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Procedimiento para la Gestión de la Propiedad Industrial desde la Universidad
Procedure for the management of industrial property from the university
Revista de Investigación, Formación y Desarrollo: Generando Productividad Institucional, vol. 6, núm. 3, pp. 54-63, 2018
Instituto Tecnológico Universitario de Formación

Revista de Investigación, Formación y Desarrollo: Generando Productividad Institucional
Instituto Tecnológico Universitario de Formación, Ecuador
ISSN-e: 1390-9789
Periodicidad: Trimestral
vol. 6, núm. 3, 2018

Recepción: 05 Junio 2018

Aprobación: 17 Octubre 2018

Distribuida bajo Licencia Creative Commons Atribución-NoComercial-CompartirIgual 4.0 Internacional Basada en una obra en http://ojs.formacion.edu.ec/index.php/rif.

Resumen: El procedimiento metodológico que se muestra tiene como objetivo general proporcionar al docente un sistema de acciones que le permitan gestionar la Propiedad Industrial como herramienta pedagógica para perfeccionar su desempeño profesional; a partir del conocimiento de las generalidades de la Propiedad Industrial, a saber: modalidades, requisitos para poder definir el resultado de la investigación científica, trámites para el registro, socialización del conocimiento y comercialización del producto intangible, a través de las dimensiones académica, investigativa y extensionista, que permiten revelar la significación del conocimiento de la gestión y los riesgos a que están expuestos los docentes si no registran sus resultados; la organización de la gestión de la Propiedad Industrial; el conocimiento de sus modalidades, los Derechos; así como las formas de socialización y comercialización del resultado científico técnico. Para su elaboración se emplearon métodos empíricos como la observación, revisión documental y teóricos como el análisis y la síntesis, el enfoque de sistema, el hermenéutico y el tránsito de lo abstracto a lo concreto.

Palabras clave: Sistema de Acciones, Gestión, Registro, Desempeño Profesional, Propiedad Industrial.

Abstract: The methodological procedure shown has as its general objective to provide the teacher with a system of actions that allow them to manage Industrial Property as a pedagogical tool to improve their professional performance; from knowledge of the generalities of Industrial Property, namely: modalities, requirements to be able to define the result of scientific research, procedures for registration, knowledge socialization and marketing of the intangible product, through the academic, investigative dimensions and extensions that allow revealing the significance of management knowledge and the risks that teachers are exposed to if they do not record their results; the organization of Industrial Property management; the knowledge of its modalities, the Rights; as well as the forms of socialization and commercialization of the scientific and technical result. Empirical methods such as observation, documentary and theoretical revision, such as analysis and synthesis, system approach, hermeneutics and the transition from the abstract to the concrete were used for its elaboration.

Keywords: System of actions, Management, Registration, Professional Performance, Industrial Property.

INTRODUCCIÓN

La ciencia y las producciones de la ciencia deben ocupar algún día el primer lugar de la economía nacional. Pero partiendo de los escasos recursos, sobre todo de los recursos energéticos, que se tienen en el país, se dirigen los esfuerzos a desarrollar las producciones de inteligencia a favor del desarrollo integral del mismo, en el empeño de llegar a alcanzar un lugar destacado a nivel mundial.

El sector universitario es uno de los principales aportadores a la sociedad del conocimiento a partir de la gestión de la propiedad industrial, que puede ayudar a convertirse en uno de los mecanismos básicos para impulsar el crecimiento y desarrollo de la universidad como empresa.

Muchas oportunidades de negocios y aportes de investigación más desarrollo (I+D) pueden ser perdidas porque no todos los docentes conocen el régimen de propiedad industrial. Eso, puede ser corregido con la correcta utilización de una adecuada política interna de formación continua del profesional o docente universitario relacionada con la propiedad industrial.

La gestión de la propiedad industrial, en lo adelante (PI), es algo que interesa no sólo al sector empresarial nacional, sino también al sector universitario como uno de los principales generadores de I+D, y la protección al Sistema de Gestión de la PI adquiere vital importancia debido al desarrollo que produce a la economía la transferencia de conocimientos.

Como resultado de la observación del estado de la Gestión de la Propiedad Industrial (GPI) en la universidad se aprecia bajo nivel de aprovechamiento de este recurso legal para la protección a la producción intelectual e industrial; de ahí, la necesidad de contribuir a la formación de los docentes en esta arista desde la formación continua.

Siendo objetivo fundamental de este trabajo brindar un procedimiento metodológico que proporcione un sistema de acciones que permita gestionar la propiedad industrial como herramienta pedagógica para perfeccionar el desempeño profesional.

La temática de la propiedad industrial, y su regulación jurídica ha sido objeto de discusión en el seno de diferentes organismos internacionales, a saber: Conferencia de Naciones Unidas para el Comercio y el Desarrollo (UNCTAD), Organización Mundial del Comercio (OMC), Acuerdo sobre los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC), Asociación Internacional sobre Propiedad Intelectual (ASIPI), Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI).

Estos organismos han propiciado la formulación de disímiles guías contentivas de disposiciones legales de acuerdo a las tendencias del comercio internacional de tecnologías, que en sus postulados difieren con el entorno económico cubano, pero que se han venido utilizando como referente en los contratos de transferencia de tecnología derivados del proceso de transmisión de conocimientos.

Cuba: Resolución No. 21 de 2002, Institucionaliza el Sistema Nacional de Propiedad Industrial, Gaceta Oficial Ordinaria de 7 de enero de 2003; Resolución No. 44 de 2012, Reglamento para el proceso de elaboración, aprobación, planificación, ejecución y control de los programas y proyectos de ciencia, tecnología e innovación, Gaceta Oficial Ordinaria de 28 de marzo de 2012; Resolución No. 50 de 2014.

Reglamento General sobre la actividad de importación y exportación, Gaceta Oficial Extraordinaria de 12 de marzo de 2014; Resolución No. 128 de 2014, Reglamento de la comisión de evaluación de negocios con inversión extranjera, Gaceta Oficial Extraordinaria de 16 de abril de 2014.

Resolución No. 129 de 2014, Establece las bases metodológicas para la presentación de oportunidades de inversión extranjera, Gaceta Oficial Extraordinaria de 16 de abril de 2014; Resolución No. 224 de 2014, Procedimiento de los permisos requeridos en el proceso inversionista para la tecnología que se otorgan por el Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente, Gaceta Oficial Extraordinaria de 23 de enero de 2015.

DESARROLLO

El procedimiento que se elabora puede ser observado y atendido desde las diferentes aristas de la formación del profesional, tanto desde la postgraduada como la inicial, a partir de dimensiones académica, investigativa y extensionista; sin embargo, desde el punto de vista metodológico se hace una subdivisión que favorece la intencionalidad de su tratamiento en la formación del profesional, para cumplir la misión de la educación superior actual.

A decir de Horruitiner P (2007) en la introducción del libro La universidad cubana: el modelo de formación: preservar, desarrollar y promover, a través de sus procesos sustantivos y en estrecho vínculo con la sociedad, la cultura de la humanidad.

Asumiendo los fundamentos de Horruitiner P (2007); en su capítulo 1, en el que se expresa: Educación para todos durante toda la vida es el objetivo supremo asumido por la UNESCO para caracterizar la nueva cualidad que debe estar presente en la educación en la época actual. (Op. cit. P. 1).

Siendo objetivo primordial de la educación cubana, y en lo particular de las universidades. En consonancia, dentro de las prioridades del Plan de Trabajo Metodológico de la Universidad de Oriente para el curso 2018 – 2019 se orienta al fortalecimiento del vínculo de las carreras con los organismos e instituciones afines para el perfeccionamiento de la formación integral del profesional en todos los escenarios.

Se particulariza la práctica laboral, así como del currículo optativo-electivo en aras de lograr una mayor pertinencia del modelo de formación.

Este empeño implica necesariamente estimular la innovación profesional, científica, técnica y tecnológica en la formación, tanto inicial como permanente de los profesionales. La Gestión de la Innovación Tecnológica; según Pavón & Hidalgo A (1997) y Parthasarthy R. and Jan Hammond (2002): es un proceso orientado a dirigir los recursos disponibles (humanos y técnicos).

Con el objetivo de crear nuevos conocimientos y generar ideas, que permitan obtener nuevos productos, expresa sus valoraciones acerca de la pertinencia para proteger los resultados de la producción industrial y su impacto institucional, procesos y servicios, mejorar los existentes y transferir esas mismas ideas a las fases de fabricación y comercialización.

Se parte que la Propiedad Intelectual se refiere a un bien económico que incluye productos intangibles, al igual que productos físicos, reconocido en la mayor parte de legislaciones de los países y sujeto a explotación económica por parte de los poseedores legales de dicha propiedad, se relaciona con las creaciones de la mente: invenciones, obras literarias, científicas y artísticas, así como símbolos, nombres e imágenes utilizados en el comercio.

Los derechos de propiedad intelectual se asemejan a cualquier otro derecho de propiedad: permiten al creador, o al titular de una patente, marca o derecho de autor, disfrutar de los beneficios que se derivan de su obra o de la inversión realizada en relación con una creación.

Esos derechos están consagrados en el Artículo 27 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, que contempla el derecho a beneficiarse de la protección de los intereses morales y materiales resultantes de la autoría de las producciones científicas, literarias o artísticas.

El Derecho de Autor es una de las dos grandes categorías de la Propiedad Intelectual como disciplina jurídica se encarga de crear el marco jurídico adecuado para asegurar la protección de los creadores de las obras literarias, artísticas, científicas, educacionales respecto a su uso no autorizado.

En lo específico la Propiedad Industrial se refiere al dominio que se da cuando se inventa o descubre un objeto o utensilio relacionado con la industria o cuando se produce un diseño de signos especiales con los que vamos a poder distinguir la competencia del trabajo que se realiza. El hecho de que podamos disponer de esta propiedad industrial nos proporciona una serie de ventajas:

- Defender nuestros derechos de la competencia en caso de que esta se quiera sustraer de nuestras invenciones o creaciones;

- Ayuda a evitar actos de competencia desleal pudiendo impedir a un tercero infringir nuestros derechos

Nuevas normas jurídicas sobre el Sistema de Propiedad Industrial se han creado en Cuba, publicadas en la Gaceta Oficial Extraordinaria número 40, las que permiten a personas naturales y jurídicas disponer de más garantías relacionadas con el desarrollo y protección de las producciones intelectuales y los servicios.

La Propiedad Industrial desde lo académico es considerada como parte del Derecho o la Disciplina jurídica que tiene como objeto la protección de bienes inmateriales de naturaleza intelectual y de contenido creativo, así como las demás materias conexas.

Esto significa que se encarga del estudio y la protección de todo aquello creado por el intelecto humano y que reúna los requisitos necesarios, como son: novedad; aplicabilidad industrial; originalidad; actividad inventiva.

Por ello, se debe diferenciar del Derecho de autor pues ambas forman parte de la Propiedad Intelectual e Industrial. De suma importancia resulta la norma promulgada en virtud el Decreto No. 343 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros de 2018 que puso en vigor el Sistema Nacional de Propiedad Industrial, definiendo sus objetivos generales, así como los lineamientos metodológicos para el diseño y la organización de los sistemas internos de Propiedad Industrial en los órganos, organismos, empresas, instituciones y el sector cooperativo del país.

Tradicionalmente los docentes habitúan, por su desconocimiento, a socializar el resultado de su investigación sin haberlo registrado o sin la titularidad, lo que puede ocasionar el plagio, la competencia desleal, vulnerabilidad en los derechos de Propiedad Industrial que le asisten a los docentes; entre otros riesgos, de ahí la pertinencia de ajustarse a las orientaciones para la gestión de su resultado.

Actualmente, se encaminan los esfuerzos en proporcionar al docente un sistema de acciones que les permitan gestionar la propiedad intelectual e industrial como herramienta pedagógica para perfeccionar su desempeño profesional; a partir del conocimiento de sus generalidades, a saber: modalidades:

- invenciones,

- signos distintivos,

- modelos industriales,

- dibujos industriales,

- modelos de utilidad,

- circuitos integrados,

- variedades vegetales;

Requisitos para poder definir el resultado de la investigación científica, trámites para el registro, socialización del conocimiento y comercialización del producto intangible, a través de las dimensiones académica, investigativa y extensionista.

Siendo este precisamente el objetivo de la propuesta que tiene como usuarios inmediatos:

- Vicerrectoría de Investigación y Post grado

- Dirección de Ciencia, Tecnología e Innovación

- Oficina de Comercialización y Transferencia

- Centros de Investigación

- Facultades

- Proyectos de Investigación

- Investigadores - Docentes

El investigador consultó tesis de investigación doctorales, de maestría e investigaciones realizadas sobre la temática de la GPI en las universidades del país, el MES, la OCPI y en centros universitarios cubanos sobre el tema, Martínez, (2006), León, (2007), Morán, (2012), López Collazo (2015), Marzan, (2015), Moreno y Vázquez de Alvaré (2015), sobre el estudio de la profesionalización del docente universitario desde la GPI en específico de los autores: Ochoa, (2018), Vélez, (2018), entre otros.

Como resultado final integran al ser y quehacer de la universidad en función de la gestión del conocimiento como proceso de formación, dejando como brecha el no tratar a la profesionalización como categoría pedagógica que favorezca el desarrollo de la formación de los docentes en la GPI; además, ven esta gestión como de conocimiento, pero no logran identificar a la Propiedad Intelectual y sus ramas; elementos estos que serán considerados por el autor.

Categorías que revelan las funciones de la Gestión de la Propiedad Industrial. Su conceptualización.

- Evaluadoras:

Para valorar el estado de la investigación, identificar el Derecho de Propiedad Intelectual, así como la modalidad de la Propiedad Industrial objeto del resultado de la investigación.

- Descriptivas:

La observación de la investigación como herramienta para una mejor comprensión del resultado de la investigación científica, la cual debe de contener todas las características técnicas del resultado de la investigación.

- Informativas:

A los usuarios que fungen como evaluadores y tramitadores, les sea más fácil realizar los trámites y gestión del resultado. - Registrales:

Para dotar al resultado de la investigación científica de publicidad y reconocimiento de los Derechos de Propiedad Industrial que les sean inherentes.

- Socializadoras:

Transmisión del conocimiento registrado al dominio público de la sociedad para la comprensión y conocimiento general del Objeto de investigación.

- Comercializadora:

Explotación económica del intangible como valor agregado a partir de las herramientas contractuales que se deriven de su negociación.

Como se expresa en los fundamentos generales del procedimiento las acciones que lo estructuran pueden ser desarrolladas indistintamente desde las diferentes dimensiones del proceso formativo.

Sin embargo, para facilitar su comprensión se han resaltado desde dimensiones específicas, de manera que el docente comprenda con mayor facilidad cómo abordar cada una.

Por otra parte, este proceder puede desarrollarse desde el supuesto de la existencia de la producción científica por el docente, fundamentalmente de la educación superior, ya que dentro de sus funciones se encuentran precisamente:

Ø La investigación,

Ø Publicación de resultados científicos en revistas de alto impacto,

Ø La socialización a partir de cursos de postgrado,

Ø Entrenamientos,

Ø Presentaciones en eventos nacionales e internacionales,

Ø Talleres científicos,

Ø La impartición de conferencias en diversos escenarios,

Ø Que pueden ser en la esfera internacional,

Ø Comercializar sus resultados y

Ø Conocimientos científicos, entre otros.

De ahí, que las acciones de la GPI, se consideran sin incluir la producción del conocimiento científico, como parte de ella misma.

ACCIONES DEL PROCEDIMIENTO

DIMENSIÓN INVESTIGATIVA Acciones:

1. Evaluar los Derechos de Propiedad Intelectual y documentación al efecto.

Condiciones: La existencia del resultado objeto de evaluación, con los siguientes requisitos:

Ø Originalidad,

Ø Evidencia de su carácter científico, Ø Puede poseer aval de factibilidad y Ø Pertinencia, entre otros.

Ejecuta: Asesor Jurídico de la Universidad

2. Definir la modalidad de la Propiedad Industrial por las que se pueden amparar las diferentes categorías de creaciones tecnológicas y científicas.

Condiciones: Identificar la modalidad de la Propiedad Industrial en cuanto a la legislación nacional vigente, a saber:

Ø Invenciones,

Ø Modelos industriales,

Ø Dibujos industriales,

Ø Variedades vegetales,

Ø Esquemas de trazados de circuitos integrados,

Ø Marcas,

Ø Nombres comerciales,

Ø Emblemas empresariales, Ø Rótulos de establecimiento y Ø Lemas comerciales.

Ejecuta: Asesor jurídico de la universidad

3. Caracterizar la modalidad de la Propiedad Industrial en cuanto a sus requisitos.

Condiciones: Identificar y exponer teóricamente los requisitos del registro como comprensión de la modalidad a operacionalizar, dígase:

Ø Novedad,

Ø Actividad inventiva y

Ø Aplicabilidad industrial.

Ejecuta: Asesor jurídico de la universidad

4. Identificar los futuros Derechos que se pueden conceder como titular.

Condiciones: Conocer los derechos, a saber: Derechos morales y patrimoniales, que tendrá el titular de la investigación científica para poder gestionar con eficiencia su aporte científico.

Ejecuta: Asesor jurídico de la Universidad

5. Recoger de datos, a saber: obtención de documentos relativos a la Propiedad Industrial.

Condiciones: Existencia de documentos expedidos por la oficina cubana de la propiedad industrial para la solicitud del registro.

Ejecuta: Oficina de comercialización y transferencia

DIMENSIÓN EXTENSIONISTA

1. Solicitar el Registro del resultado de la investigación.

Condiciones: Se aporta a la oficina cubana de la propiedad industrial, además del resultado y la solicitud del registro; la modalidad de la Propiedad Industrial, requisitos, titularidad, descripción de la investigación.

Ejecuta: Funcionario designado para los trámites relativos a la Propiedad Industrial.

2. Registrar el resultado de la investigación

Condiciones: Dominio por parte del funcionario de las exigencias del registro.

Ejecuta: Funcionario designado para los trámites relativos a la Propiedad Industrial.

3. Observar a partir de la titularidad las exigencias correspondientes a los tiempos de su duración.

Condiciones: Esté el resultado de la investigación debidamente registrado en la oficina cubana de la propiedad industrial con los consecuentes tiempos de duración: agotamiento de los derechos, vigencia y renovación del registro.

Ejecuta: Dirección de Ciencia, Tecnología e Innovación y Oficina de Comercialización y Transferencia

4. Socializar el resultado científico o la innovación.

Condiciones: Haber sido registrado el resultado científico o innovación. Tener claridad de las vías de socialización, que pueden ser, a partir de talleres, seminarios, conferencias, exposición en eventos, blogs interactivos, publicaciones científicas, superaciones de cuadros, reuniones metodológicas, y por las modalidades de la Transferencia de Conocimientos, a saber: ayuda técnica, asistencia técnica, Know How, licencias de aatentes, enginering, contrato de franquicias, entre otros, según Tarrago R en su libro: Contratos de transferencia de tecnología en Cuba. (P.114) Ejecuta: Usuarios del procedimiento

5. Comercializar el resultado científico o la innovación.

Condiciones: La existencia de la titularidad, registro y definición de la modalidad de la transferencia de conocimientos a aplicar, estas pueden ser a través de contratos o convenios.

Ejecuta: Oficina de Comercialización y Transferencia, y asesor jurídico de la universidad

DIMENSIÓN ACADÉMICA

Los fundamentos valorados, desde una posición sistémica, contribuyen a argumentar la integración de los procesos sustantivos de la Gestión de la Propiedad Industrial para favorecer la formación integral del estudiante, que les permita interactuar con la sociedad, a través de la preservación, el desarrollo y la promoción del conocimiento científico con una visión clara del significado que tiene cada etapa de la Gestión de la Propiedad Industrial; lo que permite adquirir cultura, valores éticos profesionales, métodos para tramitar los resultados e innovaciones científicas.

A partir de lo académico se puede incidir en la formación del profesional desde diferentes aristas: mediante la explicación del significado y la importancia de la Propiedad Industrial y su gestión en las actividades docentes, a través de la formación investigativa desde el trabajo científico estudiantil, la interacción desde el componente laboral e investigativo, donde se les pueden asignar tareas que les permitan valorar la significación profesional de estos procesos; mediante la labor educativa relativa a la ética del investigador, la formación de valores, entre otras.

Estas acciones pueden desarrollarse desde las asignaturas del ejercicio de la profesión, que favorecen la producción de nuevos conocimientos, productos e innovaciones relacionadas con la especialidad e intereses de los estudiantes; así como desde su actividad investigativa y del componente laboral.

Se pueden realizar acciones de aprendizaje como:

1. Analizar los contenidos referidos a la gestión de la Propiedad Industrial y hacer una valoración de su aplicación en los centros de investigación adscritos a la Universidad de Oriente, que comercializan su Propiedad Industrial. Determine fortalezas, debilidades y riesgos

Objetivo: favorecer el conocimiento sobre la gestión de la Propiedad Industrial por los estudiantes universitarios.

Condiciones: Existencia de la relación docente – estudiante o investigador – estudiante Ejecuta: Docente o investigador y estudiante

2. Realizar un informe valorativo, desde una visión profesional, de la significación de la aplicación de los procedimientos para la Gestión de la Propiedad Industrial, de acuerdo con el tipo de resultado o innovación; a partir de los indicadores de la gestión de la Propiedad Industrial.

Objetivo: valorar desde una visión profesional, la significación de la aplicación de los procedimientos para la Gestión de la Propiedad Industrial, de acuerdo con el tipo de resultado o innovación.

Condiciones: Existencia de la relación docente – estudiante o investigador – estudiante Ejecuta: Docente o investigador y estudiante

3. Realizar un informe valorativo desde un enfoque ético- moral de la significación de la aplicación de los procedimientos para la Gestión de la Propiedad Industrial y exprese sus valoraciones acerca de la pertinencia para proteger los resultados de la producción industrial y su impacto institucional, de acuerdo con el tipo de resultado o innovación; a partir de los indicadores de la Gestión de la Propiedad Industrial.

Objetivo: valorar desde una visión ética y moral, la significación de la aplicación de los procedimientos para la Gestión de la Propiedad Industrial, de acuerdo con el tipo de resultado o innovación.

Condiciones: Existencia de la relación docente – estudiante o investigador – estudiante

Ejecuta: Docente o investigador y estudiante

Todo lo expuesto justifica la pertinencia del procedimiento que organice la gestión de la Propiedad Industrial en la Universidad de Oriente desde las diferentes dimensiones de la formación del profesional.

ORIENTACIONES GENERALES

PRIMERA: Todos los usuarios del procedimiento podrán presentar los resultados de investigaciones ante el área especializada: Dirección de Ciencia, Tecnología e Innovación de la Vicerrectoría de Investigación y Post grado de la Universidad de Oriente.

Para que, con el asesoramiento jurídico del área, sea evaluada para determinar el derecho de Propiedad Intelectual que se gestionara al efecto y se defina la modalidad de dicha propiedad e identificar los futuros derechos que se pueden conceder como titular.

SEGUNDA: Todo resultado de investigación podrá ser tramitado por la Universidad de Oriente siempre y cuando sea resultado del desempeño profesional vinculado con esta institución.

TERCERA: Dentro de los siete días siguientes a la solicitud, el usuario del procedimiento que interesó el servicio, entregará un documento en el que realice la descripción y resumen de la invención.

CUARTA: La asistencia para el asesoramiento a los usuarios del procedimiento por parte del Departamento Jurídico serán todos los jueves en la VRIP.

QUINTA: Todo resultado investigativo o aporte científico será comercializado por la Universidad de Oriente a través de ofertas contractuales.

ORIENTACIONES ESPECÍFICAS

PRIMERA: Se tomarán como áreas de los usuarios que intervendrán en el procedimiento:

ü Dirección de Ciencia, Tecnología e Innovación

ü Departamento Jurídico

ü Centros de Investigación y Facultades

SEGUNDA: Dirección de Ciencia, Tecnología e Innovación deberá:

ü Recibir las solicitudes de las áreas interesadas en trámites.

ü Informar al Departamento Jurídico sobre tales intereses.

ü Tabular la solicitud como aporte a la ciencia y técnica.

ü Solicitar informe de la investigación a los usuarios por parte de la VRIP.

ü Solicitar el registro al representante de la Propiedad Industrial en la Universidad de Oriente.

ü Monitorear los trámites relativos al conocimiento científico.

ü Custodiar los certificados de registros expedidos por la oficina cubana de la Propiedad Industrial.

El Departamento Jurídico deberá:

ü Evaluar el Derecho de Propiedad Intelectual que se deriva del resultado de la investigación presentado.

ü Definir la modalidad de la Propiedad Industrial por las que se pueden amparar las diferentes categorías de creaciones tecnológicas y científicas.

ü Caracterizar la modalidad de la Propiedad Industrial en cuanto a sus requisitos.

ü Identificar los futuros Derechos de Propiedad Industrial que se pueden conceder.

ü Identificar la titularidad de los Derechos de Propiedad Industrial.

ü Solicitud de registro a la oficina cubana de la propiedad industrial por medio de MEGACEN.

ü Realizar los correspondientes convenios de colaboración y cooperación que contengan los resultados y transmisión de conocimientos registrados.

ü Definir el tipo contractual que se adecue al negocio jurídico que se pretende realizar.

ü Elaborar acertadamente el objeto del contrato, así como el alcance de los Derechos de Propiedad Industrial licenciados o cedidos (contenido de los derechos, exclusividad o no, posibilidad de sublicenciar los derechos, territorios, polos científicos).

ü Vigilar que la duración del contrato se corresponde con la vigencia de los derechos de propiedad industrial involucrados.

ü Velar porque se pacten adecuadamente las cláusulas del contrato: en la cláusula de pago el precio de la tecnología, el concepto por el que se paga, las formas y plazos de pago, la cláusula de confidencialidad, se define el régimen de titularidad de las nuevas creaciones obtenidas en virtud del negocio jurídico, las cláusulas sobre perfeccionamientos y mejoras, cláusulas de garantía de no infracción de derechos de terceros, quién está legitimado para realizar acciones ante infracciones de derechos, obligaciones que compartan además de la derivada del contrato, solución de conflictos.

TERCERA: Los centros de investigación y facultades deberán:

ü Presentar solicitud de trámites por escrito a la Dirección de Ciencia, Tecnología y Innovación.

ü Describir y hacer resumen del resultado en dependencia de la modalidad de la Propiedad Industrial a gestionar.

ü Aportar todos los datos necesarios sobre la novedad de la actividad inventiva.

ü No socializar el producto final de la actividad inventiva sino está debidamente registrado.

ü Socializar la producción de conocimientos a través del proceso docente educativo, las presentaciones en eventos, las publicaciones, el intercambio mediante listas de discusión, chat, foros, etc.

ü Comercializar el producto bajo lo establecido en el presente Procedimiento Interno.

CONCLUSIÓN

• El procedimiento para la gestión de la Propiedad Industrial se constituye en una herramienta metodológica para favorecer la tramitación, el registro, la socialización y comercialización del resultado de la investigación científico técnica, se incorporan orientaciones precisas a los docentes y administrativos para viabilizar la gestión de la Propiedad Industrial.

• Se organiza de manera lógica el proceso institucional para la Gestión de la Propiedad Industrial en la institución.

• Se contribuye a minimizar, a través del procedimiento, los riesgos relativos a la socialización del resultado de la investigación del docente sin haberlo registrado o sin la titularidad, lo que puede ocasionar el plagio, la competencia desleal, vulnerabilidad en los Derechos de Propiedad Industrial que le asisten a los docentes.

• Se contribuye a la comprensión y conocimiento de la Gestión de la Propiedad Industrial como herramienta para la profesionalización e impacto en el desempeño profesional pedagógico del docente universitario.

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33. Decreto Ley No. 291, (2012). De protección de las Variedades Vegetales, Gaceta Oficial Ordinaria de 1ro de febrero de 2012.

34. Decreto Ley No. 292 (2012). De los esquemas de trazado de circuitos integrados, Gaceta Oficial Ordinaria de 1ro de febrero de 2012.

35. Decreto Ley. No. 343 (2018). Institucionaliza el Sistema Nacional de Propiedad Industrial, Gaceta Oficial Extraordinaria de 10 de agosto de 2018.

36. Resolución No. 44 (2012). Reglamento para el proceso de elaboración, aprobación, planificación, ejecución y control de los programas y proyectos de ciencia, tecnología e innovación, Gaceta Oficial Ordinaria de 28 de marzo de 2012.



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