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Análisis de la Inserción Laboral de un Expresidiario
Revista Científica CIENCIAEDUC, vol. 10, núm. 1, pp. 1-17, 2023
Universidad Nacional Experimental de los Llanos Centrales Rómulo Gallegos

Revista Científica CIENCIAEDUC
Universidad Nacional Experimental de los Llanos Centrales Rómulo Gallegos, Venezuela
ISSN-e: 2610-816X
Periodicidad: Semestral
vol. 10, núm. 1, 2023

Recepción: 19 Agosto 2022

Aprobación: 20 Septiembre 2022

Resumen: Desde las ciencias sociales, las medidas penales responden a la acción represiva del Estado frente al comportamiento antisocial con la participación de los poderes públicos para culminar con la intervención del Sistema Penitenciario, pues poseen un rol fundamental como la resocialización, en tal sentido, el propósito del siguiente artículo, es producir un análisis respecto a la inserción laboral de un expresidiario, sustentado en las teorías de los Sistemas Sociales de Luhmann (1987), Apoyo Social de Wright, Cullen y Miller (2001) y del Delito de Hanz (1978), apoyado en el marco legal de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999), Código Orgánico Penitenciario (2015) y la Declaración Universal de Derechos Humanos (1948), producido como una investigación documental, desde el análisis de contenido que revela Hostil (1969), como técnica que formula inferencias que identifican sistemática y objetivamente características específicas del texto, de manera que los resultados revelaron que la reinserción laboral, trastoca los vínculos familiares y favorece la resocialización e inclusión social por lo que se concluye que la inserción laboral de un expresidiario se sustenta precisamente en los vínculos familiares y en algunos de los programas de preparación laboral del Ministerio del Poder Popular del Sistema Penitenciario, que aportan un alto grado de resocialización a través del dominio de un oficio.

Palabras clave: Derechos Humanos, Expresidiario, Trabajo, Resocialización, Inclusión, Vínculos Familiares.

Abstract: From social sciences, penitentiary measures ask to repressive action from government, forehead anti-social behavior, with public powers participation, to finish the Penitentiary System intervention, due has a fundamental role as the re-socialization, in that sense, the purpose from this essay, is to produce an ex-convict labor insertion analysis, landscaped trough Luhmann´s (1987) Social Systems Theory, Wright, Cullen and Miller’s (2001)Social Support Theory, and Hanz’s Transgression of Law Theory, supported on Bolivarian Venezuelan Republic Constitution legal frame, Penitentiary Organic Code (2015) and Human Rights Universal Declaration (1948), produced as an documental research, from content analysis Hostil’s (1969) revealing, as a technique which produce inferences that systematic and objective identify text specific characteristics, so results revealed an ex-convict labor insertion change the order parental links and help social inclusion and re-socialization, that´s for it conclude an ex-convict labor insertion, is sustainable by the parental links and in some of government planes from Penitentiary System Popular Power Ministry, that contribute a high grade of re-socialization through a occupation domain.

Keywords: Human Rights, Convict, Work, Re-socialization, Inclusion, Parental Links.

INTRODUCCIÓN

Desde una perspectiva de las ciencias sociales, las medidas penales responden a la acción represiva del Estado frente al comportamiento tipificado como antisocial en la legislación penal, estas se instrumentan a través de órganos policiales y de investigación criminalística en principio, con la participación de la Fiscalía del Ministerio Público, Jueces de Control, Juicio y Ejecución, para culminar con la intervención del Sistema Penitenciario, elementos que juegan un rol fundamental en la esencia de la ciudadanía, por lo que las familias desarrollan un conjunto de funciones sociales, como socialización, reproducción económica, religioso y afectivo, entre otras.

Tales funciones, determinan la organización familiar y el tipo de relaciones dentro de ella, de manera que los cambios que se producen en estas funciones por la ausencia de uno de sus miembros, suponen cambios en la organización interna familiar y en la pauta de comportamiento de sus integrantes, no obstante, al producirse la privativa de libertad de uno de ellos, se constituye en un evento que requiere de un arduo proceso de adaptación, frente a cambios derivados de esta situación. La finalidad de la ejecución de la pena privativa de la libertad, es lograr que el condenado o condenada, adquiera capacidad de comprender y respetar la ley procurando su adecuada reinserción social.

Esa reinserción social, pretende que la función social en lo que respecta a la reproducción económica sea la de generar el ingreso necesario para la subsistencia del condenado y en todo caso, apoyar a la familia en lo mínimo necesario, lo cual significa que se encuentra íntimamente ligado al objetivo fundamental de la ejecución de la pena, la reinserción social del interno y para ello, es imprescindible que el recluso tenga una relación adecuada y constructiva con su familia y medio social. Dicha labor también se centra en lograr que el interno o interna, modifique las tendencias antisociales que lo llevaron a cometer algún delito.

Es en este orden de ideas que, la institución carcelaria está presente en la sociedad occidental como una forma de vigilancia y castigo tendiente a preservar las normas legales establecidas, como una forma compleja de realizar en el individuo sancionado un tratamiento penitenciario cuyo objetivo es volverlo apto para vivir en sociedad y convertirse en un ciudadano respetuoso de las leyes; esta es la finalidad principal de la sanción penal de la privación de la libertad, cuyo fin principal es la resocialización contemplada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CDI)en la resolución 1 del 2008, sobre principios y buenas prácticas de protección de personas privadas de libertad.

Lo expuesto anteriormente, lleva a reflexionar sobre el hecho que reintegrar al interno no es una tarea tan fácil, por lo que requiere del esfuerzo y preparación tanto del interno como de su familia, lograrlo no representa solo la continuidad de un lazo que ya había sobrellevado la distancia de la reclusión, sino que además aleja la posibilidad de reincidencia sobre el interno, por lo que desde la perspectiva de Sanguino y Angarita (2015:8),

La resocialización busca inculcar en los internos la voluntad de vivir conforme a la ley, mantenerse con el producto de su trabajo, y crearles la aptitud para hacerlo, mediante la fomentación del respeto de sí mismos y desarrollo del sentido de responsabilidad.

Desde estos vaivenes ideáticos, el propósito del siguiente artículo, se dirige a efectuar un análisis de la inserción laboral de un condenado, en el marco del programa de doctorado en ciencias sociales de la UNELLEZ, bajo la línea de investigación Desarrollo Humano Integral de la Universidad Nacional Experimental Rómulo Gallegos, de tal forma que se produce desde el análisis de contenido señalado por Ruiz (2021:8), “el contenido a desentrañar los elementos semánticos Criminalidad, Condenado, Trabajo, Trato Humano, Inclusión, Contexto Societal, desde la perspectiva de una investigación documental, a través de un arqueo electrónico”.

MÉTODO

Como método, se parte de una investigación de orden documental, produciendo un arqueo electrónico, al cual se le aplica el análisis de contenido de Hostil de acuerdo a Ruiz (2021,.3) como “...una técnica de investigación para formular inferencias identificando de manera sistemática y objetiva ciertas características específicas dentro de un texto” la cual se sustenta en lectura (textual o visual) fungiendo como instrumento para recoger información a través de una lectura que sigue el método científico: “..sistemática, objetiva, replicable, y válida.”(Andréu, s/f, 3) de esta forma, se formulan inferencias desde ciertas características del texto, lo cual permite elaborar vínculos mentales de cada concepto y ser analizados de forma correcta, para ser introducidos al texto.

Horizonte teórico

Desde el horizonte teórico, se analiza la Teoría de los Sistemas Sociales de Luhmann (1987) que a pesar de la diversidad de objetos de estudio que proyecta al desarrollar una visión global societal, extendida desde la pedagogía a la globalización, el indica que el sistema social “...el sistema social omniabarcador que incluye en su interior a todos los sistemas sociales, como las interacciones, las organizaciones, los sistemas funcionalmente diferenciados y los movimientos de protesta” (Buchini, 2017:1), en este orden, el autor fractura el presupuesto sobre la existencia de un actor o una acción detrás de la comunicación social, pues no considera cualquier proyecto teórico como identidad (el sistema) sino como diferencia (entre el sistema y entorno).

En este orden, desde la teoría del Apoyo Social de Wright, Cullen y Miller (citados por Martí y Cid (2015: 2) cuando expone que “los familiares pueden ayudar …en la transición a la vida en libertad en los presos”.( como apoyo al cubrir necesidades básicas de vivienda, manutención y cuidado; transformarse en fuente directa de empleo o canal de inserción laboral, al producir nuevos acontecimientos vitales como la institucionalización de pareja, que pueden ejercer inflexión (turning point) si la persona asume nuevos roles incompatibles que le han llevado a la cárcel: lazos familiares juegan un rol de vínculo (bonding), disuadiendo a la persona de reincidir si quiere seguir manteniendo dichos lazos

Y desde la teoría del Delito de Hanz (1978), se analiza y estudian presupuestos jurídicos de la punibilidad de un comportamiento humano por acción u omisión, en estos términos tal análisis no sólo cubre los delitos sino al comportamiento humano total, del cual pueda derivarse aplicar una consecuencia jurídico penal, al sentenciar una pena o medida de seguridad, y los casos extremos en los que exista una lesión o puesta en peligro de un bien jurídico, porque

…se ajustan a dos (2) niveles del problema sancionador: el cuándo castigar, .. principios propios de la teoría del delito y, principalmente, a los principios de legalidad (nullum crime nulla poena sine lege), retributividad (nulla poena sine crimine) y culpabilidad (nulla actio sine culpa); y el cómo castigar, que se constituye en un nivel de principios convencionales; (Leal y García, 2004: 8)

En tal sentido, esta teoría pretende aclarar que estos presupuestos se ajustan a la legalidad, retrobutividad y a la culpabilidad que supone un hecho de violación a al sistema legal, el cual debe ser sancionado de acuerdo a las normas emanadas del Estado.

Expresidiario

El Ministerio del Poder Popular para el Servicio Penitenciario, posee como política la activación productiva de los privados de libertad, para que posteriormente, una vez “..Que terminen su condena, puedan reinsertarse a la sociedad como individuo productivo y de bien” (MPPSP, 2022:7), de tal forma que desde estas políticas un expresidiario, una vez que culmina su pena, puede ser una persona productiva, en otros escenarios, también se les denomina exconvictos o excarcelados, puesto que se han sometido al castigo determinado por el Código Orgánico Penitenciario (COP, 2015:6) en función de la pena impuesta.

En este orden, se considera que un expresidiario, no debe considerarse como parte de un proceso al retirarse del espacio de aislamiento social o penitenciaria, debe iniciarse desde que ingresa; puesto que acontece de manera fehaciente al modificarse su estatus de presidiario a ex presidiario; de tal forma que “..debe enfrentar una realidad laboral y social que es diametralmente opuesta a su forma de vida en la cárcel.”(Rivera, 2021: 5) al ser ciudadano libre con bajo nivel educativo, le es difícil el acceso a ciertos puestos de trabajo, lo cual genera el impacto psicosocial negativo el cual se incrementa al no concretar empleo digno para sostenerse y apoyar a la familia.

Derechos Humanos

Los Derechos Humanos (DDHH), son contenidos en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas (ONU) en 1948, con treinta (30): derechos civiles y políticos: derecho a la vida, a la libertad, seguridad e integridad personal, a elegir y a ser elegido, al libre tránsito, al matrimonio y a la familia, de reunirse en público, a la “identidad, igualdad sustantiva, no discriminación, a vivir en condiciones de bienestar y sano desarrollo integral”, entre otros (ONU, 1948), apreciando que “..la pena y el encarcelamiento se han convertido en herramientas de propaganda política con las que se pretende brindar a la ciudadanía la sensación de seguridad o de que al menos algo se intenta hacer”. (Crespo, 2015, 19) , lo que se aprecia indudablemente como un doble sesgo.

Trabajo

El trabajo es un derecho humano, se encuentra consagrado en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV, 1999:80),

El Articulo 3 (ejusdem) así lo expresa y con especificidad el Articulo 87 (ejusdem) lo determina por derecho y deber, de manera que como responsabilidad del Estado, este debe adoptar medidas a fin de que toda persona se ocupe de forma productiva y licita, para poder obtener una existencia digna y decorosa al garantizar el ejercicio de este derecho.

Por lo tanto, se considera que el trabajo, es la vía más expedita para que un expresidiario retome su inserción laboral en cualquier escenario productivo.

El trabajo es un elemento para garantizar la resocialización de una persona, permite que a través de él, la persona sienta aprehensión por la buena conducta, por lo tanto, su inserción laboral se garantiza a través de la Ley Orgánica de los Trabajadores y Trabajadoras (LOTT,2012:2) por lo que desde su preámbulo, se explica que “..se consagra el derecho al trabajo y el deber de trabajar de las personas de acuerdo a sus capacidades y aptitudes, lo cual incluye a las personas con discapacidad”, de ahí que incorpore garantía para otorgar a las autoridades administrativas y judiciales facultadas restituyan la situación jurídica que se encuentra infringida de carácter laboral.

Resocialización

Al exponer medidas internacionales sobre la prisionización, se han detectado niveles considerablemente altos, pero pocos factores asociados a este, permiten indicar que el individuo que entra a la prisión se prisioniza en un considerable nivel, al implicar la adaptación exitosa a un sistema de vida que le exige adaptarse o ser excluido, por lo tanto si la pena es el mecanismo que regula las relaciones sociales, la prisión se convierte en la institución que concreta esa regulación mediante su cumplimiento, siendo el lugar donde se envía a los elementos excluidos de la sociedad, en este orden, es necesario producir“…las contribuciones necesarias para que las ciencias jurídicas criminales se inclinen por la resocialización antes que el castigo como el finalidad de la pena privativa de la libertad”(Racca, 2014:16), dotándolo de los medios necesarios como para que pueda tomar conciencia de su rol y salirse del estereotipo selectivo del poder punitivo.

Por parte de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (ONUD, 2013:6) existen dos (2) programas para el proceso de resocialización: hay dos categorías principales de programas de reintegración social: “..(a) programas e intervenciones en el medio institucional con anterioridad a la puesta en libertad… (b) programas de base comunitaria” como esquema de libertad condicional, que facilita la reintegración social, por lo que existen tres (3) fases que el expresidiario debe efectuar: asumir la responsabilidad e identificar la necesidad del cambio, participar en grupos; y finalmente: retornar a la comunidad, como reinserción social. .

Inclusión

La inclusión, como concepto, traspasa la diversidad. En este sentido, la inclusión demanda para que se consolide el desarrollo los individuos a fin de que valore las diferencias individuales, la inclusión se encuentra en un continuum desde la exclusión por un vórtice a la inclusión por otro, de tal forma que se sustenta en normas y valores que se preestablecen por actitudes inclusivas, las cuales evolucionan al valorar el trabajo heterogéneo y colaborativo, produciendo un referente de confianza bilateral, de tal forma que para contribuir a la inclusión, emerge el compromiso que “..demanda para su consolidación el desarrollo de liderazgos con un enfoque incluyente y que valore las diferencias en el individuo y aprovecha la diversidad”.(Toledo, 2020:.20)

Pero a pesar de lo expresado previamente, algunos autores indican su preocupación por el proceso de inclusión, porque lo califican como un “..Supuesto de improcedencia de la medida de suspensión condicional de la pena”(Leal y García, 2004: 21) en este orden, se estima que el individuo que finiquita su condena en prisión, se victimiza por ausencia de oportunidades laborales, debido a la estigmatización y alto grado de exclusión, por lo que existen algunos sistemas insertados en el proceso de resocialización, que mejora y fortalece servicios que se ofrecen a los convictos en escenarios de aislamiento social; porque “..una vez la persona termina su pena intramural, dichas estrategias no se dan, pues no hay estrategias efectivas de parte del Estado que faciliten la reinserción post-penitenciaria (Córdoba s/f: 3).siendo preocupante que esto no se concrete por las escasas estrategias para facilitar la reinserción post-penitenciaria

Vínculos Familiares

La socialidad resulta de la filogénesis: como un proceso en el que la transmisión cultural funciona como estrategia adaptativa, cultura sistémica de herencia, acumula saberes y prácticas adaptativas, entretejidas con otros claramente neutros y maladaptativos, asociada a una “..ontogenia ralentizada que insta e incentiva el vínculo familiar, a un sistema nervioso costoso, complejo y potente, que dibuja un nuevo régimen penitenciario” (Castro,2010: 4), donde “..la disciplina extrema como medida por excelencia, el aislamiento casi total de los privados de libertad y la supresión casi absoluta de la conexión entre los prisioneros y las personas en libertad (familiares, amigos, entre otros) (Crespo, 2020:4) de manera que definir el vínculo familiar asegura que la estructura como el papel de cada una de ellas varía según la sociedad; el modelo conocido es la familia nuclear: dos (2) adultos con hijos.

De ahí que para los fines del control social, el vínculo familiar es un grupo social primario; ya que es el espacio donde se adquieren las conductas básicas, incluyendo variadas formas de represión y regulación conductual, por lo que la familia, no siempre se ve como realmente es; diversos antropólogos y sociólogos desarrollaron teorías que refieren a la evolución de las estructuras familiares como de sus funciones, por lo tanto otorgar un concepto universal para referirse a la familia es difícil, por cuanto existen innumerables visiones de ella; unos dirigidos al área social, otros desde el punto de vista biológico, otros religiosos o culturales, algunos legales y otros criminológicos

RESULTADOS

La revisión efectuada al arqueo documental, permitió observar que la teoría de los sistemas sociales de Luhmann (1987) proyecta una visión global societal, que muestra como el sistema social reproduce la comunicación tal como los sistemas vivos reproducen la vida y los sistemas psíquicos reproducen la conciencia, la teoría del Apoyo Social de Wright, Cullen y Miller (2001) expone que los familiares pueden ayudar en la transición a la vida en libertad en los presos, al ejercer inflexión (turning point), rol de vínculo (bonding), disuadiendo a la persona de reincidir si quiere seguir manteniendo dichos lazos.

Por la teoría del Delito de Hanz (1978), se identificaron presupuestos jurídicos de la punibilidad del comportamiento humano por acción u omisión, en relación al contentivo semántico expresidiario, se observó que el Ministerio del Poder Popular para el Servicio Penitenciario (MPPSP), posee como política la activación productiva de los privados de libertad, al finiquitar el castigo determinado por el Código Orgánico Procesal Penal(2015), respecto a los Derechos Humanos, la Declaración Universal de los Derechos Humanos, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas (ONU) define un poco más de treinta (30): derechos civiles y políticos:, respecto al Trabajo, este es un derecho humano, se encuentra consagrado en la CRBV (1999) que garantiza la LOTT(2012).

En relación a la Resocialización, se detectaron pocos factores asociados a este, pues cuando el individuo ingresa a la prisión se prisioniza en un considerable nivel, respecto a la Inclusión, ésta demanda para que se consolide el desarrollo de los individuos sustentada en normas y valores preestablecidos desde actitudes inclusivas, en relación a los Vínculos Familiares, se apreció que la socialidad resulta de filogénesis: como un proceso en el que la transmisión cultural funciona como estrategia adaptativa, y al definir el vínculo familiar asegura que la estructura como el papel de cada una de ellas varía según la sociedad; el modelo más conocido es la familia nuclear: dos (2) adultos con hijos.

De ahí que se enfatiza que la inserción laboral de un expresidiario, se encuentre colmada de infinidad de aristas sociales, morales, psicológicas e incluso físicas, porque es una persona que cometió un delito grave o no, la cual posee desde su ingreso hasta su salida, un estigma social, por lo tanto crea dudas, prejuicios, y desconfianza, que debe ir horadando en la medida que demuestre a la sociedad que lo recibe, que es digno de un alto grado de confianza, para poder otorgar el equilibrio económico a su familia de forma lícita.

CONCLUSIONES

En función del objetivo planteado orientado a producir un análisis de la inserción laboral de un expresidiario, se evidenció que las perspectivas de diversos autores, incluso de normativas vigentes se dirigen a reinsertar al individuo denominado criminal a la sociedad, al suponer la aplicación de los derechos humanos en todos los recintos carcelarios, incluida la vinculación familiar, sin embargo el contexto es otro de los vínculos arraigados en la toma de malas decisiones por parte de algunos expresidiarios, pues existen personas reincidentes, que no facilitan su inserción laboral por lo que acude a una serie de decisiones que lo llevan a transitar en escenarios de aislamiento social.

En este orden de ideas, se considera que las herramientas jurídicas emanadas por la CRBV (1999) y el COP (2015) originan una formación pre-excarcelación, para hacer individuos útiles a la sociedad, sin embargo, en el contexto venezolano, con la creciente inseguridad, se torna difícil que los cambios que se propongan desde las políticas orientadas a dicha reinserción, no solo social, sino laboral, pues no solamente en el país, los vaivenes económicos hacen estragos, también lo hacen las marcadas deferencias por los empleadores, cuando, por alguna circunstancia observan la hoja de vida de un expresidiario, pero, se considera que la voluntad es la única llave para concretar la inserción.

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS

Andréu Abela Jaime. (s/f) «Las técnicas de Análisis de Contenido: Una revisión actualizada››. Acceso el 23 de Agosto del 2022. https://www.mastor.cl/Andreu-analisis-de_contenido-34-pags.pdf. (s/f)

Buchini José. 2017. «Niklas Luhmann. Teoría de la sociedad y modernidad››. Acceso el 22 de Agosto de 2022. www.memoria.fahce.unlp.edu.ar/pp.10737.pdf

Castro Nogueira Miguel Antonio. 2010. «Ciencias sociales e investigación naturalista. Elementos para una interpretación evolutiva de la cultura y la sociedad humanas››. Universidad Nacional de Educación a Distancia. Acceso el 01 de Septiembre del 2021. https://www.uned.edu.es/uned2.pdf

Código Orgánico Penitenciario (COP) 2015. Gaceta Oficial 6.207 Extraordinario Diciembre 28. Caracas.

Comisión Interamericana de los Derechos Humanos. (CIDH) 2008. «Conferencia Especializada Interamericana sobre Derechos Humanos››; San José, Costa Rica; Actas y Documentos. OEA/Ser.K/XVI/1.2. Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos, Washington D.C. pp. 433 – 434 Acceso en septiembre 02 de 2021. https://www.cidh.org.com

Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.1999. Gaceta Oficial Extraordinaria N° 36.860 de fecha 30 de diciembre de 1999

Córdoba Ardila Juri Andrea. (s/f) «Resocialización y Dignidad Humana En El Sistema Penitenciario Y Carcelario Colombiano. Conocimiento Educativo›› 35-63.Colombia. Acceso el 23 de Agosto de 2022. http://www.repositoryunicatolica.edu.co/PROCESO-RE–INSERCION _LABORAL_EX-CONVICTOS.pdf

Crespo, Freddy (2015). «Privación de libertad y sociología del medio carcelario en Venezuela››. Consejo de Publicaciones de la Universidad de Los Andes. Acceso el 23 de Agosto de 2022: http://www.ula.ve/cp/privacion_libertaad_f_c.pdf

Leal, Luisa, García Adela. 2004. «La Pena y la Ejecución Penal en el Ordenamiento Jurídico Venezolano››. Acceso el 23 de Agosto de 2022. https://www.corteidh.or.cr/T06737.pdf

Ley Orgánica del Trabajo, los Trabajadores y Trabajadoras.(LOT) 2012. Gaceta Oficial N° 6.076 Extraordinario del 7 de mayo de 2012.

Martí Joel y Cid José. 2015. «Encarcelamiento, Lazos Familiares y Reincidencia. Explorando los límites del familismo›› Revista Internacional de Sociología RIS vol. 73 (1), e002, enero-abril, 2015, ISSN-L: 0034-9712. Acceso el 23 de Agosto de 2022. DOI: http://dx.doi.org/10.3989/ris.2013.02.04

Ministerio del Poder Popular para el Servicio Penitenciario (MPPSP)2022. Acceso el 23 de Agosto de 2022. https://www.mppsp.gob.ve

Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (ONUD) 2013. «Guía de Introducción a la Prevención de la Reincidencia y la Reintegración Social de Delincuentes››. Acceso el 23 de Agosto de 2022. https://www.unodc.SocialReintegracion-ESP_LR_final_on_line_version.pdf

Racca, Ignacio. 2014. «La resocialización como fin de la pena privativa de la libertad: análisis del último legado del positivismo criminológico. Versión escrita de ponencia del Congreso de Derecho de Ejecución Penal, días 9 y 10 del mes de junio de 2014 en la Facultad de Derecho de la Universidad de Buenos Aires››. Acceso el 23 de Agosto del 2022. https://ww.pensamientopenal.com.ar/doctrina39378.pdf

Rivera Mónica Beatriz. 2021. «La Reinserción Laboral y Social de Ex Convictos a través de un Programa Innovador en el Marco de Políticas Públicas››. Revista Iberoamericana de Gobierno Local. Acceso el 24 de Agosto de 2022. https://www.revistacigob.net/monica-beatriz-rivera_la-reinsercion-laboral-y-social-de-exconvictos-a-traves-de-un-programa-innovador-en-el-marco-de-políticas-publicas.pdf

Ruiz Bueno Antoni. 2021. «El contenido y su análisis: Enfoque y proceso››. Acceso el 22 de Agosto de 2022. https://www.diposit.ub.edu/bistream/Analisis_de_contenido.pdf

Sanguino Cuellar Keny Dave, Baene Angarita Eudith Milady. 2015. «La resocialización del individuo como función de la pena››. Revista Academia & Derecho, 7 (12), Acceso el 22 de Agosto del 2022. https://www.dialnet.unirioja.es/6713569.pdf

Toledo Alarcón, Miguel Apolonio. 2020. «Gestión de la diversidad e inclusión en organizaciones de salud pública en Chile. Caso de Estudio: Políticas y estrategias de Capital Humano y sus efectos en los rendimientos, Hospital del Salvador de Santiago de Chile››.. Tesis Doctoral. Acceso el 23 de Agosto del 2022. https://xsguan.unzar.es/collection/Tesis/2021133TD1021.pdf



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