Réquiem por un mito. Desmontando la compatibilidad entre la ética animal y la ética ambiental

Requiem for a myth. Dismantling the compatibility between animal ethics and environmental ethics

Catia Faria
Centre for Ethics, Politics and Society at the University of Minho; Centre for Animal Ethics, Universitat Pompeu Fabra, Portugal

Analéctica

Arkho Ediciones, Argentina

ISSN-e: 2591-5894

Periodicidad: Bimestral

vol. 8, núm. 50, 2022

revista@analectica.org

Recepción: 01 Junio 2021

Aprobación: 01 Diciembre 2021



DOI: https://doi.org/10.5281/zenodo.5887430

Resumen: La ética ambiental y la ética animal son posiciones éticas incompatibles. Defienden tesis irreconciliables respecto del problema de la consideración moral y dan lugar a prescripciones normativas contradictorias. En otras palabras, divergen respecto de qué entidades importan y de cómo debemos actuar hacia ellas. Esto es particularmente claro considerando el caso de los animales que viven en la naturaleza. Mientras para la ética animal debemos actuar de manera a satisfacer los intereses de estos animales, no dañándoles y ayudándoles cuando están en situación de necesidad, para la ética ambiental, dado que lo que debemos hacer es actuar de manera a preservar las entidades y procesos naturales, a menudo, hacerlo implica causar daño y no ayudar a estos individuos. Esta incompatibilidad permanece cierta independientemente de que, en ocasiones, perseguir fines ambientalistas suponga algún beneficio para ciertos animales no humanos; de que el holismo ontológico sea cierto o de que defendamos una posición (eco)feminista. A pesar de ello, la compatibilidad entre la ética ambiental y la ética animal sigue siendo una creencia extendida. Ello se explica, en larga medida, por sesgos cognitivos arraigados, tales como el razonamiento motivado y el sesgo de confirmación.

Palabras clave: ética animal, ética ambiental, animales en la naturaleza, sesgos cognitivos.

Abstract: Environmental ethics and animal ethics are incompatible ethical positions. They defend irreconcilable theses regarding the problem of moral consideration and give rise to contradictory normative prescriptions. In other words, they diverge on which entities matter and how we should act toward them. This is particularly clear considering the case of animals that live in nature. While for animal ethics we must act in a way to satisfy the interests of these animals, not harming them and helping them when they are in a situation of need, for environmental ethics, given that what we must do is act in a way to preserve natural entities and processes Doing so often involves harming rather than helping these individuals. This incompatibility remains true regardless of the fact that, on occasion, pursuing environmental goals supposes some benefit for certain non-human animals; that ontological holism is true or that we defend an (eco)feminist position. Despite this, the compatibility between environmental ethics and animal ethics remains a widespread belief. This is largely explained by entrenched cognitive biases, such as motivated reasoning and confirmation bias.

Keywords: animal ethics, environmental ethics, animals in the wild, cognitive biases.

Este texto defiende que la compatibilidad entre la ética ambiental y la ética animal es un mito. Es decir, se trata de una creencia común que mucha gente cree que es cierta, pero que no lo es. Para respaldar lo anterior, buscaré, en primer lugar, aclarar algunas cuestiones importantes que suelen ser omitidas en este debate, sin las cuales cualquier discusión fructífera sobre el asunto resulta inviable (sección 1). En segundo lugar, examinaré brevemente la cuestión de la consideración moral a la luz de las perspectivas dominantes en ética ambiental y en ética animal (sección 2). A continuación, evaluaré las implicaciones normativas que se siguen de lo anterior, poniendo especial énfasis en la cuestión de los daños no antropogénicos que sufren los animales en la naturaleza1 (sección 3). Finalmente, contestaré a las objeciones más comunes que surgen en contra de la tesis inicial (sección 4), concluyendo con algunas razones adicionales por las que la compatibilidad entre la ética ambiental y la ética animal es un mito que debe ser rechazado (sección 5).

1. Aclaraciones preliminares

Antes de empezar con el análisis propiamente dicho, es importante aclarar algunas cuestiones preliminares. La primera está relacionada con el tipo de discrepancia que está en juego entre la ética ambiental y la ética animal. Muchas veces se piensa que, de existir una discrepancia entre ambas posiciones, se trata de una discrepancia científica. Es decir, una discrepancia sobre la base de hechos. Así, mientras la ética ambiental mantendría una posición informada de acuerdo con lo que nos dicen las ciencias naturales, en particular, la ecología, la ética animal se distanciaría de estas, adoptando una posición menos rigurosa con respecto a, por ejemplo, las relaciones biológicas que tienen lugar en los ecosistemas. De aquí se inferiría que, si quienes defienden una posición en ética animal estuvieran en posesión de toda la información científica relevante, lógicamente transitarían a una posición en ética ambiental. Por tanto, el debate se disolvería, hipotéticamente, con la instrucción científica de quienes adoptan posiciones en ética animal.

Sin embargo, esta idea descansa en un grave error. Es habitual, no solo en el lenguaje coloquial sino también en un cierto sector académico, hacer confluir de manera errónea los términos “ecología” y “ecologismo”, siendo “ecologismo” el término paraguas para referir una posición distintiva en ética ambiental. Pero, mientras la ecología es el estudio científico de las interacciones biológicas que se dan entre los organismos y su entorno natural (plano descriptivo), el ecologismo (o la ética ambiental) es una posición ética (o un grupo de posiciones) sobre cómo debe ser nuestra interacción con el entorno natural dados ciertos valores a preservar (plano normativo). Esos valores son, para la ética ambiental, ciertos procesos y entidades naturales, como, por ejemplo, la vida, las especies, los ecosistemas, ‘lo natural’, o la tierra en su conjunto. Aquí, y solamente aquí, es donde la ética animal se distancia de la ética ambiental. Es decir, la ética animal se basa en igual medida en los datos de las ciencias empíricas, incluyendo, la ciencia de la ecología. Pero partiendo de la misma base científica, adopta una posición distinta sobre cómo debe ser nuestra interacción con el entorno natural dados otros valores a preservar. Esos valores son los intereses de los individuos sintientes, independientemente de su especie. La discrepancia entre la ética ambiental y la ética animal se da, pues, en el plano estrictamente normativo y no en el plano descriptivo. Es por tanto en el plano moral y no en el plano de los hechos donde se sitúa la discusión.

La segunda cuestión que es importante aclarar concierne la propia noción de compatibilidad (o ausencia de ella). Si dos posiciones son incompatibles, entonces no pueden ser ambas verdaderas a la vez o, como se formula en ocasiones, la verdad de una implica la falsedad de la otra y vice-versa. Por poner un ejemplo muy sencillo, imaginemos que yo digo que (1) todos los bollos veganos son de chocolate y, a la vez afirmo que (2) este bollo vegano es de zanahoria (exclusivamente). Claramente, si (1) es verdadera, (2) es falsa y si (2) es verdadera, entonces (1) es falsa. En otras palabras, (1) y (2) son incompatibles, ya que no pueden ser ambas verdaderas. No es posible creer en ambas sin ser lógicamente inconsistente.

Imaginemos ahora que yo digo que (3) lo que importa es la bollería de chocolate, y luego afirmo que (4) alguna bollería que no es de chocolate importa (por ejemplo, la bollería de zanahoria). Pensemos en las implicaciones de defender (3) o (4). Si lo que importa es la bollería de chocolate, entonces siempre debemos promover la bollería de chocolate y, en situación de conflicto con otras bollerías (por ejemplo, la de zanahoria), priorizar la bollería de chocolate por encima de cualquier otra bollería. Si, en cambio, (4) cierta bollería que no es de chocolate importa (por ejemplo, la de zanahoria), entonces, no debemos promover la bollería de chocolate por encima de cualquier otra bollería. Cuando la bollería de chocolate entra en conflicto con la bollería de zanahoria podemos priorizar a ésta por encima de aquella, por lo que es falso que siempre debamos priorizar a la bollería de chocolate. (3) y (4) son así incompatibles porque dan lugar a cursos de acción que son contradictorios.

Ahora bien, para que (3) y (4) sean incompatibles no es necesario que siempre impliquen cursos de acción contradictorios. Dados determinados hechos del mundo, en algunos casos, promover la bollería de zanahoria podrá coincidir, en la práctica, con beneficiar a la bollería de chocolate. Por ejemplo, si se diera el caso que, al promover la bollería de zanahoria, se estuviera promoviendo, indirectamente, el consumo de bollería, en general, incluida la de chocolate. Sin embargo, el hecho de que, en caso de conflicto, promover la bollería de chocolate implique ir en contra de la bollería que no es de chocolate, es suficiente para señalar que no puede ser cierto a la vez que lo que importa es la bollería de chocolate y que alguna bollería que no es de chocolate importe. Por otras palabras, si (3) es verdadera, entonces (4) es falsa (y viceversa).

Entender esto es absolutamente crucial, ya que dos posiciones éticas son incompatibles si, en algunos casos (no necesariamente en todos), dan lugar a prescripciones contradictorias. Así, como veremos en detalle, a continuación, aunque, en la práctica, a veces, defender a ciertas entidades y procesos naturales no sintientes pueda coincidir con promover los intereses de algunos seres sintientes, ello no muestra que la ética animal y la ética ambiental sean compatibles, ya que seguirá siendo cierto que, a menudo, ambas posiciones recomiendan cursos de acción contradictorios. A continuación, veremos esto en detalle.

2. Consideración moral

Recordemos que la pregunta ética fundamental, “¿cómo debemos vivir?”, es una investigación crítica sobre qué acciones son correctas e incorrectas, que surge del reconocimiento de que nuestras acciones tienen un impacto inevitable en el mundo. Así, la pregunta fundamental sobre cómo debemos vivir equivale a plantear otra pregunta igualmente fundamental: ¿cómo debemos actuar hacia les demás? Enfrentarse a esta pregunta implica, en primer lugar, investigar quiénes son les demás moralmente relevantes, o preguntar ¿quién o qué importa? Es decir, debemos determinar qué entidades deben ser tenidas en cuenta en la deliberación moral, y por qué razones. En esto consiste el debate sobre la consideración moral.

Los argumentos acerca de la consideración moral asumen, en general, la siguiente forma.

La especificación del atributo dependerá, como veremos, de la posición defendida.

La postura tradicional, conocida como antropocentrismo, consiste en afirmar que los seres humanos, y sólo ellos, importan (o que siempre importan más que las demás entidades). Es decir, según el antropocentrismo, los seres humanos son las únicas entidades moralmente considerables (o lo son siempre en mayor medida que el resto) y las restantes entidades deben ser subordinadas a la satisfacción de los intereses humanos (Faria y Paez, 2014). El atributo que permite a una entidad ser moralmente considerable en un marco antropocéntrico varía según la posición, yendo desde la mera pertenencia a la especie humana, hasta la posesión de ciertas capacidades cognitivas complejas. El antropocentrismo ha sido ampliamente cuestionado en la literatura, y tanto la ética animal como la ética ambiental surgen como una crítica a esta visión. No obstante, cada una de ellas ofrecerá respuestas distintas con respeto a la pregunta inicial.

Los términos "ética animal" y “ética ambiental” se utilizan frecuentemente en un sentido amplio para referirse a la reflexión racional genérica (o al campo de estudio) sobre cómo debe ser la interacción de los agentes morales con los contenidos no humanos del mundo natural, en particular, y respectivamente, los animales no humanos y las restantes entidades naturales. En este sentido, la ética animal y la ética ambiental abarcarían todas las posiciones sobre la consideración moral de las entidades y procesos naturales no humanos, así como lo que constituye la acción correcta o incorrecta hacia estos, incluido el antropocentrismo. Sin embargo, dado que la motivación crucial para el surgimiento de ambas éticas es precisamente desafiar la ética antropocéntrica, se excluirá el antropocentrismo de este análisis. Aquí, tanto la ética animal como la ética ambiental serán entendidas, en sentido estricto, como un grupo de posiciones éticas que asumen, más allá de un cierto grado de desacuerdo interno, un determinado compromiso normativo. A saber:

La ética animal defiende que (I) los seres moralmente considerables son los individuos sintientes, independientemente de la especie a la que pertenecen u otros factores arbitrarios (e.g., Singer, 1975; Pluhar, 1995; Dunayer, 2004; Horta, 2010; Faria, 2016). Por otras palabras, que sólo los seres sintientes son susceptibles de consideración moral. Esto porque a la hora de decidir cómo actuar, lo que importa es el modo en que nuestras acciones u omisiones puede afectar a les demás de manera negativa o positiva. Es decir, como podemos dañarles o beneficiarles. Ni la especie de un individuo ni el grado de complejidad de sus capacidades cognitivas afecta a la medida en que puede ser dañado o beneficiado por una acción o un evento. En cambio, la sintiencia, en tanto capacidad para tener experiencias positivas o negativas (de disfrute o sufrimiento), determina que alguien pueda verse dañado o beneficiado y, por lo tanto, es lo único relevante para la consideración moral. De aquí se sigue que todos los animales sintientes, humanos y no humanos, y sólo ellos, son moralmente considerables. La implicación normativa es, pues, que (II) debemos actuar de manera a satisfacer los intereses de todos los seres sintientes.

La ética ambiental defiende, a pesar de cierto grado de desacuerdo interno, la idea de que (III) determinadas entidades y procesos naturales no sintientes son moralmente considerables. En algunos casos, negando que la sintiencia sea una condición necesaria para albergar intereses o bienestar e identificando el mero hecho de estar vivo como el criterio de consideración moral (biocentrismo) (Taylor, 1986, Schweitzer, 1923), Goodpaster, 1978, Varner, 1998). En otros casos, negando la propia posesión de intereses o bienestar como condición necesaria para la consideración moral e identificando los conjuntos biológicos, en tanto estructuras complejas de relaciones, como moralmente considerables (holismo) (Leopold, 1949; Callicott, 1980, Callicott 1989; Johnson, 1993; Rolston III, 1985). La implicación normativa es, entonces, que (IV) debemos actuar de manera que preservemos las entidades y los procesos naturales. En función de la posición defendida, tales entidades pueden ser o bien todos los seres vivos, incluyendo no sólo a animales, sino también plantas, hongos y otros organismos vivos no sintientes (biocentrismo) o bien los conjuntos biológicos, como las especies, los ecosistemas o la tierra en su totalidad (holismo).

Obsérvese que las posiciones en ética animal, al defender la sintiencia como condición necesaria para la consideración moral, son incompatibles con cualquier posición en ética ambiental, ya que al menos una parte de las entidades moralmente considerables son, según esta última, no sintientes (meros organismos vivos, conjuntos ecológicos, etc.). Recordando la definición inicial de incompatibilidad, si (I) es verdadera, (III) es falsa y si (III) es verdadera, entonces (I) es falsa. En otras palabras (I) y (III) son incompatibles, ya que no puede ser cierto a la vez que sólo los seres sintientes sean moralmente considerables y que algunos seres moralmente considerables sean no sintientes. La incompatibilidad entre ambas posturas será, sin embargo, más clara con respecto a las tesis (II) y (IV).

Las tesis (II) y (IV) son tesis sobre cómo debemos actuar. Mientras para la ética animal (II) debemos actuar de manera que satisfagamos los intereses de los seres sintientes independientemente de otros valores, para la ética ambiental (IV) lo que debemos hacer es, a menudo, no interferir con o preservar las entidades y procesos naturales no sintientes. La tesis (II) implica, por tanto, que satisfacer los intereses de los individuos sintientes tiene prioridad sobre cualquier otra consideración ética, lo que es incompatible con la tesis (IV), ya que, según (IV), frecuentemente debemos priorizar el bien de otras entidades y procesos naturales no sintientes. La incompatibilidad es especialmente clara considerando el caso paradigmático de los animales que viven en la naturaleza. De ello tratará la siguiente sección.

3. Implicaciones normativas: el caso de los animales en la naturaleza

La alta exposición de los animales en la naturaleza a los procesos naturales es objeto de una atención cada vez mayor. Sufren sistemáticamente traumas físicos, viven en lugares con una alta densidad de depredadores y parásitos, se enfrentan a conflictos con sus congéneres, están sujetos a enfermedades, así como a variaciones constantes en la comida, el agua y la temperatura, etc. Este estado de cosas se agrava, a menudo, por las intervenciones humanas en la naturaleza que son perjudiciales para los animales que allí viven. Algunos ejemplos son la reintroducción de especies depredadoras en un ecosistema en el que han estado ausentes durante mucho tiempo o la erradicación de especies no autóctonas, en ambos casos con el objetivo de contribuir a un nuevo estado de equilibrio ecosistémico. Esto se hace, en ocasiones, porque los animales de una determinada especie están transformando un ecosistema particular. Por ejemplo, ciertos herbívoros como los ciervos se alimentan de ciertas plantas hasta el punto de reducir su presencia por encima de límites considerados aceptables. En algunos casos, se reintroduce a los antiguos depredadores de estos animales, actualmente extintos en el ecosistema, intentando devolver al ecosistema su forma original. Hay dos formas en las que esta intervención busca ese fin. En primer lugar, al hacer que muchos de estos animales sean matados por los depredadores. En segundo lugar (y este es el modo más importante), al modificar su comportamiento, recreando la dinámica biológica llamada "ecología del miedo". La ecología del miedo se basa en las decisiones que deben tomar los animales entre evitar el hambre y evitar la depredación. Ante el riesgo de depredación, optan por dejar de pastar en terreno abierto, escondiéndose en lugares donde el alimento es escaso pero la probabilidad de depredadores es baja. Allí, terminan muriendo de hambre, deshidratación y otras complicaciones relacionadas.

Estos y otros casos de intervenciones negativas muestran cómo la preservación de ciertas entidades y procesos naturales es, a menudo, contraria a los intereses de los individuos sintientes. Cualquier postura ambientalista implica que debemos realizar este tipo de intervenciones al menos en determinadas ocasiones: cuando hacerlo es necesario para la preservación de ciertos procesos y entidades naturales. Por el contrario, las posturas en ética animal se oponen a estas intervenciones (Shelton, 2004; Horta, 2010b; Faria, 2012; Faria y Paez, 2019). Dado que lo que debemos hacer es velar por los intereses de los seres sintientes, debemos abstenernos de llevar a cabo una acción que cause más daño que bien a los animales en cuestión.

Consideremos ahora las intervenciones positivas en la naturaleza, es decir, aquellas intervenciones humanas en la naturaleza que son generalmente beneficiosas para los animales. Los ejemplos de estas intervenciones son cada vez más frecuentes. Entre ellos se incluyen los rescates de animales huérfanos o heridos, las iniciativas para proporcionarles alimentación suplementaria o los programas de vacunación para evitar la transmisión de enfermedades. Cualquier posición ambientalista implica que, al menos en ciertos casos, deberíamos abstenernos de tales intervenciones. Esto porque cuando se delibera sobre la intervención, los intereses de los animales salvajes deben sopesarse con otros valores. Dado que estos valores suelen ser mutuamente excluyentes, la objeción a estas intervenciones se basa en su potencial para poner en peligro el bien de ciertas entidades, por ejemplo, el equilibrio del ecosistema. Por tanto, lo que debemos hacer en esos casos es abstenernos de realizar aquello que beneficie a los animales en la naturaleza, siempre que sea lo que garantice la preservación de otras entidades naturales (Sagoff 1984, Callicott, 1989, Rolston, 1992, Katz, 1992). Por el contrario, y dada la relevancia de los intereses de los seres sintientes, todas las posiciones en ética animal implican que ciertas intervenciones positivas son lo que debemos hacer (Sapontzis, 1987; Ng, 1995; Clement, 2003; Cowen, 2003; Fink, 2005; Hadley, 2006; Morris y Thornhill, 2006; Nussbaum, 2007; Horta, 2010a; Horta, 2017; Tomasik, 2015; Faria y Paez, 2014; McMahan, 2015; Faria, 2016; Faria y Horta, 2019; Paez, 2020; Johannsen, 2020; Soryl et al., 2021).

Afirmar que la ética ambiental y la ética animal son incompatibles significa simplemente que, si suscribimos una perspectiva, no podemos, sin contradicción, suscribir la otra. Queda abierta la cuestión de qué posición debe adoptarse. La adopción de una u otra posición dependerá del nivel de plausibilidad de las tesis aquí descritas y de sus implicaciones. Centrémonos, ahora, en ello.

Supongamos que aceptamos lo que defiende la ética ambiental. Como hemos visto, esta prescribe que a menudo debemos llevar a cabo intervenciones negativas y abstenernos de llevar a cabo intervenciones positivas respecto de los animales que viven en la naturaleza. Ante esto, las posiciones en ética ambiental se enfrentan al siguiente dilema:

O bien,

(a) Debemos llevar a cabo intervenciones negativas y abstenernos de llevar a cabo intervenciones positivas cuando se trata de individuos no humanos, pero no cuando se trata de individuos humanos en situaciones similares;

O bien,

(b) También debemos llevar a cabo intervenciones negativas y abstenernos de llevar a cabo intervenciones positivas cuando se trate de individuos humanos en situaciones similares.

La tendencia dominante en ética ambiental es elegir la opción (a), defendiendo diferentes prescripciones para el caso humano y el no humano. Sin embargo, si el especismo está injustificado y aceptamos (a), caemos en una posición inconsistente, al no abordar casos similares de manera similar. Humanos y no humanos son similares en aquello que es relevante para determinar cómo actuar en estas situaciones, puesto que son igualmente seres sintientes. Así, tanto humanos y no humanos pueden ser dañados por intervenciones negativas y beneficiados por intervenciones positivas. Por ello, la consideración y el trato desfavorable de los animales no humanos está injustificada. Por tanto, si rechazamos el especismo, no podemos aceptar (a).

La alternativa es, entonces, desde la ética ambiental, aceptar la opción (b), defendiendo que humanos y no humanos deben ser tratados de forma similar respecto de intervenciones negativas y positivas. Pero, si defendemos que la preservación de las entidades y procesos naturales no sintientes debe tener prioridad en la acción moral, nos encontraremos con escenarios éticamente contraintuitivos. Estos incluirán, por ejemplo, la prescripción de erradicar a seres humanos dada la amenaza que suponen para el “equilibrio ecosistémico”, o la de “dejar la naturaleza seguir su curso” no ayudando a seres humanos que sufran por enfermedades o que sean víctimas de catástrofes naturales. Esto parece, sin embargo, inaceptable. Incluso sabiendo que los seres humanos suponen una amenaza para la integridad de los conjuntos biológicos, la mayoría de la gente rechazaría la implicación célebremente etiquetada por Tom Regan (1983) como "fascismo ecológico" de que, siempre que sea necesario, los intereses humanos deban sacrificarse por el beneficio de la "comunidad biótica”. Los intereses humanos en no sufrir y en disfrutar de sus vidas importan moralmente. Por ello, aceptar (b) es caer en una posición implausible.

La ética ambiental se enfrenta así al dilema insuperable entre (a) la inconsistencia y (b) la implausibilidad, del que sólo es posible salir renunciando a sus propios principios. La alternativa que ofrece la ética animal es reconocer, en primer lugar, que el bienestar o intereses de los individuos sintientes en situaciones similares es igualmente relevante. Y, en segundo lugar, que lo que se sigue de ello no es que se deban desatender por igual los intereses humanos y no humanos –como sugiere (b)–. Por tanto:

(c) Debemos abstenernos de llevar a cabo intervenciones negativas y promover intervenciones positivas cuando se trata tanto de individuos humanos como de individuos no humanos.

Defender (c), sin embargo, sólo es posible distanciándose de la ética ambiental, reconociendo que la preservación de entidades y procesos naturales sólo debe ser perseguida cuando hacerlo no atenta contra intereses básicos en no sufrir y en vivir de los individuos, humanos o no humanos.

4. Problemas para la tesis de la incompatibilidad

Un intento común de cuestionar lo anterior consiste en identificar casos concretos en los que los fines que persigue la ética ambiental parecen coincidir con los de la ética animal, en particular en lo que toca a ayudar a los animales en la naturaleza. Así, por ejemplo, se enumeran programas de conservación ambiental, cuyo impacto es positivo en la vida de aquellos animales que tienen la suerte de ser elegidos en tanto miembros de una especie protegida, recibiendo cuidados veterinarios, abrigo, alimentación, entre otros múltiples beneficios. Sin embargo, esta idea asienta en un equívoco. Obsérvese que, a pesar del innegable impacto positivo en la vida de estos animales particulares, tales programas no persiguen los intereses de los individuos, sino que el objetivo último es la preservación de la especie en cuestión. Cuando el estado de conservación de la especie de los afectados no está amenazado, la ética ambiental no defiende las mismas acciones. De hecho, a menudo, las condena por la potencial disrupción del ‘equilibrio ecosistémico’ que suponen. En otros contextos ecosistémicos puede suceder a la inversa, de forma que los animales de la misma especie pueden ser objeto de intervenciones dañinas, si, por ejemplo, al no ser ‘autóctonos’ se busca su erradicación.

Desde la ética animal se disputan diferentes aspectos de este razonamiento. En primer lugar, se rechaza la idea de que el nivel de densidad poblacional de una especie, la función ecológica de un individuo o su procedencia sea relevante a la hora de determinar si debemos ayudarle. El peso de los intereses en no sufrir y en vivir que puede poseer un individuo no se ve afectado por tales factores. Lo único que importa es si el individuo en cuestión puede sufrir un daño, y la medida en que podamos ayudar a prevenir ese daño o a mitigar sus efectos. Por tanto, debemos ayudarles cuando lo necesiten y actuar de manera que evitemos que sufran daños, tanto si las causas de estos son antropogénicas como si son naturales. El paralelismo con el caso humano ilustra bien la fuerza de esta idea.

En segundo lugar, la ética animal reconoce, en línea con la investigación científica más reciente, que el concepto de “equilibrio ecosistémico” es un concepto metafórico que la ciencia ha ido abandonando progresivamente en favor de marcos ecológicos más dinámicos. Hoy sabemos que los ecosistemas están naturalmente en constante fluctuación y cambio y que la conservación o cristalización de un estado de cosas en un momento dado de la historia natural exige la intervención y la gestión humana (Kricher, 2009; Simberloff, 2014). Es decir, la conservación de este o aquel aspecto de un ecosistema es necesariamente una selección humana –artificial– que contraría la natural fluctuación ecosistémica. La decisión de priorizar una determinada configuración ecosistémica sobre otra es inevitable, tanto para la ética ambiental como para la ética animal. La diferencia radica en los fines que orientan la decisión y que señalan, una vez más, la incompatibilidad de fondo entre ambas posiciones.

Hay otro modo distinto de objetar a la incompatibilidad entre la ética animal y la ética ambiental. Este consistiría en sostener que, si bien a un cierto nivel lo que cuenta son los individuos sintientes, a otro nivel más macro reconocer la interconexión ecológica de todas las entidades naturales, incluidos los seres humanos, implica necesariamente atribuir consideración moral a los conjuntos biológicos. Obviar esto seria, de algún modo, obviar la realidad de lo que es y lo que somos. El atractivo de esta idea radica, evidentemente, en su resonancia con una cierta ontología popular, según la cual “somos parte de un todo” y “todos los fenómenos naturales están interconectados”. Es cierto que el holismo ético presupone, en la práctica, otras formas de holismo, como el holismo ontológico, la posición según la cual existen “todos” independientemente de sus partes constituyentes. Sin embargo, aquí hay un engaño. Es verdad que si defendemos el holismo ético estamos, en cierta medida, comprometides con el holismo ontológico. Pero, inversamente, afirmar que los conjuntos biológicos existen no implica afirmar que son moralmente considerables. En otras palabras, es perfectamente consistente ser holista ontológico y rechazar el holismo ético. Esto puede hacerse, por ejemplo, defendiendo que somos parte de un todo ecológico, siendo, sin embargo, las partes, o por lo menos algunas partes (e.g., los individuos sintientes), y no el todo, las entidades susceptibles de consideración moral. Así, la ética animal es perfectamente compatible con el reconocimiento de la interconectividad ecológica de lo que hay y lo que eventualmente somos. Por tanto, es falso que la ética animal esté obligada a un entendimiento plural con la ética ambiental.

Otra objeción a la tesis de la incompatibilidad entre ética animal y ética ambiental podría presentarse desde un marco feminista. Ello se debe a que ha sido habitual, en este contexto, la asociación de la defensa de los intereses animales con posiciones ecofeministas. El ecofeminismo vincula el pensamiento feminista con preocupaciones ambientales. En particular, un cierto sector, conceptualiza la situación de subyugación de las mujeres, la naturaleza y los demás animales como instancias de una lógica común de dominación patriarcal (e.g., Plumwood, 1986;Plumwood, 1993;Plumwood, 2000; Warren, 1987, Warren, 1990, Warren, 1994; Gaard, 1997, Gaard, 1993; Gruen, 1993, Kheel, 2007; Adams, 2010; Adams y Gruen, 2014; Puleo, 2011). En ese sentido, un enfoque ético feminista implicaría la protección de los intereses no humanos, a la vez que la preservación de las restantes entidades naturales.

Sin embargo, es importante aclarar que, aunque el diagnostico ecofeminista sea certero a la hora de identificar los efectos de la cultura patriarcal más allá de la esfera humana, ha sucumbido a una cierta visión idílica de la naturaleza, obviando que una parte importante de los daños que padecen los animales que viven en la naturaleza no es antropogénica, sino resultado de su alta exposición a procesos naturales dañinos. Sólo ello explica que se defienda, desde este enfoque, una alianza conservacionista con la naturaleza como respuesta a la dominación patriarcal de humanos y no humanos, excluyendo los daños naturales como motivo de preocupación ética, e incluso celebrándolos cuando afectan a individuos no humanos.

Ahora bien, este gran paso en falso del ecofeminismo entra en choque radical con su base ética predominantemente radicada en el cuidado. De acuerdo con esta posición, debemos no sólo no dañar a les demás, sino también satisfacer sus necesidades, en particular en el caso de quienes son dependientes y vulnerables. En otras palabras, tenemos deberes de cuidado hacia elles. Ahora bien, los animales que viven en la naturaleza son dependientes de su medio natural para obtener lo que necesitan, pero dicho medio natural no satisface sus necesidades básicas (la norma en sus vidas es el sufrimiento y la muerte prematura). Por ello, estos animales son también individuos vulnerables y objetos legítimos de nuestro cuidado. Un verdadero deber de cuidado exigiría, pues, ayudar a estos animales siempre que podamos hacerlo, tal y como lo hacemos cuando se trata de seres humanos, incluso si ello implica ir en contra de ciertos valores ambientales. Por tanto, o bien el ecofeminismo se mantiene fiel a su ética del cuidado, acercándose a la ética animal, pero bajo amenaza de perder su etiqueta “eco”, o bien se alía con la ética ambiental, y se conforma con la ética del descuidado.

Otra respuesta razonable pasa por distanciarse del ecofeminismo, defendiendo, en alternativa, que una verdadera adhesión a los ideales feministas, no ya de cuidado, sino de justicia, revela y condena la situación desigual injusta de los animales no humanos en la naturaleza. Ello implica rechazar la visión idílica de la naturaleza y reconocer que la muerte prematura, la inanición o la enfermedad que afectan a los animales no humanos son fuente de injusticias naturales que no deben ser más parte de su vida que de la nuestra. Así, una vez rechazado el especismo, debemos oponernos de igual forma a los procesos naturales dañinos, ya afecten a seres humanos o a no humanos. Afirmar, en otras palabras que “si la naturaleza es injusta, cambia la naturaleza” (Laboria Cuboniks, 2015). Al contrario de lo que habitualmente se asume, contrarrestar el paradigma dañino patriarcal de intervención en la naturaleza no implica abstenerse de intervenir, sino sustituirlo por un nuevo paradigma feminista de intervención centrado en la plena realización de los intereses de todos los seres sintientes, independientemente de factores arbitrarios como la raza, el sexo, las capacidades, la especie o la localización geográfica (Faria, 2019). Así, también desde el feminismo se observa, sin recelo, la incompatibilidad entre ética animal y ética ambiental2.

5. Conclusión y consideraciones adicionales

Este artículo ha defendido que la ética ambiental y la ética animal son posiciones éticas incompatibles. Defienden tesis irreconciliables respecto del problema de la consideración moral y dan lugar a prescripciones normativas contradictorias. En otras palabras, divergen respecto de qué entidades importan y de cómo debemos actuar hacia ellas. Esto es particularmente claro considerando el caso de los animales que viven en la naturaleza. Para la ética animal debemos actuar con el fin de satisfacer los intereses de estos animales, no dañándoles y ayudándoles cuando están en situación de necesidad. Mientras, para la ética ambiental debemos actuar con el fin de preservar las entidades y procesos naturales, lo que a menudo implica causar daño y no ayudar a estos individuos. Esta incompatibilidad permanece cierta independientemente de que perseguir fines ambientalistas suponga, en ocasiones, contingentemente, un beneficio para ciertos animales en la naturaleza; de que exista una interconectividad ecológica entre todas las entidades naturales o de que defendamos una posición (eco)feminista.

A pesar de todo lo anterior, la compatibilidad entre la ética ambiental y la ética animal sigue siendo una creencia muy extendida. Explicar las razones por las que existen creencias tan arraigadas no es ciertamente tarea para une filósofe, aunque me tomaré la libertad de hacer aquí algunas consideraciones que me parecen relevantes.

Consideremos, en primer lugar, lo que se conoce en psicología cognitiva como razonamiento motivado, la tendencia humana a aceptar las justificaciones que más apoyan nuestros deseos y a resistirse a los argumentos que los contrarían. Un ejemplo de razonamiento motivado lo constituiría la aceptación sin escrutinio de los argumentos que están de acuerdo con una visión especista del mundo y la crítica de los argumentos que la contrarían. El razonamiento motivado viene íntimamente asociado al sesgo de confirmación, la tendencia a detectar la información que apoya nuestras creencias y a ignorar la que las contradice (e.g. Animal Ethics, 2021). Así, una persona que crea, de antemano, que los animales no humanos no importan, tenderá a ignorar o descartar la información que contradice sus creencias, como por ejemplo las evidencias científicas sobre sintiencia animal.

Ahora bien, lo primero que aprendemos al conocer los sesgos cognitivos es que todes los tenemos, incluides quienes buscan desmantelar el status quo y hacer del planeta un lugar más deseable. En un mundo fuertemente marcado por las injusticias humanas, es razonable albergar el deseo de encontrar algo de luz en otro lugar, en particular, en un lugar no contaminado por la acción humana. Por eso, muchas personas se asoman a la naturaleza en busca de orientación o inspiración, motivadas por una visión idílica de los procesos y dinámicas naturales. Ello lleva a que, a la hora de considerar las evidencias sobre las condiciones de vida en la naturaleza, incurran en un sesgo de confirmación, seleccionando aquellos aspectos de la realidad que apoyan sus creencias previas en la benevolencia natural e ignorando las evidencias sobre el sufrimiento y la muerte prematura que son endémicas en la naturaleza. Esto explica a mi entender, al menos parcialmente, la resistencia de ciertas personas frente a la tesis de la incompatibilidad entre la ética animal y la ética ambiental. Las personas no aceptan que sean incompatibles porque las razones que las hacen incompatibles implican la aceptación de creencias contrarias a su visión del mundo.

Además, y de forma importante, las personas tienen un fuerte apego a sus creencias y perspectivas, que suelen conformar su propio sentido del yo. Cuando la información disponible contradice algunas de esas creencias, las personas tienden a sentir esa contradicción como una amenaza no sólo para lo que piensan sino para lo que son. Un choque de creencias se convierte, así, en un problema de identidad. Ello hace que sea muy difícil revertir la creencia inicial, ya que la persona se centra ahora en protegerse de la amenaza imaginaria en lugar de evaluar la información recibida.

Reconocer esto es extremadamente importante a la hora de desarrollar el pensamiento crítico en general, pero resulta particularmente relevante para comprender el caso que nos ocupa aquí. Es habitual que muchas de las personas que rechazan la tesis de la incompatibilidad se identifiquen como “ecologistas y animalistas”. Ello implica que la compatibilidad entre ambas posiciones no es una cuestión debatible para ellas, sino que algo esencial a lo que son. Esto hace que sean insensibles a argumentos contrarios a esa realidad. A esto se suman las identificaciones grupales que impiden la revisión de creencias ampliamente aceptadas, tendiendo a castigar a quienes osan cuestionarlas, condenándoles, a menudo, al ostracismo.

La adhesión identitaria a esta idea, que roza el mito, más allá de ser un atentado al pensamiento crítico y un obstáculo a la propia idea de desarrollo personal, resulta extremadamente dañina para la reflexión estratégica en el activismo. La aparente conciliación entre ambas posiciones conduce a la confusión del objetivo (target) político y permanece ajena a la resolución de conflictos entre los intereses no humanos y valores ambientales, siendo incapaz de ofrecer respuestas frente a los daños que sufren los animales en la naturaleza. Mientras tanto, un número masivo de animales no humanos seguirán teniendo vidas cortas, llenas de sufrimiento, que terminarán, naturalmente, en muertes horribles. Es urgente, por ello, cuestionar el razonamiento motivado al tratar este problema y priorizar las evidencias por encima de deseos de conciliación ficcional. La ética ambiental y la ética animal no son compatibles. El mito se acaba aquí.

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Notas

1 En el lenguaje coloquial, el término “naturaleza” se usa para referir el medio natural o el entorno silvestre. Es decir, aquellas áreas que no han sido significativamente alteradas por los seres humanos, por oposiciónn a áreas predominantemente construídas o intervenidas por estos, como, por ejemplo, un espacio urbano. En este texto, se dejará a un lado la controversia sobre el significado de “naturaleza” o “natural”, remitiendo para el significado de ambos términos en el lenguaje coloquial, dado que nada de verdaderamente sustancial defendido en este artículo depende de esta cuestión conceptual.
2 Alguien podría todavía objetar la tesis de la incompatibilidad apelando a un razonamiento de tipo utilitarista, según el cual la preservación de los procesos naturales, aunque implicara causar daño a ciertos individuos sintientes, estaría justificada en tanto suma de la felicidad total, por lo que ética animal y ética ambiental se alienarían en este punto. Sin embargo, este razonamiento es cuestionable por diferentes razones. En primer lugar, es altamente improbable que aquello que resulte más beneficioso desde un punto de vista de la preservación de entidades naturales no sintientes coincida, en la práctica, con lo que es mejor desde el punto de vista de los intereses no humanos. Dada la probable predominancia del sufrimiento en la naturaleza, la preservación de los procesos y entidades naturales genera disvalor desde el punto de vista del bienestar individual, así que a largo plazo la utilidad esperada tenderá a ser negativa. En segundo lugar, aunque fuera cierto que, en ocasiones, causar daño a determinados individuos sintientes produjera el mejor estado de cosas tanto desde los fines perseguidos por la ética ambiental como los de la ética animal, seguiría siendo cierto que en algunos casos ambas posiciones recomendarían cursos de acción contradictorios. Ello es suficiente, como hemos visto, a la hora de establecer su incompatibilidad. Finalmente, la objeción sólo resulta inteligible desde una posición estrictamente utilitaria, por lo que su plausibilidad inicial resultaría ya, de entrada, inaceptable a la luz de otras teorías normativas, incluso de corte consecuencialista.
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