Articulos cientificos

Formación de competencias profesionales en el estudiante de Derecho: una necesidad en sede familiar (Revisión).

Training of professional competences in the Law student: a necessity in family headquarters (Review)

Nora Cedeño Guerra
Universidad de Granma. Bayamo. Granma. Cuba. , Cuba
Eva Sánchez García
Universidad de Granma. Bayamo. Granma. Cuba. , Cuba
Rafael Claudio Izaguirre Remón
Universidad de Granma. Bayamo. Granma. Cuba. , Cuba

Olimpia

Universidad de Granma, Cuba

ISSN-e: 1718-9088

Periodicidad: Frecuencia continua

vol. 19, núm. 3, 2022

lfigueredofrutos@udg.co.cu

Recepción: 05 Mayo 2022

Aprobación: 05 Agosto 2022



Universidad de Granma. Cuba

Resumen: La formación del estudiante de Derecho implica su preparación para la impartición de justicia en sede familiar. En consecuencia, el tratamiento jurídico de los conflictos familiares requiere una praxis consensual. A tales efectos se propone la formación de competencias profesionales en el jurista como enfoque educativo y con un carácter holístico e integrador. Se argumenta su importancia y pertinencia para el logro de un desempeño judicial familiar ante una realidad interconectada y dinámica, garantista de soluciones beneficiosas para las familias en su proyección futura.

Palabras clave: formación, competencias profesionales, impartición de justicia, litis familiar.

Abstract: The training of the Law student implies their preparation for the delivery of justice in the family setting. Consequently, the legal treatment of family conflicts requires a consensual praxis. For this purpose, the formation of professional competences in the jurist is proposed as an educational approach and with a holistic and integrating character. Its importance and relevance are argued for the achievement of family judicial performance in the face of an interconnected and dynamic reality, guaranteeing beneficial solutions for families in their future projection.

Keywords: formation, professional competences; administration of justice, family litis.

Introducción

La Universidad cubana actual al promover la formación de profesionales con preparación científica para aceptar retos, con un amplio desarrollo humanístico, con una personalidad integral portadora de los más elevados valores y principios que son el fundamento de nuestra identidad nacional; constituye una preocupación la formación de competencias profesionales, sobre la base de la correspondencia entre los procesos formativos y la dinámica social.

En consecuencia esa movilidad y constante renovación de la realidad socio familiar imponen retos a la educación jurídica. Uno de ellos resulta ser la formación de un jurista que imparta una justicia conciliatoria y favorable para todos y cada uno de los sujetos que integran la familia. Sin embargo, aún permanece sobre una preponderancia de la lógica adversarial para el tratamiento de estos litigios, y por lo tanto bajo el sello de la conducción de procesos entre litigantes y culpables.

Se precisa la necesidad de una mirada diferente al proceso formativo. Cabe resaltar que es un proceso complejo, multidimensional y en tanto realidad objetiva se tiene que interpretar dialéctica y multidimensionalmente nutriéndose de la diversidad (Fuentes et al., 2011). En este sentido se propone la formación de competencias profesionales, que sitúa al estudiante de Derecho como sujeto del aprendizaje, como agente transformador de la realidad para que actúe de manera pertinente en los contextos profesionales.

Las competencias profesionales establecen un vínculo axiomático entre el escenario académico y el cada día más complejo que constituye el plano profesional. Se valora la posibilidad que tiene cada estudiante de Derecho para la profundización del contenido socio-cultural, su apropiación y a su vez que se involucre desde una postura neutral, con objetividad, a pesar de la presencia de contradicciones propias del desarrollo humano.

Desde esta perspectiva, en la presente investigación, desde una indagación teórica y con el empleo de los métodos teóricos análisis-síntesis, inducción-deducción y abstracción-concreción; se promueve la formación de competencias profesionales del jurista para la solución de conflictos familiares y su incidencia en las garantías de los derechos de las familias a su preservación.

Desarrollo

La importancia de comprender que el estudio del derecho implica en el análisis de las normas jurídicas, no solo su estructuración en el sistema jurídico, sino también su implicación social, se refiere a la significación de la traducción de las normas en las realidades sociales (León, 2015). Por lo que la educación jurídica involucra la actividad que desempeña como jurista; además de conocimientos teóricos, debe contar con una visión jurídica crítica y dialéctica de la totalidad de los fenómenos.

Elementos que afectan la formación de los estudiantes de Derecho en cualquiera de las esferas en que se desempeña. Toda vez que la praxis jurídica requiere la visión teórica de las disimiles instituciones jurídicas. Se sustenta el carácter inaplazable de cambios en el proceso de formación profesional del jurista (Muñozcano y Farfán (2016); Gómora (2017). Y por lo tanto se infiere dinamizar el proceso, con la premisa de comprender las prácticas y representaciones de una profesión tradicional y dinámica a la vez. No se agota solo en los contenidos formativos de las asignaturas, sino también considerar la práctica pre profesional desde las instituciones educativas. Son escenarios formativos favorecedores de desempeños integrales, desde una visión real del mundo circundante.

El desempeño profesional del jurista se caracteriza integralmente por modos de actuación, categoría que Hourrutiner (2008), sistematiza como el saber, el hacer y el ser profesional, expresan su actuación y suponen la integración de los conocimientos, habilidades y valores. Se configuran como tal la asesoría, la representación, el control y la preservación de la legalidad y la impartición de justicia, por ser este último trascendental para esta contribución, es necesario precisar algunos aspectos que lo conceptualizan.

En el ejercicio de la profesión jurídica no hay cuestión que haya incidido más en el imaginario popular que la impartición de justicia llevada a cabo por los tribunales, pues la misma implica la decisión de los conflictos cotidianos que genera el tráfico jurídico de cualquier sociedad. Requiere el dominio de la asesoría, la representación legal y el control y preservación de la legalidad como modos de actuación precedentes y un alto sentido de responsabilidad y justicia; así como una proyección social conforme a los parámetros éticos de nuestro proyecto político.

Cabe señalar que la impartición de justicia como modo de actuación sólo se define en el Modelo del Profesional a partir del plan de estudios C, hasta el actual E. Desde la decisión judicial de conflictos, permite garantizar una adecuada organización de las relaciones humanas. Los contenidos formativos relacionados para lograr un desempeño judicial, son propios del Derecho Procesal, relación disciplinar que se materializa en las prácticas pre profesionales que conforman la Disciplina Principal Integradora. De manera significativa resulta ser el desempeño del juez en la solución de los conflictos familiares.

En la actividad jurisdiccional en sede familiar en nuestro país actualmente subyace la contradicción entre una normativa familiar y una heterogeneidad familiar generada por un entorno socioeconómico diverso, cambiante y complejo, matizado por el fenómeno de la migración, el envejecimiento poblacional, las luchas por la defensa de los derechos sexuales y reproductivos. La normativa familiar aplicable por el jurista adolece de coherencia externa, es decir no regula las realidades familiares que acontecen en la sociedad cubana actual.

Los contenidos formativos relacionados con el desempeño del jurista en la impartición de justicia familiar, son propios del Derecho Procesal. Presentan una precedencia en el derecho sustantivo o material, dígase el Derecho Civil, Derecho de Familia, Derecho de Obligaciones y Contratos, Derecho Penal, por sólo citar algunos; y abarca el conjunto de normas jurídicas encaminadas a regular el proceso, que comprende tanto las vías de acceso a la judicatura, como a las diferentes modalidades procesales por las cuales se encauzan las pretensiones formuladas por los sujetos de las relaciones jurídicas. Esta relación disciplinar se materializa en las prácticas laborales.

En busca de dar respuestas concretas a la solución de los litigios familiares, existe la vía judicial, ya sea por tribunales civiles o especializados, y las vías alternativas de justicia a través de la negociación y el consenso. De esta manera se presentan, soluciones motivadas y argumentadas conforme a Derecho, pero impuestas por resolución judicial, y de carácter obligatorio para las partes; o guiadas, desde la intervención de terceros que sin proponer solución, facilitan su búsqueda por las partes en conflicto.

Pero los conflictos familiares se caracterizan por vínculos de permanencia y coexistencialidad. Lo cual implica que debe garantizarse a futuro afectos, intereses y sentimientos, sobre todo para los sujetos que gozan de especial protección jurídica, dígase infantes y adolescentes, personas en situación de discapacidad o adultas mayores.

En el ámbito jurídico los conflictos familiares se presentan a partir de la incompatibilidad de pretensiones jurídicas entre los sujetos de la relación jurídica familiar. Las pretensiones se traducen en la petición judicial que comprenden el reconocimiento de derechos, el cumplimiento de obligaciones otorgadas por norma jurídica. Es así como se evidencian conflictos derivados de la ruptura de la relación conyugal, del reconocimiento del estado filiatorio, sobre la guarda y cuidado y el régimen de comunicación con los hijos menores de edad, la obligación de dar alimentos, el otorgamiento de la tutela a mayores de edad declarados incapaces jurídicamente, entre otros.

En consecuencia, se configura la necesidad de un juez que desempeñe una conciliación saludable. O sea un tercero imparcial, objetivo y confiable que guía un proceso judicial familiar. Desde una perspectiva positiva del conflicto y comprensiva de su condición, auxilia a los sujetos en la exploración de opciones que sean satisfactorias a todos y mediante el consenso, se formula una solución viable, justa y legal que transforme la situación conflictual.

Emerge, entonces, como condición indispensable para el desempeño conciliador, la compresión de las dinámicas familiares desde los contextos familiares. En este sentido, se forma a un profesional para que, desde la sede judicial, dirija un proceso contencioso, disponga la realización de comparencencia, la práctica de pruebas-se auxilie de un equipo técnico multidisciplinario-y se pronuncie mediante resolución judicial, sin inclusión en el contexto familiar.

No obstante, se propone, desde el enfoque sistémico familiar (Ausloos, 2005), sumergirse en las dinámicas familiares para retransmitir en la familia la percepción y solución de sus problemas, y de esta manera logren mantenerse como tal. De esta manera, se sostiene que, el juez dicte resolución judicial reformadora de la dinámica familiar, contentiva de soluciones beneficiosas para los sujetos de las relaciones jurídicas familiares, deben darse desde lo vivencial-convivencial. En tanto, posibilita la apreciación de situaciones jurídicas familiares, su verificación exacta en esa dinámica familiar. Cuestión que le permita reconstruir esa realidad y favorezca la funcionalidad familiar.

En consecuencia, para un tratamiento de la situación jurídica conflictual familiar, desde esa conciliación saludable, es insuficiente lo que establecen las instrucciones del Consejo de Gobierno del Tribunal Supremo Popular. Se requiere formar la competencia en el estudiante de Derecho. A tales efectos, durante su formación, posibilite el desarrollo de saberes jurídicos para favorecer en la familia la capacidad de lograr una funcionabilidad restablecedora garante. En este caso, desde las prácticas preprofesionales, de la autoformación-formación-transformación profesional, con carácter equitativo-regresivo.

Sin embargo, el modelo formativo del Licenciado en Derecho se ha caracterizado por la formación de habilidades encaminadas a la conducción de procesos entre litigantes y culpables, es decir, un profesional litigante, en esencia, difuminado en una serie de actos precisos y recortados a un prototipo estandarizado, habitualmente logrado en el abogado litigante; donde prima una justicia formal, contenciosa, adversarial, surge la necesidad de lograr un ejercicio jurisdiccional en sede familiar, conciliatorio de intereses, beneficioso y garantista para los sujetos que gozan de especial protección jurídica, como lo exige su naturaleza.

Convertir en intencionalidad formativa este precepto, no contradice la formación de la litigación, ambas complementan su desempeño exitoso, en correspondencia con la esfera y campo de actuación. Al respecto sería conveniente puntualizar que las características de la formación profesional de jurista no ilustran un diseño curricular por competencias, tendencia que marca los siglos XX y XIX, sin embargo, brinda la posibilidad de garantizar este propósito durante su desarrollo, en tanto, se forman básicamente en el proceso de aprendizaje profesional.

En la construcción de la competencia profesional en los egresados, que tiene su articulación con el modo de actuación profesional y contiene la potencialidad de la formación ética y el humanismo de la ciencia, reviste particular importancia el tratamiento de los aspectos relacionados con las potencialidades formativas del método científico como herramienta fundamental (Izaguirre, Santana y Cedeño 2022).

Se presentan determinadas particularidades que complejizan su proceso, por ejemplo, lo dinámico de su objeto de estudio, la relación entre los contenidos formativos del derecho sustantivo y del adjetivo, y por lo tanto la diversidad de los posicionamientos teóricos y metodológicos en las ciencias jurídicas, así como lo controversial entre lo tradicional y lo contemporáneo en la resolución de problemas profesionales. A tales efectos para la formación de competencias profesionales, se requiere un enfoque holístico e integrador, (Paricio, 2020) que articule los saberes asociados al ejercicio profesionalizante del jurista.

Como refiere (Lapenta 2020 p.238) “Desde las perspectivas críticas, el perfil docente parece acercarse también al perfil profesional del derecho, aunque desde un costado diferente, es decir, se extiende hacia aquellos aspectos de compromiso social, de responsabilidad colectiva, de análisis de los intereses en conflicto, más allá de la práctica de aplicación, desarrollo y análisis de lo normativo en el marco del litigio judicial”

Para un análisis completo de las competencias profesionales en la formación profesional, es necesario no sólo partir de su definición, también es ilustrativo su descripción o elementos que la configuran, así como su clasificación. Lo cierto es puede resultar polisémico, por una parte se precisa de la distinción entre habilidad y capacidad, pues se cuestiona su uso indistinto; incluso a veces su codificación en un programa educativo es similar a la de un objetivo general.

En la Comisión Internacional sobre la Educación para el siglo XXI presidida por Jacques Delors (1997), se expone que las competencias son el desarrollo de las capacidades complejas que permiten a los estudiantes pensar y actuar en diversos ámbitos. Las capacidades de aprender a conocer (conocimientos y aprender a aprender), a hacer (desempeño en diversidad de situaciones), a vivir con los demás (mutua colaboración) y a ser (herramientas personales, habilidades racionales y de índole emocional).

Se señala la importancia de acotar que ambos términos tienen diferentes niveles semánticos, y por lo tanto es confundirla con su finalidad, aunque marca como uno de los aspectos positivos la apropiación de conocimientos de forma continua y donde aprender a aprender es el elemento clave, así como la referencia al desempeño en diversidad de situaciones, al requerir este último de su tratamiento.

Tobón (2012) insiste en que no es un modelo sino un enfoque. Resultan procesos complejos de desempeño con idoneidad en un determinado contexto con responsabilidad. Y como particularidad la articulación de la dimensión cognoscitiva, actitudinal y del hacer, con criterios de eficacia, eficiencia, efectividad y pertinencia. Se describe una unidad de competencia (habilidad procedimental, objeto, finalidad y condición de calidad), elementos (desempeño ante actividades muy precisas e indicadores de desempeño (criterios que dan cuenta de la idoneidad).

Fuentes (2000) las define como configuraciones didácticas que expresan cualidades en los sujetos que se desarrollan como síntesis tanto del ser, saber y el hacer como de sus actitudes y capacidades ante los diversos ámbitos sociales, laborales y profesionales. Se destaca en esta concepción lo procesual constructivo, en espacio de interdisciplinariedad y transdisciplinariedad, las estructuras complejas diferenciables en cada sujeto y este como ser social en relación con los demás.

Se sustenta en la sistematización de conocimientos y habilidades que conlleva el desarrollo de actitudes, valores y capacidades como cualidades del sujeto; que son expresión de una cultura acumulada, construida desde sus significados al connotar el sentido cualificador. Se resalta la síntesis de los saberes y el contexto como espacio que favorece el desempeño del profesional, lo cual le permitirá ser trascendente.

Lo cierto es que los referentes citados coinciden en que debe existir un adecuada articulación de conocimientos, habilidades, valores y actitudes, en la cual juega un papel fundamental el contexto cultural, no solo como espacio distintivo de actuación o desempeño del profesional. Por lo tanto es significativo que, no solo se enmarquen en las potencialidades curriculares, sino que al atender los contextos se establezcan criterios e indicadores que contribuyan a la profesionalización, con una visión equitativa del mundo.

Con mayor pertinencia a la propuesta de esta investigación presenta Fuentes et al (2011) con la necesidad de incorporar el concepto de capacidad transformadora humana profesionalizante al proceso de formación de los profesionales. La expresión de las cualidades de índole superior, no como un efecto de un proceso formativo tradicional, sino donde se desarrollen el saber, el hacer, el ser y el convivir.

Es decir, mediante su actividad transformadora, cognitiva, valorativa y comunicativa integradas en las dimensiones del proceso de formación profesionalizante, en el que la búsqueda, la indagación, la argumentación y el empleo de métodos de investigación científica de avanzada hagan viable la solución exitosa de las diversas situaciones profesionales jurídicas familiares, en el ámbito social y profesional.

De la misma manera, se coincide con la reflexión de Tardif et al (2013) acerca de la competencia como un desempeño exitoso, y los elementos constitutivos de esta: la identificación, objetivo, los criterios e indicadores y evaluación. Además de los aspectos integradores de la formación: competencias transversales, dominios generales de desarrollo y dominio de aprendizaje. No obstante, se asume de la Cátedra UNESCO de Desarrollo Curricular, los aportes de Jonnaert et al (2015), sobre la re-problematización de las competencias.

Toda vez que se enfatiza en la necesidad de considerar el marco situacional y el marco de los campos de las experiencias de las personas. Y por lo tanto la definición que (Jonnaert et al 2015 p. 17), brindan de competencia “… la competencia se desarrolla en situaciones y es el resultado de tratamiento completo, exitoso y socialmente aceptado de estas situaciones por parte de una persona o grupo de personas en un contexto específico”

Al atender lo expresado con anterioridad, se asume la competencia profesional como el tratamiento exitoso que comprende una mirada holística, compleja y totalizadora de la situación profesional contextualizada. Y su desarrollo implica un carácter progresivo que conjuga los saberes: el saber ser, desde el saber hacer, al saber convivir con saber conocer y saber estar, configurados por los dominios generales de formación, con la intencionalidad de un desempeño jurídico profesionalizante con equidad ambientalista.

Y por consiguiente, configurar el proceso de formación de competencias profesionales del estudiante de Derecho, en función del logro de desempeños integrales en la impartición de justicia en sede familiar. Entiéndase, el tratamiento de situaciones profesionales jurídicas en el contexto familiar, desde un saber socio armónico, que se establecen en una línea de convergencia integradora y coherente, para lo que necesite de dominios formativos. Los cuales presuponen un poseer y disponer de saberes jurídicos para sintetizarse en un devolver esos saberes que le permitan a las familias comprender su realidad y construir alternativas de soluciones armónicas, al ser consciente de su compromiso con la vida familiar-social y del planeta.

Conclusiones

Los cambios socio familiares generan diversos conflictos que impactan en las dinámicas familiares. La manera de resolucionarlos tiene como premisa formar la capacidad en las familias de transformarse con vistas de una funcionalidad armónica. Por lo que trasciende en la formación profesional del estudiante de Derecho, en la impartición de justicia como modo de actuación.

El proceso formativo del estudiante de Derecho se sustenta en el logro de un desempeño judicial familiar contencioso, a pesar de la naturaleza de los conflictos familiares, que los distinguen del resto de los litigios. En tal sentido se devela la necesidad de formar competencias profesionales, como propuesta teórica que, desde la integración de saberes, resignifique el tratamiento jurídico de las situaciones jurídicas familiares, y se desarrolle en las prácticas pre profesionales.

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