividen en cantidades más pequeñas y menos notables a la vista de los controles de la banca, y se depositan con el tiempo en diferentes oficinas de una o muchas instituciones financieras.

En la primera etapa puede ocurrir el intercambio de una moneda local por divisas (generalmente), así como la conversión de billetes más pequeños en denominaciones más grandes; aquí se inicia la transformación de los fondos ilegales que pueden convertirse en instrumentos financieros como giros postales o cheques, y empiezan a mezclarse con fondos legítimos para desviar sospechas. Adicionalmente, aunque la colocación inicial de este dinero también puede lograrse mediante la compra en efectivo de un valor o una forma de contrato de seguro, por lo general este paso se da al final de esta primera etapa.

La segunda etapa de lavado de dinero ocurre después de que las ganancias mal habidas hayan ingresado al sistema financiero, momento en el cual los fondos, valores o contratos de seguros se convierten o trasladan a otras instituciones, porque la finalidad es ir separándolos cada vez más de su fuente delictiva de origen, en un esquema de elección racional meticulosamente planeado. Estos fondos podrían usarse para adquirir otros valores, contratos de seguro o cualquier otro instrumento que resulte fácilmente transferible (como los instrumentos de inversión, cheques, órdenes de pago, fianzas al portador, o transferidos electrónicamente) y luego vendidos a través de otra institución, por lo que los fondos también podrían transferirse mediante cualquier forma de instrumento negociable. En el caso de la transferencia electrónica, esta va dirigida a otras cuentas en varias jurisdicciones, donde también se puede disfrazar la transferencia como un pago por bienes o servicios o a una corporación fantasma (Schott, 2006).

La tercera etapa implica la integración de fondos en la economía legítima mediante la compra de activos como bienes raíces, valores u otros activos financieros, o bienes de lujo (Schott, 2006). Lo que recalcan estos organismos es que ningún país se encuentra exento, porque estas tres etapas pueden ocurrir en tres países diferentes para eliminar definitivamente el rastro de su origen, lo que resulta mucho más difícil para los controles que se puedan establecer entre un país y otro.

Conclusiones

Las tipologías de blanqueo de capitales que afectan a la banca a nivel mundial pueden ser examinadas desde diversas áreas del conocimiento para aportar más elementos a su comprensión y toma de acciones en consecuencia, ya que el perfil que modela la acción social desarrollada por este grupo de individuos puede ser comprendido a partir de los nueve supuestos de McCarthy. El estudio del comportamiento de las tipologías de blanqueo de capitales comprueba la existencia del delito económico de la Teoría del Crimen de Gary Becker y la Teoría de La Elección Racional de Kenneth Arrow que modela el comportamiento social y económico, donde se encuentra inmerso el factor de racionalidad que está basado en un análisis minucioso para determinar cuál es la opción que representa el menor coste y el mayor beneficio para quien comete este delito en el logro de sus objetivos, independiente a la posición legal y el daño a terceros implícito en sus actos.

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