DOSSIER
Las Políticas Públicas venezolanas en materia de género: Tradición vs demandas sociales
Venezuelan public policies in gender matter: Tradition vs social demands
Encuentros. Revista de Ciencias Humanas, Teoría Social y Pensamiento Crítico
Universidad Nacional Experimental Rafael María Baralt, Venezuela
ISSN: 2610-8046
Periodicidad: Semestral
núm. 11, 2020
Recepción: 19 Septiembre 2019
Aprobación: 12 Diciembre 2019
Resumen: Las políticas públicas es una temática que ha vuelto a ser el centro de algunas investigaciones en la actualidad en vista de las marcadas desigualdades sociales existentes en Latinoamérica y el Caribe y el resto mundo, pese al intento de algunos programas que promueven a través de objetivos a largo plazo reducir esta brecha. Es por ello que se ha propuesto como meta para esta investigación reflexionar acerca de las políticas públicas venezolanas para hacer frente a las desigualdades sociales, específicamente en materia de género; partiendo del análisis de las definiciones de políticas públicas, las políticas públicas en materia de género (PPG) y sus alcances, las PPG en Latinoamérica y en Venezuela, y por último y no menos importante el cuestionamiento a la tradición paternalista del Estado venezolano frente a las demandas sociales de los movimientos sociales integrados por mujeres.
Palabras clave: Políticas Públicas, Políticas Públicas en materia de Género (PPG), Demandas Sociales.
Abstract: The Public policies is a theme that has once again become the center of some research today in view of the marked social inequalities existing in Latin America and the rest of the world despite the attempt of some programs that promote through long-term objectives to reduce this gap. That is why it has been proposed as a goal for this research to reflect on Venezuelan public policies to address social inequalities, specifically in terms of gender; based on the analysis of the definitions of public policies, public policies on gender (PPG) and their scope, the PPG in Latin America and Venezuela, and last but not least the questioning of the paternalistic tradition of the Venezuelan State against the social demands of social movements made up of women.
Keywords: Public Policies, Public Policies on Gender (PPG), Social Demands.
Introducción
Las Políticas Públicas en América Latina y el Caribe han sido analizadas tradicionalmente desde el punto de vista técnico como programas que promueven la reducción de las desigualdades, con una evaluación promedio cada diez años para conocer su impacto en las transformaciones sociales; sin embargo estas políticas se diseñan en un contexto sociocultural especifico de la región y de cada Estado que la conforma, diverso y diferente, por lo que las necesidades varían dependiendo de las sociedades que hacen vida en estos, pero teniendo a su vez un hilo conductor en común como lo es la tradición colonial, que ha marcado históricamente quienes pueden acceder a ciertos derechos y beneficios relacionados a estas políticas. A continuación se analizaran las definiciones de Políticas Públicas y los requerimientos mínimos para su implementación; así como también las Políticas Públicas en materia de Género y sus alcances (justicia de género, autonomía, empoderamiento) en Venezuela y la región; y para finalizar se cuestiona la tradición paternalista del Estado venezolano frente a las demandas de los movimientos sociales integrados por mujeres.
Las Políticas Públicas: tema de referencia en la actualidad
Las Políticas Públicas son consideradas como el conjunto de actividades de las instituciones de gobierno, que actúan directamente o a través de agentes, y que van dirigidas a tener una influencia determinada sobre la vida de la población nacional. Asimismo, tratan de enfrentar los problemas y contradicciones existentes en un sector de la sociedad o un espacio geográfico determinado, tomando en cuenta Instrumentos que permiten conocer las estrategias adecuadas para agrupar iniciativas desiguales (Ruiz y Cadenas, 2005 y Velasco, 2007).
De acuerdo a Lahera (2002), las Políticas Públicas deben asegurar la participación en los beneficios de la mayoría de la población mediante políticas complementarias, integrándolas al proceso productivo para su sostenimiento en un tiempo y espacio determinado así como también al Estado, partidos políticos, empresa privada y movimientos sociales. Además, deben tomar en cuenta las consultas directas a los diversos niveles de decisión política para discutir ampliamente las ventajas e inconvenientes de las alternativas planteadas, debido que es importante aclarar de forma realista las orientaciones y políticas deseables para las transformaciones sociales.
Asimismo, este autor considera importante tomar en cuenta a los organismos e instituciones que condicionan la aplicación de las políticas, los distintos niveles políticos-administrativos y la relación de estas políticas públicas con el Proyecto Nacional, lo cual permitirá objetivar las demandas sociales y posibilidades reales para poder llevarlas a cabo; tomando en cuenta también que el éxito de una política justa se asegura cuando los recursos de información se explicitan tanto hacia los funcionarios públicos vinculados con la implementación, como hacia la población beneficiaria (Benavente y Valdés, 2014).
Otro factor de éxito para la ejecución de las Políticas Públicas, según Benavente y Valdés, se relaciona con la inclusión de presupuesto para la producción de información respecto del logro de los objetivos de la política. Además que la información sea accesible, es esencial la existencia de mecanismos legales para asegurar el acceso a la información pública, así como para denunciar el incumplimiento de la política. La existencia de mecanismos de diálogo entre la sociedad civil y el Estado es una condición necesaria no solamente para velar por el cumplimiento de la política, sino también para discutir y establecer los pasos que es preciso seguir a fin de lograr un avance constante en favor de los objetivos.
Las Políticas Públicas en materia de Género y sus alcances: Una meta en Latinoamérica
Con respecto a las Políticas Públicas en materia de Género (PPG), cabe resaltar que estas han jugado un papel fundamental en las transformaciones de las relaciones de género en los distintos países latinoamericanos y caribeños, debido que desde mediados de los años ochenta en adelante, en el contexto de los procesos de recuperación de la democracia de los países de la región después de regímenes dictatoriales y autoritarios y largos procesos de lucha interna, estas comenzaron a cuestionar el orden impuesto por el neoliberalismo, demandando un rol activo del Estado que estaba en retirada (CEPAL, 2012).
Sin embargo, algo que no se esperaba era que esta retirada del Estado a su vez permitiera que surgieran instituciones que sin alterar la dinámica dominante, sentaran las bases de las políticas de igualdad. Los ministerios, consejos e Institutos de la Mujer de la mano de la agenda internacional de derechos irrumpieron en el ámbito gubernamental articulando demandas sociales que en algunos casos notables alcanzaron logros importantes. Con la globalización, el campo de acción de las feministas y de las mujeres que empezaron a autodenominarse como tales, se pluralizó, globalizó y descentró, elevándose de esta manera su impacto sobre otras colectividades e instituciones (Álvarez, 2001 en CEPAL).
A partir de allí, los movimientos feministas han replanteado su relación con el Estado argumentando que el papel de este no es neutro sino, por el contrario, es omnipresente en la construcción de las desigualdades de género a través de los mensajes que emite, las concepciones de género que sustentan sus políticas y el grado de reconocimiento que hace de los distintos actores, entre ellos las mujeres, como interlocutoras. Demostrando así, que la acción del Estado se ejerce sobre una realidad configurada por las relaciones de género, en tanto éste constituye uno de los ejes de diferenciación social que estructura las relaciones sociales.
La incorporación del análisis de género en las Políticas Públicas ha implicado la circulación de nuevos discursos dentro de las instituciones del Estado. Estos discursos permitieron incorporar en las agendas institucionales temas considerados como propios de la esfera privada tales como la violencia contra la mujer, la autonomía del cuerpo reproductivo, la dependencia económica de las mujeres, la autoridad del jefe de familia, los derechos individuales, la segregación de género en el mercado de trabajo, en la educación y la representación política; así como también de manera positiva la ratificación por parte de los Estados de la Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW).
Sin embargo, junto a estos movimientos que movilizan los problemas, se distinguen también los llamados “grupos de veto” que resisten la emergencia de una problematización dada sobre todo cuando ésta puede modificar su situación. El concepto de “actor de veto” se refiere a aquellos actores colectivos e individuales cuyos acuerdos se tornan imprescindibles para la toma de una decisión política (Tsebelis, 1995, 2002, citado por PNUD, 2010, en CEPAL).
En América Latina, las jerarquías de la iglesia católica han sido un actor de veto permanente a la incorporación de nuevas concepciones de género y al reconocimiento de nuevos derechos, sobre todo en el área sexual y reproductiva. Se han opuesto a la demanda feminista de aborto seguro y legal y a la implementación de políticas que tienen que ver con la educación sexual, las campañas de prevención del SIDA, la regulación de la reproducción y el reconocimiento de identidades sexuales plurales.
Es por ello necesario resaltar que los procesos de institucionalización de las políticas públicas de género se han visto favorecidos y amparados con el reconocimiento del carácter normativo y coordinador de los Movimientos Autónomos de Mujeres (MAM) y con la aprobación de las plataformas y programas de acción en las conferencias globales y regionales. Asimismo, se reconoce que durante la implementación de los planes de igualdad y en el proceso de vinculación con distintos sectores del ejecutivo, las integrantes de los MAM articulan tiempos y espacios de gestión diferentes para enfrentarse a las barreras ideológicas, políticas, procedimentales, organizacionales y administrativas; debido que la lógica sectorial y líneas de mando jerárquicas de la administración pública también resisten la ejecución de políticas de carácter transversal e integral impulsadas por los planes y la coordinación intersectorial que de ello se deriva (Guzmán y Montaño, 2012).
Entre los alcances de las PPG se encuentra la promoción de la justicia de género, la cual puede definirse como el logro de la igualdad entre mujeres y hombres en conjunto con las medidas para reparar las desventajas que llevan a la subordinación de las mujeres y para permitirles acceder y controlar los recursos en combinación con la agencia humana (Goetz, 2007 en Benavente y Valdés). Esta justicia solo puede alcanzarse a través de un Estado activo en el logro de la igualdad, un Estado que en la planificación, elaboración, ejecución y evaluación de las políticas considere el fomento de la justicia en la sociedad.
Para alcanzar la justicia de género implica haber incorporado la noción que las mujeres, en cuanto sujetos, no constituyen ni una clase social ni un estatus, de modo que las injusticias de género no pueden ser atribuidas solamente a un factor, sino que incluyen tanto las injusticias económicas y la ausencia de reconocimiento de las mujeres en cuanto sujetos, como las injusticias presentes en la forma en que se organiza la acción política y la toma de decisiones que las excluye (Fraser, 2008 en Benavente y Valdés).
Lo planteado anteriormente es coherente con la noción de derechos humanos, compuestos por derechos civiles y políticos, así como derechos económicos, sociales y culturales, que da cuenta de la amplia gama de derechos que deben ser respetados y garantizados por los Estados. Por tanto, las instituciones y las PPG son mecanismos para lograr la justicia en ámbitos determinados y constituyen a su vez instrumentos para alcanzar la superación de desigualdades específicas y autonomía de la mujer.
La autonomía, en este contexto, se define como el grado de libertad que una mujer tiene para poder actuar de acuerdo con su elección y no con la de otros. En tal sentido, hay una estrecha relación entre la adquisición de autonomía de las mujeres y los espacios de poder que puedan instituir, tanto individual como colectivamente. En realidad, el grado de autonomía de un sujeto singular es inseparable del grado de autonomía del grupo social al que pertenece. Es decir, el grado de autonomía personal que una mujer pueda desarrollar dependerá también de la autonomía posible de su grupo social y de aquella que las mujeres de la sociedad a la que pertenece hayan alcanzado. La autonomía significa entonces para las mujeres contar con la capacidad y con condiciones concretas para tomar libremente las decisiones que afectan sus vidas (Benavente y Valdés).
Martha Nussbaum (2002) aporta un aspecto a considerar en relación a las PPG, la cual es el contexto sociocultural en el cual estas se diseñan, cuestionando si los valores que una sociedad promueve son necesarios de preservar debido a las limitación de estos hacia la autonomía de la mujer; esta investigadora explica que la mujer puede decidir llevar una vida tradicional en vista del contexto sociocultural que ha nacido, sin embargo esto no excluye la existencia obligatoria de políticas económicas y sociales que velen por su bienestar y equidad de participación en todos los ámbitos para el desarrollo de sus potencialidades y búsqueda de su autonomía y empoderamiento. Se puede asegurar la alfabetización pero es necesario también las condiciones económicas para que esta pueda hacerlo, debido que no son solo derechos en el papel sino también las condiciones materiales para ejercerlos, y esto requiere recursos la redistribución de las riquezas de acuerdo a las necesidades.
Con respecto al empoderamiento de la mujer, León (2013) expone el debate entre el empoderamiento individual y el colectivo; cuestiona el empoderamiento individual debido que este puede ser una simple y mera ilusión si no se conecta con las luchas sociales, con las preocupaciones de hacer democracia, de ampliar la ciudadanía de las mujeres y cambiar las sociedades, puesto que además de reconocer las percepciones individuales, no se puede reducir el empoderamiento de manera que ignore lo político.
Por tanto, para León el empoderamiento incluye no sólo el cambio individual, sino la acción colectiva, la cual es un proceso personal y político, cuyas aristas personales, intimas, corporales, no pueden desvincularse de sus connotaciones políticas, de impugnación de las relaciones de poder vividas en el seno de relaciones familiares, en donde las y los sujetos viven cotidianamente y a su vez son parte del orden social. También el empoderamiento puede ser entendido como una estrategia propicia para que las mujeres y otros grupos marginales incrementen su poder, esto es, acceder al uso y control de los recursos materiales y simbólicos, para que ganen influencia y participación en el cambio social. Es una toma de conciencia de sus propios derechos, con el fin de participar desde una posición más sólida en la toma de decisiones y poder influir en ellas (Murguialday, Perez y Eizagirre, 2005, en León).
El poder que se aspira desde el empoderamiento de la mujer es el Poder Suma-Positivo, llamado así debido a que el poder que tenga una persona o un grupo incrementa el poder total disponible, el cual permite compartir el poder y favorece el apoyo mutuo. Este es el poder “para”, que facilita y abre posibilidades sin dominación y genera un amplio rango de alternativas y potencialidades humanas. O también, el poder “con”, el cual se aprecia cuando un grupo presenta solución compartida a sus problemas y el todo puede ser superior a la sumatoria de las partes.
Las PPG en América Latina: aportes y metas
Con respecto a las PPG en Latinoamérica, Benavente y Valdés han realizado un estudio de caso acerca de siete políticas que son un aporte para el logro de autonomía de las mujeres, las cuales clasifican de la siguiente manera:
Políticas públicas y autonomía física: la Ley 11340 Maria da Penha (Brasil), la política de lucha contra la violencia de género (Uruguay), la política de garantía de acceso a la interrupción voluntaria del embarazo (IVE), (Colombia).
Políticas públicas y autonomía en la toma de decisiones: paridad y alternancia de género en los órganos de elección del Estado y en las instancias intermedias (Estado Plurinacional de Bolivia), la política de paridad y alternancia en la Ley Electoral (Costa Rica).
Políticas públicas y autonomía económica: Ley 20255 (Chile), que establece la Reforma Previsional, el Gasto Etiquetado para las Mujeres y la Igualdad de Género (GEMIG) (México).
En referencia a la Ley 11340 Maria da Penha de Brasisl, esta es tomada en cuenta debido que reconoce el derecho de todas las mujeres a vivir una vida sin violencia y considera este tipo de agresión como un atentado a los derechos de las mujeres. Esta ley obliga al Estado y a la sociedad a proteger a las mujeres de la violencia doméstica y familiar, independientemente de su edad, clase social, raza, religión y orientación sexual e incorpora un nuevo paradigma al reconocer la violencia contra las mujeres como una Violación de los Derechos Humanos y no como un crimen privado de menor gravedad. Se aplica así a la violencia contra las mujeres el régimen jurídico aplicable a las violaciones de los derechos humanos. Y así como en Uruguay, la política de lucha contra la violencia de género tiene como objetivo erradicar la violencia doméstica y promover la equidad y el pleno goce de los derechos humanos.
Acerca de la política de garantía de acceso a la interrupción voluntaria del embarazo (IVE) de Colombia; en 2006 se logró, a través de la sentencia C-355/06, la despenalización del aborto en tres circunstancias: no se incurre en delito de aborto, cuando con la voluntad de la mujer, la interrupción del embarazo se produzca en los siguientes casos:
Cuando la continuación del embarazo constituya peligro para la vida o la salud de la mujer, certificado por un médico.
Cuando exista grave malformación del feto que haga inviable su vida, certificada por un médico.
Cuando el embarazo sea resultado de una conducta, debidamente denunciada, constitutiva de acceso carnal o acto sexual sin consentimiento, abusivo, o de inseminación artificial o de transferencia de óvulo fecundado no consentidas, o de incesto.
En relación a las Políticas Públicas y autonomía en la toma de decisiones, la paridad y alternancia de género en los órganos de elección del Estado y en las instancias intermedias en el Estado Plurinacional de Bolivia, y la política de paridad y alternancia en la Ley Electoral en Costa Rica, estas políticas aborda las dificultades de acceso de las mujeres a los cargos de representación (elección) del Estado, por lo cual se instituyen la paridad y la alternancia, como formas de hacer frente a los obstáculos de acceso que se han identificado desde la vigencia de las leyes de cuotas.
Asimismo, abordan la discriminación que experimentan las mujeres en las estructuras intermedias de participación política, estableciendo también la paridad y la alternancia en las listas de elecciones de las agrupaciones políticas, y aunque han sido resueltas las injusticias de reconocimiento y en buena medida las de representación, aún es necesario avanzar en la redistribución del poder político, no solo a nivel del Estado, sino también de las estructuras intermedias, como son los partidos políticos y las agrupaciones ciudadanas
Con respecto a las Políticas Públicas y autonomía económica la Ley 20255 de Chile, que establece la Reforma Previsional enfrenta, en relación con las mujeres, las injusticias de redistribución que se traducen en una menor acumulación de fondos previsionales para las mujeres que trabajan en forma remunerada y en la ausencia de protección en la vejez para las mujeres que se han dedicado al trabajo doméstico no remunerado. La actuación en ambos casos conduce además a paliar la injusticia en el ámbito del reconocimiento, al valorar el aporte de las mujeres en el trabajo reproductivo.
Esta política se orienta a resolver una injusticia redistributiva, disminuyendo las brechas de pensión entre hombres y mujeres, así como aportando a fortalecer la autonomía económica de las mujeres. Además, la implementación de la política, especialmente el bono por hijo y la división de los saldos acumulados en las cuentas individuales cuando correspondan compensaciones en materia previsional en caso de divorcio, junto con mejorar de manera concreta la pensión que recibirá cada mujer, implica un reconocimiento a la situación de desventaja de las mujeres respecto de los hombres por las responsabilidades de crianza y cuidado.
El objetivo de esta política es contribuir a la construcción de un sistema de protección social que garantice la seguridad social en la vejez de todos los chilenos y chilenas, y que aporte a la reducción de la pobreza y la erradicación de la indigencia entre los adultos mayores y los que sufren de invalidez.
En México, las PPG basada en el Gasto Etiquetado para las Mujeres y la Igualdad de Género (GEMIG), aborda injusticias en todos los ámbitos de la política pública, en la medida en que hace visible el gasto destinado a resolver las desigualdades en los distintos ramos administrativos (las instituciones) y en los programas presupuestarios que las instituciones implementan y en los que la Cámara de Diputados etiqueta15 recursos públicos federales para las mujeres y la igualdad de género.
El objetivo es lograr el bienestar y la igualdad sustantiva (de hecho) entre mujeres y hombres, ello implica financiar programas, medidas y acciones públicas que entiendan (identifiquen) y atiendan las especificidades de género, las brechas de desigualdad entre mujeres y hombres en los distintos ámbitos de la vida y se enfoquen a eliminar las expresiones de violencia, discriminación y desigualdad por motivos de género. El objetivo del GEMIG es hacer efectiva la política de igualdad de género mediante la asignación y el aseguramiento de recursos públicos.
En Venezuela las PPG se concretan a partir de la creación del Ministerio del Poder Popular para la Mujer y la Igualdad de Género (MinMujer) en el 2009, el cual fue precedido un año antes por la creación del Despacho de la Ministra de Estado para Asuntos de la Mujer, materializando institucionalmente las luchas sociales de las mujeres venezolanas que habían comenzado a gestarse con la Ley de Igualdad de Oportunidades para la Mujer en 1993, la creación del Consejo Nacional de la Mujer (1993), el surgimiento del Instituto Nacional de la Mujer (InaMujer) en 1999, del Banco de Desarrollo de la Mujer, C.A. (BanMujer) en 2001, y la creación de la Fundación Misión Madres del Barrio “Josefa Joaquina Sánchez” en 2006. MinMujer ejecuta sus políticas en cuatro (4) grandes áreas de acción:
Modelo económico productivo socialista con perspectiva de género
Organización y participación política de las mujeres
Formación con perspectiva de género
Protección de los derechos de la mujer
Entre los alcances de las políticas llevadas a cabo por Minmujer ha sido la Reforma de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia Gaceta Oficial 40.548 del 25 de noviembre del 2014, la gestión y proyectos de los entes adscritos con fines empresariales, específicamente al Banco de Desarrollo de la Mujer, y sin fines empresariales, como lo es el Instituto Nacional de la Mujer y la Fundación Misión Madres del Barrio “Josefa Joaquina Sánchez.
A partir del 2017, por medio del diseño del programa Carnet de la Patria como una herramienta para mejorar la situación socioeconómica de los habitantes del país se asignan recursos financieros a mujeres a través del programa social Parto Humanizado y Hogares de la Patria, sin embargo con respecto a este último no es como el caso de Chile o México, porque al momento de acceder al programa se asigna el recurso al jefe o jefa de familia que se autodesigne con este rol, es decir, los recursos no están destinados específicamente a la mujer que hace frente a las tareas cotidianas del hogar.
Entre las limitaciones que expone Minmujer (2015) para llevar a cabo la implementación de las PPG de manera eficiente se encuentran las siguientes:
Limitaciones Técnicas: deficiencia en la plataforma tecnológica que impide unificar la información recaudada, falta de conexión tecnológica con las coordinaciones estadales para la entrega de información y rendición de las tareas encomendadas.
Limitaciones Financieras: no se posee un sistema integrado que consolide la información presupuestaria, administrativa y financiera.
Limitaciones Administrativas: falta de manuales de normas y procedimientos e insuficiencia de personal especializado, lo cual trae como consecuencia retardo en los procesos que han de ser ejecutados.
Estas limitaciones están vinculadas directamente al ministerio, debido que en el balance anual de este no se toma en cuenta a los demás entes, actores y actrices involucradas
Las PPG en Venezuela y Latinoamérica y el Caribe: tradición vs demandas sociales.
Como se ha planteado durante el desarrollo de esta investigación las PPG han tenido un impacto sobre las formas en cómo se han distribuidos los recursos económicos y el poder político en la región, tradicionalmente encarnados en hombres; es por ello que a continuación se exponen las deudas pendientes con los movimientos sociales integrados por mujeres latinoamericanas y específicamente venezolanas, en relación a los avances desde los distintos programas en búsqueda de la reducción de las desigualdades sociales, de acuerdo a la información recolectada por el Observatorio de Igualdad de Género de América Latina y el Caribe (2012).
En términos generales en la región existen una serie de debilidades con respecto a la implementación de las PPG, entre las cuales cabe citar:
La debilidad estadística de los registros administrativos.
Falta de información acerca de los indicadores de autonomía física: muerte de mujeres ocasionada por su pareja o expareja íntima, mortalidad materna, maternidad en adolescentes.
Demanda insatisfecha de planificación familiar, debido al porcentaje de mujeres unidas que no desean tener más hijos o que postergarían el siguiente nacimiento de un hijo, pero que no están usando un método de planificación familiar.
Falta de paridad política entre el número hombres y mujeres en los ministerios, parlamentos, autoridades municipales y entes del poder judicial.
Retardo en la firma y ratificación del Protocolo Facultativo de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer
La existencia de la pobreza de ingresos aunada a la pobreza de tiempo en las mujeres.
Falta del cálculo y remuneración del tiempo total de trabajo de la mujer (número total de horas destinadas al trabajo remunerado y al trabajo doméstico no remunerado).
Escasa protección a las mujeres mayores de 60 años sin ingresos propios.
Falta de redes de cuidado, donde las políticas laborales se vinculen con los sistemas de protección social. Las soluciones de mercado es la compra de cuidado con gastos de bolsillo, la cual beneficia sobre todo a familias y mujeres de mayores ingresos, lo que también es una forma de desigualdad dentro del propio género femenino.
Retardo en la inclusión de las mujeres en el empleo de calidad. Sin tomar en consideración que el nivel de educación formal promedio de las mujeres es mayor respecto de los hombres en la región, lo cual es un acervo que debe aprovecharse tanto para potenciar esta oferta laboral femenina como para facilitar su empleo en sectores más intensivos en conocimiento mediante políticas que eviten la discriminación en el mercado laboral.
En el caso de Venezuela es necesario tomar en cuenta las siguientes demandas sociales que están fuera de las consideraciones defendidas por los valores religiosos imperantes en el país y de las políticas de protección de la mujer de un Estado paternalista, las cuales son importantes debido que contribuyen al desarrollo pleno de las potencialidades de seres humanos que también habitan este país, las cuales se exponen a continuación:
En el ámbito educativo se reconoce el esfuerzo por la alfabetización de la mujer, sin embargo no existen planes para la inclusión de la misma en áreas de conocimientos no feminizados como es el caso de la ciencia y tecnología.
En el ámbito económico se reconoce los programas de Banmujer pero aún no existe una normativa respecto al reparto igualitario de tierras y activos para el empoderamiento de la mujer, así como tampoco una licencia de permiso laboral igualitario para el cuidado de hijos/as.
En el ámbito de la salud se reconoce los alcances de los programas de parto humanizado y lactancia materna, sin embargo existe una deuda con respecto a la legalización del acceso a la interrupción voluntaria del embarazo, la creación de programas de protección a pacientes con cáncer de mamas y cuello uterino, así como también por desnutrición.
En el ámbito se seguridad, se reconoce la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, aunque es necesario la obligatoria instrucción y sensibilización de funcionarias/os receptores de las denuncias y la manutención de las casas de abrigo de manera permanente.
La legalización del matrimonio igualitario, en beneficio de quienes desean conformar una familia amparadas en la protección legal y reconocimiento de sus derechos.
La creación de instituciones para la evaluación y seguimiento de las PPG, a fin de monitorear los logros alcanzados y los obstáculos que no permitan su implementación.
Plantear las PPG de manera explícita en el Plan de Nación y en cada programa de vicepresidencia sectorial, ministerios, e instituciones públicas y privadas.
Generar mecanismo de participación de los distintos grupos que hacen vida en la política nacional: Estado, movimientos sociales, sociedad civil, partidos políticos y empresa privada.
Concatenar centros de investigadores con sus áreas afines para el diseño de las políticas públicas en general, y tomar en cuenta al personal calificado de los centros de investigación del país en las PPG para el diseño y evaluación de las mismas.
Asimismo es necesario recalcar que en el diseño de las Políticas Públicas en materia de Género se apela al conocimiento cuando este no atenta contra la tradición, e históricamente se ataca a investigadores por su religión, orientación sexual y género como si el conocimiento creado por estas/os no fuese para el bienestar de quienes habitan el planeta sin discriminación alguna; por lo tanto no existirá la reducción de brechas y de desigualdades hasta tanto la tradición impuesta desde la colonia no sea dejada a un lado junto a los principios que excluyen a la mayoría y benefician a una minoría.
Cabe destacar para culminar, que los movimientos sociales integrados por mujeres no son homogéneos y aún existe la necesidad de explicar ante quienes diseñan las PPG que la definición de mujer tampoco lo es, de tal manera que no todas las mujeres en Venezuela son heterosexuales, o desean ser madres, o profesionales en el área de servicios, o ama de casa; y es importante señalarlo debido que a pesar de las reivindicaciones y reconocimiento de las necesidades de un grupo de mujeres existen otras que a diferencia de estas aún se encuentran excluidas y desprotegidas por parte de estas políticas por no desempeñar el rol que socialmente se les ha atribuido.
Referencias
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