Artículos de investigación
Recepción: 19 Octubre 2021
Aprobación: 19 Noviembre 2021
Resumen: La implementación del desarrollo en la ciudad está generando graves afectaciones psicosociales, rupturas familiares y del tejido social, destruye la memoria de las comunidades, atenta contra el sentido mismo de la participación democrática, impacta las redes de subsistencia y economía propia, golpea la credibilidad de los ciudadanos en las instituciones y amplía las brechas de desigualdad en Medellín.
Palabras clave: desigualdad, Desarrollo urbano, Plan de ordenamiento territorial, Víctimas del desarrollo, Ciudades, Megaciudades, Medellín.
Abstract: The implementation of development in the city is generating serious psychosocial effects, ruptures in families, and the social fabric. It destroys the memory of communities, attacks the very meaning of democratic participation, impacts subsistence, and economic networks, undermines the credibility of citizens in institutions, and widens the inequality gap in Medellin.
Keywords: Inequality, Urban Development, Land Use Plan, Victims of Development, Cities, Megacities, Medellin.
Introducciónii
La implementación de proyectos de infraestructura de gran escala, impulsados por los diferentes gobiernos nacionales en los últimos años no responde a prerrogativas de sostenibilidad ambiental, equidad económica y social y, por el contrario, han intensificado la práctica de nuevos proyectos de desarrollo amenazando gravemente el goce y disfrute de los derechos humanos de las comunidades asentadas tanto en zonas rurales y urbanas (Martínez, Villa Holguín & Insuasty Rodríguez, 2021)
Particularmente, la ciudad de Medellín, se ha convertido en territorio de explotación urbanística, en una ciudad en constante construcción y reconstrucción, según las visiones de los gobiernos de turno, promoviendo considerablemente el auge del desarrollo urbanístico y la renovación urbana.(Gelacio Panesso, Martínez Hincapié & Wolf Amaya, 2019)
La implementación del Plan de Ordenamiento Territorial está generando graves afectaciones a familias, comunidades, redes de apoyo, tejido comunitario, todas silenciadas y cubiertas con el macro relato de la resiliencia de la violencia, un asunto que es necesario profundizar develando el daño, el sentido y lógica mercantil, una gestión social del despojo, todos asuntos que dejan la pregunta: ¿una ciudad para quién? (Arango & Insuasty Rodríguez, 2021).
Antecedentes
En el 2016 ante los constantes reclamos de comunidades afectadas por la implementación de obras de desarrollo urbano y la falta de respuestas institucionales y de un adecuado cubrimiento mediático y trato en los entes de control y toma de decisión gubernamental institucional, decidimos como alianza Comunidad – Universidad realizar el I Encuentro de comunidades afectadas por el desarrollo a nivel nacional, evento que luego se siguió realizando enfocando la mirada en los impactos del desarrollo urbano en la ciudad de Medellín, a 2021 ya hemos realizado cinco Encuentros.
De estos espacios se logra recabar información esencial para dar cuenta de éste fenómeno e incidir y apoyar la realización de varios debates en el Concejo de Medellín con el liderazgo de la entonces concejala Luz María Munera, gracias a estos debates y diversos escenarios de movilización, se logró aportar en el proceso de promulgación de la Política Pública de Protección a Moradores y Actividades Económicas y Productivas (PPPMAEP) (2018-2019).
Vale decir que en el 2017 se realizó un proceso formativo con comunidades afectadas por el desarrollo Urbano en Medellín, se reitera ante la masiva respuesta a este proceso formativo, que se trataba de un fenómeno en crecimiento en la ciudad y poco atendido por la instituiconalidad.
En el año 2019 (17 de octubre) se logra elevar el debate a instancias Nacionales, se realiza así una Audiencia Pública “Víctimas del desarrollo y protección a moradores. Medellín” en el auditorio principal de la Universidad de San Buenaventura Medellín, sector San Benito, una audiencia convocada por el Representante a la Cámara por Antioquia Omar Restrepo del Partido Comunes. El propósito fue debatir en torno a las afectaciones y vulneraciones de los derechos económicos, sociales, culturales y ambientales de la implementación del Plan de Ordenamiento Territorial (POT) de Medellín y allí entre otras, quedó la tarea de dar inicio a una Mesa de Interlocución entre comunidades afectadas y la administración pública local. (Mesa, Londoño Días, Insuasty Rodriguez, Borja Bedoya, Valencia Grajales, et al, 2019).
A la par, durante este proceso de incidencia y reclamo de derechos, se han publicado diferentes artículos en revistas especializadas en Ciencias Sociales y Humanas a nivel nacional e internacional y dos Libros que recogen esta dura realidad desde una mirada académica e investigativa. Se entregó un informe de este fenómeno a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en el año 2019, informe que alimentan el ya presentado en el año 2014. (Osorio Alvarez, Insuasty Rodriguez, Mesa Duque,Valencia Grajales & Borja Bedoya, 2019).
Durante el 2020 y 2021 durante la Pandemia Covid19 los procesos organizativos se debilitaron, pero de manera absurda la oficialidad no detuvo su proceso de afectaciones a comunidades. Siguieron realizando llamadas y presiones indebidas contra todo aviso de humanidad.
De igual manera, las poblaciones afectadas por el desarrollo urbano no se detuvieron, el reto ahora era superar la barrera del confinamiento, lo que requirió de estrategias de uso y manejo de las Tics por parte de dicha población, se rediseñó el proceso de acompañamiento de retoma de los encuentros de manera virtual, donde se vivenciaron otros aprendizajes de re-encuentro y activación de valores solidarios y de apoyo, así mismo se fueron integrando nuevos líderes de nuevos procesos y con las mismas afectaciones.
En el segundo semestre de 2020 se proyectaron nuevamente acciones organizativas, entre ellas retomar los compromisos adquiridos en la Audiencia Pública del 2019 antes de la Pandemia. (Barrera Machado & Insuasty Rodríguez, 2020)
En el año 2021, una vez se retoma paulatinamente la presencialidad, se avanza en los procesos de exigibilidad de derechos, en tanto la locomotora del desarrollo urbano y sus impactos no se detuvieron durante el confinamiento, sacando provecho de las circunstancias, en la dificultad o limitada capacidad de respuesta de las comunidades organizadas para manifestar su resistencia. En este contexto se proyecta y convoca la Mesa de interlocución como una tarea pendiente derivada de la Audiencia pública (2019).
Esta Mesa de interlocución, fue convocada e instalada finalmente el sábado 31 de julio de 2021 en el Auditorio Torre de la Memoria de la Biblioteca Pública Piloto, con el propósito de buscar alternativas a las acciones del desarrollo que están afectando a los habitantes de la ciudad. Se congregaron allí, representantes de las comunidades San Luis, La Paralela, Moravia, Chagualo, El Volador, Vecinos de la 80, La Familia de la calle, el Movimiento por el Aire y la Salud Pública, entre otros procesos articulados en lo que, en 2019, ya se conocía como el Movimiento por el Derecho al Campo y la Ciudad. Tejido urbano popular que recoge intenciones de reivindicación y resistencia de la población moradora en condición de víctima del desarrollo en Medellín y el área metropolitana.
Este escenario de interlocución, contó además con la presencia de delegados del Instituto social y de vivienda y Hábitat (ISVIMED), la Empresa de Desarrollo Urbano (EDU), El Metro de Medellín, la Subsecretaría de Construcción de Paz Territorial, La Personería, la Procuraduría Provincial del Valle de Aburrá, entidades que frente al llamado de las comunidades asumieron el compromiso de continuar participando del espacio, reconociendo que el desarrollo de Medellín no puede ser una causal de daños en las comunidades y ratificando la voluntad de buscar un bienestar general en el marco de la necesaria implementación de los acuerdo de Paz firmados y la concreción de una Paz Urbana. (Martínez, Villa Holguín & Insuasty Rodríguez, 2021).
Ciudad Neoliberal – Caso Medellín
El espacio es factor y estructura determinante de la transformación social. La racionalización y el orden del espacio entendido como suelo transable en el mercado ha exigido una disciplina fiel a la modernidad eurocéntrica donde se ofrece-impone como punto de partida una “cierta visión del progreso” a partir de la planificación urbana (Castrillón y Cardona, 2014, p. 20).
Para el caso de Medellín, las funciones de control, circulación dirigida, periferización, higienización y diferenciación, de modernización e innovación que influencian los primeros escenarios planificadores de la ciudad de Medellín a finales del siglo XIX evidencian la necesidad de extender dichas premisas a sus habitantes con el fin de recrear un espacio más racional y estético (Castrillón y Cardona Osorio, 2014). Posteriormente, el éxodo asociado a la situación de violencia generalizada y a las promesas de la industrialización en Medellín durante la década de los 70 y 80 estuvo marcado por las grandes cantidades de mano de obra no calificada que no encontraron puestos de trabajo y que habiendo renunciado a su tierra sin opciones de regresar, muchos optaron por acomodarse en los espacios que estaban disponibles (aparentemente libres para construir) en las ciudades; Medellín fue uno de esos centros urbanos que se empezó a construir a partir de la informalidad y las ingentes cantidades de personas que llegaban a los espacios citadinos para ocupar terrenos fiscales o privados a partir de los “tugurios”, asentamientos informales y la “urbanización pirata”. Desde luego esto generó territorialidades diversas y discordantes con la propuesta modernizante de planificación urbana que ahora se pretende “subsanar”.
El nuevo marco constitucional de 1991, los cambios propios del ajuste institucional, económico, político y social de la fase neoliberal mediante la globalización y la financiarización de los mercados han concluido en la ley 388 de 1997 que da origen a nuevos parámetros de orden del espacio apuntando al suelo como el generador de la riqueza y progreso social y con ello a grandes cambios que desataran desencuentros y tensiones por definir qué se valora del espacio y quiénes sufrirán las consecuencias como daños colaterales o sacrificados del “desarrollo”. De esa forma, la propiedad privada es el anclaje principal y con ello obras públicas, programas de renovación urbana y macro-proyectos urbanos se convierten en patrones de erradicación de la informalidad, orden del espacio popular y mercantilización de todas las formas de apropiación de la territorialidad.
La “revalorización” del Río Medellín que justifica el documento BIO2030 parte de la “pérdida de atractivos” y la “desvalorización del suelo” que la institucionalidad asocia a “las funciones que la ciudad hoy demanda” (Alcaldía de Medellín y Área Metropolitana del Valle de Aburrá, 2011, p. 156), con ello ocurre una asignación de valor y legitimidad construida que no responde necesariamente a las intenciones de “la ciudad” (categoría carente de significado determinada por dinámicas comerciales preferentemente). Por el contrario, lo que se puede determinar del discurso de BIO2030 es la intervención agresiva de lugares informales y la cualificación (como atractivo para el mercado) del territorio para dotarlo de nuevos significados concentrados en las márgenes del Río Medellín y especialmente en las laderas y zonas marginadas, donde existen manifestaciones de subjetividad política de supervivencia, resistencia y relacionamiento estratégico con su territorio (Alcaldía de Medellín y Área Metropolitana del Valle de Aburrá, 2011, p. 157).
Metodología
Este proceso de investigación está sustentado en el acompañamiento, coordinación y sistematización de las sesiones derivadas de la Mesa de Interlocución entre victimas del Desarrollo y la Administración Municipal de Medellín desarrollo del acuerdo asumido en octubre de 2019 (ante de la Pandemia Covid19) de la Audiencia Pública que para tratar este tema citó el Representante a la Cámara Omar Restrepo (Congreso de la República). Dicha mesa se prolongó es su ejecución por el periodo de confinamiento que significó el brote de Covid19 en el mundo, así la Mesa se retoma y desarrolla el 31 de julio al 27 de noviembre de 2021 en la ciudad de Medellín.
Se asumió un enfoque metodológico cualitativo, en tanto buscaba comprender el fenómeno estudiado, dando interpretación al mundo social, y posteriormente desarrollando una teoría con base en los datos recolectados; se escogió un diseñó sustentado en la Perspectiva Sociocrítica, concretamente en las premisas de la Investigación- Acción Participativa (IAP), que reconocen los saberes construidos por los colectivos y su capacidad de orientar la intervención y transformación de las realidades.
Es importante considerar el carácter aún exploratorio de los estudios sobre estas problemáticas urbanas.
Cada sesión derivó en memorias a modo de actas que dieron cuenta de lo discutido y acordado en cada sesión, así mismo, quedó registro Audiovisual en la Red Facebook Grupo Kavilando y en el Canal YouTube Grupo Kavilando.
Cada sesión contó con el desarrollo de un eje problemático así:
Se espera que las conclusiones que fueron emergiendo del proceso de escucha y reflexión por parte de los actores sociales involucrados en la problemática, permitan generar en el marco de la democracia participativa, una ruta y un trámite eficiente de las problemáticas acá expresadas, que impacten en el contenido de la Reglamentación de la PPPMAEP.
Así mismo, se pretenden llevar estas conclusiones a los debates necesarios en el Concejo de Medellín y a una Nueva Audiencia Pública ya de carácter Nacional que proyecta incidir a partir de la reforma, a las leyes existentes en el sentido de favorecer a la población en condición de afectada y a la promulgación de una Ley Nacional de Protección a Moradores. Y en paralelo, se espera se consolide el movimiento Nacional Victimas del Desarrollo Urbano-Rural Colombia.
La Mesa al igual que el Movimiento, seguirá contando con el acompañamiento de Investigadores del Grupo Autónomo Kavilando, la Red Interuniversitaria por la Paz (Redipaz), Universidad de San Buenaventura, Universidad Autónoma Latinoamericana y la ESAP.
Además, en el presente actúan como garantes: Concejo Territorial de Paz Reconciliación y Convivencia (CONPAZ) y el Representante a la Cámara Omar Restrepo
Resultados
Luego de este proceso de acompañamiento y de realizarse las 5 sesiones de la Mesa de Interlocución Victimas del Desarrollo – Administración Municipal de Medellín, pudimos evidenciar con soporte en Actas que:
Las afectaciones generadas por la implementación del desarrollo en la ciudad supera la cifra de desplazamiento forzado intra-urbano.
Estimamos un total acumulado de más de 9.826 mil personas afectadas por la implementación de las obras de desarrollo, estimamos la cifra es mucho mayor
Total, Personas afectadas por macro proyecto:
A la par, en este año la Personería de Medellín registró hasta el 31 octubre de 2021, un total de 1.689 personas víctimas de desplazamiento forzado interurbano.
Ambos fenómenos son de vital atención por su impacto y daño causado a la sociedad, cambia si, el tipo de actor generador del daño.
La implementación del desarrollo en la ciudad y la destrucción de los emprendimientos de unidades productivas para la subsistencia.
Frente a las afectaciones económicas, debemos primero aclarar que los niveles de ocupación, desocupación e inactividad como los categoriza el Departamento Nacional de Estadísticas -DANE, en las 13 ciudades principales entre las que se ubica Medellín es:
En el trimestre móvil julio-septiembre 2021, la tasa de desempleo de las 13 ciudades y áreas metropolitanas fue 14,1%. La tasa de ocupación se ubicó en 54,9% y la de inactividad fue de 6.8 millones de seres humanos.
Vale anotar que, del universo de población ocupada, el nivel de informalidad es muy alto, oscila entre un 46% y un 48% lo cual es preocupante.
En el trimestre móvil julio-septiembre 2021, la proporción de la población ocupada informal en las 13 ciudades y áreas metropolitanas fue 46,7%, y en las 23 ciudades y áreas metropolitanas fue 48,0%. (DANE, 2021)
Esta población por lo general hace de sus viviendas su unidad estratégica para la generación de ingresos de subsistencia, en Moravia, El Volador, La Paralela, asuntos que no se tienen en cuenta de manera real, a la hora de hacer los avalúos o estimar las compensaciones.
Afectaciones múltiples derivadas de una imposición vertical del desarrollo urbano.
De propietarios y poseedores a desarraigados
Evidenciamos una baja valoración de los reclamos y saberes sociales, que parten incluso de entender la participación como sólo una mera socialización de decisiones ya tomadas.
Es clara la dinámica institu-céntrica que valora sólo el saber y referente jurídico como herramienta única para la intervención en la adquisición física de los terrenos y bienes inmuebles, no teniendo en cuenta herramientas más integrales como El Avalúo Social que considere valores intangibles, el aporte en la adaptación del territorio, la autoconstrucción, elementos culturales, historia misma, entre otros elementos no valorados.
La necesidad de restablecer derechos, es un concepto en general ajeno a las prácticas de los profesionales y empresas que intervienen los territorios más allá del discurso positivo, en este sentido notándose una suerte de disociación o brecha entre la realidad y el mensaje emitido.
Los reclamos justos de los moradores son leídos como una complicación que demora la ágil compra de predios, en tanto el tiempo y la rentabilidad son ejes estratégicos de las obras.
El enfoque, en el mejor de los casos, sigue siendo el de “mitigación de impactos” y no de derechos, el cual se supone permitirá establecer mejores soluciones afincadas en el reconocimiento de los pobladores como sujeto de derechos, por tanto, desde su plena condición de seres humanos y por supuesto de ciudadanos.
Es necesaria la planificación de rubros presupuestales para dar respuesta a los justos reclamos de las comunidades que se hacen de manera reiterativa en todos los proyectos de desarrollo urbano, atender las situaciones emergentes que se presentan como efectos “involuntarios”, superar la falta de provisión económica y el riesgo de vulneración de derechos.
No se tienen en cuenta propuestas como la generación de reconocimientos económicos que acompañen los valores comerciales tasados a los terrenos o predios, se inscriben en los conceptos de lucro cesante y daño emergente, Avalúo social y participación en plusvalía, participar del incremento del valor de territorio que van a dejar para darle paso al llamado beneficio común como en últimas, se presentan las mencionadas obras de desarrollo urbano.
Se propone entonces, un Avalúo Integral que contemple la sumatoria de: Avalúo comercial, Avalúo Catastral, lucro cesante – daño emergente, Avalúo Social, participación en plusvalía.
Los pobladores con ocupaciones de terrenos irregulares que algunos nombran como ilegales o poseedores, bajo esta mirada taxativa jurídica, quedan excluidos de reconocimientos económicos adecuados, he aquí la importancia del enfoque de derechos y la integración de realidades, de recuperar la memoria acerca de cómo se hizo el poblamiento de la ciudad, en el contexto de la necesidad de construir una Paz Urbana sostenible y duradera.
Se evidenciaron fallas en lo ateniente a una ética de relacionamiento de la institucionalidad y los profesionales, para con las comunidades afectadas por los proyectos, generándose situaciones percibidas por las comunidades como maltrato, atropellos, poco acceso a información concreta y completa, aumentando los niveles de zozobra. Estas evidentes fallas en la claridad y veracidad de la información, además, generan rupturas, desconfianzas, alto estrés, es un tema por transformar, pues destruye el tejido social.
Insisten así las comunidades que es necesario repensar la Gestión Social un componente que, al momento de la ejecución de un proyecto, su lógica, desarrollo y dinámica puedan ser más humanas y ecológicamente responsables, siendo así, este componente debería estar presente en todos sus momentos de la implementación de la obra de desarrollo urbano, incluyendo el antes, durante y después, garantizando se cumpla lo que dicta la norma: que los moradores queden en iguales o mejores condiciones.
Lo cierto es que la cuota de sacrificio más alta la pone el morador, en tanto el desarrollo, que opera hoy bajo estas dinámicas, termina por afectar su vida, sus relaciones, su patrimonio, sus redes familiares y hasta de subsistencia; es así que el trato hacia estas comunidades debe ser revisado y ajustado para garantizar el cumplimiento efectivo y verás de la consigna de esta norma.
Se evidencia que existen lógicas de poder tras estas maneras de implementar la Gestión Social, unas lecturas de realidad que, de entrada, favorecen a sus contratistas, las comunidades ingresan así a los “elementos estratégicos a ser gestionados” un trato bajo una racionalidad empresarial que tiene que ver con los tiempos del cronograma de obra. Es necesario revisar la Racionalidad técnica y Económica de la Gestión Social. (Arango & Insuasty Rodríguez, 2021).
Se evidencia que en algunos casos se ha utilizado el privilegiar algunos reconocimientos económicos de ciertos bienes inmuebles, instrumentalizándolos como un medio para lograr la acelerada desocupación de los terrenos, incentivando conflictos entre vecinos.
Los inversionistas, las empresas constructoras, la banca multilateral, todos son responsables de estos daños y la generación de Víctimas del Desarrollo, se hace urgente establecer protocolos y rutas de transformación adecuadas, serias reglamentaciones relativas al reasentamiento involuntario de la población.
Política Pública de Protección a Moradores y Actividades Económicas y Productivas
Queremos destacar, a partir de todo lo escuchado que es fundamental reivindicar un enfoque de derechos sobre las intervenciones en el territorio que generan afectaciones y alteraciones a las dinámicas social ales, económicas y culturales de las comunidades. Generalmente ese enfoque de derechos, del cual la institucionalidad también se ha apropiado, ha sido esencialmente compensatorio, es decir, acepta las desigualdades generadas por el desarrollo de tipo neoliberal y nada hace por contrarrestar el expolio y agudización de la pobreza de los barrios y sectores populares que solo ven compensados sus perjuicios en términos económicos.
Ante el escenario de la recientemente reglamentada Política Pública de Protección a Moradores y Actividades Económicas surgen varios interrogantes y algunas reflexiones todavía preliminares. ¿La participación y la reparación y restablecimiento de derechos de manera integral será una realidad y se materializará un enfoque de derechos? ¿O será un instrumento simplemente compensatorio de tipo economicista? Más allá de las palabras, el discurso y los complicados términos técnicos de esta política pública el escenario no es diferente del que ya existía previamente al Acuerdo 145 de 2019, las formas compensatorias prevalecen con ausencia profunda de participación y los moradores afectados son simples eslabones problemáticos del desarrollo que deben ser atendidos mediante erogaciones económicas que le sustraen de la capacidad política de proponer sobre y en el desarrollo de su ciudad y de la capacidad de disputar el sentido del territorio y sus dinámicas económicas populares.
Entre otros asuntos, se evidencia un gran desbalance entre los organismos que crea la política pública, por un lado están el comité técnico y el comité intersectorial que tienen en la mano as decisiones fundamentales sobre las estrategias de reparación y reasentamiento, pero en ambos casos solo son conformadas por la institucionalidad. De hecho llama la atención el nombre de uno de los comités, el “intersectorial” que por definición hace referencia a actores e intereses múltiples, en este caso, no solamente los de la alcaldía, pero que al contrario, esta presidido por el Alcalde y coadyuvado por secretarias de despacho. La información derivada de las fichas y censos socioeconómicos solo será validada por la institucionalidad; las estrategias de reparación y reasentamiento no son co-construidas con comunidades, solo ocurre una especie de extractivismo de información donde la alcaldía saca la información de las comunidades y a estas solo les cabe esperar por los resultados sin posibilidad de contradicción o proposición alternativa,
Una situación particular ocurre, por ejemplo, con las compensaciones para las actividades económicas, donde existe una diferencia no justificada constitucionalmente entre economías formales e informales donde a la primera se le reconoce una indemnización por lucro cesante sin límite en su reparación y a las informales de hasta 22 smlmv demostrando que la economía informal constituye para el Estado una “anormalidad” que debe ser desestimulada desconociendo que es lo que mueve gran parte del desarrollo de la ciudad desde el más pequeño eslabón hasta el más grande y que, principalmente, es un campo de configuración democrática en muchas ocasiones para quienes la ejercen, de nuevo: estamos ante una política urbana compensatoria que no cambia sustancialmente lo que ya existía.
En cuanto al hechos de protección en el plan de gestión social, queda claro en el tema del reasentamiento en sitio que es una decisión de voluntad institucional y no una obligación que incluso haría inviable la obra de desarrollo o el programa de renovación urbana como lo planteaba la Universidad Nacional en el documento de 2018 que sirvió de base para la formulación de la política pública.
Un punto relevante de control y de posibilidad de defensa es la correcta aplicación de la Política Pública de Protección a Moradores y Actividades Económicas Acuerdo 145 de 2019 del Concejo Municipal de Medellín (PPPMAE). El concejo de Medellín adoptó dicha política pública mediante el acuerdo 145 de 2019. Hace parte de esta norma el protocolo de aplicación de la política y también se reglamentó mediante el decreto 818 de 2021. (Alcaldía de Medellín, 2021)
En el acuerdo 145 cabe resaltar lo siguiente: adopta los principios de derecho a la ciudad, equidad territorial, resiliencia, entre otros, igualmente reconoce que existen los escenarios de reparación de la siguiente forma, incorpora la valoración socioeconómica integral. Configura el sistema de actores que velan por el cumplimiento de la PPPMAE.
Incorpora en sus definiciones el concepto de capitales entendido como dotaciones tangibles e intangibles. Igualmente incluye el concepto de modos y medios de vida sean individuales o colectivos que parten de su cotidianidad. Otro fundamental es el de hechos de reconocimiento y de protección que son las bases de reparación individual o colectiva.
Los principios relevantes son el derecho a la ciudad y el derecho a permanencia y minimización del reasentamiento
El artículo 7 reconoce impactos económicos (tangibles) y no económicos (o intangibles). Así como el alcance o escenarios de aplicación de la PPPMAE: acciones y actuaciones urbanísticas como planes parciales de renovación, programas de regularización y mejoramiento de barrios, obras públicas, escenarios de gestión del riesgo de desastres. Faltó explícitamente el escenario rural.
El artículo 10 habla de las líneas estratégicas para materializar esos hechos y reconocimientos de protección.
El esquema planteado por el Protocolo de la Política Pública aquí mencionada es el siguiente:
Queremos destacar, a partir de todo lo escuchado que es fundamental reivindicar un enfoque de derechos sobre las intervenciones en el territorio que generan afectaciones y alteraciones a las dinámicas social ales, económicas y culturales de las comunidades. Generalmente ese enfoque de derechos, del cual la institucionalidad también se ha apropiado, ha sido esencialmente compensatorio, es decir, acepta las desigualdades generadas por el desarrollo de tipo neoliberal y nada hace por contrarrestar el expolio y agudización de la pobreza de los barrios y sectores populares que solo ven compensados sus perjuicios en términos económicos.
Podría resaltarse la afirmación de Alain Musset para quien “El engaño fundamental es pensar que las injusticias sociales pueden eliminarse actuando sobre las formas urbanas”, estrategia que puede leerse entrelíneas de la manera en que se ha dado y fundamentado la transformación urbana en esta ciudad.
En términos políticos, ese enfoque de derechos, siguiendo, entre muchas otras perspectivas las de Nancy Fraser, también apela a la participación en un escenario de la ciudad planeada con pilares neoliberales de desigualdad. La participación que implica fortalecer el lazo social solidario y reconocer en los actores sociales una condición política que exige y demanda ser parte del desarrollo. Incluso, reconociendo que las dinámicas sociales y económicas populares no están abocadas fundamentalmente por la racionalidad capitalista de la maximización del cálculo lucrativo, sino de la reivindicación de poder de incidencia a partir de estrategias de supervivencia que constituyen gran parte de los territorios de la ciudad.
En términos jurídicos, ya la Corte Constitucional de Colombia ha reiterado en varias ocasiones (ente ellas la sentencia C – 750 de 2015), específicamente en los temas de reparación y restablecimiento de derechos en asuntos de impactos por desplazamiento por obras de desarrollo, gestión del riesgo y renovación urbana que la reparación es integral. Este tribunal ha indicado sobre estos asuntos que en el equilibrio de las cargas públicas y el cumplimiento de finalidades constitucionales significan que el juez y la administración deben sopesar las circunstancias de cada caso para tasar la indemnización. Los impactos negativos deben ser restablecidos donde se debe tener en cuenta el contexto en que se encuentra el afectado, los derechos en discusión y su condición
Igualmente, queremos reiterar que el asunto de clase y de desigualdad no es una mera coincidencia. Las obras de desarrollo, las políticas de gestión del riesgo de desastre y buena parte de los programas de renovación en la ciudad de Medellín tiene como patrón su ubicación sobre lugares depreciados mediante instrumentos ficticios de asignación del valor del suelo, territorios sometidos a ausencia deliberada del Estado para promover nuevas formas de reciclar el espacio urbano a costa de sus pobladores, lugares de borde urbano – rural y periferias que reciben cientos de familias que en el mercado formal nunca podrán encontrar solución a su necesidad de vivienda, territorios con economías informales (de vivienda y actividades económicas y culturales) que se consideran un obstáculo para el uso racional del espacio y que plantean convenientemente que no habrá que compensar impactos por valor del suelo en tanto carecen de título de propiedad; en ese sentido, si, hay un patrón que ha desplegado las intervenciones de desarrollo y control territorial sobre espacios empobrecidos que ya padecen de desigualdades y que el Estado utiliza convenientemente para generar desarrollo de la mano con políticas urbanas compensatorias que nunca terminan por configurar una ciudad democrática sino donde sus gobernantes gestionan la pobreza.
Ante el escenario de la recientemente reglamentación (Alcaldía de Medellín, 2021) de la Política Pública de Protección a Moradores y Actividades Económicas surgen varios interrogantes y algunas reflexiones todavía preliminares. ¿La participación y la reparación y restablecimiento de derechos de manera integral será una realidad y se materializará un enfoque de derechos? ¿O será un instrumento simplemente compensatorio de tipo economicista? Más allá de las palabras, el discurso y los complicados términos técnicos de esta política pública el escenario no es diferente del que ya existía previamente al Acuerdo 145 de 2019, las formas compensatorias prevalecen con ausencia profunda de participación y los moradores afectados son simples eslabones problemáticos del desarrollo que deben ser atendidos mediante erogaciones económicas que le sustraen de la capacidad política de proponer sobre y en el desarrollo de su ciudad y de la capacidad de disputar el sentido del territorio y sus dinámicas económicas populares.
Entre otros asuntos, se evidencia un gran desbalance entre los organismos que crea la política pública, por un lado están el comité técnico y el comité intersectorial que tienen en la mano as decisiones fundamentales sobre las estrategias de reparación y reasentamiento, pero en ambos casos solo son conformadas por la institucionalidad. De hecho llama la atención el nombre de uno de los comités, el “intersectorial” que por definición hace referencia a actores e intereses múltiples, en este caso, no solamente los de la alcaldía, pero que al contrario, esta presidido por el Alcalde y coadyuvado por secretarias de despacho. La información derivada de las fichas y censos socioeconómicos solo será validada por la institucionalidad; las estrategias de reparación y reasentamiento no son co-construidas con comunidades, solo ocurre una especie de extractivismo de información donde la alcaldía saca la información de las comunidades y a estas solo les cabe esperar por los resultados sin posibilidad de contradicción o proposición alternativa,
Una situación particular ocurre, por ejemplo, con las compensaciones para las actividades económicas, donde existe una diferencia no justificada constitucionalmente entre economías formales e informales donde a la primera se le reconoce una indemnización por lucro cesante sin límite en su reparación y a las informales de hasta 22 smlmv demostrando que la economía informal constituye para el Estado una “anormalidad” que debe ser desestimulada desconociendo que es lo que mueve gran parte del desarrollo de la ciudad desde el más pequeño eslabón hasta el mas grande y que, principalmente, es un campo de configuración democrática en muchas ocasiones para quienes la ejercen, de nuevo: estamos ante una política urbana compensatoria que no cambia sustancialmente lo que ya existía.
En cuanto al hechos de protección en el plan de gestión social, queda claro en el tema del reasentamiento en sitio que es una decisión de voluntad institucional y no una obligación que incluso haría inviable la obra de desarrollo o el programa de renovación urbana como lo planteaba la Universidad Nacional en el documento de 2018 que sirvió de base para la formulación de la política pública.
Paradójicamente la obra o la renovación urbana siguen siendo el fin principal de la política pública que pretende establecer mecanismos de protección con enfoque de derechos para los moradores y comerciantes afectados. Las estrategias de reasentamientos y restablecimiento de derechos no se despliegan de manera completa previa a la construcción de la obra o la renovación. La intervención va dependiendo del avance de la proyección y construcción de la obra implementando mecanismos de coerción a los moradores que se ven arrinconados por aceptar lo que se les ofrece y renuncian por lo dramático de la situación a defender colectivamente sus derechos. Esto agudiza su precaria situación y su alta vulnerabilidad, esa situación no cambia con la política pública ni con la reglamentación. De hecho la reglamentación lo que hace, es restringir las pocas posibilidad y avances que el Acuerdo 145 establecía, dejando claro que una política pública es un instrumento de gobernanza a la sombra de la jerarquía como mecanismo perverso de castración de la acción social colectiva, la administración, entonces, excedió constitucionalmente sus competencias reglamentando más allá de lo permitido para estas funciones que tienen como fin resolver lugares vacíos y no tornando en ineficiente el contenido de la norma que el mismo reglamento quería reglamentar, revisaremos la posibilidad de acompañar todos estos ejercicios con acciones judiciales de nulidad de dicho acto administrativo.
En definitiva, es necesario que se conserven las prácticas tanto sociales como económicas correspondientes de cada territorio, mediante en un efectivo y previo reasentamiento en sitio, ya que en ningún espacio de la política pública de protección a moradores se ha tenido de presente y su carencia representa unas fuertes repercusiones difíciles de resarcir. Igualmente se debe incorporar el enfoque de sostenibilidad social en los términos de evaluar la factibilidad misma de la obra condicionada al reasentamiento en sitio o en un entorno cercano.
En los programas de renovación urbana, la viabilidad de la política pública depende de un operador urbano, no de la Alcaldía que es el encargado de tomar las decisiones y acciones urbanísticas. Un asunto peligroso, adicional a los expuestos anteriormente sobre este asunto, es que la carga económica que se asocia al programa de reasentamiento no dependerá directamente de la administración municipal, ni del operador, sino que depende de las valoraciones financieras que hace el constructor del proyecto toda vez que estos valores hacen parte de las condiciones que deben cumplir los privados que van a ejecutar la obra pública o el proyecto de renovación urbana. En ese sentido, si los costos del reasentamiento fueron mal calculados no existiría responsabilidad administrativa, política o jurídica de la Alcaldía, sino de un privado, entendiendo que las reclamaciones a los privados escapan de cualquier deliberación pública y los escenarios de discusión judicial no se circunscriben a lo estatal, sino a cálculos económicos que los moradores no manejan; así, el asunto público del desplazamiento por obra pública y renovación se convierte en un tema de ganancias y pérdidas, perdiendo cualquier dimensión política y constitucional con enfoque de restablecimiento de derechos.
La política pública de moradores propuesta por la Alcaldía de Medellín no incluye la “prevención” sobre sus impactos subjetivos, esto es, los impactos psicológicos, sociopolíticos y simbólicos.
El desconocimiento de los impactos subjetivos de una política pública tiene como consecuencia la afectación de los derechos de las personas (que es justamente lo que pretende proteger la política pública). El desarraigo, la afectación de la vida comunitaria y del tejido social son solo algunos de esos impactos negativos que la política pública de moradores que se discute actualmente ignora y deja al azar.
La administración seguramente se escudará en el argumento que dicha reglamentación fue sometida a la discusión pública antes de su adopción, sin embargo, que eso haya ocurrido no quiere decir que la administración no actúe sobre la base de que eso es un “simple tramite” para evitar mayor malestar y descontento social.
Graves afectaciones psicosociales y comunitarias
Se evidencia en todos los casos, afectaciones relacionadas en:
Lo individual
La salud mental en personas víctimas del desarrollo, presenta afectaciones individuales persistentes como dolores físicos, emocionales y enfermedades mentales, depresión, pérdida del sentido de futuro, afectaciones de orden cognitivo, cambios en la percepción de ellos mismos, del otro y del mundo.(Palechor Ordoñez, Galvis & Aguirre, 2020).
Afectaciones familiares
Ruptura de vínculos afectivos, familiares, desintegración y cambio de dinámicas de relacionamiento, rupturas afectivas. Se presentan afectaciones en niños como la desubicación y amenazas a su integridad, bajo rendimiento académico e inestabilidad.
Una sentida pérdida de credibilidad en las instituciones y sensación de impotencia e injusticia generalizada.
Afectaciones sociales - comunitarias
Quiebre de lazos vecinales, ruptura del tejido social base para la participación efectiva en la toma de decisiones comunales, ruptura del tejido base de apoyo comunitario que incide incluso en las lógicas de subsistencia, desarraigo, tensiones permanentes, irritabilidad, amenazas y temor al otro.
La implementación del desarrollo en la ciudad y la ampliación de las brechas de desigualdad
El Banco Mundial presentó un informe, ‘Hacia la construcción de una sociedad equitativa en Colombia’, en el que señala que Colombia pasó de ser el 6to, a ser el 2do país más desigual en América Latina (Portafolio, 27) y Medellín, siempre ha estado a la cabeza de la desigualdad en Colombia, así, el contexto es para nada prometedor.
Ahora bien, el impacto que genera la manera como se planea e implementa el llamado desarrollo urbano en Medellín, sin duda disminuye la capacidad adquisitiva y en muchos casos desmejora las condiciones ya limitadas de vida que se tenían, es así que, esta forma de llevar a cabo el desarrollo en la ciudad impacta en ampliar la brecha de desigualdad, destruir tejido social y de pequeñas cadenas productivas, que en últimas, sostienen la economía real de la ciudad.
Se suman a la implementación del desarrollo en la ciudad, las afectaciones al medio ambiente, la calidad del aire, el equilibrio ecológico. (Borja Bedoya, Insuasty Rodríguez & Valencia Grajales, 2022).
Finalmente es importante anotar como va quedando claro, que la manera como se planea y se implementa el desarrollo en la ciudad limita, coarta, o simula la limitación de la participación de las comunidades y con ellos se fractura la democracia. (Insuasty Rodriguez, Zuluaga Cometa & Palechor Ordoñez, 2019)
Conclusiones
El modelo de desarrollo de la ciudad obedece a lógicas de mercado, valor y uso del suelo, estas maneras transitan el concepto de ciudadano hacia aquel que tiene recursos suficientes para pagar por sus “derechos”. Así la ciudad estructuralmente amplia las brechas de la exclusión y la desigualdad.
A pesar de existir una Política Pública de protección a moradores, actividades económcias y productos (PPPMAEP) las afectaciones no cesan, su reglamentación detiene el sentido mismo de la Política, se tienen herramientas, pero sin los instrumentos fuertes para hacer valer los derechos.
Las afectaciones derivadas de una gestión social para el despojo (Osorio, 12 de mayo de 2019) , de un reordenamiento diríamos que criminal del territorio en tanto se usa un entramado de desinformación, mentiras, manipulaciones, presiones indebidas, para favorecer en corto tiempo la ejecución de una obra, afectando tanto la democracia, como el bien privado, el vínculo familiar, las redes económicas de por si precarias (Borja Bedoya, Insuasty Rodríguez & Valencia Grajales, 2022). . Entre estas afectaciones se debe contar con las de orden psicosocial, emocional, que perviven aún y pasados los años después de realizada la obra.
Todas estas afectaciones general daños que deben ser prevenidos o reparados, dando vida así la figura de: Victimas del Desarrollo.
Los estudios en este sentido deben seguirse apalancando desde las universidades y grupos de investigación, en tanto este es un fenómeno complejo y parece se reitera en las ciudades de Colombia, de América Latina y del mundo, ante el constante crecimiento de las ciudades tal como lo prevé la ONU para 2050, se hace prioritario abordar y ahondar sobre este tema y enfoque buscando rutas organizativas, formativas y normativas para garantizar derechos y el bien estar de las comunidades que habitan las ciudades.
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Notas