Artículos
Recepción: 31 Mayo 2020
Aprobación: 17 Junio 2020
Resumen: El siguiente artículo tiene como finalidad analizar el proceso de reinserción en la sociedad de los niños, niñas y adolescentes reclutados en el conflicto armado colombiano, desde un enfoque de sus propios derechos en el marco nacional e internacional. Este documento estudia los mecanismos con los que el Estado colombiano cuenta para su reinserción individual y colectiva en los ámbitos psicosocial, comunitario y familiar. Asimismo, este artículo describe los espacios de participación de la infancia y la juventud en el esclarecimiento de la verdad, la reconciliación y la construcción de la paz del país, como parte del esfuerzo en la reparación de estas víctimas del conflicto.
Palabras clave: reclutamiento forzado, conflicto armado, Derechos de la Infancia, reinserción, Derecho Internacional Humanitario.
Abstract: The following paper analyzes the process of reintegration into society of children and adolescents recruited in the Colombian armed conflict, from a perspective of their own rights in the national and international framework. This article studies the mechanisms that the Colombian State has for its individual and collective reintegration in the psychosocial, community and family spheres. Likewise, this paper describes the spaces for the participation of children and youth in clarifying the truth, reconciling and building peace in the country, as part of the effort to repair these victims of the conflict.
Keywords: forced recruitment, armed conflict, children's rights, reintegration, International Humanitarian Law.
Introducción
El reclutamiento forzado de menores en los conflictos armados es una práctica generalizada a nivel mundial, siendo difícil hacer una aproximación del número de menores reclutados por parte de los grupos armados. Según el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, el reclutamiento forzado se encuentra entre las seis violaciones graves contra la infancia, hecho observado en 20 países afectados por conflictos en 2017. (UNICEF. 2018).
El Derecho Internacional Humanitario (DIH) brinda una protección general a los niños, niñas y adolescentes en situación de conflicto armado, exigiendo a los Estados la no participación de civiles en las hostilidades y el recibir un trato humano. El Comité Internacional de la Cruz Roja, en un documento dedicado a la protección jurídica de la infancia y adolescencia en los conflictos armados explica que:
Las normas del DIH relativas a la conducción de las hostilidades se aplican también a los niños y, dada su particular vulnerabilidad, en los Convenios de Ginebra de 1949 (CG III, IV) y sus Protocolos adicionales de 1977 (P I y P II) se estipula en su favor una protección especial, la que no pierden, aunque participen directamente en las hostilidades. Por lo demás, en los Protocolos adicionales a los Convenios de Ginebra, la Convención de 1989 relativa a los Derechos del Niño y el reciente Protocolo Facultativo de esta Convención, especialmente, se fijan límites a su participación en las hostilidades. (CICR, 2003, p.1).
El reclutamiento ilícito de menores, entendido en el Artículo 162 del Código Penal colombiano como el reclutamiento de menores de 18 años obligados directa o indirectamente a participar en hostilidades o acciones armadas (Código Penal, 2000), representa una vulneración de los derechos de la infancia y es una de las prácticas más nocivas que realizan los grupos armados, puesto que el tiempo en el que los y las menores están vinculados a estas organizaciones les deja secuelas físicas y psicológicas debido a los actos de violencia a los que se enfrentan. Uno de los grandes retos es cómo se da la reinserción a la sociedad de los y las menores, con el fin de restaurar sus derechos y ofrecerles un futuro digno alejados de la violencia. (Save the Children, 2018).
Durante el conflicto armado colombiano este fenómeno se ha practicado por parte de los grupos armados, a pesar de que la Constitución prohíbe esta práctica. A lo largo de este trabajo abordaremos con qué normativas a nivel nacional e internacional el Estado colombiano cuenta con el fin de ofrecer protección a la infancia y adolescencia ante este tipo de prácticas y como se restablecen sus derechos a partir del proceso de reinserción social, de justicia y no repetición. En ese sentido, para poder comprender la casuística colombiana entorno al tratamiento de los niños, niñas y adolescentes en la guerra, resulta imprescindible tener en cuenta que:
Este crimen generalizado y el proceso que ha sufrido el Acuerdo de Paz con las FARC-EP, dan cuenta de que, durante todo el conflicto armado de más de 60 años, la práctica aberrante de reclutamiento forzado de niños fue una constante, lo cual nos pone frente al panorama de que los mandos medios y soldados pueden reunir estas características: ser víctimas y victimarios de este conflicto. Nunca podrán establecerse una verdad, una justicia, una reparación y una garantía de no repetición, si no tenemos en cuenta que Colombia tiene una deuda con la infancia perdida de miles de personas, niños y niñas (Alarcón, 2019).
En este contexto, el presente escrito tiene como propósito presentar los desafíos de la reinserción de los y las menores excombatientes en Colombia desde un enfoque que vele por el cumplimiento de los derechos de la infancia. Para ello, en primer lugar, se realiza una presentación de los derechos de la infancia en el marco internacional y colombiano. Posteriormente, se analizan los organismos nacionales encargados de aplicar los derechos de los y las menores víctimas de reclutamiento forzado. Finalmente, se reflexiona sobre su proceso de reintegración desde una perspectiva individual y colectiva, haciendo hincapié en los procesos de participación social para favorecer su reinserción en la sociedad.
1. El conflicto colombiano en perspectiva: menores reclutados, Acuerdos de Paz y derechos de la infancia.
El conflicto armado en Colombia ha durado más de 60 años y se estima que ha dejado cerca de 7,7 millones de desplazados (UNHCR, 2018, p.1), 80.472 desapariciones forzadas, 37.165 secuestros, 17.778 niños, niñas y adolescentes reclutados y 26.1619 víctimas mortales, según datos del Observatorio de Memoria y Conflicto (Observatorio de Centro de Memoria y Conflicto, 2018). Los actores armados ilegales (Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia-Ejército del Pueblo (FARC-EP), Ejército de Liberación Nacional (ELN) y paramilitares) y la fuerza pública han vulnerado en numerosas ocasiones los derechos humanos y del Derecho Internacional Humanitario, dejando graves consecuencias a nivel físico, psicológico y social a las personas que más de cerca lo han vivido estos hechos. El conflicto colombiano es de gran complejidad debido a los diferentes actores que han participado en él, la variedad de intereses de los diversos grupos participantes, los medios de financiación de cada uno de ellos y los escenarios donde se ha desarrollado el conflicto.
Uno de los grupos sociales que más ha sufrido el conflicto han sido los niños, niñas y adolescentes, dado que han sido vulnerados sus derechos y su protección al haber vivido situaciones de violencia donde su desarrollo se ha visto afectado, siendo víctimas de violencia sexual, desplazamiento forzado, desaparición forzada o reclutamiento ilícito, hechos que les han dejado secuelas a largo plazo. El Registro Único de Víctimas de Colombia estima que más de 8 millones de personas se han visto afectadas de manera directa o indirectamente del conflicto armado colombiano, de las cuales, más de 2 millones son menores de 17 años, siendo la franja de 11 a 17 años la más afectada (Unidad de Víctimas, 2019).
1.1. Los y las menores combatientes en el conflicto armado.
El reclutamiento ilícito se caracteriza por el uso y la utilización por parte de grupos ilegales de menores de edad reclutados por el grupo, sometidos a episodios de violencia sexual, violencia, agresiones físicas y psicológicas, tratos crueles y degradantes, además en algunos casos afectados por su actividad como niños soldados o en campos minados. Este tipo de delitos son considerados crímenes de lesa humanidad. (Human Rights Watch, 2004).
Se estima que, a lo largo del conflicto armado en Colombia, a partir de investigaciones realizadas por la ONG Human Rights Watch, se han reclutado más de 11.000 menores, encontrándose el promedio de edad de vinculación entre 12 y 14 años (Human Rights Watch, 2004, p. 22). De acuerdo con el informe publicado por la Organización Internacional de las Migraciones, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), UNICEF y Defensoría del pueblo, los y las menores vinculados a los grupos armados provienen de 25 departamentos donde estas organizaciones tenían más presencia (Defensoría del pueblo, 2014, p. 63). Departamentos como Antioquia, Chocó, Cauca, Cundinamarca, Santander, Huila y Putumayo eran los que más índices de reclutamiento tenían, debido entre otras razones, a la situación de pobreza en la que se encontraba la población. Según el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, el 95% de los niños, niñas y jóvenes excombatientes que están dentro de los programas de reintegración proceden de zonas rurales, lo cual se debe a que el conflicto fue percibido como una oportunidad económica para muchos jóvenes que no tenían cómo sobrevivir en algunas regiones, debido a las limitaciones en el acceso a la educación, a la salud y a la alimentación en algunos sectores de la población (Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, 2018). En este contexto de insatisfacción de necesidades básicas los actores armados se articularon como proveedores de medios básicos para su subsistencia.
En las poblaciones que se configuran como zonas de conflicto, los niños, niñas y jóvenes tienen una relación cotidiana con los grupos armados (Defensoría del pueblo, 2014, p. 153), que en ocasiones son vistos como la autoridad ante la población civil debido a la escasa o nula presencia de las instituciones del Estado. Esta autoridad se visualiza desde dos perspectivas: se ve el grupo armado como proveedor de seguridad para la comunidad, quien determina las leyes y las normas y ejerce la justicia; y como perpetrador de actos la violencia, protagonizando masacres, amenazas y desplazamiento forzado. (Lugo, Victoria. 2016, p. 6-7).
A pesar de que el Código Penal Colombiano, en el artículo 162, señala que “el reclutamiento forzado a menores de 18 años se considera un crimen de guerra, además, se consideran víctimas aquellos menores que se desvinculan del conflicto siendo menores de 18 años”, durante la década de los noventa se realizaron grandes campañas de reclutamiento de menores por parte de los grupos armados en Colombia.
El reclutamiento de menores tiene un valor considerable por los grupos armados ilegales dado que los niños, niñas y jóvenes tienen un rápido proceso de aprendizaje, son más obedientes, no discuten las órdenes, son fieles a los mandos superiores y menos propensos a desertar (Human Rights Watch, 2004, p. 70). Los grupos guerrilleros y los grupos paramilitares han utilizado diferentes estrategias para ello. Por parte de las FARC-EP y el ELN, el reclutamiento a menores de 15 años estaba formalmente prohibido (aunque existen evidencias de que se realizaba a edades más tempranas) y se ejercía a través de coacción de familiares, lanzando amenazas de muerte sobre el menor o su familia, reteniendo de manera forzada en su vivienda, escuela o municipio (Human Rights Watch, 2004, p. 15). Además, usaban a menores para persuadir al resto de iguales a que se sumasen a sus filas, usando la escuela como medio de campañas de reclutamiento y seduciendo a los jóvenes con armas, dinero y poder. (Victoria Lugo, 2016, p. 5). Mientras tanto, los paramilitares tenían establecido que la edad de reclutamiento era a partir de los 18 años, lo cual se incumplió a lo largo del conflicto. Además, la captación de menores la realizaban a través del ofrecimiento de salarios que oscilaban entre los 200 y 400 dólares (Human Rights Watch, 2004, p. 72).
Las causas que llevan a la vinculación de menores a los grupos armados no pueden verse exclusivamente desde una visión individualizada, pues, según la Defensoría del Pueblo, existen diferentes factores de riesgo, como familiares, sociales y estatales para el reclutamiento de menores (Defensoría del pueblo, 2014, p.27). La familia puede ser parte del grupo armado o tener algún tipo de vinculación, y en consecuencia integrarse en el refuerza las creencias del núcleo familiar, por lo que cuando los y las menores crecen en torno a la organización, adherirse a ella puede verse como un proceso natural. Por otra parte, hay familias que se ven obligadas a entregar a sus hijos e hijas bajo amenazas de muerte, para proteger sus bienes y al resto de sus integrantes. También, en algunas ocasiones, los y las menores han manifestado que se vinculan al grupo armado al ser víctimas de violencia familiar (sexual, física, explotación laboral) y ante la ausencia de redes de apoyo, buscan en el grupo armado la protección que no encuentran en su entorno familiar (Defensoría del pueblo, 2014, p.35).
De acuerdo con el informe elaborado por la Defensoría del Pueblo y UNICEF sobre reclutamiento infantil, los y las menores vinculados a los grupos armados al margen de la ley se ven sometidos a un control diario de entradas y salidas, y a las obligaciones de cualquier otro combatiente, como jurar lealtad al grupo, cargar con equipo, rifle y munición, y realizar marchas de gran distancia (Defensoría del Pueblo y UNICEF, 2006). Del mismo modo, los y las menores sometidos a reclutamiento tienen afectaciones físicas (heridas de gravedad, mutilaciones), sociales (aislamiento familiar y comunitario) y psicológicas (depresión y estrés postraumático). (UNICEF y Save The Children, 2017, p.17). Además, en el caso de reclutamiento de niñas y jóvenes, éstas están especialmente expuestas a la violencia sexual, siendo forzadas a ejercer actos sexuales y a la toma de anticonceptivos (Defensoría del Pueblo y UNICEF, 2006, p. 37).
1.2 Los Derechos y la protección de la infancia.
La Convención sobre los Derechos del Niño es el primer tratado de las Naciones Unidas y la primera ley internacional sobre los derechos de la infancia, reuniendo los derechos civiles, políticos, culturales, económicos y sociales de los niños, niñas y jóvenes. Cuenta con 54 artículos con el fin de velar por el cumplimiento de sus derechos sin distinción por motivos de raza, color, sexo, religión, opinión política, nacionalidad, posición económica, o grupo social. Además, entre los artículos podemos encontrar que el niño, niña o joven debe ser protegido contra toda forma de abandono y explotación, sin permitirse el trabajo infantil antes de la edad mínima adecuada, y que él o la menor debe ser educado en un espíritu de tolerancia, amistad entre pueblos, paz y fraternidad (Declaración de los Derechos del Niño, 1959).
La Convención sobre los Derechos del Niño ha sido una guía para el ordenamiento jurídico de los países que han tenido la problemática de la vinculación de niños, niñas y jóvenes a los grupos armados al margen de la ley. En Colombia se ratifica a través de la Ley 12 de 1991 con el fin de subrayar la importancia de proteger los derechos de los niños, niñas y adolescentes del país. Por ello, entre su articulado es posible destacar algunos de interés para el tema de estudio: el artículo 19 señala la importancia de adoptar medidas para proteger contra cualquier tipo de abuso a los y las menores. También, el artículo 38 establece que se deberán tomar medidas para que los y las menores de 15 años no participen en las hostilidades, impidiendo el reclutamiento de menores de 18 años. Al mismo tiempo, el artículo 39 hace referencia a la necesidad de adoptar medidas que promuevan la reparación física y psicológica de los y las menores víctimas de los conflictos armados.
1.3 La infancia y juventud en los Acuerdos de Paz.
Durante cuatro años se realizaron algunos diálogos entre el Estado de Colombia y las FARC-EP, con el objetivo de llegar a un acuerdo que pusiera fin al conflicto armado. El 24 de noviembre de 2016, tiene lugar el Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera en Colombia. Este documento cuenta con una serie de medidas que tienen como objetivo materializar los derechos de toda la ciudadanía colombiana, incluyendo la infancia y juventud como grupo poblacional víctima del conflicto armado. Además, pretende fortalecer la participación en la política, los asuntos públicos y la construcción de paz desde una perspectiva de convivencia, tolerancia y reconciliación. (Gobierno de Colombia, 2016).
En el documento se menciona con especial relevancia la utilización de los niños, niñas y adolescentes en el conflicto, estableciendo que el Consejo Nacional de Reincorporación debe garantizar el respeto de los derechos de los y las menores de edad que se hayan desvinculado de las FARC-EP (Save the Children, 2018, p.25). El apartado 3.2.2.5 recoge el proceso de reinserción de los y las menores que han salido de los campamentos de las FARC-EP, señalando la necesidad de establecer programas específicos que garanticen este proceso de reinserción en base a los Derechos de la Infancia: “El Programa deberá garantizar la reincorporación integral del menor y su acompañamiento psicosocial, con la veeduría de las organizaciones sociales o especializadas (…), garantizando el derecho a la información de todos los participantes, en especial a los niños, niñas y adolescentes”. (Gobierno de Colombia, 2016: 74).
La participación de la infancia y juventud en los Acuerdos de Paz se caracterizó por la creación de espacios de participación, tales como consultas, recepción de propuestas y foros de debate, en los que era prioritaria la inclusión de esta perspectiva en los acuerdos. En estos espacios participaron 18 organizaciones defensoras de los derechos de la niñez y 33 organizaciones juveniles bajo el liderazgo de UNICEF, además de organizaciones como Plan International, Visión Mundial, Coalico y Alianza por la Niñez. Durante los foros de debate, se valoró de gran utilidad la participación de adolescentes, puesto que abrieron el espacio al intercambio de experiencias entre víctimas, haciendo hincapié en temas de relevancia como el reclutamiento ilícito, los efectos de la guerra en la educación, la violencia sexual, el desplazamiento forzado y las afectaciones a la vida de las personas. (Save the Children, 2018).
2. La reinserción de los y las menores excombatientes.
2.1. El marco jurídico nacional.
Desde principios de los años 90 existen antecedentes normativos a nivel nacional en Colombia, introduciendo la situación de los y las menores excombatientes en leyes y políticas públicas, orientadas en el marco normativo internacional (Defensoría del pueblo, 2014, p.75). A continuación, se encuentran reflejados algunos de estos desarrollos legislativos en Colombia y su vinculación al ámbito internacional desde la perspectiva de la infancia.
2.2 Plan de Integración Estatal.
Los y las menores que se desvinculan de un grupo armado tienen que enfrentarse a la sensación de inseguridad, dado que el hecho de haber vivido en la clandestinidad dificulta el proceso de reintegración, al haber sido este su medio de vida. Por ello, es necesario que el proceso de reintegración se haga desde varias perspectivas: individual, familiar y comunitaria.
Previo a los Acuerdos de Paz, se llevan a cabo diferentes mecanismos institucionales para favorecer la reintegración de estos y estas jóvenes, incluyendo a diversas agencias estatales que se preocuparan de esta problemática. (Save the Children, 2018, p.25,32). La desmovilización no sólo se orienta desde la perspectiva jurídica con el fin de proteger a los y las menores, sino que también se ponen en marcha proyectos y programas que trabajen de manera sistémica la integración, haciendo énfasis en el desarrollo personal y profesional de los y las menores a través de un acompañamiento psicológico, una formación académica y laboral y un apoyo comunitario para favorecer el proceso de reintegración (ICBF, OIM y Save the Children, 2002, p. 8, 9, 10).
2.2.1 Agencia para la Reincorporación y la Normalización (ARN).
La Agencia para la Reincorporación y Normalización es una entidad adscrita a la Presidencia de la República de Colombia que tiene como objetivo diseñar, implementar y evaluar la política de Estado orientada a la reintegración social de las personas o grupos armados al margen de la ley que se desmovilizan voluntariamente. Entre 2001 y 2018 más de 73 mil personas han salido de los grupos armados ilegales en Colombia. (Agencia para la Reincorporación y la Normalización, 2019).
Desde el año 2003, la ARN ha puesto en marcha 37 oficinas regionales y 3 oficinas nacionales de atención, la Política de Reintegración Social y Económica se ha incorporado en 272 planes de desarrollo municipales y 29 planes de desarrollo departamentales. Para favorecer la convivencia y la reconciliación, la ARN desarrolla tres tipos de procesos (Agencia para la Reincorporación y la Normalización, 2019):
- Reintegración regular: enfoque integral (personal, familiar, salud, educativa, productiva, seguridad, ciudadana y hábitat) de la persona en el proceso de integración, fortaleciendo su capacidad de autonomía ciudadana en el marco de la legalidad.
- Reintegración especial: dirigido a las personas reintegradas postuladas a la Ley 975 de 2005, una vez que recobren la libertad y a partir de acompañamiento psicológico, formación académica y profesional, adquieran habilidades que les permitan ser sostenibles en la legalidad.
- Reincorporación: proceso de estabilización económica de las personas excombatientes de las FARC-EP y sus familias, en el marco de los Acuerdos de Paz, promoviendo un enfoque colectivo y rural para el desarrollo de la actividad productiva y el tejido social en los territorios.
2.2.2 El papel del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF).
El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar es la entidad del Estado colombiano encargado de la prevención y protección integral de la infancia y adolescencia, así como del bienestar de las familias. El ICBF debe atender los casos de menores de edad relacionados con la desvinculación de grupos armados al margen de la ley, con el fin de dotarles de protección y apoyar en la reparación integral para restablecer sus derechos. A través de diferentes programas especializados en brindar atención y tratamiento psicológico se pretende dar respuesta al impacto generado por el conflicto armado de estos y estas menores. Desde 1999 a 2018 se han atendido alrededor de 6.570 casos de niños, niñas y adolescentes, 3.913 provienen de las FARC-EP, 1.158 del ELN, 1.055 de las Autodefensas Unidas de Colombia, 241 de las Bandas Criminales (BACRIM), 51 del Ejército Popular de Liberación (EPL), 24 del Ejército Revolucionario Guevarista, 24 del Ejército Revolucionario del Pueblo y 104 grupos armados por establecer (Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, 2018), según la declaración de Juliana Pungiluppi, directora general del ICBF.
El programa de atención especializada para el restablecimiento de derechos a niños, niñas y adolescentes víctimas de reclutamiento ilícito contribuye a la protección integral de los y las menores que se han desvinculado de los grupos armados organizados al margen de la ley. El programa cuenta con cuatro modalidades desde una perspectiva multidireccional, por medio de las cuales se les atiende, se desarrollan actividades que ayuden a reparar el daño provocado por su paso en los grupos armados, se les dota de una formación y se establecen redes de apoyo en la comunidad. Entre las modalidades de intervención se encuentran (Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, 2016):
- Hogar Gestor: proceso de apoyo a la familia a partir de una atención psicosocial a niños, niñas y adolescentes cuyos derechos han sido vulnerados y los de su familia. Intervención con menores de 0 a 18 años entre los cuales se encuentran menores víctimas del conflicto armado.
- Casa de Acogida: intervención interdisciplinar con adolescentes mayores de 15 años con permanencia superior a un mes en el grupo armado, atención 24 horas al día durante 7 días a la semana en el que se proporciona alimentación.
- Casa de Protección: intervención interdisciplinar con adolescentes mayores de 15 años que hayan desarrollado la primera fase de atención en otros programas y en función al diagnóstico deben ser reubicados a este servicio. Atención 24 horas al día durante 7 días a la semana en la que se proporciona alimentación.
- Hogar Sustituto: para niños, niñas y adolescentes desvinculados de grupos armados al margen de la ley, víctimas de minas antipersona, municiones sin explotar, de acciones bélicas, y atentados terroristas en el marco del conflicto y reclutamiento ilícito. Atención 24 horas al día durante 7 días a la semana en el que se proporciona alimentación.
Julián Aguirre, quien fue coordinador del Grupo de Atención a Niños Víctimas de la Violencia en el Conflicto Armado del ICBF durante la década de los 2000, describe el proyecto pedagógico de reinserción de menores excombatientes desde una perspectiva centrada en los derechos de los niños y jóvenes, instaurando la lógica de victimario y víctima desde cuatro principios: acogida voluntaria, garantía de derechos, atención mixta de niños y niñas, y convivencia de menores de diferentes grupos. (González, 2016, p.254-257).
2.3 La desvinculación: perspectiva individual y colectiva del proceso.
Los programas de Desarme, Desmovilización y Reintegración (DDR) son aquellos mediante los cuales los combatientes dejan las armas, se desmovilizan, dejan los grupos armados y se reintegran en la sociedad civil, todo ello, a través de un acompañamiento integral de las personas para favorecer el proceso de inclusión.
En lo que se refiere a los y las menores excombatientes, los programas de desmovilización están orientados a favorecer la reincorporación a través del apoyo psicosocial, teniendo en cuenta las necesidades del individuo y el apoyo familiar y comunitario. Estos programas se proponen a través de un modelo de Desvinculación, Reparación e Inclusión Social (DRI) en el que se fomenta el retorno al sistema educativo, la atención a la salud, la inclusión en las comunidades y el acceso a la justicia con el propósito de proteger y asegurar el bienestar de los niños, niñas y jóvenes (Unidad para las Víctimas. Todos por un País Nuevo: Paz, Equidad y Educación. USAID. Organización Internacional para las Migraciones, 2017, p.21).
Por desvinculación se entiende el hecho por el cual los y las menores de 18 años que han participado en grupos armados fuera de la ley se han entregado voluntariamente, han sido capturados o entregados por parte del grupo armado al Estado. Existen diversos tipos de personas desvinculadas (Unidad para las Víctimas. Todos por un País Nuevo: Paz, Equidad y Educación. USAID. Organización Internacional para las Migraciones, 2017):
- Desvinculación voluntaria: aquellos y aquellas menores que voluntariamente dejan de formar parte de los grupos armados ilegales.
- Recuperación por fuerza pública: los y las menores que fueron detenidos por las fuerzas públicas en los operativos militares.
- Desvinculación masiva: la salida de menores de los grupos armados ilegales como consecuencia de la desmovilización de estos.
El tránsito de la vida armada a la vida civil no es fácil para muchos de los y las menores, pues muchos han sido tratados como adultos durante su infancia y han vivido situaciones graves de violencia. Por otra parte, se plantea el reto de la adaptación a las nuevas situaciones de inclusión y búsqueda de futuro, ya que muchos de ellos son originarios de las zonas rurales y el ámbito urbano supone enfrentarse al desarraigo social, territorial y familiar. Además, se deben enfrentar a una estigmatización por parte del resto de la sociedad, que en muchas ocasiones les cierra las puertas de un futuro en sus territorios, y la ocultación de su pasado como exintegrantes de grupos armados ilegales. (Unidad para las Víctimas. Todos por un País Nuevo: Paz, Equidad y Educación. USAID. Organización Internacional para las Migraciones, 2017, p.49).
3. La reintegración de los y las menores excombatientes en la sociedad colombiana: perspectiva comunitaria y de participación social.
3.1. Proyecto de reintegración comunitaria.
En el proceso de reintegración, uno de los desafíos para los y las excombatientes es el regreso al lugar de origen por el miedo al rechazo o a la estigmatización por parte de familiares y amigos, pero también por la situación de tensión que se puede vivir en las comunidades por parte de la sociedad de acogida, generando en ocasiones nuevas situaciones de violencia. Por estos motivos, la apuesta por parte de las entidades que trabajan en el proceso de reintegración de jóvenes excombatientes es intervenir desde una perspectiva integradora desde cinco ejes principalmente: proyecto económico, proyecto educativo, enfoque de género y étnico, atención psicosocial y dimensión comunitaria (Centro Internacional para la Justicia Transicional, 2014, p.3).
El enfoque comunitario en el proceso de reintegración de niños, niñas y adolescentes desvinculados de los grupos armados fuera de la ley tiene una gran importancia para que la inclusión se desarrolle de una forma exitosa, puesto que gracias a los proyectos sociales bajo esta perspectiva se genera una red de apoyo entre la sociedad, una mayor empatía y capacidad de prevención de conflictos, tanto entre los y las menores excombatientes como en la sociedad de acogida (Centro Internacional para la Justicia Transicional, 2014, p.39)
Por este motivo, organismos como Unicef y Save the Children, entre otras, (UNICEF y Save the Children, 2017) han apostado por programas de reintegración de excombatientes y prevención del reclutamiento bajo esta perspectiva comunitaria. A través de un trabajo conjunto entre las personas desvinculadas de los grupos armados, las autoridades locales y nacionales, los organismos internaciones, los líderes y las lideresas sociales, la población civil y las víctimas del conflicto armado con el objetivo de favorecer la convivencia y la reconciliación en zonas urbanas y rurales de Antioquia, Risaralda, Cauca, Meta, Santander y Nariño. (Unidad para las Víctimas. Todos por un País Nuevo: Paz, Equidad y Educación. USAID. Organización Internacional para las Migraciones, 2017, p.80).
3.2. Infancia y juventud como grupo social: enfoque de los acuerdos desde la niñez. Espacios de participación.
La infancia y la juventud debe formar parte de la defensa de sus derechos como parte de la ciudadanía, y por ello, es necesario que formen parte activa de la construcción de los planes de desarrollo y políticas públicas dirigidas a este grupo social, haciendo hincapié en sus propias características y necesidades.
En Colombia, muchos de los y las jóvenes vinculan su participación ciudadana a actividades culturales, deportivas y/o comunitarias, al sentir que de verdad tienen un aporte a la comunidad. Por este motivo, el papel de la comunidad y de la sociedad civil es fundamental para incentivar a la participación juvenil en las problemáticas, necesidades y cuidado de cada localidad, a través de la implicación en los comités locales en los que se debaten materias culturales, educativas y de desarrollo. Además, los espacios de participación de la infancia y la juventud deben caracterizarse por la libertad de opinión sin censura social, donde el respeto sea el eje principal a través del debate y sin exposición a la violencia o el conflicto. (Save the Children, 2018, p.48)
Por otra parte, la actual situación a la que se enfrentan los líderes y las lideresas sociales en Colombia dificulta que los niños, niñas y adolescentes se involucren en la participación ciudadana, y más aún, si en su territorio se vive una situación de confrontación social y violencia. (Save the Children, 2018, p. 41). En este sentido, el Estado colombiano debe garantizar la seguridad de estos y estas menores, creando espacios seguros de participación social, en los que se proteja la vida e integridad de la infancia y juventud. (Save the Children, 2018, p. 47)
En noviembre de 2019, se celebró el Tercer Encuentro por la Verdad, organizado por la Comisión de la Verdad en la ciudad de Medellín, teniendo como misión visibilizar el impacto del conflicto armado en la infancia y juventud colombiana. Para ello, contó con la participación de niños, niñas y jóvenes que sufrieron diferentes situaciones del conflicto: violencia sexual, desplazamiento forzado, reclutamiento y asesinatos, entre otras. Con el objetivo de esclarecer lo ocurrido durante el conflicto y contribuyendo con el ejercicio de conocer la verdad, es necesario favorecer la convivencia y la no repetición, para reconocer a los niños, niñas y adolescentes como sujetos de derechos que tienen el deber de construir la paz y ejercer sus derechos como ciudadanos y ciudadanas. (Comisión de la Verdad, 2019).
Durante el evento, se escucharon algunos testimonios de menores que habían sido reclutados en diferentes localidades del territorio colombiano por diferentes grupos armados al margen de la ley, como las FARC-EP, ELN o paramilitares. Gracias a este espacio de participación, los niños, niñas y adolescentes pudieron expresar lo vivido de primera mano, dejando sobre la mesa la complejidad del panorama que aún vive el país en algunos territorios donde el conflicto continúa. (Comisión de la Verdad, 2019).
4. Conclusiones.
Desde la firma de los Acuerdos de Paz de 2016, uno de los mayores retos que se plantea para Colombia es la reinserción eficaz de las personas excombatientes con el fin de obtener una autonomía económica, personal y social, sin que genere una dependencia institucional en los y las jóvenes desvinculados. Por ello, el desarrollo educativo y profesional tiene un peso importante para dotarlos de oportunidades de futuro.
Los niños, niñas y adolescentes desvinculados de los grupos armados son víctimas del conflicto y deben formar parte de la construcción de la historia reciente de Colombia. Las trayectorias vitales que hay detrás de cada niño, niña y adolescente que ha combatido en el conflicto muestran el nivel de supervivencia de cada uno y una en sus cortos años de vida, además del grado de inhumanidad de la guerra, puesto que muchos de ellos han tenido que verse obligados a situaciones extremas de muy diversa índole, tanto en el papel de víctimas como en el de victimarios. Por ello, sus testimonios deben ser escuchados para que existan garantías de no repetición y para que el reclutamiento de menores no quede en la impunidad. De esta manera, la sociedad colombiana debe ser conocedora de lo ocurrido para ayudar en el proceso de reinserción y en la no estigmatización de las personas víctimas de reclutamiento ilícito.
Los programas específicos de reinserción de las instituciones, ONG´s y organizaciones locales ayudan al desarrollo psicosocial de los y las menores desvinculados, poniéndose en marcha a través de metodologías de intervención desde una perspectiva individual, familiar y comunitario. El desafío está en llegar a aquellos y aquellas menores que no han formado parte de este proceso, ya sea porque no han sido entregados por los grupos armados fuera de la ley, porque dejaron los programas de reintegración o porque aún pertenecen a los grupos operantes hoy en día. El Estado colombiano tiene el deber de proteger a la infancia y la juventud que han sido y son víctimas del conflicto.
Además, la actual situación migratoria de Venezuela con la llegada a Colombia de más de 1.7 millones de personas (UNHCR, 2020), muchos de los cuales están expuestos a altas cuotas de vulnerabilidad social, está dando lugar a que los actuales grupos armados al margen de la ley recluten de manera forzada a jóvenes venezolanos y venezolanas, a través de engaños y extorsiones. (Save The Children. 2017). El Estado colombiano debe generar mecanismos de prevención específicos para estas prácticas e implementar medidas de reinserción social para aquellos que han sido desvinculados.
Por lo tanto, la inclusión desde la perspectiva de infancia y juventud en los Acuerdos de Paz de manera transversal constituye un avance en la visibilidad de este grupo social en relación con acuerdos pasados, en los cuales no aparecía o era limitada. De este modo, se reconoce que la niñez y la adolescencia son víctimas del conflicto armado y sujetos de derechos por los que el Estado debe velar por su respeto. El rol que los niños, niñas y adolescentes juegan como agentes de cambio social y construcción de paz está vinculado al nivel de participación que estos deben tener en el proceso, por lo que las organizaciones de la sociedad civil y las ONG´s deben fomentar los espacios de debate, diálogo y resolución de conflictos, dotando a los y las menores de herramientas que generen en ellos y ellas un ejercicio de liderazgo social como constructores de paz.
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