Artículos
Recepción: 12 Mayo 2022
Aprobación: 13 Noviembre 2022
Como citar:: Huaygua Apaza, M. (2022). El Régimen [21] para la Adquisición de Aceites Vegetales en empresas atuneras de la ciudad de Manta: Admisión Temporal para Perfeccionamiento Activo: . Investigación, Tecnología E Innovación, 14(17), 46–64. https://doi.org/10.53591/iti.v14i17.1573
Resumen: Contexto: El atún en conservas es uno de los productos No Tradicionales con mayor participación en la oferta exportable del Ecuador, siendo así la zona costera la región con mayor asentamiento de plantas industriales. Manta considerada la “capital del atún enlatado” alberga a una gran mayoría deindustrias atuneras. Las empresas exportadoras de atún en conservas se acogen a la Admisión Temporal para Perfeccionamiento Activo (régimen 21) para adquirir determinadas mercancías con la suspensión del pago de tributos a la importación. Método: Con la finalidad de analizar la incidencia de la adquisición de aceites vegetales bajo régimen 21 en las empresas atuneras de la ciudad de Manta, se empleó un tipo de investigación descriptiva con un enfoque cualitativo – cuantitativo, mediante el levantamiento de información por entrevistas y encuestas. Resultados: Tras la aplicación de las herramientas de recolección de información se pudo comprobar que efectivamente se está aplicando dicho régimen para la adquisición del aceites vegetales, siendo de manera directa para el aceite de oliva (refinado), mientras que de forma indirecta para los aceites de soya y girasol (ofertados en su mayoría “crudos”) debido a que inicialmente serían importados por proveedores nacionales a países vecinos como Bolivia y Argentina, para luego ser refinados y ofertados bajo contrato de Cesión de Titularidad a una mayoría de las empresas objeto de estudio. Conclusiones: El estudio refleja que resulta más provechoso para las empresas atuneras (costos) adquirir los aceites de soya y girasol a terceros (mediante contrato de cesión de titularidad) y para el aceite de oliva resulta más factible la adquisición directa ya que el “ahorro” será más significativo.
Palabras clave: Aceite vegetal, Atún enlatado, Exportaciones, Importaciones y Régimen [21].
Abstract: Context: Canned tuna is one of the Non-Traditional products with the greatest participation in the exportable supply of Ecuador, thus being the coastal zone the region with the largest settlement of industrial plants. Manta considered the "capital of canned tuna" is home to a large majority oftuna industries. The companies that export canned tuna benefit from the Temporary Admission for Active Processing (regime 21) to acquire certain merchandise with the suspension of the payment of import taxes. Method: In order to analyze the incidence of the acquisition of vegetable oils under regime 21 in the tuna companies of the city of Manta, a type of descriptive investigation was used with a qualitative-quantitative approach, by collecting information through interviews and surveys. Results: After the application of the information collection tools, it was possible to verify that this regime is actually being applied for the acquisition of vegetable oils, being directly for olive oil (refined), while indirectly for olive oils. of soybean and sunflower (supplied mostly "raw") because initially they would be imported by national suppliers to neighboring countries such as Bolivia and Argentina, to later be refined and offered under a Transfer of Ownership contract to a majority of the companies subject to study. Conclusions: The study reflects that it is more profitable for tuna companies (costs) to acquire soybean and sunflower oils from third parties (through a title transfer contract) and for olive oil, direct acquisition is more feasible since the "savings ” will be more meaningful.
Keywords: Vegetable oil, Canned tuna, Exports, Imports and Regime [21].
INTRODUCCIÓN
Los productos agrícolas han sido protagonistas del sustento económico del Ecuador por décadas y se han consolidado como el pilar de las exportaciones No petroleras. Así mismo, la industria pesquera es una de las mayores fuentes generadoras de empleo formal e ingresos para el Estado, debido a su gran impacto económico a nivel descentralizado, de la cual gran parte de actividades extractivas y de procesamiento de ingredientes marinos se concentran en las provincias costeras (Manabí, Guayas y Santa Elena), siendo el “atún en conservas” uno de los productos más ofertados al exterior. Por lo que existe la necesidad de que las empresas que exportan atún enlatado tengan conocimiento sobre los procesos logísticos aduaneros que deben realizar para la importación bajo el régimen de Admisión Temporal para Perfeccionamiento Activo (régimen 21), de igual forma resulta preciso instruir acerca de la aplicación estratégica del régimen a fin de crear una ventaja competitiva en mercados extranjeros.
La Admisión Temporal para Perfeccionamiento Activo es un régimen aduanero de importación que permite el ingreso de determinadas mercancías para utilizarse con un fin específico hasta que se proceda con su compensación, con la suspensión total o parcial del pago tributos a la importación.
Las empresas exportadoras de atún en conservas de la ciudad de Manta se acogen al régimen 21 para realizar la importación de materias primas (atún bajo otras banderas) e insumos (empaques, latas abre fácil, fundas Pouch, entre otros) para que ingresen al país con la suspensión del pago de tributos hasta que se proceda con su compensación; sin embargo esto no ocurre con el “aceite vegetal” ya que es adquirido mediante intermediarios nacionales que abarcan gran parte del mercado ecuatoriano en la importación y comercialización de esta materia prima, como es el caso de la empresa La Fabril S.A. Es así como el presente trabajo de investigación se realizó con el interés de conocer por qué la muestra seleccionada (empresas atuneras) adquiere esta materia prima de forma indirecta.
BALANZA COMERCIAL DEL ECUADOR
En la (Tabla 1), se presenta la evolución de la Balanza Comercial de los últimos 4 años (2017 – 2020). Es importante considerar que el país viene de un déficit continuo durante la primera mitad de la actual década (2010 – 2015), siendo el 2015 el año con el mayor déficit con USD -2,129.4 millones.
En consideración a lo expuesto previamente es posible inferir que la Balanza Comercial del Ecuador durante los últimos 4 años (2017 – 2020) ha presentado una mejora favorable con el cierre de saldos positivos (superávit), siendo el 2018 el único periodo con un cierre de saldo negativo (USD -514.5 millones; déficit). Además, es importante resaltar que el año 2020 se cerró con el mayor superávit (USD 3,239.8 millones) registrado la última década (2010 – 2020) pese a la afectación económica que produjo la crisis originada por el COVID-19.
Exportaciones Ecuador
Las Exportaciones No Petroleras del Ecuador; en específico las Tradicionales presentaron un incremento continuo favorable en los últimos cuatro años (2017 – 2020), un escenario similar ocurre con las exportaciones No Tradicionales puesto que también mantuvieron un incremento sostenido. Cabe destacar que el atún en conservas es el producto No tradicional más exportado del Ecuador.
Empresas ecuatorianas de atún en conservas y su impacto en las exportaciones
La actividad pesquera ecuatoriana específicamente el sector atunero industrial se desarrolla en tres provincias costeras del Ecuador: Manabí (64%), Guayas (34%) y Santa Elena (1%). Siendo Manabí la provincia con mayor participación en la oferta exportable y movimiento de comercio atunero.
Para Rafael Trujillo director de la Cámara Nacional de Pesquería (2018), existen 20 plantas procesadoras, pero también hay otras que no están afiliadas a ningún gremio y coincidió en que la mayoría de las industrias atuneras se instalan en Manabí particularmente en Manta, ciudad considerada la “Capital del Atún”, mientras que el resto se ubican en las provincias del Guayas y Santa Elena.
Según los datos publicados por el Centro de Comercio Internacional las “conservas de atún” ubican al Ecuador como el segundo país provisor de atún en el mundo seguido de Tailandia con un impacto importante en su economía. Así tambien, la revista “Ecuador Pesquero” publicada por la Cámara Nacional Pesquera (CNP) (2021, pág. 8) señala que la oferta exportable ecuatoriana se compone en su mayoría en conservas y lomos de atún, siendo los principales destinos de exportación la Unión Europea (63%), Estados Unidos (10%), y Latinoamérica (27%).
En este sentido, de acuerdo con lo publicado por la CNP (2020, pág. 2), en el periodo 2017 – 2020 el año con mayores ingresos en las exportaciones de conservas y lomos de atún ecuatoriano fue el 2018 con un valor FOB de US$ 1,169.438 millones. En la (Tabla 5) se detalla en valor FOB y toneladas métricas e ingresos percibidos por las exportaciones, cabe destacar la contribución que representan dichas cifras a la balanza comercial ecuatoriana y por ende a la economía del país.
Importaciones del Ecuador
Las importaciones ecuatorianas durante los últimos cuatro años han presentado un incremento continuo a excepción del año 2020 con un descenso de USD 16,986.8 millones; tal resultado pudo verse influenciado por múltiples factores como la restricción de movilidad durante la pandemia, el comportamiento de la oferta y demanda, entre otros.
Es preciso señalar que gran parte de las importaciones realizadas son en Materias Primas (35,3%), precedidas por los Bienes de Capital (24,4%), Bienes de Consumo (24,2%) y Combustibles y lubricantes (15,6%). En las primeras, dentro de Materias Primas y Productos Intermedios para la Industria específicamente en los Productos Alimenticios para la Industria, figuran las “importaciones de aceites vegetales”, que de acuerdo con el Banco Central del Ecuador (2021) estos representan el 25,2% (una gran mayoría) del total con un valor FOB de USD 4,287.1 millones.
Importación de Aceites Vegetales en el Ecuador
Las importaciones ecuatorianas de aceites vegetales son en: soja una gran mayoría, precedido de girasol y oliva como se observa en el (Gráfico 1).
En cuanto a los principales países de origen de los que se adquirió el aceite vegetal durante el periodo 2017 - 2020, están Bolivia y Argentina con cantidades significativas para los aceites de soya y girasol; mientras que España, Italia y Perú son oferentes representativos para el aceite de oliva esto de acuerdo con los datos publicados por Trade Map (2020) y la Corporación Financiera Nacional (2020).
Considerando lo expuesto previamente y tras el análisis de los datos obtenidos en Datámerica y Datasur como de los datos publicados por la plataforma de información Veritrade en su última actualización para enero del presente año (2021) sobre las “Importaciones del aceite vegetal comestible” (aceite de soya, oliva, y girasol), las empresas ecuatorianas con mayor porcentaje de importación son La Fabril S.A (70,6%), Industrias Danec C.A (15,10%), Industrias Ales S.A (6,9%), Admecuador Cía. Ltda. (2,2%), Corporación Favorita (0,9%) y otras (4,3%), como se aprecia en el (Gráfico 2).
ADMISIÓN TEMPORAL PARA PERFECCIONAMIENTO ACTIVO (RÉGIMEN 21)
La Admisión Temporal para Perfeccionamiento Activo (Régimen 21) es el régimen aduanero de importación que permite la introducción al territorio aduanero determinadas mercancías para utilizarse con un fin específico (transformación, elaboración, restauración y maquila), con la suspensión total o parcial del pago tributos a la importación. En la (Tabla 8) se aprecian las consideraciones y requerimientos necesarios de acuerdo al (COPCI, 2011).
El régimen 21 culmina con el ingreso de las mercancías a zona primaria para su exportación o reexportación, cambio de régimen o con el cambio de destino. En esta fase el importador tiene acceso al proceso de “compensación”.
Una de las formas de culminación más empleadas del régimen [21] es la “exportación definitiva” o régimen [40]. Esto corroborado en la recopilación bibliográfica – documental obtenido por autores como: Bohorquez & Arias (2018); Carrión (2019); Rodriguez (2019) y Torres S. (2017).
De acuerdo con Neppas Castro (2021) en la provincia Guayas se registran la gran mayoría de despachos bajo régimen 21 seguido de Pichincha y Manabí. Asimismo, resalta la notable preferencia por el medio marítimo por parte de los exportadores. Por otro lado, menciona a las empresas ecuatorianas que operan bajo dicho régimen en el periodo 2015 – 2019 donde resaltan las empresas atuneras como Galapesca S.A., Conservas Isabel Ecuatorina S.A. y Marbelize S.A.
Para Roldan (2012) en su Análisis del Régimen 21 en Ensambladoras de Vehículos ómnibus BB, la aplicación de este régimen beneficia a las empresas importadoras por la exención del pago de tributos, debido a que contribuye a su balance situacional, fomenta la competitividad en los precios en mercados internacionales y favorece a crear vehículos nacionales de calidad (ya que se dispone de un flujo de caja que permite invertir en maquinarias y equipo, capacitación de personal, entre otros).
Según; Torres (2017), Vasconez (2018), Martínez (2018), Castro (2018) & Espinoza (2019) la aplicación del régimen [21] en las empresas ecuatorianas es de gran importancia para la economía del país, ya que la mayor parte de las exportaciones nacionales son en productos primarios. En este sentido, la aplicación de dicho régimen viabiliza la transformación de materia prima en productos de valor agregado, incrementando las exportaciones y por ende reflejar un saldo positivo (superávit) en la Balanza Comercial.
Si bien la mayor parte de la revisión bibliográfica enfatiza los beneficios de la aplicación del régimen [21] en la adquisición de materias primas e insumos en empresas nacionales dedicadas a los diferentes rubros. Para Bohorquez & Arias (2018) en su “Análisis de las Compensaciones del régimen 21 en las empresas exportadoras de atún” el proceso de importación bajo este régimen no presenta mayor dificultad debido a la simplificación de procesos en el sistema informático Ecuapass, sin embargo, el proceso de registro de garantías resulta tedioso para los importadores debido al complejo proceso de ingreso de información y en caso de incurrir en algún error al ingresar mal la información la corrección demora entre 3 a 5 días. Es decir, solo la correcta aplicación de los procedimientos necesarios en los anexos compensadores por parte de los exportadores de atún en lata, tiene incidencia directa en la reducción de los costos. En este sentido, a continuación, se analiza la adquisición de aceites vegetales bajo régimen [21] en empresas exportadoras de atún en conservas de la ciudad de Manta a fin de identificar los beneficios percibidos y conocer a que se debe la actual adquisición indirecta a proveedores nacionales.
MATERIALES Y MÉTODOS
La presente investigación no experimental con un diseño transeccional es de tipo descriptivo y recurre a un enfoque cualitativo para la variable independiente mediante la recopilación de información en fuentes; primarias (entrevistas y encuestas con conocedores directos) y fuentes secundarias (base de datos, cifras estadísticas, boletines, entre otros) y un enfoque cuantitativo para la variable dependiente (cifras obtenidas en entrevistas). Esto a fin de detallar las particularidades y procesos concernientes a la adquisición de aceites vegetales bajo régimen 21 en las empresas atuneras de la ciudad de Manta periodo 2017 - 2020. Por otro lado, mediante el método de investigación analítico – sintético se identifica las premisas más particulares de la adquisición de aceites vegetales para luego descomponer todas sus características y finalmente crear relación entre causa y efecto que posibilite identificar el motivo por el cual las empresas atuneras adquieren directa e indirectamente esta materia prima.
Hipótesis:
- La aplicación del régimen 21 para la adquisición de aceites vegetales generaría mayores beneficios a las empresas atuneras de la ciudad de Manta.
Variables:
- Variable independiente: Aplicación de régimen 21 en la adquisición de aceites vegetales
- Variable dependiente: Generaría mayores beneficios a las empresas atuneras.
Población
Teniendo en cuenta que los cantones Jaramijó, Manta y Montecristi cuentan con el mayor asentamiento de plantas industriales de atún en Ecuador; para el desarrollo de esta investigación se consideró como población un total de 75 empresas exportadoras de atún en conservas “activas” categorizadas en el NIVEL 6 (A0311.03 – C1020.02 – C1020.04) de la Clasificación Industrial Internacional Uniforme (CIIU), información que se obtuvo de la Superintendencia de Compañías Valores y Seguros.
Muestra
La muestra se constituye de 35 empresas “activas” exportadoras de atún en conservas de la ciudad de Manta. Para obtener esta se aplicó un muestreo probabilístico estratificado y se trabajó bajo la siguiente formula.
Donde:
a) Población o marco muestral N = 75
b) Nivel de confianza Z = 1,65
c) Probabilidad de éxito p = 0,50
d) Probabilidad de error q = 0,50
e) Precisión o error máximo permitido e = 0,10
f) Tamaño de la muestra n = 35
Para calcular la muestra de cada estrato se aplicó la siguiente fórmula:
Donde:
a) Número de estratos L = 3
b) Subpoblaciones Ni = 32 / 11 / 32
c) Población o marco muestral N = 75
d) Muestra n = 35
Resultando:
Así mismo, a fin de enriquecer el desarrollo de la investigación se realizó entrevistas a encargados directos en la adquisición de aceites vegetales, para esto se consideró a las empresas “representativas” en la oferta exportable del atún en conservas que también figuran en la muestra seleccionada.
RESULTADOS Y DISCUSIÓN
Del total (35) de empresas encuestadas, el 83% de empresas atuneras si está aplicando el régimen [21] para adquirir los “aceites vegetales”, y el restante 17% no aplica el régimen para adquirir esta materia prima. Considerando que, dentro de las primeras, el 69% adquiere el aceite vegetal tanto de forma directa (sin intermediarios) como indirecta (mediante contrato de cesión de titularidad), mientras que el 8% de ellas únicamente hace uso del contrato de cesión de titularidad y en su contraste el restante 6% solo adquiere los aceites vegetales de forma directa.
Los aceites vegetales adquiridos son Girasol, Soya y Oliva. Considerando que para el aceite de Girasol el 68% correspondiente a 24 empresas lo adquiere mediante contrato de cesión de titularidad, el 9% conformado por 3 empresas lo adquiere de forma directa y el restante 23% no aplica el régimen 21 para adquirir esta materia prima. En cuanto al aceite de Soya el 57% correspondiente a 20 empresas lo adquiere mediante contrato de cesión de titularidad, el 9% conformado por 3 empresas lo adquiere de forma directa y el restante 34% no aplica el régimen 21 para adquirir esta materia prima. Para el aceite de Oliva el 77% correspondiente a 27 empresas lo adquiere de forma directa al exterior, mientras que el restante 23% no aplica el régimen 21 para adquirir esta materia prima.
Solo el 6% de las empresas encuestadas adquieren los aceites vegetales crudos, mientras que el 74% de ellas opta por adquirir esta materia prima refinada (dado que gran parte de ellas lo adquieren mediante contrato de cesión de titularidad brindado por la empresa nacional La Fabril S.A. que se encarga de refinar el aceite vegetal) y el restante 20% de empresas prefieren comprar los aceites crudos como refinados (sin embargo, “tercerizan” el refinado con la empresa La Fabril S.A.).
El 58% del total, optan por adquirir el aceite vegetal bajo régimen 21 mediante la compra nacional (esto mediante contrato de cesión de titularidad brindado por la empresa La Fabril S.A.) mientras que el 42% restante adquiere esta materia prima mediante la compra internacional.
Por otro lado, de acuerdo con las respuestas obtenidas en las entrevistas realizadas la mayoría de las empresas entrevistadas tienen como proveedor nacional a La Fabril S.A. para adquirir los aceites de Soya y Girasol (mediante el contrato de cesión de titularidad). En cuanto el aceite de Oliva la mayoría recurre de forma directa a proveedores europeos como Aceites Abril, Lipsa, entre otros.
El total de empresas entrevistadas supieron exponer que el mayor beneficio de la aplicación del régimen [21] (directo) para la adquisición de los aceites vegetales es a nivel de “costos” ya que este exime del pago de tributos y posibilita la negociación directa del coste de materias primas. Así también, las empresas que hacen uso del contrato de cesión de titularidad (indirecto) manifestaron que les resulta más factible adquirir a La Fabril S.A. los aceites de soya y girasol, ya que esta se encarga del refinado y del traslado hasta bodegas de la empresa. Además, el precio por tonelada métrica no difiere considerablemente al ofertado por proveedores internacionales, considerando el hecho de que estas empresas demandan una menor cantidad de materia prima por lo que la negociación directa no es tan significativa en costes.
En este mismo orden de ideas, en la (Tabla 11) se aprecia la importación de 22TM ($ 25.300,00 FOB) de aceite vegetal de soya refinado bajo régimen [10] o importación a consumo, esto implica el pago de tributos ($ 5.729,85) lo que, sumado a la base imponible (V/A) junto a los demás procesos y trámites en Aduana incrementan considerablemente el Valor Total a pagar por el aceite puesto en planta ($ 35.805,12). En comparación a la importación mediate el régimen [21] de Admisión Temporal para Perfeccionamiento Activo bajo las mismas consideraciones, este exime al pago de tributos y reduce considerablemente el valor final del aceite puesto en planta ($ 30.075,27). Corroborando así que la aplicación del régimen [21] para la adquisición del aceite vegetal de Soya (el aceite vegetal de mayor importación) representa un mayor beneficio en términos de “ahorro” para las empresas atuneras.
En la (Tabla 12) se aprecia la importación de 22TM ($ 36.630,00 FOB) de aceite vegetal de Girasol refinado bajo régimen [10] o importación a consumo, esto implica el pago de tributos ($ 8.177,99) lo que, sumado a la base imponible (V/A) junto a los demás procesos y trámites en Aduana incrementan considerablemente el Valor Total a pagar por el aceite puesto en planta ($ 50.195,43). En comparación a la importación mediate el régimen [21] bajo las mismas consideraciones, se exime el pago de tributos y reduce considerablemente el valor final del aceite puesto en planta ($ 42.017,44). Corroborando así que la aplicación del régimen [21] para la adquisición del aceite vegetal de Girasol (el de mayor exportación en atún enlatado) representa un mayor beneficio en términos de “ahorro” para las empresas atuneras.
Sin embargo, considerando el hecho de que no todas las empresas atuneras adquieren este insumo mediante la importación directa bajo régimen 21 puesto que prefieren adquirirlo bajo contrato de cesión de titularidad a la empresa La Fabril S.A. resulta imprescindible su análisis. En la (Tabla 13) se aprecia una cotización comparativa en la adquisición del aceite vegetal de Girasol refinado entre dos proveedoras españolas (Lipsa y Aceites Abril) y la empresa nacional (La Fabril S.A.) a fin de identificar el beneficio percibido mediante el uso del contrato de cesión de titularidad.
Considerando una cantidad total de 22 TM, a un precio de factura $ 38.258,00 (CIF). El proveedor LIPSA otorga a $ 1.739,00 cada tonelada, sumado a los gastos logísticos de importación aproximados de $ 2.124,80, dan un precio final en planta de $ 40.382,80 que en comparación al precio ofertado por La Fabril S.A. con el mismo producto puesto en planta a un precio total de $ 39.436,32 se puede percibir un ahorro de $ 946,48 haciendo uso de la cesión de titularidad; mientras que, si se importa bajo las mismas consideraciones al proveedor ACEITES ABRIL a un precio de factura $ 41.140,00 (CIF), quien otorga a $1.870,00 cada TM, sumado los mismos gastos logísticos $ 2.124,80 el precio final en planta es de $ 43.264,80. Y haciendo la misma comparación con La Fabril S.A. se obtendría un ahorro de $ 3.828,48. Corroborando que la aplicación del régimen 21 con intermediarios o mediante contrato de cesión de titularidad resulta “beneficiosa en costos”, sin embargo, cabe destacar que el aceite vegetal es muy volátil por lo que su adquisición requiere cotizaciones nacionales e internacionales periódicamente.
CONCLUSIONES
Con base a la previa revisión bibliográfica y recolección de información a través de encuestas y entrevistas a encargados directos de la adquisición del aceite vegetal en las empresas exportadoras de atún en conservas de la ciudad de Manta, y en complemento de la entrevista realizada a los principales proveedores nacionales de aceite vegetal, es posible inferir y concluir lo siguiente:
De acuerdo con lo expuesto por; Roldan (2012), Torres (2017), Vasconez (2018), Martínez (2018), Castro (2018) & Espinoza (2019) la aplicación del Régimen de Admisión Temporal para Perfeccionamiento Activo fomenta las exportaciones ecuatorianas al estar implícito en su normativa la compensación (exportación) bajo las distintas modalidades.
El Régimen [21] es aplicado por las empresas exportadoras de atún en conservas de la ciudad de Manta para la adquisición de materias primas (atún de otra bandera), insumos (cajas, latas, fundas Pouch, entre otros.) y aceites vegetales (soya, girasol y oliva).
La adquisición del aceite de vegetal bajo régimen 21 se realiza mediante importación directa (sin intermediarios) para el aceite de oliva y mediante contrato de cesión de titularidad (indirectamente) para los aceites de soya y girasol.
Las empresas atuneras están adquiriendo el aceite vegetal de soya y girasol de manera indirecta debido a que es posible adquirirlo en el país “refinado” (ya que la mayoría de los proveedores internacionales lo ofertan “crudo) mediante contrato de cesión de titularidad permitiendo que gocen de la suspensión del pago de tributos y el ahorro de los gastos de importación que favorecen al flujo de caja. Por otro lado, la adquisición directa del aceite de oliva se debe a que existen varios proveedores internacionales que lo ofrecen “refinado” y permiten la negociación directa de costes, cantidad y calidad. Cabe resaltar que también existen empresas atuneras que aplican la importación directa para la soya y girasol debido a que su volumen de adquisición es significativo en comparación a otras empresas.
La Fabril S.A. es la principal empresa que brinda contrato de cesión de titularidad a una gran mayoría de empresas atuneras, debido a que cuenta con el de personal capacitado, maquinaria, tecnología e infraestructura (necesario para el acondicionamiento, almacenamiento, y conservación del aceite vegetal) necesario para refinar el aceite vegetal crudo.
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Como citar:: Huaygua Apaza, M. (2022). El Régimen [21] para la Adquisición de Aceites Vegetales en empresas atuneras de la ciudad de Manta: Admisión Temporal para Perfeccionamiento Activo: . Investigación, Tecnología E Innovación, 14(17), 46–64. https://doi.org/10.53591/iti.v14i17.1573