Artículos libres

“Ved en trono la noble igualdad”. El concepto de igualdad en el discurso político rioplatense (1810-1813).

“Ved en trono la noble igualdad”. The concept of equality in rioplatense political discourse (1810-1813).

Facundo Lafit
Instituto de Historia Argentina y Americana "Dr. Emilio Ravignani", Universidad de Buenos Aires-Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas / Facultad de Humanidades y Ciencias de la Educación, Universidad Nacional de La Plata, Argentina

Estudios del ISHIR

Universidad Nacional de Rosario, Argentina

ISSN-e: 2250-4397

Periodicidad: Cuatrimestral

vol. 12, núm. 32, 2022

revistaestudios@ishir-conicet.gov.ar

Recepción: 16 Diciembre 2020

Aprobación: 10 Diciembre 2021



Resumen: Este artículo indaga en el discurso igualitarista y los usos del concepto de igualdad en el Río de la Plata entre 1810 y 1813, a partir del análisis de la prensa periódica y de otras fuentes del período como proclamas y decretos del gobierno revolucionario. Buscamos examinar la red de conceptos, imágenes y metáforas vinculadas a dicha noción y sus cambios a lo largo del período. Interrogar también sobre qué clase de igualdad se podía plantear, practicar e imaginar en una sociedad estamental en guerra y revolución, donde la movilización popular se asentaba, en gran medida, sobre la base de novedosos principios políticos y el cuestionamiento a las estructuras y prácticas del orden colonial. Partimos de la hipótesis que existieron diversas concepciones sobre qué era la igualdad, no sólo entre las facciones ilustradas la ex capital virreinal, sino en relación a las aspiraciones que impulsaron la participación política de los sectores populares, siendo este concepto un espacio de constante disputa.

Palabras clave: Igualdad, Igualitarismo, Discurso político, Revolución rioplatense, Movilización popular.

Abstract: This article inquire in the egalitarian discourse and the uses of the concept of equality in the Río de la Plata between 1810 and 1813, based on the analysis of the periodical press and other sources of the period such as proclamations and decrees of the revolutionary government. We seek to examine the network of concepts, images and metaphors linked to this notion and its changes throughout the period. We also wonder about what kind of equality could be proposed, practiced and imagined in a stamental society in war and revolution, where popular mobilization was based on novel political principles and the questioning of the structures and practices of the colonial order. We start from the hypothesis that there were different conceptions about what equality was, not only between the rioplatense enlightened factions, but also in relation to the aspirations that promoted the political participation of the popular sectors, this concept being a space of constant dispute.

Keywords: Equality, Egalitarianism, Political discourse, Rioplatense revolution, Popular mobilization.

Apuntes iniciales

El presente trabajo indaga en el discurso igualitarista y los usos del concepto de igualdad en el Río de la Plata entre 1810 y 1813, a partir del análisis de la prensa periódica porteña y de otras fuentes del período como proclamas y decretos del gobierno revolucionario.1 Buscamos examinar la red de conceptos, imágenes y metáforas vinculadas a dicha noción y sus cambios a lo largo del período. Interrogar también sobre qué clase de igualdad se podía plantear, practicar e imaginar en una sociedad estamental en guerra y revolución, donde la movilización popular se asentaba, en gran medida, sobre la base de novedosos principios políticos y el cuestionamiento a las estructuras y prácticas del orden colonial. En un marco general convulsionado por las reverberaciones de la Revolución Francesa y la irrupción de los sectores subalternos americanos que habían hecho tambalear el edificio social, como el levantamiento indígena andino o la triunfante revolución negra en Haití. No es el propósito de este artículo entonces ocuparse de las concepciones tradicionales del vocablo igualdad, si no abocarnos principalmente al uso y los sentidos otorgados a su vertiente ilustrada y liberal por parte de la elite porteña. El corte en el año 1813 está fundamentado en la paulatina disminución a lo largo de ese año de las polémicas y referencias en la prensa escrita al concepto de igualdad, explicado en parte por el sesgo cada vez más elitista que la dirigencia porteña iría adquiriendo y el abandono progresivo del inicial impulso igualitarista de la facción más radical del proceso revolucionario.

El artículo se inscribe en el campo de estudios sobre los discursos políticos y la historia conceptual, retomando los enfoques desarrollados por distintas escuelas de análisis del discurso y los desarrollos iberoamericanos de estas líneas analíticas.2 Los estudios de Noemí Goldman hacen eje en algunas nociones fundamentales del período, desplazando el interés desde las influencias doctrinales hacia los discursos y sus vocabularios políticos. El examen de los conceptos políticos llevó a concluir a la investigadora y su grupo de trabajo que los significados de términos como nación, pueblo o soberanía no eran unívocos, ni se ubicaban necesariamente en una línea de continuidad con los significados que hoy se le atribuyen. En estos trabajos se destaca que, si bien la polisemia es constitutiva del lenguaje político, la creciente inestabilidad semántica en la producción conceptual del período constituye en sí mismo una novedad, explicada por los grandes cambios acaecidos a ambos lados del Atlántico a partir de la crisis de la monarquía española de 1808.

Una de las grandes consecuencias de esta crisis fue la irrupción plena de miembros de las clases populares -integrantes de las castas, esclavos, indígenas, campesinos y plebeyos urbanos- en las disputas políticas. Existió en la mayoría de los casos de movilización popular en Hispanoamérica una aspiración a la igualdad política, a la que se sumó en algunos casos una tendencia a la igualación social y racial, muy fuerte en algunas regiones del continente. Gabriel Di Meglio (2006b) ha realizado aportes al conocimiento de la participación de la plebe porteña en los principales acontecimientos políticos del período, señalándolo como un actor destacado desde las invasiones inglesas, dando cuenta de tres formas de participación política: las fiestas, la intervención en los conflictos intraelite y los motines autónomos. Las motivaciones de sus intervenciones dependían de la coyuntura política del momento, aunque el autor encuentra algunas regularidades que correspondían a nociones y valores ampliamente extendidos entre la población, como la defensa de la religión, la identificación con la patria, el reclamo contra el “mal gobierno” o, en estrecha relación al objeto de nuestro trabajo, ciertas aspiraciones igualitaristas. Existe, sin embargo, un vacío relacionado con el estudio de la presencia de este último ideal durante los primeros años del proceso revolucionario. Hace ya varios años Halperín Donghi (1972) había destacado la importancia de la igualdad en el discurso insurgente a partir de su papel como elemento legitimador del nuevo orden político; y en las últimas décadas otros trabajos lo han abordado pero de manera colateral a partir del estudio sobre otros conceptos políticos claves del período como el de “soberanía”, “liberal” o “ciudadano”, entre otros (Goldman, 2008).

En el presente artículo partimos de la hipótesis que existieron diversas concepciones sobre qué era la igualdad, no sólo entre las facciones ilustradas asentadas en Buenos Aires, sino en relación a las aspiraciones que impulsaron la participación política de los sectores populares, siendo este concepto un espacio de constante disputa. Entendemos también, y trataremos de demostrarlo a lo largo del artículo, que estas concepciones no fueron estáticas si no que respondieron a lo que los avatares y la dinámica del proceso político fue demandando, y a las posibilidades concretas de los proyectos de las elites dirigentes de poder plasmarse en la realidad social rioplatense. La Historia Conceptual nos permite analizar cómo el concepto se va cargando de esas distintas concepciones, y no solo los usos que se le da en el debate público. Entendiéndolo como una expresión de esa diversidad de posiciones políticas, de expectativas, de referencias, que de alguna manera son condensadas en él.

La igualdad en los “pensamientos de un patriota español”

La llegada al puerto de Buenos Aires promediando mayo de 1810 de las noticias del avance francés en Andalucía y la disolución de la Junta Central generaron una gran convulsión en la ciudad capital del virreinato rioplatense. Después de dos años de un trono vacante, ante la sensación de que la Península estaba perdida en manos de Napoleón se imponía replantear las alternativas en juego. La exigencia de las autoridades coloniales de rendir obediencia al nuevo Consejo de Regencia formado en España profundizó aún más esa crisis. El 22 de mayo, bajo la presión de las milicias criollas, se reunió un cabildo abierto en la capital. Allí los asistentes decidieron deponer al virrey Cisneros —por haber caducado la autoridad que lo había designado—, que el cabildo asumiera el mando como gobernador y que en tal calidad se encargara inmediatamente de formar una junta para tutelar los derechos del rey Fernando VII, siguiendo el ejemplo del movimiento juntista español. El 25 de mayo, un movimiento popular apoyado por las milicias urbanas elevaba un petitorio con la lista de los miembros que debían estar en esa Junta Gubernativa. La militarización producida en Buenos Aires como consecuencia de las invasiones inglesas se hizo sentir con total contundencia. De igual manera irrumpía en el escenario porteño un nuevo actor —la plebe urbana—, cuyo protagonis­mo en muchos episodios allí ocurridos revelan la politización de la sociedad en el contexto revolucionario abierto en mayo de 1810 (Goldman yTernavasio, 2010).

La Junta Provisional, presidida por el jefe de las milicias, Cornelio Saavedra, asumía la autotutela de los derechos del rey Fernando VII mientras durara su cautiverio en nombre de la retroversión de la soberanía a los pueblos. La junta se negó a jurar fidelidad a un Consejo de Regencia que consideraba ilegítimo y defendió sus derechos a ejercer el gobierno provisional, comenzando un camino de autonomía que no implicaba necesariamente declarar la independencia de España. Sin embargo, al interior de la Junta se iría conformando un sector, encabezado por el Secretario de la Junta, el abogado Mariano Moreno, que comenzó a abogar por un rumbo más radical para el proceso.

Atento a los acontecimientos y debates peninsulares, Moreno destacaba desde las páginas de la Gazeta de Buenos Aires, periódico del gobierno del cuál era el editor responsable, la circulación por toda España de papeles que venían a reponer los “olvidados derechos primitivos de los pueblos”. Consideraba que era una verdadera ventaja para los americanos que la necesidad hubiese hecho adoptar en España aquellos principios y que pudieran conocerse de esa manera en América. Entre el 5 de julio y el 18 de octubre, habría de publicar en varias entregas un ensayo anónimo editado en España a mediados de 1808, sin fecha ni pie de imprenta, bajo el título de Pensamientos de un patriota español.4

En el escrito se afirma la necesidad de una constitución y un gobierno que tenga como principal objetivo la protección de los derechos naturales, que de la Peña y García precisa como “la libertad, la igualdad, la propiedad y la seguridad”.5 A partir de allí va a ir definiendo didácticamente cada uno de estos derechos. Como entenderían muchos publicistas tanto peninsulares como americanos, la trascendencia jurídica política de las reformas resultaba inseparable de su dimensión lingüística. La revolución debía tomarse además como un acto constituyente en la esfera de la lengua.

Después de definir lo que entiende por libertad, le llega el turno a la igualdad, y el ensayista va a establecer en primer lugar una distinción: por un lado existe la igualdad de hecho y por otro la de derecho. La primera consiste en que todos gocen sin diferencia alguna de los mismos bienes. Esta igualdad, para el ensayista, “repugna” porque equipara permitiendo el mismo goce de comodidades entre el “industrioso y el holgazán, el pródigo o disipador”. Es casi lo mismo, dice, que la comunidad de bienes, tan opuesta a la naturaleza del hombre y a la propiedad de una sociedad civil. Al contrario, la igualdad de derecho consiste en que sean protegidas por la ley sin distinción ni diferencia alguna las facultades, medios y personas de todos los ciudadanos; que todos contribuyan a mantener las cargas de la sociedad sin más diferencia que en razón de sus haberes; que todos sean juzgados de una misma manera (Lafit, 2018). Sólo el mérito personal es lo que distinguiría a los sujetos, y por lo tanto, la igualdad que pregona De la Peña no es otra cosa sino “el derecho de gozar de una misma condición y consideración a los ojos de la ley”.6 Considera absurda y quimérica la pretensión de establecer la igualdad de hecho, mientras que muy útil a la prosperidad de la nación la igualdad de derecho, porque entiende que estimula la superación y emulación de los ciudadanos en pos de “poder llegar á ser tanto como el que más, poseyendo iguales virtudes”.7

El contrapunto entre esas dos variantes estuvo muy presente en los debates que surgieron alrededor de la noción de igualdad en los años revolucionarios abiertos con la crisis monárquica, tanto en la Península como en el Rio de la Plata. La gran mayoría de los liberales españoles que, como el mismo De la Peña, simpatizaban con gran parte del ideario revolucionario francés –la soberanía nacional, el estado de derecho, la igualdad jurídica y la representación popular-, eran refractarios a lo que consideraban los “excesos” de esa experiencia: fundamentalmente la movilización popular autónoma y las ideas igualitaristas. Existían antecedentes de esa animadversión en la generación ilustrada dieciochesca, más allá de su crítica a la sociedad estamental y los privilegios que la sostenían, posturas inspiradas en parte por el cristianismo y las doctrinas del derecho natural, pero también bajo el influjo de autores radicales como Rousseau. Y a pesar de que no dudaron en arremeter contra una desigualdad que calificaron de «odiosa», la tendencia dominante en la Ilustración española trataría de hacer en todo momento compatible la moderada defensa del principio de igualdad con la salvaguardia de unas desigualdades que se juzgaban imprescindibles para el sostenimiento de la sociedad (Fernández Sebastián y Fuentes, 2002). Para Jovellanos, por ejemplo, “supuesta la igualdad de derechos, la desigualdad de condiciones tiene muy saludables efectos”, pues estimula la competencia y la emulación entre los individuos, genera lazos recíprocos entre las diferentes clases y “las une por los fuertes vínculos del mutuo interés”.8 Ya en el contexto de 1808 los liberales peninsulares, fervientes partidarios de las reformas que tendían al fin de los privilegios y la igualdad jurídica de todos los españoles, no dejaban por ello de rechazar como “quimérica” la igualdad absoluta.9

Ese primer liberalismo español, expresado en este caso por De la Peña, pareciera estar discutiendo con los sectores más radicales de la Revolución Francesa. François-Noël Babeuf, el líder de la famosa y frustrada conspiración para establecer una République des Égaux en 1795 había sostenido que:

La igualdad de hecho no es una quimera. El ensayo práctico fue hecho con éxito por el gran tribuno Licurgo (...) La religión de la igualdad pura, que nosotros osamos predicar a todos nuestros hermanos despojados y hambrientos, quizá les parezca a ellos mismos nueva, aunque sea tan natural (...).10

Para Babeuf sin la igualdad de hecho la de derecho no sería más que un “cruel ilusión”. Si ya se posee la segunda, la privación de la primera era “una injusticia que subleva”. Si los hombres, dice, en el estado natural nacen iguales en derecho, de ningún modo nacen iguales de hecho:

ya que la fuerza y el instinto, establece entre ellos una desigualdad muy grande de suerte, pero su reunión y sus instituciones sociales no pueden y no deben tener otro objetivo que el de mantener de hecho, esta igualdad de derecho, protegiendo al débil de la opresión del fuerte, y sometiendo la industria de unos a la utilidad de todos.11

Sin embargo, algunos liberales peninsulares más radicalizados como Flórez Estrada se acercaron a algunas de estas ideas. En el proyecto constitucional diseñado por él para la Comisión de Cortes de la Junta Central, se muestra persuadido de que “todos los males de las sociedades no tienen ni pueden tener otro origen que la desigualdad de las fortunas y condiciones”, diferencia de clases que provoca un “desnivel moral” difícilmente compatible con el patriotismo.12 Como señala Fernández Sebastián no fueron pocas las voces que se alzaron reclamando una igualdad social mucho más efectiva,

pero estas aspiraciones igualitarias serían comúnmente caricaturizadas y tildadas de anárquicas por las corrientes de opinión dominantes, para las cuales ‘confundir los derechos de propiedad, [y] armar al pobre contra el rico» era el camino más seguro para «abolir toda institución de orden’ y hundir al país en la anarquía (Fernández Sebastián y Fuentes, 2002: 363).

Como he demostrado en otros trabajos, el lenguaje político de ese primer liberalismo español, y su amplia gama de discursos, desde los más moderados a los más radicales, tuvieron una destacada circulación en el Rio de la Plata. Las distintas concepciones sobre la igualdad, uno de los conceptos claves de estos discursos, tuvieron su recepción en la prensa rioplatense como pudimos ver con el ensayo de De la Peña y como podremos seguir observando más adelante en este trabajo.

La denuncia de la desigualdad entre europeos y americanos

En noviembre de 1810, con un todavía breve pero intenso recorrido por parte de la Junta patriota, Moreno consideró que había llegado el momento de consolidar las conquistas revolucionarias. Y no concebía otra manera de hacerlo que no fuera que las provincias rioplatenses se dieran una constitución política propia. Los diputados del interior comenzaban a llegar a la capital y el secretario buscaba influir en ellos a través de su pluma en la Gazeta de Buenos Aires. Desconoce en uno de estos artículos que se pueda interpretar a las “Leyes de Indias” como el código político de los americanos, entre otras razones porque carecen dice de todo principio de razón, y están articuladas para sostener un sistema de comercio basado en el un monopolio ruinoso y en la desigualdad práctica a la que es sometido el indio a pesar de las “protecciones” dispuestas. Condenando la antigua legislación colonial, Moreno exponía la crítica filangeriana al “constitucionalismo de antiguo régimen”, atribuyendo al término constitución una concepción típicamente moderna (Lafit, 2018). Como señala Federica Morelli (2007), Filangieri pensaba de hecho en realizar “un sistema completo y racionalizado de legislación” partiendo de pocos principios concatenados, y en particular de la teoría de los derechos del hombre, la verdadera columna vertebral de todo el nuevo ordenamiento jurídico de clara matriz iusnaturalista.

El espíritu igualitarista de Moreno se iba articulando con la conciencia anticolonialista que fue madurando durante su carrera profesional al ser testigo de la desigualdad concreta entre criollos y peninsulares en distintos planos de la sociedad virreinal:

No caigamos en el error de creer, que esos cuatro tomos contienen una constitución; sus reglas han sido tan buenas para conducir a los agentes de la metrópoli en la economía lucrativa de las factorías de América, como inútiles para regir un estado, que como parte integrante de la monarquía, tiene respecto de sí mismo iguales derechos, que los primeros pueblos de España.13

Como podemos ver el concepto no sólo era usado en relación a los individuos sino que la igualdad a la que se remite en la cita es a la que existía entre los pueblos. La concepción que subyace aquí es la idea de la monarquía hispánica como una reunión de comunidades políticas. El reclamo de igualdad entre los pueblos iba de la mano de la disyuntiva abierta a partir de la crisis monárquica entre la soberanía del “pueblo” o de “los pueblos”, disyuntiva que será decisiva para entender la dinámica del proceso político no sólo entre las juntas peninsulares previo a la convocatoria a las Cortes, sino también hacia el interior del territorio rioplatense y, como en este caso, para la relación entre la metrópoli y sus excolonias americanas.

Junto con el reconocimiento a los revolucionarios españoles del mérito de la gran obra que habían iniciado, el secretario de la Junta lanza su crítica más certera, aquella que además justificaba el camino independiente –aún sin decirlo abiertamente- que debían recorrer los territorios americanos Les achaca que mientras “se trataba de las provincias de España, los pueblos podían todo, los hombres tenían derechos, y los jefes eran impunemente despedazados, si afectaban desconocerlos”, pero que sólo “un tributo forzado a la decencia hizo decir que los pueblos de América eran iguales a los de España”.14 La referencia es a los manifiestos de la Junta Central del 22 de enero de 1809 y del Consejo de Regencia de España e Indias del 14 de febrero de 1810, que además de pronunciarse en relación a la igualdad de derechos entre peninsulares y americanos, declaran que los territorios americanos no eran colonias sino parte integrante de la monarquía.15 Sin embargo, dice Moreno, apenas los americanos quisieron pruebas reales de la igualdad que se les ofrecía, apenas quisieron ejecutar los mismos principios que los pueblos de España, “el cadalso y todo género de persecuciones se empeñaron en sofocar la injusta pretensión de los rebeldes”.16 Seguramente Moreno remite aquí a la cruenta represión llevada adelante contra la insurgencia altoperuana en 1809. Y recurriendo a la ironía que tanto caracterizaba a su pluma, aprovecha para recordar –sin nombrar a su autor- la poco feliz frase del bando del Virrey Abascal que declaraba reunidas las provincias del Plata a las del Perú, al afirmar que “valiera más dejarnos vegetar en nuestra antigua obscuridad y abatimiento, que despertarnos con el insoportable insulto de ofrecernos un don que nos es debido, y cuya reclamación ha de ser después castigada con los últimos suplicios”.17 Esa frase había despertado una indignación particular en Moreno, y no sería esta la única vez que la utilizó para evidenciar el sentimiento de superioridad de las autoridades virreinales por sobre los americanos, y poner en tela de juicio las promesas de reformas:

La naturaleza no crio a todos los hombres iguales: á unos les dió fuerza que negó á otros; aquellos tienen salud de que carecen éstos; pocos son adornados con talentos, que los más están privados. En esta desigualdad fundó Aristóteles aquella máxima tan criticada, de que se daban hombres esclavos por naturaleza; porque parece que ésta los destina a servir á aquellos, a quienes hizo superiores. Si nos reducimos á este orden natural, que prescinde de las convenciones de la sociedad, no sé en que funde el Sr. D. José que hemos nacido para vegetar en la obscuridad y abatimiento.18

Resuenan en la pluma de Moreno las ideas rousseaunianas con respecto a la igualdad como derecho natural de los hombres. El filósofo ginebrino concebía que existían en la especie humana dos clases de desigualdades: una que consideraba natural o física, establecida por la naturaleza y que consistía en la “diferencia de edades, de salud, de fuerzas corporales y de las cualidades del espíritu o del alma”; y otra que llamaba desigualdad moral o política, que dependía de una convención social y estaba establecida o al menos autorizada por el consentimiento de los hombres y que consistía en los “diferentes privilegios de que gozan unos en perjuicio de otros, como el de ser más ricos, más respetados, más poderosos o de hacerse obedecer”.19 Moreno parece inspirarse entonces en el célebre filósofo para cuestionar la desigualdad práctica entre españoles americanos y europeos, pero como veremos en el siguiente apartado, hace extensiva esa denuncia a la condición de inferioridad a la que son sometidos los pueblos indígenas y las castas.

La cuestión indígena

En sus años como estudiante de Derecho en la Academia Carolina de la Universidad de Chuquisaca, Moreno había presentado en 1802 la “Disertación jurídica sobre el servicio personal de los indios en general, y sobre el particular de yanaconas y mitarios”, que se centraba en la institución de la mita, y rechazaba la legitimidad del trabajo forzado y de cualquier otro impuesto personal sobre los indios. La disertación académica estaba inscripta en la polémica que diez años antes había hecho confrontar al Fiscal de la Real Audiencia de Charcas, Victorián de Villava, y a Vicente Cañete, asesor letrado del Intendente de Potosí Francisco de Paula Sanz, en torno a la legitimidad de la mita para la minería. Moreno ubicaba su disertación, como bien señala Noemí Goldman, en “esa encrucijada entre la reivindicación de la antigua tradición hispánica de protección de la libertad legítima y perfecta de los indios y la nueva reivindicación de los derechos indígenas fundada en el derecho natural y de gentes y la libertad dieciochesca” (Goldman, 2016: 48). El joven estudiante no solo seguía el pensamiento de Villava para construir su argumentación, sino que lo hacía también desde la indignación y el dolor que seguramente había experimentado al ser testigo él mismo de la inhumana explotación a la que eran sometido los indios en un viaje a Potosí, realizado poco tiempo antes de su disertación (Lafit, 2018).

Volviendo al período que lo tenía como protagonista de la revolución, una de las primeras disposiciones de la Junta fue terminar con las diferencias entre los oficiales indios y los españoles, ya que los primeros históricamente habían sido agregados a los batallones de pardos y morenos. La orden, leída por Moreno frente a los oficiales indígenas en la Real Fortaleza, declaraba que españoles e indios “son iguales, y siempre debieron serlo, porque desde los principios del descubrimiento de estas Américas quisieron los Reyes Católicos, que sus habitantes gozasen los mismos privilegios que los vasallos de Castilla”.20 Por lo tanto, se establecía que estos pasaban de ahora en adelante a integrar los regimientos 2do y 3ero bajo sus mismos oficiales, con los mismos derechos de ascenso.

La idea de que la legislación o las instituciones podían mitigar las diferencias naturales estaba ya presente en el Contrato Social de Rousseau:

el pacto fundamental, en lugar de destruir la igualdad natural, sustituye por el contrario con una igualdad moral y legítima lo que la naturaleza había podido poner de desigualdad física entre los hombres y que éstos, pudiendo ser diferentes en fuerza o talento, se vuelven todos iguales por convención y derecho.21

Sin embargo para el ginebrino, como para el rioplatense, era asimismo la política, en su sentido más transformador, la única capaz de corregir no solo esas diferencias naturales sino las desigualdades sociales e injusticias sobre las que se asentaba la opresión de las minorías sobre las grandes mayorías.

El igualitarismo y la política filo-indigenista del sector más radical de la revolución se pudieron apreciar en toda su dimensión en la conducta seguida por Juan José Castelli como representante de la Junta en el Ejército auxiliar del Perú.22 Desde su llegada al Alto Perú había procurado forjar una relación estrecha con los indios, a quienes, según varios testimonios, trataba cordial y cariñosamente, buscando siempre ponerlos en un pie igualdad con los criollos.23 Su actitud parecía ser auténtica y sentida, pero como señala Fabio Wasserman, no obedecía sólo a razones humanitarias e ideológicas, formaba parte también de su estrategia política y de las instrucciones que le habían impartido al nombrarlo representante. El 5 de febrero de 1811 se dirigió desde Chuquisaca a la población indígena del Virreinato del Perú haciendo referencia a la situación de explotación en la que se encontraban y destacando las intenciones bondadosas de la Junta, prometiéndoles “libertad civil” y “felicidad”:

La Junta de la capital os mira siempre como a hermanos, y os considerará como a iguales (…); Sabed que el gobierno de donde procedo sólo aspira a restituir a los pueblos su libertad civil y que vosotros bajo su protección viviréis libres.24

La Junta porteña el 10 de enero había dispuesto la elección de un diputado que representara a los naturales en cada una de las intendencias de la Audiencia de Charcas y en las de Paraguay.25 Castelli decidió implementarla de inmediato y temiendo que la voluntad de las comunidades fuera defraudada, dispuso que solo los indios pudieran participar del acto electoral.26 No deja de ser paradójico que el decreto a la vez que implicaba un acto de igualación al otorgarles representación a estas comunidades en el nuevo gobierno revolucionario establece una diferenciación con respecto al resto de la sociedad al conferírselas no como individuos de la nación sino en su carácter de indígenas. El bando informando la novedad es publicado en castellano, quechua, aymara y, según algunos autores, también en guaraní; debiendo bajar de las capitales a las cabezas de partido y de allí a los pueblos. Si bien era un grupo minoritario quienes sabían leer, como bien señala Wasserman (2011), se trataba de un gesto de gran valor político en tanto reconocía a sus interlocutores como sujetos portadores de una cultura propia.

Al cumplirse el primer aniversario de la Revolución de Mayo, Castelli decidió realizar un acto que sirviera de reafirmación del rumbo adoptado, y no casualmente eligió como escenario las ruinas de Tiahuanaco, ubicadas a unas decenas de kilómetros de La Paz. Buscaba con ello dar un mensaje a propios y extraños, a aliados y enemigos. En la ceremonia, que según todos los testimonios fue imponente, estaban representados los diversos sectores que formaban la alianza interétnica liderada por el revolucionario porteño. La decisión de Castelli de abolir el pago del tributo indígena, principal anuncio del acto en Tiahuanaco, no remitía sólo a la voluntad reparadora de la Junta hacia los pueblos indígenas, estaba enmarcada en un contexto ideológico que incluía al mundo hispánico en su conjunto. Las Cortes de Cádiz a través de un decreto habían abolido el tributo el 13 de marzo de 1811 y luego harían lo mismo con la mita el 9 de noviembre de 1812. Erradicar tributos y mitas era, de alguna manera, despojar al indio de su “minoría de edad” y habilitarlo para asumir el estatus de ciudadano. Era también, dentro de una tendencia reformista que tenía sus antecedentes en los escritos de Victorián de Villava, quebrar una de las bases del tradicional sistema colonial. Es probable que al momento en que Castelli proclamara la abolición del tributo, no se conocieran aún las noticias del decreto de las Cortes –no habían pasado ni siquiera tres meses entre uno y otro-, pero si era de público conocimiento su tratamiento en las sesiones desde hacía tiempo, impulsado fundamentalmente por la diputación americana. La proclama del representante de la Junta, además de ser expresión de una genuina voluntad de reparación histórica en línea con su concepción de los derechos naturales, era parte seguramente de una estrategia de anticiparse a la metrópoli para ganarse el apoyo de los pueblos indígenas a la causa insurgente (Lafit, 2018). Eran los indios altoperuanos y del Perú quienes parecían atraer fuertemente en aquel momento la mirada y la retórica revolucionarias, que simultáneamente omitía referencias tanto a la población indígena sometida de las intendencias al sur del Alto Perú como a los indios incorporados a la vida de Buenos Aires y sus alrededores (Tourres, 2017).

El discurso de cierre, a cargo del representante -publicado también en castellano, quechua y aymara-, se centró en la idea de que la Revolución venía a terminar con la opresión sufrida por los naturales durante muchísimo tiempo y la instauración del goce de los mismos derechos para todos los habitantes de las provincias americanas. La proclama del fin de la servidumbre indígena, que concluyó con una fiesta popular con baile y música, fue sin lugar a dudas una de las expresiones más radicales del periodo revolucionario por sus connotaciones sociales. Esta política filo-indigenista propuesta por Castelli, que amenazaba el estatuto social sólidamente arraigado de las castas altoperuanas, era una parte central de la concepción de la revolución de la facción morenista. El mismo Moreno, como vimos, había dado muestras de ello durante su formación como abogado en Chuquisaca, y en varias oportunidades, como en los artículos de la Gazeta había enlazado el nuevo lenguaje de los derechos del hombre con la denuncia de la opresión al indio y la necesidad de su liberación (Lafit, 2018). Esas nociones igualitaristas–así como la incorporación del bajo pueblo, tanto indígena como no indígena, a los ejércitos– generaban malestar y preocupación no solo en los sectores moderados de la Junta sino fundamentalmente en las clases acomodadas altoperuanas que se beneficiaban de la mano de obra indígena. No solo se estaba visibilizando a dichos sectores sino que se les otorgaba cierta capacidad de agencia que en el futuro podría volverse en contra de la dirigencia revolucionaria misma (Tourres, 2017).

El Decreto de supresión de honores

A fines de 1810 el clima político había comenzado a enrarecerse en el seno de la Junta porteña. Existían dos posturas en torno a cuáles debían ser las condiciones de incorporación de los representantes de los pueblos del interior, y en definitiva al rumbo que debía adoptar la revolución. La más radical era la liderada por el secretario de la Junta, quien había propuesto incorporar a los representantes en calidad de diputados de un Congreso destinado a discutir y dictar una Constitución. La otra posición la encabezaba el presidente de la Junta, Cor­nelio Saavedra, quien junto a la mayoría de los diputados del interior sostuvo que los diputados electos debían incorporarse como miembros de la Junta Gubernativa, y no de un Congreso.

A Moreno le molestaban además ciertas veleidades del presidente. Su predisposición a las ostentaciones y honores propios de su cargo exasperaban al secretario, llevándolo a acusarlo por lo bajo de actitudes despóticas. Saavedra por su parte no compartía el pulso vigoroso y radical de Moreno, sobre todo en su manejo de la represión a los contrarrevolucionarios. El hecho desencadenante del enfrentamiento final entre los dos dirigentes de la Junta fue el festejo que organizó el cuerpo de patricios por la victoria de Suipacha el 5 de diciembre de 1810. Según algunas de las versiones de lo ocurrido esa famosa noche, Moreno, quién no habría estado invitado a la celebración, logró entrar y presenció un brindis en honor a Saavedra donde se le habría entregado una corona de laureles acompañada de las siguientes palabras: “Viva el señor presidente don Cornelio Saavedra, emperador y rey de la América del Sur”. El secretario redactó esa misma noche el célebre “Decreto de supresión de honores”, haciéndolo aprobar por toda la Junta al día siguiente. Allí se presentaban las reglas de virtud republicana que debían guiar las conductas y acciones de los funcionarios públicos, y se hacía especial hincapié en la absoluta igualdad de todos los miembros de la Junta, tanto en lo relativo a sus atribuciones como en lo concerniente al protocolo que debía seguirse en sus celebraciones públicas. Se traspasaba además el comando supremo militar, confiado a Saavedra por el Cabildo en el acta de erección de la Junta Provisional, a la Junta en pleno. Este último punto era especialmente importante porque privaba al presidente de la Junta de una de las atribuciones fundamentales heredadas del depuesto virrey: la comandancia general de las tropas.

En el decreto Moreno dejaba en claro que para él la libertad estaba indisociablemente ligada a la igualdad, una y otra tenían sentido solo cuando iban unidas: “La libertad de los pueblos no consiste en palabras, ni debe existir en los papeles solamente (…) si deseamos que los pueblos sean libres, observemos religiosamente el dogma de la igualdad". No era sólo un derecho que debía ser preservado sino el fundamento mismo para reasumir el destino de otro orden político (De Gori, 2013). Esta línea de pensamiento, que no concebía a la libertad sin la igualdad, se sustentaba como vimos en el iusnaturalimo moderno de cuño rousseauniano. Ya ha sido señalado por otros autores los puntos de contacto del “Decreto” con el “Ensayo sobre los privilegios” del Abate Seiyes, uno de los principales pensadores de la Revolución Francesa. El escrito de Moreno expresa, como aquel, la maximación de la igualdad en la política rioplatense, proyectándose hacia el fundamento democrático de la estatalidad (Carozzi, 2011).

Tampoco podrían fructificar los principios liberales, que con tanta sinceridad comunicamos; pues el Común de los hombres tiene en los ojos la principal guía de su razón, y no comprenderían la igualdad, que les anunciamos, mientras nos viesen rodeados de la misma pompa y aparato, con que los antiguos déspotas esclavizaren, á sus súbditos.27

Es necesario marcar aquí la cuota de poder diferencial que adquiría el concepto de igualdad cuando trascendía su utilización en un artículo de opinión en la prensa, para ser la idea articuladora de un decreto que implicaba la obligación de cumplimiento y la capacidad de castigar. No es casual que el sector moderado acusara a Moreno y a sus seguidores de jacobinos. Justamente el culto a la austeridad de los funcionarios era uno de los principales elementos del ideario de los sectores más radicales de la experiencia francesa. El secretario no podía tolerar que instituciones nacidas de la revolución mantuvieran intactos los viejos vicios aristocráticos de la burocracia del Antiguo Régimen. No se podía exigir a la población una transformación moral y de sus costumbres, en pos de la construcción de una nueva sociedad, si aquellos que mandaban seguían reproduciendo la vieja liturgia que simbolizaba justamente la fuerte jerarquización social que se buscaba dejar atrás. La revolución no era para ellos un mero cambio de mando, era un cuestionamiento profundo a los fundamentos con los que tradicionalmente se sostenía el poder político, y era también la posibilidad de construir un orden social mucho menos desigual. Y aquello, en primer lugar, debía predicarse desde el ejemplo de la clase dirigente.

Finalmente la contradicción hacia el interior de la Junta entre su ala radical y moderada se resolvería con la derrota de Moreno en la votación sobre el carácter con el que se incorporarían los diputados del interior, prevaleciendo la postura de Saavedra y el Dean Funes. La junta provisional se reconvertía en la llamada “Junta Grande” y con ello se daba por tierra momentáneamente la posibilidad de un congreso constituyente. Al perder la votación, el secretario presentaría inmediatamente su renuncia indeclinable, aunque luego accedería a ser enviado a una misión diplomática a Londres, que como sabemos no podría cumplir, ya que moriría en alta mar en extrañas circunstancias.

El “motín de las trenzas” y sus repercusiones en la prensa

Con el alejamiento de Moreno, y con Castelli y Belgrano fuera de la capital al frente de las expediciones militares, la facción radical había quedado muy debilitada, mientras que Saavedra y Funes comenzaron a bajarle los decibeles a la revolución. Como respuesta los seguidores de Moreno se agruparon en un club político, conocido como el Club de Marco, por el nombre del café donde se reunían. Desde esa posición acentuaron sus críticas al gobierno y la lucha facciosa fue creciendo en tensión.

El 5 de abril se produjo una movilización a la Plaza de la Victoria, cuyo componente popular y rural es destacado por todos los documentos -Núñez los llama en sus memorias “hombres de poncho y chiripá” que habrían generado horror en la “gente bien” de la ciudad-, donde se elevó un petitorio a las autoridades por conducto del Cabildo.28 En apoyo del presidente de la Junta y su grupo más cercano, las peticiones exigían, entre otros puntos, tomar medidas drásticas contra los españoles, y la expulsión de los vocales vinculados al club morenista, su destierro de la ciudad de Buenos Aires, y la restitución a Saavedra de los poderes militares sustraídos con el decreto de supresión de honores. El gobierno, que había estado indudablemente detrás del movimiento conocido como “las jornadas del 5 y 6 de abril”, anticipándose a un probable levantamiento de los morenistas, cumplió con las peticiones. Gran parte de la dirigencia revolucionaria que había protagonizado la Revolución de Mayo es apartada violentamente del poder. En sus memorias Juan Manuel Beruti describía a las jornadas como una “contrarrevolución”.29

El rumbo de moderación se profundizaría unos meses más tarde al percibirse la grave posibilidad que un movimiento de pinza sofocase la revolución. A la avanzada portuguesa sobre la Banda Oriental se le sumó la derrota del Ejército del Norte el 20 de junio en la batalla de Huaqui. En este crítico contexto la situación política en Buenos Aires se enrareció y la Junta Grande empezó a ser cuestionada por su inoperancia. El Cabildo porteño forzó entonces a la Junta a delegar el mando el 23 de septiembre en un ejecutivo que supuestamente implicaría una mayor operatividad: el Triunvirato. La Junta Grande, ahora Conservadora, adquiriría el carácter de un legislativo. El nuevo gobierno estaba compuesto por Paso, Chiclana y Sarratea, pero la verdadera “alma mater” sería su secretario: Bernardino Rivadavia. Pocos meses después, era disuelta la Junta Conservadora y expulsados los diputados del interior. El Triunvirato continuó con la línea moderada de su antecesor, manteniendo la postura fidelista en relación a Fernando VII, y el 20 de octubre se pactó con Elio un polémico armisticio, lo que supuso el comienzo de una conflictiva relación de Buenos Aires con los patriotas orientales encabezados por Artigas (Lafit, 2018).

En diciembre la cuestión de la igualdad volvería a tener presencia en el debate público a partir de la publicación de un artículo por parte de Vicente Pazos Silva, flamante redactor de la Gazeta de Buenos Aires, titulado justamente “De la igualdad”.30 Este escrito era en realidad una apropiación de la segunda parte de un artículo del publicista sevillano José María Blanco White titulado originalmente “De los nombres libertad e igualdad” aparecido en los números XVIII y XXII del Semanario Patriótico del 25 de mayo y el 22 de junio de 1809.31 El editor de la Gazeta agrega un párrafo introductorio donde se posiciona claramente en contra de las concepciones radicales que rodean a la idea de igualdad:

No hay nombre tan sagrado en el mundo que esté exento de haber servido repetidas veces para encubrir delitos, y hacer de contraseña a alguna reunión de malvados (…) No es extraño que al eco de esta voz se haya visto á los hombres armarse tantas veces, y destruirse unos a otros en el seno mismo de las sociedades mas cultas. Aun no esta enjuta la sangre que corrió á titulo de establecer esta igualdad absoluta, que halaga a los infelices, estremece á los poderosos, y que miran como imposible los filósofos.32

Como sucedía con otros conceptos como independencia o libertad, la calificación de “absoluta” le cambiaba completamente el sentido, dotándolo de una carga negativa que remitía a algo que se escapaba de lo que era deseable y racionalmente compatible con la “manera natural” en que se organizaban las sociedades.33 El término absoluta hacía referencia en muchos de los casos a los excesos, a la falta de moderación, al desborde de las pasiones.34 El sevillano expone entonces en su escrito sobre lo inútil de la lucha por la igualdad absoluta, y en lo que constituye casi una prédica a aceptar la providencia, afirma que la guerra entre la “clase que nada tiene y la que lo tiene todo” solo trae desgracias, por lo que era conveniente contentarse “con la parte de bienes que según vuestra clase se os deba”. Y a pesar de que prácticamente todo el artículo va en línea con esta idea, cuando el publicista español señala lo injusto del orden social, Pazos Silva procede a extirpar esos apartados, como hace por ejemplo con el siguiente: “La opulencia de las clases superiores del estado, y la facilidad con que se las ve satisfacer hasta sus caprichos, cuando el pueblo apenas alcanza una miserable subsistencia (…)”.35 El artículo original realizaba un diagnóstico claro de la desigualdad social pero aun así terminaba justificando la diferencia de riqueza, incluso la adquirida por nacimiento, y como mucho proponía morigerarla con el objetivo de mantener la paz social:

Para la tranquilidad y orden es necesario que haya una subordinación. Pero igual regla debe dirigir las dos limitaciones de libertad e igualdad. En tanto se puede privar a los hombres de estos naturales derechos, en cuanto sea necesario para el bien de todos. La sociedad que desnivele la suerte de sus individuos más allá de lo que exige la consecución de este objeto quebranta las obligaciones más sagradas, y se prepara su exterminio.36

En todo caso, dice, cuando las leyes son justas, ya que no pueden igualar a los ciudadanos en los bienes, los igualan en el derecho de conservarlos y adquirirlos.37

Si Pazos Silva intervino extrayendo algún párrafo del texto, no fue entonces para modificar sustancialmente una línea ya de por si moderada en términos sociales, sino más bien para profundizarla. El texto original pareciera no tener como objetivo ilustrar sobre los nuevos derechos como otros artículos del sevillano, sino polemizar con algunas concepciones radicales de la igualdad. Misma intención que intuimos en el publicista rioplatense (Lafit, 2018).

La publicación de este artículo respondió seguramente a los hechos sucedidos en Buenos Aires el 7 de diciembre conocidos por la historiografía como el “motín de las trenzas”, protagonizados por los milicianos del Regimiento de Patricios, sin participación de la oficialidad. Justamente en ese mismo número de la Gazeta donde se introdujo el escrito de Blanco White se publicó el bando oficial relatando y condenando lo sucedido.38 Los hechos se dieron en un contexto de extensión de la guerra contra las fuerzas contrarrevolucionarias, que comenzó a complicarse durante 1811, y que generó un proceso de profesionalización de los cuerpos militares. El Triunvirato había buscado limitar a la vez el poder de las milicias urbanas, que no sólo eran un canal de participación de los sectores populares sino que se habían convertido en un elemento decisivo en la lucha facciosa.39 Manuel Belgrano, quien había sido sargento mayor del cuerpo de Patricios cuando éste se formó en 1806, fue nombrado comandante e inició cambios disciplinarios, que no parecen haber sido bien recibidos por los milicianos. Según las memorias de Juan Manuel Berutti, ese 7 de diciembre:

se levantaron los sargentos, cabos y soldados, desobedecen a sus oficiales, los arrojan del cuartel, insultan a sus jefes, y entre ellos mismos se nombran comandantes y oficiales, y se disponen a sostener con las armas, sus peticiones, que hicieron al gobierno por un escrito presentado, en donde pedían una tracalada de desatinos, imposibles de ser admitidos, siendo entre ellos la mudanza de sus jefes, y nombrando a su arbitrio otros.40

Las interpretaciones de los historiadores sobre las causas del motín han sido diversas. Algunos siguieron la explicación que enarboló en ese momento el gobierno y consideraron que se trató de una acción desestabilizadora por parte del saavedrismo desplazado del poder en septiembre, mientras otros pusieron más el acento en la acción espontánea del cuerpo de patricios.41 Lo que desató inicialmente el amotinamiento fue la amenaza de parte de los mandos del Regimiento, Belgrano el principal, de cortarles las trenzas a varios soldados como castigo por ausentarse del cuerpo la noche del 6 de diciembre. En el primer punto del petitorio redactado por los cabos y elevado al gobierno se vislumbra la clave de la protesta: “Que este cuerpo que se nos trate como a fieles ciudadanos libres y no como a tropa de línea”.42 Esto significaba un cambio de estatus muy importante. Entre otras cuestiones, se los podía enviar al frente de guerra contra los lealistas y ya no permanecer en la ciudad. Mientras que los oficiales aceptaron los cambios, que de todos modos les garantizaban su posición, entre los soldados la percepción parece haber sido muy diferente, sintiéndose atacados en sus derechos como milicianos. En el conflicto, como bien refiere Di Meglio, apareció fugazmente la diferencia social entre oficiales y tropas, y esto se expresó a partir de la cuestión de las vestimentas. Cuando el teniente Pérez replicó a un soldado que si cortarse el pelo era una afrenta “el también estaría afrentado pues se hallaba con el pelo cortado”, otro soldado “en tono altanero”, le gritó “que él tenía traje y levitas para disimularlo”.43

Al fracasar la negociación el gobierno se decidió por la represión y tras el ataque de las tropas la sublevación fue rápidamente sofocada, con varios muertos entre los insurrectos.44 Constituyéndose en uno de los primeros antecedentes de una práctica que abarcó todo el período: la rápida y decidida reacción de las autoridades ante los motines liderados por plebeyos. El episodio, señala acertadamente Di Meglio, “marcó el final de las formas de militarización urbana creadas durante las invasiones inglesas, y por ende del relativo grado de democratización que había acompañado a su surgimiento” (Di Meglio, 2006a).

No parecieran haber dudas entonces de las razones que motivaron la publicación en la Gazeta del artículo de Blanco White sobre la “Igualdad” solo unos días después de estos hechos. Las elites políticas, sobre todo sus elementos más moderados, se proponían lograr, utilizando un lenguaje moderno y no sólo ya el religioso, que los sectores subalternos aceptaran la subordinación y la desigualdad social para no tener que repetir regularmente este tipo de derramamientos de sangre. Seguía marcado a fuego en la memoria de las élites criollas la irrupción de los sectores subalternos que habían hecho tambalear el edificio social como el levantamiento indígena andino o la triunfante revolución negra en Haití (Lafit, 2018).

Igualdad, patriotismo y jacobinismo

Promediando el año XI se habían comenzado a reorganizar los desperdigados miembros de la facción morenista perseguidos y desterrados luego de la asonada del 5 y 6 de abril. Aquellos que habían regresado tras los destierros, como Vieytes, Peña, Berutti, Larrea y French, entre otros, constituyeron una nueva Sociedad Patriótica, y con el permiso del Triunvirato y tras la fachada de discusiones literarias, comenzaron a orientar una política que de a poco se fue convirtiendo en franca oposición al gobierno.45 Según un comentario de Vicente Fidel López, la Sociedad se había transformado en “(…) un club político de oposición al gobierno bajo el influjo de los morenistas y Monteagudo”.46 Efectivamente, la llegada de Bernardo de Monteagudo a la capital había sido decisiva en ese rumbo. Su temperamento, sumado a la participación activa que había tenido en el movimiento altoperuano de 1809; su actuación junto a Castelli en la expedición auxiliadora, también en el Alto Perú; y su prédica periodística al frente de la Gazeta desde mediados de 1811, lo habían ido convirtiendo en el tribuno y “ego conductor” de la resucitada Sociedad Patriótica. Su oratoria de amplios gestos y la fogosa contienda ideológica entablada con el editor de El Censor, Vicente Pazos Silva, atrajo a la juventud y sumó adeptos a la Sociedad. Monteagudo se erigió, tanto desde la tribuna de la Sociedad como desde las páginas de la Gazeta, en el continuador y defensor del ideario morenista, convertido ahora en mito de la Revolución (Lafit, 2018).

Una de las continuidades que podemos reconocer en el discurso de Monteagudo en relación al morenista es la asociación que establece entre el patriotismo y ciertas nociones de la igualdad, tanto jurídica como social. Poco a poco el primero de estos conceptos se había ido constituyendo en un componente clave del lenguaje político rioplatense. Como oportunamente marcara Di Meglio (2008), el sentido político de patria se difundió rápidamente en el marco de la crisis revolucionaria que se estaba viviendo. Su sentido ya no se alojaría solo en la tierra donde se había nacido o se vivía, sino también en la causa compartida. No remitía sólo a un campo político particular, tanto para lealistas como insurgentes poseía una connotación positiva, asociándoselo a una virtud en el sentido clásico. Se apelaba usualmente a él con el fin de promover en la población una entrega abnegada a la causa colectiva, y ese sentimiento estuvo detrás y explicó en gran medida la movilización y participación popular en el período. En el campo insurgente, el discurso republicano, fundamentalmente clásico, buscaba politizar e incorporar a la dinámica política a distintos actores, pero para eso debió también interpretar los intereses de los sectores subalternos y resolver algunas de sus demandas (De Gori, 2013).

El patriotismo era un componente central también del discurso lealista, como se puede observar en la Gazeta de Montevideo del 29/10/11 donde su editor Fray Cirilo de Alameda reflexiona sobre el concepto en un artículo plagado de referencias a la historia clásica. En un intento de síntesis concluye que “la verdadera definición del patriotismo es una virtud que autoriza a todos los miembros de la sociedad para sostener su religión, sus leyes, su rey, su gobierno y sus propiedades”.47 El sesgo tradicional se hace visible en la articulación conceptual que realiza, presentándose una noción –que algunos autores han denominado “patriotismo colonial”- asociada a la triada base del orden social de la monarquía española: “la religión, el rey, la patria”. No estaban contempladas en esa definición otras voces como derechos, libertad, nación, etc. (Lafit, 2018).

En la otra orilla del Plata, Bernardo de Monteagudo también dedicó un artículo de la Gazeta de Buenos Aires a intentar darle contenido a la voz patriotismo.48 Para el tucumano es en primer lugar “un hábito producido por la combinación de muchas virtudes, que derivan de la justicia”, y considera que “para amar a la Patria basta ser hombre, pero para ser patriota es preciso ser ciudadano”.49 Ubica al patriotismo en el extremo opuesto al espíritu egoísta y la ambición individual, y aunque entiende que procede de la inclinación al suelo en el que se nació, lo relaciona al interés en la “causa de la humanidad” que sintetiza en la libertad e independencia de los hombres. En un sentido similar al de los liberales peninsulares, el patriotismo constituía una virtud que se encontraba por encima de la monarquía y la religión (Lafit, 2018).

El artículo de Monteagudo tenía como principal objetivo a nuestro parecer convocar a los “buenos ciudadanos”, invocando su patriotismo, a colaborar económicamente con la revolución. Con el Triunvirato como interlocutor, sugiere que, ante la premura de las circunstancias, era viable y hasta legítimo recurrir a “donaciones forzosas” de aquellos vecinos potentados y poco afectos a la revolución (Lafit, 2018). Se pregunta entonces “¿por qué no suplirá el Estado sus urgencias con los caudales de un poderoso, que en nada contribuye; especialmente cuando la constitución protege a sus mismos intereses y puede asegurar el reintegro de su suplemento?”.50 A diferencia de la definición de Alameda, no existe referencia alguna a la religión en el texto, y antes que por el respeto al rey, las leyes o al gobierno, el patriotismo para Monteagudo está mejor explicado por el “amor a la humanidad”, y la patria es pensada como un “espacio para la libertad”. Por otro lado, la propiedad mencionada por el fraile madrileño como uno de los pilares desde donde se sostenía el sistema social y que por lo tanto debía ser preservada por todo patriota que se preciase de tal, era en cambio, para el líder de la facción morenista, factible de ser enajenada en favor de la causa, o sea, de la Patria (Lafit, 2018).

En el número siguiente de la Gazeta Monteagudo profundiza en esa línea recurriendo a ejemplos de la Antigüedad clásica. Para el tucumano las leyes de aquellas civilizaciones aseguraban “los fondos de un propietario, sin darle esperanza de poseer mas dé lo preciso (…) prescribían la igualdad y sencillez en los vestidos y muebles” constituyéndose en “una escuela de sobriedad y el mas poderoso estímulo del patriotismo”. E insiste en la idea de que “cada ciudadano después de consultar sus primeras necesidades, consagrara todo lo superfluo á las urgencias del estado, en vez de fomentar un luxo destructivo”.51 La pequeña propiedad y la sobriedad son señaladas por el dirigente revolucionario como los más firmes pilares de la independencia ática y de la grandeza del pueblo romano.

El artículo no constituye una mera declaración de principios, Monteagudo está cuestionando allí la decisión del Triunvirato plasmada en el “Reglamento del 31 de diciembre” de excluir de las contribuciones (efectuadas a partir de un descuento de los sueldos) a los eclesiásticos. Para el revolucionario era esta clase justamente la que debería contribuir con más razón ya que hasta ese momento era la que

(…) ha disfrutado tranquilamente sus quantiosas rentas, libres de la agitación y del esfuerzo activo con que han contribuido los demás (...) Yo espero que su generosidad y patriotismo los determine a este préstamo extraordinario, haciendo ver que conocen la igualdad de sus derechos y deberes con las demás clases del pueblo. Pero si no lo hacen, el gobierno debe mandarlo, y no hay una razón que lo excuse la justicia y necesidad reclaman esta providencia para subvenir a las urgencias de la patria.52

Estos planteos no tardarán en ser respondidos por Pazos Silva desde las páginas de El Censor, avivándose una vez más la polémica entre ambos publicistas. En una nueva diatriba contra aquellos que según él trataban de copiar las ideas de los “grandes filósofos” sin contextualizarlas con la realidad rioplatense, se muestra preocupado con que el fanatismo genere aquí los mismos males en los que desembocó las Revolución Francesa. Y retomando las referencias a la antigüedad clásica define a los morenistas como espartanistas por sus planteos de austeridad y subordinación de la sociedad a un igualitarismo impuesto desde el Estado: “Quieren que destruyamos a los ricos, a los capitalistas, que acabemos con el comercio. Es verdad que casi todas las familias serían reducidas a la mendicidad; no importa, luego manejarían el arado y serían felices”.53 Más allá del temor a un potencial horizonte igualitarista, que en rigor no era parte del programa de ninguna de las facciones en pugna a esta altura del proceso, lo que Pazos Silva pareciera expresar con sus críticas a los planteos de Monteagudo, es la voz de aquellos sectores acomodados de la sociedad rioplatense que ya no estaban dispuestos a seguir “colaborando” económicamente de la misma manera con la Revolución. La “lucha por la libertad” les estaba resultando demasiado costosa y ya se veía con nostalgia la época donde era posible llevar adelante los negocios en un contexto de mayor serenidad.

Monteagudo y sus observaciones sobre la igualdad

Es en la serie de artículos doctrinarios titulados “observaciones didácticas” donde Bernardo de Monteagudo reflexionaría con mayor detención alrededor del concepto de igualdad, partiendo desde premisas bastante alejadas a las sostenidas por Blanco White y reproducidas por Pazos Silva que pudimos ver en un apartado anterior. El escrito constituye fundamentalmente un manifiesto a favor de la idea de igualdad ante la ley, pieza central del pensamiento liberal que estaba emergiendo por esos años:

Sólo el santo dogma de la igualdad puede indemnizar a los hombres de la diferencia muchas veces injuriosa que ha puesto entre ellos la naturaleza, la fortuna o una convención antisocial (…) Todos los hombres son iguales en presencia de la ley: el cetro y el arado, la púrpura y el humilde ropaje del mendigo no añaden ni quitan una línea a la tabla sagrada de los derechos del hombre. La razón universal, esa ley eterna de los pueblos, no admite otra aceptación de las personas que la que funda el mérito de cada una (…).54

El texto es en sí mismo una denuncia a las situaciones de discriminación sufridas por los criollos en relación a los españoles europeos bajo la dominación colonial, cuando los primeros estaban prácticamente excluidos de la administración: “la sola idea de nuestro origen”, dice, “marchitaba el mérito de las más brillantes acciones”. A diferencia de las definiciones del artículo reproducido por Pazos Silva, el escrito de Monteagudo no tiene como objetivo delimitar el principio de igualdad de sus versiones más radicales, ni justificar la diferencia de riquezas entre los ciudadanos, a la que califica en varios casos como “injuriosa” (Lafit, 2018). Por el contrario, está pensado fundamentalmente como alegato contra aquellos que desde una situación de poder y/o privilegio avasallan los derechos de sus pares bajo pretensión de superioridad:

Tales son los desastres que causa el que arruina ese gran principio de la equidad social; desde entonces sólo el poderoso puede contar con sus derechos; sólo sus pretensiones se aprecian como justas: los empleos, las magistraturas, las distinciones, las riquezas, las comodidades, en una palabra, todo lo útil, viene a formar el patrimonio quizá de un imbécil, de un ignorante, de un perverso a quien el falso brillo de una cuna soberbia, o de una suerte altiva eleva el rango del mérito, mientras el indigente y obscuro ciudadano vive aislado en las sombras de la miseria, por más que su virtud le recomiende, por más que sus servicios empeñen la protección de la ley, por más que sus talentos atraigan sobre él la veneración pública.55

Para el letrado revolucionario son aquellos que “con la espada, la pluma o el incensario en la mano”, creyéndose superiores al resto por razones de cuna o de fortuna conspiran contra el dogma de la igualdad, los que han cubierto “la tierra de horrores y la historia de ignominiosas páginas”, invirtiendo el orden social y “desquiciando el eje de la autoridad del magistrado y de la obediencia del súbdito”.56 No es entonces para Monteagudo la búsqueda de la igualdad la que ha llevado a los excesos, al caos y al desorden social, sino que -en una inflexión roussoneana de su discurso-, el orden de la sociedad se ha trastocado a partir de la acumulación de riquezas y poder por una parte de ella. El filósofo ginebrino en su famoso Discurso sobre el origen de la desigualdad entre los hombres afirmaba:57

(…) la voraz ambición, la pasión por aumentar su relativa fortuna, menos por una verdadera necesidad que para elevarse por encima de los demás, inspira a todos los hombres una negra inclinación a perjudicarse mutuamente (…) de un lado, competencia y rivalidad; de otro, oposición de intereses, y siempre el oculto deseo de buscar su provecho a expensas de los demás. Todos estos males son el primer efecto de la propiedad y la inseparable comitiva de la desigualdad naciente. Los ricos, por su parte, apenas conocieron el placer de dominar, rápidamente desdeñaron los demás, y, sirviéndose de sus antiguos esclavos para someter a otros hombres a la servidumbre, no pensaron más que en subyugar y esclavizar a sus vecinos, semejantes a esos lobos hambrientos que, habiendo gustado una vez la carne humana, rechazan todo otro alimento y sólo quieren devorar hombres.58

La desigualdad social tiene, según Rousseau, unos orígenes y unos fundamentos concretos. Es el producto de un proceso histórico donde son las relaciones e instituciones sociales, las que fueron generando la diferenciación social y la opresión del pobre por el rico, a partir de un pacto injusto convertido en legal.

Son los gobiernos tiránicos, volviendo al escrito del revolucionario rioplatense, los que sólo miran la igualdad “como un delirio de la democracia o como una opinión antisocial”.59 Y aunque es mucho más radical su discurso si lo comparamos con el artículo de Blanco White, marca igualmente un límite a esas pretensiones igualitaristas cuando señala las incuestionables obligaciones que nacen de la relación entre el magistrado y el súbdito:

Pero no confundamos la igualdad con su abuso: todos los derechos del hombre tienen un término moral cuya mayor trasgresión es un paso a la injusticia y al desorden: los hombres son iguales, sí, pero esta igualdad no quita la superioridad que hay en los unos respecto a los otros en fuerza de sus mismas convenciones sociales: el magistrado y el súbdito son iguales en sus derechos, la ley los confunde bajo un solo aspecto, pero la convención los distingue, sujeta el uno al otro y prescribe la obediencia sin revocar la igualdad.60

Al igual que en los escritos peninsulares reproducidos en la prensa rioplatense, existen reparos también en Monteagudo a los “abusos de la igualdad”. Pero esos límites están señalados en este caso en la distinción entre quienes mandan y quienes obedecen, como resultado de las mismas convenciones sociales, y no tanto con el objetivo de justificar la desigualdad de las riquezas, como era el caso del texto reproducido por Pazos Silva. A Monteagudo le preocupan -y recurre a la experiencia de la Revolución Francesa para ejemplificarlo-, los peligros de la democratización de los sectores populares. Es por ello que propone excluir de los derechos de ciudadanía a los que estaban bajo el dominio de otro, así como a los que no acreditasen saber leer y escribir. Sin embargo, es promotor de extender los derechos de ciudadanía cuando critica el reglamento del Triunvirato de convocatoria a la asamblea, donde se privaba del derecho a ser electores a los “labradores y gente de campaña”, y por lo tanto del rango de ciudadanos.61 Como señala Goldman (2000), si la cuestión de la ciudadanía era motivo de polémica entre las facciones, la participación política efectiva de los sectores populares, por el contrario, aparecía para el conjunto reservada a la élite. Los acontecimientos de abril de 1811, al igual que el llamado “motín de las trenzas”, habían alarmado por igual a moderados y radicales.

A comienzos de octubre de 1812, un movimiento revolucionario liderado por los miembros de la Sociedad Patriótica, absorbidos ahora por la Logia Lautaro, dio por tierra con el Triunvirato y formó un nuevo gobierno.62 El llamado Segundo Triunvirato se propuso inmediatamente la necesidad de declarar formalmente la independencia, y para eso convocó al primer Congreso Constituyente que se reunió en el Río de la Plata en enero de 1813. La Asamblea del año XIII, en sus primeros tramos, representó el momento más radical de la revolución. No sólo por haber sancionado la libertad de prensa, la libertad de vientres, la extinción del tributo, la mita y el yanaconazgo, y la supresión de títulos de nobleza, sino también por haber excluido la fórmula de juramento de fidelidad al rey Fernando VII. El proyecto constitucional elaborado por la Sociedad Patriótica y presentado a la consideración de la Asamblea Constituyente se destaca por la originalidad y la riqueza de fuentes que maneja.63 A diferencia del proyecto de la comisión oficial, dedica dos capítulos a la declaración de los derechos individuales, emparentándose con las declaraciones francesas y distanciándose de esa manera del modelo español, que los incluye a lo largo de todo el articulado. En este mismo sentido, el proyecto sí hace referencia al derecho a la igualdad omitido por las Cortes, y deja claramente establecido que “todo hombre gozará de estos derechos en la Provincias Unidas sea americano o extranjero, sea ciudadano o no”.

Sin embargo, a lo largo del año XIII podemos percibir una paulatina pero continua concentración del poder político en la Logia, bajo el entendible argumento de proseguir con la lucha por la independencia de manera más eficaz, pero que se vio igualmente facilitado por aquellas concepciones elitistas que reservaban la acción política a los sectores ya movilizados. La máxima “trabajar todo para el pueblo, y nada por el pueblo” que utiliza el Dean Funes en un manifiesto que acompaña la proclamación de la Constitución de 1819, pareciera ser el axioma al que fue confluyendo el conjunto de la elite porteña, fundamentalmente tras la irrupción del artiguismo como fenómeno social y político.64 Pero este viraje hacia posiciones más moderadas de la Logia y la Sociedad Patriótica no solo se explica por el surgimiento de esta experiencia en el litoral rioplatense. Los avances anti napoleónicos en Europa cuestionaban cada vez más la ideología revolucionaria y republicana de aquella facción, forzándolos a tomar el camino de la moderación (Goldman, 2000).

Consideraciones finales

Para quienes no están familiarizados, la cita que da título a este artículo es uno de los versos iniciales que componen el Himno Nacional Argentino. La letra fue compuesta por Vicente López y Planes en 1812 y al año siguiente a pedido de la Asamblea del Año XIII Blas Parera le puso música estrenándose en el tercer aniversario de la Revolución de Mayo con el título de Marcha Patriótica. El objetivo de la Asamblea con la creación de la Marcha era insuflar el espíritu de la población en el contexto de guerra abierta con la metrópoli, buscando además que fuera un símbolo que facilitara la cohesión de los territorios del antiguo ex virreinato, en el camino de la misión principal que tenía este congreso de dar una constitución a las provincias rioplatenses. No es casual que el concepto de igualdad tuviera ese lugar destacado en la estrofa inicial del Himno, ya que como señalamos anteriormente fue el sector más radical de la elite revolucionaria quien tenía el control de la Asamblea y buscó imprimir en la Marcha varias de las ideas fuerzas que definían su programa político.

Los que llevaron adelante la revolución, fundamentalmente su ala más radical, entendían que se trataba de algo mucho más trascendente que un mero cambio institucional o una ruptura de vínculos con la metrópoli, ésta debía transformar a la sociedad haciéndole conocer al pueblo sus verdaderos derechos y de esa manera sentar las bases para poder conquistarlos (Lafit, 2018). Y más allá que es necesario destacar la trascendencia diferenciada que el concepto de igualdad adquiere cuando sobrepasa la letra de molde y se traduce en medidas concretas de gobierno, en tanto implica la posibilidad de modificación de la institucionalidad o los comportamientos sociales; su utilización en la prensa, muchas veces en un sentido pedagógico, buscaba movilizar y sentar las bases en la opinión pública para que estas trasformaciones pudieran efectivamente llevarse adelante. Las voces libertad, igualdad, seguridad y propiedad comenzaron a ser moneda corriente en los periódicos, ensayos y proclamas en el Rio de la Plata. Pero mientras que la igualdad jurídica, que implicaba una absoluta novedad para la época, contó con un consenso prácticamente sin fisuras como valor esencial para la construcción de la nueva sociedad proyectada por el conjunto de la dirigencia revolucionaria, la igualdad de hecho, es decir aquella que remitía a las condiciones materiales de vida, despertó fuertes polémicas entre los letrados patriotas. Era considerada por muchos, sobre todo por el sector moderado, no solo como impracticable sino como indeseable y hasta atentatoria del orden social y la posibilidad de construir un régimen político estable, del que apenas se estaban sentando las bases. La experiencia francesa en numerosas ocasiones era traída a colación para invocar los peligros que significaba despertar en las clases populares la aspiración a la igualación en la posesión de los bienes, pero también en la igualdad de posibilidades de intervención activa en la política.

En las fuentes del periodo analizado el uso más recurrente del concepto por parte de los letrados criollos aparece ligado al reclamo de correspondencia de derechos políticos entre peninsulares y americanos. A la denuncia por la discriminación que sufrían los criollos en el acceso a los cargos de la burocracia virreinal, que se había acentuado en las últimas décadas del régimen colonial, se le sumaban ahora el reclamo porque sean reconocidas las juntas americanas en pie de igualdad con sus homólogas peninsulares. Además, la menor representación otorgada a los habitantes del nuevo mundo tanto en la Junta Central como en las Cortes de Cádiz se fue constituyendo en el motivo principal de la impugnación de su legitimidad. La desigualdad impuesta por la metrópoli, que los revolucionarios ahora remontaban hasta el tiempo de la conquista de América, se estableció como el argumento principal para el desconocimiento de la autoridad metropolitana, y abría el camino para un horizonte autonomista/independentista.

El sector más radical de la dirigencia revolucionaria enarboló un discurso que extendió la igualdad de derechos a los pueblos indígenas, como parte de una estrategia que buscaba sumarlos a la causa revolucionaria contra las autoridades coloniales, pero también por la convicción íntima que la revolución venía a terminar con la opresión a la que habían estado sometidos los últimos 300 años. Aunque fue más lo que permaneció en el plano discursivo, la facción morenistas se animó a traducir en medidas concretas esa voluntad igualitarista. Sin embargo, como señalamos, esta se restringió a las poblaciones indígenas peruanas y altoperuanas mientras se dejaban de lado los pueblos sometidos de las intendencias al sur del Alto Perú como a los indios incorporados a la vida de la ciudad capital y sus aledaños.

A pesar de las múltiples recepciones y reapropiaciones locales del pensamiento europeo, es innegable que la obra de Rousseau tuvo un papel privilegiado en la construcción del significado del concepto igualdad en los escritos de Moreno y Monteagudo. Pero al igual que sucedió con otros fundamentos científicos, filosóficos o políticos, los debates alrededor de la noción de la igualdad penetraron en gran medida en el virreinato a través del tamiz peninsular. Con el contexto cultural hispánico de trasfondo, se produjo la incorporación de ciertos contenidos generales de la ilustración europea, en particular la francesa y peninsular, a través de una receptividad que era a la vez un claro ejercicio de adaptación reflexiva. En el contexto de la revolución hispánica, donde la península se constituyó en un primer momento en el epicentro político e ideológico del proceso, se produjo una destacada circulación de escritos, procedentes en su mayoría de España, y difundidos vigorosamente en América, que contribuyeron a la conformación de una conciencia pública y una movilización de voluntades en la línea de tensión que la etapa marcaba (Lafit, 2018). De nuestro trabajo puede desprenderse que en esos primeros años al menos la facción revolucionaria morenista fue más allá en sus planteos de corte igualitaristas que sus pares peninsulares, más preocupados éstos porque el proceso peninsular no desembocara en situaciones de desborde social como se habían vivido en la Francia revolucionaria, misma preocupación de la que se hicieron eco como pudimos ver los moderados rioplatenses. Justamente estos últimos se valieron de los escritos peninsulares para entablar el debate sobre el rumbo de la revolución con el sector más radical.

La movilización popular inaugurada con las jornadas de mayo fue inaudita y en varias ocasiones marcaría ciertos rumbos de la revolución. La crisis metropolitana además de generalizar la vigencia de un principio de legitimidad como era la retroversión de la soberanía, un modo de institucionalizarlo como fue el juntismo, y diferentes vertientes ideológicas y lenguajes políticos como el liberalismo, generalizó también un formato de acción colectiva política que tuvo un papel central en la “eclosión juntera” como fueron las experiencias tumultuarias. Aun limitada, la politización y participación popular fue un hecho rico en consecuencias no solo en la dinámica política del proceso sino también en el plano de los lenguajes políticos, como pudimos ver en el debate sobre el concepto de igualdad al calor de eventos como el llamado “motín de las trenzas”. El avance del sentimiento igualitarista, fogoneado por un sector de la minoría letrada revolucionaria, junto con el patriotismo, serían las dos fuentes más destacadas de la participación y politización popular (Lafit, 2018).

Hacia finales del año XIII la facción revolucionaria no solo fue perdiendo sus bríos independentistas de comienzos del año sino también algunas de esas aspiraciones “igualitaristas” que el morenismo fundacional había sabido encarnar. El conflicto con la “democracia bárbara” que expresaba el artiguismo, sumado a sus reclamos federalistas, ponían en tensión el discurso revolucionario de los porteños, moldeándolo de tal manera que iba limando sus aristas más radicales. En el discurso original de los morenistas como pudimos constatar, lo liberal estaba asociado con la igualdad, pero hacia fines del XIII y sobre todo a partir de la asunción de Gervasio Posadas como director supremo, el impulso igualitario se va a ir desdibujando. Algunos de ellos, como Monteagudo, terminarían abjurando del mismo, por lo que el repertorio liberal se orientaría hacia una idea más vinculada al orden institucional, en tres grandes líneas: defensa de las garantías, libertades o derechos individuales; la institucionalización del poder en un régimen republicano y representativo, y en relación a ambas, la necesidad de limitar el poder político para así lograr esas libertades (Wasserman, 2012). Este cambio también se puede observar en la forma en que se fue reestructurando la elite dirigente. El estrechamiento de la base del poder revolucionario con el paso de la Sociedad Patriótica, cuyos fines pasaban por el esclarecimiento ideológico, a la Logia Lautaro, cabal ejemplo de una maquinaria de dominación política, monopolizada ahora por el alvearismo, muestra a las claras dicha necesidad de preservación.

Si el pensamiento revolucionario de la dirigencia rioplatense había sido más radical que el peninsular, por lo menos en su variante morenista, con claras tendencias hacia un sistema republicano de gobierno y con un impulso igualitarista mucho más marcado; a partir de 1814, justo cuando en España era restaurado Fernando VII, la deriva conservadora que fue sufriendo lo terminaría acercando a sus pares españoles, en esos momentos duramente perseguidos por la reacción absolutista.65 Claramente el cambio en la coyuntura local y el contexto internacional, marcado por el Congreso de Viena, había incidido mucho más en este viraje que la recepción de autores y libros de corrientes ideológicas contrarrevolucionarias (Lafit, 2018). No es casual entonces que mientras en la Banda Oriental y parte del Litoral las ideas de igualdad se fueran materializando en actos concretos a partir de la experiencia artiguista, en Buenos Aires en cambio, el discurso igualitarista vaya perdiendo fuerza y predicamento.

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Notas

1 El presente artículo es parcialmente una reescritura de resultados publicados oportunamente en mi tesis doctoral (Lafit, 2018).
2 Pocock (1989); Koselleck, (1993); Fernández Sebastián y Fuentes, (2002); Goldman, (2000; 1989); Palti (2006).
4 Erróneamente, el secretario de la Junta adjudica el ensayo a Gaspar de Jovellanos por entender que la profundidad de los pensamientos allí contenidos y la similitud estilística con la célebre Ley Agraria no dejaban lugar a dudas. La historiografía en general ha incurrido en el mismo error, o en algunos casos, tomando en cuenta las notables contradicciones conceptuales entre éste y el pensamiento de Jovellanos, han aventurado que podría provenir de la pluma de José María Blanco White, dada su recurrente recepción en la prensa rioplatense. Sin embargo, como ha demostrado la investigación de Patricio Clucellas (2011), se trata en realidad de un escrito del turolense Antonio de la Peña y García, catedrático de geografía de la Sociedad Económica de Valladolid.
5 Gazeta de Buenos Ayres (8). 26 de julio de 1810. Pp. 230-231.
6 Gazeta de Buenos Ayres (8). 26 de julio de 1810. P. 232.
7 Gazeta de Buenos Ayres (8). 26 de julio de 1810. Pp. 232.
8 “Informe sobre la Ley agraria” (1795). Citado en Fernández Sebastián y Fuentes (2002).
9 El Robespierre español: 182. Citado en Fernández Sebastián y Fuentes (2002).
10 Babeuf, François-Noël (1975). “El manifiesto de los plebeyos y otros escritos”. El tribuno del pueblo. México: Ediciones Roca, p. 33.
11 Babeuf, François-Noël (1975). “El manifiesto de los plebeyos y otros escritos”. El tribuno del pueblo. México: Ediciones Roca, p. 36.
12 “Constitución para la nación española” (1809). Citado en Fernández Sebastián y Fuentes (2002).
13 Gazeta extraordinaria. 6 de noviembre de 1810. Pp. 572-573.
14 Gazeta extraordinaria. 13 de noviembre de 1810. P. 601.
15 Para profundizar sobre el problema de la desigualdad entre los pueblos americanos y peninsulares en el contexto revolucionario rioplatense, y las posiciones esgrimidas tanto por el sector moderado como el radical, véase Lafit (2018).
16 Gazeta extraordinaria. 13 de noviembre de 1810. P. 601.
17 Gazeta extraordinaria. 13 de noviembre de 1810. P. 602.
18 Gazeta extraordinaria. 25 de septiembre de 1810. P. 429.
19 Rousseau, Jean Jacques (1923). Discurso sobre el origen de la desigualdad entre los hombres. Edición castellana de Angel Pumarega. Madrid: Calpe, p. 26.
20 Gazeta de Buenos Ayres (2). 14 de junio de 1810. p.43.
21 Rousseau, Jean Jacques (1968). Contrato Social. Edición castellana de Fernando de los Ríos. Madrid: Espasa-Calpe, p. 9.
22 Para profundizar en el accionar de Castelli durante su misión en el Alto Perú, recomendamos leer la excelente biografía de Fabio Wasserman (2011).
23 Se dice que no dejaba agacharse a los indios cuando lo saludaban estrechándolos en un fuerte abrazo. Tanto afecto logró entre el pueblo quechua que lo llegaron a considerar el nuevo Inca o por lo menos su pariente o aliado.
24 “El Excmo. Señor Representante de la Junta Provisional Gubernativa del Rio de la Plata a los indios del vireynato del Perú”. Citado en Soux (2010: 128).
25 En la Gazeta de Buenos Ayres (33) del 24/1/11 se publica un oficio de la Junta Grande a Castelli con las instrucciones para la elección de los diputados indígenas. En la introducción se afirma que los indios son ciudadanos desde siempre por las Leyes de Indias, y que la Junta lo entiende así para el Congreso Nacional. Gazeta de Buenos Ayres (33). 24 de enero de 11. Pp. 57-58.
26 El potosino Salvador Matos, en una carta del 5 de marzo en la que alababa el proyecto de que los naturales eligieran a sus diputados, le sugería a Castelli entre otras cuestiones que fueran los ayllus las unidades a partir de las cuales debía iniciarse el proceso electoral pues estas representaban mejor su organización social (Wasserman, 2011).
27 Gazeta extraordinaria, 8 de diciembre de 1810. Pp. 711-713.
28 “Se apeló a los hombres de poncho y chiripá contra los hombres de capa y de casaca” Núñez, Ignacio, “Noticias históricas”, Biblioteca de Mayo, tomo I, p. 452. Un análisis más extenso de estos hechos en Di Meglio (2006a).
29 Beruti, Juan Manuel (2001). Memorias curiosas. Buenos Aires: Emecé.
30 Vicente Pazos Silva (o Pazos Kanki) se hizo cargo de la edición de la Gaceta de Buenos Ayres el 5 de noviembre de 1811, cuando la publicación varió su formato y se anunció que se publicarían dos números semanales (martes y viernes). Nacido en el Alto Perú, su labor como publicista en el Rio de la Plata se destacó por las posiciones políticas moderadas contenidas en sus artículos y su encendida polémica con el otro editor de la Gazeta Bernardo de Monteagudo.
31 Pazos Silva utiliza el texto para confeccionar dos artículos: el primero de ellos, bajo el título “Política”, reproduce las consideraciones sobre el concepto de Libertad, publicado en la Gazeta del 5 de noviembre de 1811; el segundo, “De la igualdad”, fue publicado en la Gazeta del 10 de diciembre de 1811. Como ya ha demostrado Alejandra Pasino, durante su dirección de la Gazeta, o en su propio periódico El Censor, Vicente Pazos Silva recurrió en varias oportunidades a la apropiación de artículos de Blanco White –como también de Manuel Quintana- sin hacer referencia a su autoría (Pasino, 2018).
32 Gazeta de Buenos Ayres (11). 10 de diciembre de 1811. P. 45
33 Con la voz independencia se da uno de los casos más paradigmáticos del cambio de sentido al acoplársele el calificativo de absoluta. Recién en ese caso era entendida como la ruptura de los lazos con la metrópoli, porque a secas podía ser sinónimo de autonomía u autogestión.
34 En la Encyclopédie la entrada “Igualdad”, obra de Louis de Jaucourt, tenía la siguiente aclaración: “Sin embargo, no se me haga el agravio de suponer que, por espíritu de fanatismo, aprobara yo en un Estado la quimera de la igualdad absoluta, que aun a duras penas puede darse en una república ideal; no hablo aquí más que de la igualdad natural de los hombres”.
35 Semanario Patriótico. 22 de junio de 1809. P. 125.
36 Gazeta de Buenos Ayres (11). 10 de diciembre de 1811. P. 45
37 Gazeta de Buenos Ayres (11). 10 de diciembre de 1811. P. 46.
38 Gazeta de Buenos Ayres (11). 10 de diciembre de 1811. P. 47. También debían seguir pesando los sucesos del 5 y 6 de abril, que habían causado mucho impacto en la elite porteña, preocupados por la fuerte movilización de sectores de la plebe.
39 Los jefes de estas milicias, elegidos en aquellos años por la misma tropa, competían ahora con los grupos más encumbrados, funcionarios de alta jerarquía y grandes comerciantes, por prestigio y poder. Había surgido así un nuevo canal de comunicación entre la plebe urbana y la elite local, anudando lazos por fuera del orden imperial, que serían decisivos en las jornadas de Mayo de 1810. Esos lazos señala Di Meglio: “se establecían entre la tropa y la oficialidad, especialmente intensos dado que ésta era elegida en los nuevos cuerpos por votación de los soldados. Ese sistema democrático tuvo corta vida, pero en el breve lapso en el que funcionó no implicó un ascenso para miembros de la plebe, sino que la mayoría de los elegidos fueron miembros de la gente decente, que reflejaban su ascendiente social en su elección. Sin embargo, en algunas ocasiones debieron manipular la votación para ganar: Manuel Belgrano modificó una dirigiendo él mismo el recuento de sufragios y logró así que no triunfaran dos "hombres oscuros". Pero a diferencia de la oficialidad, las tropas de los cuerpos criollos (patricios, arribeños, castas, granaderos) estaban compuestas en su gran mayoría por miembros de la plebe”. (2006a: 153)
40 Beruti, Juan Manuel (2001). Memorias curiosas. Buenos Aires: Emecé, p. 191.
41 Más allá de la evidente conexión de los Patricios con Saavedra y de la posibilidad que algunos de los diputados impulsaran el levantamiento del cuerpo para desestabilizar al nuevo gobierno, no existen otros indicios que permitan corroborar las acusaciones de los documentos oficiales. En su libro El motín de las Trenzas, Ernesto Fitte (1960) afirma que a pesar de no haber declaraciones en el expediente judicial que ratifiquen dicha versión, la causa contra el Deán Gregorio Funes mostraría las raíces políticas del levantamiento patricio.
42 Citado en Di Meglio (2006a: 120).
43 Citado en Di Meglio (2006a: 122).
44 La cruenta represión -al menos ocho de los rebeldes murieron en el combate- se cerró con un proceso judicial cuya sentencia, firmada por el Triunvirato, estableció la degradación y la pena de muerte para los once cabecillas -ninguno de ellos era llamado don, título que sí recibían los oficiales del cuerpo-, arrestos y confinaciones para los demás participantes, el indulto general para los fugados durante el motín, la disolución de las compañías que iniciaron el conflicto y el cambio de nombre y uniforme del cuerpo.
45 Junto a ellos se fueron sumando otros actores como Julián Álvarez, Valentín Gómez, Francisco Planes y Manuel Moreno.
46 López, Vicente Fidel (1926). Historia de la república argentina. Su origen, su revolución, su desarrollo político hasta 1852. Tomo IV. Buenos Aires: La facultad, p. 16
47 Gazeta de Montevideo. 29 de octubre de 1811. P. 390.
48 Este artículo aparece, y creemos que no casualmente, la semana inmediatamente anterior al anuncio de la conformación de la Sociedad Patriótica, que él mismo lidera y que reagrupa al morenismo revitalizado.
49 Gazeta de Buenos Ayres (18). 3 de enero de 1812. P. 79.
50 Gazeta de Buenos Ayres (18). 3 de enero de 1812. P. 80.
51 Gazeta de Buenos Ayres (19). 10 de enero de 1812. P. 90.
52 Suplemento Gazeta. 10 de enero de 1812. P. 93.
53 El Censor (4). 28 de enero de 1812. P. 14.
54 Gazeta de Buenos Ayres (25). 21 de febrero de 1812. P. 131.
55 Gazeta de Buenos Ayres (25). 21 de febrero de 1812. P. 131.
56 Gazeta de Buenos Ayres (25). 21 de febrero de 1812. P. 131.
57 Rousseau, Jean Jacques (1923). Discurso sobre el origen de la desigualdad entre los hombres. Edición castellana de Angel Pumarega. Madrid: Calpe.
58 El Discurso sobre el origen de la desigualdad entre los hombres, publicado en 1755, también conocido como el “Segundo Discurso”, comenzó a circular rápidamente en España y ya en 1756 fue incluido en el Index- el índice de libros prohibidos de la Inquisición española-. En 1803 aparece la primera traducción al español, por ciertos giros idiomáticos presumiblemente realizada por un hispanoamericano (Carozzi, 2011).
59 Gazeta de Buenos Ayres (25). 21 de febrero de1812. P. 131.
60 Gazeta de Buenos Ayres (25). 21 de febrero de 1812. P. 132.
61 Gazeta de Buenos Ayres (26). 28 de febrero de1812. P. 136
62 La Logia estaba compuesta por varios oficiales americanos que habían pasado su juventud formándose en el ejército español, como José de San Martín y Carlos de Alvear, que habían desembarcados en el puerto de Buenos Aires a comienzos de 1812. Esta logia poseía un carácter secreto, conspirativo, orden jerárquico, disciplina y código de pertenencia. Su juramento y razón era la defensa de la Patria y la lucha por la Libertad, la Igualdad y Fraternidad.
63 “Proyecto de Constitución para las Provincias Unidas del Rio de la Plata en la América del Sud”. En Ravignani (1937-39).
64 El alejamiento de San Martín de la capital, abocado de lleno ya a la campaña americana, permitió la hegemonía de Alvear dentro de la elite dirigente, liderazgo que fomentó dicho estrechamiento y agudizó las contradicciones con el artiguismo. Las dos tendencias dentro de la Logia habían estado presentes casi desde su misma constitución, pero durante la Asamblea del año XIII se fueron profundizando. El rechazo a los diputados de Artigas es también un golpe al proyecto de San Martin, ya que varias de las instrucciones se hallaban de acuerdo con el plan amplio y originario de la Logia.
65 Como pudimos ver existieron vertientes radicales del liberalismo peninsular como es el caso de Flórez Estrada, con una clara impronta igualitarista, pero a diferencia del Rio de la Plata estas nunca estuvieron al frente de la conducción del proceso revolucionario.
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