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Conflictos políticos y judiciales en la gestión de empresas públicas. El caso de Bodegas Giol (Mendoza, 1955-1974)
Patricia Olguín
Patricia Olguín
Conflictos políticos y judiciales en la gestión de empresas públicas. El caso de Bodegas Giol (Mendoza, 1955-1974)
Investigaciones y Ensayos, vol. 71, 2021
Academia Nacional de la Historia de la República Argentina
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Resumen: El objetivo del trabajo es analizar los procesos de enjuiciamiento -tanto en el ámbito penal como político- que fueron encarados contra dos gobernadores de Mendoza en la segunda mitad del siglo XX en climas de elevada conflictividad política, y que fueron sustanciados sobre la base de supuestas irregularidades en la adquisición y gestión de la empresa pública Bodegas y Viñedos Giol. En primer lugar, se pretende estudiar el proceso iniciado por la Comisión Investigadora Provincial creada por la llamada “Revolución Libertadora” en 1955 contra el exgobernador Carlos Evans, el exministro de Hacienda Benedicto Caplán y el tasador Arturo Teisaire, así como la causa judicial penal que se derivó a partir de ella. En segundo lugar, se busca explorar la investigación a cargo de la Legislatura de Mendoza emprendida en 1974 contra el gobernador en ejercicio Alberto Martínez Baca, que culminó en un juicio político. Las principales fuentes de investigación consisten en discursos y reseñas gubernamentales, expedientes de la Comisión Provincial de Investigaciones, jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza, legislación nacional y provincial, obras éditas e inéditas de actores de la época, entrevistas en profundidad y periódicos nacionales y provinciales.

Palabras clave: comisiones investigadoras, interna peronista, juicios políticos, Bodegas y Viñedos Giol.

Abstract: The aim of the work is to analyze the prosecution processes -both the criminal and political spheres- that were faced against two governors of Mendoza in the second half of the 20th century in climates of high political conflict, and that were substantiated on the basis of alleged irregularities in the acquisition and management of the public company Bodegas y Viñedos Giol. In the first place, it is intended to study the process initiated by the Provincial Investigative Commission created by the so-called “Revolución Libertadora” in 1955 against former Governor Carlos Evans, former Minister of Finance Benedicto Caplán and the appraiser Arturo Teisaire, as well as the criminal judicial case that was derived from it. Second, it seeks to explore the investigation by the Mendoza Legislature launched in 1974 against the governor Alberto Martínez Baca, which culminated in a political trial. The main sources of investigation consist of government speeches and reviews, files of the Provincial Investigations Commission, jurisprudence of the Supreme Court of Justice of Mendoza, national and provincial legislation, edited and unpublished works by actors of the time, in-depth interviews and newspapers. national and provincial.

Keywords: investigative commissions, peronist intern, political trials, Bodegas y Viñedos Giol.

Carátula del artículo

Artículos

Conflictos políticos y judiciales en la gestión de empresas públicas. El caso de Bodegas Giol (Mendoza, 1955-1974)

Patricia Olguín
Instituto de Ciencias Humanas, Sociales y Ambientales (INCIHUSA), Argentina
Investigaciones y Ensayos
Academia Nacional de la Historia de la República Argentina, Argentina
ISSN: 2545-7055
ISSN-e: 0539-242X
Periodicidad: Semestral
vol. 71, 2021

Recepción: 02 Julio 2021

Aprobación: 24 Agosto 2021


Introducción

Las empresas públicas constituyeron espacios privilegiados para saldar disputas políticas, en particular a partir de la ampliación del “Estado empresario” que fue encarada por los dos primeros gobiernos de Perón. Los giros en la política empresarial y los relevos en los directorios de las firmas ilustraron los crecientes enfrentamientos que estallaron entre fuerzas políticas y/o militares antagónicas y que encontraron en las empresas creadas o controladas por el Estado nacional, provincial o municipal un espacio de contienda, sobre todo en aquellas que operaban en sectores considerados clave. En efecto, al igual que en otros países de América Latina, el Estado ocupó un rol central en los procesos de desarrollo económico y social (García Heras, 2007; Barbero y Jacob, 2008; Dávila, 2013, p. 113; Guajardo y Labrador, 2015). ¿Por qué la empresa pública provincial Bodegas y Viñedos Giol constituyó, de manera temprana y recurrente, una caja de resonancia de los conflictos políticos? ¿Qué mecanismos de resolución fueron utilizados por las dirigencias provinciales?

El objetivo del trabajo es analizar los procesos de enjuiciamiento -tanto en el ámbito penal como político- que fueron encarados contra dos gobernadores de Mendoza en la segunda mitad del siglo XX, en climas de elevada conflictividad política, y que fueron sustanciados sobre la base de supuestas irregularidades en la adquisición y gestión de la firma Bodegas y Viñedos Giol. En primer lugar, se pretende estudiar el proceso iniciado por la Comisión Investigadora Provincial -creada por el gobierno de la denominada “Revolución Libertadora”- en 1955 contra el exgobernador peronista Carlos Evans, el exministro de Hacienda Benedicto Caplán y el tasador Arturo Teisaire, en relación con la operación de compra de la empresa, así como la causa judicial penal que se derivó a partir de ella. En segundo lugar, se busca explorar la investigación a cargo de la Legislatura de Mendoza emprendida en 1974 contra el gobernador en ejercicio Alberto Martínez Baca -proveniente de las filas de la izquierda peronista-, que denunció la participación del hijo del gobernador en “negociados” vinculados a la venta de vinos a la firma Giol y culminó en un juicio político.

La bibliografía especializada ha mostrado una inescindible relación entre historia política e historia económica. Algunas contribuciones han destacado a las empresas públicas como arena de debates e intervenciones para dirimir diferencias en el plano de las políticas públicas, y de rivalidades o antagonismos entre las dirigencias políticas provinciales (Belini y Rougier, 2008; Regalsky y Rougier, 2015). De lo primero, dieron cuenta la creación, absorción y liquidación de firmas (Ugalde, 1983, pp. 161-66) y, de lo segundo, las denuncias de opositores políticos en relación con las dependencias estatales (Spinelli, 2005, p. 75). Asimismo, trabajos recientes han examinado el funcionamiento de las comisiones investigadoras creadas en 1955, las cuales formularon acusaciones de corrupción contra las autoridades de los gobiernos peronistas, resaltando este aspecto poco conocido del “proyecto desperonizador” (Ferreyra, 2016 y 2018). Sin embargo, las actividades de estas comisiones en Mendoza no han sido estudiadas. Sus integrantes pertenecieron a las fuerzas reconocidas como legítimas por parte del gobierno militar, esto es la Unión Cívica Radical (UCR) (Lacoste, 2004) y el Partido Demócrata de Mendoza (PDM) (Mellado, 2008)[1], que ocuparon las principales posiciones en el nuevo marco institucional, mientras que los peronistas denunciaron actos de persecución, que incluyeron el encarcelamiento de sus principales referentes y la apertura de procesos investigativos (Álvarez, 2007). Sobre los juicios políticos iniciados a los gobernadores provenientes del ala izquierda del peronismo en la década de 1970, las indagaciones relativas al caso de Alberto Martínez Baca se centraron en las dimensiones políticas y trataron de manera tangencial las causas vinculadas a la empresa Giol (Mellado, 2009).

La sociedad anónima Bodegas y Viñedos Giol -una gran empresa integrada desde la viña al comercio mayorista de vinos- había sido adquirida por el Estado provincial en 1954 durante el gobierno peronista encabezado por Carlos Evans (1952-1955), y a partir de entonces ocupó un lugar central en los programas económicos provinciales[2]. Luego del golpe de Estado de 1955, las operaciones prácticamente se paralizaron y los duros enfrentamientos entre actores políticos y militares en torno a la “cuestión peronista” imposibilitaron el diseño de una estrategia empresarial de largo plazo en los mercados de uvas y vinos de Mendoza. En el contexto de revisión de la función de las empresas en la economía argentina se desató una controversia sobre la forma jurídica que debía adoptar la firma -y en definitiva sobre la composición y control del directorio-, la cual giró en torno a las alternativas de una sociedad de economía mixta, una empresa estatal, una cooperativa e, incluso, se planteó la pertinencia de la privatización. Este conflicto se dilucidó en favor de una empresa estatal en 1964. Desde entonces, Bodegas Giol emprendió, casi siempre bajo el control total del Poder Ejecutivo provincial, acciones intermitentes de regulación y estímulo a la integración vertical de pequeños productores, que fueron profundizadas -traspasando los límites anteriores- a partir de 1973 (Olguín, 2013 y 2019).

Sin embargo, la conmoción política y social que sacudió a la sociedad argentina no finalizó con el retorno del peronismo al poder en 1973, primero de la mano de Héctor Cámpora y luego de la del propio Perón. Ni siquiera el arbitraje de este último pudo controlar los enfrentamientos que se desataron, ya no solo con la oposición política y militar sino en el seno del Movimiento. Por el contrario, los intentos por equilibrar las distintas fuerzas exacerbaron los conflictos que tuvieron como “protagonistas a la «derecha» y la «izquierda», a los «leales» y los «traidores», a los «infiltrados» y a la «burocracia sindical»” (De Riz, 2000, pp. 127-130). Por su parte, el peronismo mendocino, que proporcionó uno de los ejemplos más conspicuos de las formidables disputas que se libraron en el interior de esa aglomeración de fuerzas (Servetto, 2010), utilizó a la firma Giol para cristalizar la pelea político-sindical. El recambio de los miembros del directorio, la intervención de la firma, un breve período de acefalía y las denuncias de actos de corrupción formuladas contra el gobernador que lograron la iniciación de juicio político, que expresó el duro enfrentamiento entre la derecha y la izquierda peronista (Mellado, 2009), colocaron a la organización empresarial al borde de la inacción operativa y afectaron seriamente el plan económico del gobierno.

Las principales fuentes de esta investigación consisten en discursos y reseñas de gestión de los gobernadores del período 1955-1974, documentos de los expedientes elaborados por la Comisión Provincial de Investigaciones, jurisprudencia de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza relativa al juicio a Evans, Caplán y Tesaire, legislación nacional y provincial, obras éditas e inéditas de algunos actores de la época (Caplán y Cuadra Zúñiga), entrevistas en profundidad al exdiputado radical Luis Bobillo y al ex juez Eduardo López Ricci y una revisión exhaustiva de periódicos de alcance nacional (La Prensa, La Nación) y provincial (Los Andes, Mendoza, el pasquín nacionalista Crónica y la revista política Claves).

El trabajo se divide en tres partes. La primera aborda la acusación y el proceso judicial penal encarado contra Evans, Caplán y Tesaire con motivo de supuestas irregularidades ocurridas en la adquisición de la firma Giol. La segunda estudia el proceso investigativo iniciado en la Legislatura provincial por legisladores diputados opositores sobre el accionar de Martínez Baca en relación con la gestión de la bodega estatal. La tercera se ocupa del análisis del juicio político emprendido en contra de este último mandatario, y su resolución.

Acusación y proceso judicial penal contra los actores intervinientes en la operación de compra de Bodegas Giol

La política de “desperonización” de la sociedad argentina que se inició durante la presidencia del Gral. Eduardo Lonardi no tuvo un consenso unánime entre los sectores afines al gobierno, surgiendo de sus colaboradores “la necesidad imperiosa de investigar y castigar a integrantes y partidarios del régimen caído”. Una de las instituciones que intentó satisfacer estas inquietudes fue la Comisión Nacional de Investigaciones que tuvo la misión de investigar irregularidades en los actos de gobierno del “régimen depuesto”[3]. Las facultades atribuidas al organismo fueron muy amplias: incluían la posibilidad de ordenar detenciones, allanar domicilios o establecimientos, secuestrar documentos, intervenir entidades, obtener informes de instituciones y crear subcomisiones. Estas últimas abarcaron temáticas amplias como enriquecimiento ilícito, torturas, actividades y patrimonios de los exlegisladores y funcionarios, educación, economía y finanzas, prensa, radiofonía y cinematografía, relaciones exteriores, trabajo y cajas jubilatorias (Spinelli, 2005, pp. 55, 67 y 69).

En Mendoza, al estallar el golpe militar fueron detenidos el exministro de Gobierno Emilio Fluixá, el exdiputado Alberto Serú García y el exjefe de policía Roberto Castro Villalba, entre otros. La embestida contra el peronismo fue encarada por el interventor federal Gral. (RE) Roberto V. Nazar e incluyó la sustitución de los elencos directivos, la limitación de la actividad de los partidos políticos, la disolución de la Legislatura provincial y la declaración en comisión del Poder Judicial. En efecto, una de sus primeras medidas fue dar marcha atrás con la venta de las 30.000 acciones de Bodegas Giol que habían sido compradas por directores y trabajadores de la firma (Caplán, 1957, p. 96). Como contrapartida, el conjunto de respuestas, en general espontáneas, que la cultura popular llamó “resistencia” (James, 2007, pp. 126-128), no tuvo un carácter orgánico. Por un lado, se encontraba la dirigencia política y gremial que propiciaba una acción pacífica a través de la publicación del diario Tres Banderas y de la distribución de panfletos, de la realización de reuniones clandestinas y de la creación de partidos alternativos. Por otro, se ubicaba una fracción más radicalizada, de origen obrero, que propiciaba el ejercicio de la violencia pero que actuaba sin organización ni dirección unificada, mostrando escasa efectividad (Álvarez, 2007, pp. 55 y 62-64).

La investigación de los actos de gobierno se realizó desde la Comisión Provincial de Investigaciones, creada el 15 de octubre de 1955[4]. “La depuración alcanzó a aquéllos elementos de comprobada desviación en la conducta o de lesiva incapacidad en el desempeño”. Con el propósito de regular el acceso, la promoción y la estabilidad del personal del Estado y formar cuerpos especializados, luego se estableció el estatuto del empleado público[5]. Asimismo, con la llegada del Gral. Eugenio Aramburu a la presidencia de la Nación, las comisiones investigadoras se multiplicaron como parte de una “ola depuradora” que avanzaba “impetuosamente” y que incluyó la disolución formal del Partido Peronista y la intervención de la Confederación General del Trabajo (Halperín Donghi, 2000, p. 101). En esta etapa se anuló la Constitución Nacional de 1949, y en Mendoza se restituyó la que estaba vigente desde 1916[6].

Entre los procesos investigativos más resonantes se hallaba el relacionado con la empresa Giol, que había sido intervenida por el presidente Aramburu el 15 de noviembre de 1955, dos días de después de asumir el cargo. La comisión interventora[7] dejó en suspenso los planes expansivos que había puesto en marcha el gobierno de Evans mientras se estudiaba el nuevo rumbo a seguir. Pero lo cierto es que ni los conductores de la empresa designados por el poder central ni las nuevas autoridades del gobierno provincial tenían un plan económico. El programa de la “Revolución” era esencialmente político, “se trataba de restablecer el libre juego de las instituciones y la vigencia plena del derecho, conculcados durante más de una década mediante el unicato nacional y el ejercicio dictatorial del poder”[8].

El objetivo consistió en determinar la existencia de “negociados” que se habrían sustanciado durante la operación de compra de las acciones de la firma, que involucró al exgobernador, Carlos Evans, al ex ministro de Hacienda, Benedicto Caplán, y al martillero público, tasador y hermano del exvicepresidente del segundo gobierno de Perón -que había sido indagado por la Comisión Nacional de Investigaciones tiempo antes-, Arturo Teisaire. Concretamente, a partir de la obtención de numerosas declaraciones y el análisis de documentos se pretendía esclarecer una “maniobra” vinculada al pago, ordenado por Evans y Caplán, de m$n 2,5 millones a Arturo Teisaire, “a quien se había designado tasador, sin título, con prescindencia de las oficinas tasadora y técnica de la Provincia, con imputación a la partida que a la sazón se denominaba Segundo Plan Quinquenal”. Este hecho derivó en una causa judicial por la cual se detuvo a Evans, Caplán y Teisaire. Esta medida había sido ordenada por la Comisión Provincial de Investigaciones y efectivizada, en el caso de los dos primeros, el 18 de noviembre de 1955, ya que el tercero estaba prófugo. Asimismo, la Comisión Auxiliar Nº 3, cuyo presidente era Rufino Ortega, estableció el congelamiento de los bienes de los tres implicados y la restitución de m$n 2,5 millones al Estado provincial.[9]

Poco tiempo después de haber ingresado el caso al ámbito judicial, la Comisión Investigadora formuló un nuevo cargo contra Teisaire, quien habría recibido -además de la suma de m$n 2,5 en concepto de honorarios- otros m$n 2,4 pagados por el Banco Español del Río de la Plata (BERP) -que era el vendedor de las acciones- en carácter de “tramitador”. Para ello, según un comunicado de la Comisión, habría hecho valer su posición de privilegio y reclamado al presidente del directorio de la firma, Eduardo Grané, en presencia de uno de sus directores, Luis Barragán, el derecho a cobrar una comisión que, de no ser pagada, el gobierno “podría molestarse valiéndose de los sistemas comunes de actuar”. El directorio del Crédito Español -sociedad que controlaba a Bodegas Giol y al Banco Español- habría autorizado a Grané a proceder “según su criterio”. Este último habría decidido entregar a Teisaire una suma imputada a Rafael Rodríguez -quien había sido autorizado para cobrar una comisión por su intervención en las negociaciones-, quedando el recibo a nombre de este último. La entrega del dinero en efectivo se habría realizado en las oficinas de Andrés Pérez Gourdín, subgerente del BERP de la Capital Federal, en presencia de Rodríguez y Barragán, y habría sido transportado por un “misterioso acompañante de Teisaire”. El sumario fue instruido en base a declaraciones de Rafael Rodríguez, Eduardo Grané, Luis Barragán y Andrés Pérez Gourdin, quienes fueron interrogados en la Ciudad de Mendoza.[10]

Luego, con la disolución de la Comisión Nacional de Investigaciones[11], todas las actuaciones quedaron en manos de la Justicia. La Comisión Provincial dio por terminadas las funciones de las comisiones auxiliares, cuyos presidentes debían entregar todas las actuaciones producidas, en trámite o terminadas, con toda la documentación que tuvieran en su poder, a la comisión central[12]. En consecuencia, todos los “elementos ad efectum videndi”, esto es “a fin de tenerlos a la vista”, relacionados con Bodegas Giol se remitieron a la vicepresidencia de la Nación. Los mismos incluían 16 carpetas que contenían un detalle de los bienes patrimoniales de la empresa, elaboradas por Teisaire y Barragán para tasar las acciones, y que por considerarse “completamente inoperantes” fueron archivadas el 26 de setiembre de 1956[13]. El resto del material producido por la Comisión es probable que haya sido remitido a la causa judicial.

El 3 de enero de 1956, el juez del Segundo Juzgado de Instrucción, Dr. Eduardo López Ricci[14], ordenó el auto de procesamiento y la prisión preventiva de las tres personas involucradas. El auto de prisión preventiva y procesamiento fue fundado en las siguientes circunstancias: a) en haberse regulado los honorarios de Teisaire en base a la escala fijada por la Ley provincial Nº 1217, que considera inaplicable por referirse ésta a los contadores públicos; b) en que dicho monto tampoco coincide con el fijado por la referida ley, ni con el arancel vigente en la Capital Federal; c) en que, por tratarse de un asunto de tanta magnitud para el erario de la Provincia y dada la jerarquía del cargo investido por el Dr. Evans, éste debió tomar un mejor conocimiento de la resolución a adoptar; d) que el monto pagado es desproporcionado en relación al trabajo realizado y al tiempo empleado en el mismo y e) en que dichos honorarios pudieron haberse fijado en base al valor de la compra de las acciones y no al monto de los bienes objeto de la pérdida. Según el Juez, estas circunstancias revelaban “el deliberado propósito de favorecer indebidamente al perito tasador y que por esta razón considera configurado el delito de malversación de caudales públicos, en la modalidad del art. 261 del Código Penal”.[15]

No obstante, los imputados ya habían sido detenidos un mes y medio antes. Según el testimonio del exjuez, previo a que él interviniera en la causa y por orden de la Comisión de Investigaciones[16], Evans, Caplán y Teisaire “venían detenidos desde Buenos Aires” junto a otros dos funcionarios del Banco Español -de los cuales no recordó el nombre- que habían sido requeridos en calidad de testigos. Después del requerimiento de instrucción formal, realizado por el fiscal de instrucción a partir de las actuaciones de esa comisión “con funciones policiales”, López Ricci se avocó al estudio de la causa.[17]

A Carlos Evans, se le atribuía la comisión de los delitos de malversación de caudales públicos, nombramiento ilegal para cargo público y abuso de autoridad; a Arturo Teisaire, se lo acusaba de malversación de caudales públicos y de aceptación ilegal de cargo público; y a Benedicto Caplán, de malversación de caudales públicos. A los tres imputados el juez López Ricci les negó la excarcelación puesto que los delitos que se les atribuían superaban los límites legales para otorgarla y existía, además, un supuesto perjuicio patrimonial al Estado de m$n 2,5 millones pagados por el gobierno al tasador Teisaire. Sus abogados defensores fueron Oscar I. Agüero y Santiago Mayorga en el caso de Evans; Juan Vitale Nocera y Pedro F. Baglini en el de Caplán y Rafael C. Tabanera y Julio A. Quevedo Mendoza, en el de Tesaire. Todos eran destacados abogados, y en algunos casos políticos, del medio local. De hecho, Mayorga había sido un dirigente demócrata, Baglini había sido diputado provincial por el peronismo (1951-1952) y Tabanera había sido vicegobernador de la Provincia (1946-1949). El proceso fue elevado a juicio por López Ricci a la Cámara Segunda en lo Criminal.[18]

Durante el juicio oral, que se desarrolló entre el 28 de marzo y el 23 de abril de 1957, el fiscal de Cámara, Alberto Coussio Turner, solicitó seis años de prisión para Evans, cinco años para Caplán y Teisaire e inhabilitación perpetua para los todos ellos. A pesar de la acusación del fiscal, la Cámara, integrada por el Dr. Juan C. Guiñazú, el Dr. Marcos M. Barrera y el Dr. Isidoro Fiordelisi, los absolvió de culpa y cargo. La sentencia, entre otros elementos, señalaba que:

De los actos externos cumplidos, nada autoriza a suponer que ellos integran el acto material de substraer, desde que ellos aparecen cumplidos en ejercicio de facultades que le eran propias al imputado Dr. Evans en su carácter de Gobernador de la Provincia y es así como el perito Teisaire resulta nombrado por medio de una comunicación oficial que refrenda el entonces Ministro de Hacienda Dr. Caplán; se fija el monto de los honorarios, ante el requerimiento del interesado, por medio de un decreto que reúne todos los recaudos legales y se hacen efectivos luego de un trámite administrativo que no ha sido observado.[19]

El juicio oral fue seguido minuciosamente por los medios más destacados de prensa local (Los Andes, El Tiempo de Cuyo y La Libertad) y, con menor repercusión a nivel nacional, sobre todo en la etapa final (La Prensa y La Nación[20]). Sin embargo, todos ellos sólo se limitaron a detallar el desarrollo de las sesiones, precisando la acusación del fiscal, las declaraciones de los testigos y el alegato de los abogados, entre otros temas. No hubo ninguna manifestación que permitiera advertir la reacción de la sociedad mendocina en relación con el proceso y desenlace del juicio. El silencio de los medios gráficos en ese sentido fue casi total, lo cual expresaba el clima de censura de la época. Por un lado, estaba vigente la prohibición de publicar cualquier comentario que pudiera interpretarse como propaganda peronista y, por el otro, la utilización de los medios para agitar la amenaza del “tirano prófugo” (Amaral, 1997, p. 331).

Sin embargo, Crónica, un “pasquín nacionalista” mendocino, con un tono irónico, puso un manto de duda sobre el desenlace del proceso judicial. Sostenía que “resulta muy difícil a la opinión pública conciliar un año y medio de encarcelamiento, el dictado de prisión preventiva y, lo que aún es más confuso, la confirmación de esa prisión preventiva por la misma Honorable Cámara que ahora falla de absolución”, aun cuando los jueces que componían la Cámara eran “honorabilísimos”. Dirigió entonces sus sospechas sobre el fiscal que “dio la impresión de estar flojo en la acusación pública”. Según esta publicación, era un abogado recién recibido que “no se animó” a recusar a los jueces que habían sido nombrados durante el gobierno de Evans[21] -como también había sido el caso de López Ricci-.

En un proceso judicial que se había iniciado a instancias de las actuaciones de una comisión de investigaciones, creada y dirigida por un gobierno militar, las hipótesis que se pueden tejer sobre los verdaderos motivos de, primero, el encarcelamiento y, luego, la liberación del exgobernador Evans, del exministro Caplán y del tasador Teisaire son muchas. Más de cincuenta años después, López Ricci, declaró:

Considero, con la madurez que dan los años y cuarenta años como profesor universitario de derecho penal y de derecho procesal en la Universidad de Mendoza, que el fallo se ajustó a derecho, res iudicata pro veritate avetur, o sea, la cosa juzgada ha de tenerse por verdad. Los señores camaristas fueron excelentes magistrados y altamente probos, los tres me honraron con su amistad. Los hechos, si bien no configuraron delitos previstos por el Código Penal de la Nación, constituyeron una flagrante falta administrativa. Los fondos públicos no se asignan para ser dilapidados.[22]

De este modo, si bien, por un lado, defendía la transparencia del proceso judicial, por el otro, sembraba interrogantes sobre las razones de tal dilapidación de recursos.

La relación entre Carlos Evans y Arturo Teisaire había despertado suspicacias desde los tiempos de la gobernación del primero. Eduardo Cuadra Zúñiga (1998, pp. 17-18), quien había sido secretario de prensa de la gestión de Evans, contó que Eva Perón había aprobado la candidatura de este último con el asentimiento del vicepresidente, Alberto Teisaire, e insinuó una vinculación entre los Evans y los Teisaire. La definición la habría dado Eva Perón.

Teisaire (…) era el verdugo o el exaltador de las figuras en juego para un pronunciamiento electoral. Los observadores de la historiografía política provincial señalan que había un hilo, que era como el hilo de Ariadna, que ligaba a los Teisaire con los Evans por razones políticas y familiares.

Por su parte, el periódico Crónica había adherido a la acusación formulada por la Comisión de Investigaciones a Teisaire, aduciendo el interés político de Evans por enriquecer al hermano del vicepresidente, quien habría sido el sostén del gobierno de Evans -según el Martín Fierro- “el palenque donde rascarse y el enriquecimiento del hermano suponía una mayor firmeza y más protector apaño para ciertas picardías y para sostenerse en un gobierno que carecía de valores y de obras; pero abundaba en habilidades”[23]. En el proceso judicial también se consideró el hecho de que el hermano del tasador desempeñaba, además, la función de presidente del Consejo Superior del Partido Peronista y de interventor de este en Mendoza[24].

La actuación de la Comisión Provincial de Investigaciones y el proceso judicial contra los protagonistas de la operación de compra de las acciones de Bodegas Giol al Crédito Español parecieron mostrar que los funcionarios públicos y el tasador eran inocentes de los delitos que se les imputaba y que estaba dentro de las facultades del gobernador realizar el pago de honorarios de la forma y por el monto en que lo hizo. Sin embargo, la discrecionalidad de que disfrutó Evans le permitió beneficiar al hermano del vicepresidente en el marco del orden legal, lo cual irritó de tal modo a los antiperonistas que convirtieron al “caso Giol” en el centro de las actividades de la Comisión.

Hacia 1957, con el triunfo peronista en las urnas, la “Revolución Libertadora” terminaría por reconocer que no había logrado borrar la influencia peronista. El fracaso de su iniciativa se basaba en la naturaleza de las políticas de gobierno y en la virulencia en la ofensiva antiperonista. “El sueño del gobierno militar y sus asesores civiles” que consistía en que luego de una “etapa de purga” se pasaría a la elección de dirigentes gremiales verdaderamente “democráticos”, se demostró irrealizable (James, 2007, p. 123).

La empresa Giol como campo de batalla de la derecha y la izquierda peronista

La fórmula del FREJULI “Alberto Martínez Baca gobernador-Carlos Mendoza vicegobernador” había recibido un fuerte respaldo en las urnas que puso fin a la hegemonía demócrata -que había estado vigente desde 1959- y terminó por desplazar de la arena política al Movimiento Popular Mendocino (MPM)[25]. Martínez Baca[26] pertenecía a la rama política, pero al igual que sus pares de Buenos Aires y de Córdoba, no contaba con una base política propia (Di Tella, 1986, pp. 111-112). Sin embargo, había logrado el apoyo de la Juventud Peronista en la campaña electoral con un discurso “revolucionario” que proclamaba la construcción de un “socialismo nacional, popular y humanista”, impregnado de conceptos vinculados al cambio de estructuras y del orden social vigente[27] (Servetto, 2010, pp. 105-106). En consecuencia, el gobernador justicialista sufrió desde temprano los embates de la derecha peronista y de la “burocracia sindical” propiciados por el propio vicegobernador[28], sindicalista antivandorista del gremio de la Unión Obrera Metalúrgica, junto a los ataques de la oposición política, particularmente, los del PDM (Lacoste y Moyano, 2001, pp. 144-147).

El gerenciamiento de la empresa Giol proporcionó a la derecha político-sindical del peronismo y a los partidos políticos opositores los argumentos para sustanciar un juicio político contra el gobernador. La empresa estatal, instrumento clave de la política económica del gobierno, se convirtió en un objeto privilegiado de las indagaciones legislativas por su demora “injustificada” en intervenir en el mercado vitivinícola frente a la profunda depresión de la industria. En un contexto dramático que mostraba una combinación “explosiva” entre sobreproducción de vinos de baja calidad enológica y descenso del consumo per cápita, el Plan de Emergencia 1973-1974 había proyectado la intervención en el mercado vitivinícola más grande de la historia de Bodegas Giol: compraría la uva a todos los pequeños productores (unos 3 millones de quintales) y comercializaría el vino de traslado de todos los pequeños y medianos productores. Sin embargo, los propósitos de poner en marcha, en el corto plazo, la función reguladora de la empresa y utilizar su estructura organizacional para promover las exportaciones y, en el largo plazo, transformar la estructura productiva provincial, resultaron demasiado ambiciosos.[29] En efecto, como advirtió Dorfman (1983, p. 560), las magnitudes que se postulan traducen frecuentemente las “necesidades” más que la “viabilidad político-económica” para lograrlas. El propio ministro de Economía, Benedicto Caplán -que había ocupado la cartera de Hacienda durante el gobierno de Evans (1952-1955) y había sido enjuiciado por su intervención en la operación de compra de Giol- sostuvo, al referirse al rol activo que la firma desempeñaría en el futuro, que “el proyecto obviamente disgustaría, afuera, a la oligarquía bodegueril y, adentro, a una «trenza» enquistada desde hace muchos años en el vientre de Giol”[30].

¿En qué momento y de qué modo fue utilizada la empresa vitivinícola estatal para dirimir las contiendas intra y extrapartidarias? Los sectores opositores al gobierno ubicaron a la firma en el centro de la lucha por el control de la administración del Estado provincial cuando las diferencias entre las fracciones peronistas se tornaron irreconciliables, lo cual fue evidente luego de la segunda modificación “forzada” del gabinete de ministros encarda por Martínez Baca en noviembre de 1973, a la cual siguió la intervención a Bodegas Giol. Hasta ese momento, los conflictos que se habían desarrollarlo en el interior del Movimiento Justicialista no habían alterado la posición común en relación con la política vitivinícola y, en particular, con el ejercicio de una función reguladora por parte de esta empresa.

No obstante. la división del peronismo en polos opuestos, “incompatibles entre sí y mutuamente excluyentes”, pulverizó cualquier resquicio de acuerdo. La “polarización centrífuga” en el partido gobernante (Servetto, 2010, p. 17) se trasladó entonces al ministerio de Economía y, específicamente, a la bodega estatal, aun cuando las reformas previstas para incluir la representación de los empresarios y trabajadores vitivinícolas y de los empleados en el directorio de Bodegas Giol no llegaron a concretarse. En su discurso de asunción de mando, el 25 de mayo de 1973, Alberto Martínez Baca había afirmado que la acción de gobierno se orientaría a “lograr la progresiva participación del pueblo en la gestión estatal y la mayor coparticipación de las clases laboriosas en el usufructo de los bienes naturales y espirituales”[31]. Estas expresiones tenían como correlato la incorporación al equipo del gobierno de otras voces del Movimiento, es decir que no sólo intervendrían en la formulación de las políticas sino también en su ejecución, y la modificación de la redistribución del ingreso en beneficio de los trabajadores. Esta pretensión podía leerse en términos de la política de ingresos establecida en el Acta de Compromiso Nacional o “pacto social” -suscripta el 8 de junio entre la CGE, la CGT y el ministerio de Economía de la Nación- que constituyó la “piedra angular” de la estrategia general de Perón (James, 2006, p. 321) para contener el creciente proceso de radicalización social (Rougier y Fiszbein, 2006, p. 61).

Los primeros pasos de la ofensiva contra Martínez Baca fueron dados por el Partido Demócrata. Los senadores Antonio Teruel, Raúl Bustos Morán y Luis A. Santamaría presentaron dos proyectos de resolución en la Cámara de Senadores: uno referido a la política de compra de uvas de Bodegas Giol en la cosecha 1974 y, el otro, a los planes para el establecimiento frutihortícola La Colina de San Rafael[32]. Sin embargo, a pesar de que unos días después el gobierno dio a conocer los precios que pagaría la firma por las uvas y la cantidad que adquiriría a los viñateros sin bodega -los cuales habían sido acordados con el gobernador de San Juan, Eloy Camus[33], y consensuados con la Corporación Agroeconómica, Vitícola, Industrial y Comercial de San Juan-, el 18 de diciembre la Cámara Alta creó la Comisión Especial Investigadora de Bodegas Giol. Sus siete miembros, designados el 27 del mismo mes, representaban a los tres bloques y eran opositores al gobierno: Carlos A. Garro, Oscar H. Pressacco y Hernán P. Moschetti, por el Partido Justicialista (PJ); Antonio Teruel, por el PDM; y Juan Martínez López, por la UCR. La creación de la Comisión

tomada a propuesta del señor Garro y con el apoyo de las bancadas radical y demócrata, se adopta para efectuar una investigación en profundidad, con el objeto de deslindar responsabilidades y determinar la forma en que se ha venido manejando la empresa estatal desde que fuera adquirido el paquete accionario[34]

Esta iniciativa del PJ opositor les permitió ir más allá de la coyuntura y acceder directamente a los documentos empresariales.

El radical Juan Martínez López, a fines del mes de febrero de 1974, que había transcurrido entre fuertes conflictos, rumores de renuncia del gobernador, de intervención federal a la Provincia y de nuevos cuestionamientos a miembros del gabinete, brindó algunas precisiones en el Senado sobre el trabajo que estaba desarrollando la Comisión. Garro había sido designado presidente, Teruel vicepresidente y él secretario. Mencionó, además, que habían nombrado un cuerpo de asesores integrado por profesionales de la administración pública[35] y que a esas alturas ya habían reunido un voluminoso material.[36]

Algunos de los hechos que serían informados por la Comisión Investigadora en el Senado salieron a la luz durante el tratamiento de los proyectos de resolución que habían presentado los legisladores demócratas. Durante la discusión del proyecto presentado por Teruel, Bustos Morán y Santamaría, desarrollada el 2 de marzo en la Cámara Alta, todos los partidos profirieron duras críticas al gobierno por la no concurrencia de la firma Giol a los mercados de uvas y de frutas y por la existencia de “negociados” en las operaciones de vinos. El miembro informante del despacho, el senador Santamaría, cuestionó a las autoridades del ente, pero fueron el justicialista Félix Bastán y el radical Luis Bobillo quienes esgrimieron las expresiones más severas. El primero afirmó que “Giol no es una empresa liberal; es una empresa que está al servicio del productor agrario y para eso fue adquirida por un gobierno peronista. Es hora de que se terminen los negociados en Giol”. Agregó que la firma debía poner todo su esfuerzo en salvar el producto del trabajador mendocino “cuidando que a Giol no ingresen grandes volúmenes de vino en negociados como ha venido ocurriendo”[37]. El segundo, por su parte, quien además había sido director de la empresa, coincidió con su par justicialista en que “Giol no ha cumplido con su deber”. Por ello, “otra vez los productores deberán entregar la uva sin precio” quedando a merced de la “voracidad de los grandes intereses bodegueros”.[38]

El asunto de las compras de vinos realizadas en beneficio de grandes bodegueros se terminó de dilucidar con la presentación casi inmediatamente después de un proyecto de declaración en la Cámara de Diputados por parte de los demócratas Ariosto Falaschi, Oscar Larraburu y Arturo Barrera. El mismo requirió información al Poder Ejecutivo provincial sobre las medidas previstas para enfrentar la cosecha, sobre los planes, la situación económico-financiera y la dirección de Giol -dado que la intervención de José Roldán había vencido el 12 de febrero- y, particularmente, sobre una partida de vinos comprada a la firma García y Rodríguez por 1.600 millones de pesos. Este hecho cobró notoriedad cuando Larraburú denunció que esta empresa había vendido a la bodega estatal poco más de 3 millones litros de vino “en un precio que consideramos alto para el producto ofrecido”.[39]

Martínez Baca se apresuró entonces a resolver la situación de acefalía. A costa del desagrado de la Comisión Evaluadora del MNJ[40], el mismo día en que Larraburú denunció el pago de sobreprecios, el gobernador nombró interventor de la empresa Giol al Cnel. (RE) Pedro L. Lucero. Éste fue recibido con elogios y con la promesa de que luego de noventa días sería confirmado en la presidencia del directorio. Caplán lo calificó de “prestigioso justicialista y distinguido militar” y destacó sus capacidades para ocupar el puesto: “hay que tomar decisiones muy rápidas ya que hay que movilizar una cantidad sin precedentes de dinero, de uva y de obreros (...) Necesitábamos un hombre que tuviera todas esas facultades en sus manos”. Pero esta medida no apaciguó al bloque opositor. El PDM publicó una solicitada en los diarios locales al día siguiente, justamente cuando el primer informe de la Comisión Investigadora de Bodegas Giol sería presentado en el Senado. El contenido del texto realizó una serie de “señalamientos” al “pueblo de Mendoza”. Con ironía, preguntó: “AÑO DE LA DESTRUCCIÓN DE BODEGA GIOL?”, haciendo una clara referencia al slogan del gobierno “1974 - AÑO DE LA RECONSTRUCCIÓN DE GIOL”. Igualmente, enumeraba las acciones que habían perjudicado a la firma, que, en definitiva, consistían en todos de los cargos que más tarde se formularían contra el gobernador. Los aspectos cuestionados fueron: la carencia de un órgano directivo “estable y homogéneo”; la utilización de la empresa como “un rico botín político” para designar “adictos”; las irregularidades en las compras de vino en relación con volúmenes y “tipos” y con la participación de “comisionistas y gestores «preferidos»”; la demora en fijar la política de adquisición de uvas; el “olvido” de gestionar un crédito de m$n 42.000 millones; la no entrega al personal de las utilidades del ejercicio anterior; y el hecho de desvirtuar “la esencia de los objetivos de Giol” al realizar operaciones de compra de vinos a grandes bodegueros y no a pequeños y medianos productores.[41]

Una crónica de la caída de Martínez Baca podría distinguir tres etapas: la primera, de investigación -abierta en el mes de marzo-, fue impulsada por la Comisión Especial de Investigación en Bodegas Giol y culminó con la imputación al gobernador; la segunda, de funcionamiento de la Comisión de Juicio Político -desplegada en abril-, cristalizó las posiciones a favor y en contra del mandatario; y, la tercera, de resolución -desarrollada en mayo-, incluyó la aprobación del dictamen acusador de la Comisión de Juicio Político en la Cámara de Diputados que determinó la suspensión del mandatario el 5 de junio.

Un detalle de este proceso, que incluye una síntesis del contenido de los cinco informes que produjo la Comisión Investigadora -cuatro de los cuales fueron presentados en el Senado- y sus derivaciones políticas, jurídicas y administrativas, se expone en la siguiente tabla.


Tabla 1
Informes elaborados por la Comisión Especial Investigadora de Bodegas y Viñedos Giol
Elaboración propia en base a Los Andes, 8, 19, 23 y 29 de marzo, 7 y 19 de abril y 29 de mayo de 1974 y Mendoza, 8, 30 y 31 de marzo y 2 de abril de 1974.

Los dos primeros informes, que se habían concentrado en intentar demostrar y cuantificar el perjuicio económico causado a la firma por la compra de vinos a la firma García y Rodríguez y en responsabilizar directamente al propio gobernador y al ministro Caplán, desataron una lucha abierta entre los sectores en pugna. A partir de la divulgación del primero de ellos (07/03/1974), estas inculpaciones desencadenaron enérgicas réplicas a través de la publicación de solicitadas en el diario Los Andes durante el mes de marzo. El ministro Caplán reaccionó en nombre propio y del gobierno, valiéndose del nuevo slogan “GIOL: EL GOBIERNO QUIERE LA VERDAD”. El ministro, intentó poner al descubierto las razones de la envestida de la oposición político-sindical:

está en juego el prestigio de una empresa que se ha constituido en el instrumento principal de la política económica que posee el Gobierno de la Provincia y cuya imagen no puede estar, como ahora, en tela de juicio, por cuanto representa un serio golpe para los pequeños y medianos productores vitivinícolas de la Provincia

También difundió en la prensa una copia de la nota que envió al entonces interventor de la bodega estatal, Pedro Lucero, para que suspendiera al gerente general Ramón Roldán, mientras se tramitaba el sumario administrativo.

Esta actitud de Caplán provocó la contestación del exinterventor titulada “Algo de lo que yo conozco”. Roldán criticó duramente al ministro, a quien definió como un “financista puro enrolado en el neoliberalismo keynesiano” que “vio en Giol, no una experiencia económica sino una experiencia financiera, base para impulsar una inflación controlada y, supuestamente, el desarrollo”. Aseguró que Caplán era el responsable de la conducción y que todas las decisiones debían ser refrendadas por su asesor, Arturo Pons Bedoya. También dio detalles sobre algunas operaciones irregulares, desmintió que la sociedad Giol hubiera sido perjudicada en la operación con García y Rodríguez y afirmó que obtuvo utilidades. Explicó que la situación era alarmante por el déficit de vinos tintos y el exceso de vinos criollos y blancos y que la única manera de comprar al pequeño productor era desembarazarse del excesivo stock de vinos criollos; para ello, había sido creada la comisión de compra de vinos. Luego de estas declaraciones, recibió la réplica del directorio de El Trébol S.A., que intimó a Roldán a que presentara pruebas de sus afirmaciones sobre el costo y la cantidad de vino que supuestamente había vendido a la firma estatal. Dicho órgano sostuvo que, a través de un comisionista, le había ofrecido a Bodegas Giol un millón de litros de vino tinto e igual cantidad de vinos blancos y criollos pero que él había rechazado la operación; aunque reconocía que El Trébol era proveedora habitual de la empresa estatal.

El Consejo Provincial del PJ, por su parte, publicó una solicitada que reflejaba el aislamiento y la soledad de Martínez Baca. Manifestó que los primeros en denunciar la situación cuestionada habían sido los legisladores justicialistas y que tanto la Legislatura como el Poder Ejecutivo la estaban investigando. Dejó en claro que “que aunque en su condición de organismo conductor máximo del partido, no tuvo intervención alguna en la designación de los funcionarios de Giol” y advirtió sobre de un uso electoral. El silencio de la UCR permitía intuir su posición neutral.

Después de la presentación del segundo informe (18/03/1974), que había responsabilizado de las supuestas irregularidades a Roldán y Pons Bedoya (por su condición jurídica, penal, civil y administrativa), Caplán (por su rango constitucional, penal, civil, administrativa y política) y Martínez Baca (por su condición penal, civil y política -no administrativa porque no reconocía superiores jerárquicos-), y en el cual se había manifestado la intención de agregar también al síndico a partir de una consulta de Bobillo, todavía no estaba claro que el proceso pudiera avanzar en la Cámara Baja. Su consecuencia inmediata fue el envío de todos los antecedentes del caso a la Cámara de Diputados “para que analice la posibilidad de aplicación del artículo 109 de la Constitución Provincial, referente a juicio político”.

Caplán, sostuvo que “este problema tiene un fondo eminentemente político”. No obstante, reconoció que la operación por 1.600 millones de pesos presentaba “irregularidades exteriores” en cuanto a la forma de pago, que se efectuó al contado, y al precio abonado por el vino, que no escapaban a “cualquier observador imparcial”. Se defendió aduciendo que el exinterventor Roldán tenía autonomía para adoptar decisiones, por lo cual no cabía al gobernador ni a él el juicio político. En referencia a la solicitada escrita por Roldán aclaró que la conducción de la empresa Giol era su responsabilidad pero que la administración le competía al interventor. El ministro hizo notar “que esta campaña tenía curiosa similitud con la que se originó en circunstancias de la creación de Giol, movida por intereses económicos y políticos que fueron refutados con el tiempo” y, frente a la posibilidad de atravesar por un proceso similar, comunicó que estaba analizando la posibilidad de renunciar. Esta alternativa habría surgido de una conversación que habría mantenido con el senador nacional Carlos Evans. Según declaró en una entrevista el dirigente “montonero” Gerónimo Morgante:

Evans le pidió que renunciara, en el mismo momento que Evans decide el juicio político porque manejaba los 5 ó 6 diputados, 6 ó 7 senadores… Evans comienza siendo aliado nuestro y lo sigue siendo. Pero allá en Buenos Aires se veía con López Rega, se metió mucho allí, tanto es así que en un tiempo fue presidente provisional del Senado. Y se prende en el juicio porque la orden ya había sido dada de que Martínez Baca había que encerrarlo en la casa. Ellos creían que Martínez Baca amparaba muchísimo a la orga, no, ya prácticamente no había quedado gente de la orga en el gobierno” (De Marinis y Ábalo, 2005, pp. 128-129).

El título de un artículo de un diario local parecía apropiado para describir el momento político: “Giol: una bomba que todavía no explotó”. Esta sentencia, que hacía alusión a los dichos de Martínez López que había anticipado en el Senado que “en la próxima sesión informaremos sobre los problemas planteados en torno de las comisiones por ventas de vinos y allí se ventilarán hechos de extrema gravedad”, efectivamente se cumplió. La “bomba” explotó al conocerse el tercer informe (28/03/1974) que involucró a Juan Alberto Martínez Baca y al jefe del Poder Ejecutivo provincial, desencadenando la presentación de cuatro pedidos de juicio político, enmarcados en las causales “por mal desempeño, desorden de conducta, faltas o delitos en el ejercicio de sus funciones o por crímenes comunes”[42]. En efecto, el PDM, luego de esperar veinticuatro horas que el gobernador presentara su renuncia, formalizó el primer pedido de juicio político. Luego, fue imitado por el sector opositor del PJ y de la UCR -que incluyó también a Caplán- y por dos abogados de la Juventud Peronista avalados por el Partido, José B. Made y Santiago Teruel.

Juicio político y suspensión del gobernador

El sinuoso proceso que se inició fue registrado por las páginas del diario Los Andes durante los meses de abril a junio de 1974. La posibilidad cierta de juicio político tuvo dos consecuencias inmediatas: el conocimiento de la posición de Martínez Baca y la renuncia indeclinable de Caplán. El gobernador se dirigió a la opinión pública y realizó duras acusaciones a los hombres del justicialismo y al PDM. Señaló que a los obstáculos heredados de largos años se habían añadido a partir del mismo 25 de mayo “una sistemática campaña de obstrucción” que ha sido “instrumentada -y eso es realmente incomprensible- desde distintos sectores del Movimiento Justicialista, con una vehemencia que nunca habían utilizado antes del 25 de mayo contra el gobierno de la dictadura”. Explicó que las operaciones de compraventa de vinos en las cuales había intervenido su hijo eran normales. Afirmó que su intervención fue una llamada telefónica y que sus palabras fueron: “que la operación se concrete siempre que la misma sea legal”. Para evitar esos negocios que, si bien eran lícitos, el gobernador entendía que constituían vicios del sistema, estableció una disposición que prohibía la actuación de comisionistas con los organismos del Estado. Además, cuestionó: “¿Qué hacía la Comisión Investigadora de Giol mientras se realizaba la operación con García y Rodríguez?”. De igual modo aclaró que desde hacía cinco años los documentos que le pagaban a Juan Alberto por su trabajo eran depositados en su cuenta: “Es un favor que cualquier padre le puede hacer a su hijo” Al salir de una entrevista con el ministro del Interior Llambí, declaró: “He aceptado el juicio político y demostraré que tengo razón”.

La presentación de la renuncia indeclinable de Caplán se conoció luego de efectivizarse el pedido de juicio político del PDM a Martínez Baca. Como él mismo declararía en la Comisión de la Cámara de Diputados, “la posibilidad del juicio político colmó mi «aguante» y por lo tanto insistí en que se me aceptara la renuncia”. Las consecuencias de la salida de Caplán fueron contundentes. Si bien las causales para promover la acusación del gobernador en juicio político podrían haberse fundado en otros hechos, éstos difícilmente hubieran tenido la misma eficacia que “los negociados en Giol”. El análisis realizado sostiene este argumento, incluso cuando los investigadores han soslayado la importancia que la empresa tuvo en la crisis política, considerándola sólo como un detonante de los conflictos de la interna peronista (Álvarez, 2008; Mellado, 2009 y Servetto, 2010). En efecto, la reconstrucción de la imagen de la administración de Martínez Baca -como expresaba una revista política de la época que mantenía lazos estrechos con el gobierno[43]- debía encararse, además del ministerio de Gobierno, desde el ministerio de Economía. Así, mientras el ministro de Gobierno Pedro Baglini -prestigioso abogado que había defendido en juicio al exgobernador Evans en tiempos de la “Revolución Libertadora”- se enfrentaba al desafío de lograr la cohesión política, Benedicto Caplán tenía a su cargo superar la “crisis vitivinícola” a través de la “bodega estatal” porque “Giol es el principal brazo de ejecución de una política económica de proyección social destinada a cambiar la fisonomía mendocina”[44]. Derrumbar el plan de Giol significaba dar un golpe al corazón del programa económico. En este sentido, Roldán manifestó: “Una venta de vinos involucra una comisión. Un negocio «arreglado» lleva implícita una «coima». ¿Cuál ha sido el precio por destruir a Giol?”

La estrategia de la defensa de Martínez Baca, a cargo de los asesores del ministerio de Gobierno, Dr. Alfredo Gómez Chavero y Dr. Ramón W. Ábalo, se desplegó en dos frentes: la Justicia Penal y la Comisión de Juicio Político. Unos días después del ingreso de los pedidos de juicio político a la Cámara de Diputados, el gobernador realizó una presentación ante el 4° Juzgado de Instrucción, a cargo del Dr. Rolando E. Carrizo, para solicitar la intervención de la Justicia con el argumento de que en los expedientes de cuatro pedidos de juicio político se le imputaba “veladamente” la comisión de delitos en el ejercicio de sus funciones. Asimismo, Martínez Baca requirió a la Comisión de Juicio Político la suspensión del término para presentar su descargo, medida que fue desestimada por “improcedente”. En una nueva presentación, el mandatario solicitó la nulidad de todo lo actuado.

El cuarto informe (18/4/1974) intentó mostrar que la operación con García y Rodríguez formaba parte de la política de compras de la empresa. Para ello se estudió desde el 01/02/1973 al 31/01/1974, período que cubría las oscilaciones estacionales, estaba próximo a la crisis de la empresa de marzo de 1974 y “no se parcializa en determinadas autoridades” dado que habían actuado tres cuerpos directivos[45]. Según se consignaba, las compras de vinos criollos no guardaban relación con las existencias y salidas de este tipo de vino, realizadas a firmas que no eran cooperativas o pequeños productores como, por ejemplo, Luis Filippini, Limitada, Lorenzo S.A., El Cigarral S.A., Las Acacias, Los Almendros S.A., García Nuñez y Cía, Savia S.A. y Los Robles S.A.

Terminado el período de declaración, se inició el de prueba y la Comisión de Juicio Político citó a declarar a testigos y funcionarios[46] y recibió presentaciones de la defensa e informes. Los defensores de Martínez Baca insistieron en que la Constitución provincial había sido violada y en que los integrantes de la Comisión Investigadora de Bodegas Giol se habían convertido en jueces y parte -sus miembros, en tanto senadores, votarían a favor o en contra de la destitución del gobernador si el Senado se constituía en Cámara de Justicia-. En el alegato de la defensa, desestimado por considerarse extemporáneo, se sostuvo, entre otros argumentos, que la intervención establecida por Martínez Baca a la bodega estatal respondía a su obligación de remediar la situación de acefalía. También se afirmó que la compra de vinos tintos a García y Rodríguez se había hecho para mantener el mercado de la firma Giol y para asegurar la compra de vinos a cooperativas y pequeños productores -como había justificado Roldán en su solicitada- y que no se podía considerar “voluminosa” la operación de 1.500 millones de pesos cuando las ventas de la firma alcanzaban 500 millones diarios.

Finalmente, el grupo opositor logró con facilidad la simple mayoría de votos en la Comisión de Juicio Político para aprobar el dictamen favorable a la acusación al gobernador “por considerarlo incurso en las causales de mal desempeño y delitos en el ejercicio de sus funciones”. Los cargos señalaron que el gobernador había incurrido: 1°) En mal desempeño de las funciones de gobernador de la Provincia por la intervención a la firma Giol, como consecuencia de la acefalía de su directorio que configura verdadera abdicación de los poderes propios del Poder Ejecutivo (arts. 128, 12 y 131 de la Constitución de la Provincia), que ha desorganizado a la empresa que es el instrumento fundamental para el logro de fines de interés general prefijados (ley provincial N° 3137) y, más aún, ha dado ocasión a que la empresa misma realice actos contrarios a dichos fines. 2°) En delito en el ejercicio de sus funciones, al intervenir a la empresa Giol mediante Decreto 3711/73 en violación de la Ley 3909, art. 23 y concordantes –art. 248 del Código Penal-: y por omisiones en el ejercicio de su función, art. 249 del Código Penal. 3°) En delito en el ejercicio de sus funciones, al interesarse en las ventas de vinos que terceros, por intermedio de su hijo Juan Alberto Martínez Baca, realizaron a la firma Giol, llegando ese interés al extremo de recibir parte del beneficio pecuniario de la intermediación. Circunstancia que también se da en el ostensible y reiterado auspicio de la operación «El Trebol». (Art. 265 del Código Penal).

En efecto, la votación arrojó cuatro votos favorables -Farías, Lilloy, Falaschi y Fernández- y tres en disidencia total -Ghilardi, Molina y Fradusco-.[47] El siguiente paso, la votación en la Cámara de Diputados, constituía la oportunidad para el gobernador de evitar la sustanciación del juicio político, ante la declaración de incompetencia por parte de la Suprema Corte provincial para intervenir antes de la finalización del proceso[48] y la cohesión del bloque opositor en el Senado. La distribución de las bancas en la Legislatura provincial se ilustra en la figura 1.


Figura 1
La relación de fuerzas en la Legislatura provincial
Elaboración propia en base a Legislatura de Mendoza, Libro matricular de la Cámara de Senadores, fs. 21-22 y de la Cámara de Diputados, fs. 26-28 y Los Andes, 27/12/73 y 04/04/1974

La representación de cada partido muestra que, en el Senado, los justicialistas y los demócratas reunían con holgura los votos necesarios -las dos terceras partes de los miembros presentes- para aceptar una eventual acusación de la Cámara de Diputados. La aprobación por unanimidad de los cuatro informes presentados en la Cámara Alta anticipaba esta decisión. A su vez, la “accidentada” apertura del período de sesiones ordinarias del 1° de mayo de 1974 reafirmó estas posiciones. Martínez Baca sólo logró leer una parte del mensaje porque la sesión -en la cual los demócratas estuvieron ausentes- fue levantada a pedido del senador justicialista Lauzón, quien adujo que quería escuchar el discurso de Perón. En cambio, la Cámara de Diputados exhibía un panorama más complejo. Los justicialistas opositores y los demócratas dependían de la adhesión del bloque radical[49] para conseguir el voto de los dos tercios de los miembros de la Cámara (32) porque un grupo de justicialistas respaldaba al gobernador[50].

En esas horas decisivas el gobernador desplegó todas sus armas[51]. Jugó su última carta al acusar, en una reunión con el ministro del Interior Benito Llambí, al interventor del PJ en Mendoza Eleuterio Cardozo de entorpecer su gestión de gobierno. El respaldo brindado por Humberto Martiarena, titular del Consejo Superior Justicialista, a Cardozo fijó la posición del gobierno nacional[52]. Finalmente, en el discurso del 25 de mayo titulado “Que el pueblo juzgue”, Martínez Baca llamó a la pacificación, denunció una campaña de agravios y advirtió sobre el delito de sedición.

Después de que de la Comisión Investigadora de la empresa Giol difundió el quinto informe (28/05/1974), que señaló perjuicios resultantes de la emisión de certificados de añejamiento de vinos, estaba previsto el tratamiento del dictamen de juicio político en la Cámara de Diputados, pero los radicales se ausentaron -como habían anticipado- para tener más plazo para estudiar el asunto. La UCR no había tomado una posición como partido, dejando en libertad de acción a los legisladores. Sin embargo, Alberto Day y Leopoldo Suárez se habían pronunciado en favor de la inocencia de Martínez Baca.

La sesión se desarrolló el 5 de junio. Los votos de los diputados radicales -tres por la afirmativa[53], cinco por la negativa[54] y un ausente[55]- permitieron la aceptación del dictamen en mayoría favorable a la acusación. En consecuencia, Alberto Martínez Baca quedó suspendido en sus funciones -que fueron asumidas por el vicegobernador Carlos Mendoza-, dando curso a la decisión de Perón de remover a los gobernadores “montoneros” de sus cargos, la cual había cobrado fuerza desde fines de enero de 1974 con el ataque del Ejército Revolucionario del Pueblo al regimiento de Caballería blindada de Azul (Servetto, 2010, p. 122). Tres diputados -Humberto Mogni y Egidio Donati Hinojosa del PJ y Lorenzo López Aragón del PDM- fueron nombrados para sostener la acusación ante el Senado, que se constituiría en Cámara de Justicia.

Sin embargo, el juicio político quedaría trunco. El gobierno nacional se enfrentó a la disyuntiva de lograr un acuerdo senatorial para unir al peronismo local y restituir a Martínez Baca en su cargo o establecer la intervención federal a todos los Poderes del Estado a fin de conjurar la crisis institucional y de terminar con la inacción gubernamental (Mellado, 2009, pp. 144-145). Las luchas entre los distintos sectores se dirimieron luego de la muerte de Perón en favor de la segunda opción. Antes de que el Senado provincial pudiera pronunciarse, el Congreso de la Nación aprobó el proyecto de ley, enviado en julio por el ministro Benito Llambí por decisión de la presidente María Estela Martínez de Perón, disponiendo la intervención federal a la Provincia, que estaría a cargo de Antonio Cafiero. Al igual que la establecida en Formosa, Córdoba, Santa Cruz y Salta, fue el resultado de un proceso en el cual ninguno de los grupos peronistas pudo monopolizar los recursos de poder organizativo y, en consecuencia, constituir una coalición dominante estable. Así, la ilegitimidad de ejercicio, vinculada a las constantes denuncias sobre incapacidad administrativa, se impuso sobre la legitimidad de origen del mandatario, que había triunfado en elecciones libres (Servetto, 2010, pp. 16-17).

El precipitado final de la puja entre la izquierda y la derecha peronistas que derivó en un grave conflicto institucional y luego en la intervención federal, dejó inconcluso el esclarecimiento de las responsabilidades de Martínez Baca en la administración supuestamente fraudulenta de la empresa Giol. No obstante, esta experiencia reveló el modo en que las empresas públicas provinciales que operaron en sectores clave de la economía constituyeron escenarios en donde se libraron antiguas y nuevas batallas políticas.

Reflexiones finales

Este estudio aporta nuevas evidencias sobre el rol que desempeñaron las empresas públicas en el procesamiento de las disputas políticas en Argentina entre 1955 y 1974, es decir en un período signado por el avance del Estado sobre la economía y la elevada conflictividad política. La restitución minuciosa de los procesos de enjuiciamiento iniciados contra el exgobernador Evans, el exministro Caplán y el tasador Tesaire en 1955 y contra el gobernador en ejercicio Alberto Martínez Baca en 1974, que tomaron como campo de batalla a la firma Bodegas Giol, revela los mecanismos de resolución de conflictos que fueron privilegiados por las dirigencias provinciales. A su vez, esta contribución ofrece, a escala provincial, nueva información y perspectivas de análisis sobre el funcionamiento de las comisiones investigadoras y los procesos de juicio político encarados contra miembros del Poder Ejecutivo.

El proceso llevado adelante contra Evans y sus colaboradores por su participación en la operación de compra de la empresa Bodegas Giol fue un ejemplo más de los intentos por “desperonizar” la sociedad argentina y de la persecución que sufrieron los principales dirigentes peronistas. Si bien todos los acusados resultaron absueltos en el juicio oral, esta experiencia dejó entrever la concentración de poder que habían logrado las administraciones de gobierno a través de mecanismos legales, aunque dudosamente legítimos, para conceder beneficios de manera discrecional y acrecentar así su capital político. Asimismo, el congelamiento de las operaciones de Giol y la indefinición de la política empresarial ilustró hasta qué punto el programa de la llamada “Revolución Libertadora” fue esencialmente político.

Años más tarde, la disputa en el interior del peronismo mendocino entre la derecha político-sindical y la izquierda que derivó en uno de los ejemplos más conspicuos de la lucha partidaria en el país, también se expresó de manera privilegiada en el gerenciamiento de la empresa estatal, en el cual recobraron protagonismo algunos de los actores centrales del primer proceso, como fue el caso del ministro Caplán. A la investigación legislativa por la demora del gobierno en intervenir sobre el mercado vitivinícola frente a la catastrófica situación de la industria, se sumaron denuncias sobre ilícitos cometidos por parte del hijo del gobernador Martínez Baca en la compra de vinos, lo que dio motivos para iniciarle un juicio político. El derrumbe del ambicioso plan de intervención en el mercado de uvas y vinos de Bodegas Giol que pretendía regular los precios del vino recibidos por el productor, y que fue estimulado también por la oposición política, significó al mismo tiempo la caída del plan económico del gobierno provincial; la política económica implementada por el equipo de Martínez Baca perdió así su principal instrumento.

Aun cuando desde la incorporación de la firma Giol al patrimonio del Estado de Mendoza en 1954 la vitivinicultura redujo progresivamente su peso específico en la estructura productiva, la gestión empresarial ocupó un lugar central en los planes económicos. En efecto, la elaboración de vinos para el mercado nacional continuó desempeñando un rol clave en la articulación del tejido productivo, gracias al encadenamiento de actividades primarias, industriales, comerciales y de servicios, y la generación de empleo rural y urbano en casi todo el territorio provincial. El valor material y simbólico de la bodega estatal -una firma integrada desde la viña a la distribución mayorista de vinos en las principales plazas comerciales del país- la convirtió en una pieza estratégica de los programas económicos gubernamentales y una caja de resonancia de los conflictos político-institucionales que atravesaron la vida política argentina en el tercer cuarto del siglo XX.

Material suplementario
Referencias
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Notas
Notas
[1] En Mendoza, luego de la división del partido en Unión Cívica Radical Intransigente (UCRI) -liderada por Arturo Frondizi- y Unión Cívica Radical del Pueblo (UCRP) -conducida por Ricardo Balbín- la mayor parte del radicalismo se volcó al balbinismo, cuyos seguidores participaron activamente del gobierno de facto, lo cual fue evitado por los frondizisas en vistas de un acercamiento con Perón (Lacoste, 2004, p. 343). Por otra parte, los demócratas que inicialmente habían coincidido con algunas medidas tomadas por el régimen militar de 1943 integraron desde temprano el “arco antiperonista”. El PDM fue visto por los sectores nacionalistas católicos como la organización partidaria que mejor representaba sus intereses conservadores. Nutrieron los cargos técnicos de la administración pública entre 1955 y 1983. A su vez, la fragmentación que se produjo en el interior del peronismo con la proscripción de Perón de la actividad política y la división de la UCR les permitió ganar casi todas elecciones durante la década de 1960 (Mellado, 2008, pp. 3-6).
[2] Bodegas Giol era una de las firmas vitivinícolas más grandes del país. En 1954, su activo estaba formado por casi una veintena de fincas con 1.608 hectáreas de viña y 2.596 hectáreas con otros cultivos y sin cultivar, las bodegas La Colina, El Progreso y La Florida, y sucursales en Palermo, Junín (Buenos Aires), Mar del Plata, Rosario, Córdoba, Barranqueras (Chaco) y Tucumán, además de 197 tanques de ferrocarril montados en 101 vagones y 80 automotores. A su vez, empleaba a 2.337 personas, disponía de una capacidad de elaboración en vasija de madera y roble de unos 800 mil hectolitros (que representaba el 4,3 por ciento del total provincial) y comercializaba sus vinos en 18 mil almacenes de todo el país. El directorio, hasta el golpe de Estado de 1955, estuvo integrado por un presidente, que era el ministro de Hacienda, Benedicto Caplán; un vicepresidente, un secretario, cuatro vocales, un director gerente y un síndico, que en general eran funcionarios vinculados a los ministerios de Hacienda y Economía o integrantes de los cuadros políticos peronistas (Olguín, 2013, p. 242).
[3] La Comisión Nacional de Investigaciones fue creada por decreto ley del PEN Nº 479/1955 del 07/10/1955, y presidida por Isaac Rojas, vicepresidente de la Nación.
[4] Sus primeros miembros fueron el Mayor (R) Rufino C. Ortega, el Dr. Rafael Leiva, Juan Egea, el Dr. Dardo Pérez Guilhou y el Dr. Alberto Martínez Puig (Álvarez, 2007, p. 58).
[5] Intervención Federal de Mendoza, Reseña sintética de la labor desarrollada en el período 1955-58, Mendoza, Imprenta Oficial, 1958, p. 25.
[6] Decreto ley del PEM Nº 2185/1956.
[7] Sus integrantes fueron Manuel E. Moreno, designado presidente, y el Dr. Pedro A. Cascallares, el Ing. Heriberto E. Clausen y el Cont. Abel Biritos Guevara, que se desempeñarían como vocales. Decreto ley del PEN Nº 2.931/1955. El mismo le otorgaba a la comisión todas las facultades para el manejo administrativo y económico, pudiendo ejercer funciones que por los estatutos o la ley le correspondieran al directorio. Asimismo, podía emprender las investigaciones que considerara necesarias. El decreto fue firmado el 15 de noviembre de 1955 y los miembros designados asumieron formalmente sus cargos el 2 de diciembre de ese año, permaneciendo en ellos hasta mediados de 1958, con excepción de Clausen que renunció el 31/01/1957.
[8] Intervención Federal de Mendoza, Reseña sintética de la labor desarrollada en el período 1955-58, Mendoza, Imprenta Oficial, 1958, p. 9.
[9] Los Andes, 01/11/1955 al 01/12/1955.
[10] Los Andes, 09/02/1956.
[11] La Comisión Nacional de Investigaciones fue disuelta por decreto ley Nº 6132 el 15 de abril de 1956. En el acto de disolución, Isaac Rojas anunció la creación de la Fiscalía de la Junta de Recuperación Patrimonial “para tener en sus archivos los elementos necesarios para representar y defender los intereses de la Nación y poder recuperar para la misma los bienes inhibidos”. Asimismo, el contraalmirante McLean informó que, como resultado de las actividades de la Comisión, se elevaron a la justicia 314 sumarios, se procesaron 1.045 personas, la mesa de entradas recibió 15.119 notas y expedientes y colaboraron en la capital 2.500 personas. República Argentina, Libro Negro de la Segunda Tiranía, decreto ley Nº 14.988/56, Buenos Aires, 1958, pp. 12 y 14.
[12] Los Andes, 06/04/1956.
[13] El expediente Nº 23.675-G, que constaba de 48 cuerpos, fue acompañado de una nota fechada el 20 de abril de 1956, dirigida al vicepresidente de la Nación, Isaac Rojas y firmada por los últimos miembros de la Comisión Investigadora Provincial: el Dr. Roberto Estrella (presidente), el Dr. Horacio Bustos Dávila (vocal secretario), el Dr. Carlos A. Saccone (vocal) y el Dr. Humberto A. Mastronardi (vocal). Archivo General de la Nación, Archivo Intermedio, Junta de Recuperación Patrimonial, Expediente Nº 23.675-G.
[14] Eduardo López Ricci tenía casi 30 años cuando intervino en este proceso. Había estudiado derecho en la Universidad de la Plata. De regreso en Mendoza, con el apoyo de Dr. Juan J. Becerra, asesor de Blas Brisoli, inició su carrera en el Poder Judicial. En 1951, fue designado Juez de Paz Letrado de Godoy Cruz. Su segundo cargo como juez lo obtuvo durante el gobierno de Evans, a fines de 1954. Luego desarrolló una larga trayectoria en la Justicia y como profesor universitario. Lopéz Ricci, Eduardo, “Memorias de un docente, que también fue abogado, después de cumplir ochenta años de edad” (inédito).
[15] Cámara Segunda en lo Criminal, Sentencia del 27/04/1957, expediente caratulado “Fiscal c/Evans Carlos H. y otros”, en Suprema Corte de Justicia de la Provincia, Jurisprudencia de Mendoza, T. XXV, enero-diciembre de 1957, p. 318.
[16] Los nuevos integrantes, designados a principios de 1956, eran Santiago H. Touza, Horacio Bustos Dávila, Carlos A. Saccone, Humberto A. Mastronardi, Roberto Estrella y Edgardo Romero Day. La Palabra, 05/01/1956 y Los Andes, 05/01/1956. Santiago H. Touza renunció por motivos de salud el 2 de enero de 1956. Los Andes, 15/02/1956.
[17] Entrevista realizada por el/la autor/a a Eduardo López Ricci el 7 de junio de 2011 en Mendoza.
[18] En el ordenamiento procesal penal de la época el juez de instrucción era el encargado de dirigir la investigación -no tenía poder de resolución- y, luego, de elevar la causa a juicio a la cámara criminal correspondiente, que resolvería la condena o la absolución.
[19] Cámara Segunda en lo Criminal, Sentencia del 27/4/1957, expediente caratulado “Fiscal c/Evans Carlos H. y otros”, en Suprema Corte de Justicia de la Provincia, Jurisprudencia de Mendoza, T. XXV, enero-diciembre de 1957, p. 326.
[20] La Prensa, 16, 17 y 23 de abril de 1957; La Nación, 30 de marzo de 1957 y 16, 17 y 23 de abril de 1957.
[21] Crónica, 26 y 30/04/1957.
[22] Entrevista realizada por el/la autor/a a Eduardo López Ricci el 7 de junio de 2011 en Mendoza.
[23] Crónica, 14/01/1956.
[24] “Los hechos presuntamente delictuosos que motivan el presente proceso, han acaecido en época en que el ex contraalmirante don Alberto Teisaire -hermano del imputado, según lo ha reconocido- desempeñaba la presidencia del Consejo Superior del Partido Peronista, y durante se encontraba intervenido por ese mismo organismo, el Distrito Mendoza del partido gobernante. Así surge del informe del Ministerio del Interior que obra a fs. (3ra. Pieza)”. Cámara Segunda en lo Criminal, Sentencia del 27/04/1957, expediente caratulado “Fiscal c/Evans Carlos H. y otros”, en Suprema Corte de Justicia de la Provincia, Jurisprudencia de Mendoza, T. XXV, enero-diciembre de 1957, p. 315.
[25] La imagen del PDM habría sido afectada por el apoyo prestado a los gobiernos de la “Revolución Argentina” y por los sucesos del “Mendozazo” (Servetto, 2010, pp. 39-40). Asimismo, la “desaparición” del MPM contrastó con el posicionamiento que mantuvo el Movimiento Popular Neuquino, que ganó las elecciones a gobernador y vicegobernador en 1973 y que continuó siendo protagonista de la escena política provincial (Favaro, 1999; Favaro y Iuorno, 1999). La incapacidad del partido mendocino para construir una identidad política propia condenó su existencia a la imposibilidad del justicialismo de participar en los procesos electorales (Mellado, 2008, pp. 17-18).
[26] Nació el 2 de mayo de 1906. Trabajó como farmacéutico en el departamento de San Rafael, fue concejal, legislador y candidato a vicegobernador en 1966 por el PJ, secundando a Ernesto Corvalán Nanclares. Lacoste (2004, p. 352) afirma que “era un hombre modesto, de notable honradez y austeridad (aún siendo gobernador muchos los recordarían viajando de su oficina a la casa en el transporte público de pasajeros)”.
[27] Martínez Baca había disputado la candidatura con Ernesto Corvalán Nanclares, Carlos Evans, Pedro Cámpora y Horacio Farmache. Para un detalle sobre los motivos por los cuales se descartaron las primeras cuatro, véase Mellado (2009, p. 129). Cfr. Servetto (2010, pp. 37-39).
[28] Mendoza fue obrero metalúrgico, en 1957 asumió la secretaría gremial de la Unión Obrera Metalúrgica de la Provincia y en 1960 fue detenido bajo el plan CONINTES y condenado a tres años de prisión. En 1964 fue elegido secretario general de las “62 organizaciones” hasta 1966, año en que asumió como secretario adjunto de la CGT Regional Mendoza. Incursionó en la política como senador provincial por el PJ (1965-1966). Asimismo, ocupó el cargo de secretario de previsión de la UOM Seccional Mendoza en 1973. Claves, 26/01/73, pp. 5-6. Luego, se desempeñó como vicegobernador (1973-1974) y estuvo a cargo del Poder Ejecutivo provincial durante dos meses (1974).
[29] Mensaje de Alberto Martínez Baca a la Asamblea Legislativa, 1° de mayo de 1974, pp. 19-20.
[30] Claves, 23/11/1973, p. 5.
[31] Discurso de Alberto Martínez Baca en el acto de asunción del mando, Diario de Sesiones del Senado de Mendoza, 25 de mayo de 1973, p. 28.
[32] Los Andes, 05/12/1973.
[33] Eloy P. Camus, proveniente de las filas del bloquismo sanjuanino, se sumó al peronismo luego de que su líder, Federico Cantoni, pasadas las elecciones de 1946, disolviera el partido y fuera nombrado embajador en la Unión Soviética. Fue candidato a gobernador, y el Dr. Francisco Aguilar a vicegobernador, por el FREJULI en las elecciones de 1973. Resultaron vencedores en la segunda vuelta y gobernaron la provincia de San Juan entre el 25/05/1973 y el 24/03/1976 (Bataller y Mendoza, 1999, pp. 42 y 66).
[34] La nueva resolución dictada por el Senado, por medio de la cual se designó a los miembros de la Comisión, fue firmada el titular de la Cámara, Carlos Arturo Mendoza, y por el secretario legislativo, Rodolfo Díaz. Los Andes, 27/12/1973.
[35] Los integrantes del cuerpo eran el Dr. Becerra, asesor letrado de la Policía de Mendoza, el Cont. Rosell, del ministerio de Hacienda, y el enólogo Castillo.
[36] Los Andes, 22/02/1974.
[37] Mendoza, 01/03/1974.
[38] Los Andes, 03/03/1974.
[39] Los Andes, 03 y 06/03/1974.
[40] La Comisión, que representaba al Movimiento y al PJ en el proceso de designación de los empleados públicos, no había sido consultada. Estaba integrada por el delegado normalizador, el consejo provincial del PJ, los secretarios generales de la CGT y de las “62 organizaciones” y dos representantes de los bloques legislativos partidarios (los senadores Oscar Pressacco y Hernán Moschetti y los diputados Santos Cornejo y Alfredo Leotta, todos enfrentados con Martínez Baca).
[41] Los Andes, 06 y 07/03/1974.
[42] Constitución de la Provincia de Mendoza, art. N° 109.
[43] Carlos A. Quirós, el director de prensa y difusión del gobierno de Mendoza desde octubre o noviembre de 1973, había sido hasta esa fecha jefe de redacción de la revista. Claves, 9 /11/73, p. 1
[44] “Giol implicancias de un programa de transformación”, por Eduardo Cuadra Zúñiga, quien había sido responsable de prensa del gobierno de Carlos Evans (1952-1955). Claves, 23/11/1973, p. 33.
[45] Directorio presidido por Joaquín González Villanueva (01/02/1973 al 31/07/1973): la Comisión Agrícola e Industrial, encargada de las compras, estuvo integrada por los señores Ítalo Cremaschi y Sagunto Sanz Surraco. Directorio presidido por el Ing. Esteban Popón (1/8/73 al 30/11/73 aprox.): la Comisión Agrícola e Industrial estuvo integrada por los señores Daniel Peña y Enrique R. Sversek. Gestión del interventor Dr. Ramón J. Roldán (01/12/1973 al 31/01/74): comisión especial de Compra de Vinos estuvo integrada por los señores Mancinelli, Olivera Sturniolo y un representante gremial rotativo.
[46] José Ramón Martínez, César Massini (presidente del directorio del Banco de Previsión Social), Octavio Persio (titular del directorio del Banco de Mendoza), Carlos Martínez (exsecretario privado del gobernador y hermano del José Ramón), José Made, Horacio Martínez Baca, Arturo Pons Bedoya, Héctor Jofré (síndico de la empresa Giol), Alberto Pérez Lamela (empresa El Trébol) y otros. Los Andes, 24, 26, 27, 28 y 30/04/1974.
[47] Sobre el dictamen en minoría, véase Mellado (2009).
[48] La Suprema Corte se declaró incompetente para entender en la acción de inconstitucionalidad iniciada por el gobernador contra el Poder Legislativo. Al no existir una resolución definitiva, atento a que la Comisión de juicio político estaba en funcionamiento, es decir ante la “inexistencia de una lesión irreparable que legitime la intervención de esta Corte”, consideró que “no corresponde la consideración de la medida de no innovar impetrada”. La resolución estaba firmada por Isaías T. Mathus (presidente), Felipe A. Gambi, Samuel Evans, José C. Motta, Salvador Barbera Guzzo, Ventura González y Carlos A. Ruiz Villanueva.
[49] Domingo O. Alonso, Miguel A. Mathus Escorihuela, Gerardo A. Sáenz, Domingo V. Bartolomé, Javier C. Corvalán Lima, Mario Fradusco, Juan C. Galiñares, Enrique Merín y Roberto J. López.
[50] Oscar F. Andreoli, Concetto J. Crimi, José Daviré, José Emmi, Alfredo L. Ghilardi, Antonio A. Martín, Eduardo Molina, Gabriel Montoro, Roberto Vilchez Vega y Eusebio J. Yoma.
[51] Los diputados del “bloque de los diez” objetaron procedimientos de la Comisión de Juicio Político, especialmente, la inclusión del cuarto informe sobre la empresa Giol como Res. 9 bis y la no citación de algunos de los testigos. Los defensores del gobernador denunciaron irregularidades, argumentando que no fueron notificados de la inclusión de la Res. 9 bis realizada por la Comisión Investigadora en el cuerpo de las disposiciones, por lo cual presentaron una denuncia en la Justicia. Por último, solicitaron la suspensión del juicio político y el tratamiento sobre tablas del escrito presentado el 15 de abril, en el que se denunciaba “la violación del ordenamiento legal y la nulidad de todo lo actuado”. Estas dos últimas medidas serían reiteradas ante la inminencia del pronunciamiento de la Cámara Baja. Los Andes, 21, 22, 25 y 29/05/1974 y 4 y 5/06/1974.
[52] Los Andes, 24/05/1974.
[53] Domingo Alonso, Miguel Mathus Escorihuela y Gerardo Sáenz.
[54] Domingo Bartolomé, Javier Corvalán Lima, Mario Fradusco, Juan Galiñares y Enrique Merín.
[55] Roberto J. López, quien renunciaría al cargo el 14 de junio.

Tabla 1
Informes elaborados por la Comisión Especial Investigadora de Bodegas y Viñedos Giol
Elaboración propia en base a Los Andes, 8, 19, 23 y 29 de marzo, 7 y 19 de abril y 29 de mayo de 1974 y Mendoza, 8, 30 y 31 de marzo y 2 de abril de 1974.

Figura 1
La relación de fuerzas en la Legislatura provincial
Elaboración propia en base a Legislatura de Mendoza, Libro matricular de la Cámara de Senadores, fs. 21-22 y de la Cámara de Diputados, fs. 26-28 y Los Andes, 27/12/73 y 04/04/1974
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