LA ATENCIÓN A LA DIVERSIDAD LINGÜÍSTICA EN EL CONTEXTO ESPAÑOL: LEGISLACIÓN, PLANES Y MEDIDAS
ATTENTION TO LINGUISTIC DIVERSITY IN THE SPANISH CONTEXT: POLICIES, PLANS AND ACTIONS
Revista de Filología y Lingüística de la Universidad de Costa Rica
Universidad de Costa Rica, Costa Rica
ISSN: 0377-628X
ISSN-e: 2215-2628
Periodicidad: Semestral
vol. 45, núm. 1, 2019
Recepción: 27 Julio 2018
Aprobación: 07 Diciembre 2018
Resumen: Las autoras se aproximan a la noción de atención a la diversidad lingüística, desde una perspectiva socio-institucional, como uno de los ejes prioritarios de todos los sistemas de Educación y Formación en los países miembros de la Unión Europea para el logro de una educación de calidad. Ofrecen una selección de disposiciones oficiales nacionales de enseñanza obligatoria en las que se alude a esta noción e identifican aquellos planes y medidas institucionales concretas concebidas por las diferentes Comunidades Autónomas –monolingües y bilingües– que contemplan las necesidades lingüísticas del alumnado extranjero.
Palabras clave: Atención a la diversidad, planes y medidas, disposiciones oficiales, contexto español, Comunidad Autónoma.
Abstract: The authors approach the notion of attention to linguistic diversity from a socio-institutional perspective, as one of the priority axes in the Education and Training systems in the member states of the European Union for the achievement of quality education. A selection of national official documents is offered that are linked to this notion. The authors identify those institutional plans and actions conceived by the different Autonomous Communities –monolingual and bilingual– that address the linguistic needs of foreign students.
Keywords: Attention to diversity, plans and actions, official documents, Spanish context, Autonomous Community.
1. Introducción
En la Directiva 2000/43/CE del Consejo de 29 de junio del 2000 relativa a la aplicación del principio de igualdad de trato de las personas independientemente de su origen racial o étnico –aplicable al ámbito de la Educación (art.3)–, publicada en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas (2000), se acordó el principio de igualdad de todos los individuos. Son muchos los documentos oficiales en los que se encuentran los términos igualdad y equidad como sinónimos, sin embargo, cabe precisar que la igualdad, a la que alude el documento citado, hace referencia a los derechos y responsabilidades de todos los miembros de la sociedad; por otro lado, la equidad remite, desde la igualdad, a la consideración de la especificidad y al reconocimiento de la diferencia y, por tanto, a prever y asegurar las mismas condiciones para todos (Marchesi y Martín, 2014).
Tal y como podemos constatar en el Objetivo de Desarrollo Sostenible número 4 sobre Educación, las instituciones educativas europeas se manifiestan en los términos siguientes, “se exige que se garantice una educación inclusiva y equitativa de calidad y se promuevan oportunidades de aprendizaje a lo largo de toda la vida para todas y todos de aquí a 2030” (UNESCO, 2017, prólogo). Podemos, pues, hacer un paralelismo entre nociones y vincular la igualdad a la integración escolar y la equidad a la inclusión educativa, siendo esta última uno de los objetivos centrales, en políticas recientes, para lograr una educación de calidad. La importancia de la equidad, por lo tanto, reside en su incidencia directa en la escolarización del alumnado extranjero y en la demanda de cambios estructurales y organizativos en los sistemas de Educación.
Como respuesta a esta demanda, los Ministros de Educación de los Estados miembros de la Unión Europea se plantearon el Programa de trabajo Educación y Formación 2010 –cuya prolongación encontramos en el nuevo marco estratégico Educación y Formación 2020– mediante el que se pretende mejorar la calidad de los sistemas educativos, calidad que pasa por atender las necesidades específicas de todo el alumnado. Para tal fin, la Comisión Europea y el Consejo Europeo establecen objetivos comunes y le prestan especial atención a los siguientes: mejorar la calidad y la eficacia de los sistemas de educación y de formación; facilitar el acceso de todos a la educación y la formación; y abrir la educación y la formación a un mundo más amplio.
En el acuerdo del Consejo de Ministros celebrado el 23 de septiembre del 2011 por el que se aprueba el Plan estratégico de Ciudadanía e Integración (2011-2014), publicado por el Ministerio de Trabajo e Inmigración (2011), se sugiere la necesidad de desarrollar estrategias orientadas a la inserción educativa del alumnado extranjero y a la diversidad lingüística que aporta, asegurando la presencia participativa de las lenguas y culturas de origen propias, esto para la inclusión y consiguiente éxito escolar de todos y para todos.
El desarrollo de estrategias sugerido en el Plan Estratégico se aplica desde hace años, como respuesta al notable aumento de alumnado extranjero escolarizado en el sistema educativo español en las últimas décadas. Uno de los procedimientos aplicados ha sido la elaboración de planes y medidas concretas concebidas para abarcar las necesidades lingüísticas y culturales de este alumnado.
En el presente trabajo se ofrece una selección de disposiciones oficiales nacionales que aluden a la atención de la diversidad del alumnado y los términos en que los que se hace. Asimismo, se han identificado aquellos planes y medidas concretas elaboradas por las administraciones educativas de las distintas Comunidades Autónomas –divididas en Comunidades con lengua oficial o cooficial– como estrategia para el fomento de la inclusión educativa (Ministerio de Educación, 2018).
2. Disposiciones oficiales nacionales
Con una mirada retrospectiva, la atención a la diversidad generada por la presencia de alumnado extranjero en las aulas se ha contemplado en las distintas disposiciones oficiales desde hace varias décadas. En la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, Reguladora del Derecho a la Educación (LODE) se menciona, de forma explícita, a los extranjeros residentes en España y a su derecho a disfrutar de una educación en igualdad de condiciones que el resto. Posteriormente, y conforme al Real Decreto 299/1996, de 28 de febrero, de ordenación de las acciones dirigidas a la compensación de desigualdades en educación, se estableció que estas acciones tenían como destinatarios a colectivos de alumnos y alumnas pertenecientes a minorías étnicas o culturales, con dificultades de acceso, permanencia y promoción en el sistema educativo.
Ya en la Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación (LOCE), se introdujo la denominación de necesidades educativas específicas para atender, entre otros, al alumnado extranjero. En la LOCE (2002, p. 45201) se cita que “Las Administraciones educativas favorecerán la incorporación al sistema educativo de los alumnos procedentes de países extranjeros, especialmente en edad de escolarización obligatoria”.
En la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE), se pone especial énfasis en la atención a la diversidad y en la prevención y pronta resolución de las dificultades de aprendizaje del alumnado con necesidades específicas debido al desconocimiento de la/s lengua/s vehicular/es del centro educativo. Los dos Reales Decretos que desarrollan esta Ley para los niveles de escolarización obligatoria son los siguientes:
El Real Decreto 1513/ 2006, de 7 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas de la Educación primaria.
El Real Decreto 1631/2006, de 29 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas correspondientes a la Educación Secundaria Obligatoria.
En ambos se contemplan de manera explícita –si bien con alto grado de generalidad–, bajo el epígrafe Atención a la Diversidad (artículos 12 y 13 respectivamente), los principios, el perfil de los destinatarios, los objetivos y las medidas orientadas a mejorar la atención al alumnado que nos ocupa, tal y como se describe en el Cuadro 1.
En la ley vigente en la actualidad, la Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (LOMCE), se alude a la diversidad de habilidades o capacidades intelectuales del alumnado, pero no las vincula al estudiantado con necesidades específicas debido a que poseen una lengua diferente. En los consiguientes Real Decreto 126/2014, de 28 de febrero, por el que se establece el currículo básico de la Educación Primaria y Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, por el que se establece el currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato se hace referencia a la atención de la diversidad como atención individualizada, a la prevención de las dificultades de aprendizaje y a la puesta en práctica de mecanismos de refuerzo tan pronto como se detecten estas dificultades, por lo que parece que se ha retrocedido en la atención prestada en los documentos de referencia respecto al tema que nos ocupa.
A partir de las disposiciones oficiales enumeradas en los párrafos anteriores, se elaboran planes y medidas concretas en cada una de las administraciones educativas territoriales de cada una de las diecisiete Comunidades Autónomas1 con competencia plena y autonomía en materia educativa. La información sobre tales planes y medidas se ha extraído de las páginas educativas –en formato electrónico– habilitadas por las Consejerías de Educación autonómicas y del Centro de Recursos para la Atención a la Diversidad Cultural en Educación (CREADE), fundado para dar respuesta a las inquietudes de los profesionales que se cuestionan la manera de atender a la diversidad en diferentes ámbitos en las mejores condiciones. La presentación de la información se ha organizado, para un posterior análisis contrastivo, en dos apartados dedicados a comunidades monolingües y bilingües. En cada apartado el orden viene dado según la importancia del contingente de alumnado extranjero por Comunidad Autónoma.
2.1 Concreción de las disposiciones oficiales: Comunidades Autónomas monolingües
En La Rioja se dispone de un documento titulado Elaboración y adaptación de materiales educativos y curriculares para la población de minoría étnica, configurado para:
analizar, elaborar y divulgar materiales adaptados al alumnado inmigrante
dotar al profesorado de una base didáctica para acoger y trabajar con este alumnado.
Asimismo, el Gobierno de La Rioja presenta el Plan Integral de Inmigración de La Rioja, en el que están implicadas diferentes áreas, a saber: Servicios Sociales, Salud, Educación, Empleo y Relaciones Laborales, Vivienda, Acción Exterior y Juventud. Mediante este Plan se pretende adecuar los recursos existentes al incremento de la población inmigrante. Desde el área de Educación, se plantean como objetivos principales: formar y sensibilizar a los profesores; y desarrollar acciones que contribuyan a que la población extranjera se integre en la sociedad en general y en el sistema educativo riojano en particular.
La Comunidad de Madrid tiene un Servicio de Apoyo Itinerante a Alumnado Inmigrante cuyas finalidades son: asesorar sobre el desarrollo de programas de acogida y orientar respecto a recursos materiales y metodológicos para la enseñanza del español como segunda lengua. Esta Comunidad posee un Programa de Escuelas de Bienvenida (Aulas de enlace) para la correcta incorporación de los alumnos y alumnas y el desarrollo de la convivencia activa. Asimismo, se ha creado el Plan de Integración de la Comunidad de Madrid con diversos ámbitos de actuación. Desde el ámbito de la Educación, se tienen como objetivos principales: impulsar el aprendizaje y la integración del alumnado inmigrante en el sistema educativo; fomentar la convivencia; e impulsar la coordinación y optimización de los recursos de atención a inmigrantes.
En Aragón se ha creado el Centro Aragonés de Recursos para una Educación Inclusiva (CAREI), cuyas funciones principales consisten en: la dinamización de iniciativas; la coordinación de esfuerzos e información vinculados con la inmigración; y la recapitulación de documentación referente al alumnado inmigrante y su atención educativa. Asimismo, existe un programa de Aulas de español para alumnos inmigrantes orientado a asegurar la normalización de aquellos escolares que posean una escasa competencia lingüística en la lengua regional. Por otro lado, con el Plan Integral para la Convivencia Intercultural, se plantean como objetivos preferentes: mantener, adecuar y mejorar el programa de acogida; proporcionar información, orientación y acompañamiento para el acceso y la integración en el sistema educativo; y facilitar tutores de acogida.
En Murcia, se establece un Plan Regional de Solidaridad en Educación de la Comunidad en el cual se desarrollan acciones destinadas a la adquisición del español y se proporciona un servicio de intérpretes, con la misión de apoyar la integración de inmigrantes y sus familias. Se crea también el Centro de Animación y Documentación Intercultural (CADI) en donde se ofrece colaboración y ayuda a los centros educativos para atender al alumnado inmigrante. Entre sus funciones están: ofrecer apoyo material y documentación referida a la educación intercultural y la educación compensatoria; recopilar materiales elaborados por el profesorado que respondan a las nuevas demandas y necesidades; proporcionar métodos para abordar la enseñanza/aprendizaje del español como segunda lengua.
En Navarra2, la Consejería de Educación y Cultura ha creado el Programa de acogida del alumnado inmigrante con la finalidad de orientar al profesorado y a los centros educativos. Con carácter más específico, se han elaborado Programas de Inmersión Lingüística para los alumnos y alumnas sin un conocimiento suficiente del español. De igual manera, con el desarrollo del Plan de Atención a la Diversidad se pretende ofrecer un documento marco, junto con diferentes materiales complementarios, que sirvan a la comunidad escolar para la elaboración de su propio Plan de Atención a la Diversidad, el cual ofrece un ajuste adecuado a la pluralidad existente en los centros educativos.
Castilla-La Mancha pone en funcionamiento Equipos de Apoyo Lingüístico al alumnado, ya se trate de inmigrantes o refugiados. Asimismo, en su Plan de Atención a la Diversidad se crean grupos específicos para el aprendizaje del español y se realizan adaptaciones curriculares para el alumnado. También se promueven medidas en torno a la Educación Intercultural y Cohesión Social que plantean una respuesta educativa a la diversidad, proponiendo actuaciones para la prevención del absentismo y facilitando el encuentro entre culturas. Se establecen igualmente los Centros Territoriales de Recursos para la Orientación, la Atención a la Diversidad y la Interculturalidad con el objetivo de asesorar, informar y prestar recursos para toda la comunidad educativa.
En las Islas Canarias, el Secretariado de Pluralidad Cultural desarrolla Proyectos de Pluralidad Cultural. Se crea un Aula de apoyo idiomático para la incorporación de la materia de Español como segunda lengua al currículum. Asimismo, existen medidas de Atención a la Diversidad entre las que se encuentran, por ejemplo, los Programas de refuerzo y de mejora de la convivencia.
Por lo que respecta a la Comunidad Autónoma de Castilla y León se encuentran el Plan de Atención al Alumnado Extranjero y de Minorías, y el Plan Marco de Atención Educativa a la Diversidad para Castilla y León. Ambos programas tienen en sus objetivos: propiciar de forma específica la integración social y escolar del alumnado extranjero en el ámbito escolar; favorecer una rápida adaptación lingüística al entorno escolar y social mediante la aplicación de medidas de adaptación lingüística y social dirigidas al alumnado que llega sin conocimiento previo de la lengua castellana; potenciar el apoyo documental y asesoramiento a la comunidad educativa (poniendo a disposición de las familias, a título indicativo, traducciones del sistema educativo en nueve lenguas); y crear igualdad de oportunidades para todos los ciudadanos de la región. Para el estudiantado extranjero de Educación Secundaria Obligatoria se crearon las Aulas de Adaptación Lingüística y Social (ALISO) que garantizarían una rápida respuesta a las necesidades relativas a la diferencia de lengua para así acelerar el proceso de integración y convivencia. Por otro lado, el alumnado extranjero de Educación Primaria no cuenta con este apoyo externo, aunque tiene la posibilidad de asistir a clases de Educación Compensatoria en caso de que posean un desfase curricular de más de dos años.
Cantabria pretende una integración normalizada con actividades de compensación educativa, aulas de inmersión lingüística y, en algunos casos, una mezcla de ambas medidas. Además, existe una Asesoría sobre Orientación, Tutoría y Atención a la Diversidad: alumnado extranjero, con la presencia de un asesor intercultural. Se cuenta también con un Plan de Interculturalidad para apoyar la inserción escolar del alumnado perteneciente a culturas minoritarias, y con un Plan de Convivencia Escolar en el que se recogen, potencian y estructuran las buenas prácticas puestas en marcha en los centros educativos.
En Andalucía, la Consejería de Educación ha elaborado y puesto en marcha un Plan de Atención Educativa del Alumnado Inmigrante que tiene como objetivos informar a las familias inmigrantes del proceso de escolarización y organización del sistema educativo; dotar de recursos humanos y materiales a los centros con inmigrantes; fomentar la participación de inmigrantes en actividades extraescolares; y formar al profesorado que atiende a este alumnado. También ha implantado el Plan Integral para la Inmigración en Andalucía cuyo objetivo principal, en materia de educación, es asegurar el acceso de la población inmigrante a la educación en condiciones de igualdad y equidad, realizando estrategias activas que garanticen este acceso. Existen las Aulas Temporales de Adaptación Lingüística (ATAL), cuyo objetivo principal consiste en desarrollar programas de enseñanza y aprendizaje de español de forma simultánea a su escolarización en los grupos ordinarios, con los que comparten la mayor parte del horario semanal. Se trata de asegurar la normalización de este alumnado en las aulas de referencia. Al mismo tiempo, como parte del Plan de Fomento del Plurilingüismo, se atiende al alumnado inmigrante en sus necesidades respecto al aprendizaje de la lengua castellana junto con el estudio de su propia lengua y cultura.
En Asturias, la Consejería de Educación y Ciencia ha creado el sitio web Educastur, en la que se accede a actividades de acogida sociolingüística para los alumnos y alumnas. En esta página se mantiene el censo regional de alumnado extranjero, se dota de materiales de referencia a centros docentes y se promueven medidas de socialización intercultural. Para los alumnos y alumnas con desconocimiento del español, se instauran las Aulas Intensivas de Inmersión Lingüística.
En Extremadura existe un servicio de Programas Educativos y Atención a la Diversidad donde se ofrece una guía de recursos para la atención educativa a inmigrantes y una serie de estrategias educativas para favorecer su integración en las aulas. En el Plan Marco de Atención a la Diversidad se tienen como objetivos: garantizar una atención educativa de calidad para la diversidad del alumnado escolarizado; proponer las medidas necesarias para su adecuada escolarización; y establecer principios, objetivos y actuaciones de compensación educativa que garanticen una efectiva igualdad de oportunidades.
2.2 Concreción de las disposiciones oficiales: Comunidades Autónomas bilingües
En las Islas Baleares, la Consejería de Educación y Cultura crea el Plan de Acogida Lingüística y Cultural (PALIC) para el alumnado de Educación Secundaria que se incorpora tarde y con escaso conocimiento de las lenguas oficiales: el castellano y el catalán. También se instauró el Programa de Acogida, Integración y Refuerzo Educativo (PAIRE) cuyos objetivos principales son: fomentar la inclusión social y escolar de todo el alumnado; consolidar la lengua catalana como lengua vehicular en los centros educativos; y desarrollar la consciencia de igualdad y dignidad de todas las personas, como marco de referencia para un diálogo intercultural. Por otro lado, desde la Consejería de Presidencia y Deportes, se elabora el II Plan integral de atención a las personas inmigradas de las Islas Baleares en el que se pone de manifiesto la intención de todas las consejerías implicadas que tienen como objetivo principal asegurar la integración y cohesión social. Y asimismo desde el Instituto para la Convivencia y el Éxito Escolar de esta Comunidad se crean programas orientados a facilitar la integración de todo el alumnado, tratando de prevenir posibles conflictos.
En el caso de Cataluña, el Departamento de Educación crea las Aulas de Acogida, concebidas para: fomentar la inclusión social y escolar del alumnado extranjero, garantizando la equidad; potenciar el diálogo y la convivencia; y consolidar la lengua catalana en las escuelas. También se ha elaborado el Plan para la actualización de la metodología de inmersión lingüística en el actual contexto sociolingüístico, cuyo objetivo es conseguir que todo el alumnado, independientemente de su lengua familiar de origen, adquiera una sólida competencia comunicativa en catalán, castellano y, al menos, una LE. Con el Plan para la Lengua y la Cohesión Social se trata, además, de promocionar y consolidar la lengua propia dentro de un modelo educativo intercultural, con la finalidad última de contribuir a la cohesión social.
En la Comunidad de Valencia, la Conselleria de Cultura, Educación y Deportes ha desarrollado el sitio web Intercultur@lidad para tratar todos los temas relativos a la inmigración en el ámbito de la Comunidad. Igualmente, se ha implantado el Programa de Acogida al Sistema Educativo para facilitar la integración escolar del alumnado extranjero al sistema educativo, con el apoyo ante sus necesidades tanto lingüísticas como curriculares. Por su parte, la Consejería de Inmigración y Ciudadanía ha creado el Plan Director de Inmigración y Convivencia, cuyos objetivos, desde el ámbito de la Educación, son: continuar promoviendo la incorporación normalizada de la población inmigrante al sistema educativo; fomentar la convivencia social y la gestión de la diversidad cultural; y facilitar la transición de la escuela al mundo laboral.
En el País Vasco existe un Programa de Refuerzo Lingüístico, principalmente del euskera, y un Programa para la Atención del Alumnado Inmigrante, este último con el objetivo global de conseguir la integración escolar de los alumnos y alumnas inmigrantes. Con ellos, se trata de facilitar la integración social y cultural del alumnado, independientemente de su lengua, cultura y condición social u origen. En esta Comunidad, y mediante el Programa de Interculturalidad y de Inclusión del Alumnado Recién Llegado, se promueven los siguientes objetivos: potenciar la Educación Intercultural, basada en la igualdad, la solidaridad y el respeto a la diversidad cultural; y contribuir al éxito escolar del alumnado de reciente incorporación mediante el aprendizaje de las dos lenguas oficiales. Con el Plan Vasco de Inmigración se promueven intervenciones encaminadas a asegurar el cumplimiento del derecho de los extranjeros y extranjeras a la educación, como uno de los derechos culturales básicos, conforme al principio de normalización.
En Galicia se cuenta con un Programa de Inmersión Lingüística, para facilitar la adquisición de la lengua castellana y la lengua gallega. También existe un Plan de Acogida para el alumnado extranjero, en el que, principalmente, se facilita y elabora material de apoyo para el profesorado encargado. Asimismo, en el documento Atención a la Diversidad. Medidas Organizativas, se recoge el conjunto de medidas de atención a la diversidad en la Educación Secundaria Obligatoria, tanto de tipo curricular como organizativo.
3. Conclusiones
Afortunadamente, no se observan diferencias significativas entre las Comunidades Autónomas monolingües o bilingües respecto al número de planes o medidas concretas de atención a la diversidad, en la tipología de dichos planes o medidas –Servicios, Centros, Programas, Documentos, etc.–, ni en las acciones formuladas. Este hecho puede venir generado por la existencia de un Real Decreto que sirve como base para la ordenación y el desarrollo de los currículos autonómicos y que debe respetarse en un 60% en comunidades monolingües y en un 50% en comunidades bilingües.
La indagación en las acciones propuestas nos permite manifestar que estos planes y medidas concretas se enfocan, principalmente, en tres aspectos:
Según esto, los planes y medidas referidos se asocian más a lo cognitivo que a lo social. Además, desde la formulación de las acciones, se conciben articulados en torno a la enseñanza/ aprendizaje de la lengua indicando explícitamente, en doce de las diecisiete Comunidades Autónomas, con transferencias en educación, que se llevan a cabo con el fin de evitar el desfase curricular. Es relevante, asimismo, que solo cuatro comunidades atiendan de manera explícita a la “cultura” en las acciones propuestas (ej. encuentro de culturas, respecto a la diversidad cultural), cuando lengua y cultura no se deberían separar, y en muchas ocasiones una cultura diferente puede generar más conflictos comunicativos que una lengua diferente y ralentizar el buscado proceso de normalización (Barranco Izquierdo, 2014).
De manera menos profusa, en dos comunidades –una con lengua oficial y otra con lengua cooficial– aluden a la creación de planes y medidas con la finalidad de prevención de conflictos y de absentismo escolar mediante el fomento de la educación para la paz, el desarrollo y la cooperación, dejando patente su errónea asunción de que el alumnado con una lengua o cultura diferente puede generar problemas.
Bibliografía
Barranco Izquierdo, N. (2014). La mediación oral en el contexto escolar con alumnado extranjero. Su impacto en el aula de inglés en Educación Primaria. (Tesis Doctoral). Universidad de Valladolid, España.
Diario Oficial de las Comunidades Europeas. (2000). DIRECTIVA 2000/43/CE DEL CONSEJO de 29 de junio de 2000 relativa a la aplicación del principio de igualdad de trato de las personas independientemente de su origen racial o étnico. L180/22 del 19 de julio del 2000.
Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, Reguladora del Derecho a la Educación (LODE, 1985). BOE nº 159. Madrid, España: 3 de julio de 1985. (pp. 21015-21022).
Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación (LOCE, 2002). BOE nº 307. Madrid, España: 24 de diciembre del 2002. (pp. 45188-45220).
Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE, 2006). BOE nº 106. Madrid, España: 4 de mayo del 2006. (pp. 17158-17207).
Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa (LOMCE, 2013). BOE nº 295. Madrid, España: 10 de diciembre del 2013. (pp. 97858-97921).
Marchesi, A. y Martín, E. (2014). Calidad de la enseñanza en tiempos de crisis. Madrid: Alianza Editorial.
Ministerio de Trabajo e Inmigración. (2011). Plan estratégico de Ciudadanía e Integración (2011-2014). España: Ministerio de Trabajo e Inmigración (Autor). Recuperado de http://extranjeros.mitramiss.gob.es/es/Programas_Integracion/Plan_estrategico2011/pdf/PECI-2011-2014.pdf
Ministerio de Educación. (2018). Centros de recursos y planes de atención a la diversidad. Recuperado de https://www.mecd.gob.es/educacion/mc/convivencia-escolar/recursos/centros-atencion-diversidad.html
Real Decreto 299/1996, de 28 de febrero, de ordenación de las acciones dirigidas a la compensación de desigualdades en educación. BOE nº 62. Madrid, España: 12 de marzo de 1996. (pp. 9902-9909).
Real Decreto 1513/ 2006, de 7 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas de la Educación primaria. BOE nº 293. Madrid, España: 8 de diciembre del 2006. (pp. 43053-43102).
Real Decreto 1631/ 2006, de 29 de diciembre, por el que se establecen las enseñanzas mínimas correspondientes a la Educación Secundaria Obligatoria. BOE nº 5. Madrid, España: 5 de enero del 2007. (pp. 677-773).
Real Decreto 126/2014, de 28 de febrero, por el que se establece el currículo básico de la Educación Primaria. BOE nº 52. Madrid, España: 1 de marzo del 2014. (pp. 19346- 19420).
Real Decreto 1105/2014, de 26 de diciembre, por el que se establece el currículo básico de la Educación Secundaria Obligatoria y del Bachillerato. BOE nº 3. Madrid, España: 3 de enero del 2015. (pp. 169-546).
UNESCO. (2017). Guía para asegurar la inclusión y la equidad en la educación. Paris: UNESCO (Autor). Recuperado de http://unesdoc.unesco.org/images/0025/002595/259592s.pdf
Notas